MANUAL de Organización General de la Policía Federal MANUAL de Organización General de la Policía Federal.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Seguridad Pública.- Policía Federal.
MANUAL DE ORGANIZACION GENERAL ORGANO ADMINISTRATIVO DESCONCENTRADO POLICIA
FEDERAL
GENARO GARCIA LUNA, Secretario de Seguridad Pública, en cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 19 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y 8, fracción XV del Reglamento Interior de la Secretaría de Seguridad Pública, he tenido a bien expedir el MANUAL DE ORGANIZACION GENERAL DEL ORGANO ADMINISTRATIVO DESCONCENTRADO POLICIA FEDERAL.
INDICE
INTRODUCCION
I. ANTECEDENTES
II. MARCO JURIDICO-ADMINISTRATIVO
III. ATRIBUCIONES
IV. MISION Y VISION
V. ESTRUCTURA ORGANICA
VI. ORGANIGRAMA
VII. OBJETIVOS Y FUNCIONES POR AREA
VIII GLOSARIO
INTRODUCCION
En cumplimiento a los artículos 19 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; Artículo 10, fracción VII de la Ley de la Policía Federal; 6, fracción XXXI y XXXII; 18, fracción VII; 36, fracciones V y VI del Reglamento de la Ley de la Policía Federal (RLPF), el Organo Administrativo Desconcentrado Policía Federal ha elaborado el presente Manual de Organización General con el propósito de que sirva como una herramienta de referencia y consulta que oriente a los servidores públicos adscritos a este Organo Administrativo Desconcentrado, sobre la organización y funcionamiento del mismo, de forma que tengan un conocimiento claro y preciso de sus objetivos, que les permita seguir un orden de mando para el mejor cumplimiento de sus responsabilidades.
El Manual se encuentra integrado por los apartados antecedentes, marco jurídico-administrativo, atribuciones, misión y visión, estructura orgánica, organigrama, objetivo y funciones; y glosario, de las áreas que conforman la Policía Federal.
Finalmente, es importante señalar que, a fin de mantener permanentemente actualizado este Manual, se deberán realizar revisiones periódicas por parte del personal responsable de las áreas a las que sirve, para que, en caso de que la estructura orgánica básica se modifique, o la Ley o el Reglamento de la Policía Federal sufra cambios que repercutan directamente con las atribuciones conferidas a este Organo Administrativo Desconcentrado, se efectúen las modificaciones a que haya lugar.
I. ANTECEDENTES
El 4 de enero de 1999, se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la Ley de la Policía Federal Preventiva, mediante la cual se crea la Policía Federal Preventiva (PFP) como Organo Administrativo Desconcentrado dependiente de la Secretaría de Gobernación que entre sus atribuciones tendría a su cargo salvaguardar la integridad y derechos de las personas, prevenir la comisión de delitos federales, así como garantizar, mantener y restablecer el orden y la paz públicos en los términos de las leyes respectivas.
La conformación de la Estructura Orgánica y Ocupacional de la Policía Federal Preventiva, se realizó con la parte correspondiente a los recursos de las policías Federal de Caminos, de Migración y Fiscal Federal, y su integración se llevó a cabo con el propósito de unificar esfuerzos y acciones, además de optimizar las actividades en materia de seguridad pública, previniendo y respetando la delimitación de atribuciones y responsabilidades entre las diferentes corporaciones involucradas.
Por ello, la Policía Federal Preventiva se regiría por su Ley de creación, la cual es reglamentaria del Artículo 21 Constitucional en lo relativo a la seguridad pública a cargo de la Federación; y de orden pública, así como de aplicación en todo el territorio nacional, teniendo por objeto regular la organización y funcionamiento de este Organo Administrativo Desconcentrado.
En diciembre de 1999, la Unidad de Servicio Civil de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, dictaminó la conformación integral de la Estructura Orgánica y Ocupacional de la Policía Federal Preventiva, misma que quedó constituida por un total de 1231 plazas de mando, de las cuales 56 correspondían a puestos de estructura, 5 a puestos homólogos por norma, 149 puestos homólogos por autorización específica,
y 1021 a puestos de alto nivel de responsabilidad.
En el mes de noviembre de 2000, mediante decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, se creó la Secretaría de Seguridad Pública (SSP), teniendo como propósitos fundamentales el desarrollo de las políticas de seguridad pública, así como proponer la política en contra del crimen en el ámbito federal, para controlar y disminuir los delitos y lograr una sociedad mexicana viva en un clima de confianza, mediante la preservación del orden y la paz públicos en estricto apego al respeto de los derechos humanos.
En consecuencia, se reformó el artículo 2 de la Ley de la PFP y se transfirió como Organo Administrativo Desconcentrado a la SSP, dictaminándose favorable por parte de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) y la Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo (SECODAM), su incorporación a la estructura orgánica básica de esta Dependencia con vigencia a partir de la publicación de su Reglamento Interior en el DOF, mediante oficio No. 308-A-0075, de fecha 12 de febrero de 2001.
En el mes de septiembre de 2001, la PFP propone la actualización de la denominación de las áreas que conformaban la estructura orgánica básica de dicho Organo Administrativo Desconcentrado, a fin de que hubiera correspondencia con lo establecido en el artículo 9 del Reglamento de la PFP, así como las modificaciones en su estructura ocupacional básica y no básica, lo cual fue dictaminado administrativa y funcionalmente favorable por parte del C. Oficial Mayor de la SSP.
En la presente administración del C. Presidente, Felipe Calderón Hinojosa dentro del Plan Nacional de Desarrollo y del Programa Sectorial de Seguridad Pública 2007-2012 se contempló la implementación del Nuevo Modelo Policial, basado en la aplicación de métodos de investigación e inteligencia; fortalecimiento de acciones de prevención e investigación del delito; la homologación de procedimientos sistemáticos de operación y la coordinación en los tres niveles de gobierno.
Dentro de este contexto el 18 de junio de 2008 se publicó en el Diario Oficial de la Federación, la reforma al Artículo 21 constitucional que a la letra dice: "la seguridad pública es una función a cargo de la Federación, el Distrito Federal, los estados y los municipios, que comprende la prevención de los delitos; la investigación y persecución para hacerla efectiva, así como la sanción de las infracciones administrativas, en los términos de la ley, en las respectivas competencias que esta Constitución señala la actuación de las instituciones de seguridad pública se regirá por los principios de legalidad, objetividad, eficiencia, profesionalismo, honradez y respeto a los derechos humanos...". "La investigación de los delitos corresponde al ministerio público y a las policías,...", con lo que se reconoce la facultad de la policía para realizar la investigación de los delitos, manteniendo la conducción jurídica el ministerio público en el ejercicio de esa función. Asimismo, se reconoce la facultad de la policía para la investigación preventiva, a efecto de evitar la comisión de actos ilícitos y preservar la seguridad pública, facultades que son expresadas en objetivos y funciones de las áreas que integran la Institución.
Derivado de ello, se promulgó por decreto presidencial la Ley de la Policía Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación, el 1 de junio de 2009, mediante la cual se creó la Policía Federal como Organo Administrativo Desconcentrado dependiente de la Secretaría de Seguridad Pública que entre sus atribuciones tendría:
I. Salvaguardar la integridad y derechos de las personas, así como preservar las libertades, el orden y la paz públicos;
II. Aplicar y operar la política de seguridad pública en materia de prevención y combate de delitos, diseñada por la Secretaría de Seguridad Pública;
III. Investigar la comisión de delitos bajo la conducción del Ministerio Público de la Federación, en términos de las disposiciones aplicables, y
IV. Prevenir la comisión de los delitos mediante la investigación y persecución para hacerla efectiva.
La Institución se regirá por la Ley de la Policía Federal y su reglamento, los cuales son reglamentarios del Artículo 21 Constitucional en lo relativo a la Seguridad Pública a cargo de la Federación.
Asimismo, se publicó el Reglamento de la Ley de la Policía Federal en el Diario Oficial de la Federación del 17 de mayo de 2010, para establecer la estructura orgánica básica de este Organo Administrativo Desconcentrado, en el Artículo 5 del citado ordenamiento, conformada por un total de 136 plazas de mandos medios y superiores, desglosados 130 plazas de estructura, como a continuación se indica:
1 Comisionado General;
6 Divisiones: Inteligencia, Investigación, Seguridad Regional; Científica, Antidrogas y Fuerzas Federales;
1 Secretaría General;
1 Asuntos Internos;
19 Coordinaciones;
63 Direcciones Generales;
6 Direcciones Generales en auxilio al Jefe de la División de Seguridad Regional;
32 Coordinaciones Estatales en el ámbito regional; y
1 Titular del Organo Interno de Control.
II. MARCO JURIDICO-ADMINISTRATIVO
De manera enunciativa, mas no limitativa se indican las siguientes disposiciones que sustenten las atribuciones del Organo Administrativo Desconcentrado Policía Federal.
· Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
DOF 05-II-1917, última reforma DOF 17-VIII-2011.
TRATADOS INTERNACIONALES
· Convención sobre extradición.
Adopción: Montevideo, Uruguay, 26 de diciembre de 1933.
Ratificación por México: 27 de enero de 1936.
DOF 25-IV-1936.
· Código de conducta para funcionarios encargados de hacer cumplir la ley.
Adopción: Asamblea General de la ONU.
Resolución 34/169, 17 de diciembre de 1979.
· Convención Americana sobre Derechos Humanos "Pacto de San José de Costa Rica".
Adopción: San José, Costa Rica, 22 de noviembre de 1969.
DOF 07-V-1981.
· Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer.
Adopción: Nueva York, EUA, 18 de diciembre de 1979.
Ratificación por México: 23 de marzo de 1981.
DOF 12-V-1981.
· Convención contra la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes.
Adopción: Asamblea General de Naciones Unidas en su Resolución 39/46, 10 de diciembre de 1984.
DOF 06-III-1986.
· Convención Interamericana para Prevenir y Sancionar la Tortura.
Adopción: Cartagena de Indias, Colombia, 10 de febrero de 1986.
DOF 11-IX-1987.
· Conjunto de principios para la protección de todas las personas sometidas a cualquier forma de detención o prisión.
Adopción: Asamblea General de la ONU.
Resolución 43/173, 09 de diciembre de 1988.
· Principios básicos sobre el empleo de la fuerza y de armas de fuego por los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley.
Adopción: Octavo Congreso de las Naciones Unidas sobre Prevención del delito y tratamiento del delincuente.
La Habana, Cuba, del 27 de agosto al 7 de septiembre de 1990.
· Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer "Convención de Belem Do Pará".
Adopción: Belem Do Pará, Brasil, el 4 de junio de 1995.
DOF 19-I-1999.
· Convención Interamericana para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra las Personas con Discapacidad.
Adopción: Guatemala, Guatemala, el 8 de junio de 1999.
DOF 12-III-2001.
· Declaración para el Reconocimiento de la Competencia del Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial, de la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación Racial.
Aceptación por México: 15 de marzo de 2002.
DOF 03-V-2002.
· Protocolo a la Convención Americana sobre Derechos Humanos relativo a la Abolición de la Pena de Muerte.
Adopción: Asunción, Paraguay, el 6 de agosto de 1990.
DOF 09-X-2007.
LEYES
· Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
DOF. 10-I-1936, última reforma DOF 24-VI-2011.
· Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B), del Artículo 123 Constitucional.
DOF 28-XII-1963, última reforma DOF 03-V-2006.
· Ley Federal del Trabajo.
DOF 1-IV-1970, última reforma DOF 17-I-2006.
· Ley que Establece las Normas Mínimas sobre Readaptación Social de Sentenciados.
DOF 19-V-1971, última reforma DOF 23-I-2009.
· Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos.
DOF 11-I-1972, última reforma DOF 23-I-2004.
· Ley General de Población.
DOF 07-I-1974, última reforma DOF 25-V-2011.
· Ley de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles.
DOF 31-XII-1975, última reforma DOF 01-VI-2011.
· Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.
DOF 29-XII-1976, última reforma DOF 17-VI-2009.
· Ley General de Deuda Pública.
DOF 31-XII-1976, última reforma DOF 21-XII-1995.
· Ley del Impuesto al Valor Agregado.
DOF 29-XII-1978, última reforma DOF 07-XII-2009.
· Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos.
DOF 31-XII-1982, última reforma DOF 13-VI-2003.
· Ley de Planeación.
DOF 05-I-1983, última reforma DOF 20-VI-2011.
· Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.
DOF 28-I-1988, última reforma DOF 28-I-2011.
· Ley para el Tratamiento de Menores Infractores para el Distrito Federal en Materia Común y para toda la República en Materia Federal.
DOF 24-XII-1991, última reforma DOF 25-VI-2003.
· Ley Federal para Prevenir y Sancionar la Tortura.
DOF 27-XII-1991, última reforma DOF 10-I-1994.
· Ley sobre la celebración de Tratados.
DOF 02-I-1992.
· Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.
DOF 29-VI-1992, última reforma DOF 30-VI-2006.
· Ley de Aguas Nacionales.
DOF-1-XII-1992, última reforma DOF 20-VI-2011.
· Ley de Puertos.
DOF 19-VII-1993.
· Ley de Caminos, Puentes y Auto transporte Federal.
DOF 22-XII-1993, última reforma DOF 04-XI-2010.
· Ley Federal de Procedimiento Administrativo.
DOF 04-VIII-1994, última reforma DOF 30-V-2000.
· Ley de Aviación Civil.
DOF 12-V-1995, última reforma DOF 5-VII-2006.
· Ley Federal de Telecomunicaciones.
DOF 07-VI-1995, última reforma DOF 07-VIII-2011.
· Ley Aduanera.
DOF 15-XII-1995, última reforma DOF 03-VIII-2011.
· Ley de Aeropuertos.
DOF 22-XII-1995, última reforma DOF 21-I-2009.
· Ley Federal contra la Delincuencia Organizada.
DOF 07-XI-1996, última reforma DOF 25-V-2011.
· Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.
DOF 04-I-2000, última reforma DOF 28-V-2009.
· Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
DOF 04-I-2000, última reforma DOF 15-VI-2011.
· Ley del Impuesto sobre la Renta.
DOF 01-I-2002, última reforma DOF 31-XII-2010.
· Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.
DOF 13-III-2002, última reforma DOF 28-V-2009.
· Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental.
DOF 11-VI-2002, última reforma DOF 05-VII-2010.
· Ley General de Bienes Nacionales.
DOF 20-V-2004, última reforma DOF 31-VIII-2007.
· Ley del Registro Público Vehicular.
DOF 01-IX-2004.
· Ley de Seguridad Nacional.
DOF 31-I-2005, última reforma DOF 26-XII-2005.
· Ley Federal de Procedimiento Contencioso-Administrativo.
DOF 01-XII-2005, última reforma DOF 28-I-2011.
· Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
DOF 30-III-2006, última reforma DOF 31-XII-2008.
· Ley Federal de Seguridad Privada.
DOF 06-VII-2006, última reforma DOF 05-VIII-2011.
· Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres.
DOF 02-VIII-2006, última reforma DOF 16-VI-2011.
· Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.
DOF 01-II-2007, última reforma DOF 28-I-2011.
· Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.
DOF 31-III-2007, última reforma DOF 27-V-2011.
· Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública.
DOF 02-I-2009, última reforma DOF 30-XI-2010.
· Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación.
DOF 29-V-2009, última reforma DOF 18-VI-2010.
· Ley de la Policía Federal.
DOF 01-VI-2009, última reforma DOF 25-V-2011.
· Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2011.
DOF 15-XI-2010.
· Ley General para Prevenir y Sancionar los Delitos en Materia de Secuestro, Reglamentaria de la fracción XXI del Artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
DOF 30-XI-2010, última reforma DOF 27-II-2011.
· Ley de Migración.
DOF 25-V-2011
CODIGOS
· Código Civil Federal.
DOF 26-V-1928, última reforma DOF 28-I-2010.
· Código Penal Federal.
DOF 14-VIII-1931, última reforma DOF 08-VI-2011.
· Código Federal de Procedimientos Penales.
DOF 30-VIII-1934, última reforma DOF 25-V-2011.
· Código Federal de Procedimientos Civiles.
DOF 24-II-1943, última reforma DOF 24-V-2011.
· Código Fiscal de la Federación.
DOF 31-XII-1981, última reforma DOF 10-V-2011.
· Código de Etica de los Servidores Públicos de la Administración Pública Federal.
DOF 31-VII-2002.
REGLAMENTOS
· Reglamento del Archivo General de la Nación.
DOF 13-IV-1946.
· Reglamento de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos.
DOF 06-V-1972.
· Reglamento de la Ley Aduanera.
DOF 06-VI-1996, última reforma DOF 28-X-2003.
· Reglamento del Registro Público de la Propiedad Federal.
DOF 04-X-1999.
· Reglamento de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental.
DOF 11-VI-2003.
· Reglamento de la Ley del Impuesto sobre la Renta.
DOF 17-X-2003, última reforma DOF 04-XII-2006.
· Reglamento de los Servicios de Seguridad Privada.
DOF 13-X-2004.
· Reglamento de los Centros Federales de Readaptación Social.
DOF 06-IV-2006.
· Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
DOF 28-VI-2006, última reforma DOF 04-IX-2009.
· Reglamento del Código Fiscal de la Federación.
DOF 07-XII-2009.
· Reglamento Interior de la Secretaría de Seguridad Pública.
DOF 28-IV-2010.
· Reglamento de la Ley de la Policía Federal.
DOF 17-V-2010.
· Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.
DOF 28-VII-2010.
· Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
DOF 28-VII-2010.
DECRETOS
· Decreto para realizar la entrega-recepción del informe de los asuntos a cargo de los servidores públicos y de los recursos que tengan asignados al momento de separarse de su empleo, cargo o comisión.
DOF 14-IX-2005.
· Decreto por el que se aprueba el Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012.
DOF 31-V-2007.
· Decreto Promulgatorio del Protocolo a la Convención Americana sobre Derechos Humanos relativo a la Abolición de la Pena de Muerte.
DOF 09-X-2007.
· Decreto por el que se aprueba el Programa Sectorial de Seguridad Pública 2007-2012.
DOF 28-I-2008.
· Decreto por el que se aprueba el Programa Sectorial de Procuración de Justicia 2007-2012.
DOF 21-II-2008.
· Decreto por el que se aprueba el Programa Nacional de Financiamiento del Desarrollo 2008-2012.
DOF 25-VI-2008.
· Decreto por el que se aprueba el Programa Nacional de Rendición de Cuentas, Transparencia y Combate a la Corrupción 2008-2012.
DOF 11-XII-2008.
· Decreto por el que se aprueba el Programa Nacional de Seguridad Pública 2008-2012.
DOF 23-III-2009.
· Decreto por el que se aprueba el Programa para la Seguridad Nacional 2009-2012.
DOF 20-VIII-2009.
· Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2011.
DOF 07-XII- 2010.
· Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo y de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa.
DOF 10-XII-2010, última reforma DOF 03-VI-2011.
· Decreto por el que se expide la Ley sobre Refugiados y Protección Complementaria y se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley General de Población.
DOF 27-I-2011.
· Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.
DOF 28-I-2011.
· Decreto por el que se reforma y adiciona el artículo 180 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, y se reforma la fracción I del artículo 8o. de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo.
DOF 28-I-2011.
· Decreto por el que se adiciona una fracción XVII al Artículo 3o. de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.
DOF 28-I-2011.
· Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.
DOF 28-I-2011.
· Decreto por el que se declara el 2 de junio de cada año como el Día del Policía.
DOF 02-VI-2011.
ACUERDOS
· Acuerdo que establece las bases administrativas generales respecto de las disposiciones legales que regulan la asignación y usos de los bienes y servicios que se pongan a la disposición de los servidores públicos de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal.
DOF 04-I-1988.
· Acuerdo por el que se determinan los servidores públicos que deberán presentar declaración de situación patrimonial en adición a lo que se señala en la ley de la materia.
DOF 04-IV-1997, última reforma DOF 23-XI-2000.
· Acuerdo por el que se establecen las Reglas para la Determinación y Acreditación del Grado de Contenido Nacional, tratándose de procedimientos de contratación de carácter nacional.
DOF 03-III-2000, última reforma DOF 04-I-2007.
· Acuerdo por el que se crea la Comisión para la Transparencia y el Combate a la Corrupción en la Administración Pública Federal, como una comisión intersecretarial de carácter permanente.
DOF 04-XII-2000, última reforma DOF 14-XII-2005.
· Acuerdo para la difusión y transparencia del marco normativo interno de la gestión gubernamental.
DOF 06-XII-2002.
· Acuerdo por el que se establecen las reglas para la celebración de licitaciones públicas internacionales de conformidad con los tratados de libre comercio.
DOF 28-II-2003, aclaración DOF 02-IV-2003.
· Acuerdo por el que se establecen las reglas para la aplicación de las reservas contenidas en los capítulos de compras del sector público de los tratados de libre comercio suscrito por los Estados Unidos Mexicanos.
DOF 28-II-2003, última reforma DOF 20-I-2006.
· Acuerdo por el que se crea el Gabinete de Seguridad Pública.
DOF 06-I-2005.
· Acuerdo del Consejo Nacional de Seguridad Pública, por el que se aprueban los criterios de asignación, las fórmulas y variables utilizadas en el cálculo para la distribución de los recursos del Fondo de Aportaciones para la Seguridad Pública de los Estados y del Distrito Federal, en el año 2005, así como el resultado de su aplicación por cada Estado y el Distrito Federal.
DOF 31-I-2005, aclaración DOF 14-II-2005.
· Acuerdo mediante el cual se expiden los Lineamientos para la evaluación del desempeño de los servidores públicos de la Administración Pública Federal, así como su Anexo.
DOF 02-V-2005.
· Acuerdo Interinstitucional por el que se establecen los Lineamientos para la Homologación, Implantación y uso de la firma electrónica avanzada en la Administración Pública Federal.
DOF 24-VIII-2006.
· Acuerdo por el que se establece el procedimiento para la recepción y disposición de los obsequios, donativos o beneficios en general que reciban los servidores públicos.
DOF 13-XII-2006.
· Acuerdo que tiene por objeto fijar los criterios para la correcta aplicación de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos en lo relativo a la intervención o participación de cualquier servidor público en la selección, nombramiento, designación, contratación, promoción, suspensión, remoción, cese, rescisión de contrato o sanción de cualquier servidor público, cuando tenga interés personal, familiar o de negocios o que pueda derivar alguna ventaja o beneficio para él o para sus parientes consanguíneos o por afinidad o civiles a que se refiere esa Ley.
DOF 22-XII-2006.
· Acuerdo 06/2008 del Secretario de Seguridad Pública, por el que se delegan las facultades para suscribir contratos, convenios, pedidos y sus modificaciones a diversos servidores públicos de la
Secretaría de Seguridad Pública y de sus Organos Administrativos Desconcentrados.
DOF 06-VIII-2008.
· Acuerdo Nacional por la Seguridad, la Justicia y la Legalidad.
DOF 25-VIII-2008.
· Acuerdo por el que se establecen las normas para la operación del registro de servidores públicos sancionados y para la expedición por medio de medios remotos de comunicación electrónica de las constancias de inhabilitación, no inhabilitación, de sanción y de no existencia de sanción.
DOF 03-XII-2008.
· Acuerdo por el que se establecen los lineamientos generales para el funcionamiento del Comité de Mejora Regulatoria Interna de la Secretaría de Seguridad Pública.
DOF 02-IV-2010.
· Acuerdo 04/2010 del Secretario de Seguridad Pública, por el que se adscriben orgánicamente las unidades administrativas y se designa a los servidores públicos que dirigirán y supervisarán los órganos administrativos desconcentrados de la Secretaría de Seguridad Pública.
DOF 20-V-2010.
· Acuerdo por el que se emite el Clasificador por Objeto del Gasto.
DOF 10-VI-2010.
· Acuerdo 001/2010 del Comisionado General de la Policía Federal, por el que delega en el Jefe de la División de Inteligencia de la Policía Federal, la facultad para presenciar la destrucción de la información resultado de las intervenciones de comunicaciones privadas.
DOF 07-VII-2010.
· Acuerdo 05/2010 del Secretario de Seguridad Pública, por el que se expide el Manual del Consejo Federal de Desarrollo Policial de la Policía Federal.
DOF 07-VII-2010.
· Acuerdo por el que se dan a conocer los lineamientos para la integración, captura, revisión y envío del Informe Policial Homologado (IPH), previsto en la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública.
DOF 08-VII-2010.
· Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones en materia de Planeación, Organización y Administración de los Recursos Humanos, y se expide el Manual Administrativo de Aplicación General en dicha materia.
DOF 12-VII-2010.
· Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones en Materia de Control Interno y se expide el Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Control Interno.
DOF 12-VII-2010.
· Acuerdo por el que se establecen las Disposiciones Generales para la Realización de Auditorías, Revisiones y Visitas de Inspección.
DOF 12-VII-2010, última modificación DOF 16-VI-2011.
· Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones en materia de Planeación, Organización y Administración de los Recursos Humanos, y se expide el Manual Administrativo de Aplicación General en dicha materia.
DOF 12-VII-2010.
· Acuerdo por el que se emite el Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Transparencia.
DOF 12-VII-2010.
· Acuerdo por el que se expide el Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Tecnologías de la Información y Comunicaciones.
DOF 13-VII-2010.
· Acuerdo por el que se expide el Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Recursos Financieros.
DOF 15-VII-2010.
· Acuerdo por el que se establecen las disposiciones en Materia de Recursos Materiales y Servicios Generales.
DOF 16-VII-2010.
· Acuerdo por el que se emite el Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Transparencia y Archivos.
DOF 27-VII-2010.
· Acuerdo 01/2010 del Titular de la Unidad de Asuntos Internos de la Policía Federal, por el que se delega en el Director General de Responsabilidades la facultad de suscribir las solicitudes de inicio de procedimientos ante el Consejo Federal de Desarrollo Policial de la Policía Federal.
DOF 03-VIII-2010.
· Acuerdo por el que se expide el Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
DOF 09-VIII-2010.
· Acuerdo por el que se expide el Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.
DOF 09-VIII-2010.
· Acuerdo por el que se instruye a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, así como a la Procuraduría General de la República a abstenerse de emitir regulación en las materias que se indican.
DOF 10-VIII-2010.
· Acuerdo 08/2010 del Secretario de Seguridad Pública, por el que se establecen los lineamientos generales para el funcionamiento del Comité de Mejora Regulatoria Interna de la Secretaría de Seguridad Pública.
DOF 27-IX-2010.
· Acuerdo 01/2010 del Titular de la División de Seguridad Regional de la Policía Federal, por el que se expiden Lineamientos de operación para la imposición de sanciones por violación a las disposiciones legales en materia de tránsito, autotransporte federal, sus servicios auxiliares y transporte privado.
DOF 19-X-2010.
· Acuerdo 09/2010 del Secretario de Seguridad Pública, por el que se delega la facultad de organizar la administración y operación de academias e institutos de formación penitenciaria.
DOF 03-XI-2010.
· Acuerdo por el que se emite el Manual de Contabilidad Gubernamental.
DOF 22-XI-2010.
· Acuerdo 12/2010 del Secretario de Seguridad Pública, por el que se determina que las evaluaciones en materia de control de confianza que se practiquen a los aspirantes a ingreso y al personal de la Secretaría de Seguridad Pública y de sus órganos administrativos desconcentrados, serán realizadas por la Dirección General de Control de Confianza de la Policía Federal.
DOF 16-XII-2010.
· Acuerdo Unico tomado por la Comisión del Régimen Disciplinario, en su segunda sesión ordinaria, celebrada el veintitrés de junio de dos mil diez, por el que se determina como establecimiento de la sede de la Comisión del Régimen Disciplinario el ubicado en el mezzanine del inmueble conocido como Torre Pedregal II, sito en Boulevard Adolfo Ruiz Cortines 3648, colonia Jardines del Pedregal, Delegación Alvaro Obregón, código postal 01900, Ciudad de México, Distrito Federal, y la planta baja del citado domicilio para la Oficialía de Partes de dicha Comisión.
DOF 04-II-2011.
· Acuerdo Tercero tomado por el Consejo Federal de Desarrollo Policial, en su tercera sesión ordinaria, celebrada el dieciocho de junio de dos mil diez, relativo a la regulación de los cambios de adscripción de una División a otra de los integrantes de esa Institución Policial.
DOF 04-II-2011.
· Acuerdo Cuarto tomado por el Consejo Federal de Desarrollo Policial en su primera sesión ordinaria, celebrada el primero de junio de dos mil diez, por el que se aprueba que las sesiones ordinarias del
Consejo Federal de Desarrollo Policial tengan lugar cada viernes a las nueve de la mañana; asimismo, se aprueba el establecimiento del domicilio legal del Consejo Federal de Desarrollo Policial, y se establece la planta baja del mismo domicilio para efecto de oír y recibir toda clase de notificaciones, acuerdos, documentos y valores, lugar donde se establecerá la Oficialía de Partes común al Consejo Federal de Desarrollo Policial.
DOF 04-II-2011.
