|
DOF: 26/03/2019 |
CONVOCATORIA a las Asambleas Regionales Consultivas, sobre la creación del Programa de Desarrollo del Istmo de Tehuantepec CONVOCATORIA a las Asambleas Regionales Consultivas, sobre la creación del Programa de Desarrollo del Istmo de Tehuantepec. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- SHCP.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas. LA SECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO Con fundamento en los artículos 1 º, 2 º y 133 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; los artículos 1 y 6 del Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes; 19 y 32 de la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas; XXIII de la Declaración Americana sobre Derechos de los Pueblos Indígenas; y 31 fracciones I y XXXII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, así como 4o. del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. CONVOCA A las autoridades e instituciones representativas de los municipios y las comunidades indígenas pertenecientes a los pueblos indígenas Binnizá (Zapoteco), Ayuuk (Mixe), Zoque, Ikoots (Huave), Chontal, Chinanteco, Mazateco, Mixteco, Popoluca, Náhuatl, Totonaco y Afromexicanos, asentados en el Istmo de Tehuantepec de los estados de Oaxaca y Veracruz, ubicados en el área de influencia donde se implementará el "Programa de Desarrollo del Istmo de Tehuantepec" a participar en las Asambleas Regionales Consultivas sobre la creación del "Programa de Desarrollo del Istmo de Tehuantepec" Que se llevarán a cabo los días 30 y 31 de marzo del año en curso, en las sedes y fechas que se especifican en la presente Convocatoria, bajo las siguientes: BASES I. Justificación: En la concepción del nuevo gobierno, los pueblos indígenas no pueden ser ajenos al proyecto de Nación del actual proceso de transformación nacional; por el contrario, como sujetos de derecho público, serán el eje central de atención de la política pública y de los proyectos estratégicos, con mayor razón en aquellos casos donde son titulares de las tierras, territorios y recursos naturales. Por ello, los proyectos tendrán componentes basados en sus concepciones de desarrollo y sus especificidades culturales. Se trata de alcanzar el bienestar de los pueblos indígenas y el desarrollo de la nación sobre la base del respeto irrestricto de sus derechos fundamentales y una distribución justa de beneficios. Bajo estas consideraciones, la creación e implementación del "Programa de Desarrollo del Istmo de Tehuantepec", concebido como un conjunto de proyectos y acciones que contribuyan para alcanzar mejores niveles de bienestar, se debe desarrollar mediante el diálogo con los pueblos y comunidades ubicados en la zona de influencia del proyecto, con la finalidad de que se incorpore su visión y especificidad cultural, asimismo, se diseñen los mecanismos para que participen de manera justa y equitativa de los beneficios. Para aquellos casos de posible afectación directa a las tierras y recursos naturales de las comunidades indígenas, o cualquiera otra que implique un impacto significativo de acuerdo con el criterio de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, se implementarán procesos de consulta específicos para alcanzar acuerdos con la comunidad de que se trate, respecto de dichas tierras. II. Objeto de la consulta: El proceso de consulta tendrá por objeto: a) Recibir opiniones, propuestas, sugerencias y planteamientos de los pueblos y comunidades indígenas para llevar a cabo la creación del "Programa de Desarrollo del Istmo de Tehuantepec", a fin de que sean incorporadas en su concepción, diseño e implementación, garantizando el desarrollo integral, intercultural y sostenible de dichos pueblos. b) Establecer acuerdos con los pueblos y comunidades indígenas que se encuentren en el área de influencia del proyecto respecto de su participación en la creación e implementación del Programa, así como la distribución justa y equitativa de los beneficios. III. Sedes, fechas y pueblos convocados: Se realizarán Asambleas Regionales Consultivas en los siguientes lugares y fechas: Lugar | Fecha | Pueblos | Santiago Laollaga, Oaxaca | 30 de marzo de 2019 | Binnizá (Zapoteco) | Jaltepec de Candayoc, Oaxaca | 30 de marzo de 2019 | Ayuuk (Mixe), Chinanteco y Mazateco | San Mateo del Mar, Oaxaca | 30 de marzo de 2019 | Ikoots (Huave) | San Pedro Huamelula, Oaxaca | 30 de marzo de 2019 | Chontal | Santa María Chimalapa, Oaxaca | 31 de marzo de 2019 | Zoque | Oteapan, Veracruz | 31 de marzo de 2019 | Mixe, Mixteco, Náhuatl, Afromexicano y Popoluca | Uxpanapa, Veracruz | 31 de marzo de 2019 | Chinanteco, Zoque, Zapoteco, Totonaco | IV. Materia y temas de la consulta: Será materia de la consulta: · La creación del "Programa de Desarrollo del Istmo de Tehuantepec" en los aspectos que tienen una relación directa