DOF: 05/04/2019
AVISO AL PÚBLICO
Administración Portuaria Integral de Baja California Sur, S.A. de C.V.
CONVOCATORIA PUBLICA APIBCS/01/19
 
Administración Portuaria Integral de Baja California Sur, S.A. de C.V. (APIBCS), con base en el Programa Maestro de Desarrollo Portuario 2018-2023 y con fundamento en los artículos 1, 27, 38, 40 fracción V,44 fracción I, 51, 53, 56, 59 de la Ley de Puertos; 1°, 33, 56, 57, 58, 59, 60, 61, 62, 63 y 64 de su Reglamento; en el Título de Concesión y sus modificaciones que le otorgó la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT), para la administración portuaria integral del recinto portuario del puerto de Pichilingue, en el recinto portuario del puerto de La Paz y en las terminales de su jurisdicción, Punta Prieta y San Juan de la Costa, en Baja California Sur (Recintos Portuarios); en las resoluciones aprobadas por su Consejo de Administración,en los Criterios Técnicos para la Prestación del Servicio establecidos por la SCT (Criterios Técnicos) y demás disposiciones aplicables:
Convoca
A todas las personas físicas o morales, de nacionalidad mexicana o extranjera que cuenten con un capital contable o patrimonio mínimos, según se trate de $30`000,000.00 (Treinta millones de pesos 00/100 M.N.), interesadas en participar en el Concurso Público APIBCS/REMOLQUE/01/19 (Concurso), cuyo objeto consiste en la adjudicación de un contrato para la prestación del servicio portuario de remolque a embarcaciones (Contrato), derivado del Título de Concesión, con vigencia de 10 (diez) años y la posibilidad de que se prorrogue hasta por 10 (diez) años más, siempre y cuando proceda en términos de los artículos 51,fracción IV, de la Ley de Puertos y 32 de su Reglamento, y que el ganador del Concurso y adjudicatario del Contrato deberá:
i)     Contar cuando menos con 2 (dos) remolcadores azimutales con por lo menos cincuenta toneladas de tirón a punto fijo cada uno, ambos remolcadores deberán ser nuevos o de reciente construcción, no más antiguos de 10 (diez) años a la fecha de firma del Contrato; equiparlos en los términos del artículo 59 del Reglamento de la Ley de Puertos, y que cumplan con los Criterios Técnicos en los Recintos Portuarios;
ii)     Realizar las inversiones que hubiere ofrecido en su proposición, así como los indicados en el Prospecto Descriptivo del CONCURSO;
iii)    Proporcionar el mantenimiento a los equipos y contratar los seguros correspondientes por los servicios que se proporcionen; y
iv)    Pagar a la APIBCS la Contraprestación.
1. Contraprestación. La prestadora del servicio portuario de remolque a embarcaciones pagará a la APIBCS una Contraprestación, en moneda nacional, más los impuestos correspondientes, conforme se detalla en las Bases y en el Prospecto Descriptivo, la cual se integrará por: i) una cuota inicial, que deberá cubrirse en una sola exhibición y por única vez a la firma del Contrato, y ii) una cuota variable, consistente en un porcentaje del 5% (cinco) de los ingresos brutos que, antes de IVA, se obtengan por la prestación del servicio portuario de remolque a embarcaciones en los Recintos Portuarios.
2. Horarios establecidos en esta convocatoria y en los documentos del Concurso: Correspondenal "tiempo del Pacífico" indicado en el Centro Nacional de Metrología.
3. Lugar, fechas y requisitos para la adquisición de las Bases del Concurso: Las Bases estarán disponibles para su venta de lunes a viernes, en días hábiles y en un horario de 9:00 a las 14:30 horas, en el domicilio de la APIBCS, ubicado en Recinto Portuario de Pichilingue, kilómetro 17, carretera La Paz-Pichilingue, puerto de Pichilingue, Baja California Sur, Código Postal 23010, a partir de la fecha de publicación de esta convocatoria, y hasta el 12 de abril de 2019. Para la venta de Bases será necesario, que los interesados presenten escrito firmado dirigido al General de la APIBCS, en el que manifiesten: nombre de la persona o personas autorizadas, si actúan en nombre propio o por representante legal; datos generales; las razones por las cuales se interesan en participar en el Concurso, y manifestarán en la misma que no sirven a intereses de terceros.
