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DOF: 16/06/2016
ACLARACIÓN a la Norma Mexicana NMX-Z-013-SCFI-2015, cuya Declaratoria de vigencia fue publicada el 18 de noviembre de 2015

ACLARACIÓN a la Norma Mexicana NMX-Z-013-SCFI-2015, cuya Declaratoria de vigencia fue publicada el 18 de noviembre de 2015.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía.- Subsecretaría de Competitividad y Normatividad.- Dirección General de Normas.

ACLARACIÓN A LA NORMA MEXICANA NMX-Z-013-SCFI-2015, GUÍA PARA LA ESTRUCTURACIÓN Y REDACCIÓN DE NORMAS (CANCELA A LA NMX-Z-013/1-1977), CUYA DECLARATORIA DE VIGENCIA FUE PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 18 DE NOVIEMBRE DE 2015.
La Secretaría de Economía, por conducto de la Dirección General de Normas, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 34, fracciones II, XIII y XXXIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 3, fracción X, 51-A y 51-B de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 45 y 46 último párrafo del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y 21, fracciones I, IX, XI y XXI del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía, y habiéndose satisfecho el procedimiento previsto por la ley de la materia para estos efectos, expide la aclaración a la Norma Mexicana NMX-Z-013-SCFI-2015 GUÍA PARA LA ESTRUCTURACIÓN Y REDACCIÓN DE NORMAS (CANCELA A LA NMX-Z-013/1-1977), cuya Declaratoria de Vigencia fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el 18 de noviembre de 2015, misma que ha sido elaborada y aprobada bajo la responsabilidad del Comité Técnico de Normalización Nacional de Industrias Diversas, lo que se hace del conocimiento de los productores, distribuidores, consumidores y del público en general.
El texto completo de la norma que se indica puede ser consultado en la Dirección General de Normas de la Secretaría de Economía, ubicada en Avenida Puente de Tecamachalco número 6, colonia Lomas de Tecamachalco, Sección Fuentes, C.P. 53950, Naucalpan de Juárez, Estado de México, así como en la página de Internet http://www.economia-nmx.gob.mx/normasmx/index.nmx
La presente aclaración entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
ÍNDICE DEL CONTENIDO
DICE
DEBE DECIR
7     Redacción de la Concordancia con Normas Internacionales................................. 38
7.1     Generalidades.......................... 38
7.2     Idéntica................................... 38
7.3     Modificada............................... 39
7.4     No equivalente......................... 39
7.5     Ejemplos................................. 39
7     Redacción de la Concordancia con Normas Internacionales.................................. 40
7.1     Generalidades........................... 40
 
ÍNDICE DEL CONTENIDO
DICE
DEBE DECIR
Apéndice D (normativo) Redacción y presentación de términos y definiciones.............................................. 52
...
D.3  Referencias terminológicas en idiomas diferentes del idioma español............................................. 54
Apéndice D (normativo) Redacción y presentación de términos y definiciones............................................. 52
...
D.3  Entradas terminológicas en diferentes secciones lingísticas de un documento....................................... 54
 
 
Capítulo 2
DICE
2 Referencias normativas
...
Nota explicativa nacional
A continuación se indica el grado de concordancia de las Normas Internacionales señaladas en las referencias normativas respecto a las normas:
Norma Internacional
Norma Mexicana
Grado de concordancia
ISO 128-30:2001
NMX-DT-128-30-IMNC-2010
Equivalente
ISO 128-34:2001
No hay
-
ISO 128-40:2001
No hay
-
ISO 128-44:2001
No hay
-
ISO 639-1
No hay
-
ISO 690
No hay
-
ISO 3098-2
NMX-DT-3098-0-IMNC-2009
Equivalente
ISO 7000
No hay
-
ISO 14617 (all parts)
No hay
-
ISO 15924
No hay
-
ISO 80000 ( part 3 and 6)
NOM-008-SCFI -2002
Equivalente
IEC 60417
NMX-J-136-ANCE-2007
No Equivalente
IEC 60617
NMX-J-136-ANCE-2007
No Equivalente
IEC 61082-1
No hay
-
IEC 61175
No hay
-
IEC 61355-1
No hay
-
IEC 80000 (Part 6 and 13)
No hay
-
IEC 81346 (all parts)
No hay
-
ISO/IEC 17000
NMX-EC-17000-IMNC-2007
Equivalente
 
 
 
Capítulo 2
DEBE DECIR
2 Referencias normativas
...
-      Norma Mexicana NMX-Z-021/1-SCFI-2015 Adopción de Normas Internacionales, fecha de publicación en el Diario Oficial de la Federación el 2016-01-11
 
