ACUERDO número 40/12/21 por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa de Cultura Física y Deporte para el ejercicio fiscal 2022.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Educación Pública.
DELFINA GÓMEZ ÁLVAREZ, Secretaria de Educación Pública, con fundamento en los artículos 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 38 y 45 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 75 y 77 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 1, 3, fracciones XXI, XXII y antepenúltimo párrafo, 27, 28, 33 y Anexos 17, 18, 19, 25 y 26 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2022; 176 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 1, 4 y 5 del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública, y
CONSIDERANDO
Que el artículo 77 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria dispone que la Cámara de Diputados en el Presupuesto de Egresos señalará los programas a través de los cuales se otorguen subsidios, que deberán sujetarse a reglas de operación con el objeto de asegurar que la aplicación de los recursos públicos se realice con eficiencia, eficacia, economía, honradez y transparencia, así como los criterios generales aplicables a las mismas;
Que asimismo, el referido precepto prevé que las dependencias y las entidades, a través de sus respectivas dependencias coordinadoras de sector, serán responsables de emitir las reglas de operación respecto de los programas que inicien su operación en el ejercicio fiscal siguiente, previa autorización presupuestaria de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y dictamen de la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria;
Que el Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2022 establece en sus artículos 3, fracción XXI y 27, primer párrafo que los programas que deberán sujetarse a reglas de operación son aquéllos señalados en su Anexo 25;
Que las Reglas de Operación a que se refiere el presente Acuerdo cuentan con la autorización presupuestaria de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y con el dictamen de la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria, y
Que en cumplimiento de lo anterior, he tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO NÚMERO 40/12/21 POR EL QUE SE EMITEN LAS REGLAS DE OPERACIÓN DEL
PROGRAMA DE CULTURA FÍSICA Y DEPORTE PARA EL EJERCICIO FISCAL 2022
ÚNICO.- Se emiten las Reglas de Operación del Programa de Cultura Física y Deporte para el ejercicio fiscal 2022, las cuales se detallan en el Anexo del presente Acuerdo.
TRANSITORIO
ÚNICO.- El presente Acuerdo entrará en vigor el 1 de enero de 2022.
Ciudad de México, 23 de diciembre de 2021.- Secretaria de Educación Pública, Delfina Gómez Álvarez.-
Rúbrica.
REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA DE CULTURA FÍSICA Y DEPORTE PARA EL EJERCICIO
FISCAL 2022
ÍNDICE
GLOSARIO
1. INTRODUCCIÓN
2. OBJETIVOS
2.1. General
2.2. Específicos
3. LINEAMIENTOS
3.1. Cobertura
3.2. Población objetivo
3.3. Beneficiarios/as
3.3.1. Requisitos
3.3.2. Procedimiento de selección
3.4. Características de los apoyos (tipo y monto)
3.4.1. Devengos, aplicación y reintegro de los recursos
3.4.1.1. Devengos
3.4.1.2. Aplicación
3.4.1.3. Reintegros
3.5. Derechos, obligaciones y causas de incumplimiento, suspensión, cancelación o reintegro de los recursos
3.6. Participantes
3.6.1. Instancia(s) ejecutora(s)
3.6.2. Instancia(s) normativa(s)
3.7. Coordinación institucional
4. OPERACIÓN
4.1. Proceso
4.2. Ejecución
4.2.1. Avance físico y financiero
4.2.2. Acta de entrega-recepción
4.2.3. Cierre de ejercicio
5. AUDITORIA, CONTROL Y SEGUIMIENTO
6. EVALUACIÓN
6.1. Interna
6.2. Externa
6.3. Indicadores
7. TRANSPARENCIA
7.1. Difusión
7.2. Contraloría social
8. QUEJAS Y DENUNCIAS
ANEXOS
Anexo 1. Diagrama de flujo del proceso de otorgamiento de apoyos.
Anexo 2. Formato del Sistema Integral de Información de Padrones de Programas Gubernamentales (SIIPP-G).
Anexo 3. Reporte Estadístico y/o de Metas.
Anexo 4. Criterios y montos de asignación de las becas económicas deportivas para deportistas. Criterios y montos para la entrega de estímulos deportivos a deportistas y entrenadores.
Anexo 5. Formato de propuesta para el otorgamiento de estímulo deportivo.
Anexo 6. Formato de reporte de gastos para el sector público.
Anexo 7. Criterios y montos de asignación de beca económica deportiva para entrenadores, equipo multidisciplinario y personal técnico.
Anexo 8. Formato de registro de proyectos (Carátula de Expediente Técnico para Infraestructura Deportiva).
Anexo 9. Validación del expediente técnico.
Anexo 10. Informe de avance físico y financiero.
Anexo 11. Base de datos de deportistas atendidos.
Anexo 12. Relación de documentos que deberá contener el expediente para realizar la comprobación en materia de infraestructura deportiva.
Anexo 13. Modelo de Convenio de Coordinación y Colaboración (Órganos de Cultura Física y Deporte, Programas Regulares).
Anexo 14. Modelo de Convenio de Concertación y Colaboración (Asociaciones Deportivas Nacionales, Órganos de Cultura Física y Deporte y/u Organismos Afines, deportistas, entrenadores y personal técnico, para Programa Operativo Anual, Eventos "deportivos, especiales y/o fundamentales" campamentos y visitas técnicas).
Anexo 15. Modelo de Convenio de Coordinación (Infraestructura Deportiva).
Anexo 16. Modelo de Convenio de Coordinación para la Etapa Regional o Macro Regional del evento Nacionales CONADE 2022.
Anexo 17. Modelo de Convenio de Apoyo Financiero para el evento "Nacionales CONADE 2022" y el evento "Paranacionales CONADE 2022".
Anexo 18. Solicitud o propuesta de Beca Económica Deportiva CONADE.
Anexo 19. Justificación para apoyar acciones de proyectos de Infraestructura deportiva y/o equipamiento deportivo.
Anexo 20.- Formato de solicitud de recursos de Infraestructura Deportiva y/o equipamiento deportivo.
Anexo 21.- Cédula de cálculo de usuarios.
Anexo 22. Plan de trabajo.
Anexo 23. Carta aceptación-compromiso de deportistas de Alto Rendimiento.
Anexo 24. Carta aceptación-compromiso para Entrenadores y Personal Técnico de deportistas de Alto Rendimiento.
Anexo 25. Currículum Vitae.
GLOSARIO
Para efectos de las presentes Reglas de Operación del Programa de Cultura Física y Deporte, se entenderá por:
Accesibilidad universal.- Conjunto de características/factores que debe disponer un entorno urbano, edificación, instalación deportiva, producto, servicio o medio de comunicación para ser utilizado en condiciones de comodidad, seguridad, movilidad personal independiente, particularmente para las personas con discapacidad física o sensorial y personas con movilidad limitada, garantizando el ejercicio de sus derechos eliminando así cualquier forma de discriminación o exclusión social, promoviendo la igualdad, con perspectiva de género.
Activación Física.- Ejercicio o movimiento del cuerpo humano que se realiza para mejora de la aptitud y la salud física y mental de las personas.
Adolescentes en contacto con la Ley Penal.- Personas de entre doce años cumplidos y menos de dieciocho años de edad a quienes se les atribuya o compruebe la realización de una o varias conductas tipificadas como delito.
Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible.- Es un plan de acción en favor de las personas, el planeta y la prosperidad. También tiene por objeto fortalecer la paz universal dentro de un concepto más amplio de la libertad. Se reconoce que la erradicación de la pobreza en todas sus formas y dimensiones, incluida la pobreza extrema, es el mayor desafío a que se enfrenta el mundo y constituye un requisito indispensable para el desarrollo sostenible.
Análisis Técnico Deportivo.- Estudio que se elabora con la finalidad de fundar y motivar la toma de decisiones técnicas y la retroalimentación del proceso de entrenamiento. Dicho estudio establece objetivos mediante la elaboración de la proyección de resultados deportivos, analizando la información relacionada con las actividades ejecutadas en cada etapa del proceso de entrenamiento, así como del comportamiento y nivel de desarrollo de la disciplina deportiva en el ámbito nacional e internacional.
APF.- Administración Pública Federal.
Apoyo(s).- Recursos económicos, humanos, y/o materiales que la CONADE otorgará a personas físicas o morales para la realización de las actividades propias del Programa.
Asesoría Técnica.- Es la transferencia de conocimiento para el mejor desarrollo de una actividad, labor o trabajo, sobre cómo realizarla con el máximo de beneficios y la aplicación o ejecución mínima de esfuerzos o inversión, para mejorar las acciones interinstitucionales en beneficio de los campos específicos del deporte y la cultura física.
Asociaciones Deportivas Nacionales.- De conformidad con el artículo 43 de la Ley, son personas morales, cualquiera que sea su estructura, denominación y naturaleza jurídica, que conforme a su objeto social promuevan, difundan, practiquen o contribuyen al desarrollo del deporte sin fines preponderantemente económicos. Dichas Asociaciones se encuentran inscritas en el RENADE.
Avance físico y financiero.- Documento que elabora y remite el beneficiario, para informar de manera trimestral a la Instancia normativa, una vez que sea radicado el recurso, el avance del ejercicio presupuestario detallando la aplicación del recurso ministrado y ejercido, así como el cumplimiento de las acciones comprometidas.
Beca Económica Deportiva.- Apoyo de tipo económico otorgado de forma periódica a deportistas de alto rendimiento, en desarrollo y en formación hacia el alto rendimiento, que han obtenido resultados vigentes destacados en eventos nacionales e internacionales. Así como a entrenadores(as), equipo multidisciplinario y personal técnico que coadyuvan en la preparación de los deportistas.
Beneficiarias/os.- Personas físicas tales como: deportistas, entrenadores(as), equipo multidisciplinario y personal técnico, del deporte convencional y del deporte adaptado involucradas en la práctica del deporte de Alto Rendimiento. Personas morales tales como: Entidades Federativas, Órganos de Cultura Física y Deporte y entidades de la APF, local, municipal, Demarcaciones Territoriales de la Ciudad de México, Asociaciones Deportivas Nacionales y organismos afines dedicados al fomento, la promoción y/o el impulso de la cultura física y deporte que, conforme a los criterios y requisitos de elegibilidad previstos en las presentes RO, son susceptibles de recibir apoyos del Programa, según sea el caso.
CEDEM.- Centros del Deporte Escolar y Municipal.
Ciclo Olímpico.- Período de cuatro años en el que se preparan a las y los deportistas que son candidatas(os) a participar en los Juegos Centroamericanos y del Caribe, Panamericanos y Olímpicos y Juegos Panamericanos y Olímpicos de la Juventud.
Ciclo Paralímpico.- Período de cuatro años en el que se preparan a las y los deportistas, que son candidatas(os) a participar en los Juegos Parapanamericanos, Paralímpicos, y Juegos Parapanamericanos Juveniles, así como en competencias internacionales, que tengan deportes dentro del programa oficial de Juegos Paralímpicos, convocadas por los Organismos Internacionales.
CLABE.- Clave Bancaria Estandarizada.
COI.- Comité Olímpico Internacional. Es el organismo encargado de promover el olimpismo en el mundo y coordinar las actividades del movimiento olímpico.
COM.- Comité Olímpico Mexicano, A.C., asociación civil autónoma, cuya actividad es de utilidad pública; en virtud de que su objeto consiste fundamentalmente en fomentar, proteger y velar por el desarrollo del deporte y el movimiento olímpico.
CONADE.- Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte, organismo público descentralizado de la APF, que es el conductor de la política nacional en materia de Cultura Física y del Deporte, con domicilio en la Ciudad de México.
CONDDE.- Consejo Nacional del Deporte de la Educación, A.C., organismo deportivo que promueve, fomenta y organiza la participación de las instituciones de educación superior públicas y privadas del país que tiene afiliadas en actividades de desarrollo del Deporte y la Cultura Física.
CONEVAL.- Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social.
Consejos Nacionales del Deporte Estudiantil.- El CONDDE, el Consejo Nacional para el Desarrollo del Deporte en la Educación Media Superior (CONADEMS) y el Consejo Nacional para el Desarrollo de la Educación Física y el Deporte en la Educación Básica (CONDEBA).
Contraloría Social.- Es el mecanismo de los beneficiarios, de manera organizada, para verificar el cumplimiento de las metas y la correcta aplicación de los recursos públicos asignados a los programas de desarrollo social.
COPAME.- Comité Paralímpico Mexicano, A.C., organismo que tiene la facultad exclusiva para la representación del país en los Juegos Paralímpicos y en las competencias regionales, continentales y mundiales, así como la inscripción de las personas que integran las delegaciones deportivas nacionales a dichos eventos.
Cultura Física.- Conjunto de bienes, conocimientos, ideas, valores y elementos materiales que el hombre ha producido con relación al movimiento y uso de su cuerpo.
Deporte.- Actividad física, organizada y reglamentada, que tiene por finalidad preservar y mejorar la salud física y mental, el desarrollo social, ético e intelectual, con el logro de resultados en competiciones.
Deporte adaptado.- Es toda actividad física, institucionalizada y reglamentada que, por medio de alguna modificación o adaptación, hace posible la práctica deportiva a personas que tienen cualquier tipo de discapacidad.
Deporte Convencional.- El orientado a la población que pertenece a selecciones y preselecciones nacionales.
Deporte de Alto Rendimiento.- El deporte que se practica con altas exigencias técnicas y científicas de preparación y entrenamiento, que permite al deportista la participación en preselecciones y selecciones nacionales que representan al país en competiciones y pruebas oficiales de carácter internacional.
Deporte Social.- El deporte que promueve, fomenta y estimula el que todas las personas sin distinción de género, edad, discapacidad, condición social, religión, opiniones, preferencias sexuales o estado civil, tengan igualdad de oportunidades para participar en actividades deportivas con finalidades recreativas, educativas y de salud o rehabilitación.
Deportistas de Alto Rendimiento.- Deportistas que conforman preselecciones y selecciones nacionales que buscan los más altos resultados en los eventos internacionales oficiales del Deporte Convencional y del Deporte adaptado mismos que conforman el Padrón de beneficiarios de la CONADE.
Deportistas en desarrollo.- Deportistas que conforman las preselecciones y selecciones nacionales juveniles, que, por sus resultados en diferentes eventos multideportivos nacionales, se les da un seguimiento
técnico deportivo para proyectarlos en la participación rumbo a eventos internacionales.
Deportistas en formación hacia el alto rendimiento.- Deportistas, que cuentan con un conjunto de cualidades físicas, psicológicas y habilidades motrices observables por encima de la media, que se encuentran en la etapa de enseñanza y familiarización con la actividad deportiva, con el objetivo de formarse a largo plazo como Deportistas Alto Rendimiento.
Discriminación.- Se entenderá como toda distinción, exclusión, restricción o preferencia que, por acción u omisión, con intención o sin ella, no sea objetiva, racional ni proporcional y tenga por objeto o resultado obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos humanos y libertades, cuando se base en uno o más de los siguientes motivos: el origen étnico o nacional, el color de piel, la cultura, el sexo, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, económica, de salud o jurídica, la religión, la apariencia física, las características genéticas, la situación migratoria, el embarazo, la lengua, las opiniones, las preferencias sexuales, la identidad o filiación política, el estado civil, la situación familiar, las responsabilidades familiares, el idioma, los antecedentes penales o cualquier otro motivo.
DOF.- Diario Oficial de la Federación.
ENED.- Escuela Nacional de Entrenadores Deportivos, institución educativa del tipo superior, que depende de la CONADE, tiene como objetivo regular, en el ámbito de su competencia, la formación, capacitación, actualización y certificación de los recursos humanos que se desempeñan en las áreas de la cultura física y de deporte, así como promover programas de investigación con un alto nivel académico y acorde a las necesidades que demanda la sociedad.
Entidades Federativas.- Los 31 estados de la República Mexicana y la Ciudad de México.
Entrenadoras/es.- El grupo de personas físicas profesionistas, especialistas o con experiencia reconocida en el campo del entrenamiento deportivo, con conocimientos generales en teoría y metodología del entrenamiento deportivo, que se dedican a la preparación, atención o seguimiento técnico deportivo, de los Deportistas de Alto Rendimiento, en formación y en Desarrollo hacia el Alto Rendimiento, tanto del deporte convencional como adaptado.
Equipo Multidisciplinario.- Personas físicas señalando de manera enunciativa mas no limitativa a las y los médicos, fisioterapeutas, quiroprácticos, médicos oficiales antidopaje, psicólogos, fisiatras, nutriólogos, biomecánicos, investigadores- docentes del deporte, especialistas en análisis técnico deportivo, especialistas responsables que coadyuvan en la preparación de los deportistas de Alto Rendimiento, en formación y en desarrollo hacia el Alto Rendimiento. Para efectos de las definiciones consideradas en el clasificador del concepto del gasto, a estos se les considerarán dentro del concepto de entrenadores.
Estilos de vida saludables.- El resultado de una serie de hábitos que permiten un estado de completo bienestar físico, mental y social.
Estímulo deportivo.- Beneficio financiero que otorga la CONADE a deportistas y entrenadoras/es por la obtención de un resultado deportivo vigente sobresaliente por un evento a nivel internacional, con base en los requisitos y criterios de elegibilidad establecidos en las presentes RO.
Evento/s deportivo/s.- Son actividades o competencias de carácter deportivo selectivo o masivo reglamentadas por los organismos deportivos competentes que pueden ser municipales, estatales, nacionales e internacionales, celebrados en territorio nacional o en el extranjero.
Eventos especiales.- Actividad Deportiva o competencia deportiva, de carácter, local, regional, nacional o internacional, principalmente en territorio mexicano, reuniones académicas, técnicas, de capacitación, certificación en los ámbitos del deporte y sus ciencias aplicadas, que apoyen la promoción y el desarrollo del deporte en México, tendientes a integrar la participación de los Órganos de Cultura Física y Deporte, Asociaciones Deportivas Nacionales y Organismos Afines.
Eventos fundamentales.- Competencias de representación nacional en los Juegos Olímpicos, Paralímpicos, Olímpicos de la Juventud y en las competiciones multideportivas regionales, continentales o mundiales, patrocinadas por el COI, el IPC International Paralympic Committee, la Federación Internacional de Deportes para Atletas con Discapacidad Intelectual y el Comité Internacional de Deportes para Sordos (ICSD).
Gasto comprometido.- El momento contable del gasto que refleja la aprobación por autoridad competente de un acto administrativo, u otro instrumento jurídico que formaliza una relación jurídica con terceros para la adquisición de bienes y servicios o ejecución de obras. En el caso de las obras a ejecutoras o de bienes y servicios a recibirse durante varios ejercicios, el compromiso será registrado por la parte que se ejecutará o recibirá, durante cada ejercicio.
Gasto devengado.- El momento contable del gasto que refleja el reconocimiento de una obligación de
pago a favor de terceros por la recepción de conformidad de bienes, servicios y obras oportunamente contratados; así como de las obligaciones que derivan de tratados, leyes, decretos, resoluciones y sentencias definitivas.
Igualdad de género.- Situación en la cual mujeres y hombres acceden con las mismas posibilidades y oportunidades al uso, control y beneficio de bienes, servicios y recursos de la sociedad, así como a la toma de decisiones en todos los ámbitos de la vida social, económica, política, cultural y familiar.
Infraestructura deportiva.- Instalaciones creadas y equipadas para la práctica de actividades deportivas (de masificación y alto rendimiento), lúdicas y recreativas, derivadas de acciones de obra pública y/o de equipamiento deportivo.
Iniciación deportiva.- Proceso de enseñanza aprendizaje, estructurado y desarrollado sistemáticamente para la adquisición de conocimientos técnicos y reglamentarios de una disciplina deportiva de acuerdo con las etapas del desarrollo del ser humano.
Instancias de educación.- La SEP y las Secretarías de Educación Estatales, e Instituciones Públicas de Educación Superior.
IVA.- Impuesto al valor agregado.
LDFEFM.- Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios.
Ley.- Ley General de Cultura Física y Deporte.
LFPRH.- Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
Licitación.- Los procedimientos a que se refieren los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 27 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las mismas y 26 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
Línea de Acción.- Conjunto de actividades específicas orientadas al cumplimiento del Programa.
Lineamientos.- A los Lineamientos que establecen el procedimiento que deberán observar los organismos e instituciones públicas y privadas, para efectos de comprobar los recursos federales sujetos a las Reglas de Operación vigentes que reciben por parte de la CONADE, publicados en el DOF el 23 de abril de 2013.
Manual de Operación de CEDEM.- Documento normativo aprobado por el Comité de Mejora Regulatoria Interna de la CONADE publicado en la Normateca Interna, el cual está disponible para su consulta en: https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/637401/Manual_de_Operacion_CEDEM.pdf
Matriz de Indicadores para Resultados (MIR).- Herramienta de planeación estratégica que en forma resumida, sencilla y armónica establece con claridad los objetivos y metas del programa presupuestario y su alineación con aquellos de la planeación nacional y sectorial; incorpora los indicadores que miden los resultados esperados; identifica los medios para obtener y verificar la información de los indicadores; describe los bienes y servicios a la sociedad, así como las actividades e insumos para producirlos; e incluye supuestos sobre los riesgos y contingencias que pueden afectar el desempeño del programa.
Metodología del Marco Lógico (MML).- Herramienta de planeación estratégica basada en la estructuración y solución de problemas, que permite organizar de manera sistémica y lógica los objetivos de un programa y sus relaciones de causalidad; identificar y definir los factores externos al programa que pueden influir en el cumplimiento de los objetivos; evaluar el avance en la consecución de los mismos, así como examinar el desempeño del programa en todas sus etapas. La MML facilita el proceso de conceptualización y diseño de programas. Permite fortalecer la vinculación de la planeación con la programación.
Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS).- Son los compromisos adoptados por la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas, para guiar las acciones de la comunidad internacional hasta el 2030. Los ODS están formulados para erradicar la pobreza, promover la prosperidad y el bienestar para todos, proteger el medio ambiente y hacer frente al cambio climático. En su conjunto, los 17 ODS y sus 169 metas conforman la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, son de carácter integrado e indivisible, de alcance mundial y de aplicación universal, tienen en cuenta las diferentes realidades, capacidades y niveles de desarrollo de cada país y respetan sus políticas y prioridades nacionales, "No Dejar a Nadie Atrás".
Organismos Afines.- Aquellas asociaciones civiles sin fines de lucro, cuyo propósito no se centra en la competencia deportiva, pero que tienen por objeto realizar actividades vinculadas con el deporte en general, dedicadas a la investigación, difusión, promoción, apoyo, fomento, estímulo y reconocimiento, tales como: el COM, el COPAME, el Instituto Nacional del Deporte de los Trabajadores (INDET), el CONDDE, el CONADEMS y el CONDEBA, entre otras.
Órganos de Cultura Física y Deporte.- Son los órganos que cada Entidad Federativa crea para que en coordinación con la CONADE promuevan, estimulen y fomenten el desarrollo de la Cultura Física y el Deporte en todo el país. Asimismo, son considerados como tales: el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), el Instituto Politécnico Nacional (IPN) y la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), dado los altos índices de participación deportiva con que cuentan, así como su vínculo con el desarrollo del deporte
federado.
