ACUERDO que da a conocer el Aviso por el que se da a conocer la autorización para operar como entidad de acreditación a la asociación civil denominada Mexicana de Acreditación, MAAC, A.C.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- ECONOMÍA.- Secretaría de Economía.
Con fundamento en los artículos 34 fracciones II, XIII y XXXIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1 fracciones II y IV, 2 fracción II, 18 fracciones I y VI, 43, 47, 49, 50 y Tercero, Quinto, Sexto y Noveno Transitorios de la Ley de Infraestructura de la Calidad; 5 fracción XVII, 36 fracciones I y XVII del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía, y
CONSIDERANDO
Que el 1 de julio de 2020 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se expide la Ley de Infraestructura de la Calidad y se abroga la Ley Federal sobre Metrología y Normalización (Decreto).
Que el artículo Quinto Transitorio de la Ley de Infraestructura de la Calidad establece que todos los trámites y solicitudes que hayan sido presentados por escrito a las Autoridades Normalizadoras con anterioridad a la entrada en vigor del Decreto, se resolverán conforme a lo dispuesto en la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, su Reglamento y demás disposiciones secundarias vigentes al momento de su presentación y hasta su conclusión.
Que el artículo Sexto Transitorio de la referida Ley establece que las autorizaciones, acreditaciones, registros y aprobaciones que hayan sido otorgadas en fecha anterior a la entrada en vigor del Decreto, estarán vigentes hasta en tanto cumplan el término de su vigencia. Para la renovación de éstas se aplicarán las disposiciones contenidas en el Decreto.
Que el 6 de mayo de 2020 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Aviso por el que se da a conocer la autorización para operar como Entidad de Acreditación a la Asociación Civil denominada Mexicana de Acreditación MAAC, A.C. con el objeto de brindar servicios de acreditación a Organismos de Certificación de Sistemas de Gestión conforme a la Norma Mexicana NMX-EC-17021-1-IMNC-2016 (ISO/IEC 17021-1:2015), Evaluación de la conformidad-Requisitos para los organismos que realizan la auditoría y la certificación de sistemas de gestión-Parte 1: Requisitos, en específico para aquellos que brindan servicios de certificación de sistemas de gestión mediante las normas mexicanas siguientes: NMX-CC-9001-IMNC-2015/ISO 9001:2015, Sistemas de gestión de la calidad-Requisitos; NMX-SAA-14001-IMNC-2015/ISO 14001:2015, Sistemas de gestión ambiental-Requisitos con orientación para su uso, y NMX-SAST-45001-IMNC-2018/ISO 45001:2018, Sistemas de gestión de la seguridad y salud en el trabajo-Requisitos con orientación para su uso.
Que una vez verificado el cumplimiento de los requisitos exigibles en la Ley de Infraestructura de la Calidad y el Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, la Dirección General de Normas de la Secretaría de Economía otorgó autorización para que la asociación civil denominada Mexicana de Acreditación, MAAC, A.C. brinde los servicios de acreditación a Unidades de Inspección conforme a la Norma Mexicana NMX-EC-17020-IMNC-2014 / ISO/IEC 17020:2012, Evaluación de la conformidadRequisitos para el funcionamiento de diferentes tipos de unidades (Organismos) que realizan la verificación (Inspección) (Cancela a la NMX-EC-17020-IMNC-2000); Laboratorios de Ensayo y Calibración, conforme a la Norma Mexicana NMX-EC-17025-IMNC-2018 / ISO/IEC 17025:2017, Requisitos generales para la competencia de los laboratorios de ensayo y calibración (Cancelará a la NMX-EC-17025-IMNC-2006); Organismos de Certificación de Producto, conforme a la Norma Mexicana NMX-EC-17065-IMNC-2014 / ISO/IEC 17065:2012, Evaluación de la conformidadRequisitos para organismos que certifican productos, procesos y servicios (Cancela a la NMX-EC-065-IMNC-2000); ISO 21001:2018, Organizaciones educativasSistemas de gestión para organizaciones educativasRequisitos con orientación para su uso; ISO 37001:2016, Sistemas de gestión antisobornoRequisitos con orientación para su uso, e ISO 37301:2021 "Sistemas de gestión de complianceRequisitos con orientación para su uso.
