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DOF: 21/12/2023
ACUERDO que establece la Política en materia satelital del Gobierno Federal

ACUERDO que establece la Política en materia satelital del Gobierno Federal.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- COMUNICACIONES.- Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes.

JORGE NUÑO LARA, Secretario de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 1o, 2o, fracción I, 26 y 36 fracción I Bis de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, y 9 fracciones IV, X, XI, XII de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión.
CONSIDERANDO
Que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que el Estado garantizará el derecho de acceso a las tecnologías de la información y comunicación, así como a los servicios de radiodifusión y telecomunicaciones, incluido el de banda ancha e internet;
Que la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, establece que corresponde a la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT) determinar las políticas que promuevan la disponibilidad de capacidad y servicios satelitales suficientes para las redes de seguridad nacional, servicios de carácter social y demás necesidades, objetivos y fines del Gobierno Federal, así como administrar y vigilar el uso eficiente de la capacidad satelital propia, ya sea concesionada o adquirida o aquella establecida como reserva del Estado y procurar la continuidad de los servicios satelitales que proporciona el Estado, bajo políticas de largo plazo;
Que el Programa Sectorial de Comunicaciones y Transportes 2020-2024 establece que se debe de fortalecer la Política Satelital del país, la planificación de recursos orbitales y el espectro radioeléctrico, y promover el uso del Sistema Satelital Mexicano, para contar con comunicaciones satelitales seguras y de alta disponibilidad que aporten a la cobertura social y a la seguridad nacional;
Que el Estado busca el desarrollo del sector satelital a través de estrategias de inclusión social y seguridad nacional, así como de desarrollo económico;
Que a cinco años de la publicación de la "Política en materia satelital del Gobierno Federal" en el Diario Oficial de la Federación, el 15 de mayo de 2018, mediante el "ACUERDO que establece la política en materia satelital del Gobierno Federal", por la naturaleza del sector y debido a los cambios tecnológicos que ha sufrido la misma, es necesario impulsar una política actualizada;
Que la actualización de la Política Satelital tiene como fin principal ejercer la rectoría del Estado mexicano sobre el desarrollo satelital en México e impulsar un mayor acceso a los servicios satelitales para satisfacer las necesidades de la población, utilizando las tecnologías y así generar mayores oportunidades económicas;
Que es necesario establecer un plan armónico entre el sector público, la industria, la academia y la investigación para el desarrollo óptimo del sector satelital en México, a fin de mostrar una tendencia positiva e importante para el desarrollo nacional, por lo que he tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO QUE ESTABLECE LA POLÍTICA EN MATERIA SATELITAL DEL GOBIERNO FEDERAL
ARTÍCULO ÚNICO. Se emite el acuerdo que establece la política en materia satelital del Gobierno Federal.
TRANSITORIOS
PRIMERO. El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
SEGUNDO. Se abroga el Acuerdo que establece la política en materia satelital del Gobierno Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 15 de mayo de 2018.
TERCERO. La Secretaría deberá de emitir y adecuar las estrategias, reglamentos, lineamientos y programas, con la finalidad de continuar con la operación y funcionamiento de la Política Pública en materia satelital.
CUARTO. El Consejo Consultivo Satelital, impulsará las acciones para facilitar el desarrollo del sector y poner en marcha las Reglas de operación a más tardar dentro de los ciento ochenta días siguientes posteriores a la publicación del presente en el Diario Oficial de la Federación.
Dado en la Ciudad de México, 8 de diciembre de 2023.- El Secretario de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes, Jorge Nuño Lara.- Rúbrica.
1.- Importancia de los satélites en México
En la actualidad, el uso de satélites es esencial para las actividades cotidianas de la población, ya que estos se utilizan en las comunicaciones (telefonía, banda ancha o televisión), la geolocalización y la observación terrestre, entre otros. Como consecuencia, existe una gran variedad de dependencias, empresas y organismos con influencia en este sector, el cual abarca empresas especializadas en creación de insumos satelitales, operadores satelitales (gubernamentales o comerciales) y proveedores de servicios hacia el consumidor final.
De igual forma, las características técnicas propias de estos dispositivos les permiten hacer llegar los servicios que mediante ellos se transmiten a regiones geográficas tan extensas que pueden cubrir, incluso, múltiples naciones a la vez. En este sentido, los satélites ofrecen la posibilidad de hacer llegar servicios digitales a regiones de difícil acceso que, de otra forma, no podrían disfrutar de ellos.
Con la puesta en órbita del primer satélite artificial en 1957, los satélites se han vuelto cada vez más importantes en las soluciones de muchos problemas de la sociedad, particularmente aquellos relacionados con las telecomunicaciones, las que con el paso de los años cada vez son más demandantes en función de los avances tecnológicos, la tecnología actual nos permite comunicarnos prácticamente desde cualquier lugar de la tierra, hoy contamos con tecnologías más avanzadas, y accesibles para comunicarnos, comparadas a las que utilizó el Apolo 11 al posarse en la superficie lunar en 1969.
México, en el gran concierto de las naciones, no ha quedado sustraído de esos avances tecnológicos, pues las crecientes necesidades de comunicación, información, seguridad nacional, avances científicos, entre otros, tienen un empuje en las últimas décadas, donde el Mundo brincó de lo analógico a lo digital en muy poco tiempo.
La incorporación de México en el terreno satelital se da en 1968 para la transmisión de los Juegos Olímpicos celebrados en nuestro país y no es sino hasta 1982 que se puso en marcha nuestro primer sistema satelital, a partir de entonces nos incorporamos de lleno en la carrera de los adelantos tecnológicos en esta materia.