· Acuerdo Quinto tomado por el Consejo Federal de Desarrollo Policial, en su segunda sesión ordinaria, celebrada el once de junio de dos mil diez, por el que se crean y otorgan facultades a las Comisiones y Comités del Consejo Federal de Desarrollo Policial.
DOF 04-II-2011.
· Acuerdo 01/2011 del Secretario de Seguridad Pública, por el que se determinan las circunscripciones territoriales en las que tendrán competencia las coordinaciones estatales de la Policía Federal.
DOF 15-II-2011.
· Acuerdo 02/2011 del Secretario de Seguridad Pública por el que se establece el formato de Boleta de Infracción para la aplicación de sanciones que deriven de la violación a las disposiciones legales y reglamentarias relativas al tránsito en los caminos y puentes federales.
DOF 02-V-2011.
· Acuerdo por el que se expide el Manual de Percepciones de los Servidores Públicos de las Dependencia y Entidades de la Administración Pública Federal.
DOF 31-V-2011.
· Acuerdo del Consejo Federal de Desarrollo Policial por el que se precisa el término de la vigencia de los grados homólogos.
DOF 20-VII-2011.
CIRCULARES Y/U OFICIOS
· Oficio-Circular SSP/DGRSESSP-01/2002, mediante el cual se da a conocer a los usuarios y público en general, la información inscrita en el Registro Federal de Trámites y Servicios respecto de los requisitos y formatos para realizar trámites y servicios ante la Dirección General de Registro y Supervisión a Empresas de Seguridad Privada de la Secretaría de Seguridad Pública.
20-VI-2002.
DOCUMENTOS NORMATIVO-ADMINISTRATIVOS
· Lineamientos Generales para la clasificación y desclasificación de la Información de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal.
DOF 18-VIII-2003.
· Lineamientos que deberán observar las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal en la recepción, procesamiento, trámite, resolución y notificación de las solicitudes de acceso a datos personales que formulen los particulares, con exclusión de las solicitudes de corrección de dichos datos.
DOF 25-VIII-2003.
· Normas Generales para el registro, afectación, disposición final y baja de bienes muebles de la Administración Pública Federal Centralizada.
DOF 30-XII-2004.
· Manual del Procedimiento para el Otorgamiento y Comprobación de Viáticos Nacionales y Gastos Inherentes a través de Depósito en Cuenta Bancaria de la Policía Federal.
Oficio No. DGPOP/642/05.
28-III-2005.
· Norma para la descripción, perfil y evaluación de puestos.
DOF 02-V-2005.
· Manual para el Otorgamiento y Comprobación de Gastos de Personal Comisionado en su lugar de adscripción y gastos por comisiones de escoltas en la Policía Federal.
Oficio No. DGPOP/1854/05.
22-VIII-2005.
· Lineamientos para la elaboración de versiones públicas por parte de las dependencias y entidades de
la Administración Pública Federal.
DOF 13-IV-2006.
· Manual de Integración y Funcionamiento del H. Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios de la Policía Federal Preventiva.
Oficio No. DGPOP/0709/06.
21-VI-2006.
· Manual para el Otorgamiento y Comprobación de Pasajes y Viáticos Nacionales e Internacionales en la Policía Federal Preventiva.
Oficio No. DGPOP/0988/06.
08-VIII-2006.
· Normas conforme a las cuales se llevarán a cabo los avalúos y justipreciaciones de renta a que se refiere la Ley General de Bienes Nacionales.
DOF 27-IX-2006.
· Lineamientos que habrán de observar las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal para la publicación de las obligaciones de transparencia señaladas en el Artículo 7 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
DOF 1-XI-2006, última reforma 29-VI-2007.
· Lineamientos para la Elaboración de Manuales de Organización.
Secretaría de Seguridad Pública, Oficialía Mayor, Dirección General de Programación Organización y Presupuesto.
Octubre 2009.
· Código de Conducta de la Secretaría de Seguridad Pública.
Ultima versión 30-X-2009.
· Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Recursos Humanos y Organización.
DOF 12-VII-2010.
· Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Tecnologías de la Información y Comunicaciones.
DOF 13-VII-2010.
· Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Recursos Financieros.
DOF 15-VII-2010.
· Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Adquisiciones, Arrendamiento y Servicios del Sector Público.
DOF 09-VIII-2010.
· Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.
DOF 09-VIII-2010.
· Aviso por el que la Secretaría de Seguridad Pública da a conocer al público en general, la Relación única de la normativa que permanece vigente.
Secretaría de Seguridad Pública 10-IX-2010.
III. ATRIBUCIONES
Ley de la Policía Federal
DOF 01-VI-2009
ARTICULO 8. La Policía Federal tendrá las atribuciones y obligaciones siguientes:
I. Prevenir la comisión de delitos y las faltas administrativas que determinen las leyes federales;
II. Intervenir en materia de seguridad pública, en coadyuvancia con las autoridades competentes, en la observancia y cumplimiento de las leyes;
III. Salvaguardar la integridad de las personas, garantizar, mantener y restablecer el orden y la paz públicos, así como prevenir la comisión de delitos, en:
a) Las zonas fronterizas y en la tierra firme de los litorales, la parte perteneciente al país de los pasos y puentes limítrofes, las aduanas, recintos fiscales, secciones aduaneras, garitas, puntos de revisión aduaneros, los centros de supervisión y control migratorio, las carreteras federales, las vías férreas, los aeropuertos, los puertos marítimos autorizados para el tráfico internacional, el espacio aéreo y los medios de transporte que operen en las vías generales de comunicación, así como sus servicios auxiliares.
La Policía Federal actuará en los recintos fiscales, aduanas, secciones aduaneras, garitas o puntos de revisión aduaneros, en auxilio y coordinación con las autoridades responsables en materia fiscal o de migración, en los términos de la presente Ley y las demás disposiciones legales aplicables;
b) Los parques nacionales, las instalaciones hidráulicas y vasos de las presas, los embalses de los lagos y los cauces de los ríos;
c) Los espacios urbanos considerados como zonas federales, así como en los inmuebles, instalaciones y servicios de entidades y dependencias de la Federación;
d) Todos aquellos lugares, zonas o espacios del territorio nacional sujetos a la jurisdicción federal, conforme a lo establecido por las leyes respectivas, y
e) En todo el territorio nacional en el ámbito de su competencia.
IV. Realizar investigación para la prevención de los delitos;
V. Efectuar tareas de verificación en el ámbito de su competencia, para la prevención de infracciones administrativas;
VI. Recabar información en lugares públicos, para evitar el fenómeno delictivo, mediante la utilización de medios e instrumentos y cualquier herramienta que resulten necesarias para la generación de inteligencia preventiva. En el ejercicio de esta atribución se deberá respetar el derecho a la vida privada de los ciudadanos. Los datos obtenidos con afectación a la vida privada carecen de todo valor probatorio;
VII. Llevar a cabo operaciones encubiertas y de usuarios simulados para la prevención de delitos. El Reglamento definirá con precisión los lineamientos mínimos para el ejercicio de esta atribución;
VIII. Realizar análisis técnico táctico o estratégico de la información obtenida para la generación de inteligencia;
IX. Realizar bajo la conducción y mando del Ministerio Público las investigaciones de los delitos cometidos, así como las actuaciones que le instruya éste o la autoridad jurisdiccional conforme a las normas aplicables;
X. Informar a la persona al momento de su detención sobre los derechos que en su favor establece la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;
XI. Poner a disposición sin demora de las autoridades competentes, a personas y bienes en los casos en que por motivo de sus funciones practique alguna detención o lleve a cabo algún aseguramiento de bienes, observando en todo momento el cumplimiento de los plazos constitucionales y legales establecidos;
XII. Verificar la información que reciba sobre hechos que puedan ser constitutivos de delito para, en su caso, remitirla al Ministerio Público;
XIII. Recibir las denuncias sobre hechos que puedan ser constitutivos de delitos, en términos de lo dispuesto por el artículo 3 del Código Federal de Procedimientos Penales y las demás disposiciones aplicables;
XIV. Participar en la investigación ministerial, en la detención de personas y en el aseguramiento de bienes que el Ministerio Público considere se encuentren relacionados con los hechos delictivos, así como practicar las diligencias necesarias que permitan el esclarecimiento de los delitos y la identidad de los probables responsables, en cumplimiento de los mandatos del Ministerio Público;
XV. Efectuar las detenciones conforme lo dispuesto en el artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el Código Federal de Procedimientos Penales;
XVI. Inscribir de inmediato la detención que realice en el Registro Administrativo de Detenciones del Centro Nacional de Información, así como remitir sin demora y por cualquier medio la información al Ministerio Público;
XVII. Preservar el lugar de los hechos y la integridad de los indicios, huellas o vestigios del hecho delictuoso, así como los instrumentos, objetos o productos del delito, dando aviso de inmediato al Ministerio Público. Las unidades facultadas para el procesamiento del lugar de los hechos, deberán fijar, señalar, levantar, embalar y entregar la evidencia física al Ministerio Público, conforme al procedimiento previamente establecido por éste y en términos de las disposiciones aplicables;
XVIII. Solicitar al Ministerio Público que requiera a las autoridades competentes, informes y documentos para fines de la investigación;
XIX. Garantizar que se asiente constancia de cada una de sus actuaciones, así como llevar un control y seguimiento de éstas. Durante el curso de la investigación ministerial deberán elaborar informes sobre el desarrollo de la misma, y rendirlos al Ministerio Público, sin perjuicio de los informes que éste le requiera;
XX. Emitir los informes, partes policiales y demás documentos que se generen, con los requisitos de fondo y forma que establezcan las disposiciones aplicables, para tal efecto se podrán apoyar en los conocimientos que resulten necesarios;
XXI. Proporcionar atención a víctimas, ofendidos o testigos del delito; para tal efecto deberá:
a) Prestar protección y auxilio inmediato, de conformidad con las disposiciones legales aplicables;
b) Garantizar que reciban atención médica y psicológica cuando sea necesaria;
c) Adoptar las medidas que se consideren necesarias tendentes a evitar que se ponga en peligro su integridad física y psicológica, en el ámbito de su competencia;
d) Preservar los indicios y elementos de prueba que la víctima y ofendido aporten en el momento de la intervención policial y remitirlos sin demora al Ministerio Público encargado del asunto para que éste acuerde lo conducente, y
e) Asegurar que puedan llevar a cabo la identificación del imputado sin riesgo para ellos.
XXII. Dar cumplimiento a las órdenes de aprehensión y demás mandatos ministeriales y jurisdiccionales de que tenga conocimiento con motivo de sus funciones;
XXIII. Entrevistar a las personas que pudieran aportar algún dato o elemento para la investigación en caso de flagrancia o por mandato del Ministerio Público, en términos de las disposiciones aplicables. De las entrevistas que se practiquen se dejará constancia y se utilizarán meramente como un registro de la investigación, que para tener valor probatorio, deberán ser ratificadas ante la autoridad ministerial o judicial que corresponda;
XXIV. Reunir la información que pueda ser útil al Ministerio Público que conozca del asunto, para acreditar el cuerpo del delito y la probable responsabilidad del imputado, conforme a las instrucciones de aquél;
XXV. Incorporar a las bases de datos criminalísticas y de personal de la Secretaría y del Sistema Nacional de Información de Seguridad Pública, la información que pueda ser útil en la investigación de los delitos, y utilizar su contenido para el desempeño de sus atribuciones, sin afectar el derecho de las personas sobre sus datos personales;
XXVI. Colaborar, cuando así lo soliciten otras autoridades federales, para el ejercicio de sus funciones de vigilancia, verificación e inspección que tengan conferidas por disposición de otras leyes;
XXVII. Coordinarse en los términos que señala el Sistema Nacional de Seguridad Pública, con las autoridades de los tres órdenes de gobierno, para el intercambio de información contenida en documentos bases de datos o sistemas de información que sea útil al desempeño de sus funciones sin menoscabo del cumplimiento de las limitaciones que establece el artículo 243 del Código Federal de Procedimientos Penales;
XXVIII. Solicitar por escrito, previa autorización del juez de control en los términos del artículo 16 Constitucional, a los concesionarios, permisionarios, operadoras telefónicas y todas aquellas comercializadoras de servicios en materia de telecomunicaciones, de sistemas de comunicación vía satélite, la información con que cuenten, así como georreferenciación de los equipos de comunicación móvil en tiempo real, para el cumplimiento de sus fines de prevención de los delitos. La autoridad judicial competente, deberá acordar la solicitud en un plazo no mayor de doce horas a partir de su presentación;
XXIX. Solicitar por escrito ante el juez de control, en términos del capítulo XI de la presente Ley, la autorización para la intervención de comunicaciones privadas para la investigación de los delitos. La autoridad judicial competente deberá acordar la solicitud en un plazo no mayor de doce horas a partir de su presentación;
XXX. Colaborar, cuando sean formalmente requeridas, de conformidad con los ordenamientos constitucionales y legales aplicables, con las autoridades locales y municipales competentes, en la protección de la integridad física de las personas y en la preservación de sus bienes, en situaciones de peligro, cuando se vean amenazadas por situaciones que impliquen violencia o riesgo inminente; prevenir la comisión de delitos, así como garantizar, mantener y restablecer la paz y el orden públicos;
XXXI. Participar en operativos conjuntos con otras autoridades federales, locales o municipales, que se lleven a cabo conforme a lo dispuesto en la legislación relativa al Sistema Nacional de Seguridad Pública;
XXXII. Obtener, analizar y procesar información así como realizar las acciones que, conforme a las disposiciones aplicables, resulten necesarias para la prevención de delitos, sea directamente o mediante los sistemas de coordinación previstos en otras leyes Federales;
XXXIII. Vigilar e inspeccionar, para fines de seguridad pública, la zona terrestre de las vías generales de comunicación y los medios de transporte que operen en ellas;
XXXIV. Vigilar, supervisar, asegurar y custodiar, a solicitud de la autoridad competente, las instalaciones de los centros federales de detención, reclusión, readaptación y reinserción social, con apego a los derechos humanos reconocidos en la Constitución Federal;
XXXV. Levantar las infracciones e imponer las sanciones por violaciones a las disposiciones legales y reglamentarias relativas al tránsito en los caminos y puentes federales, así como a la operación de los servicios de autotransporte federal, sus servicios auxiliares y transporte privado cuando circulen en la zona terrestre de las vías generales de comunicación;
XXXVI. Ejercer, para fines de seguridad pública, la vigilancia e inspección sobre la entrada y salida de mercancías y personas en los aeropuertos, puertos marítimos autorizados para el tráfico internacional, en las aduanas, recintos fiscales, secciones aduaneras, garitas y puntos de revisión aduaneros; así como para los mismos fines sobre el manejo, transporte o tenencia de dichas mercancías en cualquier parte del territorio nacional.
La Policía Federal actuará en los recintos fiscales, aduanas, secciones aduaneras, garitas o puntos de revisión aduaneros, en auxilio y coordinación con las autoridades responsables en materia fiscal o de migración, en los términos de la presente Ley y las demás disposiciones legales aplicables;
XXXVII. Colaborar, a solicitud de las autoridades competentes, con los servicios de protección civil en casos de calamidades, situaciones de alto riesgo o desastres por causas naturales;
XXXVIII. Ejercer en el ámbito de su competencia, y en coordinación con el Instituto Nacional de Migración, las facultades que en materia migratoria prescriben la Ley General de Población, su Reglamento y demás disposiciones legales;
XXXIX. Prestar apoyo al Instituto Nacional de Migración para verificar que los extranjeros residentes en territorio nacional cumplan con las obligaciones que establece la Ley General de Población;
XL. Apoyar el aseguramiento que realice el Instituto Nacional de Migración y, en su caso, resguardar a solicitud del Instituto las estaciones migratorias a los extranjeros que violen la Ley General de Población, cuando el caso lo amerite;
XLI. Estudiar, planificar y ejecutar los métodos y técnicas de combate a la delincuencia;
XLII. Realizar acciones de vigilancia, identificación, monitoreo y rastreo en la Red Pública de Internet sobre sitios web con el fin de prevenir conductas delictivas;
XLIII. Desarrollar, mantener y supervisar fuentes de información en la sociedad, que permitan obtener datos sobre actividades relacionadas con fenómenos delictivos;
XLIV. Integrar en el Registro Administrativo de Detenciones y demás bases de datos criminalísticos y de personal, las huellas decadactilares y otros elementos distintos a las fotografías y videos para identificar a una persona, solicitando a las autoridades de los tres órdenes de gobierno la información respectiva con que cuenten;
XLV. Suscribir convenios o instrumentos jurídicos con otras instituciones policiales de los tres órdenes de gobierno y organizaciones no gubernamentales para el desempeño de sus atribuciones, en el marco de la ley;
XLVI. Colaborar y prestar auxilio a las policías de otros países, en el ámbito de su competencia, y
XLVII. Las demás que le confieran ésta y otras leyes.
IV. MISION Y VISION
MISION
Prevenir y combatir la comisión de delitos, en apego al marco jurídico, con personal comprometido y calificado, en coordinación con los tres órdenes de gobierno que privilegie la participación ciudadana, para salvaguardar la integridad y derechos de las personas e instituciones, mediante programas y acciones desarrollados con esquemas de inteligencia y tecnología de vanguardia, que den confianza y certidumbre a la sociedad.
VISION
Ser una Institución comprometida con la sociedad en la prevención del delito y combate a la delincuencia, que preserve la integridad y el patrimonio de las personas, la paz y el orden públicos, así como el Estado de Derecho, cuya actuación esté apegada a los principios de legalidad, objetividad, eficiencia, profesionalismo y honradez, con pleno respeto a los derechos humanos.
V. ESTRUCTURA ORGANICA
1. | Comisionado General |
| | |
| 1.1. | División de Inteligencia |
| | 1.1.1. | Coordinación de Servicios Técnicos |
| | | 1.1.1.1. | Dirección General del Centro de Monitoreo Técnico |
| | | 1.1.1.2. | Dirección General del Centro de Alertas y Atención de Riesgos |
| | | 1.1.1.3. | Dirección General de Desarrollo y Operación de Coberturas |
| | 1.1.2. | Coordinación de Operaciones Encubiertas |
| | | 1.1.2.1. | Dirección General de Operaciones e Infiltración |
| | | 1.1.2.2. | Dirección General de Reclutamiento y Manejo de Fuentes de Información |
| | | 1.1.2.3. | Dirección General de Supervisión y Vigilancia |
| | 1.1.3. | Coordinación de Análisis y Enlace Internacional |
| | | 1.1.3.1. | Dirección General de Análisis y Estadística |
| | | 1.1.3.2. | Dirección General de Asuntos Policiales Internacionales |
| | | 1.1.3.3. | Dirección General de Indicadores de Integración de la Información |
| | | |
| 1.2. | División de Investigación |
| | 1.2.1. | Coordinación de Investigación de Gabinete |
| | | 1.2.1.1. | Dirección General de Análisis Táctico |
| | | 1.2.1.2. | Dirección General de Fichas y Registros Delictivos |
| | | 1.2.1.3. | Dirección General de Manejo de Crisis y Negociación |
| | 1.2.2. | Coordinación de Investigación de Campo |
| | | 1.2.2.1. | Dirección General de Investigación de Delitos contra la Seguridad e Integridad de las Personas |
| | | 1.2.2.2. | Dirección General de Investigación de Delitos de Alto Impacto |
| | | 1.2.2.3. | Dirección General de Investigación de Delitos Federales |
| | 1.2.3. | Coordinación de Investigación Técnica y Operación |
| | | 1.2.3.1. | Dirección General de Operaciones Técnicas |
| | | 1.2.3.2. | Dirección General de Inteligencia Operativa |
| | | 1.2.3.3. | Dirección General de Apoyo Táctico |
| | | | |
| 1.3. | División de Seguridad Regional |
| | | 1.3.0.1. | Dirección General de Personal |
| | | 1.3.0.2. | Dirección General de Información |
| | | 1.3.0.3. | Dirección General de Operaciones |
| | | 1.3.0.4. | Dirección General de Logística y Adiestramiento |
| | | 1.3.0.5. | Dirección General de Planes y Supervisión |
| | | 1.3.0.6. | Dirección General de Control Operativo |
| | 1.3.0. | Coordinaciones Estatales (32) |
| | | |
| 1.4. | División Científica |
| | 1.4.1. | Coordinación para la Prevención de Delitos Electrónicos |
| | | 1.4.1.1. | Dirección General de Prevención de Delitos Cibernéticos |
| | | 1.4.1.2. | Dirección General de Centro Especializado en Respuesta Tecnológica |
| | | 1.4.1.3. | Dirección General de Laboratorios en Investigación Electrónica y Forense |
| | 1.4.2. | Coordinación de Innovación Tecnológica |
| | | 1.4.2.1. | Dirección General de Tecnologías de Información Emergentes |
| | | 1.4.2.2. | Dirección General de Infraestructura e Implementación de Procesos Tecnológicos |
| | | 1.4.2.3. | Dirección General de Innovación y Desarrollo |
| | 1.4.3. | Coordinación de Criminalística |
| | | 1.4.3.1. | Dirección General de Criminalística de Campo |
| | | 1.4.3.2. | Dirección General de Laboratorios |
| | | 1.4.3.3. | Dirección General de Especialidades |
| | | | |
| 1.5. | División Antidrogas |
| | 1.5.1. | Coordinación de Investigación de Gabinete Antidrogas |
| | | 1.5.1.1. | Dirección General de Análisis Táctico Antidrogas |
| | | 1.5.1.2. | Dirección General de Fichas y Registro de Narcotráfico y Delitos Conexos |
| | | 1.5.1.3. | Dirección General de Enlace y Cooperación Interinstitucional |
| | 1.5.2. | Coordinación de Investigación de Campo y Técnica Antidrogas |
| | | 1.5.2.1. | Dirección General de Operación Técnica Antidrogas |
| | | 1.5.2.2. | Dirección General de Inteligencia Operativa Antidrogas |
| | | 1.5.2.3. | Dirección General de Apoyo Táctico contra Narcotráfico y Delitos Conexos |
| | 1.5.3. | Coordinación de Investigación de Recursos de Procedencia Ilícita |
| | | 1.5.3.1. | Dirección General de Análisis Táctico de Delitos contra el Sistema Financiero |
| | | 1.5.3.2. | Dirección General de Inteligencia Financiera para la Prevención |
| | | 1.5.3.3. | Dirección General de Prevención de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita |
| | | | |
| 1.6. | División de Fuerzas Federales |
| | 1.6.1. | Coordinación de Restablecimiento del Orden Público |
| | | 1.6.1.1. | Dirección General de Fuerzas de Protección |
| | | 1.6.1.2. | Dirección General de Rescate y Apoyo a la Protección Civil |
| | | 1.6.1.3. | Dirección General de Traslados y Apoyo Penitenciario |
| | 1.6.2. | Coordinación de Reacción y Alerta Inmediata |
| | | 1.6.2.1. | Dirección General de Seguridad Física |
| | | 1.6.2.2. | Dirección General de Reacción y Operación |
| | | 1.6.2.3. | Dirección General de la Unidad Canina |
| | 1.6.3. | Coordinación de Operaciones Especiales |
| | | 1.6.3.1. | Dirección General de Intervención |
| | | 1.6.3.2. | Dirección General de Explosivos |
| | | 1.6.3.3. | Dirección General de Equipos Especiales |
| | | | |
| 1.7. | Secretaría General |
| | 1.7.1. | Coordinación de Servicios Generales |
| | | 1.7.1.1. | Dirección General de Recursos Humanos |
| | | 1.7.1.2. | Dirección General de Recursos Financieros |
| | | 1.7.1.3. | Dirección General de Recursos Materiales |
| | 1.7.2. | Coordinación de Operaciones Aéreas |
| | | 1.7.2.1. | Dirección General de Operaciones |
| | | 1.7.2.2. | Dirección General de Mantenimiento |
| | | 1.7.2.3. | Dirección General de Supervisión y Seguridad Aérea |
| | 1.7.3. | Coordinación de Soporte Técnico |
| | | 1.7.3.1. | Dirección General de Informática |
| | | 1.7.3.2. | Dirección General de Telecomunicaciones |
| | | 1.7.3.3. | Dirección General de Instalaciones Técnicas y Mantenimiento |
| | 1.7.4. | Coordinación del Sistema de Desarrollo Policial |
| | | 1.7.4.1. | Dirección General de Control de Confianza |
| | | 1.7.4.2. | Dirección General del Servicio Profesional de Carrera y Régimen Disciplinario |
| | | 1.7.4.3. | Dirección General de Formación y Profesionalización |
| | | | |
| 1.8. | Asuntos Internos |
| | | 1.8.0.1. | Dirección General de Vigilancia y Supervisión Interna |
| | | 1.8.0.2. | Dirección General de Investigación Interna |
| | | 1.8.0.3. | Dirección General de Responsabilidades |
| | | | |
| | | 1.0.0.1. | Dirección General de Asuntos Jurídicos |
| | | 1.0.0.2. | Dirección General de Enlace |
| | | 1.0.0.3. | Dirección General de Comunicación Social |
| | | 1.0.0.4. | Organo Interno de Control |
VII. OBJETIVOS Y FUNCIONES
1. COMISIONADO GENERAL
OBJETIVO
Salvaguardar la integridad de los derechos de las personas, preservar las libertades, el orden y paz públicos en coordinación con los tres órdenes de gobierno y las autoridades competentes, en estricto apego a los principios de legalidad, objetividad, eficiencia, profesionalismo, honradez, respeto a las garantías individuales y a los derechos humanos, a fin de prevenir y combatir la comisión de delitos.
FUNCIONES
· Implementar políticas para la prevención de delitos y faltas administrativas en el ámbito federal.
· Colaborar con las autoridades competentes en materia de seguridad pública de los tres órdenes de gobierno, a efecto de hacer cumplir las leyes.
· Establecer las acciones necesarias que salvaguarden la integridad de las personas, garanticen, mantengan y coadyuven al restablecimiento del orden y la paz públicos en su caso, prevenir delitos en zonas federales inmuebles y zonas estratégicas.
· Determinar la aplicación de líneas de investigación, acciones y operaciones para el combate y prevención de delitos, en el ámbito de competencia de la Institución.
· Conducir las acciones que aseguren la prevención de infracciones administrativas.
· Disponer de medios para la obtención de información en lugares públicos, que se traduzcan en inteligencia para la prevención de delito en materia federal, respetando las garantías individuales.
· Autorizar las operaciones encubiertas y de usuarios simulados para la prevención e investigación de delitos.
· Dirigir el análisis técnico o estratégico de la información que se traduzca en inteligencia para la prevención del delito.
· Colaborar en las actuaciones e investigaciones de los delitos bajo la conducción y mando del Ministerio Público o la autoridad jurisdiccional en el marco de la Ley.
· Asegurar que se hagan del conocimiento de los detenidos los derechos constitucionales que obran en su favor.
· Asegurar que se lleven a cabo las puestas a disposición dentro de los términos y con los requisitos previstos en la Constitución y que de ella emanen.
· Conocer la información sobre hechos que puedan ser constitutivos de delitos e investigar sobre su veracidad y en su caso remitirlas al Ministerio Público.
· Establecer los mecanismos para la recepción de denuncias sobre hechos que puedan ser constitutivos de delitos, en términos de lo dispuesto del artículo 3 del Código Federal de Procedimientos Penales y las demás disposiciones aplicables.
· Colaborar en la investigación y demás diligencias que ordene el Ministerio Público para el esclarecimiento de los delitos.
· Dirigir las detenciones conforme a lo dispuesto en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y demás leyes aplicables.
· Disponer lo necesario a efecto de que se inscriba de forma inmediata en el Registro Administrativo de Detenciones del Centro Nacional de Información, toda detención que se realice garantizando que se dé parte al Ministerio Público.
· Dirigir las acciones que salvaguarden el lugar de los hechos y la integridad de los indicios, huellas o vestigios del hecho delictuoso, así como los instrumentos, objetos o productos del delito, haciéndolo del conocimiento inmediato del Ministerio Público.
· Autorizar lo necesario en el procesamiento del lugar de los hechos, fijación, señalamiento, levantamiento, embalaje y entrega al Ministerio Público de la evidencia física.
· Formular al Ministerio Público las solicitudes de información para que sean requeridas a las autoridades competentes, los informes y documentos necesarios para la investigación.
· Implementar las acciones para asegurar que se documenten todas las actuaciones en el curso de una investigación ministerial y se presenten los informes a la autoridad competente.
· Implementar las acciones para asegurar la elaboración de informes y partes policiales de acuerdo a las disposiciones normativas.
· Disponer las medidas para la atención a víctimas, ofendidos o testigos del delito garantizando su integridad física o psicológica.
· Conducir las acciones para dar cumplimiento a las órdenes de aprehensión y demás mandatos ministeriales y jurisdiccionales.
· Dirigir las acciones para que en su caso, se entreviste a personas relacionadas con la investigación de probables delitos, en caso flagrancia o por mandato ministerial en términos de las disposiciones aplicables, dejando constancia para el registro de la investigación.