Órganos Fiscalizadores.- Organismos públicos que se ocupan de velar por el cumplimiento de la normativa y regulación vigente, tales como el Órgano Interno de Control en la SEP, el Órgano Interno de Control en la CONADE, Auditores Externos (SHCP y Auditoría Superior de la Federación) así como los Órganos Locales de Control y demás instancias que en el ámbito de sus respectivas atribuciones resulten competentes.
Padrón de beneficiarios de la CONADE.- Relación de deportistas, entrenadores, personal técnico y equipo multidisciplinario de alto rendimiento, en desarrollo y en formación hacia el alto rendimiento que cubren los requisitos técnicos para formar parte de la Estrategia Deporte de Alto Rendimiento del deporte convencional y adaptado, implementado por la Dirección de Alto Rendimiento y autorizado por la SCD, mismo que requiere actualización periódica
PEF.- Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2022.
Personal Técnico.- Personas físicas señaladas de manera enunciativa más no limitativa a auxiliares de las y los entrenadores, guías, mecánicos, armeros, caballerangos, administrativos, con experiencia en el deporte que coadyuvan en la preparación de los deportistas de alto rendimiento y quienes se encuentran en desarrollo. Para efectos de las definiciones consideradas en el clasificador del concepto del gasto, a dichas personas se les considerarán dentro del concepto de entrenadores.
Perspectiva de género.- Concepto que se refiere a la metodología y los mecanismos que permiten identificar, cuestionar y valorar la discriminación, desigualdad y exclusión de las mujeres, que se pretende justificar con base en las diferencias biológicas entre mujeres y hombres, así como las acciones que deben emprenderse para actuar sobre los factores de género y crear las condiciones de cambio que permitan avanzar en la construcción de la igualdad sustantiva de género.
Premio Estatal del Deporte.- Estímulo otorgado a individuos, equipos, grupos, personas morales, organismos o instituciones, que por su actividad o desempeño contribuyen a acrecentar la proyección deportiva de su entidad a nivel nacional e internacional, previo cumplimiento de los requisitos establecidos en la Convocatoria publicada por la CONADE en la página https://www.gob.mx/conade/documentos /premio-nacional-de-deportes-y-premio-estatal-del-deporte-2022.
Premio Nacional de Deportes.- Estímulo otorgado a quienes por su actuación y desempeño hayan resultado o sobresalido en el año en que se califica dentro del ámbito deportivo, en la modalidad: deporte no profesional; deporte profesional; deporte paralímpico; entrenador; al juez-árbitro, trayectoria destacada y fomento, protección o impulso de la práctica de los deportes, establecida en la Convocatoria publicada por la CONADE en la página https://www.gob.mx/conade/documentos/premio-nacional-de-deportes-y-premio-estatal-del-deporte-2022.
Premios.- Beneficio económico y/o en especie que se concederá a quienes por su actuación y desempeño hayan resaltado o sobresalido en el año que se califica dentro del ámbito deportivo. Se dividen en: Premio Nacional de Deportes y Premio Estatal del Deporte.
Preselecciones Nacionales.- Conjunto de deportistas que se encuentran en proceso de preparación rumbo a eventos internacionales oficiales del deporte convencional y adaptado, para que a través de procesos selectivos internos conformen las Selecciones Nacionales.
Programa.- Al presente Programa de Cultura Física y Deporte, con clave presupuestaria S269.
Programa de Apoyo Técnico al Deporte de Alto Rendimiento.- Documento elaborado y entregado anualmente por las Asociaciones Deportivas Nacionales, que integra la planeación de las actividades enfocadas a la participación de preselecciones y selecciones nacionales de deportistas de Alto Rendimiento y en Desarrollo, en eventos del deporte convencional y adaptado del Ciclo Olímpico y Paralímpico. El documento contiene el calendario de eventos con base en el plan de trabajo de los entrenadores, así como la propuesta de entrenadores, deportistas y personal técnico.
Programa de Mantenimiento para Infraestructura deportiva y/o equipamiento deportivo.- Documento elaborado y entregado por los solicitantes de apoyo, ya sean las Entidades Federativas, Municipios y/o las Demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, el cual consiste en la programación mensual de todos los insumos y herramientas necesarias que requieren las instalaciones deportivas para su buen funcionamiento, así como para estar en óptimas condiciones.
Programa de Operación para Infraestructura deportiva y/o equipamiento deportivo.- Documento elaborado y entregado por los solicitantes de apoyo, ya sean las Entidades Federativas, Municipios y/o las Demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, el cual consiste en la programación mensual de la
plantilla del personal necesario (administrativo, entrenadoras/es, equipo multidisciplinario, etc.), para poder operar las instalaciones deportivas, cuyo costo estará a cargo del beneficiario cuando se haya otorgado el apoyo económico.
Promotor(a) de Actividad Física y Recreación.- Persona física que cuenta con los conocimientos y aptitudes para poder prestar sus servicios a los diferentes sectores de la población a través del movimiento y el desarrollo de las habilidades físico motrices y perceptivo motrices.
Proyecto de infraestructura deportiva.- Se refiere a la documentación que conforma el expediente técnico de obra pública para la construcción y modernización (ampliación, rehabilitación, remozamiento, rescate, remodelación y mejoramiento de equipamiento) de las instalaciones deportivas, creadas y equipadas para la práctica de actividades deportivas (de masificación y alto rendimiento), lúdicas y recreativas, derivadas de acciones de obra pública y/o de equipamiento deportivo.
Reglamento.- Reglamento de la Ley General de Cultura Física y Deporte.
Reintegro.- Cuando la/el beneficiaria/o realiza a la TESOFE la restitución integra, de la cantidad no comprobada o no utilizada en los conceptos de gastos autorizados en los instrumentos jurídicos formalizados.
RENADE.- Registro Nacional de Cultura Física y Deporte. Es un sistema de registro de atletas, federaciones, asociaciones o sociedades estatales recreativo-deportivas, de la rehabilitación, cultura física, deporte, instalaciones y eventos deportivos a nivel nacional, con el objetivo de generar un acervo de información que soporte el planteamiento de estrategias para la coordinación, fomento, apoyo, promoción, difusión y desarrollo de la cultura física y el deporte.
RLFPRH.- Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
RO.- Las presentes Reglas de Operación del Programa de Cultura Física y Deporte.
RUD.- Registro Único del Deporte, documento mediante el cual se otorga la clave única a cada solicitud de inscripción al RENADE, una vez que se ha determinado que cumple con los requisitos establecidos en la Ley y en el Reglamento, documento que emite el Sistema RENADE.
SA.- Subdirección de Administración de la CONADE.
SCD.- Subdirección de Calidad para el Deporte de la CONADE.
SCF.- Subdirección de Cultura Física de la CONADE.
SD.- Subdirección del Deporte de la CONADE.
Selecciones Nacionales.- Deportistas que integran la representación del país en competencias internacionales oficiales deporte convencional y adaptado convocados por la respectiva Federación Internacional del Deporte.
SEP.- Secretaría de Educación Pública de la APF.
SFP.- Secretaría de la Función Pública de la APF.
SHCP.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público de la APF.
SIIPP-G.- Sistema Integral de Información de Padrones de Programas Gubernamentales. Es una herramienta de información y análisis de cobertura nacional que integra de forma estructurada y sistematizada la información objetiva y fehaciente respecto de los programas a cargo de las dependencias y entidades de la APF.
SINADE.- Sistema Nacional de Cultura Física y Deporte, de conformidad con la Ley y el Reglamento, es un órgano colegiado integrado por las Dependencias, Organismos e Instituciones públicas y privadas, Sociedades, Asociaciones Deportivas Nacionales y Consejos Nacionales del Deporte Estudiantil, que en sus respectivos ámbitos de actuación tienen como objetivo generar las acciones, financiamientos y programas necesarios para la coordinación, fomento, ejecución, apoyo, promoción, difusión y desarrollo de la activación física, la cultura física y el deporte, así como para el óptimo aprovechamiento de los recursos humanos, financieros y materiales.
Solicitante.- Persona física o moral que de manera formal presenta la solicitud o escrito libre para participar en el proceso de selección de los apoyos que se otorgan mediante el Programa, siguiendo el procedimiento establecido en las presentes RO.
Solicitud. Petición formal (escrito libre para solicitar formar parte de los beneficios de las estrategias) de apoyos que presenta el solicitante.
SPORT ACCORD.- Es una organización que reúne a más de ciento veinticinco federaciones internacionales del Deporte afiliadas y reconocidas por el Comité Olímpico Internacional, la Asociación Global de Federaciones Deportivas Internacionales y otras asociaciones que promueven deportes olímpicos, de verano e invierno y no olímpicos.
TESOFE.- Tesorería de la Federación.
Unidades Administrativas.- SCF, SCD, SD y SA.
1. INTRODUCCIÓN
El artículo 4o., décimo tercer párrafo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos reconoce que toda persona tiene el derecho a la cultura física y a la práctica del deporte, correspondiendo al Estado su promoción, fomento y estímulo conforme a las leyes en la materia, por lo que se debe garantizar a todas las personas sin distinción de género, edad, discapacidad, condición social, religión, opiniones, preferencias o estado civil, la igualdad de oportunidades dentro de los programas de desarrollo que en la materia se implementen.
La Ley establece que la cultura física y el deporte, tienen entre otras finalidades generales, fomentar el desarrollo de la activación física, la cultura física y el deporte como medio importante en la preservación de la salud, prevención de enfermedades, así como en la prevención del delito.
Para el Gobierno Federal la práctica de la actividad física y el deporte es una prioridad fundamental para elevar el nivel de bienestar social y cultural de las y los habitantes de nuestro país y construir una nación íntegra, siendo el deporte una de las expresiones culturales que más vinculan a los seres humanos. Resulta un entretenimiento no sólo para quienes participan sino también para las/los espectadoras/es y provoca la necesidad de vincularse dejando de lado razas, clases sociales o cualquier otra división, estimula la búsqueda del bien común, en este caso, para formar un equipo, competir e intentar ganar.
El Programa tiene como referente la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible por lo que, con sus acciones y apoyos, contribuirá, directa e indirectamente, a dos de los ODS, en el Objetivo 3 Salud y Bienestar. "Garantizar una vida sana y promover el bienestar de todos en todas las edades", a través de la meta 3.4 "Para 2030, reducir en un tercio la mortalidad prematura por enfermedades no transmisibles mediante la prevención y el tratamiento y promover la salud mental y el bienestar", así como en el Objetivo 4 Educación de Calidad. "Garantizar una educación inclusiva, equitativa y de calidad y promover oportunidades de aprendizaje durante toda la vida para todos", por medio de las metas; 4.7 "De aquí a 2030, asegurar que todos los alumnos adquieran los conocimientos teóricos y prácticos necesarios para promover el desarrollo sostenible, entre otras cosas mediante la educación para el desarrollo sostenible y los estilos de vida sostenibles, los derechos humanos, la igualdad de género, la promoción de una cultura de paz y no violencia, la ciudadanía mundial y la valoración de la diversidad cultural y la contribución de la cultura al desarrollo sostenible" y 4.a "Construir y adecuar instalaciones escolares que respondan a las necesidades de los niños y las personas discapacitadas y tengan en cuenta las cuestiones de género, y que ofrezcan entornos de aprendizaje seguros, no violentos, inclusivos y eficaces para todos".
El Programa se encuentra alineado al Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024 (PND), en su Eje III. Economía, apartado "El deporte es salud, cohesión social y orgullo nacional", ya que sus acciones están encaminadas a la atención de sus tres rubros: "1. Es una prioridad la activación física"; "2. El deporte para todos" y "3. Apoyo al deporte de alto rendimiento con transparencia"; al Programa Sectorial de Educación 2020-2024, en su Objetivo prioritario 5 "Garantizar el derecho a la cultura física y a la práctica del deporte de la población en México con énfasis en la integración de las comunidades escolares, la inclusión social y la promoción de estilos de vida saludables", mediante las estrategias prioritarias; 5.2 "Promover la participación de todos los grupos sociales en los programas de cultura física y deporte, priorizando a los grupos en situación de vulnerabilidad para propiciar la cohesión social", 5.3 "Promover la cultura física como medio para alcanzar el bienestar, a partir de la práctica de actividades físicas regulares", y 5.4 "Impulsar proyectos deportivos de alto rendimiento en las disciplinas olímpicas y no olímpicas, que propicien la consolidación y continuidad del talento deportivo", así como con el Programa Institucional 2021-2024 de la Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte, derivado del PND, en el que se destaca la "Relevancia del Objetivo prioritario 1: Mejorar las condiciones de coordinación y comunicación con los miembros del SINADE, para promover, fomentar y estimular la cultura física y el deporte".
Entre los problemas o insuficiencias más importantes que presenta el sistema deportivo mexicano, se encuentra la falta de hábitos de práctica deportiva y elevado nivel de sedentarismo de la población, asociado a un porcentaje muy bajo de educación física efectiva en el sistema educativo nacional; el escaso desarrollo en la intervención de los Municipios en el deporte; la limitada capacitación de las/los responsables voluntarias/os y profesionales del referido sistema deportivo; los resultados deportivos de México en el contexto internacional inferiores a su potencial como país, entre otros.
Por medio del fomento se permitirá que la mayoría de la población tenga acceso a la práctica de actividades físicas y deportivas en instalaciones adecuadas, con la asesoría de personal capacitado; de igual forma se contempla la necesidad de superar obstáculos que limitan la práctica de la actividad física y el deporte en las escuelas.
De acuerdo con la información reportada en el Módulo de Práctica Deportiva y Ejercicio Físico (MOPRADEF), como fuente de información publicada en https://www.inegi.org.mx/programas/mopradef/ , tenemos que el hábito por la actividad física y la práctica deportiva en la vida diaria de las/los mexicanas/os, según las estadísticas en el año 2020 muestran que 61.1% de la población mexicana de 18 años y más en áreas urbanas es inactiva físicamente, siendo esta cifra más alta que la reportada en 2019 (57.9%). Asimismo, los datos reportados en 2020 muestran que la distribución porcentual de la población femenina inactiva es de 65.6%, mientras que de la población masculina es del 56.2%. Sin duda, estos niveles de inactividad física tienen repercusiones muy importantes para la calidad de vida de las/los mexicanas/os. Por el contrario del 38.9% que se considera activo físicamente.
Las presentes RO se encuentran en el marco de lo establecido en el "Acuerdo por el que se emiten los lineamientos para incorporar la perspectiva de género en las Reglas de Operación de los programas presupuestarios federales", publicado en el DOF el 29 de junio de 2016.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 179 del RLFPRH, la CONADE verificó que el Programa objeto de las presentes RO no se contrapone, afecta ni presenta duplicidades con otros programas y acciones del Gobierno Federal, en cuanto a su diseño, beneficios, apoyos otorgados y población objetivo, así como que se cumplen las disposiciones aplicables.
2. OBJETIVOS
2.1. General
Activar físicamente a la población mexicana de 6 años y más, a través de la Estrategia Cultura Física, la Estrategia Deporte y la Estrategia Deporte de Alto Rendimiento, que implementa la CONADE sin discriminación y en coordinación con los Órganos de Cultura Física y Deporte, Municipios, Demarcaciones Territoriales de la Ciudad de México, Asociaciones Deportivas Nacionales y Organismos Afines miembros del SINADE.
2.2. Específicos
- Beneficiar a los Municipios y Demarcaciones Territoriales de la Ciudad de México con acciones de los CEDEM, en los que se promueve y fomenta la práctica regular y sistemática del deporte social.
- Fomentar el deporte social y el deporte de representación, mediante el otorgamiento de apoyos económicos a los Órganos de Cultura Física y Deporte, para la participación de niñas, niños, adolescentes y jóvenes en eventos deportivos nacionales, que promuevan la cultura física y el surgimiento de nuevos valores deportivos.
- Fomentar el desarrollo de la Cultura Física, mediante el otorgamiento de apoyos económicos a los Órganos de Cultura Física y Deporte y Organismos Afines, para promover la práctica de actividades físicas, de recreación y pre-deportivas en la población, de forma regular, organizada, sistemática e incluyente.
- Impulsar la Infraestructura deportiva, a través de apoyos económicos para la construcción y modernización (ampliación, rehabilitación, remozamiento, rescate, remodelación y mejoramiento de equipamiento) de las instalaciones deportivas orientadas a la práctica del deporte en la población.
- Incrementar el personal que posea el perfil necesario para asegurar el desarrollo de la Cultura Física y el Deporte en el país, mediante acciones de formación, capacitación, certificación e investigación en el deporte.
- Fomentar la ejecución de las acciones y eventos deportivos de las Asociaciones Deportivas Nacionales, cuyas disciplinas no forman parte del Programa Olímpico y de las acciones que los Organismos Afines establecen en sus planes de trabajo, a fin de contribuir al cumplimiento de sus estrategias y objeto social, mediante asesoramiento y el otorgamiento de apoyos económicos.
- Apoyar económicamente a las y los integrantes del SINADE para la realización y/o participación en eventos deportivos especiales de carácter, municipal, y Demarcaciones Territoriales de la Ciudad de México, local, regional, nacional e internacional, dentro o fuera del territorio mexicano, a fin de contribuir al desarrollo del deporte y la cultura física del país
- Otorgar apoyos a Deportistas de Alto Rendimiento, Deportistas en desarrollo, Deportistas en
formación hacia el alto rendimiento, Entrenadores(as), Personal técnico y Equipo multidisciplinario, del Deporte Convencional y del Deporte adaptado, para los programas de preparación y la participación en Eventos fundamentales.
- Apoyar económicamente a las Asociaciones Deportivas Nacionales, Órganos de Cultura Física y Deporte y Organismos Afines para la participación en Eventos fundamentales, la organización de Eventos especiales y para la realización de actividades que contribuyan al desarrollo del deporte y la cultura física del país.
- Otorgar apoyos económicos directos a Entrenadores(as), Equipo Multidisciplinario y Personal Técnico que se dedican a la preparación atención y/o seguimiento técnico deportivo, de los Deportistas en formación hacia el alto rendimiento, y los deportistas en desarrollo, del Deporte Convencional y del Deporte adaptado.
- Otorgar becas económicas deportivas, estímulos deportivos y premios a deportistas de alto rendimiento, en desarrollo y en formación hacia el alto rendimiento, así como a entrenadores, equipo multidisciplinario y personal técnico, según corresponda.
Las estrategias del Programa son:
A. Estrategia Cultura Física
Líneas de acción operadas por la SCF:
a) Activación Física
Fomentar el desarrollo de la Cultura Física en todos los grupos sociales, a través de la concientización y la práctica regular, organizada, sistemática e incluyente de actividades físicas, recreativas y pre-deportivas que favorezcan la disminución de los porcentajes de sobrepeso, obesidad y sedentarismo, así como el desarrollo de las capacidades físicas de la población, bajo las siguientes modalidades:
1.-"Activación Física Escolar".- Contribuir, para la creación de una cultura física que oriente a niñas, niños, adolescentes y jóvenes a partir de los seis años de escuelas públicas y particulares, a la práctica regular, organizada, sistemática e incluyente de la actividad física, recreativa y pre-deportiva con el objeto de generar estilos de vida saludables y de esta forma disminuir los factores que provocan el desarrollo de enfermedades no transmisibles propiciando una mejora en las capacidades y habilidades físicas. Así como promover la capacitación de promotoras/es de actividad física y recreación encargadas/os de implementar la operación para el desarrollo de la modalidad.
2.- "Activación Física Laboral".- Promover entre las/los trabajadoras/es de la APF, Estatal, Municipal, Demarcaciones Territoriales de la Ciudad de México y del sector privado, la práctica regular de la actividad física, recreativa y pre-deportiva dentro y fuera de su horario laboral, así como la participación en eventos masivos de activación física para la integración social, participación en foros y capacitaciones relacionadas con el cuidado y conservación de la salud física que contribuya a un mejor rendimiento laboral.
3.- "Activación Física en Tu Zona".- Promover en la población en general a partir de los 6 años, la práctica de las actividades físicas, recreativas y pre-deportivas en los espacios públicos de su comunidad (parques, jardines, canchas deportivas, centros de salud comunitarios, gimnasios al aire libre), orientadas al fomento del cuidado de la salud física y la integración social, brindando capacitación de promotoras/es de actividad física y recreación para su desarrollo.
4.- "Activación Física Masiva".- Propiciar la realización de eventos masivos en espacios públicos, que permitan generar adherencia a la práctica regular, organizada, sistemática e incluyente de actividad física, recreativa y pre-deportiva en la población, fomentando la adopción de hábitos saludables y la promoción de sus beneficios.
b) CEDEM
Contribuir al fomento de la práctica del deporte social de manera sistemática e incluyente que permita desarrollar hábitos saludables en la población, aprovechando los espacios deportivos, dotándolos con material deportivo adecuado, impulsando la iniciación, la competencia, el bienestar y la cohesión social, para lo cual se capacitará al personal encargado de la conducción de las diferentes disciplinas deportivas, favoreciendo la inclusión y la igualdad de oportunidades entre los diversos sectores de la población, bajo este objetivo se considera la operación de las siguientes modalidades:
1.- Deporte para todos.- Se fomenta la práctica regular, sistemática e incluyente del deporte a través de actividades deportivas como: torneos, campamentos, eventos y expos que impulsen la integración, valores y el uso positivo del tiempo libre, contribuyendo a que más niñas, niños, adolescentes y jóvenes adopten
hábitos en la práctica de alguna disciplina deportiva, orientados con personal capacitado con el fin de detonar la masificación en los diferentes tipos de centros deportivos dirigidos a los diversos sectores de población como: Indígenas, Personas con Discapacidad, Adolescentes en contacto con la Ley Penal, Adultos Mayores, población municipal, estudiantil, entre otros.
2.- Deporte de Iniciación y Formación.- Promueve sistemáticamente la iniciación deportiva, principalmente en niñas, niños adolescentes y jóvenes, orientándolos en su formación física, psicológica y motriz de alguna disciplina deportiva, bajo una metodología técnica especializada que contribuya al desarrollo de hábitos deportivos y detección temprana de habilidades, favoreciendo su desempeño competitivo.
c) Eventos deportivos nacionales. Fomentar entre las niñas, niños, adolescentes y jóvenes, la práctica sistemática del deporte que promuevan la cultura física y el surgimiento de nuevos valores deportivos, mediante el otorgamiento de apoyos económicos a los Órganos de Cultura Física y Deporte, Asociaciones Deportivas Nacionales y Órganos Afines, para la realización de competencias deportivas a nivel nacional.
B. Estrategia Deporte de Alto Rendimiento
Líneas de acción operadas por la SCD:
d) Promover, estimular y fomentar la identificación, desarrollo y preparación de deportistas de Alto Rendimiento, Deportistas en Desarrollo y Deportistas en Formación hacia el Alto Rendimiento, tanto en el deporte convencional como en el adaptado para la obtención de los más altos resultados en eventos deportivos de carácter internacional; mediante la aportación de apoyos a los beneficiarios señalados en el numeral 3.3 de las presentes RO, a través de lo siguiente:
1.- Becas económicas deportivas a deportistas de Alto Rendimiento, en desarrollo y en formación hacia el alto rendimiento, tanto para el deporte convencional como para el deporte adaptado: Apoyo de tipo económico que se otorgará de manera periódica a deportistas con base en los criterios señalados en el Anexo 4 y requisitos establecidos en el numeral 3.3.1 de las presentes RO.