con los pueblos y comunidades indígenas consultadas, de manera particular, la rehabilitación/reconstrucción del Tren transístmico. V. El procedimiento: La consulta a los pueblos indígenas se llevará a cabo a través de Asambleas Regionales Consultivas en las que participarán las autoridades e instituciones representativas de los pueblos indígenas convocados. Para garantizar la más amplia participación de los representantes de los pueblos y comunidades interesadas, se determinó que podrán hacer llegar sus recomendaciones y propuestas al siguiente correo electrónico: programaistmo@hacienda.gob.mx inpi@inpi.gob.mx De igual manera, podrán entregarlos directamente en las Oficinas de Representación y en los Centros Coordinadores de Pueblos Indígenas del INPI cuyas direcciones se pueden consultar en: https://www.gob.mx/inpi En lo relativo a las Asambleas Regionales Consultivas, habrá mesas de registro para definir la participación y representatividad de los asistentes y se seguirá el siguiente procedimiento: a) Etapa informativa: En todos los Foros, se proporcionará a los participantes, por lo menos, la siguiente información: i. Objetivos y metodología de la Asamblea Regional Consultiva, ii. Se proporcionará a los sujetos consultados toda la información que se disponga respecto de la creación del "Programa de Desarrollo del Istmo de Tehuantepec". Para ello, las distintas instancias gubernamentales expondrán la información que, conforme a sus atribuciones, les competa. La comunidad consultada tendrá el derecho de solicitar información adicional en cualquier etapa del procedimiento de consulta y iii. Un resumen ejecutivo del proyecto en cuestión y, de manera anexa, la información técnica del mismo. b) Etapa deliberativa: Una vez proporcionada la información, se conformarán Mesas de Trabajo (Paneles de Discusión), en las que participarán representantes de los pueblos y comunidades indígenas. En cada mesa de trabajo se presentarán preguntas generadoras que faciliten la reflexión, deliberación y construcción de recomendaciones, propuestas y planteamientos respecto de las diversas temáticas enunciadas en este documento, mismas que cada mesa expondrá en la plenaria de acuerdos. c) Etapa de consulta y acuerdos: Las conclusiones de cada una de las Mesas de Trabajo (Paneles de Discusión) se expondrán en una Plenaria de acuerdos en cada Asamblea Regional Consultiva, de la que resultarán las propuestas, recomendaciones y acuerdos. Las propuestas, recomendaciones y acuerdos serán plasmados en un Acta y Relatoría de las Asambleas a las que se adjuntarán las firmas de los participantes y las firmas de las autoridades responsables. d) Seguimiento En las Asambleas Consultivas Regionales se deberá designar una Comisión de Seguimiento y Verificación para el debido cumplimiento de los acuerdos. El INPI dará seguimiento al cumplimiento de los acuerdos que se generen en el proceso de consulta. VI. Información y Enlaces: Para información adicional, dudas o comentarios, podrán contactar a las siguientes unidades administrativas: Oficina del organismo responsable del "Programa para el Desarrollo Integral del Istmo de Tehuantepec" Coordinación General de Derechos Indígenas Dirección de Participación y Consulta Correo electrónico: programaistmo@hacienda.gob.mx inpi@inpi.gob.mx Teléfono: (55) 36 88 12 34 (55) 91 83 21 00 Ext. 7562 y 7564. En las entidades federativas podrán contactar a las Oficinas de Representación y los Centros Coordinadores de Pueblos Indígenas siguientes: Oficinas de Representación en los estados de Oaxaca y Veracruz. Centros Coordinadores de Pueblos Indígenas del estado de Oaxaca con sedes en María Lombardo de Caso, San Juan Guichicovi, San Mateo del Mar, San Pedro Huamelula, Santa María Ecatepec y Santiago Laollaga. Centros Coordinadores de Pueblos Indígenas del estado de Veracruz con sedes en Oteapan y Uxpanapa. Respetuosamente Ciudad de México, a 20 de marzo de 2019.- En términos del primer párrafo del artículo 105 del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, firma el Procurador Fiscal de la Federación, Lic. Carlos Romero Aranda, por ausencia del Secretario de Hacienda y Crédito Público, de los Subsecretarios de Hacienda y Crédito Público, de Ingresos, de la Subsecretaría de Egresos, y así como de la Oficial Mayor.- Rúbrica.- La Subsecretaria de Prevención y Participación Ciudadana de la Secretaría de Gobernación, Diana Álvarez Maury.- Rúbrica.- El Director General del Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas, Adelfo Regino Montes.- Rúbrica.
En el documento que usted está visualizando puede haber texto, caracteres u objetos que no se muestren correctamente debido a la conversión a formato HTML, por lo que le recomendamos tomar siempre como referencia la imagen digitalizada del DOF o el archivo PDF de la edición.
|
|
|
|
|
|
|
| |
|