ACUERDO que da a conocer el aviso por el que se da a conocer la autorización para operar como entidad de acreditación a la asociación civil denominada SIAAC Sociedad Internacional de Acreditación, A.C.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- ECONOMÍA.- Secretaría de Economía.
Con fundamento en los artículos 34 fracciones II, XIII y XXXIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1 fracciones II y IV, 2 fracción II, 18 fracciones I y VI, 43, 47, 49, 50 y Tercero, Quinto, Sexto y Noveno Transitorios de la Ley de Infraestructura de la Calidad; 5 fracción XVII, 36 fracciones I y XVII del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía, y
CONSIDERANDO
Que el 1 de julio de 2020 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se expide la Ley de Infraestructura de la Calidad y se abroga la Ley Federal sobre Metrología y Normalización (Decreto).
Que el artículo Quinto Transitorio de la Ley de Infraestructura de la Calidad establece que todos los trámites y solicitudes que hayan sido presentados por escrito a las Autoridades Normalizadoras con anterioridad a la entrada en vigor del Decreto, se resolverán conforme a lo dispuesto en la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, su Reglamento y demás disposiciones secundarias vigentes al momento de su presentación y hasta su conclusión.
Que el artículo Sexto Transitorio de la referida Ley establece que las autorizaciones, acreditaciones, registros y aprobaciones que hayan sido otorgadas en fecha anterior a la entrada en vigor del Decreto, estarán vigentes hasta en tanto cumplan el término de su vigencia. Para la renovación de éstas se aplicarán las disposiciones contenidas en el Decreto.
Que una vez verificado el cumplimiento de los requisitos exigibles en la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, su Reglamento y en la Norma Mexicana NMX-EC-17011-IMNC-2018, "Evaluación de la conformidad-Requisitos para los organismos de acreditación que realizan la acreditación de organismos de evaluación de la conformidad (Cancelará a la NMX-EC-17011-IMNC-2005)", la Dirección General de Normas de la Secretaría de Economía otorgó autorización para que la asociación civil denominada SIAAC Sociedad Internacional de Acreditación, A.C. brinde los servicios de acreditación a Unidades de Inspección conforme a la Norma Mexicana NMX-EC-17020-IMNC-2014 "Evaluación de la conformidadRequisitos para el funcionamiento de diferentes tipos de unidades (Organismos) que realizan la verificación (Inspección) (Cancela a la NMX-EC-17020-IMNC-2000)"; a Organismos de Certificación conforme a la Norma Mexicana NMX-EC-17021-1-IMNC-2016 "Evaluación de la conformidadRequisitos para los organismos que realizan la auditoría y la certificación de sistemas de gestiónParte 1: Requisitos"; a Organismos de Certificación de Producto conforme a la Norma Mexicana NMX-EC-17065-IMNC-2014, "Evaluación de la conformidadRequisitos para organismos que certifican productos, procesos y servicios (Cancela a la NMX-EC-065-IMNC-2000)"; a Organismos de Certificación de Personas conforme a la Norma Mexicana NMX-EC-17024-IMNC-2014 "Evaluación de la conformidadRequisitos generales para los organismos que realizan certificación de personas (Cancela a la NMX-CC-17024-IMNC-2004)".
Que los principios de Certidumbre y Máxima publicidad en los que se sustenta el Sistema Nacional de Infraestructura de la Calidad, establecen que los integrantes del Sistema Nacional de Infraestructura de la Calidad deben actuar en estricto apego a las disposiciones legales aplicables, además de que en el manejo de la información relativa a las actividades de normalización, estandarización, Evaluación de la Conformidad y metrología, dicha información será accesible al público y sólo por excepción, en los casos expresamente previstos en la legislación aplicable se podrá clasificar como confidencial o reservada.
Que en virtud de lo antes señalado en aras de otorgar certidumbre jurídica, en concordancia con las políticas establecidas por el Gobierno a favor de la población y en cumplimiento a lo establecido por la Ley de Infraestructura de la Calidad, se expide el siguiente:
ACUERDO QUE DA A CONOCER EL AVISO POR EL QUE SE DA A CONOCER LA AUTORIZACIÓN
PARA OPERAR COMO ENTIDAD DE ACREDITACIÓN A LA ASOCIACIÓN CIVIL DENOMINADA SIAAC
SOCIEDAD INTERNACIONAL DE ACREDITACIÓN, A.C.
Artículo Único.- Se hace del conocimiento público a través del Anexo I del presente Acuerdo, el Aviso por el que se da a conocer la autorización para operar como Entidad de Acreditación a la Asociación Civil denominada SIAAC Sociedad Internacional de Acreditación, A.C.
TRANSITORIO
ÚNICO.- El presente Acuerdo entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Ciudad de México, a 23 de marzo de 2022.- La Secretaria de Economía, Tatiana Clouthier Carrillo.-
Rúbrica.
ANEXO I
AVISO POR EL QUE SE DA A CONOCER LA AUTORIZACIÓN PARA OPERAR COMO ENTIDAD DE ACREDITACIÓN A LA ASOCIACIÓN CIVIL DENOMINADA SIAAC SOCIEDAD INTERNACIONAL DE ACREDITACIÓN, A.C.