2.- Becas económicas deportivas a entrenadores, equipo multidisciplinario y personal técnico: Apoyo de tipo económico que se otorgará de manera periódica a aquellos entrenadores, equipo multidisciplinario y personal técnico que participan en la preparación, atención y/o seguimiento técnico deportivo de los deportistas de Alto Rendimiento, en desarrollo y en formación hacia el alto rendimiento, tanto para el deporte convencional como para el deporte adaptado, con base en los criterios señalados en el Anexo 7 y requisitos establecidos en el numeral 3.3.1 de las presentes RO.
3.- Apoyos para la preparación y participación en competencias nacionales e internacionales: Apoyo de tipo económico para deportistas de Alto Rendimiento, deportistas en desarrollo, entrenadores(as), equipo multidisciplinario y personal técnico, tales como: gastos de transportación; alimentación, hospedaje y demás gastos inherentes al evento; vestuario y calzado deportivo; gestión y trámites administrativos, así como todo lo estrictamente indispensable para su preparación y participación tomando en cuenta la disciplina, sede, fecha y actividad a realizar.
4.- Apoyo de tipo económico a Asociaciones Deportivas Nacionales, Órganos de Cultura Física y Deporte y Organismos Afines: Apoyo de tipo económico para el Programa de Apoyo Técnico al Deporte de Alto Rendimiento para deportistas de Alto Rendimiento y deportistas en desarrollo; así como para la participación en Eventos fundamentales, la organización de Eventos especiales y para la erogación en bienes y servicios destinados a la realización de actividades relacionadas con la coordinación, fomento, ejecución, apoyo, promoción, difusión y desarrollo de la cultura física. Para el caso del COM que atiende a deportistas de Alto Rendimiento en sus programas de preparación proporcionando alimentación, hospedaje y mantenimiento de instalaciones.
5.- Estímulos deportivos, y Premios a los deportistas, entrenadores, organismos e instituciones: Apoyo de tipo económico para reconocer la obtención de un resultado deportivo sobresaliente en una competencia a nivel internacional, a los deportistas de alto rendimiento, en desarrollo y en formación hacia el alto rendimiento, a sus entrenadores tanto en el deporte convencional como en el adaptado; así como a las personas físicas y morales referidas en el artículo 48 de la Ley y a deportistas del deporte profesional, por contribuir al desarrollo de la cultura física y el deporte nacional. En el caso de los Estímulos se da con base en los criterios señalados en el Anexo.
C. Estrategia Deporte
Líneas de acción operadas por la SD:
e) Apoyo a las Asociaciones Deportivas Nacionales y Organismos Afines: Se otorgarán apoyos económicos para eventos especiales, programa anual de trabajo y/o asesoría técnica, según sea el caso,
tanto para la consecución de sus programas operativos anuales, como para la realización de eventos deportivos, dentro del marco de su objeto social, con el propósito de ofrecer un mayor número de alternativas para la práctica deportiva, además de coadyuvar con la inclusión al deporte de iniciación, formación y competencia.
f) Apoyo a Órganos de Cultura Física y Deporte: Se otorgarán apoyos económicos para eventos especiales, programas anuales de trabajo y/o asesoría técnica, según sea el caso, para la consecución de los proyectos convenidos con la CONADE, para la realización de acciones y eventos especiales, con el propósito de ofrecer un mayor número de alternativas para la práctica deportiva y coadyuvar con la inclusión al deporte de iniciación, formación y competencia.
g) Promoción y Fomento de la Cultura Física y el Deporte: Convocar al SINADE para proponer planes y programas que contribuyan a fomentar, promover y estimular el desarrollo de la activación física, la cultura física y el deporte, considerando el pleno reconocimiento a la equidad e igualdad hacia las personas con discapacidad y en coordinación con los tres órdenes de gobierno, de ser posible, vincular la ejecución de las políticas que orienten el fomento y desarrollo del deporte en el país.
h) Apoyar acciones para proyectos de Infraestructura deportiva y/o equipamiento deportivo: Con el propósito de construir y modernizar (ampliación, rehabilitación, remozamiento, rescate, remodelación y mejoramiento de equipamiento) para la práctica del deporte masivo y el de alto rendimiento, se cuenta con la línea de acción referente a apoyos económicos para los siguientes organismos miembros del SINADE: Dependencias, Organismos e Instituciones públicas y privadas, Asociaciones Deportivas Nacionales y Consejos Nacionales del Deporte Estudiantil, reconocidos por la Ley.
i) Formación, capacitación, actualización, certificación e investigación: Contribuir a que haya más y mejores profesionistas de las ciencias del deporte (licenciadas/os en entrenamiento deportivo y maestras/os en ciencias del deporte), técnicas/os del deporte (instructoras/es, entrenadoras/es, jueces, árbitros, gestoras/es y todas aquellas personas que realicen una función laboral en el ámbito del deporte) e investigadoras/es y académicas/os requeridos para el desarrollo óptimo de la actividad física y el deporte en el país, a través de la ENED.
3. LINEAMIENTOS
3.1. Cobertura
El Programa tiene cobertura a nivel nacional.
3.2. Población objetivo
Es la población mexicana de 6 años y más, sin distinción de género, edad, discapacidad, condición social, religión, opiniones, preferencias o estado civil, a través de las personas físicas (personal técnico especializado, Deportistas atletas de Formación, Deportistas en Desarrollo y Deportistas de Alto Rendimiento), y morales (Entidades Federativas, Órganos de Cultura Física y Deporte, Municipios y Demarcaciones Territoriales de la Ciudad de México, dependencias y entidades de la APF y Estatal, Asociaciones Deportivas Nacionales y Organismos Afines) dedicadas al fomento, la promoción y/o el impulso de la Cultura Física y el Deporte, que cumplan con los requisitos que se establecen en el numeral 3.3.1 de las presentes RO.
3.3. Beneficiarios/as
3.3.1. Requisitos
Requisitos generales
Para acceder a los apoyos que brinda el Programa, las/los representantes de las personas morales beneficiarias solicitantes deberán dirigirse a la SCF, SCD y SD, y cumplir con los siguientes requisitos generales:
Requisitos | Líneas de acción |
a | b | c | d | e | f | g | h | i |
Escrito libre de incorporación a la Estrategia Cultura Física o sus Líneas de acción en el que manifiesten los motivos y/u objetivos que esperan alcanzar. Deberá ser remitido por medios electrónicos o de manera física a la SCF. | * | * | | | | | | | |
**Copia de la constancia de inscripción en el Registro Federal de las Organizaciones de la Sociedad Civil (No debe estar suspendida o cancelada). | * | * | * | * | * | | | | |
**Copia del acuse de recibo del informe anual de actividades del año inmediato anterior que presentan ante la Comisión de Fomento a las Actividades de las Organizaciones de la Sociedad Civil. | * | * | * | * | * | | | | |
Mediante oficio se deberá remitir la documentación correspondiente al alta de la cuenta bancaria productiva específica, aperturada para la transferencia de los recursos que otorga el Programa. Asimismo, deberá notificar la cuenta bancaria productiva específica, en la que se ejecutará el recurso. | * | * | * | * | * | * | | * | * |
Solicitud a través de un escrito libre que indique las generalidades del evento, actividad o acciones a apoyar, mismas que deberán estar orientadas al desarrollo del Deporte y la Cultura Física. | | | | | * | * | | | * |
Determinar el monto solicitado y justificar el requerimiento de éste. | | | | * | * | * | | * | * |
** Copia de la RUD vigente. | | | | * | * | | | | |
**Anualmente presentar Programa de Apoyo Técnico al Deporte de Alto Rendimiento 2022. Para el caso del COM y COPAME el Programa de Apoyo para la participación de México en competencias fundamentales | | | | * | | | | | |
Presentar su programa anual de trabajo en el formato que remita la Dirección de Activación Física y Recreación de la SCF, el cual deberá considerar el análisis para la implementación de la Línea de acción | * | | | | | | | | |
Presentar el Programa Anual de Trabajo, establecido en el Manual de Operación de CEDEM. Esto aplica para las/os beneficiarias/os que operaron en el ejercicio fiscal anterior. | | * | | | | | | | |
Apegarse a lo establecido en el Manual de Operación de CEDEM. | | * | | | | | | | |
Los Órganos de Cultura Física y Deporte y/u Organismos Afines que deseen participar como Sede de la etapa Final Nacional en alguno de los eventos deportivos nacionales, deberán informar por escrito a la SCF y enviar un proyecto de candidatura de sede que cumpla con lo establecido en la "Guía para proyecto de candidatura de Sede" misma que será enviada a los interesados una vez recibida la solicitud. Cabe destacar que las solicitudes también se realizarán a través del Sistema Integral de Comprobación de Recursos una vez elegida sede del evento. | | | * | | | | | | |
Suscribir y formalizar el convenio que corresponda Anexos 13, 14, 15, 16, y 17 de las presentes RO. | * | * | * | * | * | * | | * | * |
Para la comprobación de los recursos federales, deberán cumplir con los Lineamientos. | * | * | * | * | * | * | | * | * |
Para efectos de comprobación de preferencia uso del sistema de comprobación que la CONADE implemente. | * | * | * | * | * | * | | * | * |
*Requisito para beneficiarias/os que reciban por primera vez el recurso o hayan dejado de serlo por 1 año o más.
** Estos son documentos necesarios para otorgar el recurso a los Organismos Afines.
Requisitos específicos para la línea de acción d)
Las personas físicas y morales según corresponda, deberán de cumplir con lo siguiente:
d) 1. Becas económicas deportivas a deportistas de Alto Rendimiento, en desarrollo y en formación hacia el alto rendimiento, tanto para el deporte convencional como el adaptado
- Ser preseleccionado, seleccionado nacional, obtener primer lugar en el evento "Nacionales CONADE" o en "Para Nacionales CONADE". Previa valoración técnica. Conforme a los criterios técnicos señalados en el Anexo 4;
- Solicitud de apoyo mediante escrito libre dirigido a la SCD, emitido por el titular de la Asociación Deportiva Nacional, Órgano de Cultura Física y Deporte, Organismo Afín o por la Dirección de Alto Rendimiento de la SCD, mismo que deberá contener nombre completo del solicitante y disciplina;
- Presentar en ventanilla única de la CONADE la solicitud de beca económica deportiva en original con firma autógrafa, Anexo 18;
- Documento oficial emitido por el Comité organizador del evento, en donde se señale el resultado deportivo del deportista que solicita la beca;
- Copia simple del acta de nacimiento;
- Copia simple de comprobante de domicilio (teléfono, predio, agua, luz) no mayor a tres meses de antigüedad a su fecha de presentación y que indique el Código Postal (C.P.);
- Copia simple de la identificación oficial vigente con fotografía, para el caso de menores de edad pasaporte o copia de credencial escolar actualizada, por ambas caras, legible o constancia de estudios con fotografía;
- Clave Única de Registro de Población (CURP), y
- Estado de cuenta bancaria nacional, actualizada con CLABE, no mayor a tres meses de antigüedad a su fecha de presentación.
d) 2. Becas económicas deportivas a entrenadores, equipo multidisciplinario y personal técnico:
- Solicitud de apoyo mediante escrito libre dirigido a la SCD, emitido por los titulares de la Asociación Deportiva Nacional, por la Dirección de Alto Rendimiento o por la Dirección de Medicina y Ciencias aplicadas de la SCD según corresponda, que deberá contener nombre completo y nacionalidad, justificando los motivos para ser susceptible del apoyo. Para entrenadores(as) de deportistas en formación hacia el alto rendimiento podrá ser por el Órgano de Cultura Física y Deporte u Organismo Afín o por la Dirección de Alto Rendimiento;
- Copia simple de la identificación oficial vigente con fotografía;
- Clave Única de Registro de Población (CURP);
- Estado de cuenta bancaria nacional actualizada con CLABE, no mayor a tres meses de antigüedad a su fecha de presentación;
- Copia simple de comprobante de domicilio (teléfono, predio, agua, luz) no mayor a tres meses de antigüedad a su fecha de presentación y que indique el C.P.;
- Base de datos de deportistas atendidos de conformidad al Anexo 11. En el caso de medicina, fisioterapia, masoterapia, psicología, nutrición, quiropráctica y biomecánica no aplica para primeras altas, porque no tienen deportes asignados al momento de su alta en el padrón de beneficiarios;
- Currículum Vitae conforme a lo establecido en el Anexo 25;
- Plan de trabajo conforme a los criterios establecidos en el Anexo 22 (sólo aplica para entrenadores(as) de deportistas de alto rendimiento y de deportistas en desarrollo, no aplica para equipo multidisciplinario ni personal técnico), y
- Para el caso de personas extranjeras, deberán acreditar su legal residencia en el país con su forma migratoria vigente, así como con la presentación de sus documentos de su formación profesional, debidamente apostillados.
d) 3. Apoyos para la preparación y participación en competencias nacionales e internacionales:
- Solicitud de apoyo mediante escrito libre dirigido a la SCD, emitido por los titulares de las Asociaciones Deportivas Nacionales, Órganos de Cultura Física y Deporte u Organismos Afines, entrenadores(as), equipo multidisciplinario o deportistas; que deberá contener: justificación técnica, nombre, fecha y sede de la actividad, temporalidad del evento, monto del apoyo total y monto por concepto de apoyo, participantes y la función que realizarán;
- Suscripción del convenio de concertación y colaboración de conformidad con el Anexo 14;
- Convocatoria oficial o invitación o justificación técnica emitida por la Asociación Deportiva Nacional;
- Estado de cuenta bancaria nacional actualizada con CLABE, no mayor a tres meses de antigüedad a su fecha de presentación, y
- Proporcionar a la CONADE la información que les sea requerida para cumplir con lo establecido en el Decreto por el que se crea el Sistema Integral de Información de Padrones de Programas Gubernamentales, publicado en el DOF el 12 de enero del 2006, para lo cual será necesario requisitar el formato SIIPP-G a que se refiere el Anexo 2 y presentarlo a la unidad administrativa correspondiente a más tardar 30 días hábiles posteriores a la firma del convenio de concertación y colaboración (Anexo 14).
- Observar la normatividad aplicable para el caso de adquisiciones.
Precisando que algunos apoyos de tipo económicos que pudieran solicitarse como reintegros a favor de los deportistas o entrenadores(as) a través los Órganos de Cultura Física y Deporte u Organismos Afines y/o de las Asociaciones Deportivas Nacionales del deporte de alto rendimiento y en desarrollo, del deporte convencional y adaptado, debido a que en algunas ocasiones y de último momento, se reprogramen los eventos, o se tenga que cubrir con antelación la cuota de inscripción, el hospedaje y alimentación o se requiera de un recurso complementario al ya solicitado. En estos casos se deberá presentar adicionalmente a los requisitos ya señalados, la comprobación del recurso solicitado como reintegro. Cabe señalar que en los calendarios y sedes deportivas pueden cambiar por diversas razones, por lo que los eventos están expuestos a cancelarse, cambiar las fechas, de ciudades e incluso los requisitos de participación, por motivos sociales, económicos, de salud o por fenómenos naturales entre otros.
d) 4. Apoyo de tipo económico a Asociaciones Deportivas Nacionales, Órganos de Cultura Física y Deporte y Organismos Afines:
Para Eventos especiales:
- Solicitud de apoyo mediante escrito libre dirigido a la SCD, emitido por los titulares de la Asociación Deportiva Nacional, Órgano de Cultura Física y Deporte u Organismo Afín que contenga generalidades de la actividad, evento o acciones a apoyar: nombre, fecha y sede, mismas que deberán estar orientadas a la promoción y desarrollo del Deporte de Alto Rendimiento;
- Proyecto de planeación el cual, contendrá la justificación técnica del evento, el desglose de gastos total y por rubros, población objetivo (relación numérica por función y por género en el caso de deportistas), metas del evento, y
- Observar la normatividad aplicable para el caso de adquisiciones.
Para Eventos fundamentales:
- Solicitud de apoyo mediante escrito libre dirigido a la SCD emitido por los titulares del COM, COPAME o Asociación Deportiva Nacional, que contenga generalidades de la actividad: nombre, sede, fecha del evento o acciones para apoyar, mismas que deberán estar orientadas a la participación de la Delegación Mexicana en eventos fundamentales del deporte convencional y adaptado, así como el desglose de gastos, el periodo de apoyo y el motivo de la solicitud, y
- Observar la normatividad aplicable para el caso de adquisiciones.
Para el Programa de Apoyo Técnico al Deporte de Alto Rendimiento:
- Solicitud de apoyo mediante escrito libre dirigido a la SCD, con firma autógrafa del titular de la Asociación Deportiva Nacional o por la Dirección de Alto Rendimiento de la SCD, que contenga generalidades de la actividad, evento o acciones: nombre, sede, fecha, participantes por función, montos por rubro y total;
- Para material deportivo, médico e informático especializado y vestuario deportivo el escrito contendrá justificación y especificaciones técnicas, clasificación en perecedero y no perecedero, cantidad, precio unitario y total y la procedencia nacional, extranjero o de exclusividad, y lugar de ubicación;
- Programa de Apoyo Técnico al Deporte de Alto Rendimiento que contiene el conjunto de actividades, el calendario de eventos con base en el plan de trabajo de los entrenadores(as), propuesta de entrenadores(as), padrón de deportistas y personal técnico enfocado a la preparación y participación de preselecciones y selecciones nacionales en eventos del deporte convencional y adaptado;
- Convocatoria oficial del evento o invitación o justificación técnica por parte del entrenador;
- Estado de cuenta bancaria nacional actualizada con CLABE, no mayor a tres meses de antigüedad a su fecha de presentación, y
- Observar la normatividad aplicable para el caso de adquisiciones.
Para erogaciones en bienes y servicios destinados a la realización de actividades relacionadas con la coordinación, fomento, ejecución, apoyo, promoción, difusión y desarrollo de la cultura física y deporte:
- Solicitud de apoyo mediante escrito libre dirigido a la SCD, emitido con firma autógrafa de los titulares de COM o COPAME o Asociación Deportiva Nacional, que contenga generalidades, el desglose de gastos, el período del apoyo y motivo de la solicitud.
d) 5. Estímulos deportivos, y Premios a los deportistas, entrenadores, organismos e instituciones:
Estímulos deportivos. Deportista y Entrenador responsable:
- Solicitud de apoyo mediante escrito libre dirigido a la SCD, emitido por las/los titulares de las Asociaciones Deportivas Nacionales para proponer a los candidatos para recibir estímulos;
- Presentar el formato de propuesta para el otorgamiento de estímulo deportivo conforme el Anexo 5;
- Resultado oficial, memoria o página web, del evento que avale estar ubicados entre el primer y tercer lugar de los eventos Juegos Olímpicos, Paralímpicos, Juegos Olímpicos de la Juventud y en las competiciones multideportivas regionales, continentales o mundiales, avaladas por el COI, por el IPC International Paralympic Committee, Federación Internacional de Deportes para Atletas con Discapacidad Intelectual, Comité Internacional de Deportes para Sordos (ICSD), Federación Internacional de Deportes para Ciegos", Organización Internacional de Natación para personas con Síndrome de Down y Unión deportiva para atletas con Síndrome de Down;
- Copia simple de identificación oficial vigente, para el caso de menores de edad copia de credencial escolar actualizada, por ambas caras, legible o constancia de estudios con fotografía, y
- Estado de cuenta bancaria nacional actualizada con CLABE, no mayor a tres meses de antigüedad a su fecha de presentación.
Premios:
- Las/los candidatas/os al Premio Estatal del Deporte y Premio Nacional de Deportes deberán cumplir con lo establecido en las convocatorias respectivas, que serán publicadas en el segundo semestre del ejercicio fiscal que corresponda, las cuales podrán ser consultadas a través del portal de la CONADE https://www.gob.mx/conade/ así como a lo establecido en la Ley de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles.
Requisitos específicos para la línea de acción h)
Las/os beneficiarias/os de la línea de acción h), además de los requisitos generales previamente señalados, deberán presentar ante la SD, en una carpeta tipo lefort verde, con la siguiente documentación:
- Solicitud de apoyo para obra pública o equipamiento deportivo, mediante formato establecido por la SD (Anexo 20), debidamente sellado y firmado por las/los titulares del poder ejecutivo de las Entidades Federativas o a quien ésta/e designe para tal fin, Órganos de Cultura Física y Deporte, dependencias y entidades de la APF, estatal, municipal y de la Ciudad de México que lo solicite;
- El registro de proyectos se hará mediante el formato establecido en el Anexo 8 (Formato de Registro, Carátula de Expediente Técnico para Infraestructura Deportiva), ante la SD. En caso de proyectos en la modalidad de coinversión federal-estatal-municipal, -Ciudad de México o sus Demarcaciones Territoriales-, se deberá establecer el monto y la calendarización de este, y
- Documentos jurídicos que acrediten la propiedad o posesión de un predio, mediante escritura pública a favor de la instancia federal, estatal, municipal o Demarcación Territorial de la Ciudad de México, debidamente protocolizada e inscrita en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio o equivalente; o inscripción ante el Registro Agrario Nacional o Título de Propiedad, o en su caso los derechos otorgados por la instancia federal, estatal municipal o demarcación territorial de la Ciudad de México, de quien pueda disponer legalmente del mismo; Certificado de libertad de no gravamen en original, con una vigencia no mayor a seis meses, previos a la presentación de los mismos. Dicho predio deberá contar con las dimensiones y características de acuerdo a las necesidades para el desarrollo de la infraestructura deportiva que se pretenda llevar a cabo.
- Contar con los servicios públicos necesarios, como toma domiciliaria (agua potable), drenaje y alcantarillado, y acometida de luz adecuada y suficiente para el debido funcionamiento, de la instalación deportiva propuesta; en caso de no contar con algún servicio, demostrar mediante los documentos respectivos que está en trámite la obtención de dicho servicio. Así mismo el solicitante deberá tomar en cuenta las vialidades y servicio de transporte, para garantizar una adecuada accesibilidad; misma que se acreditará mediante formato establecido por la SD (Anexo 20), bajo protesta de decir verdad y en caso de estar algún servicio en trámite anexar la documentación que así lo acredite.
- Presentar en original la justificación Anexo 19, que deberá apegarse a los puntos requeridos en el mismo, firmada y sellada por las/los titulares del poder ejecutivo de las Entidades Federativas o a quien ésta/e designe para tal fin, Órganos de Cultura Física y Deporte, dependencias y entidades de la APF, Estatal, Municipal y de la Ciudad de México mediante la cual se expongan de manera fehaciente las razones del por qué se elige el Proyecto de infraestructura deportiva a apoyar y la problemática a resolver con su ejecución, además de mencionar cómo se resolvería dicha situación con la realización del proyecto.
- Incluir el método de cálculo mediante el cual se determine el número de beneficiarias/os para el proyecto propuesto Anexo 21.
