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DOF: 27/02/2018
ACUERDO por el que se autoriza la publicación del Manual que regula las remuneraciones de los servidores públicos del Poder Judicial de la Federación para el ejercicio fiscal dos mil dieciocho

ACUERDO por el que se autoriza la publicación del Manual que regula las remuneraciones de los servidores públicos del Poder Judicial de la Federación para el ejercicio fiscal dos mil dieciocho.

ACUERDO POR EL QUE SE AUTORIZA LA PUBLICACIÓN EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN DEL MANUAL QUE REGULA LAS REMUNERACIONES DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN PARA EL EJERCICIO FISCAL DOS MIL DIECIOCHO.
CONSIDERANDO
PRIMERO.- Por decretos publicados en el Diario Oficial de la Federación el treinta y uno de diciembre de mil novecientos noventa y cuatro, veintidós de agosto de mil novecientos noventa y seis y once de junio de mil novecientos noventa y nueve, se reformaron, entre otros, los artículos 94, 99 y 100 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, modificando la estructura y competencia del Poder Judicial de la Federación;
SEGUNDO.- En términos de lo dispuesto por los artículos 11, 14, 68, 81, 205 y 209, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, la Suprema Corte de Justicia de la Nación, el Consejo de la Judicatura Federal y el Tribunal Electoral están facultados para emitir las disposiciones generales necesarias para determinar, entre otras, el ingreso y los estímulos que corresponden al personal del Poder Judicial de la Federación, atribución que ejercen en el seno de sus respectivos Órganos de Gobierno;
TERCERO.- De conformidad con lo dispuesto en los artículos 94, párrafo noveno, y 101 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la remuneración que perciban por sus servicios los Ministros de la Suprema Corte, los Magistrados de Circuito, los Jueces de Distrito y los Consejeros de la Judicatura Federal, así como los Magistrados Electorales, no podrá ser disminuida durante su encargo, como tampoco podrán aceptar ni desempeñar empleo o encargo de la Federación, de los Estados, de la Ciudad de México o de particulares, salvo los cargos no remunerados en asociaciones científicas, docentes, literarias o de beneficencia y que dentro de los dos años siguientes a la fecha de su retiro, no pueden actuar como patronos, abogados o representantes en cualquier proceso ante los órganos del Poder Judicial de la Federación, ni pueden ocupar los cargos señalados en la fracción VI del artículo 95 de esa Constitución;
CUARTO.- El 24 de agosto del dos mil nueve se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se reforman y adicionan los artículos 75, 115, 116, 122, 123 y 127 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que en sus disposiciones transitorias establece un régimen de excepción a las retribuciones nominales de los Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, los Magistrados del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, los Consejeros de la Judicatura Federal, los Magistrados de Circuito y los Jueces de Distrito, que estén en funciones al 31 de diciembre de dos mil nueve;
QUINTO.- De conformidad con el artículo 123, apartado B, fracción IV primer párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los salarios serán fijados en los presupuestos respectivos, sin que su cuantía pueda ser disminuida durante la vigencia de éstos, sujetándose a lo dispuesto en el artículo 127 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en la ley; y,
SEXTO.- De conformidad con el artículo tercero transitorio del Decreto señalado en el considerando Cuarto, se elaboró el documento denominado "Manual que Regula las Remuneraciones de los Servidores Públicos del Poder Judicial de la Federación para el Ejercicio Fiscal dos mil dieciocho", con la finalidad de integrar un instrumento administrativo que contenga el sistema de percepciones, así como las normas y lineamientos a observarse para su asignación, indicándose además aquellas prestaciones que se brindan a los servidores públicos a cargo del Poder Judicial de la Federación.
En consecuencia, con fundamento en las disposiciones constitucionales y legales citadas, se expide el siguiente:
 
ACUERDO
PRIMERO. En cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 21 del Decreto del Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal dos mil dieciocho, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día veintinueve de noviembre de dos mil diecisiete, la Suprema Corte de Justicia de la Nación, el Consejo de la Judicatura Federal y el Tribunal Electoral, integrantes del Poder Judicial de la Federación, publican la información completa y detallada relativa a las remuneraciones que se cubren para cada uno de los niveles jerárquicos, atendiendo a los tabuladores vigentes y la normativa aplicable en cada una de las tres Instancias que conforman el Poder Judicial de la Federación.
SEGUNDO. Para los efectos de este Acuerdo, las percepciones de los servidores públicos se sujetarán a los tabuladores autorizados.
TERCERO. Adicionalmente a los conceptos que integran el total de sueldo mensual que se incluyen como Anexo 2, se describe el sistema de percepciones establecidas y autorizadas para los servidores públicos del Poder Judicial de la Federación.
CUARTO. Los Órganos de Gobierno de cada una de las tres Instancias que integran el Poder Judicial de la Federación, en el ámbito de sus respectivas competencias, podrán autorizar modificaciones a la nomenclatura, nivel y rango de los puestos que integran los tabuladores y catálogos respectivos, así como a las estructuras y plantillas de personal, sujetándose al presupuesto aprobado por la Cámara de Diputados para cada uno de ellos.
QUINTO. El Poder Judicial de la Federación podrá ejercer gastos equivalentes a los señalados en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el año dos mil dieciocho, en beneficio de los servidores públicos a su cargo, de acuerdo con el nivel jerárquico al que pertenezcan, así como a los lineamientos, montos y periodicidad que para estos efectos autoricen los Órganos de Gobierno de las tres Instancias que lo integran.
Dentro de estos importes no se consideran aquellos beneficios adicionales que se otorguen casuísticamente, de conformidad con la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, los reglamentos y acuerdos generales que emanen de los Órganos de Gobierno.
SEXTO. El Poder Judicial de la Federación, en cumplimiento con el artículo 21 del Decreto del Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal dos mil dieciocho, publica los analíticos de plazas que contienen la integración de los recursos aprobados en el capítulo de servicios personales, conforme al Anexo 3; así como el Manual que Regula las Remuneraciones de los Servidores Públicos del Poder Judicial de la Federación para el Ejercicio Fiscal dos mil dieciocho, que se incluye como Anexo 1.
TRANSITORIOS
ÚNICO. Publíquese este Acuerdo en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, así como en el Diario Oficial de la Federación y en medios electrónicos de consulta pública en términos de lo previsto en el artículo 70 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
Ciudad de México, a 22 de febrero de dos mil dieciocho.- El Ministro Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y del Consejo de la Judicatura Federal, y Presidente del Comité Coordinador para Homologar Criterios en Materia Administrativa e Interinstitucional del Poder Judicial de la Federación, Luis María Aguilar Morales.- Rúbrica.- La Magistrada Presidenta del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación y miembro del Comité Coordinador para Homologar Criterios en Materia Administrativa e
Interinstitucional del Poder Judicial de la Federación, Janine Madeline Otálora Malassis.- Rúbrica.
ANEXO 1
MANUAL QUE REGULA LAS REMUNERACIONES DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DEL PODER
JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN PARA EL EJERCICIO FISCAL DOS MIL DIECIOCHO
El presente Manual se integra por los siguientes 9 apartados:
I.     Objetivo.
II.     Base Legal.
III.    Ámbito de aplicación.
IV.   Sujetos del Manual.
V.    Responsables de la Aplicación del Manual.
VI.   Definición de conceptos.
VII.   Sistema de Percepciones.
VIII.  Lineamientos de operación.
IX.   Interpretación.
I. OBJETIVO
Establecer las normas y lineamientos que se deben observar para la asignación de las percepciones, prestaciones y demás beneficios que se cubren a los servidores públicos adscritos al Poder Judicial de la Federación, conforme a su nivel jerárquico.
II. BASE LEGAL
·  Artículos 94, 99, 100, 123 y 127 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
·  Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.
·  Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal correspondiente.
·  Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral.
·  Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y su reglamento.
·  Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado.
·  Ley del ISSSTE.
·  Ley del Impuesto sobre la Renta.
·  Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro.
·  Artículo tercero transitorio del "DECRETO por el que se reforman y adicionan los artículos 75, 115, 116, 122, 123 y 127 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos"
·  Condiciones Generales de Trabajo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
·  Condiciones Generales de Trabajo del Personal de Confianza de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
·  Condiciones Generales de Trabajo de Magistrados de Circuito y Jueces de Distrito del Poder Judicial de la Federación.
·  Condiciones Generales de Trabajo de los Servidores Públicos a cargo del Consejo de la Judicatura Federal.
·  Reglamento Interno del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.
·  Reglamentos Interior y Orgánico de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
·  Acuerdos Generales y Específicos de los Órganos de Gobierno de las tres Instancias del Poder Judicial de la Federación.
III. ÁMBITO DE APLICACIÓN
 