En la actualidad el sistema satelital mexicano, cuenta con 7 satélites que cumplen diversas funciones de vital importancia para nuestro país, que va desde servicios de transmisión de señales de radio, televisión, telefonía móvil, pero también para las tareas de seguridad nacional, por otro lado está la vigilancia y monitoreo ambiental y actividades de investigación científica por las universidades y otras instituciones de desarrollo educativo y tecnológico, entre muchas otras tareas, que permiten fortalecer la soberanía de México en materia de telecomunicaciones, a la vez que le permite estar conectado con el Mundo entero.
Por otro lado, la complejidad del territorio nacional, con sus grandes cadenas montañosas, inmensos desiertos, selvas y bosques, dificultan ampliar la infraestructura terrestre de las telecomunicaciones, con la ayuda de las redes satelitales es posible llegar a esos complicados rincones y lugares de nuestro país, ante los retos que representa el avance tecnológico, a la vez que se busca cerrar la brecha digital existente y enfocando una parte importante de los esfuerzos institucionales del Gobierno Mexicano en las personas que históricamente han carecido de los beneficios que actualmente goza el grueso de la población mediante el abanico de servicios que ofrecen las telecomunicaciones.
He aquí que el reto de fortalecer nuestra red satelital para que nuestra sociedad se beneficie de ella y mantengamos esa soberanía en la materia de telecomunicaciones y radiodifusión.
2.- Antecedentes
La década de los sesenta marcó el inicio de las actividades satelitales en México, cuando en 1961 se inaugura la estación de observación del espacio en Empalme Sonora, en 1962 se creó la Comisión Nacional del Espacio Exterior (CNEE) como un organismo coordinado de la entonces Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) actualmente la Secretaría de Infraestructura Comunicaciones y Transportes (SICT), y se encargó de controlar y fomentar en México, la investigación básica y aplicada, la explotación y utilización con fines pacíficos del espacio exterior y la participación en la construcción del derecho espacial. Su programa principal "Percepción Remota", se centró en la búsqueda cualitativa y cuantitativa de recursos renovables y no renovables para el desarrollo nacional y la cooperación internacional hasta su disolución.
En 1966 México formó parte de la Organización Internacional de Telecomunicaciones Satelitales (INTELSAT), organismo que integró una red internacional de comunicaciones por satélite, con lo que México se convierte en el primer país en realizar un enlace de transmisión vía satélite desde la estación terrena Tulancingo 1 hacia el satélite "Early Bird", para transmitir los Juegos Olímpicos de 1968, siendo los primeros que se transmitieron por televisión vía satélite a todo el mundo.
Morelos 1 y Morelos 2, con estos nombres se denominaron a los primero satélites mexicanos puestos en órbita en 1985, con la mirada puesta en comunicar a todo el país, particularmente aquellas regiones compuestas por pequeñas comunidades rurales, alejadas y parcialmente incomunicadas y de muy difícil acceso y que debido a sus características topográficas crean un reto superior dificultando la instalación de infraestructura adecuada y necesaria para comunicar a la población, en esas circunstancias, es el Sistema Satelital Morelos la primera piedra del actual sistema satelital mexicano.
Con la creación en 1986 de Telégrafos Nacionales y su posterior cambio de denominación en 1989 a Telecomunicaciones de México, hoy denominada Financiera para el Bienestar(1) /, se da continuidad a la operación de los satélites mexicanos. En la década de los 90, se da un gran paso a la política satelital del Estado Mexicano, en la cual se emprendieron grandes procesos de privatización de muchos de los servicios que se operaban desde el gobierno, siendo uno de ellos los servicios fijos satelitales, momento en que se creó Satélites Mexicanos, S.A. de C.V. (Satmex). Es en esta etapa con el Sistema Solidaridad (1993 y 1994) y con el sistema Satmex (1998 y 2006) se lleva un ensanchamiento y fortalecimiento de las capacidades de nuestro sistema satelital, incrementando el aprovechamiento de este. En 2014 Eutelsat, empresa de origen francés, adquiere el sistema Satmex, el cual actualmente opera bajo la denominación de Eutelsat Américas(2) /.
En 2011 es puesto en órbita el satélite Quetzsat-1, bajo la concesión otorgada por el Gobierno Mexicano para explotar servicios de radiodifusión vía satélite a la empresa QuetzSat, S. de R.L. de C.V., fortaleciendo con ello la oferta de servicio de Televisión Directa al Hogar.(3) /
En 2010(4) /, se crea la Agencia Espacial Mexicana (AEM), organismo público descentralizado del Gobierno Federal, con el objetivo de elaborar y aplicar el Programa Nacional de Actividades Espaciales buscando ampliar las capacidades del país en las ramas educativa, industrial, científica y tecnológica en materia espacial generar un mayor desarrollo de las ciencias espaciales. La AEM ha establecido convenios educativos y de transferencia tecnológica, entre otros, con la Administración Nacional de Aeronáutica y del Espacio (NASA), con múltiples agencias espaciales de diversos países de gran desarrollo en materia espacial, organismos internacionales especializados, así como con instituciones académicas nacionales e internacionales. México cuenta con instituciones académicas y de investigación que trabajan en tecnologías y aplicaciones satelitales, en particular en el campo de los satélites pequeños.
El establecimiento de la AEM ha consolidado el trabajo de científicos e ingenieros en el país, destacando la determinación del Gobierno Federal por desarrollar habilidades, tecnologías y soluciones relacionadas con este sector.
Ejemplo de ello, la coordinación del proyecto AztechSat-1, entre la AEM y la Universidad Popular Autónoma del Estado de Puebla, Asociación Civil (UPAEP). El AztechSat-1 es el primer nanosatélite(5) / construido totalmente por estudiantes y profesores de la UPAEP en Puebla, con una misión específica de las telecomunicaciones. Dicho satélite fue puesto en órbita de manera exitosa el 19 de febrero de 2020, por los astronautas de la Estación Espacial Internacional.
En la actualidad la mayoría de los nanosatélites están siendo desarrollados por Instituciones de Educación Superior (IES) y centros de investigación con el objetivo de llevar a cabo pequeñas labores de observación de la tierra, por esto, la SICT realiza todas las acciones necesarias con la finalidad de apoyar para la obtención de los recursos orbitales necesarios para su operación ante la Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT).
