PARTE Resolutiva del Decreto por el que se concede el indulto a Alberto Patishtan Gómez.
"Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.
ENRIQUE PEÑA NIETO, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 89, fracción XIV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y con fundamento en lo dispuesto por el artículo 97 Bis del Código Penal Federal ...
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DECRETO
PRIMERO.- Se concede el indulto a Alberto Patishtan Gómez, respecto de los delitos por los cuales fue sentenciado en el Toca Penal de Apelación 100/2002, del índice del entonces Segundo Tribunal Unitario del Vigésimo Circuito del Poder Judicial de la Federación, cuyos resolutivos se encuentran transcritos en los resultandos de este Decreto.
SEGUNDO.- En virtud del indulto concedido, se extingue la responsabilidad penal de Alberto Patishtan Gómez y, en consecuencia, se decreta su inmediata libertad.
TERCERO.- En términos de lo ordenado en el considerando final, se instruye a los servidores públicos de la Secretaría de Gobernación que realicen las notificaciones correspondientes.
CUARTO.- Notifíquese personalmente a Alberto Patishtan Gómez el presente Decreto y ejecútese. Con posterioridad, publíquese la parte resolutiva en el Diario Oficial de la Federación.
Dado en la residencia del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, a los treinta y un días del mes de octubre de dos mil trece.- Enrique Peña Nieto.- Rúbrica.- El Secretario de Gobernación, Miguel Ángel Osorio Chong.- Rúbrica."