Las disposiciones contenidas en el presente Manual son aplicables al Poder Judicial de la Federación.
IV. SUJETOS DEL MANUAL
Los servidores públicos del Poder Judicial de la Federación.
Quedan excluidos del presente Manual los profesionales que presten sus servicios mediante las modalidades de contratación por honorarios.
V. RESPONSABLES DE LA APLICACIÓN DEL MANUAL
Por la Suprema Corte de Justicia de la Nación:
El Oficial Mayor, el Contralor, los Directores Generales de Presupuesto y Contabilidad, Recursos Humanos e Innovación Administrativa y Tesorería.
Por el Consejo de la Judicatura Federal:
El Secretario Ejecutivo de Administración y el Secretario Ejecutivo de Finanzas y Servicios Personales, así como los Directores Generales de Recursos Humanos; de Servicios al Personal; de Programación y Presupuesto; de Tesorería; el Coordinador de Administración Regional; los Administradores Regionales y Delegados Administrativos.
Por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación:
El Secretario Administrativo, Director General de Recursos Humanos; Director General de Recursos Financieros; los Jefes de Unidad de Administración de Personal; y de Prestaciones y Administración de Riesgos; así como los Delegados Administrativos Regionales.
VI. DEFINICIÓN DE CONCEPTOS
Para los efectos del presente Manual, se entenderá por:
Catálogo.- Catálogo de Puestos de cada una de las tres Instancias del Poder Judicial de la Federación; instrumento técnico-administrativo que contiene, entre otros aspectos, la descripción clara de todos los puestos que integran su estructura de organización.
Instancias.- Suprema Corte de Justicia de la Nación, Consejo de la Judicatura Federal y Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.
ISSSTE.- Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.
Ley Orgánica.- Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.
Nivel salarial.- Escala de sueldos relativa a cada uno de los puestos contenidos en el Tabulador General de Sueldos y Prestaciones.
Órganos de Gobierno.- Máxima autoridad en materia administrativa facultada para tomar decisiones de su competencia, siendo: el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación; el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal; la Comisión de Administración del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación; el Comité Coordinador para Homologar Criterios en Materia Administrativa e Interinstitucional del Poder Judicial de la Federación; el Comité de Gobierno y Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y la Comisión de Administración del Consejo de la Judicatura Federal.
PEF.- Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal correspondiente.
Plaza.- Posición individual de trabajo que no puede ser ocupada por más de un servidor público a la vez, con una adscripción determinada y respaldada presupuestalmente.
Puesto.- Unidad de trabajo específica e impersonal, constituida por un conjunto de funciones que deben realizarse y aptitudes que se requieren para su ocupación, implica deberes específicos, delimita jerarquías y autoridad.
Rango.- Ubicación del nombramiento en el puesto correspondiente, considerando diversos factores que inciden en el monto de sus percepciones.
SAR.- Sistema de Ahorro para el Retiro.
Tabulador.- Tabulador General de Sueldos y Prestaciones, es el instrumento técnico en el que se fijan y ordenan por nivel salarial las percepciones ordinarias, para los puestos genéricos de cada una de las
Instancias del Poder Judicial de la Federación. Se conforma por los conceptos de: Sueldo Base, Compensaciones Garantizada(s) o de Apoyo y Prestaciones Nominales.
VII.   SISTEMA DE PERCEPCIONES.- Conjunto de conceptos que conforman el total de ingresos monetarios, prestaciones y beneficios que reciben los servidores públicos por sus servicios prestados en el Poder Judicial de la Federación. Se conforma por:
1. Sueldo Base.- Remuneración mensual que se asigna a cada puesto.
2. Compensación Garantizada o de Apoyo.- Asignación que se otorga a los servidores públicos de mando superior, medio y personal operativo de manera regular y fija, en función del nivel salarial autorizado en los tabuladores del Poder Judicial de la Federación.
3. Sueldo Básico.- Sueldo base más la compensación garantizada o de apoyo que refleja el tabulador.
4. Prestaciones Nominales.- Son las que se encuentran en el tabulador de sueldos, diferentes al sueldo básico.
5. Sueldo Tabular.- Total de percepciones fijas que refleja el Tabulador.
6. Percepciones Ordinarias.- Es el pago mensual que se cubre a los servidores públicos por el desempeño de sus funciones, y que resulta de la suma aritmética de los montos que integran el sueldo tabular.
7. Percepciones Extraordinarias.- Pagos que se otorgan de manera excepcional a los servidores públicos los cuales deberán autorizarse por sus respectivos Órganos de Gobierno.
8. Prestaciones.- Beneficios adicionales a cargo del presupuesto del Poder Judicial de la Federación, que se otorgan a los servidores públicos en relación directa con el sueldo y/o en razón del puesto. En los casos de los numerales: 8.3.1; 8.3.2; 8.3.4; 8.3.5; 8.3.6; 8.3.7; 8.3.8; 8.3.9 y 8.3.10, no son aplicables a Ministros, Consejeros y Magistrados de Sala Superior. Así mismo, los casos de los numerales 8.1.2; 8.2.3; 8.2.6 y 8.2.7, no son aplicables a Ministros.
8.1. Seguros.- Beneficios adicionales que se otorgan a los servidores públicos del Poder Judicial de la Federación, establecidos en consideración a las necesidades de los mismos, con el fin de coadyuvar a su estabilidad económica y al bienestar de su familia. Estos seguros los protegen en materia de vida, retiro, incapacidad e invalidez total y permanente, gastos médicos mayores y de separación individualizado.
8.1.1. Seguro de Vida Institucional.- Beneficio que tiene por objeto cubrir los siniestros de fallecimiento o de incapacidad e invalidez total y permanente de los servidores públicos, con lo que se contribuye a su seguridad o la de su familia. La suma asegurada básica es equivalente a 40 meses de sueldo básico, con opción a potenciación de hasta 108 meses, con cargo al servidor público.
8.1.2. Seguro Colectivo de Retiro.- Beneficio económico en favor de los servidores públicos que se retiren o se jubilen en los términos que establece la Ley del ISSSTE, para hacer frente a las contingencias inherentes a la separación del servicio. Se otorga una suma asegurada de hasta veinticinco mil pesos, de acuerdo con los años de servicio y edad.
8.1.3. Seguro de Gastos Médicos Mayores.- Beneficio que se otorga a los servidores públicos, así como a su cónyuge, concubina o concubinario, o pareja del mismo sexo (por matrimonio civil o cualquier figura reconocida por la legislación civil) y/o hijos solteros menores de veinticinco años, ante la eventualidad de un accidente o enfermedad cubierta que requiera tratamiento médico, cirugía u hospitalización.
La suma asegurada básica es hasta de 333 unidades de medida y actualización mensuales vigentes, con opción de incremento hasta una suma asegurada de 15,000 unidades de medida y actualización mensuales vigentes, con cargo al servidor público.
8.1.4. Seguro de Separación Individualizado.- Beneficio establecido en favor de los servidores públicos de mando medio y superior, que otorga el Poder Judicial de la Federación a quienes manifiesten voluntariamente su decisión de incorporarse a dicho beneficio; tiene la finalidad de proporcionar una seguridad económica y preservar el ingreso de éstos, en tanto se reincorporan, en su caso, al mercado laboral ante la eventualidad de su separación del servicio público por cualquier causa.
 