 
Nota explicativa nacional
A continuación se indica el grado de concordancia de las Normas Internacionales señaladas en las referencias normativas respecto a las normas:
Norma Internacional
Norma Mexicana
Grado de concordancia
ISO 128-30:2001
NMX-DT-128-30-IMNC-2010
Modificada
ISO 128-34:2001
No hay
-
ISO 128-40:2001
No hay
-
ISO 128-44:2001
No hay
-
ISO 639-1
No hay
-
ISO 690
No hay
-
ISO 3098-2
NMX-DT-3098-0-IMNC-2009
Modificada
ISO 7000
No hay
-
ISO 14617 (all parts)
No hay
-
ISO 15924
No hay
-
ISO 80000 ( part 3 and 6)
NOM-008-SCFI -2002
Modificada
IEC 60417
NMX-J-136-ANCE-2007
No Equivalente
IEC 60617
NMX-J-136-ANCE-2007
No Equivalente
IEC 61082-1
No hay
-
IEC 61175
No hay
-
IEC 61355-1
No hay
-
IEC 80000 (Part 6 and 13)
No hay
-
IEC 81346 (all parts)
No hay
-
ISO/IEC 17000
NMX-EC-17000-IMNC-2007
Modificada
 
 
 
 
Capítulo 3
DICE
DEBE DECIR
3 Términos y definiciones
....
3.4 Estado del arte (estado de la técnica)
etapa de desarrollo de una competencia técnica en un momento dado, relacionado con productos, procesos y servicios, basada en los descubrimientos consolidados de la ciencia, tecnología y la experiencia.
[Fuente: Guía ISO/IEC 2:2004, definición 1.4, traducida]
3 Términos y definiciones
....
3.4 Estado del arte (estado de la técnica)
etapa de desarrollo de una competencia técnica en un momento dado, relacionado con productos, procesos y servicios, basada en los descubrimientos consolidados de la ciencia, tecnología y la experiencia.
[Fuente: Guía ISO/IEC 2:2004, definición 1.4, traducida]
3.5
Sistema Integral de Normas y Evaluación de la Conformidad (SINEC)
Proceso de administración electrónico de Normalización a cargo de la Dirección General de Normas.
 
Capítulo 5
DICE
DEBE DECIR
5 Estructura
5.1 Subdivisión del contenido
5.1.1 Generalidades
Las normas son tan variadas que no se pueden establecer reglas universalmente aceptables para la subdivisión del contenido.
5 Estructura
5.1 Subdivisión del contenido
5.1.1 Generalidades
Las normas son tan variadas que no se pueden establecer reglas universalmente aceptables para la subdivisión del contenido.
Para la elaboración, revisión y actualización de las normas, el SINEC asignará automáticamente un número alfanumérico de identificación electrónico, con el siguiente formato:
SINEC-AAAAMMDDHHMMSSmmm
El número SINEC debe indicarse en la publicación del Diario Oficial de la Federación y en la norma.
 
Capítulo 7
DICE
DEBE DECIR
7 Redacción de la Concordancia con Normas Internacionales
7.1      Generalidades
En este capítulo se establece la redacción de la concordancia de las normas con las Normas Internacionales.
Para la comparación de las normas con las Normas Internacionales correspondientes es fundamental la indicación de su concordancia para entender con rapidez su relación. Se presenta una clasificación esquemática de los tres grados de concordancia (véanse los incisos 7.2 a 7.4).
7.2       Idéntica
La norma es idéntica a la Norma Internacional en las siguientes condiciones:
a)   la norma es idéntica en contenido técnico, estructura y redacción (o es una traducción idéntica); o
b)   la norma es idéntica en contenido técnico y estructura, aunque puede contener los siguientes cambios editoriales mínimos:
-     sustitución de una coma decimal por un punto decimal;
-     corrección de cualquier error de imprenta (por ejemplo, errores de escritura) o cambios en la numeración de páginas;
-     eliminación de texto en uno o varios idiomas de una Norma Internacional multilinge;
-     inclusión de cualquier errata o enmienda técnica emitida a la Norma Internacional;
-     cambios al título para que sea consistente con una clave nacional existente, acorde a la rama industrial correspondiente;
-     sustitución de "esta Norma Internacional" por "esta norma";
-          inclusión de cualquier material informativo nacional (por ejemplo, apéndices informativos que no alteren, agreguen o eliminen elementos de las
7 Redacción de la Concordancia con Normas Internacionales
7.1      Generalidades
En este capítulo, para la redacción de la concordancia de las normas con las Normas Internacionales debe aplicarse de acuerdo con la NMX-Z-021/1-SCFI-2015.
Para la comparación de las normas con las Normas Internacionales correspondientes es fundamental la indicación de su concordancia para entender su relación. Se enuncian los tres grados de concordancia:
a)    Idéntica
b)    Modificada
c)    No equivalente
NOTA: para mayor información de los grados de concordancia ver NMX-Z-021/1-SCFI-2015.
 