Que los principios de certidumbre y máxima publicidad en los que se sustenta el Sistema Nacional de Infraestructura de la Calidad, establecen que los integrantes del Sistema Nacional de Infraestructura de la Calidad deben actuar en estricto apego a las disposiciones legales aplicables, además de que en el manejo de la información relativa a las actividades de normalización, estandarización, Evaluación de la Conformidad y metrología, dicha información será accesible al público y sólo por excepción, en los casos expresamente previstos en la legislación aplicable se podrá clasificar como confidencial o reservada.
Que en virtud de lo antes señalado, en aras de otorgar certidumbre jurídica, en concordancia con las políticas establecidas por el Gobierno a favor de la población y en cumplimiento a lo establecido por la Ley de Infraestructura de la Calidad, se expide el siguiente:
ACUERDO QUE DA A CONOCER EL AVISO POR EL QUE SE DA A CONOCER LA AUTORIZACIÓN
PARA OPERAR COMO ENTIDAD DE ACREDITACIÓN A LA ASOCIACIÓN CIVIL DENOMINADA
MEXICANA DE ACREDITACIÓN, MAAC, A.C.
Artículo Único.- Se hace del conocimiento público a través del Anexo I del presente Acuerdo, el Aviso por el que se da a conocer la autorización para operar como Entidad de Acreditación a la Asociación Civil denominada Mexicana de Acreditación, MAAC, A.C.
TRANSITORIO
ÚNICO.- El presente Acuerdo entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Ciudad de México, a 23 de marzo de 2022.- La Secretaria de Economía, Tatiana Clouthier Carrillo.- Rúbrica.
ANEXO I
AVISO POR EL QUE SE DA A CONOCER LA AUTORIZACIÓN PARA OPERAR COMO ENTIDAD DE ACREDITACIÓN A LA ASOCIACIÓN CIVIL DENOMINADA MEXICANA DE ACREDITACIÓN, MAAC, A.C.
La Secretaría de Economía a través de la Dirección General de Normas con fundamento en lo previsto por los artículos 34 fracciones II, XIII y XXXIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1, 2, 3, 4, 8 y 9 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 1, 2, 4, fracciones I, IX, XVII y XXII, 5, 43, 44, 45, 47, 49, 50, 51 y 52 de la Ley de Infraestructura de la Calidad; 71, 72, 73, 74 y 78 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, en concordancia con lo establecido en los artículos Segundo, Tercero, Sexto, Séptimo, Octavo, Noveno y Décimo Segundo Transitorios del Decreto por el que se expide la Ley de Infraestructura de la Calidad y se abroga la Ley Federal sobre Metrología y Normalización publicado en el Diario Oficial de la Federación el 1 de julio de 2020; 36 fracciones I, IV, XVII, XVIII y último párrafo del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía; hace del conocimiento público que, una vez verificado el cumplimiento de los requisitos exigibles en la Ley de Infraestructura de la Calidad y el Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, otorgó autorización para que la asociación civil denominada "Mexicana de Acreditación, MAAC, A.C.", brinde los servicios de acreditación bajo los siguientes esquemas y que le sean solicitados respecto de:
I. Unidades de Inspección conforme a la Norma Mexicana NMX-EC-17020-IMNC-2014 / ISO/IEC 17020:2012, "Evaluación de la conformidadRequisitos para el funcionamiento de diferentes tipos de unidades (Organismos) que realizan la verificación (Inspección) (Cancela a la NMX-EC-17020-IMNC-2000)."
II. Laboratorios de Ensayo y Calibración, conforme a la Norma Mexicana NMX-EC-17025-IMNC-2018 / ISO/IEC 17025:2017, "Requisitos generales para la competencia de los laboratorios de ensayo y calibración (Cancelará a la NMX-EC-17025-IMNC-2006)."
III. Organismos de Certificación de Producto, conforme a la Norma Mexicana NMX-EC-17065-IMNC-2014 / ISO/IEC 17065:2012, "Evaluación de la conformidadRequisitos para organismos que certifican productos, procesos y servicios (Cancela a la NMX-EC-065-IMNC-2000)."
IV. ISO 21001:2018 "Organizaciones educativasSistemas de gestión para organizaciones educativasRequisitos con orientación para su uso."
V. ISO 37001:2016 "Sistemas de gestión antisobornoRequisitos con orientación para su uso."
VI. ISO 37301:2021 "Sistemas de gestión de complianceRequisitos con orientación para su uso."
Atentamente
Ciudad de México, a 11 de marzo de 2022.- Director General de Normas, Lic. Alfonso Guati Rojo Sánchez.- Rúbrica.