|
DOF: 04/05/2017 |
SEGUNDA Actualización de la Edición 2016 del Cuadro Básico y Catálogo de Medicamentos SEGUNDA Actualización de la Edición 2016 del Cuadro Básico y Catálogo de Medicamentos. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejo de Salubridad General. La Comisión Interinstitucional del Cuadro Básico de Insumos del Sector Salud, con fundamento en los artículos 4o. de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 17 fracción V y 28 de la Ley General de Salud; 9o. fracción III, 15 fracción II y 17 del Reglamento Interior del Consejo de Salubridad General; Primero, Tercero fracción I, cuarto, quinto y sexto fracciones I y XIV del Acuerdo por el que se establece que las instituciones públicas del Sistema Nacional de Salud sólo deberán utilizar los insumos establecidos en el cuadro básico para el primer nivel de atención médica y, para segundo y tercer nivel, el catálogo de insumos, y 1, 2, 4, 5, 7 fracciones I y II, 14 fracción I, 26, 50, 51, 57, 58 y 59 del Reglamento Interior de la Comisión Interinstitucional del Cuadro Básico y Catálogo de Insumos del Sector Salud, y CONSIDERANDO Que mediante el Acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación, el 24 de diciembre de 2002, se estableció que las instituciones públicas del Sistema Nacional de Salud sólo deberán utilizar los insumos establecidos en el cuadro básico para el primer nivel de atención médica y para segundo y tercer nivel, el catálogo de insumos, se creó el Cuadro Básico y Catálogo de Medicamentos. Que la Edición 2015 del Cuadro Básico y Catálogo de Medicamentos se publicó de manera íntegra en el Diario Oficial de la Federación el 29 de enero de 2016 y a partir de esa fecha se efectuaron catorce actualizaciones, las que se incorporan a la Edición 2016, con la finalidad de tener al día la lista de medicamentos para que las instituciones de salud pública atiendan los problemas de salud de la población mexicana. Que para facilitar la identificación de las actualizaciones que se publicarán posterior a la edición 2016, la Comisión Interinstitucional del Cuadro Básico de Insumos del Sector Salud aprobó reiniciar la nomenclatura de las actualizaciones con el primer número ordinal, haciendo referencia a la Edición 2016. Que la aplicación del Cuadro Básico y Catálogo de Insumos en la Administración Pública Federal, ha permitido contar con un sistema único de clasificación y codificación de insumos para la salud, lo cual ha contribuido a homogeneizar las políticas de adquisición de las instituciones públicas federales del Sistema Nacional de Salud. Que en reunión del 10 de noviembre de 2009, la Comisión Interinstitucional del Cuadro Básico y Catálogo de Insumos del Sector Salud, aprobó la modificación de la clave a 12 dígitos, con la finalidad de identificar las diferentes presentaciones del envase con los dos últimos dígitos, así como también uniformar la información en la adquisición de insumos por las instituciones. Que conforme al artículo 51 del Reglamento Interior de la Comisión Interinstitucional del Cuadro Básico y Catálogo de Insumos del Sector salud, las actualizaciones del Cuadro Básico y Catálogo, que se aprueben en las actas respectivas, surtirán sus efectos al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. Que en atención a las anteriores consideraciones, la Comisión interinstitucional del Cuadro Básico y Catálogo de Insumos del Sector salud, expide la Segunda Actualización de la Edición 2016 del Cuadro Básico y Catálogo de Medicamentos. SEGUNDA ACTUALIZACIÓN DE LA EDICIÓN 2016 DEL CUADRO BÁSICO Y CATÁLOGO DE MEDICAMENTOS INCLUSIONES CATÁLOGO GRUPO 13. NEUMOLOGÍA CITRATO DE CAFEÍNA Clave | Descripción | Indicaciones | Vía de administración y Dosis | 010.000.6083.00 010.000.6083.01 | SOLUCIÓN INYECTABLE-SOLUCIÓN ORAL Cada mililitro contiene: Citrato de cafeína 20 mg equivalente a 10 mg de cafeína Envase con 10 frascos ámpula con 3 ml (30 mg de cafeína/3 ml). Envase con 10 frascos ámpula con 1 ml (10 mg de cafeína/1 ml). | Tratamiento de la apnea del prematuro a corto plazo, en recién nacidos prematuros < 37 semanas