disposiciones de la Norma Internacional); los ejemplos de material informativo son recomendaciones para los usuarios, orientación de capacitación o formularios o informes sugeridos;
-     eliminación de material informativo preliminar de la Norma Internacional;
-     cambios de redacción; y
-     adición, para fines informativos, de valores recalculados de unidades de cantidad en los que se utiliza un sistema de medición diferente al utilizado en México.
Por lo tanto, se cumple el "principio de viceversa".
NOTA:  Cualquier cambio en el diseño del documento (por ejemplo, en relación a la numeración de páginas, el tipo de letra y el tamaño, etc.), en especial en un entorno de edición electrónica, no ejerce impactos en el grado de concordancia.
7.3       Modificada
La norma está modificada en relación a la Norma Internacional (ver 7.5 b)) si las desviaciones técnicas que están permitidas, están claramente identificadas y explicadas. La norma refleja la estructura de la Norma Internacional, pero se permiten cambios en la estructura, siempre que la estructura alterada permita la fácil comparación del contenido de las dos normas. Las normas modificadas también incluyen los cambios permitidos bajo concordancia idéntica como lo indica el inciso 7.2.
7.4      No equivalente
La norma no es equivalente a la Norma Internacional en contenido técnico y estructura, y no se han identificado claramente los cambios. La concordancia no es clara y evidente entre la norma y la Norma Internacional. Adicionalmente se debe mencionar la razón por la que no existe dicha concordancia, por ejemplo:
a)   por no existir una Norma Internacional sobre el tema tratado (ver 7.5 c)); y
b)   por no poder establecer una concordancia con el concepto internacional tratado en la Norma Internacional (ver 7.5 d)) debido a las siguientes razones....
Esta categoría de concordancia no constituye una adopción.
7.5       Ejemplos:
a)   Cuando la concordancia es total puede ser dos casos y debe decir:
"Esta norma coincide totalmente1) con la Norma Internacional "Nomenclatura, título, ed (año-mes)".
____________ (colocar el texto siguiente al pie de página)
1)     Esta norma es idéntica (IDT) con la Norma Internacional "Nomenclatura, título, edición (año-mes)".
1) Esta norma es equivalente (IDT) con la Norma Internacional "Nomenclatura, título, edición (año-mes)"
 
1) Esta norma es equivalente (IDT) con la Norma Internacional "Nomenclatura, título, edición (año-mes)"
 
b)   Cuando la concordancia es parcial debe decir:
Esta norma coincide básicamente1) con la Norma Internacional "Nomenclatura, título, ed (año-mes)" y difiere en los siguientes puntos. Se debe indicar claramente y en forma sucinta los puntos de desviación técnica y la justificación que motiva tales discrepancias:
En esta tabla debe indicarse las desviaciones nacionales
Capítulo/Inciso al que aplica la diferencia
Desviación Técnica / Justificación
 
 
 
 
 
 
 
____________ (colocar el texto siguiente al pie de página)
1)     Esta norma, es modificada (MOD) con respecto a la Norma "Nomenclatura, título, edición (año-mes)".
c)   Cuando no existe concordancia con alguna Norma Internacional debe decir:
Esta norma no coincide1) con ninguna Norma Internacional, por no existir esta última al momento de elaborar la Norma.
____________ (colocar el texto siguiente al pie de página)
1)     Esta norma no es equivalente (NEQ) con alguna Norma Internacional.
d)   Cuando exista Norma Internacional sobre el tema tratado pero no es posible concordar con el concepto Internacional por razones particulares del país debe decir:
Esta norma no coincide1) con la Norma Internacional "Nomenclatura, título, ed (año-mes)", ya que no es posible concordar con la Norma Internacional por las razones siguientes:
(Indicar claramente por qué no es posible concordar)
____________ (colocar el texto siguiente al pie de página)
1)         Esta norma no es equivalente (NEQ) con la Norma "Nomenclatura, título, edición (año-mes)".
 
 
Capítulo 8
DICE
DEBE DECIR
8 Concordancia con Normas Internacionales
Esta Norma Mexicana no coincide2 con ninguna Norma Internacional, por no existir esta última al momento de elaborar la Norma.
8 Concordancia con Normas Internacionales
Esta Norma Mexicana no es equivalente (NEQ) con ninguna Norma Internacional, por no existir esta última al momento de su elaboración.
 
 
Ciudad de México, a 26 de mayo de 2016.- El Director General de Normas y Secretariado Técnico de la Comisión Nacional de Normalización, Alberto Ulises Esteban Marina.- Rúbrica.
 

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