- Presentar el Programa de Operación para Infraestructura deportiva y/o equipamiento deportivo, en donde manifestará que se cuenta con la capacidad necesaria y suficiente de personal, materiales e insumos para operar y mantener la instalación propuesta; Anexo 19.
- Presentar el Programa de Mantenimiento Anual de Infraestructura deportiva y/o equipamiento deportivo en el que se manifieste que se cuenta con la capacidad necesaria y suficiente de personal, materiales e insumos para operar y mantener la instalación propuesta; Anexo 19.
- El expediente técnico de los proyectos de infraestructura deportiva, el cual deberá contener: solicitud de recursos Anexo 20, formato de registro de proyectos (Carátula de Expediente Técnico para Infraestructura Deportiva) Anexo 8, croquis de localización (Macrolocalización, Microlocalización y su georreferencia específica) asentando de manera precisa nombre de las calles circundantes, predios
colindantes, nombre de la colonia o localidad de que se trate, código postal, (deberá ser el mismo domicilio establecido en la acreditación de la propiedad correspondiente), evidencia fotográfica con al menos 8 fotografías en color, nítidas y enfocadas al sitio o espacios donde se desarrollará dicho proyecto, presupuesto elaborado con precios unitarios vigentes y el IVA correspondiente, resumen de presupuesto y el IVA correspondiente, programa de obra y proyecto ejecutivo (plano de conjunto, planos arquitectónicos plantas, fachadas, cortes y detalles constructivos-, estructurales, instalaciones, acabados, espacios, equipamientos, entre otros).
- El proyecto deberá considerar ineludiblemente la accesibilidad universal y los equipamientos necesarios para personas con discapacidad, con base en la normativa aplicable vigente y con los formatos que están disponibles en la página https://www.gob.mx/conade/acciones-y-programas/infraestructura-deportiva?state=published
- Las/los representantes o apoderadas/os legales de las/los solicitantes de apoyo, que participen en el seguimiento a todo el procedimiento ante la CONADE, deberán ser servidores públicos cuya función está relacionada al área de obras o el jurídico debidamente acreditadas/os mediante escrito firmado y sellado por las autoridades locales, municipales o de las Demarcaciones Territoriales de la Ciudad de México, según corresponda. No se proporcionará información alguna a quien no cumpla con este requisito, sin excepción de persona procedente.
- Para infraestructura deportiva, no podrá accederse al apoyo cuando las acciones de obra pública propuestas sean trabajos de conservación y mantenimiento no sustantivo, es decir, trabajos menores que pueden llevar a cabo las/los solicitantes sin que haya necesidad de contratar servicios técnicos especializados (pintura, impermeabilización, cambio de luminarias, jardinería, entre otros).
RESTRICCIONES
Las/los beneficiarias/os susceptibles de recibir Apoyos del Programa estarán sujetos a las siguientes restricciones:
a) Cuando no solventen las observaciones administrativas y/o técnicas hechas por la SCF, SCD y SD, según corresponda.
b) Cuando incumplen las metas establecidas en los instrumentos jurídicos de ejercicios fiscales anteriores, sin ninguna justificación en términos de la normativa aplicable,
c) Si las/los beneficiarias/os fueron condenadas/os en sentencia y/o resolución declarada firme en su contra, derivada de algún incumplimiento en cualquier línea de acción de esta Comisión, no podrán recibir apoyos económicos para cualquier línea de acción del Programa, en tanto esto no suceda, podrá recibir apoyos de las demás líneas de acción, esto con el fin de no interrumpir el fomento de la Cultura Física y el Deporte en la población mexicana, y estarán a lo dispuesto en los Lineamientos.
Asimismo, para la línea de acción h), cuando alguna Entidad Federativa se encuentre en el supuesto del párrafo anterior y fuere condenadas/os en sentencia y/o resolución declarada firme en su contra, derivada de algún incumplimiento en cualquier línea de acción de esta Comisión, esta situación no afectará a los Municipios para ser sujetos de apoyo, ya que únicamente las entidades federativas transfieren los apoyos otorgados y no administran los mismos y
d) En el caso de las Asociaciones Deportivas Nacionales y los demás Organismos Afines, no podrán recibir apoyos cuando incurran en alguno de los siguientes supuestos:
I. Cuando su RUD le sea revocado o no cuente con éste debidamente actualizado;
II. Cuando sea sancionada con suspensión o cancelación definitiva de su inscripción en el Registro Federal de las Organizaciones de la Sociedad Civil, por alguna infracción de las previstas en el artículo 30 de la Ley Federal de Fomento a las Actividades Realizadas por Organizaciones de la Sociedad Civil;
III. No estar al corriente con las obligaciones previstas en el artículo 7 de la Ley Federal de Fomento a las Actividades Realizadas por Organizaciones de la Sociedad Civil;
IV. Cuando sea sancionada con suspensión temporal o definitiva de su incorporación al SINADE;
V. Cuando se abstenga de entregar los reportes de gastos Anexo 6 que le sean requeridos por la CONADE y/o por los Órganos Fiscalizadores, referente a la utilización de los recursos públicos federales que hayan recibido en ejercicios fiscales anteriores, sobre sus fines, estatutos, programas, actividades, beneficiarias/os, patrimonio y operación administrativa y financiera, según sea el caso, y
VI. No cumplan con los Lineamientos, y con el sistema de comprobaciones que la CONADE tiene implementado para las líneas de acción a), b), c) y h).
3.3.2. Procedimiento de selección
Procedimiento para la selección de la población objetivo |
Etapa | Actividad | Responsable |
Difusión del Programa | Difundir el Programa de forma permanente, a través del portal electrónico de la CONADE www.gob.mx/conade, durante el transcurso del año. | CONADE |
Presentación de solicitud de apoyo y/o propuestas como candidatos(as) para obtener premios | Las solicitudes del apoyo para integrarse a la operación de las líneas de acción del Programa deberán presentarse mediante escrito libre, acompañadas de los requisitos establecidos en el numeral 3.3.1. de las presentes RO según corresponda. (esto no aplica para la línea de acción h). En caso de no contar con la suficiencia presupuestal necesaria, el área responsable de la línea de acción deberá realizar un análisis de las solicitudes y los objetivos que pretenden alcanzar privilegiando siempre la eficacia y eficiencia del uso de los recursos. Dichas solicitudes se recibirán a partir del primer día hábil siguiente a la publicación en el DOF, de las presentes RO, de lunes a viernes en días hábiles de 09:00 a 18:00 hrs., en las instalaciones que se encuentran ubicadas en Camino a Santa Teresa número 482, Colonia Peña Pobre, C.P. 14060, Demarcación Territorial Tlalpan, en la Ciudad de México, así como a través de medios electrónicos. Para más información comunicarse al teléfono (55) 59275200, extensiones 3001, 2001 y 2501. Para la línea de acción d) numeral 4, las solitudes que provengan de los Órganos de Cultura Física y Deporte podrán recibirse a través de correo institucional apoyodiraltorendimiento@conade.gob.mx.; Para la línea de acción d) operada por la SCD 1 y 2.- Beca Económica Deportiva Las Asociaciones Deportivas Nacionales, los Órganos de Cultura Física y Deporte o la Dirección de Alto Rendimiento de la SCD, presentarán mediante escrito libre dirigido a la SCD, la solicitud de beca económica deportiva, anexando la documentación completa indicada en el numeral 3.3.1., durante los primeros 10 días hábiles posteriores al término del evento en el cual se obtuvo el resultado y de conformidad al Anexo 4; en el caso de recibir la solicitud de forma extemporánea, el apoyo será otorgado el mes inmediato posterior. La persona solicitante podrá realizar el procedimiento de solicitud de beca económica deportiva únicamente hasta un mes posterior al término del evento en el que obtuvo el resultado; una vez cumplido dicho plazo, se perderá el beneficio al derecho de beca. No es retroactiva. 5.- Estímulos deportivos: Presentar en tiempo y forma ante la SCD: las propuestas de las/los candidatas/os acompañadas de los requisitos señalados en el numeral 3.3.1. Premios: Presentar en tiempo y forma las propuestas de las/los candidatas/os de conformidad a las convocatorias emitidas por la SEP y la CONADE respectivamente. | La/el Solicitante |
Recepción de las solicitudes del apoyo | La SCF, SD y SCD, según corresponda, recibirán las solicitudes de apoyo y la documentación que presente cada solicitante, considerando como criterios de resolución que la población objetivo (numeral 3.2.) y las/os potenciales beneficiarias/os (numeral 3.3.) correspondan a lo señalado en las presentes RO. | SCF, SD y SCD |
Análisis de las solicitudes del apoyo | Líneas de acción operadas por la SCF Para las líneas de acción a) y b), con base en la solicitud de incorporación a la línea de acción y/o el Programa Anual de Trabajo presentado y a las metas programadas para el ejercicio fiscal 2022, se analizará la viabilidad para ser beneficiario y tomando en cuenta la disponibilidad presupuestal. Para el caso de la línea de acción c) los Órganos de Cultura Física y Deporte que se encuentren interesados en la presentación de solicitud para que la entidad a la que representan sea candidata para la realización de algún evento deportivos nacional, deberán entregar su proyecto de candidatura de Sede, mismo que deberá cumplir con los requisitos marcados en la "Guía para proyecto de candidatura de Sede". | SCF |
| Líneas de Acción operadas por la SCD Analizar y validar y, en su caso, realizar un proceso de dictaminación tanto técnica como administrativamente, la viabilidad de la solicitud del apoyo; las solicitudes se acompañan con la documentación requerida, en el numeral 3.3.1. de las presentes RO. La SCD llevará a cabo reuniones de trabajo para la revisión y aprobación del Programa de Apoyo Técnico al deporte de Alto Rendimiento, con personal técnico de la Asociación Deportiva Nacional debidamente acreditado considerando los resultados alcanzados y la disponibilidad presupuestal. Líneas de acción operadas por la SD Para las líneas de acción e) y f), con base en el Programa Anual de trabajo presentado y/o a las metas alcanzadas en el ejercicio inmediato anterior, se considerará la viabilidad de recibir los apoyos, según se cuente con la disponibilidad presupuestal. Los Órganos de Cultura Física y Deporte deberán cumplir con la realización del evento especial solicitado. Las solicitudes del apoyo y los expedientes técnicos serán analizadas siempre que cuenten con la documentación requerida en el numeral 3.3.1 de las presentes RO, lo que permitirá determinar su viabilidad para ser beneficiaria/o. Para la Línea de acción e), se verificará que las Asociaciones Deportivas Nacionales cuenten con su RUD, inscripción autorizada vigente en el RENADE y su CLAVE ÚNICA DE INSCRIPCIÓN AL REGISTRO FEDERAL DE LAS ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL (CLUNI), para verificar que se encuentren al corriente con las obligaciones que establece la Ley Federal de Fomento a las Actividades Realizadas por Organizaciones de la Sociedad Civil. Para los proyectos correspondientes a la línea de acción h) deberán cumplir con lo establecido en el Anexo 9. | SCD |
| Se dará prioridad en la selección de aquéllos que cuenten con coinversión de los gobiernos estatales, municipales, Demarcaciones Territoriales de la Ciudad de México y/o el sector privado y los que cuenten con asignaciones específicas señaladas en el PEF. En los casos donde se tenga un mayor número de proyectos de infraestructura deportiva y/o equipamiento deportivo que cumplan con los requisitos establecidos en el numeral 3.3.1. de las presentes RO y no se cuente con presupuesto suficiente y necesario para éstos, se procederá a dar prioridad a aquellos que presenten una mejor relación costo/beneficio establecida en la justificación prevista en los requisitos, contra un mayor número de población usuaria por atender; así como aquéllos que fundamenten y justifiquen el tipo de instalación deportiva propuesta acorde a la demanda de deportistas de determinada disciplina. En el caso de las solicitudes presentadas a la SD, el plazo máximo de respuesta será de tres meses a partir de la fecha de recepción de la documentación conforme a lo establecido en el artículo 17 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo. Si al término de este plazo, la CONADE no ha emitido respuesta, se entenderá que la solicitud fue resuelta en sentido negativo. Asimismo, se concederá un plazo máximo de prevención de 30 días naturales, para que los solicitantes solventen las deficiencias que, en su caso, se detecten en la integración de la documentación originalmente presentada en los requisitos generales y específicos. Las/los solicitantes que no hayan subsanado en tiempo y forma las deficiencias señaladas por la CONADE, no podrán ser sujetos de apoyo del Programa. | |
Selección de la/el beneficiaria/o | Se determinará quienes cumplen con los requisitos establecidos para ser acreedores al apoyo presupuestario. Para la línea de acción i) se analizará la procedencia de las solicitudes de apoyo presentadas por los solicitantes, con base en la disponibilidad presupuestal y al cumplimiento de los requisitos establecidos en las presentes RO. Líneas de Acción operadas por la SCF Además del cumplimento de los Requisitos establecidos en las presentes RO: El desempeño, eficiencia y eficacia de los beneficiarios con respecto a la operación e implementación de las líneas de acción e implementación en el ejercicio fiscal inmediato anterior. Las vinculaciones interinstitucionales que tengan los Órganos de Cultura Física y Deporte, así como los Municipios y Alcaldías para el caso de la Ciudad de México, para llevar a cabo la promoción y fomento de la cultura física. Asimismo, se considerarán las variables que afecten el resultado o cumplimiento de la meta, como encontrarse en proceso de cambio de Administración (proceso electoral) debido al tiempo de operación y cierre del ejercicio de la gestión administrativa. Además, se considerarán aquellas entidades con mayor índice de problemas sociales en los que el deporte contribuya a la prevención. En caso de que exista sinergia con algún otro Programa Federal, para llevar a cabo un proyecto o actividad que contribuya al bienestar de la población a través del Deporte, los apoyos se destinarán conforme a los compromisos que se establezcan. Para la línea de acción c) se tomará en cuenta la capacidad para operar los eventos según la información proporcionada por los Órganos de Cultura Física y Deporte en el proyecto de candidatura de sede, mismo que deberá de incluir: - Instalaciones deportivas propuestas. - Hotelería. - Alimentación. - Servicio Médico. - Movilidad y Transporte. - Presupuesto del Órgano de Cultura Física y Deporte. - Beneficios Adicionales. | SCF, SD y SCD |
Resolución de la solicitud del apoyo | Las SCF, SD y SCD notificarán la resolución por escrito. Líneas de Acción operadas por la SCF Las Direcciones de la SCF notificarán mediante oficio y/o a través del Sistema Integral de Comprobación de Recursos a los beneficiarios la respuesta a la solicitud en un plazo máximo a los 60 días hábiles posteriores a la recepción de la solicitud. Para la línea de acción c) una vez aprobado el proyecto se expide un documento oficial para dar a conocer la sede a todos los Órganos de Cultura Física y Deporte y/u organismos afines candidatos. Líneas de Acción operadas por la SD Una vez verificada y autorizada la disponibilidad presupuestal con la SA y, en caso de ser positiva, se notificará a la/el beneficiaria/o el monto autorizado o se entenderá así con la emisión del convenio correspondiente. Por otro lado, en caso de ser negativa, se le informará las causas por las que no fue procedente a fin de que realice los ajustes necesarios a la solicitud y poder ser presentada de nueva cuenta en un periodo no mayor a 30 días naturales a partir de la notificación. Línea de Acción operada por la SCD De ser autorizada la solicitud del apoyo, la SCD a través de sus áreas administrativas según corresponda, emitirán oficio al beneficiario comunicando la resolución y el monto autorizado. En caso de no ser aceptada, la SCD a través de sus áreas administrativas según corresponda, emitirán el oficio al solicitante de que no es procedente el apoyo solicitado. | SCF, SD y SCD |
Formalización | Suscribir con el representante o apoderada/o legal o con las personas físicas beneficiarias/os a los que se refiere el numeral 3.3. de las presentes RO y las respectivas SCF, SD y SCD, los convenios y/o cartas aceptación-compromiso según corresponda, y a los que se refieren los Anexos 13, 14, 15, 16, 17, 18, 23 y 24 y de las presentes RO. | SCF, SD y SCD y Beneficiarias/os |
Procedimiento de selección para recibir la beca económica deportiva Correspondiente a la línea de acción d) numeral 1 |
Etapa | Actividad | Responsable |
Notificación de bases de otorgamiento | En las presentes RO, se dan a conocer los criterios y procedimientos para el otorgamiento de la beca económica deportiva. | CONADE |
Solicitud de recursos | La/el deportista deberá de ingresar a la ventanilla única para el registro de solicitud o propuesta de beca económica deportiva (Anexo 18), en la siguiente dirección electrónica https://formulariobecas.conade.gob.mx/, la que deberá ser firmada y entregada en original junto con los requisitos establecidos el numeral 3.3.1 de las presentes RO a su Asociación Deportiva Nacional u Órgano de Cultura Física y Deporte, a fin de que sea tramitada ante la SCD para su revisión, análisis y valoración técnica. | Deportista |
Entrega de solicitudes | Entregarán a la Jefatura del Departamento de Becas y Reconocimientos adscrita a la Dirección de Alto Rendimiento de la SCD el escrito libre (oficio o propuesta) y adjuntando la documentación entregada por la/el deportista señalados en las presentes RO, mediante el cual solicite el apoyo para dicho deportista con base en un resultado deportivo. | Asociaciones Deportivas Nacionales, Órganos de Cultura Física y Deporte, Organismos afines y/o la Dirección de Alto Rendimiento de la CONADE |
Análisis de solicitudes | Revisar y analizar las solicitudes y documentación, referidas en el punto anterior. Analizar que los resultados obtenidos por el deportista cumplan con los criterios asentados en la solicitud o propuesta de beca económica deportiva CONADE, así como en el mecanismo base de otorgamiento de becas económicas deportivas. | CONADE |
Dictamen de resoluciones | Dictaminar la viabilidad o no de la solicitud con base en los resultados deportivos obtenidos por la/el deportista. | CONADE |
La participación de mujeres y hombres en la solicitud y elegibilidad de los apoyos que proporciona el Programa será en igualdad de condiciones y oportunidades, por lo que, ser mujer u hombre no será motivo de restricción para la participación y elegibilidad en la obtención de los apoyos; asimismo buscará fomentar la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres y el respeto a los derechos humanos.
Sólo podrán exigirse los datos y documentos anexos estrictamente necesarios para tramitar la solicitud y acreditar si el potencial beneficiario/a cumple con los criterios de elegibilidad.
El Programa adoptará, en lo procedente, el modelo de estructura de datos del domicilio geográfico establecido en el "Acuerdo por el que se aprueba la Norma Técnica sobre Domicilios Geográficos", emitido por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía, publicado en el DOF el 12 de noviembre de 2010. Lo anterior en estricta observancia al Acuerdo antes referido y al oficio circular números 801.1.-279 y SSFP/400/124/2010 emitidos por la SHCP y la SFP, respectivamente.
Los componentes que integran el modelo de estructura de datos del Domicilio Geográfico son:
COMPONENTES |
ESPACIALES | DE REFERENCIA | GEOESTADÍSTICOS |
Vialidad | No. Exterior | Área Geoestadística Estatal o de la Ciudad de México |
Carretera | No. Interior | Área Geoestadística Municipal o Demarcación Territorial de la Ciudad de México |
Camino | Asentamiento Humano | Localidad |
| Código Postal | |
| Descripción de Ubicación | |
Con la finalidad de dar cumplimiento al artículo Decimoséptimo de los Lineamientos de Protección de Datos Personales, publicados en el DOF el 30 de septiembre de 2005, así como a lo establecido en la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, por lo que toca en materia de transparencia y protección de los datos personales, la información que se recabe con motivo de la operación del Programa será protegida, incorporada y tratada en los sistemas de datos personales, y cuya finalidad es posibilitar a toda persona, el acceso a la información pública en posesión de la CONADE, el cual fue registrado en el listado de sistemas de datos personales ante el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (www.inai.org.mx) información que podrá ser compartida con la SFP, con la finalidad de dar cumplimiento al Decreto por el que se crea el Sistema Integral de Información de Padrones de Programas Gubernamentales, publicado en el DOF el 12 de enero de 2006, además de otras transmisiones de información previstas en la mencionada Ley. La unidad administrativa responsable del sistema de datos personales es la CONADE y el domicilio donde la/el interesada/o podrá acudir para ejercer los derechos de acceso y corrección de datos ante la misma es: Camino a Santa Teresa número 482, Colonia Peña Pobre,
Demarcación Territorial Tlalpan, Ciudad de México, C.P. 14060, en días hábiles, de 09:00 a 15:00 hrs.
3.4. Características de los apoyos (tipo y monto)
Los subsidios son las asignaciones de recursos federales previstas en el Presupuesto de Egresos de la Federación que, a través de las dependencias y entidades, se otorgan a los diferentes sectores de la sociedad, los gobiernos de las entidades federativas y, en su caso, los Municipios y Alcaldías de la Ciudad de México para fomentar el desarrollo de actividades sociales o económicas prioritarias de interés general.
El otorgamiento de los subsidios deberá sujetarse a lo dispuesto en los artículos 74 al 79 de la LFPRH y 174 al 181 de su Reglamento y en las presentes RO.
Los convenios que se suscriban con las entidades federativas con el propósito de formalizar el otorgamiento de subsidios a cargo de este Programa no tienen carácter de convenio de coordinación para transferir recursos del presupuesto de la Secretaría de Educación Pública a los gobiernos de las entidades federativas, o en su caso, Municipios con el propósito de descentralizar o reasignar la ejecución de funciones, programas o proyectos federales o, en su caso, recursos humanos y materiales a que hace referencia los artículos 82 y 83 de la LFPRH, en correlación con los artículos 223 y 224 del RLFPRH.
La SCD, SD y SCF responsable de la asignación de los recursos deberá verificar que se cuenta con la disponibilidad presupuestaria, así como obtener la opinión del área jurídica y financiera previamente a la firma de los convenios.
Los subsidios que se otorguen tendrán la temporalidad y características que se autoricen en el marco de las presentes RO. Los subsidios se considerarán devengados de acuerdo con los criterios señalados en el numeral 3.4.1.1. "Devengos".
Los recursos otorgados al presente Programa se aplicarán de la siguiente forma:
Tipo de subsidio | Población objetivo | Monto o porcentaje | Periodicidad |
Monetario, Financiero y/o en especie | La descrita en el numeral 3.2. de las presentes RO | De acuerdo con la disponibilidad presupuestaria. | Anual (12 meses) |
Para la SD, en las líneas de acción e) Apoyo a las Asociaciones Deportivas Nacionales y Organismos Afines y f) Apoyo a Órganos de Cultura Física y Deporte, el monto mínimo de apoyo será de $100,000.00 (Cien Mil Pesos 00/100 M.N.) y un máximo de $150'000,000.00 (Ciento cincuenta Millones de Pesos 00/100 M.N.); y h) Apoyar acciones para proyectos de Infraestructura deportiva y/o equipamiento deportivo, el monto mínimo de apoyo será de $250,000.00 (Doscientos Cincuenta Mil Pesos 00/100 M.N.) y un máximo de $125'000,000.00 (Ciento Veinticinco Millones de Pesos 00/100 M.N.), con periodicidad anual.
