Estado de México
Poder Judicial
Juzgado Primero Civil y de Extinción de Dominio de Primera Instancia
Toluca
EDICTO
PRIMERA ALMONEDA DE REMATE.
En los autos del expediente 449/2008, relativo al Juicio EJECUTIVO MERCANTIL, promovido por CREDIT UNION EMPRESARIAL, S.A. DE C.V. en contra de CIRO GONZALEZ HERNANDEZ Y MARIA DEL CARMEN PALENCIA ESTRADA TAMBIEN CONOCIDA COMO MA. DEL CARMEN PALENCIA ESTRADA, El Juez Primero Civil y de Extinción de Dominio de Primera Instancia de Toluca, Estado de México, señaló las DIEZ HORAS DEL DIA TRECE DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL DOCE, para que tenga verificativo la PRIMERA ALMONEDA DE REMATE, del bien embargado en autos, consistente en:
1. Inmueble ubicado en Cieneguillas de González del Municipio y Distrito de Temascaltepec México.
SUPERFICIE DE 40118.75 m2 (Cuarenta mil ciento dieciocho, punto setenta y cinco metros cuadrados). Con las siguientes colindancias:
AL NORTE: 120 metros y colinda con Alfredo González Jiménez.
AL SUR: 125 metros con terrenos comunales de Carboneras.
AL ORIENTE: 325 metros con Alfredo González Jiménez.
AL PONIENTE: 330 metros con Camino Real.
Inscrito en el Registro Publico de la Propiedad de Temascaltepec Estado de México, bajo los siguientes datos: Asiento 139-76 a foja 45 vuelta; volumen XXIII, Libro Primero, Sección Primera, de fecha treinta de abril de mil novecientos noventa.
Mismo que con fundamento en los artículos 1411 del Código de Comercio, en relación con los artículos 469, 472, 474, 475, 479 y 481 del Código Federal de Procedimientos Civiles, se ordena su subasta en publica almoneda del bien antes descrito, sirviendo de base para el remate la cantidad de $1,046,362.00 (UN MILLON CUARENTA Y SEIS MIL PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL), cantidad señalada como conclusión en el avaluó del perito tercero en discordia, siendo postura legal la cantidad antes mencionada, por lo que, convóquese postores, por medio de los edictos correspondientes, anunciando su venta por tres veces dentro de nueve días en el DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION y EN LA TABLA DE AVISOS DE ESTE JUZGADO, mediando por lo menos cinco días entre la última publicación y la fecha de la almoneda, mediante notificación personal cítese a los demandados en el domicilio donde fueron emplazados y a los acreedores que aparezcan en el certificado de gravámenes.
Toluca, Estado de México, abril de dos mil doce.- DOY FE.
Secretario de Acuerdos del Juzgado Primero Civil y de Extinción de Dominio
de Primera Instancia del Distrito Judicial de Toluca, México
Lic. Lariza Esvetlana Cardoso Peña
Rúbrica.
(R.- 346831)