· Disponer lo conducente para de integrar la información que acredite el cuerpo del delito y la responsabilidad del imputado bajo la conducción del Ministerio Público.
· Instruir el suministro de la información a las bases de datos criminalísticas y de personal de la Secretaría de Seguridad Pública y del Sistema Nacional de Información de Seguridad Pública, en apego a la normatividad para la protección de datos personales.
· Participar en la vigilancia, verificación e inspección, en la medida que lo soliciten otras instancias en el ejercicio de las atribuciones que le confieran sus respectivas leyes.
· Intercambiar con las autoridades de los tres órdenes de gobierno en el marco del Sistema Nacional de Seguridad Pública, la información contenida en las bases de datos y sistemas de información.
· Formular las solicitudes por escrito a los concesionarios, permisionarios, operadoras telefónicas y demás comercializadoras de servicios en materia de telecomunicaciones y sistemas de comunicación vía satélite, de información y georreferenciación de los equipos de comunicación móvil en tiempo real, en el ejercicio de las acciones de prevención e investigación del delito, previa autorización del juez de control, en estricto apego a lo dispuesto en el artículo 16 constitucional.
· Formular las solicitudes por escrito ante el juez de control para la intervención de comunicaciones privadas dentro de la investigación del delito, en estricto apego a lo dispuesto en el capítulo XI de la Ley de la Policía Federal.
· Participar con las autoridades locales y municipales cuando así le sea requerido, en la protección de la integridad física de las personas, en la preservación de sus bienes en situaciones de peligro.
· Participar con las autoridades locales y municipales cuando así le sea requerido, en la prevención de la comisión de delitos, además de garantizar mantener y restablecer la paz y el orden públicos.
· Disponer lo necesario a efecto de asegurar la intervención de la Policía Federal en operativos conjuntos, con autoridades de los tres órdenes de gobierno, conforme a lo establecido en la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública.
· Establecer los mecanismos para la obtención, análisis y procesamiento de la información requerida, realizando las acciones que emanen de la Ley de la Policía Federal y su Reglamento, así como de otras leyes federales, para la prevención de delitos.
· Establecer los mecanismos para vigilar e inspeccionar la zona terrestre, vías generales de comunicación y los medios de transporte que operen en ellas, en el ámbito de sus atribuciones.
· Establecer los mecanismos para vigilar la seguridad de las instalaciones de los centros federales de detención, reclusión, readaptación y reinserción social, a través de la vigilancia, supervisión y custodia, respetando los derechos humanos, a solicitud de la autoridad competente.
· Implementar mecanismos para levantar infracciones e imponer las sanciones a que haya lugar por violación a las disposiciones legales y reglamentarias relativas al tránsito en los caminos y puentes federales, así como, en la zona terrestre de las vías generales de comunicación, como resultado de la operación del autotransporte federal, sus servicios auxiliares y transporte privado.
· Establecer la vigilancia e inspección en los aeropuertos, puertos marítimos, aduanas, recintos fiscales, secciones aduaneras, garitas, puntos de revisión aduaneros, sobre la entrada y salida de personas y sobre el manejo, transporte o tenencia de mercancías en territorio nacional, en coordinación con las autoridades competentes en materia fiscal o de migración.
· Participar cuando así se lo soliciten las autoridades competentes en materia de protección civil, en la prestación de servicios en situaciones de alto riesgo o desastres y fenómenos naturales.
· Dirigir la ejecución de las atribuciones en materia de migración, en coordinación con el Instituto Nacional de Migración y en apego a la Ley General de Población, su Reglamento y demás normas aplicables.
· Autorizar los mecanismos para proporcionar vigilancias a solicitud del Instituto Nacional de Migración, las estaciones migratorias y coadyuvar al aseguramiento de extranjeros que violen la Ley General de Población.
· Implementar la metodología técnica que sirva para combatir a la delincuencia.
· Establecer acciones de vigilancia, identificación, monitoreo y rastreo en la Red Pública sobre sitios Web.
· Establecer canales de información social, que faciliten la obtención de datos sobre actividades delictivas.
· Coordinar acciones para la incorporación de huellas decadactilares y otros elementos distintos a las fotografías y videos de identificación personal, en el Registro Administrativo de Detenciones y demás bases de datos criminalísticos y de personal, en coordinación con los tres órdenes de gobierno.
· Coordinar la formalización de convenios o instrumentos jurídicos, con otras instituciones policiales de los tres órdenes de gobierno, interinstitucionales, internacionales y organizaciones no gubernamentales, en el ejercicio de sus atribuciones.
· Participar con las policías de otros países en el ejercicio de sus atribuciones.
· Expedir los nombramientos de los integrantes hasta Director General y resolver las conclusiones de los mismos, previo acuerdo con el Secretario.
· Autorizar los cambios de adscripción de los integrantes de acuerdo a las necesidades del servicio.
· Las demás que le confieran otras disposiciones aplicables o el Secretario.
1.1. DIVISION DE INTELIGENCIA
OBJETIVO
Establecer líneas de acción en materia de inteligencia policial, mediante el uso de tecnología, manejo de fuentes humanas, técnicas y abiertas, análisis e intercambio de información con instituciones policiales nacionales e internacionales que contribuyan en la prevención y combate al delito.
FUNCIONES
· Dirigir el centro de inteligencia para el desarrollo de la planeación, obtención, procesamiento y aprovechamiento de la información relacionada con temas de seguridad y evitar la comisión de delitos, con base en los principios de legalidad, objetividad, eficiencia, profesionalismo, honradez y
respeto a las garantías individuales y los derechos humanos reconocidos en la Constitución.
· Autorizar los operativos de la Institución, en el ámbito de su competencia.
· Autorizar acciones en materia de inteligencia para la prevención y combate a la delincuencia mediante los sistemas de coordinación previstos en otras leyes federales.
· Establecer las políticas y lineamientos para la instrumentación, operación y resguardo de las bases de datos de información de la Secretaría, para la adopción de estrategias en materia de seguridad pública.
· Determinar políticas y lineamientos para el suministro, intercambio, sistematización, consulta, análisis y actualización de información que se genere sobre seguridad pública que contribuya en la toma de decisiones del Gobierno Federal.
· Definir estrategias y mantener vínculos de cooperación en materia de intercambio de información para la investigación de los delitos y de seguridad pública con organismos nacionales e internacionales.
· Establecer acciones para la planeación, recopilación, análisis y aprovechamiento de la información, que permita identificar a personas, grupos u organizaciones criminales, con el fin de prevenir y combatir la comisión de delitos, en el ámbito de su competencia y con respeto a los derechos humanos reconocidos en la Constitución.
· Determinar criterios para la protección a las instalaciones estratégicas del Estado Mexicano mediante los instrumentos y mecanismos tecnológicos que aseguren su operación, en el ámbito de su competencia.
· Establecer los lineamientos para el sistema de coordinación y ejecución de los métodos de análisis de la información para la generación de inteligencia operacional para prevenir y combatir la comisión de delitos.
· Determinar criterios para la creación de sistemas y mecanismos de análisis de la información estratégica en materia de seguridad pública, en el ámbito de su competencia.
· Emitir criterios para recabar información que permita operar tareas de inteligencia en materia de seguridad pública en el ámbito de su competencia.
· Definir los criterios y mecanismos para la recopilación de información en materia de seguridad pública, en el ámbito de su competencia, para su análisis y explotación.
· Establecer los lineamientos y criterios para detectar los factores de amenazas o riesgos que atenten contra la preservación de las libertades de la población, orden y la paz pública e identificar aquellas medidas tendientes a la prevención, disuasión, contención y desactivación que coadyuven en la prevención y combate al delito.
· Determinar los lineamientos para la elaboración de la Agenda de Riesgo de la Policía Federal que permita entregar el documento consolidado al Secretario y Comisionado General para contribuir en la toma de decisiones.
· Presentar a la Secretaría la información que se recabe para el desempeño de sus atribuciones.
· Presentar al Comisionado General informes respecto al suministro y actualización de datos en los sistemas de información de la Institución.
· Establecer los criterios para la colaboración y asesoría técnica a cualquiera de las instancias de gobierno, en el marco de los convenios que al efecto se suscriban y en las disposiciones legales aplicables.
· Definir políticas y lineamientos para la actualización de los sistemas de información estadística y análisis que son necesarios para el desempeño de las funciones.
· Establecer lineamientos para la utilización de sistemas homologados de recolección, clasificación, registro, análisis, evaluación y explotación de información que permitan identificar y proponer líneas de investigación a las Divisiones de la Institución.
· Establecer procedimientos para el intercambio de información policial entre la Institución y agencias policiales extranjeras en materia de investigación y persecución del delito.
· Determinar las políticas y criterios que permitan establecer y desarrollar los mecanismos de comunicación con agencias policiales extranjeras representadas ante la Institución, para favorecer las tareas de cooperación internacional en el intercambio de información policial.
· Emitir las directrices para la integración de fichas criminales de personas, grupos y organizaciones criminales que permitan prevenir y combatir el delito.
· Presentar ante la autoridad competente, a los detenidos o bienes asegurados que estén bajo su custodia y que sean objeto, instrumento o producto del delito, cumpliendo con la normatividad vigente aplicable, en el ámbito de su competencia y cuando le sea formalmente requerido.
· Rendir de forma oportuna el parte de novedades y acta de hechos relacionados con la detención de probables criminales y el aseguramiento de bienes que estén bajo su custodia, verificando que se apliquen las disposiciones constitucionales y legales aplicables.
· Establecer los lineamientos y mecanismos para corroborar la información de las denuncias que sean presentadas ante la Institución.
· Determinar los criterios para proponer al Ministerio Público que solicite a la autoridad competente correspondiente, informes y documentos que se requieran para fines de la investigación, de aquellos que únicamente se puedan solicitar por su conducto.
· Determinar los criterios para reservar la información que ponga en riesgo alguna investigación, conforme a las disposiciones aplicables.
· Establecer los lineamientos para la integración y operación de las bases de datos de Plataforma México en el ámbito de su competencia que contribuyan en la investigación y prevención del delito.
· Determinar lineamientos para el establecimiento de sistemas de recolección, clasificación, registro, análisis, explotación y evaluación de información que permita generar inteligencia operacional y bases de datos que coadyuven en la investigación y prevención de delitos así como para la toma de decisiones y conducción de operativos, en el ámbito de su competencia.
· Dirigir la planeación y desarrollo de los métodos y técnicas de combate a la delincuencia, en el ámbito de competencia de la Institución.
· Establecer políticas para la formulación y desarrollo de análisis estratégico de la información de inteligencia que apoye la toma de decisiones.
· Establecer lineamientos para la implementación de métodos y técnicas para recolectar información de inteligencia que contribuya en la investigación y prevención de delitos así como la toma de decisiones.
· Emitir políticas para el uso de equipos e instrumentos técnicos especializados que permita recolectar, analizar y clasificar la información para la investigación de los delitos federales.
· Establecer los métodos de comunicación y redes de información policial para el acopio y clasificación de información de modos de operación de las organizaciones criminales, así como la sistematización de información a través de tecnología de punta que solicite a los tres órdenes de gobierno.
· Establecer los criterios para la identificación, recopilación, clasificación y análisis de datos, imágenes y demás elementos para la investigación y prevención del delito.
· Establecer protocolos de actuación para llevar a cabo las vigilancias, seguimientos y procedimientos técnicos, a través de tecnología de punta que permita recopilar la información relacionada con personas, grupos delictivos y estructuras de la delincuencia organizada y contribuya en la investigación y prevención de delitos.
· Dirigir previo acuerdo del Comisionado General y el Secretario, las operaciones encubiertas y usuarios simulados para su implementación dentro del marco legal aplicable.
· Establecer lineamientos para la realización de acciones policiales, operaciones encubiertas y de usuarios simulados para la obtención, análisis y explotación de información que permita identificar modos de operación delictiva y en el ámbito de su competencia, combatir la comisión de delitos.
· Nombrar a los integrantes de la Institución que desarrollarán las operaciones encubiertas y de usuarios simulados.
· Determinar los lineamientos y políticas para el manejo de fuentes de información, que permitan generar inteligencia policial en apoyo a las distintas áreas de la Institución.
· Presentar solicitud al Comisionado General de intervenciones a comunicaciones privadas cuando la investigación del caso así lo requiera.
· Requerir al Comisionado General, que solicite a la autoridad jurisdiccional, la autorización de intervención de comunicaciones.
· Emitir, previo acuerdo con el Comisionado General, informes periódicos de resultados de las intervenciones a comunicaciones privadas a la autoridad judicial y ministerial competente de conformidad con lo establecido en el artículo 52 de Ley de la Policía Federal.
· Establecer las disposiciones tendientes al levantamiento de actas circunstanciadas de intervención de
comunicación en el ámbito de su competencia.
· Asegurar que se proporcione a los integrantes infiltrados, en caso de ser necesario, una identidad de cobertura y nueva identidad, así como la documentación correspondiente en coordinación con las autoridades competentes.
· Contribuir a la coordinación entre autoridades competentes con organismos y grupos internacionales, referentes a investigaciones de delitos que tenga conocimiento la Institución en el ejercicio de sus funciones.
· Establecer criterios para el otorgamiento de gratificaciones con base en lo establecido por el sistema autorizado, derivado de las acciones realizadas de inteligencia y combate al delito y ponerlo a consideración del Comisionado General.
· Determinar las medidas preventivas de seguridad, para garantizar la seguridad del personal que se encuentre realizando alguna operación de inteligencia en el supuesto que se detecte peligro inminente en su integridad física o estén comprometidos los resultados de la investigación.
· Establecer criterios para la organización de las agregadurías y enlaces de la Policía Federal acreditados en el extranjero con base en las instrucciones del Secretario, Comisionado General, disposiciones legales aplicables y disponibilidad presupuestaria.
· Determinar lineamientos para el intercambio de información con instituciones policiales extranjeras para realizar acciones policiales tendientes al aseguramiento en territorio nacional de personas que cuenten con orden de detención con fines de extradición.
· Establecer políticas y lineamientos para la implementación de métodos de comunicación con instituciones policiales extranjeras para coadyuvar en las tareas de cooperación internacional en materia de información policial.
· Establecer el diseño de procedimientos de intercambio de información con instituciones policiales extranjeras para localizar y recuperar fuera del territorio nacional vehículos, aeronaves y embarcaciones robadas y proceder a su recuperación a través de las instancias correspondientes.
· Participar como enlace ante instituciones policiales extranjeras para el intercambio de información policial que permita localizar prófugos de la justicia mexicana fuera de territorio nacional.
· Determinar los lineamientos para establecer en el ámbito de su competencia, mecanismos de enlace e intercambio de información policial con autoridades nacionales o extranjeras que contribuyan en la investigación y prevención del delito.
· Establecer políticas y lineamientos para el intercambio de información policial con instituciones policiales extranjeras que permita localizar a personas extraviadas y menores de edad, siempre que exista la presunción de que se encuentra fuera de territorio nacional y realizar las acciones necesarias para su repatriación.
· Establecer políticas y lineamientos para el intercambio de información policial con instituciones policiales extranjeras que permita localizar y repatriar obras de arte, monumentos arqueológicos, históricos y artísticos que hayan sido sustraídos ilegalmente del territorio nacional.
· Emitir políticas y lineamientos para efectuar acciones policiales para el traslado de prófugos de los cuales se haya concedido su extradición.
· Coordinar el intercambio de información con autoridades nacionales y dependencias de la Administración Pública Federal, a través de la Oficina de Enlace Nacional Interpol-México y con base en los lineamientos legales aplicables representar a la misma ante instituciones policiales internacionales.
· Establecer criterios para el cumplimiento de las solicitudes de asistencia recíproca de policía criminal y demás compromisos contraídos con la Organización Internacional de Policía Criminal, con base en las disposiciones legales aplicables en la materia.
· Establecer los lineamientos de colaboración con instituciones policiales de los tres órdenes de gobierno, para dar cumplimiento a los compromisos de carácter internacional en materia de asuntos policiales internacionales.
· Definir los criterios para la actualización de los bancos de datos relacionados con información criminal de carácter internacional.
· Emitir políticas y lineamientos para que se lleven a cabo acciones para la prevención y combate de los delitos en términos de las disposiciones aplicables.
· Las demás que le confieran otras disposiciones legales aplicables o aquéllas que le encomiende el inmediato superior.
1.1.1. COORDINACION DE SERVICIOS TECNICOS
OBJETIVO
Coordinar el desarrollo y operación de acciones de asistencia técnica especializada a las unidades operativas de la Policía Federal y a autoridades competentes, mediante el uso de tecnologías avanzadas de vigilancia y monitoreo, con la finalidad de contribuir en la prevención e investigación de delitos.
FUNCIONES
· Determinar los lineamientos para la realización de acciones de apoyo técnico en operativos y asuntos relevantes solicitados por las áreas de la Policía Federal, así como a otras instituciones públicas que lo soliciten, de conformidad con las normas y políticas institucionales aplicables, para coadyuvar en la prevención e investigación del delito.
· Formular los mecanismos para supervisar el apoyo en los operativos en que participe la Institución y brindar soporte tecnológico con el que se cuente para la realización de la operación.
· Establecer los procedimientos para el alertamiento sobre objetivos para la intercepción aérea, terrestre y marítima a través de apoyo tecnológico que permita realizar la cobertura en tiempo real a puntos establecidos para la prevención e investigación de los delitos.
· Dirigir las técnicas de captación, recopilación, análisis y clasificación de información táctica a través de equipo tecnológico para el combate a la delincuencia.
· Establecer mecanismos que garanticen el desarrollo tecnológico para el intercambio de información en materia de prevención, detección, investigación y análisis de estructuras criminales, con las áreas operativas de la Institución.
· Dirigir técnicas para el análisis de información de la estructura y modos de operación criminal que permitan identificar y establecer líneas de investigación policial.
· Coordinar el apoyo a las áreas de la Policía Federal en la recopilación de la información en lugares públicos para evitar el fenómeno delictivo.
· Establecer las directrices para la ejecución de la intervención de comunicaciones privadas para la prevención del delito previa autorización dictada por autoridad judicial, y para la investigación por instrucción del Ministerio Público.
· Coordinar la intervención de comunicaciones privadas con base en los requerimientos legales aplicables y garantizar que se levante un acta circunstanciada de hechos que contenga datos relevantes que permitan la investigación del delito.
· Emitir los lineamientos para la instalación y operación de equipo técnico especializado para la ejecución de las tareas sustantivas de investigación y prevención del delito.
· Determinar los criterios para el monitoreo de instalaciones estratégicas a través de apoyo tecnológico especializado que permita captar información para la identificación de probables hechos delictivos.
· Establecer las políticas de actuación para la supervisión y manejo de fuentes de información que coadyuven en la generación de inteligencia e identificación de líneas de investigación para la desarticulación de bandas delictivas.
· Determinar los procedimientos para el control y seguimiento de las actuaciones en intervenciones a comunicaciones privadas que aseguren contar con constancia de hechos de las operaciones realizadas, en términos de la ley.
· Emitir informes periódicos al Titular de la División de Inteligencia respecto de los avances y resultados obtenidos de la operación en el ámbito de su competencia.
· Emitir los lineamientos para operar métodos de comunicación y redes de información policial que permitan llevar a cabo el acopio y clasificación oportuna de datos que requiera la Institución para su operación, de conformidad con las normas aplicables.
· Colaborar con otras instituciones y corporaciones policiales de los tres órdenes de gobierno en la implementación de operativos conjuntos que contribuyan en la investigación para la prevención de delitos.
· Asegurar que se integre la información obtenida en las bases de datos criminalísticos, de detenciones y de personal entre otros, que permita identificar a personas involucradas en posibles hechos delictivos.
· Las demás que le confieran otras disposiciones legales aplicables o aquéllas que le encomiende el inmediato superior.
1.1.1.1. DIRECCION GENERAL DEL CENTRO DE MONITOREO TECNICO
OBJETIVO
Dirigir los mecanismos de operación de sistemas tecnológicos y medios de comunicación en tiempo real que permitan dar atención a las solicitudes institucionales y mandamientos de autoridad competente que contribuyan en la prevención y combate del delito.
FUNCIONES
· Emitir estrategias para la captación, análisis y control de la información de medios de comunicación alámbricos e inalámbricos que le sean requeridos por autoridad competente que coadyuven en la prevención del delito.
· Dirigir el apoyo tecnológico a través de la captación, clasificación y análisis de información generada en tiempo real, en las diferentes instalaciones estratégicas del país que coadyuven en la prevención del delito.
· Asegurar la operación de los sistemas de captación de información a través de equipos móviles en tiempo real requerido por autoridad competente, para la prevención del delito.
· Establecer los lineamientos para la implementación y administración de los sistemas tecnológicos de vigilancia y monitoreo a las instalaciones de los centros federales de detención, reclusión, reinserción y readaptación social que sean requeridos por autoridad competente y con estricto apego a los derechos humanos.
· Coordinar la operación y supervisión de redes de comunicación que permitan obtener información concerniente para la prevención y persecución del delito.
· Definir los mecanismos de control para las fuentes de información videográfica a solicitud de las autoridades competentes, que permitan generar inteligencia para la prevención y combate al delito.
· Las demás que le confieran otras disposiciones legales aplicables o aquéllas que le encomiende el inmediato superior.
1.1.1.2. DIRECCION GENERAL DEL CENTRO DE ALERTAS Y ATENCION DE RIESGOS
OBJETIVO
Coordinar las acciones estratégicas para la identificación, seguimiento y evaluación de objetivos aéreos, terrestres y marítimos que puedan ser generadores de delitos, a través del uso de equipo tecnológico especializado a fin de apoyar en la creación de productos de inteligencia táctica- operativa.
FUNCIONES
· Emitir estrategias para la identificación del tráfico aéreo ilícito y potenciales objetivos aéreos, que puedan ser generadores de delitos, contribuyendo en la investigación y prevención del delito.
· Determinar las políticas y mecanismos para el desarrollo de las tareas de monitoreo del espacio aéreo nacional mediante el uso de equipo satelital, que permita obtener información en tiempo real de vuelos dentro del territorio nacional.
· Planear acciones operativas en coordinación con otras autoridades nacionales, para identificar y dar seguimiento a objetivos aéreos, terrestres y/o marítimos en prevención y combate al delito.
· Colaborar en las acciones emprendidas por corporaciones policiales internacionales, para la identificación e intercepción de objetivos aéreos y/o marítimos dentro del territorio nacional.
· Emitir los lineamientos para la obtención, análisis y uso de información a través de medios tecnológicos, dentro del ámbito de su competencia, que contribuyan en la detección de potenciales objetivos aéreos, marítimos y terrestres.
· Implementar acciones para la coordinación con diferentes corporaciones policiales y autoridades competentes, de conformidad con sus respectivas atribuciones, para la intercepción terrestre de probables responsables de la comisión de delitos.
· Colaborar con información de inteligencia operativa que permita la implementación de acciones policiales para la detención de delincuentes y el combate al delito.
· Establecer los lineamientos para la ejecución de reconocimiento aéreo y de acciones de inspección en puntos estratégicos, dentro del ámbito de su competencia, mediante la utilización de tecnología aérea de punta y sistemas de radar que coadyuven en la prevención e investigación de los delitos.
· Dirigir la operación de los sistemas de comunicación que se implanten para coordinar las diferentes unidades de intercambio de información policial entre países cooperantes que permitan identificar potenciales blancos así como preservar la información contenida en éstos y actualizarla periódicamente.
· Las demás que le confieran otras disposiciones legales aplicables o aquéllas que le encomiende el inmediato superior.
1.1.1.3. DIRECCION GENERAL DE DESARROLLO Y OPERACION DE COBERTURAS
OBJETIVO
Coordinar el apoyo a las áreas de la Policía Federal, para el desarrollo de operativos mediante información gráfica, videográfica y tecnologías fijas y móviles, que garanticen su operación en la investigación para la prevención y combate al delito.
FUNCIONES
· Establecer protocolos de actuación con las diversas áreas de la Policía Federal para el desarrollo de operativos mediante captación de información gráfica y videográfica con tecnologías de vanguardia que contribuyan en la investigación para la prevención del delito.
· Contribuir en el apoyo a los operativos de revisión en puntos estratégicos en el ámbito de su competencia mediante tecnología móvil y fija que coadyuve a la detección de probables hechos delictivos en el ámbito de su competencia.
· Implementar acciones para generar información gráfica derivada del monitoreo en puntos estratégicos mediante el uso de equipos tecnológicos de punta a solicitud de autoridad competente que coadyuve en la prevención del delito.
· Controlar la información gráfica y videográfica derivada de los operativos que contribuya en la investigación para la prevención del delito, con estricto apego a la normatividad aplicable y respetando los derechos humanos.
· Establecer los procedimientos para el manejo y funcionamiento óptimo del equipo de captación y procesamiento de información gráfica y videográfica que aseguren la operación para la investigación para la prevención del delito.
· Emitir los lineamientos para la instalación de equipo tecnológico que permita la obtención de información mediante la vigilancia en puntos fijos y móviles.
· Las demás que le confieran otras disposiciones legales aplicables o aquéllas que le encomiende el inmediato superior.
1.1.2. COORDINACION DE OPERACIONES ENCUBIERTAS
OBJETIVO
Coordinar técnicas especializadas de investigación, a través de la realización de operaciones encubiertas, usuarios simulados y manejo de fuentes de información que permitan la obtención, análisis y explotación de información de inteligencia policial y contribuya en la prevención de delitos, y bajo la conducción y mando del Ministerio Público combatir la comisión del delito.
FUNCIONES
· Implementar operaciones encubiertas y de usuarios simulados que permitan obtener, analizar y explotar información para la prevención del delito, y bajo la conducción y mando del Ministerio Público combatir la comisión de delitos.
· Implementar métodos para la realización de operaciones encubiertas y de usuarios simulados que permitan la obtención, análisis y explotación de información de inteligencia, para la prevención del delito, y bajo la conducción y mando del Ministerio Público combatir la comisión de delitos.
· Determinar las estrategias de prevención, acción y de movilización de recursos, a través de operaciones encubiertas y de usuarios simulados, que coadyuven en evitar la comisión de probables hechos delictivos.
· Definir y planear la ejecución de métodos para la realización de las operaciones encubiertas y de usuarios simulados, previo acuerdo con el Comisionado General y el Secretario de Seguridad Pública Federal.
· Implementar estrategias de investigación preventiva por medio de agentes encubiertos que permitan obtener información de estructuras criminales, formas de operación y actuación, con estricto apego a la normatividad establecida.
· Colaborar en el fortalecimiento de la prevención primaria de la criminalidad, mediante la realización de operaciones encubiertas y de usuarios simulados para obtener información de inteligencia.
· Establecer los lineamientos para la supervisión y control del desarrollo de los sistemas de acopio de
información de inteligencia policial que permitan la prevención e identificación de bandas delictivas.
· Dirigir la recopilación de información de inteligencia policial en el ámbito de su competencia para ayudar a determinar la comisión de un hecho delictivo y los presuntos responsables.
· Establecer criterios para el diseño de estrategias de identificación y desarticulación de estructuras criminales, derivado de la información generada de la operación.
· Coordinar el cumplimiento de los Mandamientos Judiciales y Ministeriales asignados a su área.
· Establecer lineamientos para la recopilación de pruebas que permitan determinar la comisión de un hecho delictivo y la probable responsabilidad de los indiciados bajo la conducción y mando del Ministerio Público.
· Planear acciones y políticas que permitan la recopilación e intercambio de información derivada de una investigación con las áreas de la División de Inteligencia.
· Controlar los procesos relativos a la investigación de las operaciones encubiertas y de usuarios simulados para generar inteligencia que permitan cumplir con los fines de la Institución.
· Implementar y coordinar acciones de cooperación y corresponsabilidad entre las instituciones y autoridades de los tres órdenes de gobierno, para el efectivo cumplimiento de las operaciones.
· Autorizar previo acuerdo con el Titular de la División a los policías federales encubiertos, adquirir y transportar los objetos, efectos e instrumentos del delito y diferir la incautación de los mismos, dentro del ámbito de su competencia.
· Conducir las acciones especializadas para el reclutamiento de fuentes de información que faciliten la obtención de información para la generación de inteligencia policial.
· Emitir informes periódicos al Titular de la División de Inteligencia respecto de los avances y resultados obtenidos de la operación en el ámbito de su competencia.
· Las demás que le confieran otras disposiciones legales aplicables o aquéllas que le encomiende el inmediato superior.
1.1.2.1. DIRECCION GENERAL DE OPERACIONES E INFILTRACION
OBJETIVO
Establecer los parámetros para la planeación, organización y control de las operaciones encubiertas, así como las de usuarios simulados; guiando el trabajo de campo y el uso de equipo técnico que permitan la recopilación y análisis de datos sustantivos para la implementación de esquemas de prevención y de combate al delito.
FUNCIONES
· Dirigir las actividades de obtención de datos del trabajo de campo que aporten información sustantiva sensible de aquellos casos determinantes en la prevención y combate al delito.