El Poder Judicial de la Federación aportará por cuenta y en nombre del servidor público una prima neta igual al 2%, 4%, 5% o 10% que aporte éste de su sueldo básico.
8.2. Prestaciones Económicas.- Las que reciben los servidores públicos conforme a la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, su Reglamento, así como los acuerdos que establezcan los Órganos de Gobierno cuyas previsiones deberán estar contempladas en el Presupuesto de Egresos de cada una de las tres Instancias del Poder Judicial de la Federación. Las prestaciones económicas consisten en:
8.2.1. Aguinaldo.- Cantidad que se otorga por derecho constitucional a los servidores públicos al finalizar el año vigente en los términos que para tal efecto establezcan los Órganos de Gobierno.
8.2.2. Ayuda de Gastos Funerales.- Prestación de carácter económico que se otorga a los beneficiarios para sufragar los gastos por concepto de sepelio, inhumación o cremación con motivo del fallecimiento del servidor público, por un monto equivalente a treinta mil pesos netos.
8.2.3. Ayuda por Incapacidad Médica Permanente.- Beneficio económico que se confiere a los servidores públicos del Poder Judicial de la Federación cuando se acredite mediante dictamen médico del ISSSTE, la invalidez o incapacidad médica permanente, por un monto equivalente a veinticinco mil pesos netos.
8.2.4. Ayuda de Anteojos.- Beneficio de carácter económico para la adquisición de anteojos, con la finalidad de contribuir a la protección de la salud de los beneficiarios de los servidores públicos, así como de los pensionados del Poder Judicial de la Federación, de conformidad con la normativa autorizada por cada Órgano de Gobierno.
8.2.5. Estímulo por Antigedad.- Asignaciones por concepto de antigedad en beneficio de los servidores públicos del Poder Judicial de la Federación, conforme a los montos y lineamientos que establezcan los Órganos de Gobierno.
8.2.6. Estímulo por Jubilación.- Asignación que se confiere a los servidores públicos del Poder Judicial de la Federación con motivo de su jubilación o de su pensión, conforme a las modalidades previstas en la Ley del ISSSTE, por un monto equivalente a veinticinco mil pesos netos.
8.2.7. Licencia Prejubilatoria.- Otorgamiento de una licencia con goce de sueldo tabular, sin perjuicio de las demás prestaciones y remuneraciones a que tengan derecho los servidores públicos del Poder Judicial de la Federación, por un periodo de dos meses, que se les confiere con motivo de su jubilación o de su pensión, conforme a las modalidades previstas en la Ley del ISSSTE, como reconocimiento a las labores prestadas.
8.2.8. Pago de Defunción.- Prestación de carácter económico para contribuir al bienestar de los beneficiarios del servidor público con motivo del fallecimiento de éste. El importe para pagos de defunción será de cuatro meses del último sueldo bruto tabular que hubiere percibido el servidor público fallecido, más quinquenios.
8.2.9. Prima Vacacional.- Importe equivalente al 50% de 10 días de sueldo básico, se otorgará en cada uno de los dos periodos vacacionales, de conformidad con las normas y lineamientos establecidos.
8.2.10. Prima Quinquenal.- Pago que se otorga a los servidores públicos de manera quincenal en razón de su antigedad efectiva, por cada cinco años de servicios efectivos prestados en el Gobierno Federal, hasta llegar a veinticinco años, conforme a los montos y lineamientos que establezcan los Órganos de Gobierno.
8.2.11. Vacaciones.- Las vacaciones son un derecho de todos los servidores públicos que tengan más de seis meses consecutivos de servicios en el Poder Judicial de la Federación, quienes podrán disfrutar de dos períodos anuales con base en lo establecido en los artículos 159, 160, 161 y 162 en relación con el 223, así como el 225, todos de la Ley Orgánica.
En el caso del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación las vacaciones podrán diferirse o pagarse de acuerdo a elección del servidor público. En ningún caso se podrán acumular las vacaciones correspondientes a más de dos años.
8.3. Otras Prestaciones.- Percepciones adicionales en beneficio de la economía de los servidores públicos. Se establecen de acuerdo al puesto y nivel salarial y se conforman por las prestaciones que se señalan a continuación, cuyo otorgamiento se realiza atendiendo a las normas, lineamientos, montos y periodicidad aprobados por los Órganos de Gobierno.
8.3.1. Asignaciones Adicionales.- Prestación de carácter general con la finalidad de contribuir al
mejoramiento de la calidad de vida individual y familiar, además de fomentar la cultura del ahorro entre los servidores públicos del Poder Judicial de la Federación, de conformidad con los lineamientos y montos que establezcan los Órganos de Gobierno a través de Acuerdos Generales y Específicos.
8.3.2. Ayuda al Personal Operativo.- Beneficio económico anual mediante el cual se reconocen las labores de todo el personal operativo. Se otorga de conformidad con los lineamientos y montos que establezcan los Órganos de Gobierno.
8.3.3. Pago por Riesgo.- Cantidad que se otorga a los servidores públicos de mando del Poder Judicial de la Federación, dada la naturaleza, complejidad y responsabilidad de las funciones que tienen encomendadas, que se confiere de conformidad con los lineamientos y montos que establezcan los Órganos de Gobierno.
8.3.4. Ayuda por Jornadas Electorales.- Compensación extraordinaria que se otorga a los servidores públicos del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, en retribución al desahogo de cargas de trabajo en exceso o adicionales a sus jornadas y horarios ordinarios durante los procesos electorales federales y locales, que incluye jornadas nocturnas y guardias en sábados, domingos y días festivos, cuyo pago se fundamenta en el artículo 226 de la Ley Orgánica. Sus montos estarán determinados por la disponibilidad presupuestal existente y dependiendo de la autorización expresa de su Órgano de Gobierno.
8.3.5. Reconocimiento Especial.- Ayuda económica mediante la cual se reconocen anualmente las labores del personal que sea considerado por los Órganos de Gobierno, de conformidad con los lineamientos y montos que para el efecto establezcan.
8.3.6. Ayuda de Despensa.- Beneficio económico anual para los servidores públicos con el fin de coadyuvar a solventar sus gastos de fin de año, se otorga de conformidad con los lineamientos y montos que establezcan los Órganos de Gobierno.
8.3.7. Estímulo Día de la Madre.- Beneficio económico anual a las trabajadoras del Poder Judicial de la Federación que tengan hijos, conforme a los montos y lineamientos que establezcan los Órganos de Gobierno.
8.3.8. Estímulo Día del Padre.- Beneficio económico anual a los trabajadores del Poder Judicial de la Federación que tengan hijos, conforme a los montos y lineamientos que establezcan los Órganos de Gobierno.
8.3.9. Fondo de Reserva Individualizado.- Beneficio establecido en favor de los servidores públicos de nivel operativo, que otorga el Poder Judicial de la Federación a quienes manifiesten voluntariamente su decisión de incorporarse a dicho beneficio, teniendo como finalidad fomentar el ahorro.
El Poder Judicial de la Federación realizará aportaciones ordinarias por cuenta y en nombre del servidor público por un monto neto igual al 2%, 5% o 10% que aporte éste de su sueldo básico.
8.3.10. Pago de Horas Extraordinarias.- Con excepción del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, tratándose del pago de horas extras se tomará en cuenta que de la interpretación de lo previsto en las fracciones I y II del apartado B del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la duración máxima de la jornada diurna semanal es de cuarenta horas. El pago de horas extraordinarias, así como de la prima dominical está condicionado a que se autorice por cada uno de los Órganos de Gobierno conforme al procedimiento que los mismos establezcan.
8.3.11. Apoyos a la Capacitación.- Prestación para la capacitación orientada al desarrollo personal o profesional de los servidores públicos, de conformidad con las disposiciones que para su otorgamiento determinen los Órganos de Gobierno de cada Instancia.
9. Prestaciones de Seguridad Social.- Beneficios que reciben los servidores públicos de conformidad con la Ley del ISSSTE.
VIII. LINEAMIENTOS DE OPERACIÓN
Son aquellos acuerdos específicos que emiten los Órganos de Gobierno, así como los lineamientos y manuales de procedimientos autorizados por los mismos.
IX. INTERPRETACIÓN
 
