DOF: 10/04/2023
ACUERDO por el que se revoca la determinación como Información de Interés Nacional de la Información Estadística del Sistema de Información y Gestión Educativa

ACUERDO por el que se revoca la determinación como Información de Interés Nacional de la Información Estadística del Sistema de Información y Gestión Educativa.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Instituto Nacional de Estadística y Geografía.- Junta de Gobierno.

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 26 apartado B de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 77 fracción II y 78 de la Ley del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica, y 28, 29 y 30 de las Reglas para la determinación de Información de Interés Nacional, y
CONSIDERANDO
Que la Ley del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica (Ley del SNIEG) establece que la Junta de Gobierno del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI o Instituto) debe determinar la Información que se considerará de Interés Nacional, en términos de lo dispuesto en los artículos 77 fracción II y 78 de la propia Ley.
Que la Información Estadística y Geográfica de Interés Nacional es aquélla que se genera en forma regular y periódica, elaborada con una metodología científicamente sustentada y que resulte necesaria para conocer la realidad del país, en sus aspectos demográfico, económico, social, geográfico y del medio ambiente y cuyo propósito es contribuir a la toma de decisiones, el diseño, la implementación y la evaluación de políticas públicas de alcance nacional.
Que el Instituto, como organismo público responsable de normar y coordinar el Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica (SNIEG), tiene como uno de sus objetivos realizar las acciones tendientes a lograr que la Información de Interés Nacional se sujete a los principios de accesibilidad, transparencia, objetividad e independencia a efecto de coadyuvar al desarrollo nacional.
Que a la Junta de Gobierno del Instituto le corresponde determinar la Información que se considerará de Interés Nacional, por lo que mediante Acuerdo 3ª/XI/2015, determinó como Información de Interés Nacional a la información estadística del Sistema de Información y Gestión Educativa, el cual fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el 23 de junio de 2015.
Que las Reglas para la determinación de Información de Interés Nacional (Reglas) establecen en el artículo 28, que los Comités Ejecutivos deberán revisar al menos cada tres años posteriores a la fecha de publicación en el Diario Oficial de la Federación, si la Información de Interés Nacional reúne los cuatro criterios mencionados en los artículos del 6 al 9 de las mismas, mencionando que cuando la información deje de cumplir alguno de los criterios, la presidencia del Comité Ejecutivo lo informará a la Junta de Gobierno para su revocación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 30 de las Reglas.
Que el artículo Tercero transitorio de las Reglas especifica que, para el caso de la Información de Interés Nacional vigente al momento de la entrada en vigor de éstas, el plazo establecido en el artículo 28 se contará a partir de la entrada en vigor de las Reglas, las cuales fueron publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 09 de abril de 2018.
Que el 15 de mayo de 2019 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de los artículos 3o., 31 y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia educativa.
Que el 06 de septiembre de 2019 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo número 17/08/19 por el que se modifica el diverso número 19/11/18 por el que se emiten los Lineamientos de Operación del Programa de Reforma Educativa.
Que el 30 de septiembre de 2019 se publicaron en el Diario Oficial de la Federación las siguientes disposiciones: Decreto por el que se expide la Ley General de Educación y se abroga la Ley General de la Infraestructura Física Educativa; Decreto por el que se expide la Ley Reglamentaria del Artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de Mejora Continua de la Educación, y Decreto por el que se expide la Ley General del Sistema para la Carrera de las Maestras y los Maestros.
Que el 15 de septiembre de 2020 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública.
Que el 20 de abril de 2021 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se expide la Ley General de Educación Superior y se abroga la Ley para la Coordinación de la Educación Superior.