3. Marco Normativo Vigente
Dentro del análisis en materia satelital, es importante señalar que con la publicación del decreto por el cual se reforman y adicionan diversas disposiciones de nuestra Carta Magna en materia de telecomunicaciones, de fecha (11) once de junio de dos mil trece (2013), se sientan las bases para el desarrollo en el sector de telecomunicaciones, donde el Estado mexicano tiene como eje rector; garantizar los servicios de radiodifusión y telecomunicaciones, mismo que se ven reflejados de manera particular en los instrumentos jurídicos siguientes:
El Estado garantizará el derecho de acceso a las tecnologías de la información y comunicación, así como a los servicios de radiodifusión y telecomunicaciones, incluido el de banda ancha e internet, de conformidad con lo establecido en el artículo 6, tercer párrafo y Apartado B fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;
Le corresponde al Estado la rectoría del desarrollo nacional para garantizar que éste sea integral y sustentable, que fortalezca la Soberanía de la Nación de conformidad con lo establecido en el artículo 25, primer párrafo de la CPEUM;
La comunicación vía satélite y los ferrocarriles son áreas prioritarias para el desarrollo nacional en los términos del artículo 25 de la Constitución; el Estado al ejercer en ellas su rectoría, protegerá la seguridad y la soberanía de la Nación, y al otorgar concesiones o permisos mantendrá o establecerá el dominio de las respectivas vías de comunicación de acuerdo con las leyes de la materia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 28, cuarto párrafo de la CPEUM;
Es competencia de la SICT elaborar y conducir las políticas de telecomunicaciones y radiodifusión del Gobierno Federal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 36, fracción I Bis de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal (LOAPF);
Así mismo, le corresponde elaborar las políticas de telecomunicaciones y radiodifusión del Gobierno Federal, las políticas que promuevan la disponibilidad de capacidad y servicios satelitales suficientes para las redes de seguridad nacional, servicios de carácter social y demás necesidades, objetivos y fines del Gobierno Federal, De igual forma administrar y vigilar el uso eficiente de la capacidad satelital propia, ya sea concesionada o adquirida o aquella establecida como reserva de Estado, así como procurar la continuidad de los servicios satelitales que proporciona el Estado, bajo políticas de largo plazo en términos de lo señalado en el artículo 9, fracciones IV, X, XI y XII de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión.
El Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024 (PND) del Gobierno de México en el Eje III, Economía, impulsa la reactivación económica en el mercado interno, el empleo, la ciencia, la tecnología y la cobertura de internet para todo el país, asegurando el derecho constitucional de todas y todos al acceso a los servicios de telecomunicaciones y radiodifusión, incluido el de banda ancha e internet, con acciones que promuevan la cobertura y el acceso a dichos servicios comprometiéndose de esta manera con los principios rectores contenidos en el PND, favoreciendo así que personas e instituciones logren el aprovechamiento eficiente de las tecnologías, el comercio electrónico, y otras herramientas digitales en beneficio del desarrollo nacional.
El Programa Sectorial de Comunicaciones y Transportes 2020-2024 dispone en el Objetivo prioritario 3, que el Estado promueva la cobertura, el acceso y el uso de servicios postales, telecomunicaciones y radiodifusión, en condiciones que resulten alcanzables para la población, con énfasis en grupos prioritarios y en situación de vulnerabilidad, para fortalecer la inclusión digital y el desarrollo tecnológico; con el propósito de disminuir la brecha digital, mediante la generación de políticas públicas en materia de telecomunicaciones y radiodifusión, para lograr la igualdad de oportunidades para todas y todos los ciudadanos, no dejar a nadie atrás y no dejar a nadie fuera. En ese sentido el Gobierno de México ha asumido como tarea prioritaria impulsar el uso, la apropiación y el aprovechamiento de las nuevas tecnologías, con la convicción de que el acceso asequible a los servicios de telecomunicaciones y radiodifusión funciona como un habilitador de la inclusión social, el desarrollo de las personas, el incremento de la competitividad y el fomento a la innovación y la creatividad como motores del desarrollo económico, social y cultural, así como la autodeterminación tecnológica.
Atribuciones Institucionales en la materia satelital.
La Agencia Espacial Mexicana (AEM) como organismo público descentralizado coordinado por la SICT tiene dentro de sus principales objetivos; formular y proponer al(a) titular de la Secretaría las Líneas Generales de la Política Espacial de México, así como la elaboración y aplicación del Programa Nacional de Actividades Espaciales; promover el desarrollo de los sistemas espaciales y los medios, tecnología e infraestructura necesarios para la consolidación y autonomía de este sector en México; sirviendo como instrumento de la rectoría del Estado, a fin de fortalecer la soberanía; coadyuvar en cuestiones de seguridad nacional y en el fortalecimiento de la soberanía nacional, áreas que son estratégicas y prioritarias para garantizar el interés público, la protección de la población; y servir de instrumento de la rectoría del Estado en materia espacial, lo anterior de conformidad a la Ley que crea la Agencia Espacial Mexicana.
El 11 de junio de 2013 se creó el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) como un órgano autónomo con personalidad jurídica y patrimonio propio, cuyo objeto es el desarrollo eficiente de la radiodifusión y las telecomunicaciones, para lo cual tiene a su cargo regular, promover y supervisar el uso, aprovechamiento y explotación del espectro radioeléctrico, las redes públicas de telecomunicaciones y la prestación de los servicios de radiodifusión y telecomunicaciones, incluyendo la comunicación vía satélite. Además, el IFT es la autoridad en materia de competencia económica de los sectores de radiodifusión y telecomunicaciones
El 14 de julio de 2014, se publicó en el DOF el Decreto por el que se expide la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, que tiene como objeto regular el uso aprovechamiento y explotación del espectro radioeléctrico, las redes públicas de telecomunicaciones, el acceso a la infraestructura activa y pasiva, los recursos orbitales, la comunicación vía satélite, la prestación de los servicios públicos de interés general de telecomunicaciones y radiodifusión, entre otros, permitiendo así, un efectivo desarrollo de cada uno de los derechos humanos protegidos por la Constitución.
