EXTRACTO de la solicitud de registro de la agrupación denominada Misioneras Guadalupanas de Guadalajara, para constituirse en asociación religiosa.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- GOBERNACIÓN.- Secretaría de Gobernación.- Subsecretaría de Desarrollo Democrático, Participación Social y Asuntos Religiosos.- Unidad de Asuntos Religiosos, Prevención y la Reconstrucción del Tejido Social.- Dirección General de Asuntos Religiosos.
EXTRACTO DE LA SOLICITUD DE REGISTRO CONSTITUTIVO COMO ASOCIACIÓN RELIGIOSA QUE PRESENTÓ EL C. RAMONA EUGENIO MARÍA Y FIRMANTES DE LA AGRUPACIÓN DENOMINADA MISIONERAS GUADALUPANAS DE GUADALAJARA.
En cumplimiento a lo dispuesto por el último párrafo del artículo 7° de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público y 10 de su Reglamento, se publica el correspondiente extracto de la solicitud de registro de la agrupación denominada MISIONERAS GUADALUPANAS DE GUADALAJARA, para constituirse en asociación religiosa; solicitud presentada en la Dirección General de Asuntos Religiosos, para su trámite respectivo; cuyos datos principales son los que a continuación se señalan:
I.- Domicilio: Calle Justo Sierra 2058, Colonia Ladrón de Guevara, Sector Hidalgo, Municipio de Guadalajara, Estado de Jalisco, Código Postal 44600.
II.- Bienes inmuebles: Se relacionó para cumplir con su objeto un inmueble, ubicado en Manuel M. Dieguéz 217 y 219 altos, Colonia Ladrón Guevara, Sector Hidalgo, Guadalajara, Jalisco, C.P. 44100, manifestado de manera unilateral como susceptible de incorporarse al patrimonio.
III.- Estatutos: Presentó estatutos, los que contienen las bases fundamentales de su doctrina, la determinación de los asociadas y representantes, mismas que señalan como objeto, el siguiente: "Propagar el evangelio de Jesucristo por medio de la promoción integral humana-cristiana y la educación, especialmente entre los mas necesitados, de acuerdo con la doctrina de la Iglesia Católica Apostólica Romana...".
IV.- Se exhiben las pruebas suficientes que acreditan que la agrupación religiosa cuenta con notorio arraigo entre la población.
V.- Representantes: Ma Elena Almanza Galindo, Ramona Eugenio María, y/o Beatriz Morales Martínez.
VI.- Exhiben Relación de asociados, para dar cumplimiento a lo dispuesto por la fracción VI del artículo 8° del Reglamento de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público.
VII.- Exhiben el convenio propuesto a la Secretaría de Relaciones Exteriores, para dar cumplimiento a lo dispuesto en la fracción I del artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
VIII.- Órgano de Dirección o Administración: De conformidad con los estatutos exhibidos, se denomina "Consejo General", integrado por las personas y cargos siguientes: Ramona Eugenio María, Superiora General; Ma Elena Almanza Galindo, Consejera; Olga Mejía García, Consejera; María Lucrecia Ortega Benítez, Consejera; y Reynalda Ruiz Pérez, Consejera.
IX.- Credo religioso: Cristiano Católico Apostólico Romano.
En cumplimiento a lo dispuesto por el primer párrafo del artículo 11 del Reglamento de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público, se notifica lo anterior, a efecto de que las personas físicas, asociaciones religiosas, agrupaciones religiosas o iglesias que pudieran considerarse afectadas en su esfera jurídica, comparezcan dentro del término de veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente de esta publicación, a presentar su oposición ante esta Dirección General. Asimismo, se comunica que el expediente de la solicitud de referencia estará a la vista de los interesados para su consulta, solamente durante el término señalado.
Expedido en la Ciudad de México, a los nueve días del mes de enero de dos mil veintitrés.- El Director General Adjunto de la Dirección General de Asuntos Religiosos de la Secretaría de Gobernación, Lic. Jorge Lee Galindo.- Rúbrica.