· Establecer los lineamientos y procedimientos para efectuar el trabajo de campo con personal y equipo técnico que permita obtener información de inteligencia para la prevención y, el combate de los delitos dentro del ámbito de su competencia.
· Conducir e implementar los métodos para que se ejecuten las operaciones encubiertas y usuarios simulados que coadyuven en la investigación para la prevención y combate al delito, en su ámbito de competencia.
· Implementar estrategias tácticas que permitan el desarrollo de las operaciones encubiertas y usuarios simulados que contribuyan en la prevención del delito.
· Coordinar los mecanismos que permitan la inserción de usuarios simulados y obtener información relevante para prevenir los delitos.
· Establecer estrategias de prevención, acción y movilización de recursos necesarios para el correcto desarrollo de las operaciones encubiertas.
· Las demás que le confieran otras disposiciones legales aplicables o aquéllas que le encomiende el inmediato superior.
1.1.2.2. DIRECCION GENERAL DE RECLUTAMIENTO Y MANEJO DE FUENTES DE INFORMACION
OBJETIVO
Definir criterios para el reclutamiento y manejo de fuentes de información mediante procesos de recopilación de información que permitan obtener líneas de investigación respecto a los modos de operación criminal y contribuyan en la generación de inteligencia policial encaminada al combate de la delincuencia y la
prevención del delito.
FUNCIONES
· Definir los protocolos de actuación con base en técnicas de investigación para identificar las fuentes de información que proporcionarán información relacionada con la comisión de delitos.
· Establecer los mecanismos para el diseño y supervisión de las actividades para la recolección y manejo de fuentes de información que aporten pruebas necesarias para la ejecución de operativos en coordinación con otras áreas de la Institución.
· Establecer los procedimientos para la supervisión de la recopilación y análisis de la información obtenida a través de las fuentes de información para el desarrollo de líneas de investigación en el combate y prevención de los delitos.
· Las demás que le confieran otras disposiciones legales aplicables o aquéllas que le encomiende el inmediato superior.
1.1.2.3. DIRECCION GENERAL DE SUPERVISION Y VIGILANCIA
OBJETIVO
Establecer los mecanismos de control y supervisión al personal de la Institución que desarrolle operaciones encubiertas, de usuarios simulados y fuentes de información, conforme a la normatividad aplicable, que permitan salvaguardar su integridad y garantizar los resultados de la operación.
FUNCIONES
· Establecer lineamientos para efectuar el control efectivo de las operaciones encubiertas, de usuarios simulados y fuentes de información para la prevención del delito.
· Establecer mecanismos de control para supervisar y vigilar que las operaciones encubiertas, de usuarios simulados y el reclutamiento de fuentes de información se lleven a cabo conforme a los planes establecidos y aseguren la efectividad de la operación.
· Dictar medidas preventivas que salvaguarden la integridad y seguridad del personal que realice operaciones encubiertas y de usuarios simulados que permitan asegurar la operación.
· Las demás que le confieran otras disposiciones legales aplicables o aquéllas que le encomiende el inmediato superior.
1.1.3. COORDINACION DE ANALISIS Y ENLACE INTERNACIONAL
OBJETIVO
Diseñar y establecer políticas y estrategias que permitan el intercambio de información y cooperación con gobiernos, instituciones, agencias u organismos internacionales o nacionales, mediante la recopilación, análisis, sistematización e intercambio de información de inteligencia policial, que permitan establecer y dar seguimiento a indicadores estratégicos de la Policía Federal que apoyen las tareas de investigación y prevención del delito.
FUNCIONES
· Dirigir las estrategias que permitan el intercambio de información policial con organismos o agencias internacionales, conforme a la normatividad vigente.
· Dirigir mecanismos de colaboración, en el proceso de información de inteligencia que permita ubicar y asegurar en territorio nacional a fugitivos que cuenten con órdenes de detención provisional con fines de extradición e informar a la División de Investigación para su operación.
· Colaborar con las agencias policiales internacionales en el intercambio de información que permita localizar vehículos, aeronaves y embarcaciones robadas en territorio nacional ubicados en el extranjero para proceder a su recuperación a través de las instancias correspondientes.
· Establecer vínculos de colaboración para el intercambio de información de inteligencia con instituciones policiales internacionales y nacionales que contribuya a la localización de fugitivos de la justicia mexicana fuera del territorio nacional.
· Coordinar con agencias extranjeras el intercambio de información para coordinar el traslado de reos mexicanos que se encuentren compurgando condenas en territorio extranjero.
· Establecer mecanismos para intercambiar información con autoridades competentes, acerca de personas extraviadas y de robo o sustracción ilícita de menores de edad, de los cuales exista presunción que se encuentran fuera de territorio nacional y se localicen en territorio nacional o en el extranjero.
· Emitir lineamientos para el intercambio de información que permita localizar, recuperar y repatriar
patrimonio cultural que ha sido sustraído ilegalmente del territorio nacional.
· Establecer los vínculos de coordinación y colaboración con las instituciones policiales de los tres niveles de gobierno en materia de seguridad pública, agencias y organismos internacionales, respecto al cumplimiento de los compromisos de carácter internacional en materia de asuntos policiales internacionales.
· Implementar mecanismos de control interno para asegurar la actualización de los bancos de datos derivados del intercambio de información con agencias policiales internacionales a través de los sistemas de información existentes en la Institución con base en la normatividad legal aplicable.
· Emitir los lineamientos que promuevan la generación de inteligencia preventiva, a través del estudio de la información que produzca modelos de identificación de personas, grupos u organizaciones delictivas.
· Conducir y evaluar los mecanismos que permitan mejorar los procesos institucionales a través de la captación, sistematización, procesamiento de datos y generación de información estadística, con el fin de desarrollar nuevas y mejores estrategias operativas en la Policía Federal con el apoyo de sus áreas competentes.
· Formular, organizar y desarrollar programas y mecanismos de análisis de datos relacionados con el fenómeno de la delincuencia dentro del ámbito de la competencia de la Policía Federal.
· Formular los lineamientos que se deberán seguir para solicitar información a organizaciones o instituciones competentes referentes a la identificación y evolución de las actividades y modos de operación de las organizaciones delictivas, siguiendo en todo momento los estatutos normativos establecidos.
· Asegurar que se suministre a las diversas áreas operativas de la Policía Federal, la información que se requiera para el desempeño de sus funciones, con base en las políticas institucionales establecidas y mecanismos ágiles y seguros.
· Implementar y operar los procedimientos para el desarrollo de sistemas de procesamiento de información u otras tecnologías, que permitan investigar la incidencia delictiva en el ámbito de su competencia.
· Administrar la operación del sistema de comunicación con instituciones policiales extranjeras con base en las disposiciones legales aplicables.
· Administrar la implementación de métodos de comunicación con instituciones policiales extranjeras, con base en las disposiciones aplicables.
· Determinar mecanismos de control para asegurar que se lleven a cabo los procedimientos de intercambio de información policial entre la Policía Federal y las instituciones policiales extranjeras en el ámbito de competencia de la Institución.
· Participar como enlace con instituciones policiales extranjeras para intercambiar información que permita localizar a prófugos de la justicia mexicana fuera de territorio nacional, en coordinación con la Agregaduría correspondiente.
· Establecer los mecanismos de enlace y coordinación con instituciones policiales extranjeras para intercambiar información policial que contribuya en la investigación de delitos.
· Determinar los mecanismos de colaboración con las autoridades nacionales e internacionales competentes, para realizar acciones policiales correspondientes para el traslado de prófugos a quienes se les haya concedido su extradición.
· Determinar los lineamientos de atención a solicitudes de asistencia recíproca de policía criminal, fichas internacionales de difusión y demás requerimientos de la Organización Internacional de Policía Criminal en el ámbito de su competencia y de conformidad con las disposiciones legales aplicables.
· Establecer acuerdos para el intercambio de información policial Inter e Intrainstitucional, así como con agencias policiales internacionales para la asistencia en la identificación de cadáveres de personas que se suponen nacionales y que hayan fallecido en territorio extranjero y que se encuentren catalogadas como "no identificadas".
· Determinar criterios para el intercambio de información policial para la asistencia en la identificación de cadáveres de personas que se suponen nacionales y que hayan fallecido en territorio extranjero y que se encuentren catalogadas como "no identificadas".
· Establecer los lineamientos para la implementación de mecanismos de coordinación y colaboración en materia de seguridad pública con los gobiernos, instituciones, agencias y organismos internacionales que coadyuven en la investigación para la prevención de los delitos.
· Establecer mecanismos y vínculos de cooperación a través del enlace institucional con organismos
policiales gubernamentales y no gubernamentales homólogos, nacionales e internacionales en el ámbito de su competencia que permitan coadyuvar en la investigación para la prevención de los delitos.
· Emitir informes periódicos a la División de Inteligencia respecto de los avances y resultados obtenidos de la operación policial en materia de su competencia.
· Establecer lineamientos para actualizar los bancos de datos de la Policía Federal, a través del intercambio de información criminal policial de carácter internacional con la Organización Internacional de Policía Criminal.
· Determinar los canales de coordinación en su carácter de Oficina de Enlace Nacional Interpol-México, con la autoridad competente que tenga a su cargo la Oficina Central Nacional de Interpol.
· Las demás que le confieran otras disposiciones legales aplicables o aquéllas que le encomiende el inmediato superior.
1.1.3.1. DIRECCION GENERAL DE ANALISIS Y ESTADISTICA
OBJETIVO
Determinar las políticas, criterios y procedimientos de recopilación, sistematización y análisis cuantitativo y cualitativo de información en materia delictiva, dirigida al estudio de las estructuras de las organizaciones delictivas, así como la identificación de riesgos que atenten contra la seguridad de la ciudadanía, con la finalidad de generar productos de inteligencia que permitan combatir la comisión de delitos.
FUNCIONES
· Determinar lineamientos para la consulta en las bases de datos de la Policía Federal, que se vinculen con el intercambio de información con instituciones policiales extranjeras que permitan contribuir en el cumplimiento a los acuerdos de colaboración internacional.
· Establecer los métodos para el análisis y sistematización de información referente a la identificación de riesgos en materia de seguridad pública, en el ámbito de su competencia, que contribuya en la prevención e investigación del delito.
· Presentar diagnósticos regionales, estatales y municipales en materia de seguridad pública en el ámbito de su competencia que permita identificar posibles escenarios de riesgos.
· Establecer lineamientos para captar información de los enlaces de la Institución en territorio extranjero, dentro del marco legal aplicable, que permitan identificar y desarrollar líneas de investigación de personas y organizaciones delictivas para la prevención y combate al delito.
· Asegurar que se realice el seguimiento puntual a los requerimientos de información de las agencias extranjeras, en el ámbito de su competencia, para coadyuvar en la prevención e investigación del delito.
· Establecer los mecanismos y lineamientos para tramitar ante las diversas instituciones del Gobierno Federal, en el ámbito de su competencia, las solicitudes de colaboración y atender los requerimientos de información de las agencias extranjeras que permitan coadyuvar en la prevención e investigación del delito.
· Implementar la metodología para la captación y recolección de información obtenida por medios técnicos y humanos, en apego a la normatividad legal aplicable, que permita establecer líneas estratégicas e identificar organizaciones vinculadas con la delincuencia organizada y delitos federales.
· Definir procedimientos para el intercambio de información interinstitucional, en el ámbito de su competencia, así como la detección de necesidades de información táctica básica que permita identificar y ubicar a personas o grupos vinculados con organizaciones criminales que contribuya en la investigación y prevención de la comisión de los delitos.
· Establecer lineamientos para clasificar y analizar la información obtenida de fuentes internas y externas de la Policía Federal que permita identificar y desarrollar información de inteligencia para contribuir en el combate del delito en el ámbito federal.
· Determinar los lineamientos para implementar sistemas de clasificación y registro de información policial con base en el análisis estratégico a través de la identificación de información sustantiva de inteligencia que permita realizar operativos en coordinación con las diversas áreas de las Divisiones de la Policía Federal.
· Coordinar los mecanismos que permitan la generación de información de inteligencia mediante análisis prospectivos de aspectos de seguridad pública correlacionada con la delincuencia organizada, en el ámbito de su competencia, para establecer estrategias de mediano plazo en materia de prevención y combate al delito.
· Establecer la metodología de análisis de información, que permita la elaboración de productos de inteligencia tomando en consideración las variables de la investigación que se esté realizando.
· Establecer lineamientos para el análisis de información en materia de seguridad pública, que permitan detectar estrategias en situaciones críticas o de riesgo relacionadas con organizaciones criminales en el ámbito de su competencia.
· Asegurar que se realice el análisis de información de inteligencia que permita identificar líneas de investigación que coadyuven en la ubicación y localización de estructuras de organizaciones delictivas que operan en el país o en el extranjero para el logro de los resultados de la operación.
· Coordinar los lineamientos que permitan el intercambio de información con las policías nacionales e internacionales que fortalezcan el análisis de situaciones coyunturales para identificar, detectar y prevenir posibles hechos delictivos.
· Coordinar la integración de información sustantiva en el ámbito de su competencia en el Sistema Unico de Información Criminal de Plataforma México.
· Establecer los procedimientos para la elaboración de redes de información que permitan la ubicación, operación y detención de grupos delictivos y personas vinculadas con hechos ilícitos con base en las disposiciones legales aplicables que coadyuven en la investigación y prevención del delito.
· Establecer mecanismos de difusión de información derivada diversas fuentes de información institucional a los enlaces de la Policía Federal en el extranjero para contribuir en la investigación y prevención en la comisión de delitos.
· Las demás que le confieran otras disposiciones legales aplicables o aquéllas que le encomiende el inmediato superior.
1.1.3.2. DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS POLICIALES INTERNACIONALES
OBJETIVO
Coordinar las acciones de cooperación e intercambio de información en materia de seguridad pública con los organismos y agencias policiales internacionales, mediante el establecimiento y operación de canales de comunicación que faciliten el procesamiento y análisis de datos de inteligencia y así contribuir a los esfuerzos nacionales en el combate a la delincuencia organizada.
FUNCIONES
· Administrar la información de carácter internacional en temas de interés estratégico para la Policía Federal.
· Coordinar las acciones de cooperación internacional y los mecanismos de intercambio de información con autoridades, instituciones, agencias y organismos internacionales en materia de seguridad pública.
· Dirigir mecanismos de colaboración, para el procesamiento de información de inteligencia policial que permita ubicar y asegurar en territorio nacional a fugitivos que cuenten con órdenes de detención provisional con fines de extradición e informar a la División de Investigación para su operación.
· Coordinar los mecanismos de intercambio de información que permitan la recuperación de vehículos, aeronaves y embarcaciones robadas en territorio nacional ubicados en el extranjero para proceder a su recuperación a través de las instancias correspondientes.
· Coordinar los mecanismos de intercambio de información con agencias internacionales para la localización de prófugos de la justicia mexicana fuera del territorio nacional y coadyuvar a su extradición, en coordinación con las autoridades competentes y de acuerdo a la legislación aplicable.
· Coordinar los mecanismos de intercambio de información y difusión a nivel internacional acerca de personas extraviadas, de las cuales exista presunción que se encuentran fuera de territorio nacional para realizar las acciones necesarias que permitan su localización y repatriación.
· Coordinar los mecanismos de intercambio de información y difusión a nivel internacional destinadas a localizar, recuperar y repatriar bienes propiedad de la nación sustraídos ilegalmente del territorio nacional.
· Proponer lineamientos para la actualización de los bancos de datos que contengan información criminal policial de carácter internacional, que contribuyan en la investigación y prevención de los delitos, con base en la normatividad vigente.
· Establecer procedimientos para asegurar la integración y actualización de la información referente a personas, grupos y organizaciones presumiblemente o declaradas delictivas, en el ámbito de su competencia, para coadyuvar en la investigación y prevención de la comisión de delitos.
· Presentar propuestas para la difusión de mensajes correspondientes a temáticas internacionales.
· Determinar mecanismos de intercambio de información policial con autoridades internacionales que garanticen la efectividad en cuanto a la mecánica y vínculos de operación de grupos y/o personas vinculadas con delitos federales que contribuyan a los esfuerzos nacionales en el combate a la delincuencia organizada.
· Colaborar con agencias internacionales en la revisión de los protocolos vigentes para facilitar el intercambio de información relacionada con el robo de documentos de viaje, asistencia jurídica, identificación de cadáveres y otros aplicables al ámbito de su competencia.
· Asegurar la participación de funcionarios de la Policía Federal en la ejecución de acciones internacionales, dentro del ámbito de su competencia, en coordinación con la Secretaría de Relaciones Exteriores, la Procuraduría General de la República y demás dependencias de la Administración Pública Federal que contribuyan en la ejecución de acciones en políticas públicas operativas.
· Presentar propuestas de colaboración a representantes extranjeros acreditados en el país, para el manejo de temas de seguridad pública que contribuyan en la ejecución de acciones en políticas públicas operativas.
· Planear las actividades relativas al cumplimiento de los compromisos adquiridos por la Policía Federal en la Agenda Internacional de seguridad pública.
· Emitir las políticas para el establecimiento y operación de canales de comunicación y vinculación con agencias gubernamentales y policiales extranjeras, previo acuerdo con el superior jerárquico, que faciliten el flujo de la información y la elaboración de estudios comparados en materia de seguridad pública que permitan aprovechar las mejores prácticas internacionales en la materia.
· Colaborar en la elaboración de proyectos de convenios, acuerdos, tratados internacionales y demás actos jurídicos relacionados con la seguridad pública y someterlos a consideración de la Dirección General de Asuntos Jurídicos.
· Contribuir en la cooperación internacional en temas de seguridad pública, por medio de la coordinación con los agregados y enlaces de la Secretaría acreditados en el extranjero.
· Representar a la Policía Federal, a través de los Agregados, ante las autoridades, instituciones, agencias y organismos internacionales en materia de seguridad pública.
· Establecer los mecanismos de supervisión del cumplimiento de los compromisos internacionales que correspondan a la Institución, dentro del ámbito de sus competencias.
· Determinar los lineamientos para la elaboración de estudios de carácter internacional en materia de seguridad pública así como promover la celebración de instrumentos internacionales en la materia.
· Someter a consideración de su superior jerárquico la propuesta sobre la posición que deba adoptar la Secretaría de Seguridad Pública en foros y ante organismos internacionales que contribuyan a los esfuerzos nacionales en el combate a la delincuencia organizada.
· Las demás que le confieran otras disposiciones legales aplicables o aquéllas que le encomiende el inmediato superior.
1.1.3.3. DIRECCION GENERAL DE INDICADORES DE INTEGRACION DE LA INFORMACION
OBJETIVO
Establecer los lineamientos para el diseño, implementación, análisis y evaluación de los indicadores de integración de la información de la Policía Federal mediante el desarrollo del proceso de integración y unificación de los datos generados por la Institución, propiciando así la elaboración de informes comparativos en materia de seguridad pública que contribuyan en la mejora del desempeño de la actividad policial.
FUNCIONES
· Establecer las directrices para el diseño, desarrollo e implementación de los indicadores de gestión de la Policía Federal, para su control.
· Dictar lineamientos que permitan generar indicadores de gestión mediante la carga, suministro, consulta, actualización, resguardo, certificación y validación de la información, para asegurar la congruencia y unificar los criterios de medición.
· Colaborar con las áreas de la Policía Federal, en la integración periódica de información en la base de datos de indicadores de gestión de la información, para asegurar la confiabilidad y certeza de la misma, que permitan generar documentos de evaluación e informes que sustenten la actuación policial en materia de prevención de la comisión del delito.
· Establecer lineamientos y criterios para la implementación de modelos y protocolos de seguridad
contenida en los sistemas de información de la Institución para garantizar la confidencialidad y certeza de la misma que permita asegurar la operación eficaz de la actividad policial.
· Determinar los mecanismos de control y seguimiento respecto a la vigencia de los informes de avance y resultados de los indicadores estratégicos que generen las áreas de la Policía Federal que permitan evaluar e identificar nuevos indicadores para eficientar el desempeño de la actividad policial.
· Evaluar periódicamente los resultados obtenidos por las áreas de la Policía Federal, respecto de los indicadores de gestión establecidos, para proponer acciones que garanticen el cumplimiento y retroalimentación de información en la base de datos de indicadores de gestión de la información de la Institución.
· Rendir informes periódicos sobre el cumplimiento del registro, suministro, consulta, actualización, resguardo y certificación de la información remitida por las áreas de la Policía Federal dentro del marco legal aplicable.
· Las demás que le confieran otras disposiciones legales aplicables o aquéllas que le encomiende el inmediato superior.
1.2. DIVISION DE INVESTIGACION
OBJETIVO
Establecer políticas y lineamientos para la implementación de investigaciones de campo y gabinete, que permitan la obtención de productos de inteligencia logrando reunir los elementos que puedan ser útiles para la determinación del hecho delictivo y la probable responsabilidad del indiciado, con la finalidad de realizar acciones policiales operativas que ayuden a prevenir y combatir los delitos del orden federal.
FUNCIONES
· Establecer los lineamientos para el diseño y operación de sistemas de clasificación de información policial recopilada en las labores de investigación de campo, gabinete y en los procesos de aplicación del ciclo de inteligencia, que permitan crear bancos de datos que apoyen el incremento de acciones para la prevención de los delitos de su competencia.
· Coordinar la planeación, recopilación, análisis y aprovechamiento de información en las labores de investigación para la prevención y combate de los delitos de su competencia, vigilando se realicen con estricto apego a lo que tutela nuestra Carta Magna, Reglamentos Internos y los derechos humanos.
· Definir mecanismos para transferir la información producida en las investigaciones de gabinete y campo, a las áreas de la Institución encargadas de generar políticas para la prevención de los delitos federales.
· Implementar procedimientos para la planeación, selección, análisis, organización y explotación de la información táctica que permita la prevención y el combate de los delitos federales.
· Coordinar el diseño de las técnicas, métodos y estrategias para la investigación y combate de los delitos de su competencia, que deberán observar las coordinaciones adscritas a la División de Investigación, en la recolección de pruebas necesarias, conforme a las disposiciones legales aplicables.
· Aprobar los lineamientos y procedimientos propuestos por las áreas que conforman la División de Investigación relativos a métodos de comunicación y redes de información policial, que garanticen la oportuna transmisión de información que requieran las unidades de la Institución.
· Conducir las investigaciones que faciliten la identificación y modos de operación de las organizaciones criminales, que permitan la detención y el aseguramiento de bienes relacionados con actos delictivos.
· Coordinar en las áreas le corresponda atender la detención, identificación, ubicación, prevención y, en su caso, neutralización de las actividades de organizaciones, grupos o individuos nacionales o extranjeros que a través de acciones delictivas busquen alterar la seguridad y estabilidad de la población así como del Estado, que ponga en riesgo la seguridad pública.
· Asegurar se realice la recolección, análisis y explotación de la información obtenida en las investigaciones de campo y gabinete, que permita ejecutar acciones policiales operativas que ayuden a prevenir y combatir los delitos del orden federal que le corresponda atender.
· Coordinar que las áreas que conforman la División de Investigación den cumplimiento a los mandamientos judiciales y ministeriales relacionados con la detención de personas y aseguramiento de bienes, vinculados con la comisión de delitos, vigilando se realicen en estricto apego a las garantías individuales y a los derechos humanos.
· Definir lineamientos que deberán observar las coordinaciones adscritas a la División de Investigación para la recolección de la información, conforme a la orden del Ministerio Público, que pueda ser útil
para probar la comisión de un hecho delictivo y la probable responsabilidad de los indiciados.
· Establecer los métodos que permitan desarrollar líneas de investigación mediante el análisis de la información de grupos criminales, con el fin de cumplimentar los mandamientos judiciales y ministeriales.
· Asegurar se efectué el intercambio de información sustantiva generada en las áreas de la División de Investigación, en términos de las disposiciones aplicables.
· Contribuir al combate de las estructuras criminales en el nivel estatal y municipal, asesorando y supervisando a las unidades de investigación en el trámite de los asuntos que les corresponda atender.
· Proponer al Comisionado General con base en las líneas de investigación, la intervención de comunicaciones, operaciones encubiertas y de usuarios simulados en coordinación con la División de Inteligencia.
· Autorizar los lineamientos bajo los cuales se conducirán las entrevistas a personas que pudieran aportar algún dato o elemento en la investigación para la prevención o el combate de los delitos, así mismo, asegurar se deje constancia en los expedientes correspondientes de la información recabada.
· Las demás que le confieran otras disposiciones legales aplicables o aquéllas que le encomiende el inmediato superior.
1.2.1. COORDINACION DE INVESTIGACION DE GABINETE
OBJETIVO
Determinar el método de análisis táctico y técnicas específicas para la investigación de delitos federales, mediante la sistematización y administración de la información sustantiva policial, e integrarla al banco de datos del Sistema Unico de Información Criminal; así como la atención integral a víctimas del delito, para generar líneas de investigación tendientes a la desarticulación de las estructuras criminales y la delincuencia organizada.
FUNCIONES
· Establecer los procedimientos para el aprovechamiento de los sistemas de información policial con apego al ciclo de inteligencia que permita integrarla al banco de datos concentrado en el Sistema Unico de Información Criminal para el desarrollo de acciones de prevención y combate de los delitos federales, exceptuando los delitos de falsificación o alteración de moneda, operaciones con recursos de procedencia ilícita, corrupción, pornografía, turismo sexual de menores e informáticos.
· Determinar los métodos de análisis táctico y técnicas específicas para procesar la información derivada de las investigaciones que permita prevenir y combatir los delitos federales, exceptuando los delitos contra la salud, falsificación o alteración de moneda, operaciones con recursos de procedencia ilícita, corrupción, pornografía, turismo sexual de menores e informáticos.
· Dirigir los procesos para generar líneas de investigación relacionadas con la identificación, reconocimiento y análisis de las estructuras y modos de operación de las organizaciones criminales vinculadas con los delitos federales en el ámbito de su competencia, se exceptúan los delitos contra la salud, falsificación o alteración de moneda, operaciones con recursos de procedencia ilícita, corrupción, pornografía, turismo sexual de menores e informáticos.
· Implementar los métodos de comunicación y redes de información para la investigación de gabinete, que permita desarrollar y clasificar acciones para la prevención y combate a los delitos federales, de acuerdo a las normas vigentes, exceptuando los delitos contra la salud, falsificación o alteración de moneda, operaciones con recursos de procedencia ilícita, corrupción, pornografía, turismo sexual de menores e informáticos.
· Dictar las medidas y procedimientos en el trámite y manejo de la documentación que permita evitar fugas de información.
· Establecer mecanismos para proporcionar información policial con autoridades del ámbito federal, estatal, municipal y del Distrito Federal, de conformidad con la normatividad aplicable y convenios suscritos por la Institución.
· Determinar los lineamientos para recabar información, conforme a las instrucciones del Ministerio Público, que sea útil para probar la comisión de un hecho delictivo y la probable responsabilidad de los indiciados.
· Proponer para su autorización al Jefe de División de Investigación los lineamientos para la obtención de información sustantiva, que pueda aportar elementos en la investigación de prevención y combate de los delitos federales, exceptuando los delitos contra la salud, falsificación o alteración de moneda, operaciones con recursos de procedencia ilícita, corrupción, pornografía y turismo sexual de menores.
· Aprobar las técnicas, métodos y estrategias de asesoría para el manejo de crisis, auxilio inmediato y
apoyo psicológico a las víctimas, ofendidos o testigos del delito.
· Las demás que le confieran otras disposiciones legales aplicables o aquéllas que le encomiende el inmediato superior.
1.2.1.1. DIRECCION GENERAL DE ANALISIS TACTICO
OBJETIVO
Definir el desarrollo del método de análisis táctico por medio del empleo de nuevas técnicas de investigación de sistematización de información y líneas de investigación que hagan posible el estudio de la estructura criminal y con el área de campo realizar la desarticulación de las mismas, además de colaborar con autoridades de los tres órdenes de gobierno en la prevención y combate a los delitos del orden federal.
FUNCIONES
· Coordinar los procesos tendientes a generar inteligencia táctica, a través del ciclo de inteligencia, que permita prevenir y combatir los delitos federales, exceptuando los delitos contra la salud, falsificación o alteración de moneda, operaciones con recursos de procedencia ilícita, corrupción, pornografía, turismo sexual de menores e informáticos.
· Dirigir la ejecución de métodos en el uso de tecnologías para generar inteligencia operacional a través del análisis táctico y herramientas técnicas que permita identificar a personas, grupos, organizaciones zonas prioritarias y modos de operación, vinculados con los delitos del fuero federal, se exceptúan los relacionados contra la salud, falsificación o alteración de moneda, operaciones con recursos de procedencia ilícita, corrupción, pornografía, turismo sexual de menores e informáticos.
· Coordinar líneas de investigación bajo la conducción y mando del Ministerio Público para identificar personas y organizaciones criminales relacionadas con delitos federales, se exceptúan los relacionados con contra la salud, falsificación o alteración de moneda, operaciones con recursos de procedencia ilícita, corrupción, pornografía, turismo sexual de menores e informáticos.