Asimismo, establece la competencia de la SICT para "Llevar a cabo con la colaboración del Instituto, de oficio, a petición de parte interesada o a petición del Instituto, las gestiones necesarias ante los organismos internacionales competentes, para la obtención de recursos orbitales a favor del Estado Mexicano, a fin de que sean concesionados para sí o para terceros"; "Establecer las políticas que promuevan la disponibilidad de capacidad y servicios satelitales suficientes para las redes de seguridad nacional, servicios de carácter social y demás necesidades, objetivos y fines del Gobierno Federal"; "Administrar y vigilar el uso eficiente de la capacidad satelital propia, ya sea concesionada o adquirida o aquella establecida como reserva del Estado"; "Procurar la continuidad de los servicios satelitales que proporciona el Estado, bajo políticas de largo plazo"; la posibilidad de adquirir, establecer u operar estos sistemas, así como promover la inversión en infraestructura y servicios satelitales.
4. Entorno satelital en México
Actualmente el sistema satelital mexicano se encuentra constituido por el sector público, el cual es operado por el Gobierno Federal y por el sector privado, mismo que es operado por los concesionarios y autorizados.
El operado por el Gobierno Federal está compuesto por los satélites Bicentenario y Morelos 3 denominado Sistema Mexsat, el cual contribuye a la preservación de las posiciones orbitales y frecuencias asociadas a favor de México, con la provisión de comunicaciones seguras en el territorio nacional, mar territorial y zona económica exclusiva, así como el control y autonomía del Gobierno Federal sobre las comunicaciones satelitales estratégicas de seguridad.
El satélite Bicentenario ubicado en la Posición Orbital Geoestacionaria (POG) 114.9° O ofrece servicios de seguridad nacional y cobertura social y brinda servicios de comunicación satelital fija (por medio de las bandas C y Ku extendidas), para servicios de cobertura social, seguridad nacional y demás necesidades del Gobierno.
El satélite Morelos 3, ubicado en la POG 113° O este provee servicios de comunicaciones móviles (mediante la banda L), como voz, datos y video principalmente a las instancias de seguridad nacional. Cuenta con la capacidad de conectar personas y vehículos en tierra, mar y aire.
El operado por el sector privado y que son otorgados para explotar derechos de emisión y recepción de satélites nacionales y/o extranjeros, actualmente se encuentra constituido por los concesionados a las empresas Satélites Mexicanos, S.A. de C.V. (Eutelsat) con tres Posiciones Orbitales Geoestacionarias 113° O., 114.9° O (antes 109.2° O.) y 116.8° O. y por QuetzSat, S. de R.L. de C.V. con una Posición Orbital Geoestacionaria 77° O., y por los Autorizados, mismos que se pueden consultar en https://mapasatelital.ift.org.mx/.
Aunado a lo anterior, la LFTR establece en su artículo 96, la posibilidad de que a petición de parte se pueda obtener un recurso orbital, tal es el caso de la Universidad Popular Autónoma del Estado de Puebla, A.C. (UPAEP), la cual solicitó el trámite y la SICT realizó la solicitud ante la Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT) misma que otorgó a la Administración de México dicho recurso, posteriormente conforme a las atribuciones del IFT se otorgó la Concesión para ocupar y explotar un recurso orbital para uso social con el cual puso en operación el nano satélite AztechSat-1 en una Posición Orbital no Geoestacionaria (No GEO).
Otro caso similar es el de la Asociación Civil Iniciativa Espacial Mexicana (MXSPACE) quien solicitó un recurso orbital en una No GEO a favor del Estado mexicano para la operación de un nanosatélite denominado Thumbsat-1, para uso experimental de Instituciones de Educación Superior y Centros de Investigación, Asociaciones de aficionados por satélite y personas físicas entusiastas del sector satelital, situación que la UIT comunicó al gobierno de México mediante la Circular Internacional de Información sobre Frecuencias (IFIC) 2996 de fecha 16 de mayo de 2023, que dicho recurso orbital quedó registrado a favor de México.
Posiciones Orbitales Geoestacionarias (POGs)
La LFTR las define como ubicaciones en una órbita circular que se encuentran en el plano ecuatorial, las cuales permiten que un satélite mantenga un periodo de traslación igual al periodo de rotación de la Tierra.
Hoy en día, varios satélites geoestacionarios, incluyendo aquellos satélites que ocupan posiciones orbitales mexicanas, cuentan con una concesión de recurso orbital y/o una autorización para el aterrizaje de señales en México y ofrecen servicios de telecomunicaciones y de radiodifusión, en el contexto de la evolución tecnológica y de las crecientes necesidades sociales de comunicación de nuestra población, es menester continuar con la promoción del despliegue de infraestructura, servicios, investigación y desarrollo, de este sector, para contribuir a lograr el desarrollo integral.
Recursos Orbitales de México
México ha realizado diversas gestiones ante la UIT para obtener recursos orbitales, en este sentido actualmente se cuentan con los siguientes recursos orbitales tanto los planificados y no planificados, como se señala a continuación, así mismo a quienes se han asignados y las que están disponibles.
Recursos Orbitales de México
(septiembre de 2023)
Recursos
POG
Servicios
Cobertura
Concesionado
Planificados
69.2° O
Radiodifusión
Nacional
Disponible
77° O
Radiodifusión
Nacional
QuetzSat, S. de R.L. de C.V.
