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DOF: 20/09/2018 |
SEGUNDA Actualización de la Edición 2017 del Cuadro Básico y Catálogo de Instrumental y Equipo Médico SEGUNDA Actualización de la Edición 2017 del Cuadro Básico y Catálogo de Instrumental y Equipo Médico. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejo de Salubridad General. La Comisión Interinstitucional del Cuadro Básico de Insumos del Sector Salud, con fundamento en los artículos 4o. de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 17 fracción V y 28 de la Ley General de Salud; 9o. fracción III, 15 fracción II y 17 del Reglamento Interior del Consejo de Salubridad General; Primero, Tercero fracción I, cuarto, quinto y sexto fracciones I y XIV del Acuerdo por el que se establece que las instituciones públicas del Sistema Nacional de Salud sólo deberán utilizar los insumos establecidos en el cuadro básico para el primer nivel de atención médica y, para segundo y tercer nivel, el catálogo de insumos, y 1, 2, 4, 5, 7 fracciones I y II, 14 fracción II, 26, 36, 47, 50, 51, 57, 58 y 59 del Reglamento Interior de la Comisión Interinstitucional del Cuadro Básico y Catálogo de Insumos del Sector Salud, y CONSIDERANDO Que, mediante el Acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación, el 24 de diciembre de 2002, se estableció que las instituciones públicas del Sistema Nacional de Salud sólo deberán utilizar los insumos establecidos en el cuadro básico para el primer nivel de atención médica y, para segundo y tercer nivel, el catálogo de insumos. Que, la Edición 2017 del Cuadro Básico y Catálogo de Instrumental y Equipo Médico se publicó de manera íntegra en el Diario Oficial de la Federación el 16 de marzo de 2018, con la finalidad de tener al día la lista del Instrumental y Equipo Médico indispensable para que las instituciones públicas de salud atiendan los problemas de salud de la población mexicana. Que, para facilitar la identificación de las actualizaciones que se publicarán posterior a la Edición 2017, la Comisión Interinstitucional del Cuadro Básico y Catálogo de Insumos del Sector Salud aprobó reiniciar la nomenclatura de las actualizaciones con el primer número ordinal, haciendo referencia a la Edición 2017. Que, la aplicación del Cuadro Básico y Catálogo de Insumos en la Administración Pública Federal, ha permitido contar con un sistema único de clasificación y codificación de insumos para la salud, lo cual ha contribuido a homogeneizar las políticas de adquisición de las instituciones públicas federales del Sistema Nacional de Salud. Que, conforme al artículo 51 del Reglamento de la Comisión Interinstitucional del Cuadro Básico y Catálogo de Insumos del Sector Salud, las actualizaciones del Cuadro Básico y Catálogo, que se aprueben en las actas respectivas, surtirán sus efectos al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. Que, en atención a las anteriores consideraciones, la Comisión Interinstitucional del Cuadro Básico y Catálogo de Insumos del Sector Salud expide la siguiente: SEGUNDA ACTUALIZACIÓN DE LA EDICIÓN 2017 DEL CUADRO BÁSICO Y CATÁLOGO DE INSTRUMENTAL Y EQUIPO MÉDICO MODIFICACIÓN Catálogo Mecánica y Fluidos (se identifican por estar en letras cursivas y subrayadas) NOMBRE GENÉRICO: | EQUIPO PARA TERAPIA DE REEMPLAZO RENAL CONTINUO (CRRT). | CLAVE: 531.340.0235 | ESPECIALIDAD (ES): Nefrología. Medicina Crítica. Medicina Interna. | SERVICIO (S): Hospitalización. Unidad de Cuidados Intensivos. | DESCRIPCIÓN: | Equipo para el tratamiento de pacientes que sufren de insuficiencia renal aguda, en estado crítico con inestabilidad hemodinámica; terapia que cumple parcialmente la función del riñón mediante la eliminación de solutos (diálisis) y/o agua (ultrafiltración). Siendo implementada en forma continua durante 24 horas al día hasta que el paciente lo precise. 