Los Órganos de Gobierno de cada Instancia serán los facultados para interpretar, modificar o complementar el contenido del presente Manual.
ANEXO 2
PRESUPUESTO ANALÍTICO DE PLAZAS DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
SUELDOS Y SALARIOS MENSUAL NETO
(cifras en pesos)
DESCRIPCIÓN
NIVEL
SUELDOS Y SALARIOS
Mínimo
Máximo
MINISTRO (De conformidad con el artículo tercero transitorio del decreto
por el que se reforma el artículo 127 constitucional)
1
0
269,215
MINISTRO
1
0
159,282
SECRETARIO GENERAL DE ACUERDOS, SECRETARIO GENERAL DE
LA PRESIDENCIA, OFICIAL MAYOR, CONTRALOR
2
0
152,808
SECRETARIO JURÍDICO DE LA PRESIDENCIA
3
0
149,575
SUBSECRETARIO GENERAL DE ACUERDOS
4
0
146,341
DIRECTOR GENERAL, TITULAR DE UNIDAD GENERAL
5
125,946
142,708
SECRETARIO DE LA SECCION DE TRAMITE DE CONTROVERSIAS
CONSTITUCIONALES Y DE ACCIONES DE INCONSTITUCIONALIDAD
6
0
129,703
SECRETARIO DE ESTUDIO Y CUENTA COORDINADOR DE PONENCIA,
SECRETARIO DE ESTUDIO Y CUENTA COORDINADOR
7
121,720
132,701
SECRETARIO DE ACUERDOS DE SALA
8
0
121,720
SECRETARIO DE ESTUDIO Y CUENTA (DE PONENCIA)
9
108,483
116,229
SECRETARIO DE ESTUDIO Y CUENTA
9
108,483
116,229
SECRETARIO PARTICULAR DE MANDO SUPERIOR
10
100,350
113,516
SECRETARIO DE ESTUDIO Y CUENTA ADJUNTO
11
85,259
97,690
SUBDIRECTOR GENERAL
12
79,301
104,813
ASESOR DE MANDO SUPERIOR, ASESOR I, COORDINADOR
ADMINISTRATIVO I, DICTAMINADOR I, SECRETARIO AUXILIAR I
13
81,149
104,813
SECRETARIO DE SEGUIMIENTO DE COMITES
14
82,587
104,813
INVESTIGADOR JURISPRUDENCIAL
15
83,919
97,872
SUBSECRETARIO DE ACUERDOS DE SALA
16
0
81,149
SECRETARIO AUXILIAR DE PONENCIA
17
56,164
75,449
DIRECTOR DE AREA, SECRETARIO AUXILIAR DE SEGUIMIENTO DE
COMITES
18
41,252
75,449
ASESOR, ASESOR II, COORDINADOR ADMINISTRATIVO II,
DICTAMINADOR II, SECRETARIO AUXILIAR II
19
41,252
61,972
SECRETARIO AUXILIAR DE ACUERDOS
20
41,252
61,933
ACTUARIO
21
37,220
45,544
SECRETARIO DE DIRECTOR GENERAL
22
31,324
45,121
SUBDIRECTOR DE AREA
23
37,220
45,121
ASISTENTE DE MANDO SUPERIOR
24
33,579
36,301
JEFE DE DEPARTAMENTO, AYUDANTE DE COMEDOR
25
27,522
34,534
TAQ. JUDICIAL PARLAMENTARIA
26
25,327
33,583
PROFESIONAL OPERATIVO
27
22,332
33,583
AUXILIAR DE MANDOS MEDIOS
28
27,209
29,699
SECRETARIA
29
14,572
27,265
TECNICO EN SEGURIDAD
30
16,265
27,263
TECNICO OPERATIVO
31
14,572
27,263
CHOFER
32
13,722
27,263
TECNICO EN PREVISION SOCIAL, TECNICO EN ALIMENTOS
33
13,722
27,263
TECNICO ADMINISTRATIVO
34
14,572
25,327
OFICIAL DE SERVICIOS
35
12,490
14,572
 
ANEXO 2
 
PRESUPUESTO ANALITICO DE PLAZAS DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
AGUINALDO, PRIMA VACACIONAL, PAGO POR RIESGO Y ASIGNACIÓN ADICIONAL NETOS
ANUALES
(cifras en pesos)
DESCRIPCIÓN
NIVEL
AGUINALDO - PRIMA
VACACIONAL
PAGO POR
RIESGO
ASIGNACIONES
ADICIONALES
Mínimo
Máximo
MINISTRO (De conformidad con el artículo tercero
transitorio del decreto por el que se reforma el
artículo 127 constitucional)
1
0
444,380
554,595
 
MINISTRO
1
0
303,456
523,860
 
SECRETARIO GENERAL DE ACUERDOS,
SECRETARIO GENERAL DE LA PRESIDENCIA,
OFICIAL MAYOR, CONTRALOR
2
0
302,241
 
428,553
SECRETARIO JURÍDICO DE LA PRESIDENCIA
3
0
313,773
 
419,146
SUBSECRETARIO GENERAL DE ACUERDOS
4
0
313,773
 
409,739
DIRECTOR GENERAL, TITULAR DE UNIDAD
GENERAL
5
248,732
305,224
 
399,171
SECRETARIO DE LA SECCION DE TRAMITE DE
CONTROVERSIAS CONSTITUCIONALES Y DE
ACCIONES DE INCONSTITUCIONALIDAD
6
0
257,573
 
361,338
SECRETARIO DE ESTUDIO Y CUENTA
COORDINADOR DE PONENCIA, SECRETARIO DE
ESTUDIO Y CUENTA COORDINADOR
7
252,255
278,099
 
370,058
SECRETARIO DE ACUERDOS DE SALA
8
0
252,255
 
338,114
SECRETARIO DE ESTUDIO Y CUENTA (DE
PONENCIA)
9
221,102
239,333
 
322,142
SECRETARIO DE ESTUDIO Y CUENTA
9
221,102
239,333
 
322,142
SECRETARIO PARTICULAR DE MANDO
SUPERIOR
10
210,420
233,246
 
314,249
SECRETARIO DE ESTUDIO Y CUENTA ADJUNTO
11
168,748
195,998
 
267,494
SUBDIRECTOR GENERAL
12
154,420
212,464
 
288,865
ASESOR DE MANDO SUPERIOR, ASESOR I,
COORDINADOR ADMINISTRATIVO I,
DICTAMINADOR I, SECRETARIO AUXILIAR I
13
164,046
212,464
 
288,865
SECRETARIO DE SEGUIMIENTO DE COMITES
14
160,154
212,464
 
288,865
INVESTIGADOR JURISPRUDENCIAL
15
170,565
196,127
 
268,040
SUBSECRETARIO DE ACUERDOS DE SALA
16
0
164,046
 
218,261
SECRETARIO AUXILIAR DE PONENCIA
17
108,823
151,816
 
201,674
DIRECTOR DE AREA, SECRETARIO AUXILIAR DE
SEGUIMIENTO DE COMITES
18
75,689
151,816
 
201,674
ASESOR, ASESOR II, COORDINADOR
ADMINISTRATIVO II, DICTAMINADOR II,
SECRETARIO AUXILIAR II
19
75,689
121,405
 
163,263
SECRETARIO AUXILIAR DE ACUERDOS
20
75,689
121,317
 
163,154
ACTUARIO
21
66,713
85,344
 
118,785
SECRETARIO DE DIRECTOR GENERAL
22
53,956
84,607
 
117,655
SUBDIRECTOR DE AREA
23
66,713
84,607
 
117,655
ASISTENTE DE MANDO SUPERIOR
24
58,671
64,230
 
92,985
JEFE DE DEPARTAMENTO, AYUDANTE DE
COMEDOR
25
47,488
60,622
 
87,988
TAQ. JUDICIAL PARLAMENTARIA
26
43,017
58,735
 
85,296
PROFESIONAL OPERATIVO
27
36,169
58,735
 
85,296
AUXILIAR DE MANDOS MEDIOS
28
45,838
50,760
 
75,934
SECRETARIA
29
21,440
46,656
 
69,869
TECNICO EN SEGURIDAD
30
24,867
46,641
 
69,866
TECNICO OPERATIVO
31
21,440
46,641
 
69,866
CHOFER
32
19,319
46,641
 
69,866
TECNICO EN PREVISION SOCIAL, TECNICO EN
ALIMENTOS
33
19,319
46,641
 
69,866
TECNICO ADMINISTRATIVO
34
21,440
43,017
 
65,041
OFICIAL DE SERVICIOS
35
17,007
21,440
 
37,409
 
ANEXO 2
PRESUPUESTO ANALÍTICO DE PLAZAS DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL
SUELDOS Y SALARIOS MENSUAL NETO
(cifras en pesos)
 
DESCRIPCIÓN
NIVEL
SUELDOS Y SALARIOS
Mínimo
Máximo
CONSEJERO (3ro. TRANSITORIO)
2
 
269,215
CONSEJERO
2B
 
152,858
TITULAR DE ÓRGANO AUXILIAR
3
 
152,198
VISITADOR JUDICIAL A
5
 
147,603
MAGISTRADO DE CIRCUITO
6
 
145,266
VOCAL,
6B
 
144,606
SECRETARIO EJECUTIVO
COORDINADOR ACADÉMICO,
7
 
132,431
COORDINADOR DE SEGURIDAD,
JUEZ DE DISTRITO
SECRETARIO TÉCNICO COORDINADOR DE PONENCIA DE CONSEJERO
8A
 
120,742
DIRECTOR GENERAL,
8
 
119,887
COORDINADOR DE ADMINISTRACIÓN REGIONAL,
COORDINADOR GENERAL
TITULAR DE UNIDAD ADMINISTRATIVA
9
 
107,160
SECRETARIO TÉCNICO DE PONENCIA DE CONSEJERO
9B
104,756
111,624
SECRETARIO TÉCNICO AA DE COMISION PERMANENTE
9C
101,062
106,864
VISITADOR JUDICIAL B
10
 