127° O
Radiodifusión
Nacional
Disponible
136° O
Radiodifusión
Nacional
Disponible
113° O
Servicios Fijos
Nacional
Financiera para el Bienestar
(MEXSAT)
No
Planificados
113° O
Servicios Fijos
Regional
Satélites Mexicanos, S.A. de
C.V. (Eutelsat)
Servicios Móviles
Regional
Financiera para el Bienestar
(MEXSAT)
114.9° O
Servicios Fijos
Regional
Financiera para el Bienestar
(MEXSAT)
Satélites Mexicanos, S.A. de
C.V. (Eutelsat)
116.8° O
Servicios Fijos
Regional
Satélites Mexicanos, S.A. de
C.V. (Eutelsat)
No
Geoestacionario
(Satélite
Astechsat-1)
Radiocomunicación
espacial
Nacional
Universidad Popular Autónoma
del Estado de Puebla, A.C.
No
Geoestacionario
(Satélite
THUMBSAT-1)
Radiocomunicación
espacial
Nacional
En Proceso de ser
concesionada
 
Recursos Orbitales Extranjeros
Las condiciones actuales del mercado satelital hacen posible que satélites extranjeros comercialicen capacidad satelital en México. En este sentido, es viable que un satélite extranjero ofrezca servicios en territorio nacional siempre que se encuentre debidamente coordinado y cumpla con la regulación nacional e internacional, entre la que se encuentra el Reglamento de Radiocomunicaciones (RR) de la Unión Internacional de Telecomunicaciones. Como se ha mencionado, la LFTR permite explotar los derechos de emisión y recepción de señales de bandas de frecuencias asociadas a sistemas satelitales extranjeros que cubran y puedan prestar servicios en el territorio nacional, siempre y cuando se tengan firmados tratados en la materia con el país de origen de la señal y dichos tratados contemplen reciprocidad para los satélites mexicanos.
En este sentido, la legislación nacional, define Sistema Satelital Extranjero como el sistema satelital que opera al amparo de un Expediente Satelital gestionado ante la UIT por una administración extranjera, ante tal situación, se han otorgado diversas autorizaciones sobre los derechos de emisión y recepción de señales y bandas de frecuencias asociadas a sistemas satelitales extranjeros, para su operación en el país(6) /.
Capacidad satelital establecida como reserva del Estado (CSRE)
La capacidad satelital establecida como reserva del Estado es la que cada concesionario o autorizado debe proporcionar al Estado para ser utilizada en redes de seguridad nacional, servicios de carácter social y demás necesidades del gobierno.
Esta capacidad satelital es administrada y vigilada por la SICT en términos del artículo 9 fracción XI de la LFTR.
Asimismo, corresponde a la SICT, en coordinación con las dependencias y entidades, definir la capacidad satelital que, en su caso, se requiera de los concesionarios de recursos orbitales y de los autorizados para explotar los derechos de emisión y recepción de señales de satélites extranjeros para prestar servicios en el territorio nacional. Dicha reserva puede establecerse en numerario o en especie, de conformidad con lo establecido en el artículo 150 de la LFTR.
Con base en esta disposición, México posee 506.36 MHz de capacidad satelital reservada al estado, distribuida de la siguiente forma: 312.00 MHz a servicios de carácter social, 131.96 MHz a servicios de seguridad nacional y 62.40 MHz sin asignar. La capacidad sin asignar se encuentra en etapa de evaluación, para su aprovechamiento por diversas dependencias de la Administración Pública Federal y las instituciones de educación superior de carácter público(7) /.
Con la asignación de la CSRE a los usuarios gubernamentales, se ha desplegado una importante infraestructura para ofrecer servicios que van desde la educación, telefonía rural, seguridad nacional, Internet en zonas aisladas, entre otros.
Mercado Satelital en México
La industria satelital puede traer muchos beneficios a regiones remotas. puede ayudar a crear empleos, construir negocios y aumentar el acceso a la educación, mejorar la atención médica y otros servicios esenciales. Además, puede ayudar a reducir la pobreza y la desigualdad, al mismo tiempo que apoya el desarrollo sostenible de las regiones del país.
Los avances en este sector hacen que los satélites geoestacionarios sean la solución más práctica para llevar comunicaciones a zonas rurales y remotas. Con la inclusión de nuevas constelaciones de orbita baja, ha dado como resultado que los costos por la prestación de los servicios asociados a estas constelaciones tengan una tendencia hacia la baja.
Conforme a la información proporcionada por el IFT durante el periodo de 2020-2022 los ingresos obtenidos por algunos operadores (concesionados y autorizados para estaciones terrenas y/o satélites extranjeros) se pueden apreciar en la siguiente gráfica.
 

Fuente: Instituto Federal de Telecomunicaciones
El Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) reportó para el cuarto trimestre de 2021, que los operadores de servicios de telecomunicaciones vía satélite generaron un producto interno bruto de $410,884 millones de pesos mexicanos (Mdp)(8) /.
Política Satelital en otros países
La tecnología satelital ha permitido revolucionar las comunicaciones no solo entre los diferentes países, sino también entre las diferentes organizaciones y la población en general, permitiendo la transmisión segura y confiable a larga distancia. La colocación sistemática de satélites y la utilización del espacio han sido temas que necesariamente han tenido que normarse y reglamentarse, dando lugar a políticas y programas que garantizan los derechos y uso de las órbitas.
Es aquí donde el sector de Radiocomunicaciones de la UIT toma una gran relevancia, ya que a través de este organismo se coordina y regula la utilización de las frecuencias radioeléctricas en todo el mundo y, entre ellas, las bandas de frecuencias que se utilizan en los servicios terrenales y por satélite.
Una vez que los diferentes países han podido coordinar sus frecuencias para su comunicación por satélite, cada uno de ellos genera su propia política.
