Aclaración a la Resolución por la que se modifican los numerales 2, 3, 4.2, 4.15, 4.19, 4.33, 4.38, 4.45, 4.46, 4.48, 4.55, 4.57, 4.59, Apartado 9 Información Comercial y 11 de la Norma Oficial Mexicana NOM-155-SCFI-2003, Leche, fórmula láctea y producto lácteo combinado-Denominaciones, especificaciones fisicoquímicas, información comercial y métodos de prueba, publicada el 12 de septiembre de 2003.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía.
ACLARACION A LA RESOLUCION POR LA QUE SE MODIFICAN LOS NUMERALES 2, 3, 4.2, 4.15, 4.19, 4.33, 4.38, 4.45, 4.46, 4.48, 4.55, 4.57, 4.59, APARTADO 9 INFORMACION COMERCIAL Y 11 DE LA NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-155-SCFI-2003, "LECHE, FORMULA LACTEA Y PRODUCTO LACTEO COMBINADO-DENOMINACIONES, ESPECIFICACIONES FISICOQUIMICAS, INFORMACION COMERCIAL Y METODOS DE PRUEBA", PUBLICADA EL 12 DE SEPTIEMBRE DE 2003.
CHRISTIAN TUREGANO ROLDAN, Director General de Normas y Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Seguridad al Usuario, Información Comercial y Prácticas de Comercio, con fundamento en los artículos 34 fracciones XIII y XXXI de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 38 fracción II y 39 fracción V de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 2, apartado B, fracción VII, 4, 12 fracción XI, y 19 fracciones I y XIV del Reglamento Interior de esta Secretaria; y 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, y
CONSIDERANDO
Que el 12 de septiembre de 2003 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la "NOM-155-SCFI-2003, Leche, fórmula láctea y producto lácteo combinado-Denominaciones, especificaciones fisicoquímicas, información comercial y métodos de prueba".
Que el 3 de marzo de 2004, se publicó en el Diario Oficial de la Federación la "Resolución por la que se modifica la Norma Oficial Mexicana NOM-155-SCFI-2003, Leche, fórmula láctea y producto lácteo combinado-Denominaciones, especificaciones fisicoquímicas, información comercial y métodos de prueba, publicada el 12 de septiembre de 2003", misma que en términos de su Transitorio Primero, entró en vigor el mismo día que la "NOM-155-SCFI-2003, Leche, fórmula láctea y producto lácteo combinado-Denominaciones, especificaciones fisicoquímicas, información comercial y métodos de prueba", es decir el 12 de marzo de 2004.
Que el 14 de marzo de 2011, se publicó en el Diario Oficial de la Federación la "Resolución por la que se modifican los numerales 2, 3, 4.2, 4.15, 4.19, 4.33, 4.38, 4.45, 4.46, 4.48, 4.55, 4.57, 4.59, Apartado 9 Información Comercial y 11 de la Norma Oficial Mexicana NOM-155-SCFI-2003, Leche, fórmula láctea y producto lácteo combinado-Denominaciones, especificaciones fisicoquímicas, información comercial y métodos de prueba, publicada el 12 de septiembre de 2003", la cual entrará en vigor el próximo 2 de junio de 2011.
Que una vez publicada la "Resolución por la que se modifican los numerales 2, 3, 4.2, 4.15, 4.19, 4.33, 4.38, 4.45, 4.46, 4.48, 4.55, 4.57, 4.59, Apartado 9 Información Comercial y 11 de la Norma Oficial Mexicana NOM-155-SCFI-2003, Leche, fórmula láctea y producto lácteo combinado-Denominaciones, especificaciones fisicoquímicas, información comercial y métodos de prueba, publicada el 12 de septiembre de 2003", se detectó la necesidad de retomar la redacción de la "Resolución por la que se modifica la Norma Oficial Mexicana NOM-155-SCFI-2003, Leche, fórmula láctea y producto lácteo combinado-Denominaciones, especificaciones fisicoquímicas, información comercial y métodos de prueba, publicada el 12 de septiembre de 2003" publicada el 3 de marzo de 2004.
Que los lineamientos generales del gobierno procuran minimizar los impactos adversos que puedan derivarse del cumplimiento a las regulaciones que la sociedad requiere, he tenido a bien expedir la siguiente:
ACLARACION A LA RESOLUCION POR LA QUE SE MODIFICAN LOS NUMERALES 2, 3, 4.2, 4.15, 4.19,
4.33, 4.38, 4.45, 4.46, 4.48, 4.55, 4.57, 4.59, APARTADO 9 INFORMACION COMERCIAL Y 11 DE LA NORMA
OFICIAL MEXICANA NOM-155-SCFI-2003, LECHE, FORMULA LACTEA Y PRODUCTO LACTEO
COMBINADO-DENOMINACIONES, ESPECIFICACIONES FISICOQUIMICAS, INFORMACION
COMERCIAL Y METODOS DE PRUEBA, PUBLICADA EL 12 DE SEPTIEMBRE DE 2003
Dice:
"9.1.2 La denominación comercial, únicamente para la fórmula láctea y producto lácteo combinado, debe aparecer en el envase con un tamaño de por lo menos el 75% del tamaño de la marca comercial del producto."
Debe decir:
9.1.2 La denominación comercial, únicamente para la fórmula láctea y producto lácteo combinado, debe aparecer en el envase con un tamaño de al menos 25% mayor del tamaño en que se exprese el contenido neto, de conformidad con lo establecido por la NOM-030-SCFI-1993.
El producto lácteo combinado podrá también ser denominado alimento lácteo.
TRANSITORIOS
PRIMERO.- La presente aclaración surte sus efectos a partir de la fecha en que entre en vigor la "RESOLUCION POR LA QUE SE MODIFICAN LOS NUMERALES 2, 3, 4.2, 4.15, 4.19, 4.33, 4.38, 4.45, 4.46, 4.48, 4.55, 4.57, 4.59, APARTADO 9 INFORMACION COMERCIAL Y 11 DE LA NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-155-SCFI-2003, LECHE, FORMULA LACTEA Y PRODUCTO LACTEO COMBINADO-DENOMINACIONES, ESPECIFICACIONES FISICOQUIMICAS, INFORMACION COMERCIAL Y METODOS DE PRUEBA, PUBLICADA EL 12 DE SEPTIEMBRE DE 2003", publicada en el Diario Oficial de la Federación el 14 de marzo de 2011.
SEGUNDO.- Publíquese la presente Aclaración de conformidad con el artículo 4o. de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.
México, D.F., a 10 de mayo de 2011.- El Director General de Normas y Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Seguridad al Usuario, Información Comercial y Prácticas de Comercio, Christian Turégano Roldán.- Rúbrica.