105,287
SECRETARIO TÉCNICO A,
11
91,437
98,754
REPRESENTANTE DEL CJF ANTE LA COMISIÓN SUBSTANCIADORA,
REPRESENTANTE DEL STPJF ANTE LA COMISIÓN SUBSTANCIADORA
COORDINADOR DE ÁREAS,
12
76,644
87,636
ADMINISTRADOR REGIONAL A
DIRECTOR DE ÁREA,
13
 
65,539
SUPERVISOR,
SECRETARIO DE APOYO B
DELEGADO,
13A
 
73,619
SECRETARIO DE TRIBUNAL,
ASISTENTE DE CONSTANCIAS Y REGISTRO DE TRIBUNAL DE ALZADA
EVALUADOR
13B
 
71,266
ASISTENTE DE CONSTANCIAS Y REGISTRO DE JUEZ DE CONTROL O JUEZ DE ENJUICIAMIENTO,
13C
 
68,005
SECRETARIO DE JUZGADO
ADMINISTRADOR REGIONAL
14
53,211
65,539
SECRETARIO DE LA COMISIÓN SUBSTANCIADORA UNICA PJF,
15
 
62,945
ASESOR ESPECIALIZADO SPS
SECRETARIO PARTICULAR DE SPS
16
 
62,500
DEFENSOR PÚBLICO,
16A
 
60,171
ASESOR JURÍDICO
 
ANEXO 2
PRESUPUESTO ANALÍTICO DE PLAZAS DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL
SUELDOS Y SALARIOS MENSUAL NETO
(cifras en pesos)
 
DESCRIPCIÓN
NIVEL
SUELDOS Y SALARIOS
Mínimo
Máximo
ASESOR SPS,
20
45,913
53,211
LÍDER DE PROYECTO,
COORDINADOR TÉCNICO DE SPS
DELEGADO ADMINISTRATIVO
20A
39,763
45,913
SUBDIRECTOR DE ÁREA,
21
36,292
43,857
JEFE DE OFICINA DE CORRESPONDENCIA COMÚN A,
COORDINADOR TÉCNICO A,
ACTUARIO JUDICIAL
SECRETARIO PARTICULAR DE MAGISTRADO DE CIRCUITO,
21A
 
34,915
SECRETARIO PARTICULAR DE JUEZ DE DISTRITO
JEFE DE DEPARTAMENTO,
24
26,246
31,103
JEFE DE SEGURIDAD REGIONAL,
JEFE DE OFICINA DE CORRESPONDENCIA COMÚN B,
AUDITOR,
DICTAMINADOR,
COORDINADOR TÉCNICO B,
COORDINADOR DE AYUDA Y SEGURIDAD
COORDINADOR TÉCNICO ADMINISTRATIVO
24A
25,725
30,440
ANALISTA JURÍDICO SISE,
25
 
24,496
AUXILIAR DE GESTIÓN JUDICIAL,
TAQUÍGRAFA JUDICIAL PARLAMENTARIA,
TÉCNICO DE ENLACE ADMINISTRATIVO OCC,
SECRETARIA EJECUTIVA DE SPS,
TÉCNICO DE ENLACE,
JEFE DE GRUPO DE SEGURIDAD,
AUXILIAR DE ACTUARIO,
26
 
23,512
AUXILIAR DE SALA
OFICIAL ADMINISTRATIVO,
27
 
21,920
ENFERMERA ESPECIALIZADA,
EDUCADORA,
OFICIAL DE PARTES,
ANALISTA ESPECIALIZADO,
TÉCNICO DE VIDEOGRABACIÓN
NIÑERA,
28
 
19,643
COCINERA CENDI,
SECRETARIA EJECUTIVA A,
CHOFER DE FUNCIONARIO,
OFICIAL DE SEGURIDAD
ANALISTA A
29A
 
16,253
SECRETARIA A,
29
 
15,958
ANALISTA
TÉCNICO ESPECIALIZADO,
30
 
15,537
TÉCNICO ADMINISTRATIVO
ANALISTA ADMINISTRATIVO
31
 
15,124
AUXILIAR DE SERVICIOS GENERALES,
32
 
14,311
COCINERA
OFICIAL DE SERVICIOS Y MANTENIMIENTO
33
 
13,369
 
ANEXO 2
PRESUPUESTO ANALÍTICO DE PLAZAS DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL
 
AGUINALDO, PRIMA VACACIONAL, PAGO POR RIESGO Y ASIGNACIÓN ADICIONAL NETOS
ANUALES
(cifras en pesos)
DESCRIPCIÓN
NIVEL
AGUINALDO - PRIMA
VACACIONAL
PAGO POR
RIESGO
ASIGNACIONES
ADICIONALES
Mínimo
Máximo
CONSEJERO (3ro. TRANSITORIO)
2
 
444,380
554,595
 
CONSEJERO
2B
 
288,363
478,043
 
TITULAR DE ÓRGANO AUXILIAR
3
 
288,363
 
477,508
VISITADOR JUDICIAL A
5
 
275,804
 
570,271
MAGISTRADO DE CIRCUITO
6
 
280,071
472,253
 
VOCAL,
6B
 
280,071
 
516,585
SECRETARIO EJECUTIVO
COORDINADOR ACADÉMICO,
7
 
251,486
 
446,067
COORDINADOR DE SEGURIDAD,
 
JUEZ DE DISTRITO
7
 
251,486
422,194
 
SECRETARIO TÉCNICO COORDINADOR DE PONENCIA DE CONSEJERO
8A
 
249,979
 
350,900
DIRECTOR GENERAL,
8
 
224,929
 
410,344
COORDINADOR DE ADMINISTRACIÓN REGIONAL,
COORDINADOR GENERAL
TITULAR DE UNIDAD ADMINISTRATIVA
9
 
197,170
 
308,320
SECRETARIO TÉCNICO DE PONENCIA DE CONSEJERO
9B
199,258
202,854
 
322,476
SECRETARIO TÉCNICO AA DE COMISION PERMANENTE
9C
199,258
199,342
 
308,628
VISITADOR JUDICIAL B
10
 
209,201
 
288,297
SECRETARIO TÉCNICO A,
11
176,945
190,991
 
267,656
REPRESENTANTE DEL CJF ANTE LA COMISIÓN SUBSTANCIADORA,
REPRESENTANTE DEL STPJF ANTE LA COMISIÓN SUBSTANCIADORA
COORDINADOR DE ÁREAS,
12
149,066
171,895
 
237,367
ADMINISTRADOR REGIONAL A
DIRECTOR DE ÁREA,
13
 
124,624
 
172,613
SUPERVISOR,
SECRETARIO DE APOYO B
DELEGADO,
13A
 
143,030
 
195,426
SECRETARIO DE TRIBUNAL,
ASISTENTE DE CONSTANCIAS Y REGISTRO DE TRIBUNAL DE ALZADA
EVALUADOR
13B
 
138,712
 
188,783
ASISTENTE DE CONSTANCIAS Y REGISTRO DE JUEZ DE CONTROL O JUEZ DE ENJUICIAMIENTO,
13C
 
131,421
 
179,574
SECRETARIO DE JUZGADO
ADMINISTRADOR REGIONAL
14
98,577
124,624
 
172,613
SECRETARIO DE LA COMISIÓN SUBSTANCIADORA UNICA PJF,
15
 
118,960
 
165,287
ASESOR ESPECIALIZADO SPS
SECRETARIO PARTICULAR DE SPS
16
 
117,990
 
164,031
ANEXO 2
PRESUPUESTO ANALÍTICO DE PLAZAS DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL
AGUINALDO, PRIMA VACACIONAL, PAGO POR RIESGO Y ASIGNACIÓN ADICIONAL NETOS
ANUALES
 
(cifras en pesos)
DESCRIPCIÓN
NIVEL
AGUINALDO - PRIMA
VACACIONAL
PAGO POR
RIESGO
ASIGNACIONES
ADICIONALES
Mínimo
Máximo
DEFENSOR PÚBLICO,
16A
 