· Conducir las actividades especificas para la obtención, registro, clasificación y procesamiento de la información que permita identificar a personas u organizaciones nacionales o extranjeras radicadas en territorio nacional vinculadas con la comisión de los delitos federales, exceptuando los delitos contra la salud, falsificación o alteración de moneda, operaciones con recursos de procedencia ilícita, corrupción, pornografía, turismo sexual de menores e informáticos.
· Proponer al Coordinador de Investigación de Gabinete los mecanismos de colaboración e intercambio de información con autoridades de los tres niveles de gobierno que realicen investigación de gabinete, en el marco de los acuerdos vigentes, para aprobación del Jefe de la División de Investigación.
· Establecer los mecanismos de colaboración para la asesoría y supervisión a las autoridades de los tres niveles de gobierno, que realicen funciones de investigación de gabinete, en el marco de los acuerdos vigentes.
· Definir los procedimientos para el aprovechamiento de información policial con apego al ciclo de inteligencia que permita integrarla y resguardarla en el banco de datos concentrado en el Sistema Unico de Información Criminal para el desarrollo de acciones estratégicas de prevención y combate de los delitos federales, exceptuando los delitos contra la salud, falsificación o alteración de moneda, operaciones con recursos de procedencia ilícita, corrupción, pornografía, turismo sexual de menores e informáticos.
· Definir estrategias de investigación para generar productos tácticos que permitan realizar acciones en contra de personas u organizaciones vinculadas con la delincuencia organizada para el combate de los delitos federales, exceptuando los delitos contra la salud, falsificación o alteración de moneda, operaciones con recursos de procedencia ilícita, corrupción, pornografía, turismo sexual de menores e informáticos.
· Determinar estrategias de investigación para la detección y prevención de los delitos federales, exceptuando los delitos contra la salud, falsificación o alteración de moneda, operaciones con recursos de procedencia ilícita, corrupción, pornografía, turismo sexual de menores e informáticos.
· Conducir el empleo de las técnicas específicas para el análisis de sistemas de comunicación que generen líneas de investigación respecto a las estructuras y modos de operación de las organizaciones criminales y de la delincuencia organizada.
· Conducir acciones específicas para la obtención y desarrollo de líneas de investigación relacionadas con la comisión de delitos federales, exceptuando los delitos contra la salud, falsificación o alteración de moneda, operaciones con recursos de procedencia ilícita, corrupción, pornografía, turismo sexual de menores e informáticos para su disuasión, prevención y combate.
· Coordinar líneas de investigación que den soporte en la solicitud de intervención de comunicaciones, operaciones encubiertas y de usuarios simulados, que aseguren la obtención de información de
inteligencia que permita ubicar, identificar, disuadir, prevenir y combatir los delitos.
· Controlar conforme a la normatividad vigente los métodos de recolección de información de los bancos de datos y fuentes de información que aporten elementos para identificar los fenómenos delictivos y generar acciones de prevención y combate de los delitos federales, exceptuando los delitos contra la salud, falsificación o alteración de moneda, operaciones con recursos de procedencia ilícita, corrupción, pornografía, turismo sexual de menores e informáticos.
· Organizar y procesar la información derivada de la investigación de gabinete que respalde las acciones de prevención de los delitos federales, exceptuando los delitos contra la salud, falsificación o alteración de moneda, operaciones con recursos de procedencia ilícita, corrupción, pornografía y turismo sexual de menores e informáticos.
· Definir las medidas y procedimientos en el trámite y manejo de la documentación de las investigaciones, con el fin de evitar fugas de información.
· Las demás que le confieran otras disposiciones legales aplicables o aquéllas que le encomiende el inmediato superior.
1.2.1.2. DIRECCION GENERAL DE FICHAS Y REGISTROS DELICTIVOS
OBJETIVO
Administrar bases de datos de información táctica de personas y organizaciones criminales mediante fichas y registros que se integren al Sistema Unico de Información Crimina, para facilitar su consulta a otras áreas de la institución y autoridades competentes que la soliciten como soporte al desarrollo de líneas de investigación en la prevención y combate los delitos del orden federal.
FUNCIONES
· Conducir acciones para generar fichas y registros delictivos con la información recabada de las diferentes Divisiones de la Policía Federal e instituciones encargadas de la seguridad pública sobre personas u organizaciones vinculadas con la delincuencia organizada que permitan elaborar documentos estratégicos para su identificación y desarticulación.
· Asegurar el resguardo de la información de personas y organizaciones que tengan nexos con la delincuencia organizada para su identificación y neutralización, para prevenir los delitos federales.
· Definir las medidas y procedimientos para el acceso a las bases de datos que permitan evitar alteración, eliminación o fugas de información.
· Dirigir el suministro y uso en el Sistema Unico de Información Criminal, de la base de registros de personas u organizaciones vinculadas con la comisión de delitos federales para identificar, validar y proporcionar a las áreas solicitantes, los antecedentes, evolución criminal y modos de operación .
· Definir técnicas de análisis y procesamiento de la información sustantiva contenida en las fichas y registros delictivos, para apoyar en las investigaciones de la Coordinación de Investigación de Gabinete que permita implementar acciones de detección, identificación, y prevención de actividades criminales cometidas por personas u organizaciones vinculadas con la delincuencia organizada.
· Proponer al Coordinador de Investigación de Gabinete los mecanismos para recibir, proporcionar y consultar la información de fichas y registros delictivos de las áreas que conforman la Institución, así como a autoridades de los tres niveles de gobierno, en los términos legales aplicables para su aprobación.
· Dirigir los procesos para asegurar que la información contenida en el Sistema Unico de Información Criminal relativos a identidad, estructura y modos de operación y vínculos delictivos, apoyen el análisis para la generación de líneas de investigación.
· Implementar la integración de la información de fichas y registros delictivos al banco de datos del Sistema Unico de Información Criminal, así como la consulta de las otras bases de datos del sistema.
· Las demás que le confieran otras disposiciones legales aplicables o aquellas que le encomiende el inmediato superior.
1.2.1.3. DIRECCION GENERAL DE MANEJO DE CRISIS Y NEGOCIACION
OBJETIVO
Definir las técnicas específicas de obtención, sistematización y análisis de información, para la definición de estrategias en el manejo integral de situaciones de crisis y negociación de secuestros, terrorismo y toma de rehenes en coordinación con otras instancias de gobierno y las personas afectadas.
FUNCIONES
· Coordinar los procedimientos para asesorar en manejo de crisis a víctimas y testigos de los delitos de
secuestro, terrorismo y situación de rehenes, entre otros que representen riesgo para las personas e instituciones.
· Establecer los métodos de estudio, análisis y evaluación del perfil psicológico de los presuntos delincuentes de los delitos de secuestro, terrorismo y toma de rehenes, para establecer estrategias específicas en la negociación y aumentar las probabilidades de solución.
· Proponer al Coordinador de Investigación de Gabinete para su aprobación los lineamientos para brindar orientación a la ciudadanía sobre los delitos de secuestro, terrorismo y situación de rehenes, entre otros que representen riesgo para las personas e instituciones, para de implementar acciones de prevención del delito.
· Establecer los mecanismos que permitan la atención oportuna y verificación de las denuncias ciudadanas relacionadas con los delitos de secuestro, terrorismo y toma de rehenes para verificar la información proporcionada.
· Coordinar el aseguramiento y conservación de fuentes de información ciudadana que aporten datos y elementos para la prevención y combate de los delitos de secuestro, terrorismo y situación de rehenes, entre otros que representen riesgo para las personas e instituciones.
· Colaborar con la asesoría y supervisión en el manejo de crisis de víctimas, ofendidos y testigos de los delitos de secuestro, terrorismo y situación de rehenes, entre otros que representen riesgo para las personas e instituciones, con autoridades de los tres órdenes de gobierno en el marco de los acuerdos vigentes.
· Presentar al Coordinador de Investigación de Gabinete los procedimientos de atención a víctimas y afectados por los delitos de secuestro, terrorismo y situación de rehenes, entre otros que representen riesgo para las personas e instituciones, que permitan brindar auxilio inmediato y apoyo psicológico para prevenir la ocurrencia o recurrencia de los mismos.
· Elaborar las directrices para la obtención y sistematización de información del modo de operación de personas u organizaciones involucradas con hechos históricos de secuestro, terrorismo y toma de rehenes, que permitan establecer líneas de investigación policial.
· Determinar las técnicas de entrevista específicas para obtener información sustantiva de víctimas o testigos de la comisión de los delitos de secuestro, terrorismo y situación de rehenes, entre otros que representen riesgo para las personas e instituciones, que sirvan a la investigación para prevenir dichos delitos.
· Establecer los mecanismos para asegurar el flujo de la información recabada de víctimas, familiares y testigos de los hechos delictivos, e impedir la fuga de información.
· Establecer las medidas correspondientes para brindar auxilio inmediato a las víctimas, ofendidos o testigos del delito.
· Asegurar la confidencialidad de los datos de identificación de las víctimas, ofendidos, familiares y testigos, en casos de secuestro, terrorismo, toma de rehenes y demás situaciones que pongan en riesgo a las personas e instituciones, adoptando las medidas necesarias.
· Las demás que le confieran otras disposiciones legales aplicables o aquellas que le encomiende el inmediato superior.
1.2.2. COORDINACION DE INVESTIGACION DE CAMPO
OBJETIVO
Implementar investigaciones de campo mediante la aplicación de técnicas y tácticas policiales para lograr la identificación, ubicación, detección del modus operandi de personas u organizaciones vinculadas con la comisión de delitos federales, con la finalidad de lograr su detención y posterior desarticulación, coadyuvando con la autoridad ministerial en la acreditación del cuerpo del delito y la probable responsabilidad de los involucrados, a fin de que la autoridad jurisdiccional ejecute la acción penal en beneficio de la seguridad nacional.
FUNCIONES
· Asegurar que los productos de inteligencia generados por las diferentes áreas de la Coordinación de Investigación de Campo, se turnen a las áreas de la Policía Federal, encargadas de diseñar las estrategias de prevención de los delitos federales.
· Establecer los mecanismos para el procesamiento de información policial que genere inteligencia operacional, en la toma de decisiones, que facilite la planeación de operativos, en coadyuvancia con
la Coordinación de Investigación Técnica y Operación.
· Asegurar que la información derivada de las labores de investigación se suministre a la base de datos de la Institución, para generar inteligencia policial que contribuya a la prevención de los delitos; así como establecer las medidas de seguridad necesarias para evitar que personas no autorizadas tengan acceso a la información clasificada como confidencial.
· Determinar metodologías de investigación policial que permitan recabar las pruebas necesarias para acreditar el cuerpo del delito y la probable responsabilidad del inculpado, en auxilio a las autoridades competentes en el ejercicio de sus funciones.
· Establecer los mecanismos para asegurar que el personal a su cargo suministre y actualice el banco de datos del Sistema Unico de Información Criminal, que permita la generación de inteligencia para la prevención de los delitos.
· Coordinar las líneas de investigación que permitan detectar actividades para la ubicación de personas o grupos delictivos, para contribuir a la prevención de los delitos.
· Establecer procedimientos estandarizados de investigación de la información que permitan la correcta aplicación del ciclo de inteligencia.
· Colaborar en las acciones tendientes a la detención de personas y en el aseguramiento de bienes relacionados con los hechos delictivos, en cumplimiento a los mandamientos judiciales y ministeriales, y en apego a las disposiciones constitucionales y legales aplicables.
· Implementar técnicas y metodologías para la recolección de la información, conforme a la orden del Ministerio Público de la Federación, que pueda ser útil para probar la comisión de un hecho delictivo y la probable responsabilidad de los indiciados.
· Presentar al Jefe de la División de Investigación la propuesta para la intervención de comunicaciones privadas, cuando se constate mediante las investigaciones previas la existencia de indicios que acrediten la comisión de los delitos señalados en el Artículo 51 de la Ley de la Policía Federal.
· Asegurar que se lleve a cabo la verificación de información de las denuncias turnadas a la Coordinación de Investigación de Campo, cuando éstas no sean lo suficientemente claras o la fuente no esté identificada, vigilando que en dichos casos se informe de inmediato al Ministerio Público de la Federación para que en su caso, le dé trámite legal o la deseche.
· Implementar controles que permitan informar de inmediato al Ministerio Público de la Federación sobre todas las denuncias recibidas en la Coordinación de Investigación de Campo.
· Formular políticas de coordinación y colaboración para proporcionar asesoría en el ámbito de su competencia a las unidades de investigación de las entidades federativas que así lo soliciten.
· Proponer al Jefe de la División de Investigación con base a las líneas de investigación, las operaciones encubiertas y de usuarios simulados para la prevención del delito.
· Establecer en el ámbito de su competencia lineamientos y criterios bajo los cuales se conducirán las entrevistas a personas que pudieran aportar algún dato o elemento en la investigación para la prevención o el combate de los delitos, asimismo, asegurar se deje constancia en los expedientes correspondientes de la información recabada.
· Las demás que le confieran otras disposiciones legales aplicables o aquéllas que le encomiende el inmediato superior.
1.2.2.1. DIRECCION GENERAL DE INVESTIGACION DE DELITOS CONTRA LA SEGURIDAD E INTEGRIDAD DE LAS PERSONAS
OBJETIVO
Dirigir la aplicación de técnicas, métodos y estrategias de investigación de campo enfocadas a los delitos contra la seguridad e integridad de las personas mediante el uso de herramientas tecnológicas que permitan la identificación, ubicación y detección del modus operandi de personas u organizaciones delictivas vinculadas la privación ilegal de libertad, extorsión y fraude telefónico, coadyuvando con la autoridad ministerial para que se acredite el cuerpo del delito y la probable responsabilidad.
FUNCIONES
· Planear con base al análisis delictivo de las organizaciones criminales y según su ámbito de competencia las estrategias de investigación y prevención de los delitos de secuestro, extorsión y fraude telefónico.
· Establecer los mecanismos para la aplicación de metodologías y estrategias de investigación de campo que permita explotar las líneas de investigación basadas en la aplicación del ciclo de
inteligencia, mediante la interpretación de información sustantiva adquirida, que coadyuve en la toma de decisiones estratégicas para el combate de los delitos de secuestro, extorsión y fraude telefónico.
· Conducir en el ámbito de su competencia mecanismos y procesos que permitan conocer sistemáticamente las características y patrones del fenómeno delictivo con respecto al tema de secuestro, extorsión y fraude telefónico, lo que determinará el rumbo a seguir en las investigaciones, tendientes a identificar las estructuras criminales.
· Establecer e implementar los procedimientos de análisis de información, que permitan desarrollar estrategias de investigación policial para la prevención y combate de estructuras criminales dedicadas al secuestro, extorsión y fraude telefónico.
· Conducir en el ámbito de su competencia los mecanismos de investigación para recabar las pruebas que acrediten los elementos de tipo penal y la probable responsabilidad de personas o integrantes de organizaciones delictivas, relacionadas con la comisión de los delitos de secuestro, extorsión y fraude telefónico.
· Contribuir con autoridades de los tres niveles de gobierno que lo requieran, en la investigación policial y en la prevención de los delitos de secuestro, extorsión y fraude telefónico, de conformidad con los ordenamientos constitucionales y convenios de colaboración celebrados por la Institución.
· Presentar a la Coordinación de Investigación de Gabinete y a las áreas de la Institución encargadas de la generación de políticas de prevención de delitos, los productos de inteligencia generados con las actividades de investigación de campo, que permitan retroalimentar los casos de investigación asignados.
· Dirigir las investigaciones que permitan recopilar información sustantiva para, detectar, ubicar, identificar y neutralizar actividades delictivas, generando nuevas líneas de investigación, en la prevención y combate de los delitos de secuestro, extorsión y fraude telefónico.
· Establecer y coordinar los procedimientos que permitan la recopilación de información en lugares públicos, de acuerdo con la normatividad vigente, de los delitos de secuestro, extorsión y fraude telefónico.
· Coordinar la aplicación de entrevistas a las personas que pudieran aportar algún dato o elemento en la investigación de los delitos de secuestro, extorsión y fraude telefónico.
· Colaborar con las autoridades federales, estatales y municipales, cuando le sea formalmente requerida su participación y de conformidad con la normatividad aplicable, en la prevención e investigación de delitos de su competencia.
· Las demás que le confieran otras disposiciones legales aplicables o aquéllas que le encomiende el inmediato superior.
1.2.2.2. DIRECCION GENERAL DE INVESTIGACION DE DELITOS DE ALTO IMPACTO
OBJETIVO
Dirigir acciones para la investigación de campo de los delitos que por su naturaleza representen un impacto político y/o social al país; a través del diseño y desarrollo de metodologías y estrategias para recabar evidencias que permitan la identificación, ubicación y detección de modus operandi de personas u organizaciones que afecten la seguridad pública en el territorio nacional.
FUNCIONES
· Establecer estrategias que coadyuven en la prevención e investigación de los delitos de tráfico de armas, terrorismo, así como tráfico y trata de personas.
· Proponer y coordinar los métodos y estrategias de investigación de campo que permitan recabar información sustantiva sobre delitos de tráfico de armas, terrorismo, así como tráfico y trata de personas, aprovechando productos de inteligencia, para identificar y combatir a grupos vinculados con la comisión de éste tipo de delitos.
· Establecer conforme a las disposiciones aplicables, mecanismos y procesos que permitan conocer sistemáticamente las características y patrones del fenómeno delictivo con respecto al tema de delitos de alto impacto, lo que determinará el rumbo a seguir en las investigaciones de sus estructuras criminales.
· Definir e Implementar técnicas y tácticas de investigación policial, que permitan integrar la información indispensable para la prevención y el combate de grupos delictivos vinculados con la comisión de los delitos de tráfico de armas, terrorismo, así como tráfico y trata de personas.
· Dirigir procedimientos de investigación que permitan diseñar estrategias para la prevención de los delitos de tráfico de armas, terrorismo, así como tráfico y trata de personas.
· Conducir los mecanismos de investigación para recabar las pruebas que tiendan a la acreditación de los elementos de tipo penal y la probable responsabilidad de personas u organizaciones delictivas, relacionadas con la comisión de los delitos de su competencia.
· Contribuir de conformidad con los ordenamientos constitucionales y convenios de colaboración celebrados por la Institución con autoridades de los tres niveles de gobierno que requieran investigación policial, para la prevención de los delitos de tráfico de armas, terrorismo, así como tráfico y trata de personas.
· Difundir a la Coordinación de Investigación de Gabinete y a las demás áreas de la Institución encargadas de la generación de políticas de prevención de delitos, los productos de inteligencia generados con las actividades de investigación de campo, para retroalimentar los casos de investigación asignados.
· Dirigir las investigaciones que permitan recopilar información sustantiva para, detectar, ubicar, identificar y neutralizar objetivos de índole delictiva, generando nuevas líneas de investigación, para coadyuvar en la prevención y combate de los delitos de tráfico de armas, terrorismo, así como tráfico y trata de personas.
· Establecer los procedimientos que permitan la recopilación de información en lugares públicos, de conformidad con las disposiciones legales aplicables, de los delitos tráfico de armas, terrorismo, así como tráfico y trata de personas.
· Coordinar la aplicación de entrevistas a las personas que pudieran aportar algún dato o elemento en la investigación de los delitos de tráfico de armas, terrorismo, así como tráfico y trata de personas, vigilando se realicen en estricto apego a las disposiciones vigentes y legales.
· Colaborar con las autoridades federales, estatales y municipales, cuando le sea formalmente requerida su participación y de conformidad con la normatividad aplicable, en la prevención e investigación de delitos de su competencia.
· Las demás que le confieran otras disposiciones legales aplicables o aquéllas que le encomiende el inmediato superior.
1.2.2.3. DIRECCION GENERAL DE INVESTIGACION DE DELITOS FEDERALES
OBJETIVO
Dirigir acciones para la investigación de los delitos federales relacionados con la seguridad de las instituciones, patrimonio del estado y patrimonio de personas físicas o morales, a través del diseño y desarrollo de metodologías y estrategias aplicables implementados por los elementos de campo, para recabar evidencias que permitan la identificación, ubicación y detección de modus operandi de personas u organizaciones, dedicadas a cometer delitos federales, a fin de contribuir a su prevención y combate.
FUNCIONES
· Dirigir las líneas de investigación policial que coadyuven a prevenir y, en su caso, combatir los delitos que por su ámbito de competencia le corresponda conocer a la Federación, tales como delitos contra la seguridad de las instituciones, patrimonio del estado y patrimonio de personas físicas o morales, así como los que se encuentran previstos en leyes especiales.
· Determinar los métodos y estrategias de investigación de campo, que permitan recabar información sustantiva y aporten datos para establecer líneas de investigación, lograr la identificación, neutralización y desarticulación de organizaciones delictivas responsables de la comisión de los delitos contra la seguridad de las instituciones, patrimonio del estado y patrimonio de personas físicas o morales, así como los previstos en las leyes especiales.
· Establecer mecanismos y procesos que permitan conocer sistemáticamente las características y patrones del fenómeno delictivo con respecto a los delitos federales, lo que determinará el rumbo a seguir en las investigaciones.
· Implementar técnicas y tácticas de investigación policial, así como promover la actualización de herramientas tecnológicas que permitan la prevención y el combate de grupos delictivos relacionados con delitos contra la seguridad de las instituciones, patrimonio del estado y patrimonio de personas físicas o morales, así como los previstos en las leyes especiales.
· Establecer procedimientos de investigación que permitan diseñar estrategias en la prevención de los delitos contra la seguridad de las instituciones, patrimonio del estado y patrimonio de personas físicas o morales, así como los previstos en las leyes especiales.
· Coordinar los mecanismos de investigación policial que permitan recabar los elementos que acrediten el cuerpo del delito y la probable responsabilidad de las personas u organizaciones dedicadas a la comisión delitos contra la seguridad de las instituciones, patrimonio del estado y patrimonio de
personas físicas o morales, así como los previstos en las leyes especiales.
· Contribuir de conformidad con los ordenamientos constitucionales y convenios de colaboración celebrados por la Institución con autoridades de los tres niveles de gobierno, que requieran investigación policial para la prevención de delitos contra la seguridad de las instituciones, patrimonio del estado y patrimonio de personas físicas o morales, así como los previstos en las leyes especiales.
· Difundir a la Coordinación de Investigación de Gabinete y a las áreas de la Institución encargadas de la generación de políticas de prevención de delitos, los productos de inteligencia generados con las actividades de investigación de campo, que permitan retroalimentar los casos de investigación asignados.
· Dirigir las investigaciones que permitan recopilar información sustantiva para, detectar, ubicar, identificar y neutralizar objetivos de índole delictiva, generando nuevas líneas de investigación, en la prevención y combate de los delitos contra la seguridad de las instituciones, patrimonio del estado y patrimonio de personas físicas o morales, así como los previstos en las leyes especiales.
· Establecer y coordinar los procedimientos que permitan la recopilación de información en lugares públicos, de conformidad con las disposiciones legales aplicables, de los delitos contra la seguridad de las instituciones, patrimonio del estado y patrimonio de personas físicas o morales, así como los previstos en las leyes especiales.
· Coordinar la aplicación de entrevistas a las personas que pudieran aportar algún dato o elemento en la investigación de los delitos contra la seguridad de las instituciones, patrimonio del estado y patrimonio de personas físicas o morales, así como los previstos en las leyes especiales.
· Colaborar con las autoridades federales, estatales y municipales, cuando le sea formalmente requerida su participación y de conformidad con la normatividad aplicable, en la prevención e investigación de delitos contra la seguridad de las instituciones, patrimonio del estado y patrimonio de personas físicas o morales, así como los previstos en las leyes especiales.
· Las demás que le confieran otras disposiciones legales aplicables o aquéllas que le encomiende el inmediato superior.
1.2.3. COORDINACION DE INVESTIGACION TECNICA Y OPERACION
OBJETIVO
Coordinar la implementación de investigaciones técnicas y la planeación de operativos e instrumentación de medidas disuasivas que inhiban las conductas delictivas, mediante la aplicación de métodos y procedimientos, el empleo de herramientas tecnológicas, el seguimiento de la cadena de custodia y acciones operativas, para la obtención de información policial y contribuir con las investigaciones de gabinete y campo que permitan la detención de personas o integrantes de organizaciones delictivas dedicadas a cometer delitos federales.
FUNCIONES
· Establecer procedimientos para el uso y aplicación de las herramientas tecnológicas, sistemas y acciones operativas para cada tipo de investigación, acorde a la elección de métodos y técnicas específicas.
· Proponer al Jefe de División de Investigación, técnicas de investigación en campo que contribuyan a mejorar la obtención de datos en cuanto a calidad y cantidad.
· Participar en la creación de políticas para el manejo y mantenimiento de herramientas de investigación, que permita el empleo adecuado de los equipos y su óptimo estado de conservación.
· Establecer lineamientos para la ejecución de acciones técnicas y operativas, que permitan la intervención oportuna en situaciones de riesgo para la seguridad de las personas e instituciones.
· Proponer al Jefe de la División de Investigación los procedimientos sistemáticos de operación para la implementación de vigilancias, seguimientos y coberturas, utilizando herramientas tecnológicas, para garantizar la obtención de información sustantiva que contribuya a las investigaciones asignadas.
· Coordinar las acciones para la implementación y actualización de los procedimientos que normen el manejo de informantes y fuentes vivas, que puedan contribuir a mejorar las labores de vigilancia y seguimiento.
· Autorizar en el ámbito de su competencia los servicios de vigilancia para la recolección de información que apoye a la identificación, ubicación y detección de personas o integrantes de organizaciones criminales, así como de inmuebles que se encuentren relacionados con hechos delictivos.
· Establecer los criterios para la recopilación de los informes generados por las Direcciones Generales
de Operaciones Técnicas, Inteligencia Operativa, así como de Apoyo Táctico con el fin de mejorar la implementación de técnicas de investigación que permita la generación de información sustantiva para la detección de personas u organizaciones relacionadas con la delincuencia organizada.
· Emitir los criterios que sirvan de guía al momento de realizar las acciones operativas tendientes a la desarticulación de organizaciones dedicadas a cometer ilícitos del orden federal.
· Las demás que le confieran otras disposiciones legales aplicables o aquéllas que le encomiende el inmediato superior.
1.2.3.1. DIRECCION GENERAL DE OPERACIONES TECNICAS
OBJETIVO
Administrar y conducir la implementación de sistemas o procedimientos especializados en seguridad pública en el marco al combate a la delincuencia, mediante el uso de herramientas de alta tecnología para registrar información, monitoreo y apoyo técnico especializado en materia de comunicación, a fin de establecer coberturas técnicas, que sustenten las investigaciones de gabinete y de campo y aporten datos que coadyuven en el esclarecimiento de hechos delictivos que en el ámbito de su competencia le corresponda conocer.
FUNCIONES
· Asegurar que las áreas de monitoreo, apoyo técnico así como recolección de indicios y cadena de custodia, cuenten con las herramientas tecnológicas indispensables para la realización de las investigaciones asignadas, vinculadas con el crimen organizado.
· Establecer los lineamientos que orienten el manejo y mantenimiento de los instrumentos de investigación en la recolección técnica de datos vinculados con el crimen organizado, de conformidad con las disposiciones aplicables.
· Asegurar, conforme a las disposiciones aplicables, el control y manejo de sistemas para la recolección técnica de datos vinculados con la delincuencia organizada, a través del uso de herramientas tecnológicas.
· Definir, en el ámbito de su competencia, las directrices para el diseño de procedimientos y sistemas tecnológicos que permitan acceder de manera segura, oportuna y eficaz a la información recopilada, en las labores de investigación en materia de seguridad pública y combate a la delincuencia.
· Asegurar que se brinde el apoyo técnico especializado en materia de comunicación, que requieran las áreas de Investigación de Gabinete y de Campo.
· Coordinar el diseño y operación de un centro de monitoreo técnico que sirva de apoyo en el desarrollo de las investigaciones sobre el comportamiento de individuos, internos u organizaciones cuyos actos puedan incurrir en la comisión de delitos, de conformidad con las disposiciones constitucionales y legales aplicables.
· Presentar al Coordinador de Investigación Técnica y Operación, propuestas para la intervención de comunicaciones privadas, en términos de la normatividad correspondiente y disposiciones legales aplicables.
· Establecer programas de revisión y mejora para los lineamientos técnicos que se siguen en la cadena de custodia y manejo de los indicios vinculados con el crimen organizado, logrando fortalecer los procesos implementados a través de propuestas de los usuarios y expertos.
· Presentar al Coordinador de Investigación Técnica y Operación los mecanismos que permitan proporcionar los servicios de fijación, registro técnico y/o científico necesarios en la recolección de datos e información en eventos o hechos delictivos.
· Dirigir la implementación de equipos especiales de observación de alta tecnología que operen con datos georreferenciados, para brindar apoyo en la vigilancia, ubicación y localización de personas y vehículos.
· Las demás que le confieran otras disposiciones legales aplicables o aquéllas que le encomiende el inmediato superior.
