AVISO mediante el cual el Instituto Federal de Telecomunicaciones cancela, por causa de fuerza mayor y con motivo de las medidas de contingencia de la pandemia del coronavirus COVID-19, el Procedimiento para obtener la Acreditación de Perito en materia de telecomunicaciones y/o radiodifusión y, en su caso, la revalidación correspondiente, establecido en la Convocatoria publicada el 24 de abril del 2020.
Al margen un logotipo, que dice: Instituto Federal de Telecomunicaciones.
AVISO MEDIANTE EL CUAL EL INSTITUTO FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES CANCELA, POR CAUSA DE FUERZA MAYOR Y CON MOTIVO DE LAS MEDIDAS DE CONTINGENCIA DE LA PANDEMIA DEL CORONAVIRUS COVID-19, EL PROCEDIMIENTO PARA OBTENER LA ACREDITACIÓN DE PERITO EN MATERIA DE TELECOMUNICACIONES Y/O RADIODIFUSIÓN Y, EN SU CASO, LA REVALIDACIÓN CORRESPONDIENTE, ESTABLECIDO EN LA CONVOCATORIA PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 24 DE ABRIL DEL 2020.
Considerando
I. Que ante el brote del virus SARS-CoV2 (COVID-19), el Gobierno Federal implementó diversas acciones con la finalidad de prevenir una mayor propagación del virus y en tal sentido, el 24 de marzo de 2020 publicó en el Diario Oficial de la Federación el "Acuerdo por el que se establecen las medidas preventivas que se deberán implementar para la mitigación y control de los riesgos para la salud que implica la enfermedad por el virus SARS-CoV2 (COVID-19)", el cual estableció medidas que los sectores público, privado y social deben poner en práctica para la mitigación de la enfermedad SARS-CoV2 (COVID-19), así como los planes que garantizarán la continuidad de operaciones para el cumplimiento de sus funciones esenciales;
II. Que el 30 de marzo de 2020, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el "Acuerdo por el que se declara como emergencia sanitaria por causa de fuerza mayor, a la epidemia de enfermedad generada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19)", el cual entró en vigor el mismo día de su publicación y hasta el 30 de abril de 2020;
III. Que en consistencia con las medidas antes señaladas, el 31 de marzo de 2020, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el "Acuerdo mediante el cual el Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones declara la suspensión de labores por causa de fuerza mayor, con motivo de las medidas de contingencia de la pandemia de coronavirus COVID-19 y determina las funciones esenciales a cargo del propio Instituto, cuya continuidad deberá garantizarse para coadyuvar, en su ámbito de competencia, en la mitigación y control de los riesgos para la salud que implica la enfermedad por el virus SARS-CoV2 (COVID-19)";
IV. Que a efecto de fortalecer las acciones dirigidas a mitigar y controlar el virus SARS-CoV2 (COVID-19), el 31 marzo de 2020, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el "Acuerdo por el que se establecen acciones extraordinarias para atender la emergencia sanitaria generada por el virus SARS-CoV2", a través del cual se implementan diversas medidas como la suspensión inmediata de actividades no esenciales en los sectores público, privado y social hasta el 30 de abril de 2020, salvo aquellas necesarias para atender la emergencia sanitaria, la seguridad pública y la protección ciudadana, las de los sectores fundamentales de la economía que contemplan a las telecomunicaciones y medios de información, entre otras; así como evitar las reuniones de más de 50 personas y el resguardo domiciliario corresponsable;
V. Que el 24 de abril de 2020, el Instituto Federal de Telecomunicaciones a través de la Unidad de Concesiones y servicios publicó en el Diario Oficial de la Federación, la "CONVOCATORIA pública para participar en el procedimiento para obtener la Acreditación de Perito en materia de telecomunicaciones y/o radiodifusión y en su caso, la revalidación correspondiente"; sin embargo, por los actos y hechos antes señalados resulta materialmente imposible realizar cada una de las etapas establecidas en el calendario de dicha Convocatoria.
Por lo anterior, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 1o. párrafo tercero, 4o. párrafo cuarto, 28 párrafos décimo quinto, décimo sexto y vigésimo fracción I y 73 fracción XVI base 3a. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 140 de la Ley General de Salud; 6 fracción IV, 7 y 290 último párrafo de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión; 61 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, y 1, 3, 4 fracción V inciso iii), 32 y 35 fracción IX del Estatuto Orgánico del Instituto Federal de Telecomunicaciones, el Titular de la Unidad de Concesiones y Servicios del Instituto Federal de Telecomunicaciones, emite el siguiente:
Aviso
Único. Se cancela el procedimiento para obtener la Acreditación de Perito en materia de telecomunicaciones y/o radiodifusión y, en su caso, la revalidación correspondiente, establecido en la Convocatoria publicada en el Diario Oficial de la Federación el 24 de abril del 2020.
Publíquese el presente Aviso en el Diario Oficial de la Federación y en el Portal de Internet del Instituto Federal de Telecomunicaciones.
Atentamente
Ciudad de México, a 28 de abril del 2020.- El Titular de la Unidad de Concesiones y Servicios, Rafael Eslava Herrada.- Rúbrica.
(R.- 494807)