Para la SCF, en la línea de acción a) Activación Física, el monto mínimo será por beneficiario de $15,000.00 (Quince mil pesos 00/100 M. N.) y un máximo de 50´000,000.00 (Cincuenta millones de pesos 00/100 M.N.).
Para la línea de acción b) CEDEM, el monto mínimo por beneficiario será de $200,000.00 (Doscientos mil pesos 00/100 M. N.) y un máximo de $50´000,000.00 (Cincuenta millones de pesos 00/100 M.N.
Para la línea de acción c) Eventos Deportivos Nacionales, el monto mínimo será de $300,000.00 (Trescientos mil pesos 00/100 M.N.) y un máximo de 250´000,000.00 (Doscientos cincuenta millones de pesos 00/100 M.N.), para la realización de algún evento deportivo nacional
Para la SCF y SCD los montos establecidos estarán sujetos a la disponibilidad presupuestaria asignada.
Para la línea de acción d) los montos máximos y mínimos serán de la siguiente manera:
1. Becas económicas deportivas a deportistas de alto rendimiento, deportistas en desarrollo y deportistas en formación hacia el alto rendimiento, para el deporte convencional y adaptado, el apoyo mínimo será de $1,700.00 (mil setecientos pesos 00/100M.N.) y el máximo de $75,000.00 (setenta y cinco mil pesos 00/100 M.N.) de forma mensual, conforme al Anexo 4.
2. Becas económicas deportivas a entrenadores(as), equipo multidisciplinario y personal técnico de forma mensual de conformidad con la siguiente tabla, conforme al Anexo 7:
Beneficiario de la beca | Monto |
Entrenadores(as) de deportistas de Alto Rendimiento | De $10,000.00 (diez mil pesos 00/100 M.N) hasta $97,000.00 (noventa y siete mil pesos 00/100 M.N). |
Equipo Multidisciplinario de deportistas de Alto Rendimiento | De $17,000 (diez y siete mil pesos 00/100 M.N.) hasta $55,000 (cincuenta y cinco mil pesos 00/100 M.N.) |
Entrenadores(as) de deportistas en desarrollo | De $10,000.00 (diez mil pesos 00/100 M.N) hasta $30,000.00 (treinta mil pesos 00/100 M.N). |
Entrenadores(as) de deportistas en formación hacia el alto rendimiento. | De $20,000.00 (veinte mil pesos 00/100 M.N) hasta $30,000.00 (treinta mil pesos 00/100 M.N). |
Personal Técnico | De $10,000 (diez mil pesos 00/100 M.N) hasta $30,000.00 (treinta mil pesos 00/100 M.N). |
3.- Apoyos para la preparación y participación en competencias nacionales e internacionales será mínimo de $1,000.00 (mil pesos 00/100 M.N.) y máximo de $16´000,000.00 (dieciséis millones de pesos 00/100 M.N.) por evento en una sola exhibición.
4. Apoyo de tipo económico a Asociaciones Deportivas Nacionales, Órganos de Cultura Física y Deporte y Organismos Afines
Evento especial | De $200,000.00 (doscientos mil pesos 00/100 M.N.) hasta $20´000,000.00 (veinte millones de pesos 00/100 M.N.) por evento. |
Evento fundamental | De $5'000,000.00 (cinco millones 00/100 M.N.) hasta $60´000,000.00 (sesenta millones de pesos 00/100 M.N.) |
5. Estímulos deportivos, y Premios a los deportistas, entrenadores, organismos e instituciones será de la siguiente manera:
Estímulos deportivos | Será el mínimo de $6,600.00 (seis mil seiscientos pesos 00/100 M.N.) y el máximo de $3´000,000.00 (Tres millones de pesos 00/100 M.N.). |
Premios | Premio Nacional de Deportes, mínimo es de $796,005.00 (Setecientos noventa y seis mil cinco pesos 00/100 M.N.) y máximo de $850,000.00 (Ochocientos cincuenta mil pesos 00/100 M.N.). Premio Estatal del Deporte, mínimo es de $22,000 (Veintidós mil pesos 00/100 M.N.) y máximo de $110,000.00 (Ciento diez mil pesos 00/100 M.N.). |
Respecto al subsidio directo TG 1, en ningún caso, estos recursos se podrán utilizar para el pago de prestaciones de carácter económico, compensaciones, sueldos o sobresuelos, al personal directivo, docente, o empleadas/os que laboren en la CONADE o en los Órganos de Cultura Física y Deporte, como tampoco para el pago de becas, tratamientos médicos o apoyos económicos directos a las/los alumnas y alumnos deportistas.
Del mismo modo, las AEL o la AEFCM, en ningún caso podrán utilizar los apoyos para gastos de operación local para la adquisición de equipo de cómputo, celulares, equipo administrativo, línea blanca, material de oficina, papelería o vehículos.
Para el TG 7, los recursos se podrán utilizar en cualquier partida de gasto específica prevista en el Clasificador por Objeto del Gasto, respetando el porcentaje autorizado para dar atención a los gastos indirectos de operación de las RO.
Para la operación de programas de subsidios que requieren gastos indirectos, éstos podrán ser asignados en una proporción respecto al gasto total del programa o con un monto fijo determinado con base en las necesidades y requerimientos específicos del programa de que se trate, siempre y cuando la asignación de gastos indirectos no rebase el monto de gastos indirectos por programa presupuestario aprobado en el presupuesto del ejercicio fiscal de 2021 además no deberán representar más del 4 por ciento del presupuesto total del programa presupuestario de que se trate.
En el transcurso del ejercicio fiscal, los recursos asignados a los gastos indirectos no deberán rebasar el porcentaje contemplado en las presentes Reglas de Operación.
Durante la operación del Programa, la CONADE como responsable del ejercicio de su presupuesto autorizado, los beneficiarios del apoyo otorgado y la población beneficiaria, deberán observar que la administración de los recursos públicos se realice bajo los criterios de legalidad, honestidad, eficiencia, eficacia, economía, racionalidad, austeridad, transparencia, control de rendición de cuentas y equidad de género, establecidos en los artículos 1, 75 y 77 de la LFPRH, en el Título Cuarto, Capítulo XII, sección IV del RLFPRH, así como con las demás disposiciones que para tal efecto emita la SHCP, y disponga el PEF.
La CONADE deberán promover ante los beneficiarios de subsidios, en los casos que aplique, el reintegro a la TESOFE de los recursos que no se destinen a los fines autorizados y aquéllos que al cierre del ejercicio fiscal 2022 no se hayan devengado o que no se encuentren vinculados formalmente a compromisos y obligaciones de pago, en términos de lo dispuesto en los artículos 54 de la LFPRH; 176, primer párrafo del RLFPRH, y en caso de que aplique, el artículo 17 de la LDFEFM, y en caso de que aplique, el artículo 17 de la LDFEFM. Las erogaciones previstas en el PEF que no se encuentren devengadas al 31 de diciembre de 2022, no podrán ejercerse.
Las erogaciones previstas en el PEF que no se encuentre devengadas al 31 de diciembre de 2022, no podrán ejercerse.
3.4.1 Devengos, aplicación y reintegro de los recursos
3.4.1.1 Devengos
Cuando el/la beneficiario/a del Programa sea una persona física o, en su caso, personas morales distintas a los gobiernos de las entidades federativas, o en su caso, Municipios o Demarcaciones Territoriales de la Ciudad de México, los recursos se considerarán devengados una vez que se haya constituido la obligación de entregar el recurso al/la beneficiario/a por haberse acreditado su elegibilidad antes del 31 de diciembre del ejercicio fiscal 2022, con independencia de la fecha en la que dichos recursos se pongan a disposición para el cobro correspondiente a través de los mecanismos previstos en estas RO y en las demás disposiciones aplicables.
Cuando el/la beneficiario(a) del Programa sean los gobiernos de las entidades federativas y, en su caso, los Municipios y Demarcaciones Territoriales de la Ciudad de México, los recursos se considerarán devengados a partir de su entrega a dichos órdenes de gobierno, la instancia ejecutora será responsable de gestionar la entrega del apoyo a más tardar el 31 de diciembre de 2022.
Los recursos se considerarán devengados para efecto del/los beneficiarios cuando en sus registros contables, presupuestarios o a través de instrumentos legales, reconozcan obligaciones de pago a favor de terceros.
Los recursos se considerarán vinculados formalmente a compromisos y obligaciones de pago cuando a través de un instrumento legal se haya asumido la obligación o compromiso de realizar una erogación en favor de un tercero.
3.4.1.2 Aplicación
El/la beneficiario/a de los apoyos tendrán la obligación de aplicar los recursos recibidos para el objeto y los fines que les fueron otorgados.
Los recursos se considerarán comprometidos cuando exista un instrumento jurídico que formalice una relación jurídica con terceros por la adquisición de bienes y servicios o ejecución de obras; y devengados cuando se reconozca una obligación de pago a favor de terceros por la recepción de conformidad de bienes, servicios y obras oportunamente contratados, así como de las obligaciones que deriven de tratados, leyes, decretos, resoluciones y sentencias definitivas.
Cuando en las actividades de seguimiento o supervisión que defina la CONADE, identifique que los recursos fueron destinados a fines distintos a los autorizados, o bien existan remanentes en su aplicación, solicitará a el/la beneficiario/a realizar su reintegro a la TESOFE, quien estará obligado a realizarlo en un plazo no mayor a 15 días hábiles contados a partir de la fecha en que reciba de la unidad responsable, la notificación formal con las instrucciones que correspondan para efectuar dicho reintegro.
En los casos en que el/la beneficiario/a no haya podido aplicar los recursos debido a causas ajenas o de fuerza mayor, éste/a lo deberá informar a la SCD, SD y SCF, en su caso, a la instancia ejecutora del Programa de dicha situación, y reintegrar los recursos no erogados, junto con los rendimientos que se hubiesen generado a la TESOFE; en un plazo no mayor a 15 días hábiles contados a partir de la fecha en que reciba la notificación formal de la UR o, en su caso, de la instancia ejecutora del Programa con las instrucciones que correspondan para efectuar el reintegro.
Los gobiernos de las Entidades Federativas beneficiarias de los apoyos tendrán la obligación de aplicar los recursos recibidos para el objeto y los fines que les fueron otorgados.
Para la entrega de los recursos a los gobiernos de las entidades federativas y, en su caso, los Municipios, deberán contar, previo a la entrega de los mismos, con una cuenta bancaria productiva, específica y exclusiva para la administración y ejercicio de los recursos federales otorgados, que distinga contablemente su origen e identifique que las erogaciones correspondan al fin autorizado, conforme a lo establecido en las presentes RO.
Los gobiernos de las entidades federativas y, en su caso, los Municipios serán responsables de no incorporar en esa cuenta recursos locales, ni aportaciones o ningún otro tipo de recursos distintos al apoyo recibido, aun cuando pudieran tener el mismo propósito.
Los recursos que se otorgan mediante el Programa, no pierden su carácter Federal por lo que en su asignación y ejecución deberán observarse en todo momento las disposiciones jurídicas federales aplicables.
Los gobiernos de las entidades federativas y, en su caso, los Municipios serán los responsables de mantener la documentación original que justifique y compruebe el gasto en que incurran, con cargo a los recursos que reciban por concepto de los subsidios otorgados mediante este Programa, así como de presentarla a los órganos competentes de control y fiscalización que la soliciten.
En caso de que los apoyos otorgados no se encuentren formalmente comprometidos o debidamente devengados, al 31 de diciembre de 2022 en los términos de las disposiciones aplicables, deberán ser reintegrados a la TESOFE, a más tardar el 15 de enero del 2023, los recursos que correspondan junto con los rendimientos que se hubiesen generado.
Los recursos objeto del Programa que hayan sido comprometidos por los gobiernos de las Entidades Federativas y, en su caso los Municipios, y aquéllos que hayan sido devengados pero que no hayan sido pagados al 31 de diciembre de 2022, dichos órdenes de gobierno deberán cubrir los pagos respectivos a más tardar durante el primer trimestre de 2023; o bien, de conformidad con el calendario de ejecución establecido en el convenio correspondiente. Una vez cumplido el plazo referido, los recursos remanentes deberán reintegrarse a la TESOFE a más tardar dentro de los 15 días naturales siguientes.
Los subsidios que se destinen a becas económicas deportivas, estímulos deportivos, y premios para deportistas, entrenadores(as), personal técnico, organismos e instituciones, según corresponda, se considerarán devengados y aplicados cuando se otorguen a las/os beneficiarias/os, por lo que no habrá un seguimiento posterior al destino que se le den a dichos apoyos.
3.4.1.3 Reintegros.
Cuando en las actividades de seguimiento o supervisión la SCF, la SCD y la SD identifiquen que los recursos fueron destinados a fines distintos a los autorizados, o bien existan remanentes en su aplicación, el beneficiario estará obligado a realizar el reintegro de dichos recursos a la TESOFE, así como, en su caso, el entero de los rendimientos que se hubieren generado, en un plazo no mayor a 15 días hábiles contados a partir de la notificación formal.
Los recursos a reintegrar a la TESOFE, en términos de lo dispuesto en el artículo 176 del RLFPRH se realizarán mediante línea de captura, para lo cual el/la beneficiario/a la deberá solicitar a la SCD, SD y SCF e informar de la realización del reintegro a la misma, adjuntando copia legible del comprobante del depósito correspondiente en un plazo no mayor a tres días hábiles contados a partir de que haya sido realizado el reintegro.
En caso de que llegara a vencer el plazo para el pago de la línea y no hubiera sido cubierta, deberá solicitarse la generación de una nueva, solicitando se cancele la asignada con anterioridad como comprobación de la misma.
Con fundamento en lo establecido en el artículo 54 párrafo segundo y tercero de la LFPRH, la CONADE y la persona beneficiaria que, al 31 de diciembre de 2022, conserven recursos federales deberán reintegrarlos a la TESOFE, conjuntamente con los rendimientos financieros obtenidos, dentro de los 15 días naturales siguientes al cierre del ejercicio fiscal 2022.
Los gobiernos de las Entidades Federativas o, en su caso los Municipios a más tardar el 15 de enero de 2023, deberán reintegrar a la TESOFE, los subsidios (transferencias federales etiquetadas, en términos del artículo 17 de la LDFEFM) que al 31 de diciembre de 2022, no hayan sido devengadas por las Entidades Federativas.
Los subsidios federales otorgados (transferencias federales etiquetadas, en términos del artículo 17 de la LDFEFM) que al 31 de diciembre de 2022, se hayan comprometido y aquéllos devengados pero que no hayan sido pagados, deberán cubrir los pagos respectivos, a más tardar durante el primer trimestre del ejercicio
2023; o bien, de conformidad con el calendario de ejecución establecido en el convenio correspondiente; una vez cumplido el plazo referido, los recursos remanentes junto con los rendimientos financieros generados, deberán reintegrarse a la TESOFE, a más tardar dentro de los 15 días naturales siguientes.
En los casos en que la o el beneficiaria/o esté obligada/o a reintegrar los recursos federales objeto de los apoyos otorgados, éstos no podrán deducir las comisiones bancarias que por manejo de cuenta y operaciones haya cobrado la institución financiera. El/La beneficiario/a deberá cubrir dichas comisiones con cargo a sus propios recursos.
Los rendimientos que la o el beneficiaria/o deba enterar a la TESOFE, por habérsele requerido el reintegro parcial o total de los recursos objeto de los apoyos otorgados, serán aquellos que puedan verificarse a través de los estados de cuenta bancarios, descontando el Impuesto sobre la Renta (ISR).
Cuando en las actividades de seguimiento o supervisión que defina la CONADE, identifique que los recursos fueron destinados a fines distintos a los autorizados, o bien existan remanentes en su aplicación, solicitará a la persona beneficiaria realizar su reintegro a la TESOFE, quien estará obligado a realizarlo en un plazo no mayor a 15 días hábiles contados a partir de la fecha en que reciba de dicha instancia ejecutora la notificación formal con las instrucciones para efectuar dicho reintegro, las cuales según la fecha en que debió efectuarse dicho reintegro, incluirá el pago de cargas financieras, reiterando que dichas cargas, no forman parte de la comprobación de gastos que la persona beneficiaria pudiera presentar como comprobación de los mismos.
En caso de que la o el beneficiaria/o no reintegre los recursos en el plazo establecido en las presentes RO, será sujeto de las sanciones y penas correspondientes, conforme a las disposiciones aplicables en la materia.
Penas por atraso en reintegros
El cálculo de la pena por atraso en el reintegro deberá realizarse conforme a lo señalado en la Ley de Tesorería de la Federación y conforme la tasa que se establezca en la Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2022, conforme a lo siguiente:
La/s persona/s beneficiaria/s que no reintegren los recursos en el plazo establecido en las presentes RO, deberá pagar una pena por atraso multiplicando el importe no reintegrado oportunamente por el número de días naturales de retraso y la tasa diaria, conforme a la siguiente fórmula:
Variable | Concepto |
Importe | Monto no reintegrado en el plazo establecido |
Días | Número de días naturales de atraso en reintegros contados a partir del día siguiente en que el plazo establecido venció |
Tasa | Tasa establecida en la Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2022 |
Nota: Para el ejercicio fiscal 2022 la tasa establecida en la Ley de Ingresos de la Federación se encuentra determinada en su artículo 8º, fracción I y corresponde a 0.98 por ciento mensual sobre saldos insolutos.
Dicho cálculo podrá ser verificado en la liga que tienen la TESOFE en su portal al respecto, siendo ésta:
https://www.mst.hacienda.gob.mx/calculadora/welcome.do
De igual manera como apoyo se señalan las ligas por la cual se genera el Formato E5 para su pago:
https://www.ecinco.hacienda.gob.mx/e5cinco/registro/init.do
https://www.sat.gob.mx/declaracion/20425/bancos-autorizados-para-recibir-pagos-de-contribuciones-federales
En ambos casos se señala que dichas ligas están sujetas a los cambios que efectúe en su portal la SHCP.
Estas penas por atraso deberán estar indicadas en los convenios que se suscriban con los las/os beneficiaria/os y serán pagadas conforme al procedimiento que establezca la SHCP por conducto de la TESOFE.
Los recursos a reintegrar a la TESOFE, en términos de lo dispuesto en el artículo 176 del RLFPRH se realizarán mediante línea de captura, para lo cual el/la beneficiario/a deberá solicitar a la Instancia ejecutora del Programa, e informar de la realización del reintegro a la misma, adjuntando el comprobante del depósito
correspondiente en un plazo no mayor a tres días hábiles contados a partir de que haya sido realizado el reintegro, las cuales según la fecha en que debió efectuarse dicho reintegro, incluirá el pago de cargas financieras, reiterando que dichas cargas, no forman parte de la comprobación de gastos que la persona beneficiaria pudiera presentar como comprobación de los mismos.
En consecuencia, los beneficiarios del Programa deberán ajustarse a todo este numeral para el caso de reintegros.
3.5. Derechos, obligaciones y causas de incumplimiento, suspensión, cancelación o reintegro de los recursos
Derechos que adquiere la/el beneficiaria/o
I. Recibir los apoyos por parte de la SCF, SD y SCD conforme a lo establecido en las presentes RO;
II. Recibir asesoría, capacitación e información por parte de la SCF, SD y SCD, acerca de las líneas de acción del Programa bajo su operación.
III. Reproducir los materiales de difusión y promoción de acuerdo al Manual de Identidad aprobado por CONADE que, en su caso, estimen necesarios para el debido cumplimiento de las acciones que estén a su cargo a fin de atender cualquiera de las estrategias y líneas de acción del Programa, según corresponda, y
IV. Recibir un trato digno, respetuoso y equitativo, sin distinción de origen étnico o nacional, el género, edad, condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias sexuales, el estado civil, cargos públicos, preferencias políticas, o cualquier otra causa que implique discriminación, en términos de las disposiciones jurídicas aplicables.
Obligaciones que adquiere la/el beneficiaria/o
I. Conocer y cumplir las presentes RO;
II. Cumplir con las obligaciones establecidas en la Ley Federal de Fomento a las Actividades Realizadas por Organizaciones de la Sociedad Civil y demás disposiciones legales aplicables, para el caso de las Asociaciones Deportivas Nacionales;
III. Promover la capacitación, actualización y profesionalización de los recursos humanos, técnicos y administrativos para la implementación de las líneas de acción correspondientes, de acuerdo a la suficiencia presupuestaria y a lo establecido en los convenios suscritos conforme los Anexos 13, 14, 15, 16 y 17 de las presentes RO;
IV. Designar ante la SCF, SCD y SD a la persona que servirá de enlace para todos los efectos de las presentes obligaciones, durante el ejercicio fiscal correspondiente;
V. Enterar a la TESOFE los rendimientos bancarios que se generen en las cuentas bancarias productivas específicas aperturadas para la recepción de los recursos, dentro de los primeros 30 días naturales posteriores al último mes del ejercicio fiscal 2022, o en su caso, lo que se determine en los convenios que se hayan celebrado conforme a los Anexos 13, 14, 15, 16 y 17 de las presentes RO;
VI. Comprobar los recursos federales del apoyo otorgado por la CONADE, preferentemente, en un plazo máximo de 90 días hábiles, contados a partir de que concluya la línea de acción por la que se otorgó el recurso y entregar a la SCF, (a excepción de los beneficiarios/as de la línea de acción c), SCD y SD (a excepción de los beneficiarios/as de la línea de acción h), en cuyo caso el plazo para iniciar el proceso de comprobación estará sujeto al tipo de licitación que corresponda y el reporte de gastos se elaborará de conformidad con el programa de obra, además de ser incluido en el sistema de comprobación), según corresponda; asimismo, debido a que esta línea de acción se refiere a obra pública, las instancias ejecutoras formularán mensualmente el informe del avance físico y financiero Anexo 10 de las obras y/o acciones que tienen bajo su responsabilidad y que se ejecuten con recursos otorgados para la operación del Programa, una vez iniciadas éstas y deberán remitir a la SD durante los 15 días hábiles posteriores a la terminación del mes que se reporta. Invariablemente, la instancia ejecutora deberá acompañar a dicho reporte la explicación de las variaciones entre el presupuesto autorizado, el modificado y, el ejercido y entre las metas programadas y las alcanzadas. Asimismo deberá presentar el reporte de gastos Anexo 6, referente a la aplicación de los recursos federales utilizados que serán registrados en el sistema de comprobaciones de la CONADE para las líneas de acción a), b), c) y h) y que se especificará en los convenios que para tal efecto se suscriban conforme a los Anexos 13, 14, 15, 16, y 17 de las presentes RO, que incluya la totalidad de las erogaciones realizadas con cargo a la cuenta bancaria productiva específica, en que se manejen de forma exclusiva los recursos federales, apegándose para tal efecto a los Lineamientos y/o reintegrar aquellos recursos que no cuenten con la suficiente documentación comprobatoria;
VII. Proporcionar, en los términos establecidos en los convenios suscritos conforme a los Anexos 13, 14, 15, 16 y 17 de las presentes RO, la información y documentación original, que con motivo de investigaciones y/o auditorías le sea requerida por parte del Órgano Interno de Control en la CONADE y/o demás órganos fiscalizadores;
VIII. Remitir a la SCF, SCD y SD, según corresponda, copia de la documentación comprobatoria (ficha de depósito o transferencia electrónica) del reintegro de los recursos no devengados para su envío a la SA;
IX. Entregar de conformidad con el punto anterior, la debida comprobación conciliando al efecto con la Unidad Administrativa de que se trate. Estas conciliaciones se llevarán a cabo de manera mensual cuando por el tipo de línea de acción se considere conveniente y se determinará en los convenios suscritos de conformidad con los anexos 13, 14, 15, 16, y 17 de las presentes RO;
X. Asistir a las asesorías y capacitaciones a que convoquen la SCF, SCD y SD, acerca del Programa, según sea el caso, así como para el desarrollo de sus actividades y eventos autorizados;
XI. Entregar a la SCF para el caso de las líneas de acción a), b) y c), un reporte, estadístico y/o metas (Anexo 3) de forma física y electrónica según aplique, de conformidad a lo establecido en los convenios suscritos conforme los Anexos 13, 14, 15, 16 y 17 de las presentes RO,
XII. Reintegrar a la TESOFE conforme a lo establecido en el numeral 3.4.1.3 "Reintegros";
XIII. Operar las líneas de acción operadas por la SCF, SCD y SD, apegándose a las guías operativas, lineamientos, manuales y demás disposiciones emitidas por la CONADE, las cuales se pueden consultar en la Normateca Interna en la siguiente liga (http://www.conade.gob.mx/portal/?id=9022);
XIV. Brindar todas las facilidades para que se lleven a cabo, en sus instalaciones, las visitas de seguimiento y supervisión por parte de la CONADE y/o de los órganos fiscalizadores, para verificar la aplicación de los recursos federales otorgados, así como atender los requerimientos que las mismos les hagan debiendo presentar el original de la documentación justificativa y comprobatoria del ejercicio 2022, de los recursos federales otorgados por la CONADE a través de las líneas de acción operadas por la SCF, SCD y SD, y
XV. Resguardar por un periodo de 5 años la información comprobatoria correspondiente al ejercicio de los recursos asignados y entregados para la operación del Programa, mismos que podrán ser requeridos por los órganos fiscalizadores conforme a la normativa jurídica aplicable, excepto la documentación que se encuentre en algún proceso legal o administrativo (comprobación).