Políticas Satelitales en otros Países
PAÍS
MARCO LEGAL
SISTEMA SATELITAL
Instancia
Instrumentos
Propio
Satélites en
Órbita(9) /
Argentina
Ministerio de
Comunicaciones
Ente Nacional de
Comunicaciones
(ENACOM)
Reglamento General de
Gestión y Servicios
Satelitales Parte I (2017)
Ley Argentina Digital (2017)
SI
7 GEO
31 LEO
Brasil
Agencia Nacional de
Telecomunicaciones
(ANATEL)
Ley General de
Telecomunicaciones (Ley
No. 9.472 del 16 de julio de
1997)
SI
9 GEO
5 LEO
Canadá
Comisión Federal de
Comunicaciones (FCC)
Ley de Radiodifusión (1991)/
Ley de Telecomunicaciones
(1993)
Marco de Políticas para la
provisión de servicios de
satélites fijos
SI
14 GEO
42 LEO
Colombia
Ministerio de Tecnologías
de la Información y las
Comunicaciones (MinTIC)
Ley 1341 de 2009
Decreto 1078 de 2015
Resolución 376 de 2022
SI
1 LEO
España
Ministerio de Asuntos
Económicos y
Transformación Digital del
Gobierno de España
Secretaría de Estado de
Telecomunicaciones e
Infraestructuras Digitales
Ley General de
Telecomunicaciones (2022)
SI
10 GEO
16 LEO
Estados Unidos de América
Comisión Federal de
Comunicaciones (FCC)
Constitución de los Estados
Unidos de América/Ley de
Comunicaciones (1996)
Código de Regulaciones
Federales

183 GEO
36 MEO
4266 LEO
26 HEO
México
Instituto Federal de
Telecomunicaciones
Secretaría de
Infraestructura,
Comunicaciones y
Transportes
Ley Federal de
Telecomunicaciones y
Radiodifusión (2014)
Acuerdo que establece la
política en materia satelital
del Gobierno Federal (2018)
SI
6 GEO
1 LEO
 
Se describen de manera general las políticas de algunos países que presentan un desarrollo satelital reconocido a nivel internacional y que pertenecen a la misma región de México y con los que se mantienen relaciones comerciales importantes.
Estados Unidos de América(10) /
Su política tiene como objetivo facilitar la autorización del mayor número posible de sistemas con el menor número de interferencias y proporcionar la máxima flexibilidad a los licenciatarios en la operación de sus sistemas para atender las demandas del mercado con una regulación mínima.
La FCC es la entidad que regula la materia satelital, la cual evita imponer límites en el número de operadores comerciales. El Código Federal de Regulaciones (CFR) se encarga de otorgar licencias para servicios satelitales móviles, servicios directos de difusión, servicios de satélite de radiodeterminación y servicios satelitales de sensibilidad remota; permitiendo a los nuevos sistemas satelitales el ingreso a la matriz internacional de satélites, con la finalidad de garantizar una correcta regulación internacional, disponibilidad de espectro y parámetros aceptables para el sistema satelital. Su enfoque flexible en las regulaciones ha permitido a la industria un crecimiento a pesar de los cambios en las demandas de los clientes.
Canadá(11) /
Canadá es una de las naciones pioneras en la actividad espacial y cuenta actualmente con una industria consolidada que abarca la mayor parte de los segmentos del sector. En 1962 Canadá colocó en órbita el Alouette-1 y se convirtió en el tercer país en operar un satélite detrás de la Unión Soviética y los Estados Unidos de América.
El objetivo es garantizar que los usuarios canadienses tengan acceso a la capacidad satelital que necesitan para llevar a cabo sus respectivas funciones, y asegurar que los servicios estén disponibles en todo el país; todo esto es con vistas a maximizar los beneficios económicos y sociales que los canadienses obtienen del uso del recurso del espectro de radiofrecuencia.
Su marco regulatorio es el Marco de Políticas para la provisión de servicios de satélites fijos de Innovación Ciencia y Desarrollo Económico de Canadá (ISED), quien otorga flexibilidad hacia los operadores canadienses para buscar otros mercados, si no existe demanda local. Tiene como requisito obligatorio que los operadores deben reservar el 50% de la capacidad satelital para uso de los canadienses por un periodo mínimo de seis meses a partir de la emisión de la licencia. Asimismo, en el tema de los sistemas satelitales comerciales No GEO SRS y los sistemas satelitales No GEO SFS, dichos sistemas deben ser capaces de brindar un servicio ininterrumpido las 24 horas al día, 7 días a la semana en cualquier lugar dentro del territorio canadiense.
Argentina
Su objetivo es proteger y estimular los sistemas satelitales nacionales mediante el establecimiento de un "Régimen de Exclusividad y Competencia", otorgando privilegios para aquellos operadores satelitales que coloquen satélites en las posiciones orbitales geoestacionarias que la UIT tiene asignadas para Argentina. Adicionalmente, busca fomentar la competencia y mejorar la prestación de los servicios y los precios ofrecidos en el mercado satelital con el concurso de autorizaciones a sistemas satelitales no argentinos.
Debido a lo anterior, el Régimen de Exclusividad y Competencia, plantea no autorizar otro sistema satelital constituido por satélites argentinos dentro de un período de siete (7) años, contados a partir de la puesta en funcionamiento del primer satélite argentino, en los términos establecidos en el Contrato de Adjudicación. La autoridad encargada de llevar a cabo la regulación en materia de comunicación vía satélite es el Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM).
Colombia
El regulador del régimen satelital en Colombia, Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (MinTIC), emitió la Resolución 0376 de 2022(12) /, que establece un nuevo modelo para la prestación de los servicios satelitales y actualizó los parámetros para calcular la contraprestación por el uso del espectro asociado a comunicaciones por satélite. El fin de esta nueva normatividad, es generar estímulos a la inversión y el uso de la tecnología satelital para mejorar la conectividad en el país, en especial en sus zonas más apartadas.