107,888
 
157,457
ASESOR JURÍDICO
ASESOR SPS,
20
83,074
98,577
 
138,556
LÍDER DE PROYECTO,
COORDINADOR TÉCNICO DE SPS
DELEGADO ADMINISTRATIVO
20A
69,671
83,074
 
119,164
SUBDIRECTOR DE ÁREA,
21
62,148
78,501
 
113,700
JEFE DE OFICINA DE CORRESPONDENCIA COMÚN A,
COORDINADOR TÉCNICO A,
ACTUARIO JUDICIAL
SECRETARIO PARTICULAR DE MAGISTRADO DE CIRCUITO,
21A
 
59,067
 
89,089
SECRETARIO PARTICULAR DE JUEZ DE DISTRITO
JEFE DE DEPARTAMENTO,
24
43,213
52,470
 
79,445
JEFE DE SEGURIDAD REGIONAL,
JEFE DE OFICINA DE CORRESPONDENCIA COMÚN B,
AUDITOR,
DICTAMINADOR,
COORDINADOR TÉCNICO B,
COORDINADOR DE AYUDA Y SEGURIDAD
COORDINADOR TÉCNICO ADMINISTRATIVO
24A
42,130
51,168
 
77,793
ANALISTA JURÍDICO SISE,
25
 
40,392
 
62,983
AUXILIAR DE GESTIÓN JUDICIAL,
TAQUÍGRAFA JUDICIAL PARLAMENTARIA,
TÉCNICO DE ENLACE ADMINISTRATIVO OCC,
SECRETARIA EJECUTIVA DE SPS,
TÉCNICO DE ENLACE,
JEFE DE GRUPO DE SEGURIDAD,
AUXILIAR DE ACTUARIO,
26
 
35,266
 
60,532
AUXILIAR DE SALA
OFICIAL ADMINISTRATIVO,
27
 
35,289
 
56,691
ENFERMERA ESPECIALIZADA,
EDUCADORA,
OFICIAL DE PARTES,
ANALISTA ESPECIALIZADO,
TÉCNICO DE VIDEOGRABACIÓN
NIÑERA,
28
 
30,870
 
51,361
COCINERA CENDI,
SECRETARIA EJECUTIVA A,
CHOFER DE FUNCIONARIO,
OFICIAL DE SEGURIDAD
ANALISTA A
29A
 
24,787
 
42,676
SECRETARIA A,
29
 
23,955
 
41,839
ANALISTA
TÉCNICO ESPECIALIZADO,
30
 
22,970
 
40,345
TÉCNICO ADMINISTRATIVO
ANALISTA ADMINISTRATIVO
31
 
21,868
 
38,616
AUXILIAR DE SERVICIOS GENERALES,
32
 
20,279
 
36,345
COCINERA
OFICIAL DE SERVICIOS Y MANTENIMIENTO
33
 
18,252
 
33,632
 
ANEXO 2
PRESUPUESTO ANALÍTICO DE PLAZAS DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA
FEDERACIÓN
SUELDOS Y SALARIOS MENSUAL NETO
(cifras en pesos)
DESCRIPCIÓN
NIVEL
SUELDOS Y SALARIOS
Mínimo
Máximo
MAGISTRADO DE SALA SUPERIOR (de conformidad con el artículo tercero transitorio del decreto por el que se reforma el artículo 127 constitucional)
1
 
264,030
MAGISTRADO DE SALA SUPERIOR
2
 
151,491
MAGISTRADO DE SALA REGIONAL Y VISITADOR
3
149,197
149,559
SECRETARIO GENERAL DE ACUERDOS, SECRETARIO ADMINISTRATIVO, COORDINADOR GENERAL DE ASESORES DE LA PRESIDENCIA
4
 
149,197
SUBSECRETARIO GENERAL DE ACUERDOS Y CONTRALOR INTERNO DEL T.E.P.J.F.
5
146,193
147,183
DIRECTOR DEL CENTRO DE CAPACITACIÓN JUDICIAL ELECTORAL Y COORDINADOR
6
 
137,248
SECRETARIO PARTICULAR DEL MAGISTRADO PRESIDENTE, DIRECTOR GENERAL, SECRETARIO INSTRUCTOR, SECRETARIO ACADÉMICO Y TITULAR DE LA DEFENSORÍA PÚBLICA ELECTORAL PARA PUEBLOS Y COMUNIDADES INDÍGENAS
7
109,829
133,916
SECRETARIO TÉCNICO DE COMISIONADO Y SECRETARIO DE ESTUDIO Y CUENTA
8
80,574
106,784
TITULAR DEL SECRETARIADO TÉCNICO DE LA SECRETARIA GENERAL DE ACUERDOS Y SECRETARIO DE TESIS
9
 
96,148
ASESOR DEL SECRETARIO ADMINISTRATIVO, JEFE DE UNIDAD Y SECRETARIO PRIVADO
10
72,660
96,148
SECRETARIO PARTICULAR DE MAGISTRADO DE SALA SUPERIOR
11
 
94,681
ASESOR DE MANDO SUPERIOR, PROFESOR INVESTIGADOR I Y SECRETARIO TÉCNICO DE VISITADOR
12
74,443
83,545
SECRETARIO DE ACUERDOS DE SALA REGIONAL, SECRETARIO DE ESTUDIO Y CUENTA REGIONAL COORDINADOR, SECRETARIO DE ESTUDIO Y CUENTA REGIONAL, TITULAR DE ARCHIVO JURISDICCIONAL, TITULAR DE OFICIALIA DE PARTES Y TITULAR DE OFICINA DE ACTUARIOS
13
66,975
85,414
SECRETARIO EJECUTIVO REGIONAL, DIRECTOR DE ÁREA, DELEGADO ADMINISTRATIVO REGIONAL, TITULAR DE LA UNIDAD ESPECIALIZADA EN INTEGRACIÓN DE EXPEDIENTES Y DEFENSOR
14
51,711
69,669
PROFESOR INVESTIGADOR II
15
 
57,356
ASESOR, ASISTENTE DE CAPACITACIÓN, PEDAGOGO, ESPECIALISTA TIC`S, COMUNICÓLOGO, TITULAR DEL SECRETARIADO TÉCNICO REGIONAL, SECRETARIO PARTICULAR DE MAGISTRADO REGIONAL, SECRETARIO AUXILIAR DE PLENO DE LA SALA REGIONAL, ASISTENTE DE INVESTIGACIÓN Y AUDITOR ESPECIALIZADO
17
38,066
54,771
SECRETARIO AUXILIAR
18
 
42,631
ACTUARIO
19
 
42,015
SUBDIRECTOR DE ÁREA, TITULAR DE ARCHIVO JURISDICCIONAL REGIONAL, TITULAR DE OFICIALÍA DE PARTES REGIONAL Y TITULAR DE OFICINA DE ACTUARIOS REGIONAL
20
34,222
41,562
SECRETARIO AUXILIAR REGIONAL, ACTUARIO REGIONAL
21
 
37,999
ASESOR JURÍDICO, JEFE DE DEPARTAMENTO, SECRETARIA DE OFICINA DE MAGISTRADO Y AUDITOR ADMINISTRATIVO
22
26,030
32,767
AUXILIAR DE MANDOS MEDIOS, DISEÑADOR WEB Y ASISTENTE DE MANDO SUPERIOR
23
26,030
28,634
PROFESIONAL OPERATIVO
25
21,131
28,212
SECRETARIA DE MAGISTRADO REGIONAL, SECRETARIA DE PONENCIA Y SECRETARIA DE PONENCIA REGIONAL
26
22,960
26,622
SECRETARIA
27
15,213
23,147
TÉCNICO OPERATIVO, AUXILIAR DE AUDITOR Y OFICIAL DE PARTES REGIONAL
28
14,386
23,148
TÉCNICO EN ALIMENTOS
29
11,942
19,901
TÉCNICO EN PREVISIÓN SOCIAL
30
13,229
17,704
CHOFER
31
11,942
17,704
OFICIAL DE SERVICIOS Y OFICIAL DE SEGURIDAD
32
11,013
12,729
 
 
ANEXO 2
PRESUPUESTO ANALITICO DE PLAZAS DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA
FEDERACIÓN
AGUINALDO, PRIMA VACACIONAL, PAGO POR RIESGO Y ASIGNACIÓN ADICIONAL NETOS
ANUALES
(cifras en pesos)
DESCRIPCIÓN
NIVEL
AGUINALDO - PRIMA
VACACIONAL
PAGO POR
RIESGO
ASIGNACIONES
ADICIONALES
Mínimo
Máximo
MAGISTRADO DE SALA SUPERIOR (de conformidad con el artículo tercero transitorio del decreto por el que se reforma el artículo 127 constitucional)
1
 