1.- Equipo para terapia de reemplazo renal continúo (CRRT), con tecnología basada en microprocesadores. 2.- Pantalla LCD o táctil monocromática o tecnología superior integrada a la máquina. 3.- Con capacidad para realizar las siguientes terapias: 3.1.- Ultrafiltración continua lenta (SCUF) remueve sólo líquido en exceso por ultrafiltración. 3.2.- Hemofiltración venovenosa continua (CVVH) remueve solutos de mediano y alto peso molecular por convección. 3.3.- Hemodiálisis venovenosa continua (CVVHD) remueve solutos de peso pequeño por difusión. 3.4.- Hemodiafiltración venovenosa continua (CVVHDF) remueve solutos de mediano y pequeño peso combinando difusión y convección. 4.- Con despliegue en pantalla de: 4.1.- Presión de retorno o venosa. 4.2.- Presión de entrada o arterial. 4.3.- Presión del filtro o transmembrana. 4.4.- Flujo de sangre. 4.5.- Flujo del líquido dializante. 4.6.- Tasa de infusión de heparina 4.7.- Tasa de ultrafiltración. 4.8.- Tasa de diálisis o flujo de líquido de diálisis. 4.9.- Tasa de reemplazo o flujo de sustitución. 5.- Con control de parámetros de: 5.1.- Umbral de alarma de sangre, presión de entrada o arterial negativa fuera de escala de -10 a -250 mmHg con incrementos de 5 mmHg. 5.2.- Umbral de alarma de sangre, presión de retorno positiva o venosa fuera de escala de +15 a +350 mmHg. Incrementos 5 mmHg. | | 5.3.- Umbral de alarma de información, filtro coagulado de +10 a +450 mmHg mayor que caída de presión inicial del filtro con incrementos de 10 mmHg. 5.4.- Límite de seguridad de exceso pérdida o ganancia de líquido del paciente dentro del rango de 50 a 400 ml con incremento de 10 ml. 5.5.- Modo de suministro del anticoagulante continuo o bolo. 5.6.- Flujo de suministro continúo de anticoagulante dentro del rango de 0,5 a 20 ml/h con incremento de 0,1 ml/h. 5.7.- Volumen de suministro del bolo anticoagulante de 0,5 a 10.0 ml. con incremento de 0,1 ml. 5.8.- Intervalo de suministro del bolo anticoagulante de 1 a 24 horas con incrementos de 1 hora. 5.9.- Flujo sanguíneo dentro del rango de 10 a 450 ml/min con incrementos de 2 a 19 ml/min. 5.10.- Flujo de la solución de reinyección en CVVH, SCUF, CVVHD, CVVHF dentro del rango de 0 a 8000 ml/h con incrementos de 10 a 50 ml/h o equivalente en minutos. 5.11.- Flujo del líquido de diálisis dentro del rango de o a 8000 ml/h con incrementos de 50 ml/h o equivalente en minutos. 5.12.- Flujo de extracción de líquidos del paciente para CRRT (SCUF, CVVH, CVVHD, CVVHDF) dentro del rango de 0 a 2000 ml/h. con incrementos de 5 a 10 ml/h o equivalente en minutos. 6.- Bombas peristálticas: 6.1.- Bomba de Sangre: 6.1.1.- Rango de flujo dentro del rango de 10 a 450 ml/min 6.1.2.- Incrementos de flujo dentro del rango de 2 a 10 ml/min. 6.1.2.- Precisión de ± 10% del flujo definido por el usuario. 6.1.3.- Flujo de retorno dentro del rango de 6 a 110 ml/min. 6.2.- Bomba de reemplazo o de sustitución: 6.2.1.- Rango de flujo dentro del rango de 0 a 8000 ml/h o equivalente en minutos en CVVH y CVVHDF. y de 0 a 5000 ml/h o equivalente en minutos en las demás terapias. 6.2.2.- Incrementos de flujo de 10 a 50 ml/h. 6.2.3.- Precisión de flujo ± 30 ml/h. 6.3.- Bomba de diálisis o de líquido de diálisis: | | 6.3.1.- Rango de flujo dentro del rango de 0 a 8000 ml/h o equivalente en minutos. 6.3.2.- Incrementos de flujo de 50 ml/h. 6.3.3.- Precisión de ± 30 ml/h del flujo definido por el usuario. 6.4.- Bomba de efluente o de ultrafiltración: 6.4.1.