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DOF: 06/04/2017
CIRCULAR Modificatoria 2/17 de la Única de Seguros y Fianzas

CIRCULAR Modificatoria 2/17 de la Única de Seguros y Fianzas.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Comisión Nacional de Seguros y Fianzas.

CIRCULAR MODIFICATORIA 2/17 DE LA ÚNICA DE SEGUROS Y FIANZAS
(Anexos 34.1.21-b y 34.2.2-b)
La Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 366, fracción II, 372, fracciones VI y XLII, 373 y 381 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, y
CONSIDERANDO
Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 107 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, en concordancia con el Capítulo 34.1. de la Circular Única de Seguros y Fianzas es competencia de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas llevar el Registro General de Reaseguradoras Extranjeras en el que aparecen las reaseguradoras de primer orden del exterior que reúnen requisitos de solvencia y estabilidad para efectuar las operaciones y cumplir con la diversificación de las responsabilidades que las instituciones y sociedades mutualistas de seguros e instituciones de fianzas del país asuman; lo cual implica dar seguimiento a los movimientos de inscripción y cancelación de inscripción de reaseguradoras extranjeras en el citado Registro, así como los cambios en la situación jurídica que presenten tales entidades del exterior.
Que las entidades del exterior, en términos de lo previsto en la Disposición 34.2.1. de la Circular Única de Seguros y Fianzas, informarán a la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas de los suscriptores facultados con los que tengan celebrados acuerdos de aceptación de riesgos y/o responsabilidades en reaseguro y/o reafianzamiento en el país, así como los alcances y características otorgadas, resultando de especial importancia que la citada Comisión haga del conocimiento de los sectores asegurador y afianzador, así como de los intermediarios de reaseguro, sobre tales suscriptores facultados.
Que en virtud de lo anterior, resulta necesario actualizar los Anexos 34.1.21-b y 34.2.2-b de la Circular Única de Seguros y Fianzas con la información relativa al otorgamiento de inscripción en el Registro General de Reaseguradoras Extranjeras de las reaseguradoras de primer orden del exterior que reúnan requisitos de solvencia y estabilidad para efectuar las operaciones y cumplir con la diversificación de las responsabilidades que las instituciones y sociedades mutualistas de seguros e instituciones de fianzas del país asuman, así como de la cancelación de tal inscripción en casos determinados, cambios de denominación y finalmente, sobre la información que dichas reaseguradoras proporcionan a la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas respecto de las personas morales que suscriben riesgos en reaseguro o responsabilidades en reafianzamiento, en su nombre y representación (suscriptores facultados).
Por lo anteriormente expuesto, la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas ha resuelto expedir la siguiente modificación a la Circular Única de Seguros y Fianzas en los siguientes términos:
CIRCULAR MODIFICATORIA 2/17 DE LA ÚNICA DE SEGUROS Y FIANZAS
(Anexos 34.1.21-b y 34.2.2-b)
ÚNICA.- Se modifican los Anexos 34.1.21-b y 34.2.2-b de la Circular Única de Seguros y Fianzas.
TRANSITORIA
ÚNICA.- La presente Circular Modificatoria entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Lo anterior se hace de su conocimiento, con fundamento en los artículos 366, fracción II, 372, fracciones VI y XLII, 373 y 381 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas.
Atentamente
Sufragio Efectivo. No Reelección.
Ciudad de México, 24 de marzo de 2017.- La Presidenta de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, Norma Alicia Rosas Rodríguez.- Rúbrica.
 
ANEXO 34.1.21-b.
INSCRIPCIONES, CANCELACIONES, CAMBIOS DE DENOMINACIÓN O UBICACIÓN DE ENTIDADES ASEGURADORAS Y REASEGURADORAS DEL EXTRANJERO INSCRITAS EN EL RGRE
Del 1o. de agosto de 2016 al 28 de febrero de 2017.
a)    Otorgamiento de inscripción.
Oficio SHCP/CNSF
Fecha
Asunto
...
...
...
06-C00-41100/23936
11/08/2016
BERKSHIRE HATHAWAY SPECIALTY INSURANCE COMPANY, para proporcionar los servicios de reaseguro y reafianzamiento en la República Mexicana. RGRE-1209-16-C0000.
06-C00-41100/27675
13/09/2016
NACIONAL DE REASEGUROS, S.A., para proporcionar los servicios de reaseguro en la República Mexicana. RGRE-1210-16-C0000.
06-C00-41100/30891
20/10/2016
AMLIN INSURANCE SE, para proporcionar los servicios de reaseguro en la República Mexicana. RGRE-1211-16-C0000.
06-C00-41100/33274
16/11/2016
TRANSRE LONDON LIMITED, para proporcionar los servicios de reaseguro en la República Mexicana. RGRE-1212-16-C0000.
06-C00-41100/34855
06/12/2016
W.R. BERKLEY EUROPE AG, para llevar a cabo operaciones de reaseguro en la República Mexicana. RGRE-1213-16-C0000.
06-C00-41100/34839
05/12/2016
MARKEL AMERICAN INSURANCE COMPANY, para llevar a cabo operaciones de reaseguro en la República Mexicana. RGRE-1214-16-C0000.
06-C00-41100/01209
23/01/2017
HDI GLOBAL NETWORK AG, para proporcionar los servicios de reaseguro en la República Mexicana. RGRE-1215-16-C0000.
06-C00-41100/02907
13/02/2017
STARR INTERNATIONAL (EUROPE) LIMITED, para llevar a cabo operaciones de reaseguro en la República Mexicana. RGRE-1216-17-C0000.
 
