DOF: 20/12/2017
CIRCULAR Modificatoria 8/17 de la Única de Seguros y Fianzas

CIRCULAR Modificatoria 8/17 de la Única de Seguros y Fianzas.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Comisión Nacional de Seguros y Fianzas.

CIRCULAR MODIFICATORIA 8/17 DE LA ÚNICA DE SEGUROS Y FIANZAS
(Disposición 39.6.2.)
La Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 366, fracción II, 372, fracciones VI y XLII, 373 y 381 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, y
CONSIDERANDO
Que de conformidad con lo previsto en los artículos 367, fracción VI de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, y 4, fracción V del Reglamento Interior de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, para el ejercicio de sus facultades, la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas contará con Delegaciones Regionales.
Que de acuerdo con lo previsto en el Artículo 44 del Reglamento Interior de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, la sede y circunscripción de las Delegaciones Regionales de la citada Comisión será determinada por su Junta de Gobierno a propuesta de su Presidente, mediante acuerdo que se publicará en el Diario Oficial de la Federación.
Que la Disposición 39.6.2 de la Circular Única de Seguros y Fianzas vigente, establece los horarios, días y ubicación de las oficinas de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas correspondientes, entre otros, a las Delegaciones Regionales con las que cuenta, a efecto de que las entidades y personas supervisadas por dicha Comisión lleven a cabo la entrega de información a que se refiere la Disposición 39.6.1 de la misma Circular Única.
Que con la finalidad de actualizar los domicilios de las Delegaciones Regionales con que cuenta la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, precisando la información que se podrá entregar en las oficinas de la citada Comisión, resulta necesario modificar la Disposición 39.6.2 de la Circular Única de Seguros y Fianzas vigente.
Por lo anteriormente expuesto, esta Comisión ha resuelto expedir la siguiente modificación a la Circular Única de Seguros y Fianzas en los siguientes términos:
CIRCULAR MODIFICATORIA 8/17 DE LA ÚNICA DE SEGUROS Y FIANZAS
(Disposición 39.6.2.)
ÚNICA.- Se modifica la Disposición 39.6.2. de la Circular Única de Seguros y Fianzas, para quedar de la siguiente manera:
39.6.2.          ...
I. y II.   ...
III.       Tratándose de la información a que se refiere el artículo 389 de la LISF, otras disposiciones legales, reglamentarias y administrativas, así como los Títulos 32, 33 y 36 de estas Disposiciones y que requiera de entrega física en las instalaciones de la Comisión, su presentación deberá hacerse, en horario de 9:00 a 15:00 horas, en días hábiles, en cualquiera de las siguientes oficinas de la Comisión:
a)   Oficialía de Partes de la Comisión, sita en Avenida Universidad 1868, Colonia Oxtopulco Universidad, 04310, Coyoacán, Ciudad de México;
b)   y c) ...
d)   Delegación Regional Mérida, sita en Av. Prolongación Paseo de Montejo, No. 33, Plaza Península, Interior 3, 4 º Piso, Col. Benito Juárez, 97119, Mérida, Yucatán;
e) y f) ...
TRANSITORIA
ÚNICA.- La presente Circular Modificatoria entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Lo anterior se hace de su conocimiento, con fundamento en los artículos 366, fracción II, 372, fracciones VI y XLII, 373 y 381 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas.
Atentamente
Sufragio Efectivo. No Reelección.
 
Ciudad de México, 11 de diciembre de 2017.- La Presidenta de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, Norma Alicia Rosas Rodríguez-. Rúbrica.
 

En el documento que usted está visualizando puede haber texto, caracteres u objetos que no se muestren correctamente debido a la conversión a formato HTML, por lo que le recomendamos tomar siempre como referencia la imagen digitalizada del DOF o el archivo PDF de la edición.
 


CONSULTA POR FECHA
Do Lu Ma Mi Ju Vi
crear usuario Crear Usuario
busqueda avanzada Búsqueda Avanzada
novedades Novedades
top notas Top Notas
quejas y sugerencias Quejas y Sugerencias
copia Obtener Copia del DOF
versif. copia Verificar Copia del DOF
enlaces relevantes Enlaces Relevantes
Contacto Contáctenos
filtros rss Filtros RSS
historia Historia del Diario Oficial
estadisticas Estadísticas
estadisticas Vacantes en Gobierno
estadisticas Ex-trabajadores Migratorios
INDICADORES
Tipo de Cambio y Tasas al 11/09/2024

DOLAR
20.0583

UDIS
8.249552

TIIE 28 DIAS
10.9675%

TIIE 91 DIAS
11.0536%

TIIE 182 DIAS
11.2014%

TIIE DE FONDEO
10.67%

Ver más
ENCUESTAS

¿Le gustó la nueva imagen de la página web del Diario Oficial de la Federación?

 

0.110712001508857610.jpg 0.192286001221699769.jpg 0.821786001312920061.gif 0.475545001508857915.jpg
Diario Oficial de la Federación

Río Amazonas No. 62, Col. Cuauhtémoc, C.P. 06500, Ciudad de México
Tel. (55) 5093-3200, donde podrá acceder a nuestro menú de servicios
Dirección electrónica: www.dof.gob.mx

113

AVISO LEGAL | ALGUNOS DERECHOS RESERVADOS © 2024