El objetivo de los sistemas de telecomunicaciones por satélites, es proveer servicios de comunicaciones comerciales, dentro de los que se incluye el acceso a Internet, programas sociales de conectividad liderados por el gobierno, soluciones empresariales, enlaces de Backhaul para redes celulares, servicios de radiodifusión de video (Televisión Directa al Hogar), contribución de video, comunicaciones y comunicaciones militares, así como para la generación de mapas cartográficos(13) /.
El MinTIC establece, los requisitos y el trámite que debe realizarse para el otorgamiento del permiso del uso del espectro radioeléctrico a través de estaciones terrenas asociado a los servicios de radiocomunicaciones por satélite en el territorio nacional, en los segmentos atribuidos a los servicios radioeléctricos fijo por satélite, móvil por satélite y radiodifusión por satélite, y fijar el valor de la contraprestación económica por dicho uso.
Colombia tiene una política integral de desarrollo en el sector satelital, que proyecta una estructura ideal del sector, proponiendo iniciativas específicas de desarrollo y formalizando procedimientos. Como se observó en otras experiencias, la formulación clara de una política para el sector puede definir directamente el esquema general y de contraprestaciones apropiado.
El nuevo régimen de contraprestaciones debe cumplir principios establecidos que orientan la gestión del espectro en general, y que prevén un uso eficiente del recurso escaso. La contraprestación, en cuanto a precio que surge a favor del Estado por la explotación de un bien o servicio sometido al dominio público(14) /, mismo que posee el rol, que el precio que el mercado tiene, cuando es determinado bajo condiciones competitivas; siendo la herramienta mediante la cual, el mercado asigna eficientemente los recursos. En este orden de ideas, el régimen de contraprestaciones debe entenderse como un mecanismo que promueve y es compatible con la asignación eficiente del recurso escaso.
España
La tecnología satélite ha copado gran parte del desarrollo tecnológico aeroespacial de las potencias occidentales durante el siglo XX. España nunca fue ajena a estos esfuerzos, si bien es cierto que su primera iniciativa - el INTASAT, en el año 1974 - no obtuvo la repercusión mediática que merecía. El escenario ha cambiado ostensiblemente en las últimas décadas. hasta el punto de que España figura hoy entre las cinco potencias mundiales en el terreno de la tecnología satelital.
El objetivo de la política es la regulación de las telecomunicaciones, que comprenden la explotación de las redes y la prestación de los servicios de comunicaciones electrónicas y los recursos asociados, de conformidad con la Constitución Española(15) /.
En España los recursos órbita-espectro, son aquellos que soportan una infraestructura satelital de radiocomunicaciones constituida por cada una de las posiciones de la órbita geoestacionaria o bien un conjunto de órbitas no geoestacionarias susceptibles de albergar un sistema de satélites, las zonas de servicio y las frecuencias precoordinadas de servicios espaciales.
La utilización de los derechos del Reino de España sobre los recursos órbita-espectro está sometida al derecho internacional y en particular, a lo dispuesto en los Tratados de la Constitución, Convenio y Reglamento de Radiocomunicaciones de la Unión Internacional de Telecomunicaciones y en el ámbito interno su regulación tiene su fundamento en la Ley General de Telecomunicaciones y el Reglamento Técnico y de Prestación del Servicio de Telecomunicaciones por Satélite.
La utilización del dominio público radioeléctrico necesario para la utilización de los recursos órbita-espectro en el ámbito de la soberanía española y mediante satélites de comunicaciones queda reservada al Estado, a través del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital. Su explotación estará sometida al derecho internacional y se realizará mediante su gestión directa por el Estado o mediante concesión otorgada por la Secretaría de Estado para la Sociedad de la Información y la Agenda Digital.
La gestión de los recursos órbita-espectro también podrá llevarse a cabo mediante conciertos con organismos internacionales.
Brasil
La industria satelital brasileña inició al mismo tiempo que la industria satelital mexicana, sin embargo, ha crecido de manera considerable. La política satelital se enfoca en eliminar las barreras de entrada y simplificar la regulación.
Los instrumentos jurídicos que la regulan son, la Ley General de Telecomunicaciones (Ley No. 9.472 del 16 de julio de 1997(16) /) que establece los requisitos generales para el uso de satélites y para la prestación de servicio de telecomunicaciones proporcionados a través de infraestructura satelital, y así como el Reglamento General de Explotación Satelital de 2021(17) /. En el nuevo reglamento se eliminan las licitaciones y el derecho de explotación será otorgado por orden de llegada. El plazo de prórroga de una licencia será equivalente a la vida útil del satélite. Además, dicho reglamento revoca ocho regulaciones vigentes y permite la posibilidad de sustitución de satélites no geoestacionarios sin necesidad de otorgar nueva autorización, y la posibilidad de realizar pequeños ajustes orbitales.
El uso de satélites se rige por reglas nacionales establecidas por la Agencia Nacional de Telecomunicaciones brasileña (ANATEL) y por reglas internacionales establecidas por la UIT.
5. Política Satelital del Gobierno Federal
El objetivo general de la Política Satelital del Gobierno Federal (PSGF) es ejercer la rectoría del Estado sobre el desarrollo satelital en México y de sus recursos orbitales, así como su regulación, considerando la inclusión social, la seguridad nacional, el desarrollo económico, el desarrollo tecnológico, la cooperación internacional y el ecosistema espacial, fortaleciendo su soberanía y autonomía en materia espacial para beneficio de la población.
La PSGF toma en cuenta los avances recientes del mercado espacial y define los ejes rectores y propone líneas estratégicas que toman en cuenta las nuevas tendencias, para desarrollar y fortalecer su desarrollo en los siguientes años, coordinando los esfuerzos de la academia, la industria y el gobierno en materia espacial y aprovechando sus fortalezas. Destaca la necesidad de robustecer la estrategia en materia satelital, aprovechando las capacidades de investigación especializada del país.
