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DOF: 26/09/2017 |
ACUERDO por el que no se computarán como días hábiles, para efectos de los trámites y servicios a cargo de la Secretaría de Salud, los días 25, 26, 27, 28 y 29 de septiembre de 2017 ACUERDO por el que no se computarán como días hábiles, para efectos de los trámites y servicios a cargo de la Secretaría de Salud, los días 25, 26, 27, 28 y 29 de septiembre de 2017. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Salud. PABLO ANTONIO KURI MORALES, Subsecretario de Prevención y Promoción de la Salud, en suplencia del Secretario de Salud, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 39 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4 y 28 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, así como 7, fracción XVI y 53 del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, y CONSIDERANDO Que debido al sismo acontecido el 19 de septiembre del año en curso, la Secretaría de Salud, mediante Acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 21 de septiembre del presente año, determinó que los días 19, 20, 21 y 22 de septiembre de 2017, no se computarían como días hábiles dentro de los plazos fijados en las disposiciones jurídicas aplicables para la realización de los trámites y servicios ante las unidades administrativas y órganos administrativos desconcentrados de la misma, y Que a la fecha, no existen las condiciones apropiadas para que esta Dependencia del Ejecutivo Federal cumpla con las funciones relacionadas con los trámites y servicios a que se refiere el párrafo anterior, debido principalmente a las condiciones físicas de algunos de sus inmuebles de oficinas administrativas, subsistiendo las causas que motivaron la expedición del Acuerdo antes citado, he tenido a bien expedir el siguiente: ACUERDO ARTÍCULO ÚNICO.- Los días 25, 26, 27, 28 y 29 de septiembre de 2017, no se computarán como días hábiles dentro de los plazos fijados en las disposiciones jurídicas aplicables para la realización de trámites y servicios ante las unidades administrativas y órganos administrativos desconcentrados de la Secretaría de Salud. TRANSITORIOS PRIMERO.- El presente Acuerdo entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. SEGUNDO.- La Secretaría de Salud, proveerá todo lo necesario para que se mantenga en labores el personal indispensable para no afectar las funciones sustantivas de dicha Dependencia del Ejecutivo Federal. Dado en la Ciudad de México, a los 25 días del mes de septiembre de 2017.- El Subsecretario de Prevención y Promoción de la Salud en suplencia del Secretario de Salud, Pablo Antonio Kuri Morales.- Rúbrica.
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