Adicionalmente:
a) Las Asociaciones Deportivas Nacionales y los Organismos Afines, de acuerdo con las estrategias y las líneas de acción del Programa, deberán:
I. Contar con un sistema de contabilidad compatible con las normas y principios de contabilidad gubernamental.
II. Proporcionar la información y documentación que les sea requerida por la CONADE y Órganos Fiscalizadores.
III. Proporcionar a la CONADE la información que les sea requerida para cumplir con lo establecido en el Decreto por el que se crea el Sistema Integral de Información de Padrones de Programas Gubernamentales, publicado en el DOF el 12 de enero del 2006, para lo cual será necesario requisitar el formato SIIPP-G Anexo 2 y presentarlo a la SCD a más tardar 30 días hábiles posteriores a la firma del convenio (Anexo 14) que lo acredite como beneficiario.
IV. Transmitir en caso de disolución, los bienes que haya adquirido con apoyos del Programa, a otra u otras organizaciones que realicen actividades de fomento a la Cultura Física y Deporte, y que estén inscritas en el Registro Federal de las Organizaciones de la Sociedad Civil a que hace mención el artículo 7 de la Ley Federal de Fomento a las Actividades Realizadas por Organizaciones de la Sociedad Civil.
b) Para el caso de las líneas de acción operadas por la SCF y la SD los beneficiarios, están obligados a:
I. Entregar a la SCF, SCD y SD, el reporte de gastos, el reporte estadístico, técnico-deportivo y/o de metas, de acuerdo con lo establecido en el convenio formalizado conforme a los Anexos 13, 14, 15, 16, 17, según sea el caso;
II. Entregar, para la línea de acción h), el reporte de gastos del sector público conforme al Anexo 6;
III. Entregar la evidencia fotográfica a color del evento, según sea el caso, y
IV. Requisitar la información solicitada en los diferentes sistemas informáticos establecidos por cada línea de acción operadas por la SCF y la SD, que permita efectuar el seguimiento del Programa en los formatos elaborados para tal efecto, (Anexos 4, 7, 11, 13, 14, 15, 16, 17 y 18) de las presentes RO.
c) Para el caso de las líneas de acción operadas por la SCD, la/el beneficiaria/o deberá entregar a la SCD:
I. El reporte de gastos para el sector público conforme al Anexo 6, firmado por la/el presidenta/e de las organizaciones de la sociedad civil y/o por la/el Titular del Órgano de Cultura Física y Deporte;
II. La evidencia fotográfica del evento autorizado, y
III. La documentación original comprobatoria para su cotejo y pre verificación y, en su caso, la evidencia documental del reintegro efectuado, el entero de rendimientos y el cálculo y entero de cargas financieras correspondientes.
IV. Tratándose de los entrenadores(as), la información de seguimiento indicada en el Anexo 11, así como realizar visitas a las instalaciones de entrenamiento y asistir a los eventos deportivos que determine la CONADE, para dar seguimiento a los Deportistas en formación y Deportistas en Desarrollo hacia el Alto Rendimiento.
d) Para la línea de acción h) las/los beneficiarias/os del Programa deberán cumplir lo siguiente:
I. Estar capacitados para llevar a cabo todos los procedimientos administrativos en materia de infraestructura deportiva, para lo cual la CONADE pondrá a su disposición en su página web: www.conade.gob.mx, la guía virtual de Inducción al Proceso para la elaboración del Expediente Técnico en Materia de Infraestructura Deportiva, el cual deberá ser analizado y estudiado por las/los beneficiarias/os;
II. Cuando se trate de obra pública se deberán comprometer los recursos mediante el procedimiento de licitación y contratación para ejecutar las acciones de infraestructura deportiva, establecidos en la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y su Reglamento y con fundamento en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y su Reglamento, cuando se trate de materiales y equipos especiales; en ambos casos se llevarán a cabo estos procesos a más tardar en 60 días naturales después de recibido el subsidio. En el caso de que la/el beneficiaria/o decida efectuar los trabajos de ejecución de obra por administración directa, se realizará siempre y cuando éste compruebe que cuenta con la capacidad para poder ejecutar la obra, dando inicio a los trabajos a más tardar 60 días naturales después de recibido el subsidio;
III. Destinar exclusivamente los recursos aportados por la CONADE para llevar a cabo la ejecución de la infraestructura deportiva y/o equipamiento deportivo, establecidos en el convenio de coordinación formalizado conforme el Anexo 15, autorizado por la SD;
IV. Aportar la cantidad determinada cuando se presente una situación de coinversión, cuando sea el caso y quede así establecido en el convenio de coordinación formalizado conforme el Anexo 15;
V. Realizar bajo su responsabilidad y cargo los trámites como licencias, permisos, dictámenes estructurales, estudios de mecánica de suelos, de impacto ambiental y/o urbano, fichas técnicas, análisis costo y beneficio, registros ante la SHCP, estudios de factibilidad, videograbaciones, actas notariales, entre otros, según se requieran, así como designar al residente de obra de acuerdo a lo establecido en el artículo 53, primer párrafo de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.
VI. Contar con los predios, conforme a lo dispuesto en el numeral 3.3.1., "Requisitos específicos para la línea de acción h)" de las presentes RO, en donde se llevarán a cabo las obras de infraestructura deportiva, y que no presenten problemas legales que impidan la ejecución de las mismas;
VII. Resguardar por un plazo de 5 años la documentación original comprobatoria relacionada con la ejecución de las obras de infraestructura deportiva y equipamiento deportivo conforme el Anexo 12, misma que podrá ser requerida por los Órganos Fiscalizadores conforme a la normatividad jurídica aplicable. Este resguardo únicamente aplica para las obras que hayan concluido en su totalidad con la entrega de documentación requerida conforme el Anexo 12 y la comprobación financiera total del apoyo otorgado; las obras que no hayan cumplido este requisito deberán resguardar la documentación hasta la conclusión de la comprobación.
VIII. Transferir los recursos federales otorgados por parte del Gobierno Estatal, al Gobierno Municipal cuando este sea el ejecutor de la obra, e informar de la disponibilidad presupuestaria en un plazo no mayor a
10 días naturales, a partir de la recepción del recurso, debiendo enviar copia de la entrega de los subsidios a la SD en un plazo no mayor a 5 días naturales posteriores a su realización, y para el caso de la Ciudad de México y sus Demarcaciones Territoriales, se estará a lo dispuesto en la normativa aplicable vigente que los rige;
IX. Supervisar la ejecución de las obras de infraestructura deportiva y equipamiento deportivo autorizado;
X. Cumplir con todos los requisitos establecidos en el numeral 3.3.1 de las presentes RO, referentes a la apertura de una cuenta bancaria productiva específica para el manejo de los recursos del apoyo otorgado, cuando el ejecutor de la obra sea el Municipio;
XI. Atender las obligaciones de transparencia y fiscalización, dando respuesta satisfactoria a los requerimientos generados, en su caso, por los Órganos Fiscalizadores, la CONADE o las instancias competentes;
XII. Realizar o, en su caso, contratar la elaboración de los proyectos de infraestructura deportiva, así como la ejecución de la obra, de conformidad con la normativa aplicable;
XIII. Destinar el 3% de la totalidad de los recursos federales, establecido en el convenio de coordinación formalizado conforme el Anexo 15, con las Entidades Federativas, Municipios, Demarcaciones Territoriales de la Ciudad de México, entidades y/o dependencias de la APF, así como con las Asociaciones Deportivas Nacionales, los Órganos de Cultura Física y Deporte y Organismos Afines, para la supervisión externa federal de las obras de infraestructura deportiva o de las acciones de equipamiento deportivo, de conformidad con la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y su Reglamento, así como dar cumplimiento al Anexo "A" de los Términos de Referencia de la Supervisión Externa del convenio de coordinación formalizado conforme el Anexo 15. En el caso donde no se contrate la supervisión externa federal de las obras, el recurso destinado para tal fin, y/o quede algún remanente de dicho monto, deberán ser reintegrados en los términos que establecen la LFPRH y su Reglamento.
XIV. Disponer lo necesario a fin de mantener en buen estado las obras y equipamiento financiado con recursos del Programa, hacer válidas las garantías de obra, equipos y equipamientos deportivos (en su caso), así como vigilar y sufragar su continua y adecuada operación;
XV. Informar a la SD la conclusión física de la obra de infraestructura deportiva y/o adquisición e instalación del equipamiento deportivo, en un plazo que no exceda a 15 días naturales a la fecha de su terminación y/o adquisición;
XVI. Presentar a petición de la CONADE, ante los Órganos Fiscalizadores las comprobaciones de los apoyos otorgados en apego a lo establecido en el convenio de coordinación formalizado conforme el Anexo 15 de las presentes RO, en términos de lo dispuesto en el artículo 111 de la LFPRH, así como en las demás disposiciones jurídicas aplicables que regulan el gasto público federal;
XVII. Presentar ante la SD, dentro de los 15 días naturales posteriores al cierre del ejercicio fiscal, la información y documentación referente a la comprobación y cierre de la obra y, en su caso, efectuar los reintegros y las cargas financieras correspondientes, y
XVIII. Proporcionar a la SD la información sobre los avances y resultados físicos y financieros de los proyectos de infraestructura deportiva y/o equipamiento deportivo en los formatos que se pueden consultar en la siguiente página electrónica: electrónica: https://www.gob.mx/conade/acciones-y-programas/infraestructura-deportiva?state=published,, en los términos del convenio de coordinación formalizado conforme el Anexo 15 de las presentes RO.
e) Las y los beneficiarios de la línea de acción d) numeral 1 deberán cumplir con lo siguiente:
I. Suscribir y dar cumplimiento a los compromisos establecidos en la carta aceptación-compromiso de deportistas de Alto Rendimiento Anexo 23, no aplica para deportistas en desarrollo, ni para deportistas en formación hacia el alto rendimiento;
II. Acudir en la fecha que solicite la SCD, para las reuniones, concentraciones y exámenes de control y de dopaje que se programen;
III. Acudir a las presentaciones, eventos y toda actividad que sea previamente requerida por la SCD;
IV. Cumplir con el plan de trabajo y actividades programadas por los entrenadores(as);
V. Participar en los eventos deportivos del Ciclo Olímpico que sean programados, acorde con el
proceso selectivo interno convocado por la Asociación Deportiva Nacional según corresponda;
VI. Evitar participar en eventos mediáticos, televisivos, de espectáculo o cualquier otro evento que interrumpa su preparación. (En caso contrario se entiende que renuncia al beneficio otorgado), y
VII. Evitar participar en procesos de elección o designación para puestos públicos o de función pública en todos los niveles de gobierno. En caso contrario se entiende que renuncia al beneficio otorgado).
f) Las y los beneficiarios de la línea de acción d) numeral 2 deberán cumplir con lo siguiente:
I. Suscribir y dar cumplimiento a los compromisos establecidos en la carta aceptación-compromiso (Anexo 24), no aplica para entrenadores de deportistas en desarrollo, ni para entrenadores de deportistas en formación hacia el alto rendimiento, ni para equipo multidisciplinario;
II. Acudir a las presentaciones, eventos y toda actividad que sea previamente requerida por la SCD;
III. Entregar los informes del estado de la preparación, resultados de las evaluaciones, análisis de las competencias de los deportistas que atienda;
IV. Acudir a las reuniones de seguimiento y análisis técnico cuando la SCD lo requiera, a través de la Dirección de Alto Rendimiento;
V. Evitar participar en procesos de elección o designación para puestos públicos o de función pública en todos los niveles de gobierno. (En caso contrario se entiende que renuncia al beneficio otorgado);
VI. Evitar participar en eventos mediáticos, televisivos, de espectáculo o cualquier otro evento que interrumpa su preparación. (En caso contrario se entiende que renuncia al beneficio otorgado), y
VII. Participar en los cursos validados y/o convocados por la Dirección de Alto Rendimiento de CONADE.
Causas de suspensión, cancelación o reintegro de los recursos
Las siguientes medidas se adoptarán hasta en tanto no se dé cumplimiento a las obligaciones contraídas en los convenios correspondientes a los Anexos 13, 14, 15, 16, 17, así como a lo establecido en los anexos 23 y 24 de las presentes RO, suscritos para el manejo y aplicación de los recursos del Programa.
Suspensión
Las SCF, SCD y SD, podrán determinar la suspensión de la ministración de los recursos federales a las/os beneficiarias/os, cuando:
- No se cuente con la documentación legalmente solicitada por los órganos fiscalizadores y la SCF, SCD y SD;
- Cuando se incumpla con lo establecido en el convenio o en la entrega de la información relativa al cumplimento o avances de la línea de acción que se trate;
- Se detecten malos manejos en la aplicación de los recursos;
- Cuando no se cuente con la disponibilidad presupuestaria para apoyar a la línea de acción del Programa;
- Incumplir con la comprobación del apoyo en términos de los Lineamientos;
- Se incumpla con sus funciones y objetivos contraídos de acuerdo al programa de Seguimiento a Deportistas en Formación y Desarrollo hacia el Alto Rendimiento, y
- Por mandato de un órgano judicial.
Cancelación
Las SCD, SD y SCF podrán realizar la cancelación del beneficio otorgado, en los siguientes supuestos:
- Como consecuencia del incumplimiento en la comprobación de los recursos federales y/o si se detectan alteraciones a los conceptos de gastos acordados en los convenios correspondientes a los Anexos 13, 14, 15, 16 y 17 de las presentes RO;
- Desvío de los recursos del Programa;
- Cuando los beneficiarios y, en su caso los representantes, se encuentren sujetos a proceso judicial en caso de cometer irregularidades en el manejo y aplicación de los recursos del Programa, serán objeto de responsabilidades penales, administrativas o civiles que correspondan conforme a lo establecido por la normativa federal aplicable, y
- Cuando no se cuente con la disponibilidad presupuestaria para apoyar a la línea de acción del Programa.
Para el caso de la línea de acción d) numerales 1 y 2, la SCD cancelará la beca, por las siguientes causas:
1. No cumplir con su programa de entrenamiento y/o no participar en los eventos nacionales e internacionales relevantes o en los eventos señalados en la carta aceptación-compromiso de deportistas y entrenadores de Alto Rendimiento a que se refieren los Anexos 23 y 24 respectivamente, salvo que se presente ante la Dirección de Alto Rendimiento un justificante técnico o médico.
2. Ser suspendido o inhabilitado por haber cometido cualquier violación a las normas antidopaje prescritas en el código mundial antidopaje vigente.
3. Conducta inapropiada dentro y fuera del ámbito deportivo con base en los reglamentos de participación de los eventos nacionales e internacionales emitidos para tal fin, en las legislaciones locales, estatales, federales y/o internacionales.
4. Violar el "Código de Conducta para dirigentes deportivos, entrenadores, deportistas y entes de promoción deportiva del SINADE".
5. No cumplir con el resultado competitivo previsto técnicamente para las competencias deportivas por el que se le autoriza la beca.
6. A solicitud de las Asociaciones Deportivas Nacionales, Órganos de Cultura Física y Deporte y/o la Dirección de Alto Rendimiento, justificando técnicamente los motivos de la cancelación.
7. A aquellos beneficiarios de la beca que, durante el periodo de la beca, sufran lesiones o enfermedades y no hayan presentado los justificantes médicos expedidos y/o validados por la Dirección de Medicina y Ciencias Aplicadas de la CONADE.
8. No asistir a la solicitud por parte de CONADE, para la realización de exámenes antidopaje.
9. Por fallecimiento del beneficiario de la beca.
10. Por incapacidad física o mental o cualquier otra causa de fuerza mayor que impida al beneficiario de la beca el cumplimiento del objeto motivo por el cual recibe la beca.
11. Por haber omitido información relevante que el beneficiario de la beca debió aportar a la CONADE y con ello propicie error en las decisiones emitidas por la SCD; proporcionar información falsa o documentación apócrifa durante el proceso de asignación de la beca, o con motivo de su formalización o durante el plazo en que se desarrolla la actividad motivo de la beca.
12. Cuando el/la beneficiario(a) de la beca renuncie expresamente por escrito o por declaraciones en medios impresos, televisivos y/o digitales.
13. Cuando el/la beneficiario(a) de la beca suspenda unilateralmente y sin justificación su preparación deportiva o el evento motivo de la beca o no cumpla con las actividades comprometidas.
14. Cuando el/la beneficiario(a) de la beca participe en eventos mediáticos, televisivos, de espectáculo o cualquier otra actividad que interrumpa o modifique su preparación a un fin distinto a su competencia fundamental.
15. Cuando el/la beneficiario(a) se encuentre privado de su libertad por sentencia que haya causado estado, sin derecho a la conmutación de la pena.
16. Cuando el/la beneficiario(a) participe en procesos de elección o designación para puestos públicos o de función pública en todos los niveles de gobierno.
17. Una vez que se tiene conocimiento de cualquiera de las probables causas motivo por el cual se puede cancelar la beca, la SCD a través de la Dirección de Alto Rendimiento notificará por escrito al/la beneficiario(a) la cancelación de la beca.
Para el caso de la línea de acción d) numerales 1 y 2, una vez que se tiene conocimiento de cualquiera de las probables causas motivo por el cual se puede cancelar la beca, la SCD a través de la Dirección de Alto Rendimiento notificará por escrito al/la beneficiario(a) la cancelación de la beca.
Reintegro
Las SCD, SD y SCF, previa revisión de la documentación comprobatoria con respecto a lo autorizado en los convenios correspondientes a los Anexos 13, 14, 15, 16 y 17 de las presentes RO, determinarán el reintegro de los recursos del Programa, en los supuestos siguientes:
- Cuando se incumpla en la entrega de la información relativa al cumplimento o avances de la línea de acción que se trate;
- Se detecte que el objeto establecido, de acuerdo con los convenios aplicables correspondientes a los Anexos 13, 14, 15, 16, y 17 de las presentes RO no podrá ser alcanzado, y
- Cuando la comprobación de los recursos no corresponda a los conceptos del gasto autorizado en el anexo técnico de los convenios, y cuando no se cuente con los documentos que soporten dicho gasto.
Las SCD, SD y SCF previa revisión de la documentación comprobatoria con respecto a lo autorizado en los convenios correspondientes a los Anexos 13, 14, 15, 16, y 17 de las presentes RO, tendrán la facultad de determinar el monto que las/os beneficiarias/os deberán reintegrar cuando no se acredite el correcto ejercicio del gasto y cuando éste no se haya ejercido, asimismo solicitarán el entero de los rendimientos y el cálculo y entero de las cargas financieras que correspondan.
Para el caso de proyectos correspondiente a la línea de acción h), en caso de no realizarse de manera total las obras y/o adquisición del equipamiento deportivo objeto del convenio de coordinación formalizado conforme al Anexo 15, que para tal efecto se suscriba con las/os beneficiarias/os a los que se les haya otorgado recursos a través de este Programa, se obligan a reintegrar a la TESOFE la aportación, según sea la circunstancia, los recursos otorgados, más los rendimientos obtenidos y las cargas financieras; en el caso de haberse hecho de manera parcial o extemporánea, la SD y la SA evaluarán y determinarán que las acciones realizadas sean operativas, funcionales, utilizables e impliquen el beneficio establecido en el mencionado convenio, en cuyo caso afirmativo se obligan a reintegrar a la TESOFE los recursos no ejercidos con los correspondientes rendimientos obtenidos.
En el caso de haberse hecho de manera parcial o extemporánea el reintegro, la SD y la SA evaluarán y determinarán que las acciones realizadas en donde se determine que no son operativas, funcionales, utilizables, no cuenten con la calidad de obra y especificaciones técnicas validadas, en detrimento del beneficio establecido en el mencionado convenio de coordinación formalizado conforme el Anexo 15, se obligan a reintegrar la totalidad del recurso a la TESOFE, con las correspondientes cargas financieras en los términos que establece la LFPRH y su Reglamento.
Cabe señalar que las autoridades fiscalizadoras podrán, en el marco de sus atribuciones, fijar otro tipo de consecuencias que las mismas consideren en el marco del Sistema Nacional Anticorrupción.
3.6. Participantes
3.6.1. Instancia(s) ejecutora(s)
- Entidades Federativas;
- Órganos de Cultura Física y Deporte;
- Municipios y Demarcaciones Territoriales de la Ciudad de México;
- Dependencias y entidades de la APF y Estatal y de la Ciudad de México;
- Asociaciones Deportivas Nacionales;
- Instancias de educación, y
- Organismos Afines.
Todas deberán cumplir con los requisitos que se establecen en las presentes RO.
3.6.2. Instancia(s) normativa(s)
La CONADE a través de la SCF, SCD y SD, según corresponda, será la instancia encargada de interpretar las presentes RO, resolver las dudas y los aspectos no contemplados en las mismas, lo cual se realizará conforme a la normativa aplicable.
3.7. Coordinación Institucional
La SCF, SCD y SD podrán establecer acciones de coordinación con las autoridades federales, estatales y municipales, las cuales tendrán que darse en el marco de las disposiciones de las presentes RO y de la normativa aplicable, a fin de evitar duplicidades con otros programas del Gobierno Federal.
