DOF: 07/02/2020
ACUERDO por el que se reforman los Lineamientos para la Integración y Funcionamiento del Comité de Transparencia del CENACE

ACUERDO por el que se reforman los Lineamientos para la Integración y Funcionamiento del Comité de Transparencia del CENACE.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Centro Nacional de Control de Energía.

ALFONSO MORCOS FLORES, Director General del Centro Nacional de Control de Energía, con fundamento en los artículos 25, párrafo quinto, 27, párrafo sexto, 28, párrafo cuarto y quinto, 49, párrafo primero y 90, párrafos primero y segundo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1o., párrafos primero y tercero, 3o., párrafo primero, fracción I, y 45 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1o., primer párrafo, 2o., 6o., 14, párrafo primero, fracción I, 15, párrafo antepenúltimo y 22, párrafo primero, fracción I de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 4o. de la Ley Federal del Procedimiento Administrativo, 11, fracción I, 61, 64, 65 y Tercero Transitorio de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, y Séptimo Transitorio de la Ley General de Protección de Datos en Posesión de Sujetos Obligados; PRIMERO, párrafo primero, SEGUNDO, párrafo primero, SEXTO, VIGÉSIMO PRIMERO, fracción I y VIGÉSIMO CUARTO del Decreto por el que se crea el Centro Nacional de Control de Energía, y 3, apartado A, fracción II del Estatuto Orgánico del Centro Nacional de Control de Energía.
CONSIDERANDO
I. Que el 7 de febrero de 2014 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de transparencia;
II. Que mediante Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación de fecha 4 de mayo de 2015, se expidió la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública;
III. Que el 4 de mayo de 2016 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo mediante el cual el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, aprueba el padrón de sujetos obligados del ámbito federal, en términos de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública;
IV. Que el 9 de mayo de 2016 se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Decreto por el que se abroga la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y se expide la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, misma que entró en vigor al día siguiente de su publicación y, que en su Transitorio Tercero establece que los sujetos obligados deberán tramitar, expedir o modificar su normatividad interna a más tardar dentro de los doce meses siguientes a la entrada en vigor del citado Decreto;
V. Que en el Acta de Integración del Comité de Transparencia del Centro Nacional de Control de Energía (CENACE) de fecha 11 de mayo de 2016, se establecieron las reglas generales de operación, así como las facultades y atribuciones de los Integrantes del Comité de Transparencia;
VI. Que el 26 de enero de 2017, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se expide la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, misma que entró en vigor al día siguiente de su publicación, la cual es de aplicación y observancia directa para los sujetos obligados pertenecientes al orden federal y que en su Transitorio Séptimo establece que los sujetos obligados deberán tramitar, expedir o modificar su normatividad interna a más tardar dentro de los dieciocho meses siguientes a la entrada en vigor del citado Decreto;
VII. Que el 14 de septiembre de 2016, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que se emiten los Lineamientos para la integración y funcionamiento del Comité de Transparencia, así como para la operación del Módulo de Atención en materia de Transparencia del CENACE, y el 14 de septiembre de 2017, se publicó el Acuerdo por el que se reforman los mismos;
VIII. Que de conformidad con el artículo 45 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, el CENACE es un Organismo descentralizado creado mediante Decreto, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de agosto de 2014; por tal motivo y con fundamento en el artículo 4o. de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, las dependencias y los organismos descentralizados de la administración pública federal deben publicar, en el Diario Oficial de la Federación, los lineamientos que éstos expidan para que produzcan efectos jurídicos, y
IX. Que con el objeto de atender las obligaciones derivadas de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública y de la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados y con el propósito de actualizar las reglas generales de operación, las facultades, así como las atribuciones de los Integrantes del Comité de Transparencia citadas en el Considerando V de los presentes Lineamientos, el Comité de Transparencia del CENACE en su Quincuagésima Sesión General Ordinaria, celebrada el 10 de octubre de 2019 aprobó el:
ACUERDO POR EL QUE SE REFORMAN LOS LINEAMIENTOS PARA LA INTEGRACIÓN Y
FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ DE TRANSPARENCIA DEL CENACE
Dichos lineamientos se encuentran disponibles en la siguiente liga electrónica:
https://www.cenace.gob.mx/Paginas/Publicas/Transparencia/Normatividad.aspx
www.dof.gob.mx/2020/CENACE/Acuerdo-reforman-Lineamientos-Integracion-Funcionamiento-Comitede-
Transparencia.pdf
TRANSITORIOS
PRIMERO. El presente Acuerdo deberá publicarse en el Diario Oficial de la Federación, en la página de internet del CENACE, dentro del apartado "Transparencia/Normatividad", así como en la Plataforma Nacional en el apartado correspondiente.
SEGUNDO. El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Ciudad de México, a 10 de octubre de 2019.- El Director del Centro Nacional de Control de Energía, Alfonso Morcos Flores.- Rúbrica.
(R.- 491650)
 

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