444,380
552,848
 
MAGISTRADO DE SALA SUPERIOR
2
 
294,122
535,979
 
MAGISTRADO DE SALA REGIONAL
3
289,573
310,428
425,571
 
VISITADOR
3
289,573
310,428
 
425,571
SECRETARIO GENERAL DE ACUERDOS, SECRETARIO ADMINISTRATIVO, COORDINADOR GENERAL DE ASESORES DE LA PRESIDENCIA
4
 
310,428
 
423,032
SUBSECRETARIO GENERAL DE ACUERDOS Y CONTRALOR INTERNO DEL T.E.P.J.F.
5
 
321,845
 
417,177
DIRECTOR DEL CENTRO DE CAPACITACIÓN JUDICIAL ELECTORAL Y COORDINADOR
6
 
300,791
 
388,273
SECRETARIO PARTICULAR DEL MAGISTRADO PRESIDENTE, DIRECTOR GENERAL, SECRETARIO INSTRUCTOR, SECRETARIO ACADÉMICO Y TITULAR DE LA DEFENSORÍA PÚBLICA ELECTORAL PARA PUEBLOS Y COMUNIDADES INDÍGENAS
7
236,262
292,951
 
378,582
SECRETARIO TÉCNICO DE COMISIONADO Y SECRETARIO DE ESTUDIO Y CUENTA
8
163,505
225,192
 
299,652
TITULAR DEL SECRETARIADO TÉCNICO DE LA SECRETARIA GENERAL DE ACUERDOS Y SECRETARIO DE TESIS
9
 
200,160
 
268,164
ASESOR DEL SECRETARIO ADMINISTRATIVO, JEFE DE UNIDAD Y SECRETARIO PRIVADO
10
144,879
200,160
 
268,164
SECRETARIO PARTICULAR DE MAGISTRADO DE SALA SUPERIOR
11
 
195,006
 
263,763
ASESOR DE MANDO SUPERIOR, PROFESOR INVESTIGADOR I Y SECRETARIO TÉCNICO DE VISITADOR
12
154,047
175,691
 
230,353
SECRETARIO DE ACUERDOS DE SALA REGIONAL, SECRETARIO DE ESTUDIO Y CUENTA REGIONAL COORDINADOR, SECRETARIO DE ESTUDIO Y CUENTA REGIONAL, TITULAR DE ARCHIVO JURISDICCIONAL, TITULAR DE OFICIALIA DE PARTES Y TITULAR DE OFICINA DE ACTUARIOS
13
135,959
176,038
 
235,960
SECRETARIO EJECUTIVO REGIONAL, DIRECTOR DE ÁREA, DELEGADO ADMINISTRATIVO REGIONAL, TITULAR DE LA UNIDAD ESPECIALIZADA EN INTEGRACIÓN DE EXPEDIENTES Y DEFENSOR
14
102,543
143,109
 
188,140
PROFESOR INVESTIGADOR II
15
 
114,324
 
152,132
ASESOR, ASISTENTE DE CAPACITACIÓN, PEDAGOGO, ESPECIALISTA TIC`S, COMUNICÓLOGO, TITULAR DEL SECRETARIADO TÉCNICO REGIONAL, SECRETARIO PARTICULAR DE MAGISTRADO REGIONAL, SECRETARIO AUXILIAR DE PLENO DE LA SALA REGIONAL, ASISTENTE DE INVESTIGACIÓN Y AUDITOR ESPECIALIZADO
17
71,420
108,536
 
145,027
SECRETARIO AUXILIAR
18
 
81,864
 
112,038
ACTUARIO
19
 
80,499
 
110,399
SUBDIRECTOR DE ÁREA, TITULAR DE ARCHIVO JURISDICCIONAL REGIONAL, TITULAR DE OFICIALÍA DE PARTES REGIONAL Y TITULAR DE OFICINA DE ACTUARIOS REGIONAL
20
62,830
79,473
 
109,199
SECRETARIO AUXILIAR REGIONAL, ACTUARIO REGIONAL
21
 
71,118
 
99,279
ASESOR JURÍDICO, JEFE DE DEPARTAMENTO, SECRETARIA DE OFICINA DE MAGISTRADO Y AUDITOR ADMINISTRATIVO
22
46,590
60,554
 
85,027
AUXILIAR DE MANDOS MEDIOS, DISEÑADOR WEB Y ASISTENTE DE MANDO SUPERIOR
23
46,590
52,058
 
74,380
PROFESIONAL OPERATIVO
25
37,433
51,527
 
73,657
SECRETARIA DE MAGISTRADO REGIONAL, SECRETARIA DE PONENCIA Y SECRETARIA DE PONENCIA REGIONAL
26
40,629
48,259
 
69,695
SECRETARIA
27
25,556
41,598
 
60,940
TÉCNICO OPERATIVO, AUXILIAR DE AUDITOR Y OFICIAL DE PARTES REGIONAL
28
23,732
41,571
 
60,908
TÉCNICO EN ALIMENTOS
29
18,483
35,016
 
53,067
TÉCNICO EN PREVISIÓN SOCIAL
30
21,215
30,608
 
47,922
CHOFER
31
18,483
30,608
 
47,922
OFICIAL DE SERVICIOS Y OFICIAL DE SEGURIDAD
32
16,918
20,201
 
34,016
 
ANEXO 3
PRESUPUESTO ANALÍTICO DE PLAZAS DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
(CIFRAS EN PESOS)
CONCEPTO
IMPORTE
DESCRIPCIÓN
 
 
SE UBICAN LOS PAGOS DE:
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
SUELDOS BASE
 
 
 
 
 
 
 
COMPENSACIÓN GARANTIZADA O DE APOYO
 
 
 
 
 
REMUNERACIONES AL PERSONAL DE
2,308,741,227
PRESTACIONES NOMINALES
 
 
 
 
 
CARÁCTER PERMANENTE
 
PRIMA VACACIONAL
 
 
 
 
 
 
 
AGUINALDO
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
POR EL TIPO DE GASTO, SE ENCUENTRAN UBICADOS EN ESTE IMPORTE LO CORRESPONDIENTE A:
 
 
REMUNERACIONES AL PERSONAL DE
39,520,420
HONORARIOS ASIMILABLES A SALARIOS
 
 
 
 
 
DE CARÁCTER TRANSITORIO
 
REMUNERACIONES AL PERSONAL EVENTUAL
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
SE UBICAN LOS PAGOS DE:
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
AYUDA AL PERSONAL OPERATIVO
 
 
 
 
 
 
 
VESTUARIO *
 
 
 
 
 
 
AYUDA DE DESPENSA *
 
 
 
 
 
AYUDA DE ANTEOJOS
 
 
 
 
REMUNERACIONES ADICIONALES
690,095,505
PAGO POR RIESGO
 
 
 
 
 
 
ESTÍMULO DEL DÍA DE LA MADRE *
 
 
 
 
ESTÍMULO DEL DÍA DEL PADRE *
 
 
 
 
 
ESTÍMULO POR ANTIGEDAD
 
 
 
 
 
ESTÍMULO POR JUBILACIÓN *
 
 
 
 
 
PRIMA QUINQUENAL
 
 
 
 
 
 
RECONOCIMIENTO ESPECIAL *
 
 
 
 
 
PAGO DE HORAS EXTRAORDINARIAS *
 
 
 
 
ASIGNACIONES ADICIONALES *
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
CONTIENE EL PAGO DE:
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
DEPÓSITOS PARA EL AHORRO SOLIDARIO
 
 
 
 
 
 
APORTACIONES AL ISSSTE
 
 
 
 
 
 
 
APORTACIONES AL FOVISSSTE
 
 
 
 
 
EROGACIONES DEL GOBIERNO FEDERAL
 
APORTACIONES AL SEGURO DE CESANTÍA EN EDAD AVANZADA Y VEJEZ
 
 
 
 
 
POR CONCEPTO DE SEGURIDAD SOCIAL Y
568,896,133
APORTACIONES PARA EL SEGURO DE GASTOS MÉDICOS MAYORES
 
 
 
 
 
SEGUROS
 
SEGURO DE SEPARACIÓN INDIVIDUALIZADO
 
 
 
 
 
 
 
APORTACIONES PARA EL SEGURO DE VIDA DEL PERSONAL
 
 
 
 
 
 
 
APORTACIONES PARA EL SEGURO COLECTIVO DE RETIRO
 
 
 
 
 
 
 
APORTACIONES PARA EL SISTEMA DE AHORRO PARA EL RETIRO
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
ASIGNACIONES DESTINADAS A CUBRIR:
 
 
 
 
 
PREVISIONES PARA SERVICIOS
254,140,849
PREVISIÓN PARA CONSERVAR LAS CONDICIONES DE DECORO Y SUFICIENCIA EN LAS REMUNERACIONES DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DE LA SCJN
PERSONALES
 
 
 
 
 
 
 
 
 
CREACIÓN DE PLAZAS
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
SE UBICAN LOS PAGOS DE:
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
APOYOS A LA CAPACITACIÓN DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS
OTROS
208,841,899
PRESTACIONES DE RETIRO *
 
 
 
 
 
PRESTACIONES MÉDICAS COMPLEMENTARIAS Y DE APOYO ECONÓMICO *
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
4,070,236,033
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
TOTAL PLAZAS OCUPADAS
3,464
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
TOTAL PLAZAS VACANTES
121
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
* No son aplicables a Ministros.
 
