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DOF: 31/01/2018 |
AVISO por el que se comunica al público en general que los días 31 de enero, 1o AVISO por el que se comunica al público en general que los días 31 de enero, 1o. y 2 de febrero de 2018 el Área de Atención al Regulado, Oficialía de Partes y la Unidad de Transparencia de la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos suspenderán actividades y se da a conocer el nuevo domicilio de la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos. AVISO POR EL QUE SE COMUNICA AL PÚBLICO EN GENERAL QUE LOS DÍAS 31 DE ENERO, 1o. Y 2o. DE FEBRERO DE 2018 EL ÁREA DE ATENCIÓN AL REGULADO, OFICIALÍA DE PARTES Y LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA DE LA AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD INDUSTRIAL Y DE PROTECCIÓN AL MEDIO AMBIENTE DEL SECTOR HIDROCARBUROS SUSPENDERÁN ACTIVIDADES Y SE DA A CONOCER EL NUEVO DOMICILIO DE LA AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD INDUSTRIAL Y DE PROTECCIÓN AL MEDIO AMBIENTE DEL SECTOR HIDROCARBUROS. CARLOS SALVADOR DE REGULES RUIZ-FUNES, Director Ejecutivo de la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos, con fundamento en los artículos Décimo Noveno Transitorio, segundo párrafo, del Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en Materia de Energía, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de diciembre de 2013; 1o., 2o., 4o., 5o., fracción XXX, 27, primer párrafo, 31, fracciones I, II y VIII, de la Ley de la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos; 1o., 2o. y 17, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1o., 4o., 28, 30 y 42, primer párrafo, de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 1o., 2o., fracciones I, II y V, 3o., primer párrafo, fracciones I y XLVII, del Reglamento Interior de la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambienten del Sector Hidrocarburos, y 1o., 2o., fracción XXXI, inciso d), antepenúltimo párrafo, 5o., fracción I, 41, 42, 43 y 45 BIS, del Reglamento Interior de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, y CONSIDERANDO Que la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos es un órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría del ramo en materia de Medio Ambiente, con autonomía técnica y de gestión, con atribuciones para regular y supervisar, en materia de Seguridad Industrial, Seguridad Operativa y Protección al Medio Ambiente, las instalaciones y actividades del Sector Hidrocarburos, incluyendo las actividades de desmantelamiento y abandono de instalaciones, así como el control integral de residuos. Que el artículo 28 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo establece que las actuaciones y diligencias administrativas se practicarán en días y horas hábiles. Que el artículo 30 de la citada Ley establece que las diligencias o actuaciones del procedimiento administrativo se efectuarán conforme a los horarios que cada dependencia o entidad de la Administración Pública Federal previamente establezca y publique en el Diario Oficial de la Federación. Que en términos de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, las entidades de la Administración Pública Federal deben establecer las oficinas autorizadas para presentar los trámites que se realicen ante la misma, a fin de dotar al interesado del pleno conocimiento del lugar en donde habrán de llevarse a cabo la recepción de correspondencia, trámites y servicios, notificaciones, diligencias y demás procedimientos administrativos. Que de conformidad con la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública la Agencia, en su carácter de sujeto obligado por dicha ley, tiene la obligación de poner a disposición del público y actualizar, entre otras, la información relativa al domicilio de su Unidad de Transparencia. Que por necesidades del servicio los días 31 de enero, 1o., y 2o., de febrero de 2018 se suspenderán las actividades que desarrollan el Área de Atención al Regulado, Oficialía de Partes y la Unidad de Transparencia de la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos. Que con el fin de dar certeza y seguridad jurídica a los interesados sobre el domicilio donde tendrá su sede la Agencia, se emite el siguiente: AVISO POR EL QUE SE COMUNICA AL PÚBLICO EN GENERAL QUE LOS DÍAS 31 DE ENERO, 1o. Y 2o. DE FEBRERO DE 2018 EL ÁREA DE ATENCIÓN AL REGULADO, OFICIALÍA DE PARTES Y LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA DE LA AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD INDUSTRIAL Y DE PROTECCIÓN AL MEDIO AMBIENTE DEL SECTOR HIDROCARBUROS SUSPENDERÁN ACTIVIDADES Y SE DA A CONOCER EL NUEVO DOMICILIO DE LA AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD INDUSTRIAL Y DE PROTECCIÓN AL MEDIO AMBIENTE DEL SECTOR HIDROCARBUROS ARTÍCULO PRIMERO. Se comunica al público en general que los días 31 de enero, 1o., y 2o., de febrero de 2018, el Área de Atención al Regulado, Oficialía de Partes y la Unidad de Transparencia de la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos suspenderán actividades. ARTÍCULO SEGUNDO. Para efectos de los actos y procedimientos administrativos que, en ejercicio de sus atribuciones realizan las distintas unidades administrativas de la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos, se consideran inhábiles los días 31 de enero, 1o., y 2o., de febrero de 2018. ARTÍCULO TERCERO. Conforme a lo señalado en el artículo segundo del presente Aviso, los días 31 de enero, 1o., y 2o., de febrero de 2018 no se computarán los plazos y términos correspondientes en los procedimientos administrativos que se substancien ante la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos. ARTÍCULO CUARTO.- Se comunica que, a partir del 06 de febrero de 2018, el domicilio oficial de la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector de Hidrocarburos es el ubicado en el inmueble sito en Boulevard Adolfo Ruiz Cortines 4209, Jardines en la Montaña, Delegación Tlalpan, C.P. 14210. Por lo anterior, la oficina autorizada para la entrega y presentación de notificaciones, acuerdos, citatorios, diligencias, trámites y servicios, procedimientos administrativos y demás asuntos relacionados con esta Agencia es aquella ubicada en el domicilio señalado en el párrafo anterior. ARTÍCULO QUINTO.- El Área de Atención al Regulado de esta Agencia, se encuentra ubicada en el domicilio señalado en el artículo cuarto del presente Aviso y contará con los siguientes horarios de atención: a) La recepción de trámites o solicitudes de los Regulados será de lunes a viernes de las 9:30 a las 15:00 horas. b) La entrega de notificaciones relacionadas con sus trámites o solicitudes, tendrá un horario de atención de lunes a viernes de 9:30 a 15:00 horas y de 16:00 a 18:00 horas. ARTÍCULO SEXTO.- La Oficialía de Partes de esta Agencia, se encuentra ubicada en el domicilio señalado en el artículo cuarto del presente Aviso en un horario de atención de lunes a viernes de las 9:00 a las 18:00 horas. ARTÍCULO SÉPTIMO.- El domicilio de la Unidad de Transparencia es aquel señalado en el artículo cuarto del presente Aviso. TRANSITORIOS ÚNICO. El presente Aviso entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. Ciudad de México, a los veinticuatro días del mes de enero de dos mil dieciocho.- El Director Ejecutivo de la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos, Carlos Salvador de Regules Ruiz-Funes.- Rúbrica.
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