de edad gestacional. | Intravenosa. Niños recién nacidos prematuros < 37 semanas de edad gestacional. Dosis de carga: 1 ml/Kg de peso corporal, durante 30 minutos, utilizando una bomba de infusión de jeringa. Dosis de mantenimiento (24 horas después de la dosis de carga): Intravenosa: 0.25 ml/ Kg de peso corporal, durante 10 minutos, cada 24 horas, utilizando una bomba de infusión de jeringa. U Oral (enteral o con el uso de sonda nasogástrica): 0.25 ml/ Kg de peso corporal, durante 10 minutos, cada 24 horas. | GRUPO 17. ONCOLOGÍA BRENTUXIMAB VEDOTIN Clave | Descripción | Indicaciones | Vía de administración y Dosis | 010.000.6085.00 | SOLUCIÓN INYECTABLE Cada frasco ámpula con polvo liofilizado contiene: Brentuximab Vedotin 50 mg Envase con un frasco ámpula con polvo liofilizado. | Linfoma de Hodgkin en recaída o refractario. | Intravenosa. 1.8 mg/Kg de peso corporal administrado por infusión intravenosa aplicada en un lapso de 30 minutos, una vez cada tres semanas. No debe administrarse en forma de inyección intravenosa rápida o en bolo. | CARFILZOMIB Clave | Descripción | Indicaciones | Vía de administración y Dosis | 010.000.6086.00 | SOLUCIÓN INYECTABLE Cada frasco ámpula con polvo liofilizado contiene: Carfilzomib 60 mg Envase con frasco ámpula con polvo liofilizado. | Tratamiento de pacientes con mieloma múltiple en recaída y refractario, y que hayan recibido cuando menos dos terapias previas, incluyendo bortezomib y un agente inmunomodulador. | Intravenosa, Adultos: Dosis de 20 mg/m2 de superficie corporal en el ciclo 1 en los días 1 y 2. De ser tolerado, la dosis deberá incrementarse a 27 mg/m2 de superficie corporal en el día 8 del ciclo 1. administrar por vía intravenosa en dos días consecutivos, cada semana durante tres semanas (días 1, 2, 8, 9, 15 y 16), seguido de un periodo de descanso de 12 días (días 17 a 28). | MODIFICACIONES (Se identifican por estar en letras cursivas y subrayadas) CATÁLOGO GRUPO 3. CARDIOLOGÍA ALPROSTADIL Clave | Descripción | Indicaciones | Vía de administración y Dosis | 010.000.5631.00 010.000.5631.01 | SOLUCIÓN INYECTABLE Cada ampolleta con liofilizado o solución contiene: Alprostadil 20 µg Envase con una ampolleta con liofilizado. Envase con 5 ampolletas con 1 ml de solución cada una (20 µg/ml). | Tratamiento de la enfermedad arterial oclusiva periférica, estadios III y IV cuando esté contraindicada la cirugía. | Intravenosa. Adultos: 40 µg dos veces al día. | GRUPO 5. ENDOCRINOLOGÍA Y METABOLISMO OCTREOTIDA Clave | Descripción | Indicaciones | Vía de administración y Dosis | 010.000.5171.00 010.000.5171.01 010.000.5171.02 | SUSPENSIÓN INYECTABLE Cada frasco ámpula contiene: Acetato de octreotida equivalente a 20 mg de octreotida Envase con un frasco ámpula y dos ampolletas con diluyente. Envase con un frasco ámpula y una jeringa prellenada con 2.5 ml de diluyente. Envase con un frasco ámpula y una jeringa prellenada con 2 ml de diluyente. | Acromegalia. Tumores endócrinos gastro-pancreáticos funcionales | Intramuscular profunda. Adultos: 10-30 mg cada 4 semanas. | DISPOSICIONES TRANSITORIAS Primera. Las partes involucradas en la producción y adquisición de estos insumos cuentan con un plazo de 120 días, a partir de la fecha de publicación del presente acuerdo, para agotar sus existencias, así como para realizar los ajustes necesarios en los casos de inclusiones y modificaciones. México, Ciudad de México, a 28 de marzo de 2017.- La Comisión Interinstitucional del Cuadro Básico y Catálogo de Insumos el Sector Salud acordó publicar en el Diario Oficial de la Federación la Segunda Actualización de la Edición 2016 del Cuadro Básico y Catálogo de Medicamentos: el Presidente de la Comisión Interinstitucional del Cuadro Básico y Catálogo de Insumos del Sector Salud, Jesús Áncer Rodríguez.- Rúbrica.
En el documento que usted está visualizando puede haber texto, caracteres u objetos que no se muestren correctamente debido a la conversión a formato HTML, por lo que le recomendamos tomar siempre como referencia la imagen digitalizada del DOF o el archivo PDF de la edición.
|
|
|
|
|
|
|
| |
|