 
 
 
 
 
 
 
ANEXO 3
PRESUPUESTO ANALÍTICO DE PLAZAS DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL
(cifras en pesos)
CONCEPTO
IMPORTE
DESCRIPCIÓN
REMUNERACIONES AL PERSONAL DE CARÁCTER PERMANENTE
29,189,996,114
SE UBICAN LOS PAGOS DE:
SUELDO BASE
COMPENSACIÓN GARANTIZADA O DE APOYO
PRESTACIONES NOMINALES
PRIMA VACACIONAL
AGUINALDO
REMUNERACIONES AL PERSONAL DE CARÁCTER TRANSITORIO
1,116,466,627
POR EL TIPO DE GASTO SE ENCUENTRA UBICADO EN ESTE IMPORTE LO CORRESPONDIENTE A:
HONORARIOS ASIMILABLES A SALARIOS
REMUNERACIONES AL PERSONAL EVENTUAL
REMUNERACIONES ADICIONALES
9,544,439,856
SE UBICAN LOS PAGOS DE:
AYUDA AL PERSONAL OPERATIVO
AYUDA PARA VESTUARIO
AYUDA DE DESPENSA
AYUDA DE ANTEOJOS
AYUDA POR INCAPACIDAD MEDICA PERMANENTE
COMPENSACIONES POR SERVICIOS EVENTUALES
COMPENSACIONES POR SERVICIOS ESPECIALES
PAGO POR RIESGO
ESTÍMULO DEL DÍA DE LA MADRE
ESTÍMULO DEL DÍA DEL PADRE
ESTÍMULO POR ANTIGEDAD
ESTÍMULO POR JUBILACIÓN
AYUDA DE TRASLADO
PRIMA QUINQUENAL
RECONOCIMIENTO ESPECIAL
PAGO DE HORAS EXTRAORDINARIAS
SERVICIOS DE DOCENCIA
SUBSIDIO DE RENTA A TITULARES DE ÓRGANOS JURISDICCIONALES
ASIGNACIONES ADICIONALES
EROGACIONES DEL GOBIERNO FEDERAL POR CONCEPTO DE SEGURIDAD SOCIAL Y SEGUROS
6,207,303,669
CONTIENE EL PAGO DE:
DEPÓSITOS PARA EL AHORRO SOLIDARIO
APORTACIONES AL ISSSTE
APORTACIONES AL FOVISSSTE
APORTACIONES AL SEGURO DE CESANTÍA EN EDAD AVANZADA Y VEJEZ
APORTACIONES PARA EL SEGURO DE GASTOS MÉDICOS MAYORES
SEGURO DE SEPARACION INDIVIDUALIZADO
FONDO DE RESERVA INDIVIDUALIZADO
APORTACIONES PARA EL SEGURO DE VIDA DEL PERSONAL
APORTACIONES PARA EL SEGURO COLECTIVO DE RETIRO
APORTACIONES PARA EL SISTEMA DE AHORRO PARA EL RETIRO
PREVISIONES PARA SERVICIOS PERSONALES
4,634,864,111
ASIGNACIÓN DESTINADA A CUBRIR:
PREVISIÓN PARA CONSERVAR LAS CONDICIONES DE DECORO Y SUFICIENCIA EN LAS REMUNERACIONES DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DEL PJF
CREACIÓN DE PLAZAS
OTROS
651,215,348
APOYOS A LA CAPACITACION
APOYO DE ANTEOJOS
APOYO ECONÓMICO PARA VEHÍCULO TITULARES DE ÓRGANOS JURISDICCIONALES
PRESTACIONES DE RETIRO
 
51,344,285,725
 
 
 
 
TOTAL DE PLAZAS OCUPADAS
43,010
 
 
 
 
TOTAL DE PLAZAS VACANTES
882
 
 
ANEXO 3
PRESUPUESTO ANALÍTICO DE PLAZAS DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA
FEDERACIÓN
(cifras en pesos)
CONCEPTO
IMPORTE
DESCRIPCIÓN
REMUNERACIONES AL PERSONAL DE CARÁCTER PERMANENTE
 
SE UBICAN LOS PAGOS DE:
 
SUELDO BASE
1,803,865,813
COMPENSACIÓN GARANTIZADA O DE APOYO
 
PRESTACIONES NOMINALES
 
PRIMA VACACIONAL
 
AGUINALDO
REMUNERACIONES AL PERSONAL DE CARÁCTER TRANSITORIO
105,516,135
POR EL TIPO DE GASTO SE ENCUENTRA UBICADO EN ESTE IMPORTE LO CORRESPONDIENTE A:
 
REMUNERACIONES AL PERSONAL EVENTUAL *
REMUNERACIONES ADICIONALES
 
SE UBICAN LOS PAGOS DE:
 
AYUDA AL PERSONAL OPERATIVO *
 
AYUDA PARA VESTUARIO *
 
AYUDA DE DESPENSA *
 
AYUDA DE ANTEOJOS
 
PAGO POR RIESGO
 
ESTIMULO DEL DIA DE LA MADRE *
 
ESTIMULO DEL DIA DE LA PADRE *
615,004,335
ESTIMULO POR ANTIGEDAD
 
PRIMA QUINQUENAL
 
RECONOCIMIENTO ESPECIAL *
 
DIA DEL NIÑO *
 
AYUDA POR JORNADAS ELECTORALES *
 
ASIGNACIONES ADICIONALES *
EROGACIONES DEL GOBIERNO FEDERAL POR CONCEPTO DE SEGURIDAD SOCIAL Y SEGUROS
 
CONTIENE EL PAGO DE:
 
DEPÓSITOS PARA EL AHORRO SOLIDARIO
 
APORTACIONES AL ISSSTE
 
APORTACIONES AL FOVISSSTE
 
APORTACIONES AL SEGURO DE CESANTÍA EN EDAD AVANZADA Y VEJEZ
397,636,770
APORTACIONES PARA EL SEGURO DE GASTOS MÉDICOS MAYORES
 
SEGURO DE SEPARACIÓN INDIVIDUALIZADO
 
FONDO DE RESERVA INDIVIDUALIZADO *
 
APORTACIONES PARA EL SEGURO DE VIDA DEL PERSONAL
 
APORTACIONES PARA EL SEGURO COLECTIVO DE RETIRO
 
APORTACIONES PARA EL SISTEMA DE AHORRO PARA EL RETIRO
PREVISIONES PARA SERVICIOS PERSONALES
 
ASIGNACIÓN DESTINADA A CUBRIR:
129,330,165
PREVISIÓN PARA CONSERVAR LAS CONDICIONES DE DECORO Y SUFICIENCIA EN LAS REMUNERACIONES DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DEL TEPJF
OTROS
 
SE UBICAN LOS PAGOS DE:
 
APOYO DE VALES DE DESPENSA (PAVO) *
44,883,576
PRESTACIONES DE RETIRO *
 
APOYO A LA CAPACITACIÓN *
 
APOYO PARA COMEDOR *
 
APOYO DEPORTIVO *
 
APOYO PARA GUARDERÍAS *
 
3,096,236,794
 
 
 
 
TOTAL DE PLAZAS OCUPADAS
1,964
 
 
 
TOTAL DE PLAZAS VACANTES
338
 
* NO SON APLICABLES A MAGISTRADOS DE SALA SUPERIOR
 
___________________________________
 

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