ACUERDO por el que se habilitan días y horas para las unidades administrativas que se indican, a efecto de que lleven a cabo los actos administrativos inherentes a los trámites y procedimientos que se señalan.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales.
BLANCA ELENA JIMÉNEZ CISNEROS, Directora General de la Comisión Nacional del Agua, con fundamento en los artículos 1, 6 párrafo primero, y 13 fracciones I, VI y XXX, del Reglamento Interior de la Comisión Nacional del Agua; 4 y 28 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; así como el Acuerdo por el que se hace del conocimiento del público en general, los días que serán considerados como inhábiles para efectos de los actos y procedimientos administrativos substanciados por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y sus órganos administrativos desconcentrados, con excepción de los trámites y procedimientos que se indican", publicado en el Diario Oficial de la Federación 30 de abril de 2020, y
CONSIDERANDO
Que el artículo 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo ordena que los actos administrativos de carácter general, tales como decretos, acuerdos y circulares, entre otros, que tengan por objeto establecer obligaciones específicas, deben ser publicados en el Diario Oficial de la Federación para que produzcan efectos jurídicos;
Que el artículo 28 de la propia Ley Federal de Procedimiento Administrativo, faculta a los titulares de las Dependencias del Ejecutivo Federal para inhabilitar días por causa de fuerza mayor o caso fortuito, debidamente fundada y motivada;
Que con apoyo en el citado artículo 28 de la Ley Federal del Procedimiento Administrativo, el 30 de abril de 2020 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el "ACUERDO por el que se hace del conocimiento del público en general, los días que serán considerados como inhábiles para efectos de los actos y procedimientos administrativos substanciados por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y sus órganos administrativos desconcentrados, con excepción de los trámites y procedimientos que se indican", mediante el cual se estableció que se considerarán inhábiles los días 4, 6, 7, 8, 11, 12, 13, 14, 15, 18, 19, 20, 21, 22, 25, 26, 27, 28 y 29 de mayo de 2020, lo que implica que durante los días anteriormente señalados no corren los términos de ley para efectos de los trámites, diligencias y actuaciones en los procedimientos que se tramitan o deban tramitarse en las distintas unidades administrativas de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, incluyendo a sus órganos administrativos desconcentrados, como la Comisión Nacional del Agua;
Que sin perjuicio de lo anterior, el segundo párrafo del Artículo Primero del citado acuerdo, faculta a la Secretaría y a sus órganos administrativos desconcentrados para habilitar los días que requiera para el cumplimiento de sus atribuciones, así como para asignar las guardias de personal que cada una de las unidades administrativas ameriten a efecto de evitar cualquier perjuicio o dilación a la ciudadanía, siempre y cuando no se ponga en riesgo la salud de los servidores públicos respectivos;
Que a efecto de dar certeza y seguridad jurídica a todos aquellos actos que realice la Comisión Nacional del Agua, así como a todo el público en general, respecto de los plazos y términos relativos a los procedimientos administrativos correspondientes, he tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE HABILITAN DÍAS Y HORAS PARA LAS UNIDADES ADMINISTRATIVAS
QUE SE INDICAN, A EFECTO DE QUE LLEVEN A CABO LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS INHERENTES
A LOS TRÁMITES Y PROCEDIMIENTOS QUE SE SEÑALAN
ÚNICO. De conformidad con el segundo párrafo del Artículo Primero del "ACUERDO por el que se hace del conocimiento del público en general, los días que serán considerados como inhábiles para efectos de los actos y procedimientos administrativos substanciados por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y sus órganos administrativos desconcentrados, con excepción de los trámites y procedimientos que se indican", publicado en el Diario Oficial de la Federación 30 de abril de 2020, se habilitan de las 09:00 horas a las 18:00 horas durante los días 06, 07, 08, 11, 12, 13, 14, 15, 18, 19, 20, 21, 22, 25, 26, 27, 28 y 29 de mayo del año en curso, para que la Subdirección General Técnica de la Comisión Nacional del Agua ubicada en Avenida Insurgentes Sur 2416, Copilco El Bajo C.P. 04340, en la Ciudad de México, así como las oficinas de la Comisión Nacional del Agua en las entidades federativas (Organismos de Cuenca y Direcciones Locales), lleve a cabo los procedimientos relacionados con los trámites siguientes:
I. CONAGUA-02-002. Permiso para realizar obras de infraestructura hidráulica.
Para efectos del trámite antes indicado y con el objetivo de realizar los actos, procedimientos y notificaciones correspondientes de este trámite, se habilita el funcionamiento del Sistema Con@gua en Líne@, en el horario mencionado.
II. CONAGUA-02-002. Permiso para realizar obras de infraestructura hidráulica.
Para efectos del trámite antes indicado y con el objetivo de realizar los actos, procedimientos y notificaciones personales de este trámite en las oficinas de la Subdirección General Técnica a nivel central, así como en las diferentes sedes de la Comisión Nacional del Agua en las entidades federativas (Organismos de Cuenca y Direcciones Locales), se habilitan las horas y los días señalados en el primer párrafo del presente Artículo.
TRANSITORIO
ÚNICO. El presente Acuerdo entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Ciudad de México, a los 13 días del mes de mayo de dos mil veinte.- La Directora General, Blanca Elena Jiménez Cisneros.- Rúbrica.