La coordinación institucional y la vinculación de acciones tienen como propósito contribuir al cumplimiento de los objetivos del Programa, procurando potenciar el impacto de los recursos, fortalecer la cobertura de las acciones, propiciar la complementariedad y reducir gastos administrativos.
Para el mejor cumplimiento de las acciones que se ejecutan a través del Programa, se podrán realizar los ajustes necesarios en su planeación y alcances, estableciendo los acuerdos, la coordinación y vinculación interinstitucional correspondientes, en el marco de lo dispuesto en las disposiciones jurídicas aplicables en la materia, lo establecido por las presentes RO y de las metas establecidas, así como en función de la disponibilidad presupuestaria autorizada.
4. OPERACIÓN
4.1. Proceso
Procedimiento seguido por las/los beneficiarias/os para recibir el apoyo de cada una de las líneas de acción operadas por la CONADE, a través de este Programa. |
Etapa | Actividad | Responsable |
Autorización Presupuestal | La SCF, SCD y SD solicitan autorización presupuestal a la SA de la CONADE. | SCF, SCD, SD y SA |
Formalización | Una vez que sean seleccionados los beneficiarios, deberán suscribir el convenio correspondiente a los Anexos 13, 14, 15, 16 y 17 de las presentes RO. | CONADE y Personas físicas o morales beneficiarias |
Entrega del recibo fiscal oficial y datos de la cuenta bancaria productiva específica, de las/los beneficiarias/os | Presentar a la SCF, SCD y SD, previo a la entrega de los subsidios, el recibo fiscal oficial original. | Personas físicas o morales beneficiarias |
Ministración de los subsidios a las/los beneficiarias/os | Realizar el trámite de la ministración de los subsidios programados, en los términos establecidos en el convenio correspondiente a los Anexos 13, 14, 15, 16 y 17 de las presentes RO, vía banca electrónica y hacer del conocimiento de las/los beneficiarias/os la ministración de los mismos. Los apoyos a los beneficiarios se otorgarán a través de la Dirección de Finanzas o su equivalente, de conformidad con lo establecido en el artículo 69 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental. Los recursos adicionales que aporten las Entidades Federativas, Municipios, Demarcaciones Territoriales de la Ciudad de México y otros participantes de la iniciativa privada, se ejercerán de acuerdo con lo señalado en las disposiciones jurídicas aplicables. | CONADE |
Notificación de la ministración de los recursos federales | La SCF, SCD y SD notificarán por escrito (remitida de manera física o correo electrónico oficial) a las/os beneficiarias/os la ministración de los recursos federales, previo aviso de la SA. | CONADE |
Ejecución de los subsidios | Llevar a cabo las acciones convenidas en los Anexos 13, 14, 15, 16 y 17 de las presentes RO, según la línea de acción que corresponda. | CONADE y Personas físicas o morales beneficiarias |
Visitas de verificación a las/los beneficiarias/os | La CONADE y los órganos fiscalizadores, podrán realizar visitas de verificación de las acciones convenidas en los Anexos 13, 14, 15, 16 y 17 de las presentes RO. | CONADE/ órganos fiscalizadores |
Revisión | Para las líneas de acción operadas por la SCF y SD, se revisará la documentación o los reportes remitidos a través del Sistema Integral de Comprobación de Recursos, en su caso, para verificar el cumplimiento de las metas y/o el concepto del gasto autorizado según el convenio que se suscriba conforme a los Anexos 13, 14, 15, 16 y 17 de las presentes RO, e informará a la/el beneficiaria/o en los casos que su comprobación no sea procedente o esté incompleta, para que se realicen las acciones que correspondan. Para el caso de las líneas de acción operadas por la SCD, preverificar, mediante cédula, la recepción de la documentación comprobatoria original del gasto de los recursos otorgados a las Asociaciones Deportivas Nacionales Órganos de Cultura Física y Deporte, Organismos Afines y organizaciones de la sociedad civil, conforme a los convenios suscritos con la CONADE (Anexos 13, 14 y 15 de las presentes RO). | CONADE |
Presentación de informe o reporte de gastos | Presentar el informe por escrito o Reporte de Gastos (Anexo 6), firmado por el representante legal, para el caso de las personas morales respecto a la aplicación de los recursos ante los órganos fiscalizadores que lo requieran. (Este punto no aplica a la línea de acción h). | Personas físicas o morales beneficiarias |
Procedimiento de selección para recibir becas económicas deportivas, correspondiente a la línea de acción d), numerales 1 y 2 |
Mecanismos de ministración del subsidio a las/los deportistas, entrenadores, equipo multidisciplinario y personal técnico. | La SCD lleva a cabo el Registro y Control de: - El análisis y asignación de la beca económica deportiva, con base en los resultados deportivos de las propuestas presentadas mediante los criterios técnicos conforme a lo señalado en el Anexo 4. - Los entrenadores, identificados por contar con un mínimo de un año de experiencia de haber participado en eventos nacionales multideportivos o Campeonatos Nacionales y/o eventos internacionales del Ciclo Olímpico y Paralímpico aprobados.El padrón de beneficiarios de beca económica deportiva que fueron aprobados. | CONADE |
| Los deportistas de alto rendimiento, en desarrollo y en formación hacia el alto rendimiento; así como los entrenadores(as), equipo multidisciplinario y personal técnico beneficiarios con beca, presentarán un estado de cuenta bancaria nacional a su nombre que contendrá número de cuenta y CLABE para su depósito. | Deportistas, entrenadores(as), equipo multidisciplinario, personal técnico. |
| Generará los padrones de beneficiarios, integrando: nombre del beneficiario de la beca, disciplina, monto del apoyo y mes del apoyo, agrupados por Entidad Federativa y deporte. Elaborará la Solicitud de Registro Presupuestal y Pago (SRPP) correspondiente para tramitar el pago del padrón de beneficiarios adjuntado el archivo electrónico Layout tipo nómina para el pago correspondiente. | CONADE |
| Tramitará y gestionará las SRPP ante la Dirección de Finanzas, adscrita a la SA y enviará los archivos de pago de deportistas de alto rendimiento, deportistas en desarrollo y deportistas en formación hacia el alto rendimiento, entrenadores(as) y personal técnico, que conforman el padrón de beneficiarios a la Dirección antes mencionada. | CONADE |
Informa la resolución de la solicitud de recursos. | Se remitirá a las Asociaciones Deportivas Nacionales, Órganos de Cultura Física y Deporte, el estatus de las solicitudes presentadas. | CONADE |
| En caso de ser aprobada su solicitud, llamar al teléfono 55-59-27-52-00 extensiones 2711, 2712 y 2702, de lunes a viernes de 9:00 a 18:00 horas para recibir más información. | Deportista |
Envío de la nómina final. | Enviar mensualmente a las Asociaciones Deportivas Nacionales, Órganos de Cultura Física y Deporte el padrón de las/los deportistas beneficiadas/os con un recurso. | CONADE |
Para la línea de acción h), el plazo máximo de respuesta a la solicitud de apoyo será de tres meses a partir de la fecha de recepción de la documentación conforme a lo establecido en el artículo 17 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo. Si al término de este plazo, la CONADE no ha emitido respuesta, se entenderá que la solicitud fue resuelta en sentido negativo. Asimismo, se concederá un plazo máximo de prevención de 30 días naturales, para que los solicitantes solventen las deficiencias que, en su caso, se detecten en la integración de la documentación originalmente presentada en los requisitos generales y específicos. Las/los solicitantes que no hayan subsanado en tiempo y forma las deficiencias señaladas por la CONADE, no podrán ser sujetos de apoyo del Programa.
4.2. Ejecución
4.2.1. Avance físico y financiero
La CONADE a través de las SCF, SCD, y SD, formularán trimestralmente el reporte de los avances sobre la aplicación de los recursos y/o de las acciones que se ejecuten bajo su responsabilidad con cargo a los recursos otorgados mediante este Programa, mismos que deberán remitir a la SA durante los 10 días hábiles posteriores a la terminación del trimestre que se reporta. Invariablemente, la instancia ejecutora deberá acompañar a dicho reporte, la explicación de las variaciones entre el presupuesto autorizado, el modificado y, el ejercido, así como las diferencias entre las metas programadas y las alcanzadas.
Dichos reportes, deberán identificar y registrar a la población atendida diferenciada por sexo, grupo de edad, región del país, entidad federativa, municipio o Demarcación Territorial de la Ciudad de México.
Los reportes permitirán dar a conocer los avances de la operación del Programa en el periodo que se reporta, y la información contenida en los mismos será utilizada para integrar los informes institucionales correspondientes.
Será responsabilidad de la CONADE concentrar y analizar dicha información, para la toma oportuna de
decisiones.
Asimismo, de manera trimestral, las Entidades Federativas beneficiarias de los apoyos del Programa, deberán remitir a la SHCP, a través del Sistema de Recursos Federales transferidos https://www.mstwls.hacienda.gob.mx, el informe sobre el destino y los resultados obtenidos de la aplicación de los recursos en el marco de los convenios suscritos con la SEP por los apoyos otorgados.
4.2.2. Acta de entrega-recepción
Para la línea de acción h) operada por la SD, para cada una de las obras terminadas o acciones entregadas por los beneficiarios de esta línea de acción, se elaborará un acta de entrega recepción, la cual formará parte del expediente de la obra y/o equipamiento y constituye la prueba documental que certifica su existencia.
4.2.3. Cierre de ejercicio
Las SCF, SCD y SD para estar en posibilidad de efectuar el cierre del ejercicio, procederán a concentrar y analizar la información proporcionada por las/los beneficiarias/os y les solicitarán, en su caso, las aclaraciones y documentación justificativa y comprobatoria a que haya lugar una vez validado el recurso otorgado al beneficiario, la SCF, SD y SCD conciliará con la SA las cifras definitivas para integrar el cierre del ejercicio fiscal.
Las instancias ejecutoras y las SCF, SCD y SD, estarán obligadas a presentar, como parte de su informe correspondiente al cuarto trimestre del año fiscal 2022, una estimación de cierre (objetivos, metas y gasto) conforme a lo establecido por la SHCP en los respectivos Lineamientos de Cierre de Ejercicio Fiscal; mismo que se consolidarán con los informes trimestrales de avance físico y financiero y/o físico presupuestario entregados por los beneficiarios, a más tardar 10 días hábiles posteriores al cierre del ejercicio fiscal 2022.
A solicitud de la CONADE y de los órganos fiscalizadores, los/las beneficiarios/as deberán poner a su disposición la documentación original que acredita la comprobación de los recursos del Programa, para la Fiscalización y/o Inspección del ejercicio de los recursos.
5. AUDITORIA, CONTROL Y SEGUIMIENTO
Los subsidios mantienen su naturaleza jurídica de recursos públicos federales para efectos de aplicación, ejecución, fiscalización transparencia y rendición de cuentas, por lo tanto podrán ser revisados y auditados por la SFP o instancia fiscalizadora correspondiente que se determine; por el Órgano Interno de Control en la CONADE y en la SEP y/o auditores independientes contratados para dicho fin, en coordinación con los Órganos Locales de Control; por la SHCP; por la Auditoría Superior de la Federación y demás instancias que en el ámbito de sus respectivas atribuciones resulten competentes.
Como resultado de las acciones de auditoría que se lleven a cabo, la instancia de control que las realice mantendrá un seguimiento interno que permita emitir informes de las revisiones efectuadas, dando principal importancia a la atención en tiempo y forma de las observaciones detectadas hasta su total solventación.
6. EVALUACIÓN
6.1. Interna
La CONADE a través de la SA podrá instrumentar un procedimiento de evaluación interna con el fin de monitorear el desempeño del Programa construyendo, para tal efecto, indicadores relacionados con sus objetivos específicos, de acuerdo con lo que establece la Metodología de Marco Lógico. El procedimiento se operará considerando la disponibilidad de los recursos humanos y presupuestarios de las instancias que intervienen.
Asimismo, se deberán incorporar indicadores específicos que permitan evaluar la incidencia de los programas presupuestarios en el abatimiento de las brechas entre mujeres y hombres, la prevención de la violencia de género y de cualquier forma de discriminación basada en el género, discapacidad, origen étnico, u otras formas.
6.2. Externa
La Dirección General de Análisis y Diagnóstico del Aprovechamiento Educativo, es la unidad administrativa ajena a la operación de los programas que, en coordinación con la CONADE, instrumentarán lo establecido para la evaluación externa de programas federales, de acuerdo con la Ley General de Desarrollo Social, el PEF, los Lineamientos Generales para la Evaluación de los Programas Federales de la Administración Pública Federal y el Programa Anual de Evaluación. Dicha evaluación deberá incorporar la perspectiva de género.
Asimismo, es responsabilidad de la CONADE cubrir el costo de las evaluaciones externas, continuar y, en su caso, concluir con lo establecido en los programas anuales de evaluación de años anteriores. En tal sentido y una vez concluidas las evaluaciones del Programa, éste habrá de dar atención y seguimiento a los aspectos susceptibles de mejora.
Las presentes RO fueron elaboradas bajo el enfoque de la MML, conforme a los criterios emitidos conjuntamente por el CONEVAL y la SHCP mediante oficio números 419-A-19-00598 y VQZ.SE.123/19, respectivamente, de fecha 27 de junio de 2019.
Se recomienda verificar que las instancias que realizan las evaluaciones externas tengan las capacidades técnicas y profesionales para incorporar la perspectiva de género en sus evaluaciones.
6.3 Indicadores
Los indicadores del Programa a nivel de propósito, componente y actividades de la MIR 2022, cuyo nivel de desagregación es nacional, serán reportados por la CONADE en el Módulo PbR del Portal Aplicativo de la SHCP (PbR PASH).
La MIR es pública y se encuentra disponible en las siguientes ligas:
Portal de la SHCP:
https://www.transparenciapresupuestaria.gob.mx/es/PTP/programas#inicio
La consulta puede realizarse de la siguiente manera:
- En la pestaña Ramo, seleccionar "11-Educación Pública".
- En la pestaña Modalidad, seleccionar "S-Sujetos a Reglas de Operación".
- En la pestaña Clave, seleccionar "269".
- Dar clic en el nombre del Programa Presupuestario "Programa de Cultura Física y Deporte".
Posteriormente, aparecerá en la pantalla la "Ficha del Programa"; para acceder a la MIR, es necesario en la pantalla de la "Ficha del Programa" dar clic en la opción "Resultados" y en esa pantalla, seleccionar la opción "Descarga los Objetivos, Indicadores y Metas".
Portal de la Dirección General de Planeación, Programación y Estadística Educativa, de la SEP:
http://planeacion.sep.gob.mx/cortoplazo.aspx
La consulta puede realizarse de la siguiente manera:
- Seleccionar el año a consultar
- Descargar la MIR del Programa
7. TRANSPARENCIA
7.1. Difusión
En la operación del Programa, se deberán atender las disposiciones aplicables en materia de transparencia y protección de datos personales establecidas por la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, así como la Ley General de Protección de Datos personales en Posesión de Sujetos Obligados y la normatividad que de éstas derivan.
Para garantizar la transparencia en el ejercicio de los recursos públicos, se dará amplia difusión al Programa a nivel nacional, y se promoverán acciones similares por parte de las autoridades locales y municipales. La papelería, documentación oficial, así como la publicidad y promoción de este Programa, deberán incluir la siguiente leyenda: "Este programa es público ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa". Quien haga uso indebido de los recursos de este Programa deberá ser denunciada/o y sancionada/o de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente.
Asimismo, se deberán difundir todas aquellas medidas que contribuyen a promover el acceso igualitario entre mujeres y hombres a los beneficios del Programa.
De acuerdo a lo establecido en el artículo 70, fracción XV de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, la CONADE tendrá la obligación de publicar y mantener actualizada la información relativa a los programas de subsidios.
7.2. Contraloría social
Con la finalidad de fortalecer los mecanismos de participación ciudadana que contribuyan con la prevención y combate a la corrupción, las personas beneficiarias de programas federales de desarrollo social, de manera libre y voluntaria, podrán llevar a cabo actividades de contraloría social de manera individual y colectiva.
La Contraloría Social implica actividades de monitoreo y vigilancia sobre el cumplimiento de los objetivos y metas del programa, así como de la correcta aplicación de los recursos públicos asignados.
Se reconoce y fomenta la participación de las comunidades indígenas y afromexicanas, a través de sus autoridades tradicionales, para llevar a cabo acciones de Contraloría Social en los programas que impactan su territorio.
Para lograr lo anterior la Instancia Normativa e Instancias Ejecutoras deberán sujetarse a los Lineamientos para moción y operación de la Contraloría Social en los programas federales de desarrollo social, vigentes, para que se promuevan y realicen las acciones necesarias para la integración y operación de la Contraloría Social, considerando para ello el Esquema y Programa Anual de Trabajo de Contraloría Social validado por la SFP; así como los procedimientos indicados en la Guía Operativa del Programa.
Con el objeto de facilitar el acceso a la información necesaria para el cumplimiento de las funciones de la Contraloría Social, con relación al Programa se designa como enlace permanente a la Dirección de Planeación y Tecnologías de Información, adscrita a la Subdirección del Deporte, con los siguientes datos de contacto: teléfono (55) 59275200, extensión 2200 y 2240 o en el correo electrónico contraloriasocial@conade.gob.mx con un horario de atención de 9:00 a 15:00 y de 16:30 a 18:00 hrs., de lunes a viernes.
La instancia Normativa informará a la Instancia Ejecutora la distribución del presupuesto y los datos del programa a vigilar.
Para el desarrollo de las actividades de difusión y capacitación, la Instancia Normativa elaborará y proporcionará a las Instancias Ejecutoras los materiales prototipo a fin de que sean reproducidos y distribuidos por este último, con el objeto de que los beneficiarios del programa cuenten con los conocimientos y herramientas necesarios para realizar sus actividades.
Para la integración de los Comités de Contraloría Social las Instancias Normativa y Ejecutoras promoverán la participación paritaria de hombres y mujeres.
Para registrar un Comité de Contraloría Social, se presentará un escrito libre ante la unidad responsable o entidad de la APF a cargo del Programa, donde como mínimo, se especificará el Programa a vigilar, el nombre y datos de contacto de la(s) persona(s) que lo integrarán y la ubicación geográfica de las mismas (localidad, código postal y Entidad Federativa). La SFP orientará a las personas interesadas en conformar Comités a través de la cuenta de correo electrónico: contraloriasocial@funcionpublica.gob.mx
La Instancia Ejecutora contará con un plazo no mayor a 15 días hábiles para entregar al Comité de Contraloría social su registro.
La Instancia Normativa solicitará a la Instancia Ejecutora el reporte de quejas y denuncias presentadas por los integrantes de comité y dará seguimiento con el objeto de canalizarlas a las áreas competentes para su atención.
Las quejas podrán ser presentadas a través de las plataformas de captación de quejas y denuncias de la SFP, del órgano Interno de Control de la CONADE, del Enlace de Contraloría Social del Órgano Estatal de Cultura Física y Deporte o ante la Instancia Normativa vía electrónica al correo contraloriasocial@conade.gob.mx o de forma física mediante escrito firmado por el comité, dirigido al Director de Planeación de Tecnologías de Información y Enlace de Contraloría Social de la CONADE, con domicilio en Camino a Santa Teresa número 482, Colonia Peña Pobre, Alcaldía de Tlalpan, C.P. 14060, Ciudad de México.
La SFP dará seguimiento a los procedimientos anteriormente descritos, asesorará y resolverá cualquier duda o situación imprevista para garantizar el derecho de las personas beneficiarias a llevar a cabo actividades de Contraloría Social en los programas federales de desarrollo social.
8. QUEJAS Y DENUNCIAS
La o el beneficiario y la ciudadanía en general, podrán presentar sus quejas o denuncias con respecto a la ejecución de las presentes RO de manera personal, escrita o por internet: dirigida al Órgano Interno de
Control en la CONADE, ubicado en Camino a Santa Teresa número 482, Colonia Peña Pobre, Demarcación Territorial de Tlalpan, C.P. 14060, en la Ciudad de México, de lunes a viernes en un horario de 9:00 a 15:00 y de 16:00 a 18:00 horas o llamar al teléfono (55) 59-27-52-00, extensiones 4300, 4310 o 4320 y a través de los correos electrónicos en las direcciones: quejas@conade.gob.mx y denuncia@conade.gob.mx.
También las quejas y denuncias podrán realizarse de forma personal en el Espacio de Contacto Ciudadano de la SFP, ubicado en Av. Insurgentes Sur número 1735, planta baja, Módulo 3, Colonia Guadalupe Inn, Demarcación Territorial Álvaro Obregón, C.P. 01020, en la Ciudad de México, de lunes a viernes en un horario de 9:00 a 15:00 y de 16:00 a 18:00 horas, por correspondencia dirigida a dicha dirección, vía correo electrónico a la dirección: contactociudadano@funcionpublica.gob.mx o vía telefónica al número (55) 2000 3000, extensión 2164, en donde se proporcionará la información de los mecanismos existentes para interponer quejas y denuncias.