La Secretaría de Economía a través de la Dirección General de Normas con fundamento en lo previsto por los artículos 34 fracciones II, XIII y XXXIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1, 2, 3, 4, 8 y 9 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 1, 2 fracción II, 3 fracción I, 39 fracción IX, 70-A, 70-B y 70-C de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 71, 72, 73, 74 y 78 de su Reglamento; en concordancia con lo establecido en los artículos Segundo, Tercero, Quinto, Sexto, Séptimo, Octavo, Noveno y Décimo Segundo Transitorios del Decreto por el que se expide la Ley de Infraestructura de la Calidad y se abroga la Ley Federal sobre Metrología y Normalización publicado en el Diario Oficial de la Federación el 1 de julio de 2020; así como en el marco de las atribuciones conferidas en el artículo 36 fracciones I, IV, XVII, XVIII y último párrafo del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía, hace del conocimiento público lo siguiente:
Que una vez verificado el cumplimiento de los requisitos exigibles en la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, su Reglamento y en la Norma Mexicana NMX-EC-17011-IMNC-2018, "Evaluación de la conformidad-Requisitos para los organismos de acreditación que realizan la acreditación de organismos de evaluación de la conformidad (Cancelará a la NMX-EC-17011-IMNC-2005)", así como con lo señalado en las Normas Mexicanas NMX-EC-17020-IMNC-2014 "Evaluación de la conformidadRequisitos para el funcionamiento de diferentes tipos de unidades (Organismos) que realizan la verificación (Inspección) (Cancela a la NMX-EC-17020-IMNC-2000)"; NMX-EC-17021-1-IMNC-2016 "Evaluación de la conformidadRequisitos para los organismos que realizan la auditoría y la certificación de sistemas de gestiónParte 1: Requisitos"; NMX-EC-17065-IMNC-2014, "Evaluación de la conformidadRequisitos para organismos que certifican productos, procesos y servicios (Cancela a la NMX-EC-065-IMNC-2000)"; NMX-EC-17024-IMNC-2014 "Evaluación de la conformidadRequisitos generales para los organismos que realizan certificación de personas (Cancela a la NMX-CC-17024-IMNC-2004)", otorgó autorización a SIAAC Sociedad Internacional de Acreditación, A.C. para operar como Entidad de Acreditación, la cual es aplicable para la prestación de servicios de acreditación a:
I. Unidades de Inspección bajo la Norma Mexicana NMX-EC-17020-IMNC-2014 "Evaluación de la conformidadRequisitos para el funcionamiento de diferentes tipos de unidades (Organismos) que realizan la verificación (Inspección) (Cancela a la NMX-EC-17020-IMNC-2000)", para las siguientes materias: Auditoría ambiental; Comercio electrónico; Condiciones físico-mecánicas en el autotransporte; Eficiencia energética; Emisiones contaminantes; Gas L.P.; Gas natural; Información comercial; Seguridad, Gestión y Medio Ambiente en el Trabajo.
II. Organismos de Certificación bajo la Norma Mexicana NMX-EC-17021-1-IMNC-2016 "Evaluación de la conformidadRequisitos para los organismos que realizan la auditoría y la certificación de sistemas de gestiónParte 1: Requisitos", para las siguientes materias: Calidad; Medio ambiente; Seguridad y salud en el trabajo; Seguridad de la información; Gestión anti soborno y Continuidad en el negocio.
III. Organismos de Certificación de Producto bajo la Norma Mexicana NMX-EC-17065-IMNC-2014, "Evaluación de la conformidadRequisitos para organismos que certifican productos, procesos y servicios (Cancela a la NMX-EC-065-IMNC-2000)" para las siguientes ramas: Agua y suministro de gas por ductos; Bebidas Alcohólicas; Energía Solar; Equipo para manejo y uso L.P. y natural; Fabricación de equipo de computación, comunicación, de medición y de otros equipos, componentes y accesorios electrónicos; Industria Alimentaria; Industria de las bebidas y del tabaco; Industria Eléctrica; Industria Electrónica; Industria Textil; Materiales de construcción; Industrias Diversas; Otras Industrias Manufactureras; Plásticos y sus productos; Productos Químicos; Productos Siderúrgicos; Protección Ambiental; Seguridad; Industria del plástico y del hule; Otras industrias manufactureras; Productos de hule; Seguridad; Vehículos.
IV. Organismos de Certificación de Personas conforme a la Norma Mexicana NMX-EC-17024-IMNC-2014 "Evaluación de la conformidadRequisitos generales para los organismos que realizan certificación de personas (Cancela a la NMX-CC-17024-IMNC-2004)", para las siguientes materias: Auditor de sistemas de gestión integrados; Auditores de sistemas de gestión ambiental; Auditores de sistemas de gestión de la calidad; Auditores de sistemas de gestión de seguridad y salud en el trabajo; Auditor de sistemas de gestión anti soborno; Auditores de sistemas de gestión de la continuidad del negocio y; Auditores de sistemas de gestión de la seguridad de la información.
Atentamente
Ciudad de México, a 11 de marzo de 2022.- Director General de Normas, Lic. Alfonso Guati Rojo Sánchez.- Rúbrica.