b)    Cancelación de inscripción.
Oficio
Fecha
Asunto
...
...
...
06-C00-41100/33445
17/11/2016
Se cancela la inscripción de AXA ART INSURANCE LIMITED. RGRE-473-97-320700.
06-C00-41100/02135
07/02/2017
Se cancela la inscripción de ISTMO COMPAÑÍA DE REASEGUROS, INC. RGRE-1002-09-310578.
 
c)    Cambio de denominación o ubicación.
Oficio SHCP/CNSF
Fecha
Asunto
...
...
...
06-C00-41100/28133
19/09/2016
ACE BERMUDA INSURANCE LTD a CHUBB BERMUDA INSURANCE LTD. con número de registro RGRE-475-97-320684.
06-C00-41100/31014
24/10/2016
ACE BERMUDA INTERNATIONAL INSURANCE (IRELAND) LIMITED a CHUBB BERMUDA INTERNATIONAL INSURANCE IRELAND DESIGNATED ACTIVITY COMPANY, con número de registro RGRE-1139-14-328990.
06-C00-41100/32200
03/11/2016
IRONSHORE EUROPE LIMITED a IRONSHORE EUROPE DESIGNATED ACTIVITY COMPANY, con número de registro RGRE-1113-13-328929.
06-C00-41100/32205
03/11/2016
ENDURANCE REINSURANCE CORPORATION OF AMERICA a ENDURANCE ASSURANCE CORPORATION, con número de registro RGRE-1053-10-328446.
06-C00-41100/32651
10/11/2016
ATRADIUS REINSURANCE LIMITED a ATRADIUS REINSURANCE DESIGNATED ACTIVITY COMPANY, con número de registro RGRE-901-05-326915.
06-C00-41100/34353
29/11/2016
AMLIN AG a MS AMLIN AG, con número de registro RGRE-910-06-327292.
06-C00-41100/34857
06/12/2016
STARSTONE INSURANCE PLC a STARSTONE INSURANCE SE, con número de registro RGRE-988-08-327951.
06-C00-41100/00826
16/01/2017
ARCH REINSURANCE EUROPE UNDERWRITING LIMITED a ARCH REINSURANCE EUROPE UNDERWRITING DESIGNATED ACTIVITY COMPANY, con número de registro RGRE-993-09-327988.
 
d) ...
ANEXO 34.2.2-b.
INCORPORACIÓN DE SUSCRIPTORES FACULTADOS
Del 1o. de agosto de 2016 al 28 de febrero de 2017.
No.
Suscriptor
Facultado
Entidad del
Exterior
 
No.
RGRE
Límite de
Responsabilidad
Riesgo
Vigencia
...
...
...
...
...
...
...
12
Sutton Special Risk Inc.
Sindicatos Brit
Syndicate 2987
(Brit Syndicates
Limited) y
Aspen
Syndicate 4711
(Aspen
Managing
Agency
Limited),
ambos de
Lloyd's.
RGRE-001-85-300001
Límite Máximo (por todos
tipos de responsabilidad):
Desde USD 5,000,000
hasta USD 20,000,000
Duración de contratos
suscritos: 24 meses
Duración máximo de
contratos suscritos: 27
meses
El Suscriptor
Facultado está
autorizado por los
siguientes ramos
de reaseguro:
Límite alto en
muerte accidental
y desmembra-
miento, muerte
accidental y
desmembra-
miento (grupo
facultativo),
muerte accidental
y desmembra-
miento (riesgo de
guerra), muerte
accidental y
desmembra-
miento (riesgos
inusuales),
asistencia
industrial, cúmulos
conocidos,
cúmulos no
conocidos, muerte
accidental en viaje
y desmembra-
miento, prestación
de cobertura
contra accidentes,
emergencias
médicas fuera de
provincias,
accidentes
personales
variados, contratos
catastróficos y de
cuota parte.
Hasta el 30
de septiem-
bre del
2016.
 
 
13
Global Business Reinsurance Group LLC
Best Meridian Insurance Company.
RGRE-1176-15-328941
Los límites de
responsabilidad se
determinan conforme el
nivel del funcionario y de
la operación conforme a
lo siguiente:
Cargo: AVP (Vice
Presidente Asistente),
riesgo: EUA$1,400,000,
catástrofes:
EUA$14,000,000.
Cargo: VP (Vice
Presidente),
riesgo: EUA$1,700,000,
catástrofes:
EUA$17,000,000.
Cargo: SVP (Vice
Presidente Senior),
riesgo: EUA$2,000,000,
catástrofe:
EUA$20,000,000.
Cobertura de
Catástrofes y
Riesgo por
operaciones en
todo el territorio de
los Estados
Unidos Mexicanos.
3 de
octubre de
2016 al 31
de
diciembre
de 2016.
y
1 ° de enero
de 2017 al
31 de
diciembre
de 2017
____________________________
 

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