DOF: 11/06/2018
EXTRACTO del Protocolo Nacional de Actuación de Atención a Víctimas de Secuestro

EXTRACTO del Protocolo Nacional de Actuación de Atención a Víctimas de Secuestro.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Procuraduría General de la República.

EXTRACTO DEL PROTOCOLO NACIONAL DE ACTUACIÓN DE ATENCIÓN A VÍCTIMAS DE SECUESTRO
LETICIA CATALINA SOTO ACOSTA, Secretaria Técnica de la Conferencia Nacional de Procuración de Justicia, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 21 y 102, Apartado A, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 2, 3, 10, 23 y 25 de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública; 1, 4, 5 y 7 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República; 1, 12 y 89 de su Reglamento; y 64, 67 y 68 de los Estatutos de la Conferencia Nacional de Procuración de Justicia, a efecto de dar cumplimiento al Acuerdo CNPJ/XXXVIII/21/2017, adoptado en el marco de la XXXVIII Asamblea Plenaria de la Conferencia Nacional de Procuración de Justicia, informa que se cuenta con el Protocolo Nacional de Actuación de Atención a Víctimas de Secuestro, aprobado el día 19 de diciembre de 2017 a través de medios electrónicos, el cual tiene como objetivo general: Orientar la actuación de las autoridades especializadas y no especializadas que tengan contacto con víctimas directas o indirectas del delito de secuestro, con la finalidad de homologar los lineamientos mínimos de su actuación para garantizar la asistencia, protección, atención, verdad y justicia como principios de los derechos de las víctimas.
La versión íntegra del Protocolo Nacional de Actuación de Atención a Víctimas de Secuestro puede consultarse en la Normateca Sustantiva de la Procuraduría General de la República, disponible en el hipervínculo https://aplicaciones.pgr.gob.mx/normatecasustantiva/Normateca%20Sustantiva/Prot_Nal_Act_Atn_Vic_Secuestro.pdf
Ciudad de México, a 11 de abril de 2018.- La Secretaria Técnica de la Conferencia Nacional de Procuración de Justicia, Leticia Catalina Soto Acosta.- Rúbrica.
(R.- 466171)
 

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