1.2.3.2. DIRECCION GENERAL DE INTELIGENCIA OPERATIVA
OBJETIVO
Establecer técnicas y procedimientos para la recopilación y obtención de información sustantiva en campo, a través de la vigilancia, seguimiento y cobertura policial, con la finalidad de apoyar las investigaciones que permitan la ubicación y detención de personas relacionadas con delitos del orden federal, así como la implementación de medidas de prevención.
FUNCIONES
· Dirigir las acciones para llevar cabo la vigilancia, seguimiento, coberturas e infiltraciones tendientes a obtener información específica para las investigaciones asignadas, que permita generar inteligencia conforme a las disposiciones vigentes legales aplicables.
· Conducir los servicios de vigilancia que permitan la detección y detención de personas o grupos delictivos, así como la ubicación de bienes muebles e inmuebles relacionados con la comisión de delitos federales, que sirva para generar información de inteligencia.
· Planear y dirigir las estrategias de vigilancia y seguimiento, tendientes a la localización de testigos, obtención y corroboración de información sustantiva; para integrarla en la generación de productos de inteligencia, que permitan proporcionar elementos de prueba en la integración de las investigaciones.
· Dirigir la implementación de servicios de seguimiento fijo o móvil, al vigilar a personas o vehículos relacionados aparentemente con algún delito del fuero federal.
· Coordinar los medios técnicos y humanos que permitan la creación y ejecución de labores de inteligencia, así como la cobertura de acción y de fondo para el óptimo desempeño de sus funciones.
· Asegurar el cumplimiento de los procedimientos sistemáticos de operación para la obtención de información de las diferentes fuentes, con el fin de coadyuvar en las labores de investigación encomendadas.
· Establecer los procedimientos de operación técnica para la disposición y control de la información reservada, conseguida mediante los productos de inteligencia generados por labores estratégicas de vigilancia y seguimiento.
· Establecer un sistema de control para el acceso a información reservada, que proteja datos confidenciales que pongan en riesgo la integridad de las fuentes vivas de información.
· Las demás que le confieran otras disposiciones legales aplicables o aquéllas que le encomiende el inmediato superior.
1.2.3.3. DIRECCION GENERAL DE APOYO TACTICO
OBJETIVO
Participar en la planeación de estrategias de acción para los grupos de apoyo táctico en las operaciones policiales que sean requeridas, mediante el análisis de procedimientos de intercambio de información, así como la definición de los medios y recursos que deben ser utilizados para incrementar el nivel de éxito en el rescate de víctimas de secuestro, rehenes y el combate y neutralización de acciones de personas u organizaciones delictivas que operen a nivel nacional.
FUNCIONES
· Planear conforme a las disposiciones aplicables, las estrategias de combate a la delincuencia organizada, en apoyo a las áreas de la División, a través de acciones tácticas operativas, encaminadas a ubicar y prevenir situaciones delictivas en el territorio nacional.
· Someter a consideración del Coordinador de Investigación Técnica y Operación, las acciones operativas que deriven de las investigaciones de gabinete, de campo y del intercambio de información con autoridades de los tres niveles de gobierno, que permita la detención de personas vinculadas con delitos del fuero federal, conforme a las disposiciones aplicables.
· Asegurar la colaboración, cuando sea requerido por áreas de la Institución, en los operativos relacionados con la comisión de delitos federales, todo ello vigilando que se efectúen con estricto apego a la ley y los derechos humanos.
· Asegurar su colaboración en operativos conjuntos con instituciones policiales de los tres niveles de gobierno, para la detención de personas, grupos e integrantes de organizaciones delictivas, vigilando se realicen en estricto apego a las disposiciones vigentes y legales.
· Colaborar en los operativos de grupos especiales para la detención de personas o integrantes de organizaciones delictivas y el aseguramiento de bienes vinculados con la comisión de delitos federales, basados en la explotación de líneas de investigación desarrolladas por las áreas de Gabinete y de Campo.
· Proponer al Coordinador de Investigación Técnica y Operación la implementación de coberturas e infiltraciones, que permita realizar la planeación de estrategias, que se traduzcan en operaciones exitosas para el combate de delitos federales.
· Las demás que le confieran otras disposiciones legales aplicables o aquéllas que le encomiende el inmediato superior.
1.3. DIVISION DE SEGURIDAD REGIONAL
OBJETIVO
Diseñar y establecer las políticas de los dispositivos de investigación, operación, inspección, seguridad, verificación y vigilancia, mediante la aplicación de esquemas de inteligencia estratégica, investigación de campo e intervención operativa, con la finalidad de reducir índices delictivos, mantener el orden y garantizar la seguridad pública en todos aquellos lugares, zonas o espacios del territorio nacional sujetos a la jurisdicción federal en las entidades federativas que conforman la República Mexicana.
FUNCIONES
· Informar al Comisionado General la situación de la seguridad pública, en el territorio nacional, en el ámbito de su competencia.
· Dirigir la formulación de diagnósticos de seguridad pública en espacios federales a través de procedimientos de recopilación, análisis de la información y análisis delictivo georreferenciado; que coadyuven en la detección de incidencias delictivas, modo de operación, estructuras criminales; asimismo, sirvan para la toma de decisiones en la prevención y combate del delito, en el ámbito de su competencia.
· Aprobar los servicios de patrullaje en zonas urbanas y carreteras federales, que permitan inhibir la comisión de delitos, actuar en caso de flagrancia, brindar seguridad a la comunidad y proporcionar apoyo en caso de accidentes.
· Fomentar los servicios de patrullaje distrital en zonas urbanas, por sectores o cuadrantes, tendientes a detectar y erradicar conductas delictivas, relacionadas con el robo de vehículos, violaciones a la ley federal de armas de fuego y explosivos, venta de drogas y delitos conexos, así como realizar recorridos en caminos secundarios y perimetrales de colonias que se hayan identificado como conflictivas.
· Coordinar las acciones de prevención y combate de delitos en las vías férreas, aeropuertos, puertos marítimos y puntos fronterizos, en cualquier zona de jurisdicción federal, con el fin de evitar que ingresen o egresen por las puertas de entrada y salida del país, personas y mercancías que puedan poner en riesgo la seguridad del país o de otros; así como de mercancías que puedan servir como medios de fabricación de drogas, armas o sustancias de alto riesgo a la seguridad y la salud.
· Dictar las políticas de elaboración de diagnósticos de seguridad a las Coordinaciones Estatales, que permitan realizar operaciones en espacios del territorio nacional sujetos a la jurisdicción federal, para desarticular bandas dedicadas al tráfico de indocumentados y a la delincuencia organizada.
· Emitir las directrices que deberán observar las Direcciones Generales y las Coordinaciones Estatales que integran la División de Seguridad Regional en la elaboración de los diagnósticos de seguridad pública en el territorio nacional e informar al Comisionado General de su gestión.
· Establecer y controlar los procesos del manejo de información de las Direcciones Generales y Coordinaciones Estatales para la operación de la División de Seguridad Regional.
· Determinar los sistemas para llevar a cabo el registro e integración de la información generada en la División de Seguridad Regional.
· Determinar los procedimientos para el intercambio de información de las infracciones con los tres órdenes de gobierno.
· Instaurar mecanismos para la elaboración, análisis y evaluación del Programa de Desarrollo Estratégico.
· Aprobar estrategias y mecanismos de evaluación de resultados de las Coordinaciones Estatales, para el cumplimiento y actualización del Programa de Desarrollo Estratégico de la Institución.
· Proponer al Comisionado los planes de contingencia "Código Rojo" para garantizar la respuesta inmediata y coordinada en los tres ámbitos de gobierno en casos de "cierre en tramos carreteros", que permitan prevenir y combatir hechos delictivos.
· Coordinar la planeación e implementación de operativos en conjunto con las autoridades de los tres órdenes de gobierno.
· Controlar la ubicación y actividades del despliegue operativo y demás personal que integra la División de Seguridad Regional, a efecto de administrar los recursos humanos asignados, mediante el análisis de incidencia delictiva, mapas delincuenciales, necesidades de las entidades federativas, influencia regional de la delincuencia y distribución de las cargas de trabajo.
· Definir políticas para la supervisión del personal adscrito a la División de Seguridad Regional para verificar que se conduzcan bajo los principios de legalidad, eficiencia, profesionalismo, honradez y respeto a los derechos humanos reconocidos en la Constitución.
· Determinar los procedimientos de supervisión, control y aprovechamiento de recursos que las Coordinaciones Estatales deben aplicar en la implementación de operativos coordinados con los gobiernos locales y municipales.
· Determinar los métodos de análisis de información para generar inteligencia estratégica y operacional en las Coordinaciones Estatales, que permita identificar a personas, grupos, organizaciones, zonas prioritarias y modos de operación, vinculados con los diversos delitos, con el fin de prevenir y combatir la comisión de los mismos.
· Asegurar el estricto cumplimiento de las órdenes emitidas por el Comisionado General para las Coordinaciones Estatales.
· Establecer enlaces institucionales para intercambio de información policial con autoridades federales, estatales y municipales para dar seguimiento a los acuerdos derivados de la firma con dichas dependencias.
· Definir las políticas de seguridad de la información que genere inteligencia estratégica, para mantener la integridad de la misma, evitando con ello poner en riesgo las operaciones de prevención y combate al delito, así como la seguridad a las instalaciones y personal propios de la Institución.
· Emitir las políticas y estrategias para garantizar la seguridad y funcionamiento de instalaciones estratégicas, así como coadyuvar con los servicios de protección civil ante eventos de origen natural o intencional que signifiquen riesgo para las mismas.
· Establecer los lineamientos para la imposición de sanciones por violación a las disposiciones que regulan el tránsito en caminos y puentes federales, así como la operación de servicios de autotransporte federal, sus servicios auxiliares y transporte privado, cuando los vehículos circulen en la zona terrestre de las vías generales de comunicación.
· Determinar los mecanismos para supervisar la adecuada aplicación de las disposiciones legales y reglamentarias, en los operativos que en materia de tránsito y seguridad, se realicen en los caminos y puentes de jurisdicción federal.
· Expedir en coordinación con el área de Asuntos Jurídicos los lineamientos que deberán observar las Coordinaciones Estatales en la resolución de recursos de revisión interpuestos por la imposición de sanciones legales aplicables.
· Autorizar los puntos de revisión en las inmediaciones de los accesos carreteros a las ciudades, a efecto de detectar y evitar la comisión de actos ilícitos, así como evitar el libre tránsito de personas o mercancías que pudieran poner en riesgo la seguridad de las entidades federativas.
· Designar a la Dirección General o Coordinación Estatal que le competa las investigaciones y persecución de los delitos, cuando así lo solicite la autoridad ministerial competente.
· Definir los lineamientos para el aseguramiento, preservación y control de la evidencia, que constituyan elementos de prueba en el lugar de los hechos, de conformidad con las normas aplicables y políticas institucionales.
· Participar, en auxilio de las autoridades competentes, en la detención de personas o en el aseguramiento de bienes que sean objeto, instrumento o producto de un delito, en aquellos casos en que sea formalmente requerida, cumpliendo sin excepción los requisitos previstos en los ordenamientos constitucionales y legales aplicables.
· Implementar los lineamientos para que se realicen las detenciones o aseguramientos en flagrancia, en los casos en que sea formalmente requerida para ello, así como las puestas a disposición ante las autoridades competentes, de las personas detenidas o los bienes que se hayan asegurado o que estén bajo su custodia, con estricto cumplimiento de los plazos constitucionales y legalmente establecidos.
· Asegurar la atención inmediata y efectiva de las denuncias ciudadanas relacionadas con la presunta comisión de ilícitos, para crear confianza en la ciudadanía, obtener datos sobre actividades relacionadas con fenómenos delictivos y con ello incrementar la cultura de la denuncia.
· Determinar los procedimientos para el recibo y trámite de los avisos sobre las denuncias que los particulares formulen ante las autoridades competentes sobre robo de vehículos, así como asegurar se expidan las constancias correspondientes.
· Aprobar a las Coordinaciones Estatales los mecanismos para la atención a víctimas, ofendidos o testigos del delito, en término de las disposiciones aplicables.
· Conducir la presencia institucional, coordinando células de prevención, combate y persecución del delito, con el fin de abatir los índices delincuenciales, atender a la ciudadanía y conformar una imagen institucional de fuerza pública federal.
· Disponer la realización de acciones operativas, basadas en el desarrollo de las investigaciones de gabinete y campo e intercambio de información interinstitucional, para neutralizar las acciones de personas y organizaciones criminales.
· Las demás que le confieran otras disposiciones legales aplicables o aquéllas que le encomiende el inmediato superior.
1.3.0.1. DIRECCION GENERAL DE PERSONAL
OBJETIVO
Coordinar las acciones para la prevención y combate al delito en las Coordinaciones Estatales, a través de la implementación de investigaciones, planeación y organización de esquemas de reacción operativa, cumpliendo con el manejo y preservación del lugar de los hechos, encaminados a la identificación, ubicación y neutralización de personas y estructuras vinculadas a actividades delictivas.
FUNCIONES
· Establecer los conductos para detectar, en el ámbito de su competencia la existencia de hechos y eventos que sean probablemente constitutivos de delitos.
· Proponer la implementación de técnicas especiales de investigación para la prevención e investigación de delitos.
· Participar conforme a las normas aplicables en la investigación de delitos bajo la conducción y mando de las autoridades competentes.
· Proponer directrices en la investigación y operación para la identificación, ubicación y captura de presuntos responsables en la comisión de los delitos de su competencia.
· Difundir en el ámbito de su competencia, los mecanismos de investigación de manera eficiente para recabar las pruebas que tiendan a la acreditación de los elementos de tipo penal y la probable responsabilidad de las personas o miembros de organizaciones criminales dedicadas a la comisión de delitos federales.
· Colaborar en la investigación policial con las autoridades federales, estatales y municipales que así lo requieran, de conformidad con los convenios de colaboración y cooperación celebrados por la Institución, dentro del ámbito de su competencia y en apego a la normatividad correspondiente en la materia.
· Expedir los lineamientos para suministrar e integrar a las bases de datos de la Secretaría la información sustantiva recabada durante la realización de sus tareas de investigación.
· Conducir investigaciones en el ámbito de su competencia, que permitan recopilar información para detectar, ubicar, identificar y neutralizar objetivos de índole delictiva.
· Generar líneas de investigación estratégica, estudios y proyectos a partir del procesamiento de la información captada por las Coordinaciones Estatales y demás Direcciones Generales de la División de Seguridad Regional.
· Generar inteligencia estratégica a partir del análisis de la información emitida por las Coordinaciones Estatales, que se encuentre relacionada con delitos investigados por la División de Seguridad Regional, para contribuir a la toma de decisiones del alto mando, que permita prevenir y combatir la comisión de delitos.
· Participar en la elaboración de los esquemas de reacción operativa vinculados, dentro del ámbito de competencia de la División de Seguridad Regional.
· Planear el esquema táctico de los operativos especiales de alto riesgo, en los que participe el personal adscrito a la División de Seguridad Regional y a las Coordinaciones Estatales, realizando en forma permanente la supervisión del despliegue operativo y funcional de los integrantes que participen en los mismos.
· Organizar las acciones tácticas operativas que lleven a cabo los integrantes de la División de Seguridad Regional con los gobiernos locales y municipales, así como establecer los mecanismos de supervisión y control de los mismos.
· Participar en las acciones tácticas operativas para la prevención de delitos y en aquellas en que las autoridades competentes instruyan la detención de personas y el aseguramiento de bienes relacionados con hechos delictivos.
· Autorizar las visitas para la supervisión de las acciones táctico operativas desplegadas por los integrantes de las Coordinaciones Estatales.
· Participar en la elaboración de planes de contingencia y reacción para casos específicos de seguridad pública en el ámbito de competencia de las Coordinaciones Estatales, que apoyen y orienten al Comisionado General y al Jefe de la División de Seguridad Regional en la toma de decisiones.
· Establecer los mecanismos y procedimientos para la atención, asesoría y enlace con la ciudadanía.
· Conducir al personal en la aplicación de técnicas de preservación, procesamiento y análisis de indicios.
· Dirigir los procedimientos relacionados en la custodia de personas y bienes vinculados con la comisión de delitos del orden federal, para garantizar su puesta a disposición ante la autoridad competente.
· Asegurar que las políticas de uso y protocolos de seguridad de la información se apliquen en la Dirección General de Personal, que permitan mantener la integridad de la misma y evitar un riesgo a las operaciones, instalaciones y personal de la Institución.
· Representar al Jefe de División de Seguridad Regional cuando se requiera, en el ámbito de su competencia.
· Las demás que le confieran otras disposiciones legales aplicables o aquellas que le encomiende el inmediato superior.
1.3.0.2. DIRECCION GENERAL DE INFORMACION
OBJETIVO
Coordinar el flujo de información en tiempo real, mediante la implementación de canales de comunicación efectivos a través de los cuales se den a conocer los eventos ocurridos en el ámbito territorial de su competencia, propiciando la captación de los insumos necesarios para la generación de líneas de investigación e inteligencia que oriente y apoye al alto mando de la Policía Federal en la toma de decisiones.
FUNCIONES
· Proponer las políticas para el uso y seguridad de los canales de comunicación, así como de los sistemas de información que apoyen en las tareas y actividades tanto de las Coordinaciones Estatales como de las Direcciones Generales que conforman la División de Seguridad Regional.
· Determinar los mecanismos para requerir, captar, actualizar y resguardar la información en su ámbito de competencia, que proporcione los elementos que permitan realizar estudios y proyectos para el cumplimiento de las atribuciones de la División de Seguridad Regional.
· Definir los métodos de análisis de información, así como los parámetros para el uso y creación de los sistemas de información que utiliza la División de Seguridad Regional para generar inteligencia estratégica en apoyo a las Coordinaciones Estatales.
· Coordinar la aplicación de las políticas que permitan la actualización, carga, consulta e intercambio de información en los sistemas institucionales de la Policía Federal.
· Evaluar periódicamente los reportes de resultados de las Coordinaciones Estatales, que contribuyan a la integración de informes de indicadores para la toma de decisiones del alto mando.
· Emitir a la superioridad los resultados sobre la carga, suministro, consulta, actualización y resguardo de la información contenida en los sistemas de información institucionales, en el ámbito de su competencia.
· Establecer mecanismos para la generación de reportes estadísticos de los resultados de hechos ilícitos y de siniestralidad que se den como resultado de las acciones de registro, clasificación, análisis y proceso de la información generada de las Coordinaciones Estatales.
· Dirigir los procedimientos de supervisión y control en tiempo real de la información generada en las Coordinaciones Estatales derivada de las acciones operativas.
· Definir y coordinar con base en los convenios de colaboración con otras autoridades, los mecanismos de enlace e intercambio de información institucional, dentro del ámbito de su competencia.
· Definir los protocolos de actuación para la atención, asesoría y recepción de denuncias ciudadanas.
· Dirigir los mecanismos que permitan captar de manera oportuna las denuncias ciudadanas.
· Establecer los procedimientos para canalizar y dar seguimiento a las denuncias ciudadanas, turnándolas a las Coordinaciones Estatales, para que sean verificadas y en su caso remitidas a las autoridades correspondientes.
· Asegurar que las políticas de uso y protocolos de seguridad de la información se apliquen en la Dirección General de Información, que permitan mantener la integridad de la misma y evitar un riesgo a las operaciones, instalaciones y personal de la Institución.
· Representar al Jefe de División de Seguridad Regional cuando se requiera, en el ámbito de su competencia.
· Las demás que le confieran otras disposiciones legales aplicables o aquellas que le encomiende el
inmediato superior.
1.3.0.3. DIRECCION GENERAL DE OPERACIONES
OBJETIVO
Dirigir las acciones, estrategias y el despliegue operativo del personal adscrito a las Coordinaciones Estatales dependientes de la División de Seguridad Regional, mediante la definición y aplicación de métodos y técnicas operativas, para prevenir y combatir la incidencia delictiva en carreteras, vías ferroviarias, centrales camioneras y demás zonas de jurisdicción federal.
FUNCIONES
· Planear las acciones operativas de prevención, seguridad y vigilancia en las Coordinaciones Estatales, dentro del ámbito de competencia de la División.
· Coordinar la implementación de acciones operativas de prevención, seguridad y vigilancia, desarrolladas en las Coordinaciones Estatales con base en los convenios de colaboración suscritos con otras autoridades.
· Participar en operativos conjuntos y coordinados con otras autoridades federales, estatales o municipales, conforme a lo dispuesto en los instrumentos jurídicos aplicables y dentro del ámbito de competencia de la División de Seguridad Regional.
· Implementar los planes y programas de operaciones, así como los dispositivos permanentes y no permanentes y los planes de contingencia para casos específicos que se requieran en las Coordinaciones Estatales para preservar el orden y la paz públicos.
· Supervisar el despliegue operativo y funcional de las Coordinaciones Estatales, para homogeneizar los trabajos policiales.
· Coordinar los dispositivos de seguridad que se implementen en carreteras, vías ferroviarias y centrales camioneras.
· Proponer las ubicaciones para el establecimiento de puntos de atención ciudadana en las carreteras de jurisdicción federal.
· Controlar los dispositivos especiales de seguridad que se implementen en las Coordinaciones Estatales.
· Dirigir el despliegue del personal con el que cuenta esta Dirección General para brindar apoyo a las Coordinaciones Estatales en la detención de personas y el aseguramiento de bienes que se encuentren relacionados con los hechos delictivos, con observancia irrestricta a las disposiciones constitucionales y legales aplicables.
· Asegurar que las políticas de uso y protocolos de seguridad de la información se apliquen en la Dirección General de Operaciones, que permitan mantener la integridad de la misma y evitar un riesgo a las operaciones, instalaciones y personal de la Institución.
· Representar al Jefe de División de Seguridad Regional cuando se requiera, en el ámbito de su competencia.
· Las demás que le confieran otras disposiciones legales aplicables o aquellas que le encomiende el inmediato superior.
1.3.0.4. DIRECCION GENERAL DE LOGISTICA Y ADIESTRAMIENTO
OBJETIVO
Planear, implementar y controlar los sistemas y flujos de información, que ayuden a detectar las necesidades operativas, administrativas y tecnológicas de la División de Seguridad Regional, mediante el análisis, la evaluación e interpretación de los resultados que en materia de programas institucionales, capacitación, sistemas tecnológicos y control de documentos se atiendan, con la finalidad de generar instrumentos y estrategias que faciliten la toma de decisiones.
FUNCIONES
· Participar en los comités institucionales encomendados y coordinar las acciones que en materia de seguimiento y cumplimiento a los acuerdos derivados de los mismos, sean de la competencia de la División de Seguridad Regional.
· Conducir la elaboración, análisis, interpretación, seguimiento y evaluación de resultados e indicadores relativos al Programa de Desarrollo Estratégico, para supervisar el cumplimiento de metas y objetivos en las Coordinaciones Estatales y las Direcciones Generales de la División de Seguridad Regional.
· Determinar los criterios y lineamientos para que el Jefe de la División de Seguridad Regional ordene los cambios de adscripción y asignación de servicio de los integrantes en las Coordinaciones
Estatales y las Direcciones Generales de la División.
· Definir los métodos para mantener actualizadas las bases de datos del estado de fuerza para orientar la toma de decisiones del Jefe de la División, respecto a los cambios de adscripción y asignación de servicios.
· Coordinar la elaboración de los manuales de organización y los procedimientos sistemáticos de operación de las Coordinaciones Estatales y las Direcciones Generales de la División, para alinear sus objetivos y funciones a los previstos en el Plan de Desarrollo Estratégico.
· Promover la actualización de políticas, procesos, funciones y procedimientos para dar cumplimiento a los objetivos y metas de las Direcciones Generales de Personal, Logística y Adiestramiento, Información, Planes y Supervisión, Operaciones y Control Operativo, así como de las Coordinaciones Estatales de la División de Seguridad Regional.
· Establecer las políticas y procedimientos para asegurar que las Coordinaciones Estatales y las Direcciones Generales de la División remitan la información que en materia de transparencia y acceso a la información les sea requerida por la Dirección General de Enlace.
· Participar en la elaboración de los lineamientos institucionales para la clasificación documental y manejo de la información, que deberán observar las Coordinaciones Estatales y Direcciones Generales de esta División.
· Detectar las necesidades de capacitación y adiestramiento del personal adscrito a la División de Seguridad Regional, y proponer a la Coordinación del Sistema de Desarrollo Policial la organización de cursos y programas de profesionalización.
· Colaborar con la Coordinación del Sistema de Desarrollo Policial en la organización de cursos de capacitación y adiestramiento para la profesionalización del personal de la División de Seguridad Regional y el desarrollo de sus capacidades y habilidades.
· Determinar las necesidades tecnológicas de las Coordinaciones Estatales y Direcciones Generales de la División, para el desarrollo e instrumentación de los sistemas informáticos requeridos para el cumplimiento de sus funciones y objetivos.
· Determinar las especificaciones, necesidades de operación, instalación y mantenimiento de los equipos de cómputo y comunicaciones de las Direcciones Generales y Coordinaciones Estatales de la División, para presentarlas a la Coordinación de Soporte Técnico para su visto bueno.
· Presentar ante el Jefe de la División la propuesta de requerimientos técnicos de las Coordinaciones Estatales y Direcciones Generales de la División, para formular la solicitud correspondiente a la Coordinación de Servicios Técnicos para la adquisición de bienes y servicios informáticos, equipos tecnológicos y servicios de transmisión de voz, datos e imágenes.
· Asesorar legalmente al Titular e integrantes de la División de Seguridad Regional.
· Emitir opiniones sobre proyectos de leyes, decretos, reglamentos, acuerdos, circulares, manuales, convenios y contratos relacionados con la competencia de la División.
· Asegurar que las políticas de uso y protocolos de seguridad de la información se apliquen en la Dirección General de Logística y Adiestramiento, que permitan mantener la integridad de la misma y evitar un riesgo a las operaciones, instalaciones y personal de la Institución.
· Participar como enlace de la División de Seguridad Regional con organismos internacionales para llevar a cabo operaciones policiales en el ámbito de su respectiva competencia.
· Representar al Jefe de División de Seguridad Regional cuando se requiera, en el ámbito de su competencia.
· Las demás que le confieran otras disposiciones legales aplicables o aquellas que le encomiende el inmediato superior.
1.3.0.5. DIRECCION GENERAL DE PLANES Y SUPERVISION
OBJETIVO
Coordinar las acciones de mejora de los recursos humanos, financieros y materiales en las Direcciones Generales y Coordinaciones Estatales de la División de Seguridad Regional, mediante la emisión de planes y programas estratégicos, que permitan dar cumplimiento a las observaciones derivadas de las auditorías y revisiones efectuadas por los diversos órganos fiscalizadores.
FUNCIONES
· Implementar el sistema de control de gestión de las observaciones y acciones de mejora emitidas por los diversos órganos fiscalizadores.
· Determinar las políticas y lineamientos para la atención de observaciones y acciones de mejora pendientes por solventar por parte de la División de Seguridad Regional.
· Formular los planes y programas para implementar las acciones de mejora formuladas para el cumplimiento del marco normativo y la adecuada disposición de los recursos humanos, financieros y materiales en las Direcciones Generales y Coordinaciones Estatales.
· Difundir en las Direcciones Generales y Coordinaciones Estatales de la División de Seguridad Regional los planes y programas emitidos para la implementación de las acciones de mejora y el cumplimiento a las observaciones de auditorías.
· Proponer y acordar con el Jefe de División la realización de visitas de verificación para el control y seguimiento al cumplimiento de las observaciones y acciones de mejora de los diversos órganos fiscalizadores.
· Dirigir las visitas de verificación para el control y seguimiento al cumplimiento de las observaciones y acciones de mejora de los diversos órganos fiscalizadores.
· Emitir periódicamente los resultados de las acciones de mejora y observaciones de auditoría de las Direcciones Generales y las Coordinaciones Estatales.
· Establecer los programas, planes y lineamientos en materia de infracciones.
· Participar conjuntamente con el área jurídica, en la elaboración de opiniones técnico jurídicas necesarias para la emisión de los programas y estrategias de operación en materia de infracciones.
· Asegurar el permanente suministro de boletas de infracción en las Coordinaciones Estatales y evitar el uso inadecuado de las mismas.
· Definir las políticas y métodos para la captura, consulta e intercambio de información contenida en el Sistema de Control de Infracciones de Tránsito, asegurando el adecuado manejo de la información relativa a la imposición de sanciones por violaciones a las disposiciones que regulan el tránsito en caminos y puentes federales.
· Determinar los mecanismos para la atención de usuarios del servicio de autotransporte federal.
· Establecer canales de enlace y vinculación con otras instituciones de los tres niveles de gobierno, así como con organizaciones de la iniciativa privada y representantes de la sociedad civil.
· Participar en las diligencias y audiencias del Comité de Substanciación para realizar el desahogo de procedimientos administrativos de los integrantes de esta División, levantados por incumplimiento a los requisitos de permanencia o por incumplimiento al régimen disciplinario.
