ACUERDO por el que se reforma el diverso por el que hace del conocimiento público, los días que serán considerados como inhábiles para efectos de los actos y procedimientos administrativos sustanciados en las unidades administrativas de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes con motivo de la contingencia coronavirus (COVID-19).
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- COMUNICACIONES.- Secretaría de Comunicaciones y Transportes.
JAVIER JIMÉNEZ ESPRIÚ, Secretario de Comunicaciones y Transportes, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 1, 2, fracción I, 16 y 36 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1, 2, 4, 28, 29 y 30 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, 4 y 5, fracción XXIII del Reglamento Interior de esta Secretaría, y CONSIDERANDO
Que la Secretaría de Comunicaciones y Transportes es una Dependencia de la Administración Pública Federal centralizada conforme a los artículos 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 2 fracción I y 26 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, y a la misma compete el despacho de los asuntos a que se refiere el artículo 36 de dicha Ley.
Que, en términos de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, la Administración Pública Federal debe establecer oficinas para los trámites que se realicen ante la misma, a fin de dotar al interesado del pleno conocimiento del lugar en donde habrán de llevarse a cabo la recepción de correspondencia, trámites y servicios, notificaciones, diligencias y demás procedimientos administrativos.
Que, en diciembre de 2019 en la ciudad de Wuhan de la República Popular China, inició un brote de neumonía denominado como la enfermedad por coronavirus COVID-19 que se ha expandido y consecuentemente está afectando diversos países, entre los que se encuentra México;
Que, ante los niveles de propagación, el 11 de marzo de 2020, la Organización Mundial de la Salud (OMS), declaró que la referida enfermedad pasa de ser una epidemia a una pandemia;
Que a fin de procurar la seguridad en la salud de sus habitantes y eventualmente de sus visitantes, diversos países, entre ellos México, han implementado diversas acciones para contener la COVID-19, entre las que se encuentran: medidas de higiene, suspensión de actos y eventos masivos, suspensión de actividades escolares, filtros sanitarios en centros de trabajo y aeropuertos, así como la suspensión o restricción en la entrada y salida a su territorio o a algunas regiones del mismo;
Que el pasado 20 de marzo de 2020, esta Secretaría publicó en el Diario Oficial de la Federación el "Acuerdo por el que se hace del conocimiento público, los días que serán considerados como inhábiles para efectos de los actos y procedimientos administrativos sustanciados en las unidades administrativas de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes con motivo de la contingencia coronavirus COVID-19".
Que en virtud de que no han cesado los efectos de la emergencia sanitaria antes referida, resulta necesario ampliar el plazo de los días inhábiles para los efectos señalados en el Acuerdo referido en el párrafo anterior, y
En razón de lo anterior, he tenido a expedir el siguiente
ACUERDO POR EL QUE SE REFORMA EL DIVERSO POR EL QUE HACE DEL CONOCIMIENTO
PÚBLICO, LOS DÍAS QUE SERÁN CONSIDERADOS COMO INHÁBILES PARA EFECTOS DE LOS ACTOS
Y PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS SUSTANCIADOS EN LAS UNIDADES ADMINISTRATIVAS DE
LA SECRETARÍA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES CON MOTIVO DE LA CONTINGENCIA
CORONAVIRUS (COVID-19)
ARTÍCULO ÚNICO. Se REFORMA el Párrafo Primero del Artículo Primero del "Acuerdo por el que hace del conocimiento público, los días que serán considerados como inhábiles para efectos de los actos y procedimientos administrativos sustanciados en las unidades administrativas de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes con motivo de la contingencia coronavirus (COVID-19)" publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de marzo de 2020, para quedar en los siguientes términos:
"ARTÍCULO PRIMERO. Para efectos de los actos y procedimientos administrativos que en ejercicio de sus atribuciones realizan las distintas unidades administrativas de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, no se considerarán hábiles los días 19, 20, 23 al 27, 30 y 31 de marzo, así como del 1 al 3, 6 al 10, 13 al 17, 20 al 24, y 27 al 30 de abril de 2020, sin implicar suspensión de labores.
... .
TRANSITORIO
ÚNICO. El presente Acuerdo entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Dado en la Ciudad de México, a 13 de abril de 2020.- El Secretario de Comunicaciones y Transportes, Javier Jiménez Espriú.- Rúbrica.