ACUERDO mediante el cual el Pleno de la Comisión Federal de Competencia Económica reforma y adiciona diversas disposiciones del Estatuto Orgánico de la Comisión Federal de Competencia Económica.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Comisión Federal de Competencia Económica.- Pleno.
Acuerdo No. CFCE-111-2021
ACUERDO MEDIANTE EL CUAL EL PLENO DE LA COMISIÓN FEDERAL DE COMPETENCIA ECONÓMICA REFORMA Y ADICIONA DIVERSAS DISPOSICIONES DEL ESTATUTO ORGÁNICO DE LA COMISIÓN FEDERAL DE COMPETENCIA ECONÓMICA
Trece de mayo de dos mil veintiuno. El Pleno de la Comisión Federal de Competencia Económica (en adelante "Comisión"), en sesión ordinaria celebrada el mismo día, en los términos del "Acuerdo mediante el cual el Pleno autoriza la celebración de sesiones de forma remota en virtud de la contingencia existente en materia de salud y se derogan ciertos artículos de los Lineamientos para el funcionamiento del Pleno"(1) manifiesta su conformidad para la emisión del presente acuerdo:
CONSIDERANDO QUE:
1. El artículo 28 constitucional, párrafo vigésimo, fracción III, faculta a la Comisión para emitir su propio Estatuto Orgánico, mediante un sistema de votación por mayoría calificada;
2. El artículo 12, fracción XVII, de la Ley Federal de Competencia Económica publicada el veintitrés de mayo de dos mil catorce en el Diario Oficial de la Federación (en adelante "LFCE"), faculta al Pleno para emitir el Estatuto Orgánico de la Comisión, en el que se determinarán las facultades y atribuciones que ejercerán sus diversas unidades administrativas;
3. El artículo 5, fracción XIII, del "Acuerdo mediante el cual el Pleno de la Comisión Federal de Competencia Económica emite el Estatuto Orgánico de la Comisión Federal de Competencia Económica" publicado en el Diario Oficial de la Federación el ocho de julio de dos mil catorce, establece que es facultad del Pleno de la Comisión emitir su Estatuto Orgánico para el eficaz cumplimiento de sus atribuciones;
4, Con el fin de cumplir con el objeto de la Comisión y garantizar la libre concurrencia y la competencia económica, así como prevenir, investigar y combatir los monopolios, las prácticas monopólicas, las concentraciones y demás restricciones al funcionamiento eficiente de los mercados, en cumplimiento al mandato constitucional y la LFCE, la Comisión debe emitir las disposiciones que regulen la asignación y el ejercicio de las competencias de los órganos administrativos que integran a este órgano constitucional autónomo, de conformidad con las facultades otorgadas por la Constitución,
SE ACUERDA
Único. Se REFORMAN el último párrafo del artículo 4; el primer párrafo del artículo 6; el artículo 15 y los párrafos primero y último del artículo 21; y se ADICIONA el último párrafo del artículo 50; todos del Estatuto Orgánico de la Comisión Federal de Competencia Económica, para quedar como sigue:
Artículo 4...
I a XII...
El Presidente, los Comisionados, los titulares de la Secretaría Técnica, de la Autoridad Investigadora y de la Unidad de Planeación, Vinculación y Asuntos Internacionales y los Directores Generales serán auxiliados por los Directores Ejecutivos que correspondan en términos de este Estatuto y demás personal necesario, conforme al Presupuesto asignado para el eficaz desarrollo de sus atribuciones, evitando la duplicidad de funciones. Los Directores Ejecutivos referidos en este Estatuto podrán ser auxiliados por el personal necesario para el cumplimiento de sus funciones conforme al Presupuesto asignado.
Artículo 6. Las sesiones del Pleno se realizarán de conformidad con el artículo 18 de la Ley; éstas serán válidas con la asistencia de cuando menos cuatro Comisionados, incluyendo al Presidente. Los asuntos se decidirán por mayoría de votos de quienes puedan conocer del asunto correspondiente, siempre que voten al menos tres Comisionados. El Secretario Técnico dará fe de las sesiones del Pleno.
...
Artículo 15.- La Autoridad Investigadora y la Secretaría Técnica, de acuerdo con lo establecido en el presente Estatuto, serán apoyadas para el ejercicio de sus funciones por las Direcciones Generales Operativas que les correspondan y se auxiliarán del personal necesario, de acuerdo con la disponibilidad presupuestal y las normas administrativas correspondientes, para el eficaz desarrollo de sus atribuciones. Artículo 21.- La Unidad de Planeación, Vinculación y Asuntos Internacionales dependerá jerárquicamente del Presidente y tendrá a su cargo la promoción de la política de competencia económica a nivel nacional e internacional así como su difusión; además de realizar la planeación de la Comisión, proponiendo metas institucionales y llevando a cabo su seguimiento.
...
La Unidad de Planeación, Vinculación y Asuntos Internacionales estará a cargo del Jefe de Unidad de Planeación, Vinculación y Asuntos Internacionales, quien será apoyado para el ejercicio de sus facultades de las Direcciones Generales de Coordinación, los Directores Ejecutivos que correspondan en términos de este Estatuto y demás personal necesario.
Artículo 50...
I a IV...
...
...
Para efectos del artículo 19 de la Ley, para el caso de vacancia del Comisionado Presidente, la suplencia no podrá ser realizada por quien ya hubiera sido Comisionado Presidente.
TRANSITORIOS
Único.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Publíquese.- Así lo acordó en la sesión de mérito el Pleno de la Comisión Federal de Competencia Económica por unanimidad de votos, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 28, párrafos décimo cuarto, vigésimo, fracción III y vigésimo primero de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 12, fracción XVII, de la Ley Federal de Competencia Económica y 5, fracción XIII del Estatuto Orgánico de la Comisión Federal de Competencia Económica; ante la fe del Secretario Técnico de dicha Comisión, de conformidad con los artículos 2, fracción VIII, 4, fracción IV, 18, 19, 20, fracciones XXVI, XXVII y LVI del Estatuto Orgánico de la Comisión Federal de Competencia Económica.
La Comisionada Presidenta, Alejandra Palacios Prieto.- Rúbrica.- Los Comisionados: Brenda Gisela Hernández Ramírez, José Eduardo Mendoza Contreras, Alejandro Faya Rodríguez, Ana María Reséndiz Mora.- Rúbricas.- El Secretario Técnico, Fidel Gerardo Sierra Aranda.- Rúbrica.
1 Publicado en el Diario Oficial de la Federación el treinta y uno de marzo de dos mil veinte.