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DOF: 03/10/2016
DECLARATORIA de vigencia de la Norma Mexicana NMX-FF-128-SCFI-2016

DECLARATORIA de vigencia de la Norma Mexicana NMX-FF-128-SCFI-2016.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía.- Subsecretaría de Competitividad y Normatividad.- Dirección General de Normas.

DECLARATORIA DE VIGENCIA DE LA NORMA MEXICANA NMX-FF-128-SCFI-2016, PRODUCTOS AVÍCOLASâCARNE DE POLLO DE ENGORDA EN CANAL Y EN PIEZASâCLASIFICACIÓN (CANCELA A LA NMX-FF-080-SCFI-2006).
La Secretaría de Economía, por conducto de la Dirección General de Normas, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 34, fracciones II, XIII y XXXIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 3, fracción X, 51-A, 51-B y 54 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 45 y 46 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y 21, fracciones I, IX, XI y XXI del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía y habiéndose satisfecho el procedimiento previsto por la ley de la materia para estos efectos, expide la Declaratoria de Vigencia de la Norma Mexicana que se enlista a continuación, misma que ha sido elaborada y aprobada por el Comité Técnico de Normalización Nacional de Productos Agrícolas y Pecuarios, lo que se hace del conocimiento de los productores, distribuidores, consumidores y del público en general.
El texto completo del documento que se indica puede ser consultado gratuitamente en la Dirección General de Normas de esta Secretaría, ubicada en Avenida Puente de Tecamachalco número 6, colonia Lomas de Tecamachalco, Sección Fuentes, Naucalpan de Juárez, código postal 53950, Estado de México, así como en la página de internet: http://www.economia-nmx.gob.mx/normasmx/index.nmx. SINEC-20160826120715705.
La presente Norma Mexicana NMX-FF-128-SCFI-2016 entrará en vigor 60 días naturales a partir del día siguiente de la publicación de esta Declaratoria de vigencia en el Diario Oficial de la Federación.
CLAVE O CÓDIGO
TÍTULO DE LA NORMA MEXICANA
NMX-FF-128-SCFI-2016
PRODUCTOS AVÍCOLASâCARNE DE POLLO DE ENGORDA EN CANAL Y EN PIEZASâCLASIFICACIÓN (CANCELA A LA NMX-FF-080-SCFI-2006).
Objetivo y campo de aplicación
La presente Norma Mexicana establece las características de calidad que permiten la clasificación del pollo de engorda en canal y en piezas, destinado para consumo humano y su comercialización en el territorio nacional.
La presente Norma Mexicana aplica al producto designado como pollo en canal y en piezas que se produce o comercializa en el Territorio Nacional. Aplica a los establecimientos Tipo Inspección Federal autorizados para el procesamiento de esta especie y su cumplimiento no exime a los integrantes de la cadena de la observancia de las disposiciones y regulaciones vigentes.
Concordancia con normas internacionales
La presente Norma Mexicana no es equivalente (NEQ) con ninguna Norma Internacional por no existir ésta al momento de su elaboración.
Bibliografía
·  NOM-002-SCFI-2011, Productos pre-envasados, contenido neto, tolerancias y métodos de verificación, publicada en el Diario Oficial de la Federación en 2012/08/10.
·  NOM-008-SCFI-2002, Sistema General de Unidades de Medida, publicada en el Diario Oficial de la Federación en 2002/11/27.
·  NOM-030-SCFI-2006, Información comercial, declaración de cantidad en la etiquetaâEspecificaciones, publicada en el Diario Oficial de la Federación en 2006/11/06.
·  NOM-008-ZOO-1994, Especificaciones zoosanitarias para la construcción y equipamiento de establecimientos para el sacrificio de animales y los dedicados a la industrialización de productos cárnicos, en aquellos puntos que resulten procedentes publicada en el Diario Oficial de la Federación en 1994/11/16. Modificado en 1999/02/10.
·  Acuerdo por el que se da a conocer la Campaña y las Medidas Zoosanitarias que deberán aplicarse para el Diagnóstico, Prevención, Control y Erradicación de la Influenza Aviar Notificable, en las zonas del Territorio de los Estados Unidos Mexicanos en las que se encuentre presente esa enfermedad. Publicado en el Diario Oficial de la Federación en 2011/06/21.
·  Acuerdo por el que se modifica el diverso por el que se determinan los aditivos y coadyuvantes en alimentos, bebidas y suplementos alimenticios, su uso y disposiciones sanitarias, publicado el 16 de julio de 2012. Publicado en el Diario Oficial de la Federación en 2016/05/16.
·  Avitecnia. Manejo de las Aves domésticas más comunes. Quintana L. J. A., Editorial Trillas, México, 1999.
·  Texas Agricultural Extension Service-The Texas A & M University System. The Poultry Buyers Guide. North American Meat Processors Association (NAMP). Wiley, 2004.
 
Ciudad de México, a 26 agosto de 2016.- El Director General de Normas y Secretariado Técnico de la Comisión Nacional de Normalización, Alberto Ulises Esteban Marina.- Rúbrica.
 

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