· Asegurar que las políticas de uso y protocolos de seguridad de la información se apliquen en la Dirección General de Planes y Supervisión, que permitan mantener la integridad de la misma y evitar un riesgo a las operaciones, instalaciones y personal de la Institución.
· Representar al Jefe de División de Seguridad Regional cuando se requiera, en el ámbito de su competencia.
· Las demás que le confieran otras disposiciones legales aplicables o aquellas que le encomiende el inmediato superior.
1.3.0.6. DIRECCION GENERAL DE CONTROL OPERATIVO
OBJETIVO
Proponer y coordinar los mecanismos, estrategias y el despliegue operativo del personal de la División de Seguridad Regional, asignado al servicio en los aeropuertos, puertos y fronteras, mediante la definición y aplicación de métodos y técnicas operativas encaminadas a prevenir y combatir la incidencia delictiva.
FUNCIONES
· Planear las acciones operativas de prevención, seguridad y vigilancia en los aeropuertos, puertos y fronteras, con base en los convenios de colaboración suscritos con otras autoridades.
· Participar en operativos conjuntos y coordinados con otras autoridades federales, estatales o municipales, conforme a lo dispuesto en los instrumentos jurídicos aplicables y dentro de su ámbito de competencia.
· Proponer los planes y programas de prevención, seguridad y vigilancia en los aeropuertos, puertos y fronteras.
· Difundir entre los integrantes adscritos a los aeropuertos, la normatividad que en materia de aeronáutica civil sea aplicable.
· Establecer los dispositivos permanentes y no permanentes de seguridad, así como los planes de contingencia que se requieran para preservar el orden y la paz públicos en los aeropuertos, puertos y
fronteras.
· Definir las acciones y operaciones en materia de seguridad de aeropuertos, puertos y fronteras, que propicien la eficiencia de los dispositivos de inspección, verificación y vigilancia que ayuden a prevenir y combatir actos ilícitos en el ámbito de su competencia.
· Difundir las estrategias y tácticas operativas para la prevención y combate de delitos en los aeropuertos, puertos y fronteras.
· Emitir los lineamientos para realizar el análisis de los resultados estadísticos que permitan elaborar diagnósticos del estado de la seguridad pública en el ámbito de competencia, para que la superioridad tome las medidas preventivas y operativas que permitan disminuir los índices de delitos e incidentes en los aeropuertos, puertos y fronteras.
· Coordinar las acciones que permitan fortalecer la presencia de la institución en los aeropuertos, de acuerdo al índice delictivo, flujo turístico y de mercancías, en colaboración con las demás autoridades competentes.
· Definir los mecanismos para la vigilancia, supervisión e inspección en los recintos fiscales, secciones aduaneras, garitas y puntos de revisión aduaneros, cuando la autoridad aduanera lo solicite.
· Evaluar el rendimiento operativo del personal adscrito a los aeropuertos, puertos y fronteras, a partir del establecimiento de mecanismos para verificar que su actuación se apegue a la normatividad y técnicas policiales.
· Formular los lineamientos y estrategias para la supervisión del despliegue y las acciones operativas de prevención, seguridad y vigilancia en los aeropuertos, puertos y fronteras.
· Asegurar que las políticas de uso y protocolos de seguridad de la información se apliquen en la Dirección General de Control Operativo, que permitan mantener la integridad de la misma y evitar un riesgo a las operaciones, instalaciones y personal de la Institución.
· Representar al Jefe de División de Seguridad Regional cuando se requiera, en el ámbito de su competencia.
· Las demás que le confieran otras disposiciones legales aplicables o aquellas que le encomiende el inmediato superior.
1.3.0. COORDINACIONES ESTATALES (32)
OBJETIVO
Coordinar las acciones de investigación y seguridad preventiva en la circunscripción territorial correspondiente, supervisando el desempeño de las operaciones coordinadas de gabinete y campo, así como el funcionamiento de los dispositivos de vigilancia e inspección que mantengan el orden público en aeropuertos, puertos, fronteras y carreteras federales de manera conjunta con las autoridades de los tres órdenes de gobierno, con el fin de prevenir y combatir los delitos en las zonas federales.
FUNCIONES
· Dirigir, bajo la conducción del Jefe de División de Seguridad Regional, a las unidades ubicadas dentro de su circunscripción territorial remitiendo periódicamente los informes que requiera.
· Asegurar la ejecución de las órdenes giradas por el Comisionado General y el Jefe de la División de Seguridad Regional respecto a las investigaciones, verificaciones, vigilancias e inspecciones, así como controlar la correcta actuación del personal adscrito a sus áreas con estricto apego a la normatividad vigente.
· Proponer al Jefe de la División de Seguridad Regional la formulación de operativos coordinados con las autoridades de los tres órdenes de gobierno, en el ámbito de competencia y en la circunscripción de su territorio.
· Asegurar que el personal a su cargo lleve a cabo los lineamientos de operación y vigilancia de los sistemas de información policial para garantizar su adecuado uso y manejo.
· Colaborar según los términos de ley en el intercambio de información en materia de infracciones, para contar con indicadores reales de las sanciones impuestas a los infractores.
· Asegurar que el personal a su cargo registre e integre en el sistema de información "Plataforma México", los datos generados en su circunscripción territorial.
· Informar periódicamente al Jefe de la División de Seguridad Regional, acerca de la incidencia delictiva, estructuras criminales, modos de operación y análisis delictivo georreferenciado; en el ámbito de su circunscripción territorial correspondiente.
· Disponer los procedimientos para llevar a cabo el registro en el sistema de información de la
Institución, relativo a los datos criminalísticos, huellas dactilares, fotografías, videos y demás elementos que ayuden a la identificación de personas vinculadas con delitos federales que hayan sido aseguradas en su circunscripción territorial.
· Coordinar con las autoridades competentes el registro de la información sustantiva referente a los internos de los centros penitenciarios.
· Coordinar los dispositivos y operativos de vigilancia e inspección permanentes en apego a las leyes, reglamentos y normas vigentes que aseguren el mantenimiento del orden y la paz pública en el territorio de su jurisdicción.
· Determinar los mecanismos que propicien el funcionamiento de los dispositivos de vigilancia e inspección en los operativos no permanentes para prevenir los delitos y disminuir los accidentes en las vías de comunicación terrestre, marítimos y aeropuertos así como los puntos fronterizos.
· Implementar las políticas institucionales, para prevenir la introducción ilegal de armas, contrabando y narcotráfico, verificando la adecuada aplicación de sus lineamientos.
· Informar al Jefe de la División sobre los procedimientos para la recepción y trámite de los avisos sobre denuncias que los particulares formulen ante las autoridades competentes sobre robo de vehículos y expedir las constancias correspondientes.
· Proponer al Jefe de la División de Seguridad Regional el despliegue operativo en aeropuertos, puertos y puntos fronterizos, así como el establecimiento de puntos de revisión estratégicos.
· Establecer los mecanismos que permitan verificar la actuación de los elementos adscritos a la Coordinación Estatal.
· Representar al Comisionado General en su circunscripción territorial, cuando sea necesario la presencia de la Policía Federal en las reuniones de los grupos de coordinación interinstitucional, en el ámbito de su competencia y de conformidad con las políticas institucionales.
· Instaurar programas e indicadores que coadyuven al cumplimiento de objetivos y metas, para el "Programa de Desarrollo Estratégico" y el "Programa Operativo Anual", en el ámbito de su competencia.
· Contribuir con el área jurídica, en las resoluciones necesarias a las impugnaciones con motivo de la imposición de sanciones por violaciones a la normatividad, que presenten los particulares, así como aquellas en materia de operación de servicios de autotransporte federal, sus servicios auxiliares y transporte privado, cuando los vehículos circulen en las zonas terrestres de las vías generales de comunicación.
· Conducir y evaluar las acciones policiales de investigación de campo y gabinete en la circunscripción territorial correspondiente en la prevención y combate a los delitos federales, conforme a los artículos 21 y 102, apartado A, de la Constitución y demás leyes aplicables.
· Asegurar el cumplimiento de órdenes de aprehensión, reaprehensión, comparecencia, presentación, cateos, detención en casos urgentes, en el ámbito de su competencia, cuando la autoridad pertinente se lo solicite, de conformidad con las normas aplicables y políticas institucionales.
· Conducir los mecanismos, para el aseguramiento, preservación y control de indicios que constituyan elementos de evidencias y de pruebas en el lugar de los hechos, de conformidad con las normas aplicables y políticas institucionales.
· Conducir la aplicación de los mecanismos de cooperación y coordinación con las autoridades locales en su circunscripción territorial.
· Implementar canales de comunicación y cooperación con la ciudadanía, para la recopilación de información, sobre la posible comisión de delitos, estableciendo los mecanismos que permitan canalizarlos a las áreas o autoridades competentes.
· Difundir y asegurar que se cumplan las políticas y protocolos de seguridad en la consulta, registro, intercambio y explotación de la información generada en las unidades que conforman la Coordinación Estatal.
· Determinar los mecanismos que permitan mantener fuentes de información en la sociedad relacionadas con fenómenos delictivos.
· Promover los mecanismos de acercamiento con la sociedad, en el ámbito de su competencia, que permita obtener información de la percepción sobre la actuación de los integrantes adscritos a la Coordinación Estatal.
· Acordar con el Jefe de la División de Seguridad Regional, la implementación de acciones que tengan como finalidad garantizar la seguridad y funcionamiento de instalaciones estratégicas, así como coadyuvar con los servicios de protección civil ante eventos de origen natural o intencional que
signifiquen riesgo para las mismas, aplicando las medidas de seguridad del manual correspondiente.
· Asegurar y garantizar la seguridad pública, mediante las acciones de prevención que ayuden a mantener el orden, combatiendo el delito y prestando el servicio de vigilancia en los caminos y puentes federales, los medios de transporte que operen en ellos y de sus servicios auxiliares, previstos en la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal.
· Coordinar las Acciones de vigilancia e inspección de la entrada y salida de personas, vehículos y mercancías en los puntos autorizados, de acuerdo a la legislación aplicable en su circunscripción territorial.
· Conducir la aplicación de lineamientos de operación para formular el dictamen técnico o reporte correspondiente de los hechos y accidentes de tránsito proporcionando informes y auxilio a los usuarios en la zona terrestre de su jurisdicción y según su ámbito de competencia.
· Fijar los mecanismos para que los integrantes a su cargo, con apoyo de la División Científica, rindan peritajes cuando las autoridades competentes lo soliciten.
· Coordinar la aplicación de los procedimientos en materia de tránsito y seguridad en caminos y puentes federales, así como en la zona terrestre de las vías generales de comunicación, que eviten la destrucción y maltrato de carreteras, puentes federales, servicios conexos, señales y demás bienes de la nación que se encuentren en ellas, previa aprobación del Jefe de la División de Seguridad Regional.
· Planear y dirigir las operaciones de prevención y combate a las organizaciones dedicadas al tráfico de indocumentados y a la delincuencia organizada, en su circunscripción territorial que le confiere la Ley General de Población; a efecto de salvaguardar la vida de los migrantes, así como instrumentar las acciones de rescate cuando la situación así lo amerite, de acuerdo al ámbito de su competencia.
· Determinar líneas estratégicas y tácticas de operación en las actividades de inspección, seguridad, verificación, vigilancia, prevención del delito y combate a la delincuencia, en los caminos y puentes federales y en la zona terrestre de las vías generales de comunicación de su jurisdicción.
· Someter a consideración del Jefe de la División la información sustantiva generada en la Coordinación Estatal, que será remitida a las Divisiones de Investigación, Inteligencia, Antidrogas y Científica, para la persecución de los delitos.
· Conducir la aplicación de lineamientos de operación de imposición de sanciones, cuando se detecte violación a las disposiciones que regulan el tránsito en caminos y puentes federales, así como la operación de los servicios de autotransporte federal, sus servicios auxiliares y transporte privado cuando los vehículos circulen en la zona terrestre de las vías generales de comunicación.
· Controlar que los integrantes adscritos a la Coordinación Estatal lleven a cabo tareas para la prevención de faltas administrativas realizando investigaciones necesarias para aplicarlas.
· Controlar que los integrantes adscritos a la Coordinación Estatal ordenen a los conductores de vehículos que detengan su circulación y exhiban la documentación necesaria de acuerdo con la normatividad vigente.
· Controlar que los integrantes adscritos a la Coordinación Estatal apliquen sanciones, cuando se tenga conocimiento de la comisión de violaciones a las disposiciones reglamentarias relativas al tránsito en caminos y puentes federales, así como la operación del autotransporte federal, y cuando el transporte privado circule en la zona terrestre de las vías generales de comunicación.
· Controlar que los integrantes adscritos a la Coordinación Estatal requisiten adecuadamente la boleta de infracción, fundando y motivando los preceptos legales que hayan sido violados y entregar una copia autógrafa al conductor.
· Controlar que los integrantes adscritos a la Coordinación Estatal retiren los vehículos de la circulación en los supuestos que establezcan las disposiciones aplicables en la materia, y los remitan a los depósitos autorizados.
· Controlar que los integrantes adscritos a la Coordinación Estatal remitan a las autoridades competentes a las personas y objetos relacionados con hechos delictivos.
· Controlar que los integrantes adscritos a la Coordinación Estatal procuren la conciliación de las partes involucradas en un hecho de tránsito en caminos y puentes federales, así como en la zona terrestre de las vías generales de comunicación, a través de un acta-convenio, en términos de las disposiciones aplicables en la materia.
· Controlar que los integrantes adscritos a la Coordinación Estatal capturen en el sistema de acopio de información de la institución, los datos sobre tránsito en caminos y puentes federales, así como en la zona terrestre de las vías generales de comunicación, que permitan generar propuestas para mejorar
el orden y la seguridad.
· Asegurar que las liquidaciones por sanciones administrativas de carácter pecuniario que no hayan sido cubiertas en el plazo correspondiente, sean turnadas a la autoridad fiscal competente para su cobro.
· Determinar que se lleve a cabo la liberación de los vehículos que se hayan remitido a los depósitos autorizados por los integrantes adscritos a la Coordinación Estatal, en estricto apego a las disposiciones aplicables.
· Contribuir con el área de Asuntos Jurídicos para llevar a cabo los procedimientos de resolución a las solicitudes de recursos de revisión interpuestas por sanciones aplicadas.
· Proponer al Jefe de la División de Seguridad Regional los lineamientos que permitan la colaboración con otras autoridades, en las actividades y operaciones que en materia de seguridad requieran los aeropuertos, puertos marítimos y puntos fronterizos y sus áreas perimetrales.
· Asegurar la inspección y vigilancia de la entrada y salida de personas y mercancías en aeropuertos, puertos marítimos y puntos fronterizos, así como aduanas, recintos fiscales, garitas y puntos de revisión aduaneros, en el territorio de su circunscripción.
· Coordinar las medidas de seguridad y los procedimientos de inspección y vigilancia de equipaje en aeropuertos, puertos marítimos y puntos fronterizos, así como de control de entradas y salidas de las vialidades, en apego a las leyes, reglamentos y normas vigentes que aseguren el mantenimiento de la paz y el orden público en el territorio de su circunscripción.
· Establecer las técnicas, métodos de análisis y clasificación de información táctica en la investigación de gabinete, que permitan prevenir y combatir la delincuencia.
· Dirigir la aplicación de métodos y estrategias de investigación policial, que permitan recabar elementos que ayuden a la identificación de estructuras delictivas, así como sus modus operandi, para su combate, en el ámbito de su competencia y circunscripción territorial.
· Asegurar se apliquen los métodos de comunicación y redes de información policial en su circunscripción territorial, para el acopio y clasificación de los datos que requieran las unidades de la Institución, de acuerdo con la normatividad vigente.
· Establecer los mecanismos para la atención a víctimas, ofendidos o testigos del delito, en términos de las disposiciones aplicables y en el ámbito de su competencia.
· Coordinar las acciones de vigilancia e inspección de la entrada y salida de mercancías en los aeropuertos, puertos marítimos autorizados para el tráfico internacional y puntos de revisión aduaneros autorizados, en coordinación con la autoridad competente.
· Las demás que le confieran otras disposiciones legales aplicables o aquéllas que le encomiende el inmediato superior.
1.4. DIVISION CIENTIFICA
OBJETIVO
Establecer los mecanismos, lineamientos, políticas, protocolos y procedimientos que permitan la aplicación de herramientas técnico-científicas en las funciones que desarrolla la Institución, mediante la selección e implementación de nuevas tecnologías a los procesos y la participación de personal experto en especialidades de criminalística, investigación de delitos electrónicos y seguridad de sistemas de información, para contribuir al cumplimiento de los objetivos de la Policía Federal.
FUNCIONES
· Determinar los conocimientos referentes a la utilización de herramientas científicas y técnicas aplicables en las investigaciones conducidas para la prevención y combate del delito.
· Establecer los procesos, procedimientos y mecanismos que permitan coordinar y supervisar la operación de los servicios científicos y técnicos, que se realizan conforme a los requerimientos establecidos por las áreas de la Policía Federal para el cumplimiento de sus funciones.
· Asegurar la atención de solicitudes de autoridades competentes y las áreas que integran la Institución, en el ámbito de su competencia, para proporcionar auxilio en la búsqueda preservación y obtención de indicios y evidencias, así como medios de pruebas, que resulten necesarios en la investigación de delitos.
· Aprobar los mecanismos, procedimientos y protocolos institucionales para la identificación y preservación de indicios, huellas o vestigios del hecho, instrumentos, objetos o productos probablemente constitutivos del delito, en apego al ámbito de su competencia y en los términos de las
disposiciones aplicables.
· Disponer que el personal cumpla con los procedimientos y protocolos establecidos para preservar el lugar de un hecho probablemente constitutivo de delito; para posteriormente fijar, señalar, levantar, embalar y entregar a las autoridades competentes la evidencia física, conforme a las disposiciones aplicables.
· Autorizar y establecer los mecanismos para dar respuesta a las solicitudes de información que requieran las autoridades competentes, para auxiliar el cumplimiento de las funciones constitucionales de investigación del delito, para su prevención y combate.
· Asegurar, en el ámbito de su competencia, que el personal cumpla con los lineamientos relacionados a la cadena de custodia, para preservar la integridad de los indicios, evidencias, y pruebas relacionados a hechos probablemente constitutivos del delito.
· Autorizar y establecer los lineamientos internos aplicables para emitir opiniones, de conformidad con la normatividad en la materia.
· Autorizar las políticas y procedimientos institucionales aplicables para atender los servicios de apoyo técnico-científico, solicitados por las áreas de la Policía Federal para el cumplimiento de sus funciones.
· Implementar los mecanismos que permitan coordinar la operación de los laboratorios criminalísticos de la Institución, para garantizar que se realice el análisis de los elementos químicos, biológicos, tecnológicos y mecánicos, que auxilien la investigación para la prevención y esclarecimiento de hechos probablemente constitutivos de delito, bajo la conducción y mando del Ministerio Público.
· Controlar la supervisión de las actividades definidas para actualizar las bases de datos criminalísticos con información derivada de la operación de la División Científica y de su personal, que coadyuve a la investigación del delito, sin transgredir el derecho de las personas a la confidencialidad de sus datos particulares.
· Dictar los mecanismos para establecer y fomentar la participación y comunicación de la División Científica con organismos u autoridades nacionales e internacionales, en el ámbito de su competencia.
· Disponer la actualización permanente de las bases de datos de la Institución y de la Secretaría de Seguridad Pública, respecto a huellas dactilares, fotografías, videos y otros elementos que sean útiles para la identificación de una persona, en términos de las fracciones XVII y XXV del artículo 8 de la Ley de la Policía Federal.
· Dictar los lineamientos de supervisión para las opiniones emitidas por las áreas que integran la División Científica, para asegurar que cumplan con las formalidades científicas y técnicas aplicables a su especialidad y a la normatividad vigente.
· Presentar al Comisionado General para su autorización, propuestas para la intervención de comunicaciones y operaciones encubiertas, en coordinación con la División de Inteligencia, para obtener información que coadyuve a la prevención y combate de los delitos que utilizan medios electrónicos para su comisión.
· Conducir el establecimiento de registros de datos que resulten de la participación de la División Científica en las investigaciones; así como autorizar y fomentar mecanismos y protocolos que garanticen la confidencialidad e integridad de la información.
· Autorizar y fomentar el establecimiento de mecanismos para desarrollar la investigación científica en áreas de oportunidad, a través de metodologías y herramientas que coadyuven a la modernización y mejora de las áreas de la Policía Federal.
· Participar en coordinación con la División de Inteligencia en operaciones encubiertas y de usuarios simulados, en la obtención de información útil para la prevención y combate del delito.
· Las demás que le confieran otras disposiciones legales aplicables o aquéllas que le encomiende el inmediato superior.
1.4.1. COORDINACION PARA LA PREVENCION DE DELITOS ELECTRONICOS
OBJETIVO
Coordinar las acciones de investigación de delitos que utilicen medios electrónicos para su comisión, así como aquellas que resguarden la seguridad de la información contenida en sistemas y equipos informáticos, mediante la respuesta a solicitudes de colaboración, monitoreo de la red pública de Internet y aplicación tecnológica, electrónica, informática y de telecomunicaciones desarrollada por los laboratorios de
innovaciones, para prevenir y combatir aquellas conductas posiblemente constitutivas de delito en el territorio nacional.
FUNCIONES
· Asegurar el desarrollo de actividades de selección y actualización permanente de los conocimientos y herramientas electrónicas, para coadyuvar a las funciones de investigación orientadas a prevenir posibles hechos constitutivos de delito.
· Controlar las acciones de supervisión conforme a las disposiciones aplicables, para la prevención de delitos que se realicen por medios electrónicos, cibernéticos o tecnológicos.
· Implementar y controlar la supervisión de las medidas de seguridad que permitan el resguardo de la información que resulte de la operación interna y las investigaciones realizadas por las áreas de la Policía Federal.
· Colaborar en el desarrollo de las políticas, procedimientos y lineamientos aplicables para el manejo y empleo de las herramientas electrónicas utilizadas en la Policía Federal, para que permitan asegurar la información que contienen, así como optimar su aprovechamiento y cuidado.
· Participar en las acciones de supervisión establecidas para asegurar que se dé cumplimiento a los procedimientos relacionados a la cadena de custodia de los indicios, evidencias y pruebas contenidos en medios electrónicos, para garantizar su integridad y confidencialidad.
· Dirigir las actividades, conforme a los procedimientos establecidos, para alimentar las bases de datos criminalísticos y de personal de la Institución, con información obtenida de las investigaciones electrónicas.
· Coordinar el establecimiento de los mecanismos que permitan generar acuerdos de cooperación con organismos y autoridades nacionales e internacionales, vinculadas con la prevención de delitos electrónicos.
· Participar en el establecimiento de convenios de colaboración y auxilio con instituciones policiales extranjeras, para la detección, prevención y combate de conductas que utilicen medios electrónicos, cibernéticos o tecnológicos en la comisión de delitos.
· Coordinar los mecanismos aplicables para las acciones de rastreo y monitoreo de la red pública de Internet, para vigilar e identificar conductas delictivas y/o amenazas, así como generar información que permita su prevención y combate.
· Establecer los mecanismos para la operación de los laboratorios que dependan de la Coordinación de Delitos Electrónicos, en materia de innovación tecnológica, electrónica, informática, telecomunicaciones y los que se requieran para prevenir la comisión de delitos en los que se utilicen medios electrónicos, cibernéticos o tecnológicos.
· Asegurar que se cumplan las medidas de seguridad establecidas para resguardar la información de la Institución contenida en sistemas y equipos informáticos, así como coordinar las actividades de monitoreo para detectar acciones que pudieran vulnerar su seguridad.
· Asegurar el resguardo de la información contenida en aquellos sistemas que sean objeto, producto o instrumento del delito, que hayan sido asegurados en caso de flagrancia o por mandato del Ministerio Público o la autoridad judicial competente, para los efectos legales correspondientes.
· Dirigir los mecanismos establecidos para la recepción y verificación de la información que ingresa a la Coordinación para la Prevención de Delitos Electrónicos, referente a conductas posiblemente constitutivas de delito y/o posibles infracciones administrativas, materia de su competencia, conforme a la normativa aplicable.
· Determinar los mecanismos de supervisión en las acciones que la autoridad competente requiera, para apoyar la investigación sobre posibles delitos electrónicos cometidos.
· Coordinar las acciones que faciliten las herramientas tecnológicas de vanguardia conforme a los requerimientos de las áreas operativas de investigación de la Policía Federal, o de quien lo requiera conforme a las disposiciones aplicables en la prevención y combate al delito.
· Colaborar, conforme a las disposiciones aplicables, en las gestiones para establecer vínculos de cooperación con empresas proveedoras del servicio de Internet para solicitar la baja de sitios y páginas electrónicas que contengan información o conductas posiblemente constitutivas de delito y afecten la seguridad pública, así como para prevenir y combatir los delitos en los que se utilizan medios electrónicos para su comisión.
· Coordinar las actividades para promover la cultura de la prevención sobre delitos en los que se utilizan
medios cibernéticos, electrónicos o tecnológicos para su comisión, así como las orientadas para difundir el marco legal que los sanciona.
· Proponer estrategias para realizar acciones encubiertas y/o peticiones de intervención de comunicaciones privadas, para la obtención de información que coadyuve en la prevención y combate de delitos que utilizan medios electrónicos para su comisión.
· Implementar los mecanismos para generar estadísticas de los delitos electrónicos, cibernéticos o tecnológicos, así como sistemas de medición para evaluar el desempeño y eficiencia del área.
· Asegurar la participación en los programas de capacitación y profesionalización orientados al uso de las nuevas tecnologías que permitan la identificación, monitoreo, auditoría, rastreo, custodia, protección de indicios y evidencias e información, que apoye la investigación y prevención de los delitos.
· Las demás que le confieran otras disposiciones legales aplicables o aquéllas que le encomiende el inmediato superior.
1.4.1.1. DIRECCION GENERAL DE PREVENCION DE DELITOS CIBERNETICOS
OBJETIVO
Dirigir las acciones y procedimientos tecnológicos basados en inteligencia, análisis de modos de operación de actores o grupos delictivos, así como hechos ilícitos en cuya comisión se utilicen medios electrónicos y tecnológicos, mediante la vigilancia, identificación, monitoreo, rastreo de la red pública de Internet, análisis de sistemas, equipos informáticos y telecomunicaciones, con la finalidad de prevenir y combatir delitos en coadyuvancia con las áreas de la Institución y autoridades competentes conforme a las disposiciones aplicables.
FUNCIONES
· Dirigir las actividades para implementar políticas y procedimientos para las campañas de difusión orientadas a promover una cultura de prevención, identificación y denuncia sobre delitos en los que se utilizan medios cibernéticos.
· Disponer que se apliquen los mecanismos definidos para las actividades de vigilancia, identificación, monitoreo y rastreo de la red pública de Internet, para identificar y prevenir conductas presuntamente constitutivas de delito.
· Asegurar la aplicación de los mecanismos necesarios para establecer y operar los laboratorios de innovaciones tecnológicas de la Institución orientados a prevenir la comisión de delitos, en el ámbito de su competencia, mediante la detección de vulnerabilidades, el aseguramiento y resguardo de la información de los sistemas y equipos informáticos de la Policía Federal.
· Disponer el cumplimiento de los mecanismos, procedimientos y protocolos establecidos para la preservación de los indicios, huellas o vestigios, instrumentos, objetos o productos de delitos que utilizan medios electrónicos, cibernéticos o tecnológicos para su comisión para asegurar la integridad de los mismos, en apego a los términos del Código Federal de Procedimientos Penales.
· Asegurar el cumplimiento de los mecanismos, procedimientos y protocolos definidos para la recolección, levantamiento y embalaje de indicios relacionados con delitos que utilizan medios electrónicos, cibernéticos o tecnológicos, conforme a sus características técnicas para asegurar la integridad de los mismos y efectúe la descripción de los métodos utilizados, en apego con los términos del Código Federal de Procedimientos Penales.
· Asegurar la aplicación de técnicas y procedimientos científicos y analíticos especializados en la recuperación de indicios o evidencias digitales involucradas en un presunto hecho delictivo, para contribuir en su investigación y esclarecimiento.
· Colaborar en las acciones necesarias para la investigación de delitos que utilizan medios electrónicos, cibernéticos o tecnológicos para su comisión, a solicitud y conforme a los requerimientos de las autoridades competentes.
· Dirigir las actividades necesarias para la detección de rutas de acceso que permitan a usuarios no autorizados ingresar a los sistemas informáticos, programas, datos o archivos que circulan por la red pública de Internet, para identificar y prevenir conductas que pudieran generar algún daño.
· Implementar acciones que faciliten el desarrollo de aplicaciones avanzadas, como una herramienta para el desempeño de las labores de inspección técnico-policial orientadas a la identificación y prevención de conductas probablemente constitutivas de delito.