Que adicionalmente, se generaron cambios en el marco legal del Sistema Educativo Nacional, destacando las reformas a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a la Ley General de Educación y al Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública. Por otro lado, fueron abrogadas la Ley General del Servicio Profesional Docente y la Ley General de la Infraestructura Física Educativa, y se crearon la Ley General de Educación Superior y la Ley General del Sistema para la Carrera de las Maestras y los Maestros.
Que derivado de lo anterior, se modificaron las fuentes de información que conformaban el Sistema de Información y Gestión Educativa: se eliminó el Servicio Profesional Docente; se suspendió el Plan Nacional para la Evaluación de los Aprendizajes; se descontinuó el Registro Nacional de Emisión, Validación e Inscripción de Documentos Académicos, y se inició el proceso de liquidación del Instituto Nacional de la Infraestructura Física Educativa. Por otro lado, se crearon el Módulo Electrónico de Certificación, el Control Escolar de la Educación Media Superior y la Unidad de Sistema para la Carrera de las y los docentes.
Que para atender el compromiso país de medir los indicadores de la Agenda 2030, establecidos en los Objetivos de Desarrollo Sostenible, a partir del ciclo escolar 2018-2019 se incluyó en el "Formato 911", un cuestionario con ocho preguntas sobre la infraestructura, equipamiento y servicios básicos de las escuelas de educación básica y media superior, denominado "Anexo de los Objetivos de Desarrollo Sostenible". El cuestionario permite generar información para dar seguimiento a la "meta 4.a Construir y adecuar instalaciones educativas que tengan en cuenta las necesidades de los niños y las personas con discapacidad con un enfoque de género, además de ofrecer entornos de aprendizaje seguros, no violentos, inclusivos y eficaces para todos".
Que en la Cuadragésima Quinta sesión del Comité Técnico Especializado de Información Educativa (CTEIE), realizada el 23 de noviembre de 2022, se aprobó el Acuerdo CTEIE/1.4/2022, por el que los integrantes del CTEIE tomaron conocimiento de la propuesta de revocación de la determinación de Información de Interés Nacional de la "Información Estadística del Sistema de Información y Gestión Educativa (SIGED)", debido a modificaciones sustantivas en el marco legal del Sistema Educativo Nacional generadas a partir de 2019, cambios en las fuentes de información del SIGED y la aparición de nuevos requerimientos de información, en particular, asociados al seguimiento de metas de los Objetivos de Desarrollo Sostenible de la Agenda 2030.
Que en la Tercera sesión Ordinaria 2022 del Comité Ejecutivo del Subsistema Nacional de Información Demográfica y Social, celebrada el 13 de diciembre de 2022, mediante Acuerdo CESNIDS/3.2/2022, se aprobó que la propuesta de revocación de la determinación como Información de Interés Nacional de la Información Estadística del SIGED fuera sometida a la Junta de Gobierno del INEGI, debido a modificaciones sustantivas en el marco legal del Sistema Educativo Nacional generado a partir de 2019, cambios en las fuentes de información del SIGED y la aparición de nuevos requerimientos de información, en particular, asociados al seguimiento de metas de los Objetivos de Desarrollo Sostenible de la Agenda 2030.
Por lo anterior, la Junta de Gobierno ha tenido a bien emitir el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE REVOCA LA DETERMINACIÓN COMO INFORMACIÓN DE INTERÉS
NACIONAL DE LA INFORMACIÓN ESTADÍSTICA DEL SISTEMA DE INFORMACIÓN Y GESTIÓN
EDUCATIVA
Único.- Se revoca la determinación como Información de Interés Nacional a la Información Estadística del Sistema de Información y Gestión Educativa en términos de lo establecido por la Ley del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica, lo anterior de conformidad con la justificación presentada por la Secretaría de Educación Pública ante el Comité Ejecutivo del Subsistema Nacional de Información Demográfica y Social.
Transitorio
ÚNICO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
El presente Acuerdo, se aprobó en términos del Acuerdo No. 5ª/V/2023, aprobado en la Quinta sesión de la Junta de Gobierno del Instituto Nacional de Estadística y Geografía, celebrada el 30 de marzo de 2023. Presidenta: Graciela Márquez Colin.- Vicepresidentes: Paloma Merodio Gómez, Adrián Franco Barrios y Mauricio Márquez Corona.
Aguascalientes, Ags., a 30 de marzo de 2023.- Hace constar lo anterior el Coordinador General de
Asuntos Jurídicos, Jorge Ventura Nevares, en ejercicio de la atribución que le confiere lo dispuesto por la fracción IV, del artículo 46 del Reglamento Interior del Instituto Nacional de Estadística y Geografía.- Rúbrica.
(R.- 534672)
 

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