ANEXOS
ANEXO 1 Diagrama de flujo del proceso de otorgamiento de apoyos
Anexo 2. Formato del Sistema Integral de Información de Padrones de Programas Gubernamentales (SIIPP-G)
No. | Descripción |
01 | Registro Federal del Contribuyente. |
02 | Razón social de la persona moral beneficiaria. |
03 | Fecha de constitución como persona moral. |
04 | Actividad económica de la persona moral. |
05 | Dependencia que integra el programa. |
06 | Institución responsable del programa. |
07 | Clave del Programa de acuerdo al PEF. |
08 | Beneficiario parcial de programa. |
09 | Entidad federativa donde se entrega el beneficio.- Catálogo INEGI. |
10 | Municipio donde se entrega el beneficio.- Catálogo INEGI. |
11 | Localidad donde se entrega el beneficio.- Catálogo INEGI. |
12 | Fecha en la que fue entregado el beneficio. |
13 | Tipo de beneficiario.- Catálogo SIIPP-G. |
14 | Tipo de beneficio otorgado.- Catálogo SIIPP-G. |
15 | Monto o unidad otorgada. |
16 | Beneficio a través de un intermediario P. Física. |
17 | Beneficio a través de un intermediario P. Moral. |
18 | Grupo de identificación de acuerdo a catálogo SIIPP-G si no cuenta con RFC (Escuela, ejido, comunidad). |
19 | Tipo de vialidad.- Catálogo INEGI. |
20 | Nombre de la Vialidad. |
21 | Nombre compuesto de la Carretera. |
22 | Nombre compuesto del Camino. |
23 | Número exterior 1. |
24 | Número exterior 2. |
25 | Parte Alfanumérica del Número Exterior. |
26 | Número interior. |
27 | Parte Alfanumérica del Número Interior. |
28 | Tipo del Asentamiento Humano.- Catálogo INEGI. |
29 | Nombre del Asentamiento Humano. |
30 | Código Postal. |
31 | Nombre de la Localidad.- Catálogo INEGI. |
32 | Clave de la Localidad.- Catálogo INEGI. |
33 | Nombre del Municipio o Alcaldía Territorial.- Catálogo INEGI. |
34 | Clave del Municipio o Alcaldía Territorial.- Catálogo INEGI. |
35 | Nombre de la Entidad Federativa.- Catálogo INEGI. |
36 | Clave de la Entidad Federativa.- Catálogo INEGI. |
37 | Tipo de vialidad.- Catálogo INEGI. |
38 | Nombre de la primera de las entre vialidades en donde está establecido el domicilio geográfico de interés. |
39 | Tipo de vialidad.- Catálogo INEGI. |
40 | Nombre de la segunda de las entre vialidades en donde está establecido el domicilio geográfico de interés. |
41 | Tipo de vialidad.- Catálogo INEGI. |
42 | Nombre de la vialidad que se ubica en la parte posterior en donde está establecido el domicilio geográfico de interés. |
43 | Descripción de ubicación. |
44 | Tipo de vialidad. |
45 | Nombre de la segunda de las entre vialidades en donde está establecido el domicilio geográfico de interés. |
46 | Tipo de vialidad.- Catálogo INEGI. |
47 | Nombre de la vialidad que se ubica en la parte posterior en donde está establecido el domicilio geográfico de interés. |
48 | Descripción de Ubicación. |
Personas físicas SIIPP-G |
No. | Descripción |
01 | Clave Única de Registro de Población -CURP |
02 | Primer apellido de la/el beneficiaria/o |
03 | Segundo apellido la/el beneficiaria/o |
04 | Nombre completo la/el beneficiaria/o |
05 | Fecha de nacimiento la/el beneficiaria/o |
06 | Clave Entidad federativa de nacimiento de la beneficiaria/o directo o indirecto, de acuerdo al catálogo de entidades federativas de RENAPO. En caso que haya nacido en el extranjero, se deberá capturar la clave NE (nacido en el extranjero) |
07 | Sexo o genero la/el beneficiaria/o directo o indirecto de acuerdo al catálogo de RENAPO (H para hombre y M para mujer) |
08 | Biometría _huella visible o moldeada de las huellas de los 10 dedos (SI para el caso de contar con esta información, NO para el caso contrario) |
09 | Biometría _iris impresión de la membrana pigmentada suspendida en el interior del ojo (SI para el caso de contar con esta información, NO para el caso contrario) |
10 | Clave del estado civil o conyugal la/el beneficiaria/o de acuerdo al catálogo del INEGI |
11 | Clave Dependencia (clave del ramo en que se ubica el Programa conforme al Presupuesto de Egresos de la Federación PEF) |
12 | Clave Institución (clave de la unidad administrativa responsable de la operación del Programa, que se forma con las claves del ramo y unidad responsable conforme al Presupuesto de Egresos de la Federación PEF) |
13 | Clave Programa (clave del programa de acuerdo al Presupuesto de Egresos de la Federación PEF) |
14 | Clave intraprograma (clave para identificar el componente, subprograma o proyecto que se genere para un programa. Catalogo SIIPP-G) |
15 | Clave entidad federativa (clave de la entidad federativa donde se encuentra el apoyo entregado a la/el beneficiaria/o |
16 | Clave municipio (clave del municipio donde se encuentra el apoyo entregado a la/el beneficiaria/o |
17 | Clave localidad (clave de la localidad donde se encuentra el apoyo entregado a la/el beneficiaria/o |
18 | Fecha Beneficio (fecha en la que se otorgó el apoyo a la/el beneficiaria/o |
19 | Clave tipo de beneficiaria/o (clave del tipo de beneficiaria/o dentro del programa. Catalogo SIIPP-G) Beneficiario directo, indirecto, derechohabiente |
20 | Clave tipo beneficio (clave del tipo de beneficio o apoyo que otorga el programa a la/el beneficiaria/o. Catalogo SIIP-G) |
21 | Cantidad apoyo (cantidad autorizada del apoyo que puede recibir la/el beneficiaria/o directo e indirecto en el programa, no se aceptara datos nulos ni en 0 |
22 | CURP_D (Clave que corresponde a la CURP de la persona física que es beneficiaria/o directa/o del programa) |
23 | RFC_D (Clave que corresponde al RFC de la persona moral que es beneficiaria/o directa/o del programa |
24 | Tipo de vialidad catálogo_INEGI |
25 | Nombre de la vialidad. |
26 | Nombre compuesto de la carretera. |
27 | Nombre compuesto del camino. |
28 | Número exterior 1. |
29 | Número exterior 2. |
30 | Parte alfa numérica del número exterior. |
31 | Número interior. |
32 | Parte alfanumérica del número interior. |
33 | Tipo del asentamiento humano-Catálogo INEGI. |
34 | Nombre del asentamiento humano. |
35 | Código postal. |
36 | Nombre de la localidad -Catálogo INEGI. |
37 | Clave de la localidad -Catálogo INEGI. |
38 | Nombre del Municipio o Alcaldía Territorial -catalogo INEGI. |
39 | Clave del Municipio o Alcaldía Territorial - Catálogo INEGI. |
40 | Nombre del Estado o del Distrito Federal catálogo INEGI. |
41 | Clave de Estados y Distrito Federal -Catálogo INEGI. |
42 | Tipo de vialidad - catálogo INEGI. |
43 | Nombre de la primera de las entre vialidades en donde está establecido el domicilio geográfico de interés. |
44 | Tipo de vialidad. catálogo INEGI. |
45 | Nombre de las segundas de las entre vialidades en donde está establecido el domicilio geográfico de interés. |
46 | Tipo de vialidad.- Catálogo INEGI. |
47 | Nombre de la vialidad que se ubica en la parte posterior en donde está establecido el domicilio geográfico de interés. |
48 | Descripción de Ubicación. |
Anexo 3. Reporte Estadístico y/o de Metas.
| SUBDIRECCIÓN DE CULTURA FÍSICA REPORTE ESTADÍSTICO Y/O DE METAS | |
ENTIDAD | ACTIVACIÓN FÍSICA | CENTROS DEL DEPORTE ESCOLAR Y MUNICIPAL | EVENTOS DEPORTIVOS NACIONALES | TOTAL |
H | M | TOTAL | H | M | TOTAL | H | M | TOTAL | H | M | TOTAL |
AGUASCALIENTES | | | | | | | | | | | | |
BAJA CALIFORNIA | | | | | | | | | | | | |
BAJA CALIFORNIA SUR | | | | | | | | | | | | |
CAMPECHE | | | | | | | | | | | | |
COAHUILA | | | | | | | | | | | | |
COLIMA | | | | | | | | | | | | |
CHIAPAS | | | | | | | | | | | | |
CHIHUAHUA | | | | | | | | | | | | |
CIUDAD DE MÉXICO | | | | | | | | | | | | |
DURANGO | | | | | | | | | | | | |
GUANAJUATO | | | | | | | | | | | | |
GUERRERO | | | | | | | | | | | | |
HIDALGO | | | | | | | | | | | | |
JALISCO | | | | | | | | | | | | |
MÉXICO | | | | | | | | | | | | |
MICHOACÁN | | | | | | | | | | | | |
MORELOS | | | | | | | | | | | | |
NAYARIT | | | | | | | | | | | | |
NUEVO LEÓN | | | | | | | | | | | | |
OAXACA | | | | | | | | | | | | |
PUEBLA | | | | | | | | | | | | |
QUERÉTARO | | | | | | | | | | | | |
QUINTANA ROO | | | | | | | | | | | | |
SAN LUIS POTOSÍ | | | | | | | | | | | | |
SINALOA | | | | | | | | | | | | |
SONORA | | | | | | | | | | | | |
TABASCO | | | | | | | | | | | | |
TAMAULIPAS | | | | | | | | | | | | |
TLAXCALA | | | | | | | | | | | | |
VERACRUZ | | | | | | | | | | | | |
YUCATÁN | | | | | | | | | | | | |
ZACATECAS | | | | | | | | | | | | |
INDET | | | | | | | | | | | | |
IMSS | | | | | | | | | | | | |
IPN | | | | | | | | | | | | |
UNAM | | | | | | | | | | | | |
Anexo 4. Criterios y montos de asignación de las becas económicas deportivas para deportistas. Criterios y montos para la entrega de estímulos deportivos a deportistas y entrenadores.
Becas económicas deportivas para deportistas en formación hacia el alto rendimiento.
- Se otorga a los deportistas que obtienen el primer lugar en los eventos Nacionales CONADE o Paranacionales CONADE; a propuesta de los Órganos de Cultura Física y Deporte o la Dirección de Alto Rendimiento, cuyo monto mensual asciende a $1,700.00 (mil setecientos pesos 00/100 M.N.)
Becas económicas deportivas para deportistas en desarrollo
- Se otorga a los deportistas de preselección nacional de categoría senior, propuestos por las Asociaciones Deportivas Nacionales o la Dirección de Alto Rendimiento que se preparan para la participación en eventos del Ciclo Olímpico y/o Campeonatos Mundiales. El monto mensual será de $6,000.00 (seis mil pesos 00/100 M.N.). Una vez concluido el evento se reajustará según al resultado deportivo obtenido.
- Para aquellos deportistas que hayan obtenido plaza nominal a Juegos Olímpicos/Paralímpicos el monto será $30,000.00 (treinta mil pesos 00/100 M.N) mensual, posteriormente el monto de la beca se re tabulará al monto correspondiente al resultado obtenido en el tabulador vigente al momento del evento objeto de la beca
Becas económicas deportivas a deportistas de Alto Rendimiento Se otorga a los deportistas que obtengan resultados en los eventos deportivos señalados en las tablas 4.1 a 4.12 del presente anexo. Los montos ascenderán en función del resultado obtenido en el evento deportivo.
- Las cifras señaladas se refieren a montos netos y mensuales.
- Se deberán cumplir, los siguientes criterios generales:
1. Que en el resultado oficial la prueba cuente con un mínimo de 5 participantes de 3 países diferentes.
2. Que la prueba cuente para el medallero general del evento y se encuentre en la memoria oficial.
3. Están sujetas a previa autorización de la SCD a través de la Dirección de Alto Rendimiento.
4. La temporalidad de la beca será por ciclo deportivo (de un evento fundamental a otro).
5. En caso de no cumplir con los resultados previstos en la carta aceptación-compromiso Anexo 23, el monto de la beca se re tabulará de acuerdo al resultado obtenido en función de las tablas 4.1 a 4.12 del presente anexo.
4.1 Criterios específicos de alta, continuidad o modificación de montos de becas económicas deportivas en Disciplinas Convencionales, Pruebas Individuales Olímpicas.
Aquellos deportistas que hayan obtenido medallas en una o más ediciones de Juegos Olímpicos, excepcionalmente a propuesta de la Dirección General de la CONADE y bajo análisis de la SCD, podrá otorgarse el monto de hasta $75,000.00 (setenta y cinco mil pesos 00/100 M.N).
Lugar Obtenido | Juegos Olímpicos | Juegos Olímpicos de la Juventud | Campeonato Mundial | Campeonato Mundial Juvenil (Última categoría) | Juegos Panamericanos | Juegos Panamericanos Juveniles | Juegos Centroamericanos y del Caribe |
1 | $55,000.00 | $20,000.00 | $49,000.00 | $20,000.00 | $24,000.00 | $16,000.00 | $16,000.00 |
2 | $52,000.00 | $16,000.00 | $46,000.00 | $16,000.00 | $22,000.00 | $14,000.00 | $14,000.00 |
3 | $50,000.00 | $12,000.00 | $44,000.00 | $12,000.00 | $20,000.00 | $12,000.00 | $12,000.00 |
4 | $41,000.00 | | $36,000.00 | $10,000.00 | $18,000.00 | | |
5 | $38,000.00 | | $34,000.00 | $9,000.00 | $16,000.00 | | |
6 | $36,000.00 | | $32,000.00 | | | | |
7 | $33,000.00 | | $29,000.00 | | | | |
8 | $30,000.00 | | $27,000.00 | | | | |
9 | $28,000.00 | | $23,000.00 | | | | |
10 | $24,000.00 | | $19,000.00 | | | | |
11 | $20,000.00 | | $15,000.00 | | | | |
12 | $16,000.00 | | $11,000.00 | | | | |
13 | $12,000.00 | | $10,000.00 | | | | |
14 | $11,000.00 | | $9,000.00 | | | | |
15 | $10,000.00 | | $8,000.00 | | | | |
16 | $ 9,000.00 | | $7,000.00 | | | | |
4.2 Criterios específicos de alta, continuidad o modificación de montos de becas económicas deportivas en Disciplinas Convencionales, Pruebas Compartidas Olímpicas.
Se otorgará solo a deportistas titulares.
Lugar Obtenido | Juegos Olímpicos | Juegos Olímpicos de la Juventud | Campeonato Mundial | Campeonato Mundial Juvenil (Última categoría) | Juegos Panamericanos | Juegos Panamericanos Juveniles | Juegos Centroamericanos y del Caribe |
1 | $42,000.00 | $14,000.00 | $35,000.00 | $14,000.00 | $20,000.00 | $12,000.00 | $14,000.00 |
2 | $39,000.00 | $12,000.00 | $32,500.00 | $13,000.00 | $18,000.00 | $10,000.00 | $12,000.00 |
3 | $36,000.00 | $10,000.00 | $30,000.00 | $12,000.00 | $16,000.00 | $8,000.00 | $10,000.00 |
4 | $33,000.00 | | $27,500.00 | $10,000.00 | | | |
5 | $30,000.00 | | $25,000.00 | $9,000.00 | | | |
6 | $27,000.00 | | $22,500.00 | | | | |
7 | $24,000.00 | | $20,000.00 | | | | |
8 | $21,000.00 | | $17,500.00 | | | | |
9 | $17,000.00 | | $14,000.00 | | | | |
10 | $13,000.00 | | $10,000.00 | | | | |
11 | $9,000.00 | | $8,000.00 | | | | |
12 | $7,000.00 | | $7,000.00 | | | | |
4.3 Criterios específicos de alta, continuidad o modificación de montos de becas económicas deportivas en Disciplinas Convencionales, Pruebas Equipo/Conjunto Olímpicas
Se otorgará solo a deportistas titulares.
Lugar Obtenido | Juegos Olímpicos | Juegos Olímpicos de la Juventud | Campeonato Mundial | Campeonato Mundial Juvenil (Última categoría) | Juegos Panamericanos | Juegos Panamericanos Juveniles | Juegos Centroamericanos y del Caribe |
1 | $15,000.00 | $12,000.00 | $15,000.00 | $12,000.00 | $12,000.00 | $10,000.00 | $10,000.00 |
2 | $14,000.00 | $10,000.00 | $14,000.00 | $11,000.00 | $10,000.00 | $8,000.00 | $8,000.00 |
3 | $13,000.00 | $8,000.00 | $13,000.00 | $10,000.00 | $8,000.00 | $7,000.00 | $7,000.00 |
4 | $12,000.00 | | $12,000.00 | $9,000.00 | | | |
5 | $11,000.00 | | $11,000.00 | $8,000.00 | | | |
6 | $10,000.00 | | $10,000.00 | | | | |
7 | $9,000.00 | | $9,000.00 | | | | |
8 | $8,000.00 | | $8,000.00 | | | | |
4.4 Criterios específicos de alta, continuidad o modificación de montos de becas económicas deportivas en Disciplinas Convencionales, Pruebas Individuales No Olímpicas
Para ser beneficiario en este tipo de pruebas, la disciplina deberá estar incluida en los programas de los siguientes eventos deportivos:
- Juegos Centroamericanos y del Caribe
- Juegos Panamericanos
Lugar Obtenido | Campeonato Mundial | Campeonato Mundial Juvenil (Última categoría) | Juegos Panamericanos | Juegos Panamericanos Juveniles | Juegos Centroamericanos y del Caribe |
1 | $21,500.00 | $10,000.00 | $14,000.00 | $12,000.00 | $10,000.00 |
2 | $21,000.00 | $9,000.00 | $13,000.00 | $11,000.00 | $8,000.00 |
3 | $20,500.00 | $8,000.00 | $12,000.00 | $10,000.00 | $6,000.00 |
4 | $20,000.00 | $7,000.00 | | | |
5 | $19,500.00 | | | | |
6 | $19,000.00 | | | | |
7 | $18,500.00 | | | | |
8 | $18,000.00 | | | | |
9 | $16,000.00 | | | | |
10 | $14,000.00 | | | | |
11 | $12,000.00 | | | | |
12 | $10,000.00 | | | | |
4.5 Criterios específicos de alta, continuidad o modificación de montos de becas económicas deportivas en Disciplinas Convencionales, Pruebas Compartidas No Olímpicas
Se otorgará solo a deportistas titulares.
1. Para ser beneficiario de la beca en este tipo de pruebas, la disciplina deberá estar incluida en los programas de los siguientes eventos deportivos:
- Juegos Centroamericanos y del Caribe
- Juegos Panamericanos
Lugar Obtenido | Campeonato Mundial | Campeonato Mundial Juvenil (Última categoría) | Juegos Panamericanos | Juegos Panamericanos Juveniles | Juegos Centroamericanos y del Caribe |
1 | $15,500.00 | $8,000.00 | $12,000.00 | $8,000.00 | $9,000.00 |
2 | $15,000.00 | $7,500.00 | $11,000.00 | $7,000.00 | $8,000.00 |
3 | $14,500.00 | $7,000.00 | $10,000.00 | $6,000.00 | $6,000.00 |
4 | $14,000.00 | | | | |
5 | $12,000.00 | | | | |
6 | $10,000.00 | | | | |
7 | $8,000.00 | | | | |
8 | $7,000.00 | | | | |
4.6 Criterios específicos de alta, continuidad o modificación de montos de becas económicas deportivas en Disciplinas Convencionales, Pruebas Equipo/Conjunto No Olímpicas
1. Se otorgará solo a deportistas titulares.
2. Para ser beneficiario en este tipo de pruebas, la disciplina deberá estar incluida en los programas de los siguientes eventos deportivos:
- Juegos Centroamericanos y del Caribe
- Juegos Panamericanos
Lugar Obtenido | Campeonato Mundial | Juegos Panamericanos | Juegos Panamericanos Juveniles | Juegos Centroamericanos y del Caribe |
1 | $15,000.00 | $12,000.00 | $10,000.00 | $10,000.00 |
2 | $14,000.00 | $10,000.00 | $8,000.00 | $8,000.00 |
3 | $13,000.00 | $8,000.00 | $7,000.00 | $7,000.00 |
4 | $12,000.00 | | | |
5 | $11,000.00 | | | |
6 | $10,000.00 | | | |
7 | $8,000.00 | | | |
8 | $7,000.00 | | | |
4.7 Criterios específicos de alta, continuidad o modificación de montos de becas económicas deportivas para Deportistas de Disciplinas Paralímpicas, en Pruebas Individuales
1. Los resultados deben ser considerados del ciclo paralímpico vigente o del último evento multideportivo donde obtuvo el resultado de trascendencia.
2. Las pruebas deberán estar contempladas en el programa Paralímpico o multideportivo vigente.
3. En caso de que algún deportista haya dejado de cumplir con los criterios establecidos en el presente Anexo y solo en casos excepcionales, mediante Dictamen Técnico fundado y motivado por la SCD, en el sentido de que todavía presentan amplias expectativas de desarrollo y con posibilidades de obtener destacados resultados internacionales, por su trayectoria deportiva y por haber obtenido significativos registros históricos en las competencias elementales del ciclo paralímpico, la SCD podrá autorizar su permanencia en el padrón de beneficiarios.
Lugar Obtenido | Juegos Paralímpicos | Campeonato Mundial de Deportes de Ciclo Paralímpico | Campeonato Mundial Juvenil de Deportes de Ciclos Paralímpicos (Última categoría) | Juegos Para Panamericanos | Juegos Para Panamericanos Juveniles (Última Categoría) |
1 | $55,000.00 | $49,000.00 | $22,000.00 | $24,000.00 | $16,000.00 |
2 | $52,000.00 | $46,000.00 | | $22,000.00 | |
3 | $50,000.00 | $44,000.00 | | $20,000.00 | |
4 | $41,000.00 | $36,000.00 | | | |
5 | $38,000.00 | $34,000.00 | | | |
6 | $36,000.00 | $32,000.00 | | | |
7 | $33,000.00 | $29,000.00 | | | |
8 | $30,000.00 | $27,000.00 | | | |
4.8 Criterios específicos de alta, continuidad o modificación de montos de becas económicas deportivas para Deportistas de Disciplinas Paralímpicas en Pruebas Compartidas
1. Los resultados deben ser considerados del ciclo paralímpico vigente o del último evento multideportivo donde obtuvo el resultado de trascendencia.
2. Las pruebas deberán estar contempladas en el programa Paralímpico o multideportivo vigente.
3. Se considerará exclusivamente a los deportistas que participaron en la prueba, no se avalará a los suplentes que no participaron de forma activa.
4. En caso de que algún deportista haya dejado de cumplir con los criterios establecidos en el presente Anexo y solo en casos excepcionales, mediante Dictamen Técnico fundado y motivado por la SCD, en el sentido de que todavía presentan amplias expectativas de desarrollo y con posibilidades de obtener destacados resultados internacionales, por su trayectoria deportiva y por haber obtenido significativos registros históricos en las competencias elementales del ciclo paralímpico, la SCD podrá autorizar su permanencia en el padrón de beneficiarios.
Lugar Obtenido | Juegos Paralímpicos | Campeonato Mundial de Deportes del Ciclo Paralímpico | Campeonato Mundial Juvenil de Deportes de Ciclos Paralímpicos (Última categoría) | Juegos Para Panamericanos | Juegos Para Panamericanos Juveniles (Última categoría) |
1 | $42,000.00 | $35,000.00 | $14,000.00 | $20,000.00 | $12,000.00 |
2 | $39,000.00 | $32,500.00 | | $18,000.00 | |
3 | $36,000.00 | $30,000.00 | | $17,000.00 | |
4 | $33,000.00 | $27,500.00 | | | |
5 | $30,000.00 | $25,000.00 | | | |
6 | $27,000.00 | $22,500.00 | | | |
7 | $24,000.00 | $20,000.00 | | | |
8 | $21,000.00 | $17,500.00 | | | |
4.9 Criterios específicos de alta, continuidad o modificación de montos de becas económicas deportivas para Deportistas de Disciplinas Paralímpicas en Pruebas Equipo / Conjunto.
Los resultados deben ser considerados del ciclo paralímpico vigente o del último evento multideportivo donde obtuvo el resultado de trascendencia.
1. Las pruebas deberán estar contempladas en el programa Paralímpico o multideportivo vigente.
2. Se considerará exclusivamente a los deportistas que participaron en la prueba, no se avalará a los suplentes que no participaron de forma activa.
3. En caso de que algún deportista haya dejado de cumplir con los criterios establecidos en el presente Anexo y solo en casos excepcionales, mediante Dictamen Técnico fundado y motivado por la SCD, en el sentido de que todavía presentan amplias expectativas de desarrollo y con posibilidades de obtener destacados resultados internacionales, por su trayectoria deportiva y por haber obtenido significativos registros históricos en las competencias elementales del ciclo paralímpico, la SCD podrá autorizar su permanencia en el padrón de beneficiarios.