· Contribuir en las actividades de rastreo y análisis de la información que proporcionen los correos electrónicos relacionados con la investigación y prevención de delitos, a solicitud y conforme a los requerimientos de las autoridades competentes.
· Dirigir la participación en las actividades para promover y gestionar ante las instancias competentes, en el ámbito de sus atribuciones, la atención de denuncias de delitos que utilizan medios electrónicos, cibernéticos o tecnológicos para su comisión.
· Definir la implementación de los procesos tecnológicos que permitan, a través del ciclo de inteligencia, analizar los modos de operar de la delincuencia que utiliza medios electrónicos, cibernéticos o tecnológicos en la comisión de delitos.
· Dirigir el análisis de sistemas y equipos informáticos y de telecomunicaciones que hayan sido empleados de manera ilegal para reproducir, sustraer, destruir, modificar o perder información contenida en los mismos, que permita obtener indicios sobre el delito cometido y, cuando proceda, hacerlo del conocimiento de las autoridades competentes, conforme a las disposiciones legales que apliquen.
· Asegurar la aplicación en colaboración con las autoridades competentes, de los métodos técnicos que permitan fijar, recopilar, resguardar, embalar y trasladar las evidencias tecnológicas y electrónicas, de conformidad con las disposiciones aplicables a la cadena de custodia.
· Asegurar la aplicación de los mecanismos establecidos para proporcionar, en el ámbito de su competencia, información que le sea requerida por las autoridades competentes.
· Orientar el análisis de los sistemas y equipos informáticos, electrónicos o tecnológicos, relacionados con cualquier hecho ilícito, para coadyuvar en la investigación y prevención del delito, en los términos de las disposiciones aplicables.
· Presentar para los efectos conducentes, las propuestas para solicitar por conducto de la División de Inteligencia la implementación de acciones de usuarios simulados, en la prevención y combate de delitos que utilizan medios electrónicos, cibernéticos o tecnológicos para su comisión.
· Presentar para los efectos conducentes, las propuestas para solicitar por conducto de la División de Inteligencia la intervención de comunicaciones privadas, en la prevención y combate de delitos que utilizan medios electrónicos, cibernéticos o tecnológicos para su comisión.
· Dirigir la participación en la operación del equipo de respuesta a incidentes de seguridad para la infraestructura informática crítica de la Policía Federal, así como en la conformación de un centro de respuesta a incidentes informáticos nacionales, en coordinación con los tres órdenes de gobierno y actores sociales.
· Presentar ante las empresas proveedoras de los diversos servicios electrónicos, informáticos o de Internet las solicitudes de baja de información, sitios o páginas electrónicas que por su naturaleza representen un riesgo, amenaza o peligro para la seguridad pública, conforme a las disposiciones aplicables, para prevenir y combatir dichos delitos.
· Asegurar que se efectúen las actividades necesarias para la detección de rutas de acceso que permitan a usuarios no autorizados ingresar a los sistemas informáticos, programas, datos o archivos que circulan por redes internas de instituciones públicas, en el ámbito de su competencia, para identificar y prevenir conductas que pudieran generar algún daño.
· Proponer la adquisición de herramientas de informática forense, programas y dispositivos tecnológicos, que permita a los usuarios verificar los datos contenidos en programas o dispositivos de almacenamiento magnéticos.
· Establecer los mecanismos que permitan evaluar y documentar la operación técnica de amenazas electrónicas vinculadas con delitos donde se utilizan medios electrónicos, cibernéticos o tecnológicos en su comisión.
· Las demás que le confieran otras disposiciones legales aplicables o aquéllas que le encomiende el inmediato superior.
1.4.1.2. DIRECCION GENERAL DEL CENTRO ESPECIALIZADO DE RESPUESTA TECNOLOGICA
OBJETIVO
Implementar las políticas y procedimientos para detectar vulnerabilidades y fuga de información en dispositivos móviles, correo electrónico, video, entre otros; así como dar respuesta a los ataques de seguridad en los sistemas de información, a través de la aplicación de técnicas emergentes que resuelvan los problemas e incidentes de seguridad tecnológica, informática y electrónica, a fin de preservar la confidencialidad de la información que resguardan las áreas de la Policía Federal e instituciones públicas y privadas.
FUNCIONES
· Dirigir las acciones que promuevan las políticas y procedimientos definidos para el manejo de la información electrónica que derive de las investigaciones realizadas en la Policía Federal o la que proporcionen las autoridades nacionales o extranjeras.
· Definir las actividades para evaluar las normas técnicas y estándares para determinar la viabilidad de
su implementación en la infraestructura tecnológica y aplicación a las funciones de la Policía Federal.
· Participar en la generación y emisión de normas técnicas y estándares internos, previa autorización, a fin de determinar los lineamientos que aseguren buenas prácticas en la utilización y manejo de tecnologías de la información.
· Implementar normas técnicas, estándares y buenas prácticas de seguridad en tecnologías de la información en la infraestructura crítica ubicada en el territorio nacional.
· Definir las actividades que permitan, en el ámbito de su competencia, implementar las tecnologías emergentes para colaborar en la solución de problemas potenciales de seguridad tecnológica, informática y electrónica.
· Orientar en las actividades definidas para realizar el análisis de los elementos electrónicos que coadyuven a identificar la información relacionada con la investigación, así como ubicar el lugar donde se almacena, comunica o procesa.
· Dirigir las actividades definidas para evaluar técnicamente los riesgos relacionados a las tecnologías de la información y comunicación, así como informar de los resultados obtenidos al Coordinador para la Prevención de Delitos Electrónicos.
· Conducir el diseño e implementación de los mecanismos de protección para garantizar la integridad de la infraestructura informática crítica de la Policía Federal.
· Disponer que se supervise el cumplimiento de las políticas y lineamientos definidos para el manejo de la información que resulte de las investigaciones realizadas en la Policía Federal.
· Definir las actividades para realizar pruebas de efectividad de los mecanismos de protección de la información que resulte de las investigaciones realizadas por la Policía Federal.
· Proponer procedimientos de almacenamiento y resguardo de la información generada en la Policía Federal, en el ámbito de su competencia.
· Proponer para su autorización, el diseño de un plan de continuidad para mantener la operación de los equipos y sistemas que se utilizan en actividades de alto riesgo.
· Dirigir las actividades definidas para implementar las campañas de difusión orientadas a promover una cultura de prevención y denuncia sobre delitos en los que se utilizan medios cibernéticos, electrónicos o tecnológicos para su comisión.
· Participar, en el ámbito de su competencia, en la definición y desarrollo de programas que le permitan brindar asesoría y capacitación en materia de seguridad informática a las áreas que así lo requieran.
· Dirigir la participación en acciones definidas para operar el equipo de respuesta a incidentes de seguridad informática en la infraestructura crítica ubicada en el territorio nacional, en colaboración con autoridades de los tres órdenes de gobierno y actores sociales.
· Establecer mecanismos para el análisis de los dispositivos móviles empleados en la Policía Federal y proponer esquemas que permitan garantizar la integridad y seguridad de la información contenida en los mismos.
· Asegurar que se establezcan las políticas y procedimientos definidos para prevenir la fuga de información a través de medios de almacenamiento móviles, dispositivos móviles, correo electrónico, video u otros.
· Dirigir el diseño e implementación de los mecanismos para proteger la integridad de la información contenida en la infraestructura informática crítica de los centros regionales de la Policía Federal.
· Asegurar la participación en actividades para la prevención y combate de delitos que utilizan medios electrónicos o tecnológicos para su comisión, en coordinación con las instituciones de seguridad pública de los tres órdenes de gobierno y en los términos establecidos en la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública.
· Participar en actividades para establecer mecanismos de colaboración con instituciones de seguridad pública de los tres órdenes de gobierno, que permitan implementar canales seguros que permitan compartir información para la prevención y combate de delitos que utilizan medios tecnológicos y electrónicos para su comisión o aquellos que lleguen a desarrollarse.
· Dirigir las actividades para la elaboración de los estudios e informes sobre tecnologías de la información, de las comunicaciones, así como las que se requieran para cumplir con los objetivos de la Institución orientados a la prevención de los delitos.
· Fomentar el desarrollo de proyectos de investigación sobre seguridad informática, tecnológica,
electrónica y avances científicos, en los laboratorios que dependen de la División Científica o a través de las instituciones públicas o privadas, para colaborar, en el ámbito de su competencia, en el cumplimiento de los fines de la Policía Federal.
· Las demás que le confieran otras disposiciones legales aplicables o aquéllas que le encomiende el inmediato superior.
1.4.1.3. DIRECCION GENERAL DE LABORATORIOS EN INVESTIGACION ELECTRONICA Y FORENSE
OBJETIVO
Determinar los mecanismos de protección para la infraestructura informática crítica del país en tiempo real, mediante la aplicación de normas técnicas y estándares internos que permitan la operación de los laboratorios en investigación electrónica y forense, con la finalidad de implementar canales seguros para el intercambio de información, derivada de investigaciones, con organismos homólogos nacionales y extranjeros conforme a las disposiciones aplicables.
FUNCIONES
· Asegurar la recopilación de información derivada de la operación de la Institución en una base de datos que permita su uso como herramienta de consulta para la correlación, análisis y generación de inteligencia por las Coordinaciones de la Policía Federal.
· Definir los programas de trabajo para el desarrollo de los sistemas y bases de datos que faciliten la consulta de la información derivada de las investigaciones, para generar estadísticas, relaciones temporales, similitudes de motivos, modos de operación de la delincuencia y ubicaciones, conforme a los estándares de Plataforma México.
· Establecer canales de comunicación seguros con instituciones de seguridad pública de los tres órdenes de gobierno, para intercambiar información que coadyuve a la prevención y combate de delitos que utilizan medios tecnológicos, electrónicos o cibernéticos para su comisión.
· Establecer vínculos de cooperación con organismos homólogos nacionales y extranjeros, en la prevención y combate de delitos que utilizan medios electrónicos, tecnológicos y cibernéticos para su comisión.
· Dirigir los programas de trabajo para establecer la infraestructura de operación y correlación de seguridad informática y tecnológica, que permita el monitoreo e identificación de amenazas a la infraestructura tecnológica, cibernética y electrónica del país.
· Determinar los programas de trabajo para establecer un centro de operaciones de seguridad electrónica interno, que permita dar soporte en tiempo real a las actividades de rastreo a delitos que utilizan medios cibernéticos para su comisión, así como para el análisis y protección de la información que derive de las investigaciones o labores de inteligencia realizadas por la Policía Federal.
· Proponer el establecimiento de un mecanismo de monitoreo del estado que guarda la seguridad informática y tecnológica, para detectar amenazas a la infraestructura estratégica ubicada en el territorio nacional.
· Controlar las actividades orientadas al desarrollo de aplicaciones avanzadas como una herramienta que facilite la identificación de delitos que utilizan medios electrónicos, cibernéticos o tecnológicos para su comisión.
· Dirigir el desarrollo de las actividades para establecer, en colaboración con las áreas de inteligencia e investigación, los laboratorios para evaluar las nuevas tecnologías aplicadas a la vigilancia de comunicaciones privadas y los protocolos asociados.
· Dirigir la elaboración de esquemas de rastreo satelital, celular o radio de personal y equipo que se encuentre en situaciones de riesgo, para facilitar su ubicación.
· Conducir la formulación de opiniones en materia de tecnología, a solicitud y conforme a los requerimientos de las áreas de la Policía Federal.
· Asegurar que se facilite la incorporación de innovaciones tecnológicas, a solicitud y conforme a los requerimientos de las áreas operativas de investigación, al esquema de correlación y análisis en tiempo real.
· Asegurar la participación de la Dirección General de Laboratorios en Investigación Electrónica y Forense, en el diseño e implementación de mecanismos que garanticen la protección de la infraestructura informática crítica de Plataforma México.
· Participar en la generación y emisión de normas técnicas y estándares internos, para determinar los
lineamientos basados en buenas prácticas de la seguridad informática que permita la prevención de los delitos.
· Dirigir las actividades definidas para evaluar normas técnicas y estándares, a fin de determinar su implementación en la infraestructura tecnológica en instituciones públicas y privadas, en el ámbito de competencia de la Policía Federal.
· Las demás que le confieran otras disposiciones legales aplicables o aquéllas que le encomiende el inmediato superior.
1.4.2. COORDINACION DE INNOVACION TECNOLOGICA
OBJETIVO
Coordinar las actividades orientadas a la prospección de implantación de recursos tecnológicos en las áreas de la Policía Federal, mediante el desarrollo de actividades de investigación, diseño, análisis y evaluación de tecnologías nuevas y emergentes, con la finalidad de optimizar e innovar los procesos de operación e infraestructura tecnológica que apoye al desarrollo de las funciones institucionales para la prevención y combate de los delitos del ámbito federal.
FUNCIONES
· Coordinar las acciones, en el ámbito de su competencia, que permitan proveer los recursos tecnológicos necesarios para hacer más ágiles, eficientes y confiables los procesos de investigación, monitoreo y combate al delito, para las diferentes áreas de la Institución.
· Coordinar las actividades establecidas para realizar la investigación y la evaluación de nuevas tecnologías asociadas al análisis forense de equipos de cómputo, comunicaciones, dispositivos móviles, así como elementos de tipo electrónico o mecánico, que permitan facilitar a las áreas de investigación y criminalística el proceso de obtención de evidencias.
· Controlar los procesos para el análisis y evaluación de las nuevas tecnologías necesarias para el estudio de evidencias biológicas, materiales, muestras físicas y de información, que faciliten la operación de los laboratorios especializados a cargo de las áreas de investigación y criminalística.
· Coordinar las actividades aplicables para el estudio y análisis de las tendencias respecto a las teorías sociales, así como de la información, semántica, comunicación y comportamiento social, que por medio de las herramientas estadísticas coadyuven a la construcción de nuevos procesos para la investigación y criminalística.
· Establecer las acciones orientadas a la evaluación de las tecnologías existentes en las áreas de la Policía Federal, para asegurar su vigencia conforme a los estándares mundiales, así como prevenir o disminuir los casos de tecnología obsoleta que afecte el desempeño de los procesos para la prevención y el combate del delito.
· Coordinar el diseño de acciones que permitan establecer los procesos de incorporación, reemplazo y actualización de equipos tecnológicos utilizados en los diferentes laboratorios y áreas de seguridad informática, que garanticen su operación.
· Determinar los procesos para el análisis y evaluación de procedimientos que permitan el flujo de información y resultados entre las diferentes áreas de la Institución, que coadyuven al desempeño de las funciones orientadas a la prevención y combate del delito.
· Establecer las acciones que permitan la vinculación con autoridades de seguridad pública, de investigación y académicas, nacionales e internacionales, para tener acceso a la información y tecnologías en desarrollo que puedan integrarse a los procesos de innovación tecnológica de la Policía Federal.
· Coordinar las acciones necesarias para el diseño e implementación de mecanismos que permitan realizar las funciones de investigación científica orientada a la mejora tecnológica de las áreas de la Institución, de conformidad con las disposiciones aplicables.
· Colaborar en acciones que fomentan la creación de vínculos de cooperación con grupos nacionales o extranjeros relacionados con la investigación científica, para el intercambio, adopción y desarrollo de tecnologías.
· Asegurar que se implementen, conforme a las disposiciones aplicables, los mecanismos necesarios para la operación de los laboratorios de investigación científica de la Institución, que permita el desarrollo de metodologías y herramientas que coadyuven a las áreas de la Policía Federal en el desempeño de sus funciones.
· Disponer que se realice las acciones definidas para elaborar y documentar las mejores prácticas y resultados que deriven de la implantación de nuevas estrategias, procesos y tecnologías, para integrar una base de conocimiento con información para consulta que permita facilitar la normatividad y certificación de los diferentes procedimientos.
· Participar en los procesos de desarrollo para la aplicación e implantación de nuevas tecnologías conforme a los requerimientos de las áreas de investigación, criminalística y operación.
· Disponer la participación en la capacitación del personal de la Institución en la utilización, manejo y cuidados de las nuevas tecnologías.
· Establecer las políticas y procedimientos para difundir el uso ético y eficiente de la tecnología, para garantizar su aprovechamiento en el desarrollo de las funciones de investigación y prevención de delitos.
· Disponer que se cumpla con la normativa vigente para proporcionar apoyo a las autoridades competentes que lo requieran, en el análisis y evaluación de tecnologías, procesos y tendencias mundiales vinculadas a la investigación y prevención de delitos.
· Coordinar las acciones que fomenten la cooperación y vinculación con empresas proveedoras de tecnología para incorporar, desarrollar y fortalecer los recursos tecnológicos que coadyuven al desempeño de las funciones de investigación, criminalística y operación en las unidades de la Policía Federal.
· Conducir, en colaboración con las áreas de la Policía Federal, las actividades para promover el fortalecimiento de una cultura tecnológica, en términos de la normatividad legal vigente.
· Las demás que le confieran otras disposiciones legales aplicables o aquéllas que le encomiende el inmediato superior.
1.4.2.1. DIRECCION GENERAL DE TECNOLOGIAS DE INFORMACION EMERGENTES
OBJETIVO
Participar en la prospección de implantación de tecnologías de información nuevas y emergentes, mediante la conducción del personal bajo su mando en los procesos sistemáticos establecidos para la investigación y evaluación de prototipos aplicados a las necesidades de equipamiento de las áreas de la Policía Federal, para desempeñar las funciones de prevención y combate de delitos que utilizan medios electrónicos, tecnológicos o cibernéticos para su comisión.
FUNCIONES
· Asegurar la aplicación de métodos para la investigación y recopilación de información sobre nuevas tecnologías, asociadas a laboratorios, equipamiento y espacios de trabajo, para hacer eficientes y confiables las funciones de análisis de evidencias que coadyuven a prevenir y combatir los delitos cibernéticos, en el ámbito de competencia de la Policía Federal.
· Conducir los lineamientos para el desarrollo de pruebas sobre las nuevas tecnologías de la información, telecomunicaciones y equipamientos que permita apoyar a las áreas de la Institución relacionadas con la investigación y combate al delito informático, así como a la custodia de la información de la Policía Federal.
· Dirigir los procesos sistemáticos establecidos para evaluar nuevas tecnologías de información y telecomunicaciones que cumplan con los requisitos para ser empleadas en la prevención y combate de delitos que utilizan medios electrónicos, tecnológicos o cibernéticos para su comisión.
· Asegurar la aplicación de mecanismos establecidos para colaborar con las áreas de la Policía Federal, en la evaluación, desarrollo de conceptos y pruebas piloto, en el ámbito de su competencia.
· Dirigir las actividades que permitan elaborar reportes relacionados a la investigación, evaluación y prospección de nuevas tecnologías de información y telecomunicaciones, para propiciar la difusión de las actualizaciones sobre las tendencias en la materia.
· Proponer los planes de inversión, viabilidad e impacto operativo relativos a la prospección de implantación de nuevas tecnologías, con base en los resultados que deriven de las evaluaciones a tecnologías emergentes de sistemas de información, programas y telecomunicaciones.
· Dirigir el diseño e implantación de mecanismos de pruebas, escenarios, simulaciones y entornos para evaluar nuevas tecnologías asociadas a los sistemas de información, programas y telecomunicaciones.
· Dirigir las actividades para establecer vínculos de colaboración y cooperación con líderes del mercado de tecnologías de la información, software y telecomunicaciones, así como fabricantes, integradores tecnológicos, centros de investigación y universidades.
· Las demás que le confieran otras disposiciones legales aplicables o aquéllas que le encomiende el inmediato superior.
1.4.2.2. DIRECCION GENERAL DE INFRAESTRUCTURA E IMPLEMENTACION DE PROCESOS TECNOLOGICOS
OBJETIVO
Orientar a las autoridades competentes de la Institución en la toma de decisiones para la adquisición e implantación de tecnologías nuevas y emergentes asociadas a equipamiento e infraestructura, mediante la elaboración de documentos asociados al impacto y eficiencia operativa de su aplicación en las áreas de oportunidad y el fortalecimiento de vínculos de colaboración con líderes en tecnología de cualquier especialidad, que permitan apoyar las funciones de prevención y combate de los delitos del ámbito federal.
FUNCIONES
· Dirigir las actividades de investigación y recopilación de información relacionadas con nuevas tecnologías asociadas a laboratorios y espacios de trabajo, para obtener resultados confiables en el análisis de evidencias, que permitan prevenir y combatir los delitos, en el ámbito de competencia de la Policía Federal.
· Implementar actividades relativas al desarrollo de pruebas de concepto sobre nuevas tecnologías y equipamientos en las materias de biología, química, física, mecánica y cualquier otra que permita apoyar a las áreas de la Policía Federal que desempeñan funciones de investigación y criminalística.
· Asegurar el cumplimiento de los procesos sistemáticos establecidos para realizar evaluaciones confiables del equipamiento necesario para desempeñar las funciones de investigación, análisis, procesamiento y resguardo de evidencias físicas relacionadas a la prevención y combate del delito.
· Implementar los mecanismos de apoyo a las direcciones de la Institución, que permitan la evaluación, desarrollo de conceptos y pruebas piloto, en el ámbito de su competencia.
· Dirigir las actividades para elaborar reportes relacionados a la investigación, evaluación y prospección de nuevas tecnologías, que permitan difundir información sobre las nuevas tendencias en química, forense, física, materiales, mecánica, electrónica, genómica y cualquier otra área que coadyuve al desempeño de las funciones de la Policía Federal.
· Dirigir al personal bajo su mando en las funciones de investigación y selección de información sobre los procesos de evaluación de nuevas tecnologías, para valorar su congruencia, utilidad y adaptabilidad a los procesos de la Institución.
· Participar en la definición de los perfiles dirigidos a la formación y capacitación del personal que implemente nuevas tecnologías en las distintas especialidades.
· Orientar las actividades para realizar reportes vinculados al impacto, eficiencia operativa y detección de áreas de oportunidad para instaurar tecnologías emergentes.
· Proponer los planes de inversión, expansión, capacitación, espacios, instalaciones y rediseño de procesos que resulten de la instauración de nuevas tecnologías.
· Participar en las actividades para establecer vínculos de colaboración y cooperación con líderes en tecnologías, así como fabricantes, integradores tecnológicos, centros de investigación y universidades.
· Orientar la elaboración de informes y reportes sobre el desarrollo de nuevas normas y/o propuestas de certificación para los procesos de implantación, operación y gestión de nuevas tecnologías en materia científica aplicada a la seguridad.
· Proponer los planes de inversión, viabilidad e impacto operativo relativos a la búsqueda de nuevas tecnologías, con base en los resultados que deriven de las evaluaciones a tecnologías emergentes.
· Dirigir el diseño e implantación de mecanismos de pruebas, escenarios, simulaciones y entornos, para evaluar nuevas tecnologías asociadas a equipamiento, infraestructura física y espacios de trabajo, en conformidad con las normas, que permitan preservar las condiciones para el análisis y procesamiento de las evidencias.
· Dirigir la elaboración de los dictámenes sobre las propuestas tecnológicas emergentes respecto a laboratorios, infraestructura y procedimientos de análisis de evidencias, que coadyuve en la toma de decisiones en materia de adquisiciones, a la autoridad competente, así como mantener informado de opiniones emitidas al Coordinador de Innovación Tecnológica.
· Participar en las actividades para establecer vínculos de colaboración y cooperación con líderes en desarrollo de equipamiento en áreas de biología, química, física, identificación, genómica, entre otras, así como fabricantes, integradores tecnológicos, centros de investigación y universidades.
· Las demás que le confieran otras disposiciones legales aplicables o aquéllas que le encomiende el inmediato superior.
1.4.2.3. DIRECCION GENERAL DE INNOVACION Y DESARROLLO
OBJETIVO
Conducir el establecimiento de metodologías y herramientas para la innovación, modernización y
desarrollo tecnológico de la Policía Federal, mediante el desarrollo de investigación científica en campo y laboratorio dirigido a las áreas de oportunidad identificadas, con la finalidad de apoyar al cumplimiento de los objetivos institucionales de prevención y combate a los delitos del ámbito federal.
FUNCIONES
· Conducir las acciones para que el personal recopile información que permita realizar investigación científica para desarrollar metodologías y herramientas para la innovación, modernización y desarrollo tecnológico de la Policía Federal.
· Asegurar la aplicación de los mecanismos establecidos para realizar actividades de investigación científica dirigida a las áreas de oportunidad detectadas en las áreas de la Policía Federal.
· Participar en las actividades para establecer vínculos de colaboración con instituciones de educación superior y centros de investigación nacionales e internacionales, que permitan generar soluciones y metodologías en materia de tecnología dirigida a la prevención y combate al delito.
· Asegurar la participación en actividades para solucionar problemas que involucren tecnología, en auxilio de las áreas de la Policía Federal.
· Disponer la aplicación de metodologías y herramientas determinadas para la innovación, modernización y desarrollo tecnológico de la Policía Federal.
· Asegurar la participación en actividades que permitan innovar, modernizar y desarrollar tecnologías existentes.
· Participar en la operación de los laboratorios de investigación científica para desarrollar metodologías y herramientas que coadyuven al desempeño de las funciones de las áreas de la Policía Federal.
· Las demás que le confieran otras disposiciones legales aplicables o aquéllas que le encomiende el inmediato superior.
1.4.3. COORDINACION DE CRIMINALISTICA
OBJETIVO
Coordinar la investigación, análisis y emisión de opiniones o dictámenes de los indicios para el esclarecimiento de los delitos, mediante la evaluación y validación de métodos, procedimientos y técnicas para el análisis en campo y laboratorio de los posibles elementos de prueba, así como el aseguramiento de la cadena de custodia, a fin de auxiliar al cumplimiento de los objetivos institucionales orientados a la prevención y combate del delito, bajo la conducción y mando de las autoridades competentes.
FUNCIONES
· Emitir las directrices que permitan la implementación de la metodología científica definida para procesar los indicios y aplicar los descubrimientos obtenidos en los servicios policiales de cada especialidad.
· Establecer los mecanismos, procedimientos y protocolos de búsqueda de indicios y evidencias en el lugar de los hechos y/o del hallazgo, en los términos de la normatividad aplicable, para su posterior análisis científico-técnico.
· Asegurar que se apliquen los métodos establecidos para el manejo de las evidencias físicas, para prevenir su contaminación, deterioro o destrucción, conforme a la normatividad aplicable a la cadena de custodia.
· Disponer el desarrollo de métodos y técnicas para analizar los indicios que apoyen la investigación para la prevención de los delitos, así como los asociados con el hecho, bajo la conducción y mando del Ministerio Público y en cumplimiento a la normatividad de cadena de custodia, en términos del Código Federal de Procedimientos Penales, para aportar elementos que determinen su existencia, reconstruirlos y/o precisar la intervención de uno o más sujetos en el mismo.
· Controlar el cumplimiento de los procedimientos, protocolos y métodos establecidos para la recolección de evidencia conforme a las particularidades de la escena del delito y actúe con apego a la normatividad aplicable en la materia.
· Controlar la operación de los laboratorios de identificación, técnica policial, innovaciones tecnológicas, analítica y medicina legal, y los que resulten necesarios para cumplir con las atribuciones que le confiere el Reglamento de la Ley de la Policía Federal.
· Definir la aplicación de conocimientos y herramientas científicas conforme a su especialidad, para apoyar la investigación dirigida a la prevención de los delitos.
· Definir las acciones para analizar las pruebas e indicios encontrados en el lugar de los hechos y/o hallazgo, bajo el mando del Ministerio Público, conforme a los términos del Código Federal de Procedimientos Penales.
· Disponer las acciones que permitan supervisar la información que derive de la aplicación de los métodos científicos y/o técnicos, así como de la contenida en los protocolos definidos para las labores de investigación, en el ámbito de su competencia.
· Coordinar los mecanismos de apoyo técnico-científico a las áreas de la Policía Federal, el Ministerio Público y autoridades competentes, previa solicitud, en la búsqueda, preservación, obtención, fijación, embalaje y levantamiento de indicios y pruebas que permitan la investigación de los delitos.
· Disponer la emisión de opiniones, conforme a las disposiciones aplicables, en atención a los casos que requieran conocimientos especiales, técnicos y/o científicos.
· Coordinar la elaboración de propuestas sobre los lineamientos técnicos relacionados a la cadena de custodia, que permitan el manejo adecuado de los indicios y pruebas que serán sometidos a consideración de la autoridad competente.
· Establecer el desarrollo de especialidades forenses con información, ejemplos prácticos, modelos de informes y opiniones, que permitan elaborar referencias de consulta para el personal adscrito a las áreas operativas de investigación.
· Coordinar la elaboración de proyectos de guías y manuales técnicos internos que puedan utilizarse como una herramienta para la formulación de opiniones con conocimiento sustentado, en el marco de la autonomía técnica, conforme a los requerimientos de las autoridades competentes y disposiciones aplicables.
· Coordinar las acciones que permitan planificar los procedimientos internos para realizar el análisis científico de los indicios y escenarios asociados con un presunto hecho delictuoso, conforme a las disposiciones aplicables.