DOF: 03/12/2020
Auditoría Superior de la Federación
Auditoría Superior de la Federación
Cámara de Diputados
Unidad de Asuntos Jurídicos
Dirección General de Responsabilidades
Procedimiento: DGR/B/11/2020/R/15/186
Oficio: DGR-B-7131/20
"2020, Año de Leona Vicario, Benemérita Madre de la Patria"
 
En el Procedimiento para el Fincamiento de Responsabilidades Resarcitorias (en adelante PFRR) antes citado, se dictó el acuerdo de fecha 17 de noviembre de 2020, mediante el que se ordenó la notificación por edictos del oficio antes referido, por el que se le cita en relación con la conducta presuntamente irregular que se le atribuye: A CARLOS RAÚL ALATORRE VALLARINO, en su carácter de Secretario General de la Comisión Federal Para la Protección Contra Riesgos Sanitarios (COFEPRIS), Omitió efectuar el control, vigilancia, seguimiento y evaluación de los recursos públicos federales ministrados a la Secretaría de Salud o su equivalente en los estados de Coahuila, Guerrero, Hidalgo y Sinaloa, para la operación del programa presupuestario G004 "Protección contra Riesgos Sanitarios" mediante los conceptos "Fortalecimiento de la ejecución y desarrollo del Programa y Proyectos Federales de Protección contra Riesgos Sanitarios (Regulación y Fomento Sanitarios)", y "Fortalecimiento de la Red Nacional de Laboratorios (Laboratorio Estatal de Salud Pública)", de acuerdo a las obligaciones pactadas en los Convenios Específicos en Materia de Transferencia de Recursos números COFEPRIS-CETR-COAH.-05/15, COFEPRIS-CETR-GRO.-12/15, COFEPRIS-CETR-HGO.-13/15 y COFEPRIS-CETR-SIN.-25/15, celebrados en 2015 entre el Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Salud y los gobiernos de los estados de Coahuila, Guerrero, Hidalgo y Sinaloa, respectivamente, toda vez que durante su gestión se consideraron como procedentes para acreditar el ejercicio de los recursos públicos federales antes referidos los formatos denominados "Relación de Gasto", sin contar con la documentación comprobatoria y que cumpliera con los requisitos fiscales señalados en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación, ocasionando un daño a la Hacienda Pública Federal por un monto de $393,411.18 (TRESCIENTOS NOVENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS ONCE PESOS 18/100 M.N.)
En tal virtud, conforme a los artículos 57, fracción I de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación, publicada en el DOF el 29 de mayo de 2009, en relación con los artículos PRIMERO y CUARTO transitorios del Decreto por el que se expide la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación, y se reforman el artículo 49 de la Ley de Coordinación Fiscal, y el artículo 70 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, publicado en el DOF el 18 de julio del 2016; 3, en la parte relativa a la Dirección General de Responsabilidades (en adelante DGR) y 40, fracción III del Reglamento Interior de la Auditoría Superior de la Federación, publicado en el DOF el 20 de enero del 2017, modificado mediante Acuerdo publicado en el DOF el 13 de julio de 2018; se le cita a CARLOS RAÚL ALATORRE VALLARINO a las 9:30 horas del 17 de diciembre de 2020, para que comparezca personalmente a su comparecencia de ley, la cual se celebrará en la DGR de la Auditoría Superior de la Federación (en adelante ASF), sita en Carretera Picacho Ajusco, No 167, 6º piso, Col. Ampliación Fuentes del Pedregal, C.P. 14110, Demarcación Territorial Tlalpan, Ciudad de México, a efecto de que manifieste lo que a su interés convenga, ofrezca pruebas y formule alegatos; apercibido que de no comparecer sin causa justa, se tendrán por ciertos los hechos que se le imputan y por precluidos sus derechos para manifestar lo que considere pertinente, ofrecer pruebas y formular alegatos y se resolverá con los elementos que obren en el expediente respectivo, debiendo presentar al momento de la comparecencia, identificación oficial vigente y con fotografía, así como el documento con el que acredite su personalidad; asimismo, se le previene a fin de que señale domicilio para oír y recibir notificaciones dentro de la circunscripción de la Ciudad de México, sede de la ASF, de lo contrario las que sean necesarias realizar posteriormente, inclusive las de carácter personal, se llevarán a cabo a través de rotulón que se fijará en los estrados que se encuentran visibles en la entrada del edificio sede, con fundamento en lo establecido por los artículos 306 y 316 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de
aplicación supletoria a la Ley de la materia. Se pone a la vista para su consulta los expedientes mencionados, en días hábiles de 9:00 a las 15:00 y de las 16:30 a las 18:30 horas. Ciudad de México, a 24 de noviembre de 2020. Firma el Lic. Héctor Barrenechea Nava, Director General de Responsabilidades de la ASF.- Rúbrica.
(R.- 501023)

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