- Rango de flujo dentro del rango de 0 a 10000 ml/h o equivalentes en minutos. Para (SCUF). 6.4.2.- Flujo dentro del rango de 0 a 10000 ml/h o equivalentes en minutos. Para CVVH, CVVHD, CVVHDF. 6.4.3.- Incrementos de flujo dentro del rango de 5 a 10 ml/h. 6.4.4.- Rango del flujo del efluente dentro del rango de 0 a 10000 ml/h o equivalentes en minutos. 7.- Sistema de infusión para anticoagulación: 7.1.- Flujo continuo de suministro de anticoagulante. 7.2.- Flujo dentro del rango de 0.5 a 20 ml/h. 7.3.- Incrementos de flujo de 0.1 ml/h. 8.- Bolos del anticoagulante 8.1.- Volumen: 8.1.1.- Flujo dentro del rango de 0.5 a 10.0 ml 8.1.2.- Incrementos de flujo de 0.1 ml/h. 8.1.3.- Precisión de flujo de: · ± 5% ⥠2ml y ± 15% < 2ml para jeringa de 20 ml. · ± 5% ⥠2ml y ± 10% < 2ml para jeringa de 30 ml. · ± 5% ⥠3ml y ± 10% < 3ml para jeringa de 50 ml. 8.2.- Frecuencia: 8.2.1.- Rango de 1 a 24 hrs. 9.- Sensores de presión: 9.1.- Línea de entrada o arterial: 9.1.1.- Dentro del rango de funcionamiento de -250 a + 450 mmHg 9.1.2.- Precisión de ± 15% | | 9.2.- Línea de retorno o venosa: 9.2.1.- Dentro del rango de funcionamiento de -50 a +350 mmHg 9.2.2.- Precisión de ±5% 9.3.- Del filtro: 9.3.1.- Rango de funcionamiento de -50 a +500 mmHg 9.3.2.- Precisión de ±15% 9.4.- Línea de efluente o de ultrafiltrado: 9.4.1.- Dentro del rango de -350 a +400 mmHg. 9.4.2.- Precisión de ±15% 10.- Sistema de detección de: 10.1.- Aire y microburbujas en sangre 10.2.- Fugas de sangre. 11.- Con sistema de alarmas audibles y visibles de: 11.1.- Aire en sangre 11.2.- Coagulación del filtro 11.3.- Fuga de sangre 11.4.- Presión de retorno positiva fuera de escala. 11.5.- Presión de entrada negativa fuera de escala. 11.6.- Presión del filtro positiva fuera de escala. 11.7.- Corte en el suministro eléctrico. 12.- Gabinete: 12.1.- Superficies de material lavable. 12.2.- Base rodable. 12.3.- Sistema de frenos. | ACCESORIOS: | Las unidades médicas los seleccionarán de acuerdo a sus necesidades, asegurando su compatibilidad con la marca y modelo del equipo. | CONSUMIBLES: | Set para terapia renal continúa de acuerdo prescripción médica. Bolsa recolectora de efluente de 5 litros. Solución de diálisis y reemplazo a base de bicarbonato, presentación en bolsa. Las cantidades serán determinadas de acuerdo a las necesidades operativas de las unidades médicas, asegurando compatibilidad para la marca y modelo del equipo. | ACCESORIOS OPCIONALES: | Equipo para terapia de soporte hepático. Se adquieren de manera adicional y no se incluye en el equipo. Las unidades médicas los seleccionarán de acuerdo a sus necesidades, asegurando su compatibilidad con la marca y modelo del equipo. | REFACCIONES: | Según marca y modelo. Las unidades médicas los seleccionarán de acuerdo a sus necesidades, asegurando su compatibilidad con la marca y modelo del equipo. | INSTALACIÓN. | OPERACIÓN. | MANTENIMIENTO | * | Corriente eléctrica de 120V +/- 10% 60 Hz, tierra física. | * | Por personal especializado y de acuerdo al manual de operación. | * | Preventivo y correctivo por personal calificado y certificado por personal autorizado por el fabricante. | México, Ciudad de México, a 28 de agosto de 2018.- La Comisión Interinstitucional del Cuadro Básico y Catálogo de Insumos del Sector Salud acordó publicar en el Diario Oficial de la Federación la Segunda Actualización de la Edición 2017 del Cuadro Básico y Catálogo de Instrumental y Equipo Médico.- El Presidente de la Comisión Interinstitucional del Cuadro Básico y Catálogo de Insumos del Sector Salud, Jesús Ancer Rodríguez.- Rúbrica.
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