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DOF: 15/06/2022
OCTAVA Actualización de la Edición 2020 del Libro de Auxiliares de Diagnóstico del Compendio Nacional de Insumos para la Salud

OCTAVA Actualización de la Edición 2020 del Libro de Auxiliares de Diagnóstico del Compendio Nacional de Insumos para la Salud.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- GOBIERNO DE MÉXICO.- Consejo de Salubridad General.

JOSÉ IGNACIO SANTOS PRECIADO, Secretario del Consejo de Salubridad General, con fundamento en los artículos, 4, párrafo cuarto, 73, fracción XVI, bases 1a y 3a de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 15, 16, 17, fracción V y 28 de la Ley General de Salud; 9 fracción III, 11, fracción IX y XVIII, del Reglamento Interior del Consejo de Salubridad General y
CONSIDERANDO
Que el artículo 4, párrafo cuarto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que toda Persona tiene derecho a la protección de la salud;
Que conforme al Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley General de Salud y de la Ley de los Institutos Nacionales de Salud, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 29 de noviembre de 2019, se estableció en los artículos 17, fracción V y 28 de la Ley General de Salud, que habrá un Compendio Nacional de Insumos para la Salud, elaborado por el Consejo de Salubridad General, al cual se ajustarán las instituciones públicas del Sistema Nacional de Salud, y en el que se agruparán, caracterizarán y codificarán los insumos para la salud;
Que para los efectos señalados en el párrafo precedente participarán en la elaboración del Compendio Nacional de Insumos para la Salud, la Secretaria de Salud, las Instituciones públicas de seguridad social y las demás que señale el Ejecutivo Federal;
Que con fecha 30 de abril de 2020, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que el Consejo de Salubridad General emite el Compendio Nacional de Insumos para la Salud al que se refieren los artículos 17, fracción V, 28, 28 Bis, 29, 77 Bis 1 y 222 Bis de la Ley General de Salud, con la finalidad de tener al día la lista de insumos para que las instituciones de salud pública atiendan problemas de salud de la población mexicana;
Que en términos de la última parte del artículo 28, de la Ley General de Salud, se llevaron a cabo trabajos entre el Secretariado del Consejo de Salubridad General, la Secretaría de la Defensa Nacional, la Secretaría de Marina, la Secretaria de Salud, el Instituto Mexicano del Seguro Social, el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado y los servicios de salud de Petróleos Mexicanos, para analizar las actualizaciones convenientes al Compendio Nacional de Insumos para la Salud, a efecto de considerar la inclusión de diversos insumos del libro de Auxiliares de Diagnóstico;
Que, derivado de lo anterior, se determinó la procedencia de la actualización del Compendio Nacional de Insumos para la Salud, en los términos siguientes:
OCTAVA ACTUALIZACIÓN DE LA EDICIÓN 2020 DEL LIBRO DE AUXILIARES DE DIAGNÓSTICO DEL
COMPENDIO NACIONAL DE INSUMOS PARA LA SALUD
INCLUSIÓN
CUADRO BÁSICO: RADIODIAGNÓSTICO
 
NOMBRE GENÉRICO:
Mamógrafo Computarizado de Impedancia Eléctrica
 
CLAVE:
080.980.0008
ESPECIALIDAD (ES):
Médicas
SERVICIO (S):
Consultas externas, clínicas y hospitales de segundo y tercer nivel
DESCRIPCIÓN Y FUNCIÓN:
Se trata de un método no invasivo, para identificar patologías benignas y malignas de la glándula mamaria, por impedancia eléctrica, contando con un método tanto cuantitativo como cualitativo y coadyuvante para criterios de diagnósticos.
Consta de un transductor con un sistema procesador de control incorporado, con una base de 256 electrodos recubiertos de oro galvanizado; cable de conexión para dos electrodos para colocar en la muñeca del paciente; cable USB de conexión del transductor a la computadora personal; Software que permite integrar las lecturas tomadas por el aparato y evaluar la imagen de la glándula mamaria a varias profundidades, elaborar visualmente la imagen con la ayuda del procesamiento de estimación adecuado (método cualitativo), así como obtener indicación de la media de conductividad eléctrica e histograma de la misma (método cuantitativo).
Es posible obtener imagen tridimensional: creación y visualización de imágenes 3D de la glándula mamaria, tanto en color como en blanco y negro, tanto fijo o estático como en movimiento; creación automática de informes para cribado con el uso de criterios preestablecidos.
 
REFACCIONES:
Cable de conexión para dos electrodos los cuales se colocan en la muñeca del paciente
 
ACCESORIOS OPCIONALES:
Se requiere instalar un software en una computadora con las siguientes especificaciones:
  Procesador Intel Pentium IV o superior (o compatible).
  Al menos 1 GB de memoria RAM
  Al menos 500 MB disponibles de memoria de disco duro.
  Al menos 1024x768 plana LCD (pantalla completa) monitor en color.
  Disponible puerto USB.
Video adaptador con soporte hardware de aceleración de gráficos 3D y con al menos 128 MB de memoria de video (o superior).
  Sistemas operativos soportados:
Windows XP Service Pack 2, Windows Vista, 7, 8 y 10.
 
CONSUMIBLES:
Electrodos de ECG pregelados de contacto desechables
 
INSTALACIÓN.
OPERACIÓN.
MANTENIMIENTO
*
  Por personal calificado.
Alimentación eléctrica 120 V +/-
10%, 60 Hz.
  Ver manual de instalación antes de
conectar el equipo.
*
Por personal especializado y de
acuerdo al manual de operación.
*
Correctivo por personal
capacitado.
 
Ciudad de México, a 8 de junio de 2022.- El Secretario del Consejo de Salubridad General, José Ignacio Santos Preciado.- Rúbrica.
 

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