DOF: 17/04/2020
ACUERDO por el que se modifica el similar por el que se establece la suspensión de plazos y términos legales y administrativos en la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural y sus Órganos Administrativos Desconcentrados, como medida de prevención y c

ACUERDO por el que se modifica el similar por el que se establece la suspensión de plazos y términos legales y administrativos en la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural y sus Órganos Administrativos Desconcentrados, como medida de prevención y combate de la propagación del coronavirus COVID-19.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- AGRICULTURA.- Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural.

VÍCTOR MANUEL VILLALOBOS ARÁMBULA, Secretario de Agricultura y Desarrollo Rural, con fundamento en los artículos 35, fracción XXIV de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4o. y 28 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, 140 de la Ley General de Salud; 286 y 365 del Código Federal de Procedimientos Civiles y 5o. fracción XXII del Reglamento Interior de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, y
CONSIDERANDO
Que la Organización Mundial de la Salud, declaró el pasado 11 de marzo de 2020, como pandemia global al coronavirus COVID-19 en razón de su capacidad de contagio a la población en general;
Que el 23 de marzo de 2020, se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el "Acuerdo por el que el Consejo de Salubridad General reconoce la epidemia de enfermedad por el virus SARS-CoV2 (COVID-19) en México, como una enfermedad grave de atención prioritaria, así como se establecen las actividades de preparación y respuesta ante dicha epidemia".
Que el día 24 de marzo de 2020, la Secretaría de Salud, publicó en el DOF, el "Acuerdo por el que se establecen las medidas preventivas que se deberán implementar para la mitigación y control de los riesgos para la salud que implica la enfermedad por el virus SARS-CoV2 (COVID-19)", el cual fue sancionado en el mismo medio y fecha por el C. Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos.
Que el 26 de marzo de 2020, fue publicado en el DOF el "Acuerdo por el que se establece la suspensión de plazos y términos legales y administrativos en la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural y sus órganos administrativos desconcentrados, como medida de prevención y combate de la propagación del coronavirus COVID-19".
Que con fecha 30 de marzo de 2020, el Consejo de Salubridad General publicó en el DOF el "Acuerdo por el que se declara como emergencia sanitaria por causa de fuerza mayor, a la epidemia de enfermedad generada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19)".
Que el día 31 de marzo de 2020, la Secretaría de Salud publicó en el DOF el "Acuerdo por el que se establecen acciones extraordinarias para atender la emergencia sanitaria generada por el virus SARS-CoV2.", ordenando en su ARTÍCULO PRIMERO, párrafo primero, fracción I, la suspensión inmediata de actividades no esenciales por el periodo del 30 de marzo al 30 de abril de 2020 con la finalidad de mitigar la dispersión y transmisión del virus SARS-CoV2 en la comunidad.
Por lo que a efecto de coadyuvar en la prevención y combate de la pandemia del COVID-19 y observar los plazos y términos establecidos en la legislación aplicable he tenido a bien emitir el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE MODIFICA EL SIMILAR POR EL QUE SE ESTABLECE LA SUSPENSIÓN DE
PLAZOS Y TÉRMINOS LEGALES Y ADMINISTRATIVOS EN LA SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y
DESARROLLO RURAL Y SUS ÓRGANOS ADMINISTRATIVOS DESCONCENTRADOS, COMO MEDIDA
DE PREVENCIÓN Y COMBATE DE LA PROPAGACIÓN DEL CORONAVIRUS COVID-19
ARTÍCULO ÚNICO: Se modifica el Artículo 1o del "Acuerdo por el que se establece la suspensión de plazos y términos legales y administrativos en la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural y sus órganos administrativos desconcentrados, como medida de prevención y combate de la propagación del coronavirus COVID-19", publicado en el Diario Oficial de la Federación el 26 de marzo de 2020, para quedar como sigue:
ARTÍCULO 1o.- Se suspenden los plazos y términos legales y administrativos en la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural y sus órganos administrativos desconcentrados, en los asuntos de su competencia, por un periodo que comprenderá del día de la publicación del presente Acuerdo al 30 de abril de 2020.
TRANSITORIO
ÚNICO.- El presente Acuerdo entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Ciudad de México, a 13 de abril de 2020.- El Secretario de Agricultura y Desarrollo Rural, Víctor Manuel Villalobos Arámbula.- Rúbrica.
 
 

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