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DOF: 02/12/2021 |
AVISO por el que se da a conocer la acreditación al Lic AVISO por el que se da a conocer la acreditación al Lic. Alfredo Bazúa Witte, Titular de la Notaría Número 230 de la Ciudad de México, para fungir como Prestador de Servicios de Certificación en los servicios de emisión de Sellos Digitales de Tiempo, Constancias de Conservación de Mensajes de Datos emitidas de conformidad con la NOM-151-SCFI-2016 y Digitalización de Documentos en Soporte Físico de conformidad con la NOM-151-SCFI-2016. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- ECONOMÍA.- Secretaría de Economía.- Unidad de Normatividad, Competitividad y Competencia.- Dirección General de Normatividad Mercantil. AVISO POR EL QUE SE DA A CONOCER LA ACREDITACIÓN AL LIC. ALFREDO BAZÚA WITTE, TITULAR DE LA NOTARÍA NÚMERO 230 DE LA CIUDAD DE MÉXICO, PARA FUNGIR COMO PRESTADOR DE SERVICIOS DE CERTIFICACIÓN EN LOS SERVICIOS DE EMISIÓN DE SELLOS DIGITALES DE TIEMPO, CONSTANCIAS DE CONSERVACIÓN DE MENSAJES DE DATOS EMITIDAS DE CONFORMIDAD CON LA NOM-151-SCFI-2016 Y DIGITALIZACIÓN DE DOCUMENTOS EN SOPORTE FÍSICO DE CONFORMIDAD CON LA NOM-151-SCFI-2016. La Secretaría de Economía a través de la Dirección General de Normatividad Mercantil, a fin de dar cumplimiento a lo establecido en los artículos 95 bis 6 fracción I del Código de Comercio; 7o. fracción V del Reglamento del Código de Comercio en Materia de Prestadores de Servicios de Certificación y 38 fracción IX del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía, hace pública la siguiente acreditación: Mediante oficio número 419.2021.001358, de fecha 28 de septiembre de 2021, la Dirección General de Normatividad Mercantil de la Secretaría de Economía, emitió la Resolución por medio de la cual se expidió la acreditación al Lic. Alfredo Bazúa Witte, Titular de la Notaría Número 230 de la Ciudad de México, para fungir como Prestador de Servicios de Certificación en los servicios de emisión de Sellos Digitales de Tiempo, Constancias de Conservación de Mensajes de Datos emitidas de conformidad con la NOM-151-SCFI-2016 y Digitalización de Documentos en Soporte Físico de conformidad con la NOM-151-SCFI-2016, en virtud de haber cumplido con lo establecido en los artículos 100 fracción I y 102 inciso A del Código de Comercio; 5o. del Reglamento del Código de Comercio en Materia de Prestadores de Servicios de Certificación; TÍTULO SEXTO De la Emisión de Sellos Digitales de Tiempo, TÍTULO SÉPTIMO De la Constancia de Conservación de Mensaje de Datos emitida de conformidad con la NOM-151-SCFI-2016 y TÍTULO OCTAVO De la Digitalización de Documentos en Soporte Físico de conformidad con la NOM-151-SCFI-2016, de las Reglas Generales a las que deberán sujetarse los Prestadores de Servicios de Certificación, así como, con el Apéndice A (Normativo) y Apéndice B (Normativo), de la Norma Oficial Mexicana NOM-151-SCFI-2016, Requisitos que deben observarse para la conservación de mensajes de datos y digitalización de documentos (cancela la NOM-151-SCFI-2002). La información referente a la Notaría Pública Número 230 de la Ciudad de México, se encuentra en la siguiente dirección electrónica: https://psc.notaria230.com.mx. Ciudad de México, a 22 de noviembre de 2021.- Director General de Normatividad Mercantil, Mtro. Benjamín Reyes Torres.- Rúbrica.
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