ACUERDO número 09/07/16 por el que se modifican las Reglas de Operación del Programa Nacional de Becas para el ejercicio fiscal 2016, emitidas mediante diverso número 16/12/15, publicado el 30 de diciembre de 2015.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Educación Pública.
AURELIO NUÑO MAYER, Secretario de Educación Pública, con fundamento en los artículos 1o., último párrafo, 3o. y 4o., primer párrafo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 17, 38 y 45 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 2o., 3o., 7o., 8o., 9o., 32 y 33, fracción VIII de la Ley General de Educación; 12, fracción V y 17, fracción II de la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres; 41, fracción II y 45 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia; 57 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes; 1 y 77 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 1, 3, fracciones XI, XIV, XXI, XXII y penúltimo y último párrafos, 17, fracción V, 24, 25, 28, 29, 30, 39, 40, 42 y Anexos 10, 13, 14, 17, 18, 19, 25 y 26 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2016; 176 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 1, 4 y 5 del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública, y
CONSIDERANDO
Que la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria dispone en su artículo 77, segundo párrafo que las dependencias y las entidades, a través de sus respectivas dependencias coordinadoras de sector, serán responsables de emitir las Reglas de Operación respecto de los programas que inicien su operación en el ejercicio fiscal siguiente o, en su caso, las modificaciones a aquellas que continúen vigentes, previa autorización presupuestaria de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y dictamen de la Comisión Federal de Mejora Regulatoria;
Que con fecha 30 de diciembre de 2015, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo número 16/12/15 por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa Nacional de Becas para el ejercicio fiscal 2016;
Que las Reglas de Operación del Programa Nacional de Becas para el ejercicio fiscal 2016 establecen en su numeral 2.1 que el referido Programa tiene como objetivo general contribuir a asegurar mayor cobertura, inclusión y equidad educativa entre todos los grupos de la población para la construcción de una sociedad más justa mediante el otorgamiento de becas y/o apoyos a los/as estudiantes y personal académico del Sistema Educativo Nacional. Asimismo, en su numeral 2.2, en la tabla de información específica de cada una de las becas, prevé la Beca para prácticas como Anexo 5, que otorgará entre otras unidades administrativas, la Dirección General de Educación Superior para Profesionales de la Educación;
Que se requiere llevar a cabo la modificación al numeral 3.4 "Características de los apoyos (tipo y monto)", en su tabla de porcentajes máximos de gastos indirectos, en su rubro de "Sector Central", con la finalidad de incrementar el porcentaje inicialmente asignado que serán aplicados por la Dirección General de Educación Superior para Profesionales de la Educación en su carácter de instancia ejecutora para la adecuada implementación de la referida Beca;
Que se cuenta con el oficio número 315-A-00973 de fecha 18 de abril de 2016 de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público mediante el cual emite la autorización presupuestaria de la modificación a que se refiere el presente Acuerdo;
Que la Comisión Federal de Mejora Regulatoria, mediante oficio número COFEME/16/2014 de fecha 10 de mayo de 2016 ha emitido el dictamen regulatorio correspondiente, y
Que en razón de lo anterior he tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO NÚMERO 09/07/16 POR EL QUE SE MODIFICAN LAS REGLAS DE OPERACIÓN DEL
PROGRAMA NACIONAL DE BECAS PARA EL EJERCICIO FISCAL 2016, EMITIDAS MEDIANTE
DIVERSO NÚMERO 16/12/15, PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 30 DE
DICIEMBRE DE 2015
ÚNICO.- Se modifican las Reglas de Operación del Programa Nacional de Becas para el ejercicio fiscal 2016, las cuales se detallan en el anexo del presente Acuerdo.
TRANSITORIO
ÚNICO.- El presente Acuerdo entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Ciudad de México, 11 de julio de 2016.- El Secretario de Educación Pública, Aurelio Nuño Mayer.- Rúbrica.
ANEXO
ÚNICO.- Se MODIFICA la tabla de porcentajes máximos de gastos indirectos, en su rubro de "Sector Central", correspondiente a la Dirección General de Educación Superior para Profesionales de la Educación (DGESPE) del numeral "3.4 Características de los apoyos (tipo y monto)" de las Reglas de Operación del Programa Nacional de Becas para el ejercicio fiscal 2016, emitidas mediante Acuerdo número 16/12/15, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de diciembre de 2015, para quedar como sigue:
"3.4. Características de los apoyos (tipo y monto)
...
...
...
...
...
...
...
Con la finalidad de garantizar una óptima operación del Programa, de acuerdo al presupuesto autorizado las instancias ejecutoras del mismo destinarán como porcentaje máximo de gastos indirectos establecido de la siguiente manera:
Sector Central |
Instancia ejecutora | % máximo de gastos indirectos Hasta |
... | ... |
... | ... |
... | ... |
... | ... |
DGESPE | 5.0 |
... | ... |
Órganos desconcentrados |
Instancia ejecutora | % máximo de gastos indirectos Hasta |
... | ... |
... | ... |
... | ... |
... | ... |
Organismos descentralizados |
Instancia ejecutora | % máximo de gastos indirectos Hasta |
... | ... |
... | ... |
... | ... |
... | ... |
... | ... |
Universidades Públicas Federales |
Instancia ejecutora | % máximo de gastos indirectos Hasta |
... | ... |
... | ... |
... | ... |
... | ... |
..."