4. Costo y forma de pago de las Bases del Concurso: Las Bases tendrán un costo de $150,000.00 (Ciento cincuenta mil pesos 00/100 M.N.), más el Impuesto al Valor Agregado, y deberán pagarse a nombre de la Administración Portuaria Integral de Baja California Sur, S.A. de C.V., mediante cheque certificado o de caja expedido por una institución bancaria debidamente autorizada; depósito a la cuenta 0170580315 o transferencia electrónica, Clabe Bancaria Estandarizada: 072040001705803159, Swift: MENOMXMT, del Banco Mercantil del Norte, S.A. (BANORTE, SA), sucursal 2473, La Paz, Baja California Sur. El pago que se efectúe, en ningún caso será reembolsable. Cubiertos los requisitos de la entrega del escrito de interés indicado en el numeral anterior, y de la constancia de pago de las Bases, cada interesado recibiráde la APIBCS la clave de acceso al Sitio de Información que contiene, de manera electrónica, las Basesy sus anexos.
5. Presentación de proposiciones y apertura de propuestas técnicas. Estos actos se efectuarán en el domicilio de la APIBCS, a las 12:00 horas, el 30 de julio de 2019.
6. Acto de lectura pública del resultado de la evaluación de las propuestas técnicas y apertura de las propuestas económicas. Estos actos se llevarán al cabo en el domicilio de la APIBCS, a las 12:00 horas,
el 02 de agosto de 2019. Unicamente se abrirán las propuestas económicas de los participantes cuyas propuestas técnicas hayan resultado aceptadas por la APIBCS, conforme a los criterios de evaluación indicados en las Bases del Concurso.
7. Criterios para la emisión del fallo. Como se establezca en las Bases, la APIBCS elaborará un dictamen previo y una vez cubiertos los requisitos técnicos, declarará ganador del Concurso a aquél participante cuya propuesta económica ofrezca a la APIBCS, el monto más elevado de la cuota inicial de la Contraprestación, siempre que resulte superior al Valor de Referencia. En el caso de empate, el ganador del Concurso será el que ofrezca la mayor inversión en pesos, por el valor comercial de los remolcadores que destine a la prestación del servicio.
8. Fallo. Conforme los criterios establecidos en las Bases del Concurso, la APIBCS emitirá el fallo que se dará a conocer el 08 de agosto de 2019, a las 12:00 horas, en el domicilio de la APIBCS.
9. Consideraciones generales.
a)    A partir de la fecha de publicación de la presente convocatoria y durante el desarrollo del Concurso, los interesados y participantes, deberán dirigirse con el Director General de la APIBCS, al teléfono: (612)12-36500 extensión 164, correo electrónico: direccion@apibcs.com
b)    En la terminal de Punta Prieta, jurisdicción del recinto portuario del puerto de La Paz, Baja California Sur, Pemex Refinación cuenta con un contrato de cesión parcial de derechos para operar una terminal de uso particular, y puede prestar el servicio portuario de remolque a los buques tanque que arriben a su terminal.
c)    El ganador del Concurso y adjudicatario del Contrato deberá contar con una estructura accionaria que no exceda lo establecido en la Ley de Inversión Extranjera o, en su caso, contar con la aprobación por parte de la Comisión Nacional de Inversiones Extranjeras. En cualquier caso, la sociedad que firme el Contrato deberá contar con una estructura de capital, de administración y de operaciones, conforme a la información y documentación entregada con el Pliego de Requisitos del Concurso.
d)    La APIBCS podrá aclarar o modificar los términos y condiciones establecidos en la presente convocatoria, Bases y demás documentos del Concurso hasta con ocho días naturales de anticipación a la fecha del acto de presentación de proposiciones, mediante escrito dirigido a cada uno de los participantes, el cual será notificado por correo electrónico y éstos deberán proporcionar el acuse de recibo correspondiente.
e)    Los participantes en el Concurso están sujetos a las disposiciones establecidas en la Ley Federal de Competencia Económica, en particular, las fracciones IV y V del artículo 53 de dicha Ley que prohíben todo contrato, convenio, arreglo o combinación entre dos o más competidores cuyo objeto o efecto sea establecer, concertar o coordinar posturas o la abstención en las licitaciones, concursos, subastas o almonedas públicas, así como el intercambio de información para el objeto o efecto de cualquiera de las conductas que establece el artículo citado.
 
Atentamente
Recinto Portuario del Puerto de Pichilingue, Baja California Sur, a 05 de abril de 2019.
Administración Portuaria Integral de Baja California Sur, S.A. de C.V.
Director General
Lic. José López Soto
Rúbrica.
(R.- 480230)

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