Así mismo, sienta las bases para un continuo desarrollo satelital en México a través de seis Ejes Rectores con sus respectivas Líneas Estratégicas, para ser implementadas, con una visión coherente, coordinadas y planificadas, mediante un Programa Nacional Satelital, con base en el Plan Nacional de Desarrollo ejecutado por la SICT y la AEM, en coordinación con el IFT.
En la elaboración de la PSGF se incluyen comentarios y aportaciones de los principales actores del sector satelital de nuestro país, así como de dependencias y entidades de la Administración Pública Federal relacionadas con el mismo.
Los Ejes Rectores y las Líneas Estratégicas son las siguientes:
1. Rectoría del Estado y soberanía
La rectoría del Estado en el desarrollo nacional, como lo establece el artículo 25 de la CPEUM, garantiza que éste sea integral y sustentable y fortalezca la Soberanía Nacional y su régimen democrático.
Las comunicaciones satelitales por definición constitucional, son un área "prioritaria para el desarrollo nacional"; en tanto que la LFTR dispone que éstas y los servicios que mediante ellos se presten son de jurisdicción federal, y establece tanto las definiciones como las condiciones para el trámite de concesiones que tengan por objetivo ocupar y explotar recursos orbitales; así mismo establece la competencia de la SICT para "Establecer las políticas que promuevan la disponibilidad de capacidad y servicios satelitales suficientes..." para el Gobierno Federal, mientras que otorga al IFT "la regulación, promoción y supervisión del uso, aprovechamiento y explotación [...] de los recursos orbitales".
De igual forma, la Capacidad Satelital establecida como Reserva de Estado, contemplada en la legislación mexicana, mantiene la soberanía sobre la disponibilidad de capacidad satelital para servicios gubernamentales asociados a la seguridad nacional y servicios de carácter social.
Por lo anterior, el Gobierno Federal seguirá manteniendo la Rectoría del Estado en materia satelital y por lo tanto su soberanía, a través de las siguientes líneas estratégicas:
Líneas Estratégicas
·  Mantener la soberanía sobre los recursos satelitales y las telecomunicaciones, incrementando la infraestructura y la capacidad satelital, mediante el sistema Mexsat y el uso y aprovechamiento eficiente de los recursos satelitales.
·  Revisar el marco legal existente, a fin de identificar los aspectos que limitan el desarrollo del sector, tanto para proyectos públicos como privados.
·  Dirigir el desarrollo del sector satelital manteniendo la soberanía del Estado mexicano en la materia.
·  Asegurar el futuro de las posiciones orbitales a favor del Estado mexicano y la compatibilidad y competencia de las constelaciones de satélites de órbita baja.
·  Administrar y vigilar el uso eficiente de la capacidad satelital reserva del Estado.
·  Coadyuvar en la actualización del Cuadro Nacional de Atribución de Frecuencias conforme a los requerimientos existentes y a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión.
·  Optimizar el uso, aprovechamiento y explotación de las posiciones orbitales geoestacionarias adjudicadas al país para la ubicación del Sistema Satelital mexicano y su desarrollo.
·  Mantener actualizada la Política Satelital del Gobierno Federal.
·  Evaluar distintos modelos de negocio y financiamiento para el desarrollo de futuras generaciones de satélites y equipos terminales para servicio del Estado.
2. Servicios satelitales para la inclusión social y digital.
Es un derecho humano reconocido en la Constitución que todas las personas tengan acceso a los servicios de telecomunicaciones y radiodifusión, incluyendo la banda ancha e Internet.
La inclusión digital es un proceso que permite que las personas en situación de riesgo de exclusión social tengan los mismos recursos para que puedan participar en la vida económica, social y cultural con las mismas oportunidades. La finalidad es que todos puedan disfrutar de un estilo de vida justo e igualitario.
Conforme a la Encuesta Nacional sobre Disponibilidad y Uso de Tecnologías de la Información en los Hogares 2022 (ENDUTIH), el 83.8% de la población urbana es usuaria de Internet y 83.6% es usuaria de la telefonía móvil; sin embargo, aún existen más de 25.3 millones de mexicanos que no utilizan Internet y 24.6 millones que no utilizan un teléfono móvil; sólo 65.2 % de la población rural es usuaria de telefonía móvil y 62.3% de Internet.
Por lo que, con la finalidad de garantizar el acceso de todos los mexicanos a las telecomunicaciones y la radiodifusión, incluyendo la banda ancha e Internet, se requiere seguir ampliando la cobertura y penetración de estos servicios en todo el territorio.
En este sentido, uno de los principales retos para universalizar estos servicios es la compleja orografía de nuestro país, que dificulta y encarece el despliegue de infraestructura de telecomunicaciones, así como de la elevada dispersión poblacional, toda vez que el 9% de la población, aproximadamente 10 millones de personas, viven en más de 170 mil localidades.
Los servicios satelitales permiten reducir esta brecha de inclusión digital, destacando las zonas rurales, remotas y de difícil acceso que no cuentan con servicios de internet, ya que permiten sobrepasar las zonas geográficas que limitan la conectividad y así entregar servicios de telecomunicaciones y contribuyen que México sea un país incluyente con equidad e igualdad de oportunidades.
Para la reducción de la brecha digital y propiciar la inclusión digital en el país, se proponen las siguientes líneas estratégicas:
Líneas Estratégicas
·  Incrementar la infraestructura y la capacidad satelital, mediante el Sistema Satelital Mexicano (Mexsat) y el uso y aprovechamiento eficiente de los recursos satelitales.
·  Promover la conectividad en zonas remotas a través de proyectos utilizando Capacidad Satelital establecida como Reserva del Estado.
·  Establecer mecanismos para la participación pública y privada constante y abierta de los agentes científicos y tecnológicos relacionados con las comunicaciones vía satélite.
·  Identificar las necesidades de cobertura social a nivel nacional y fomentar su inclusión en los programas y acciones en materia satelital.
·  Dar prioridad al desarrollo de aplicaciones satelitales que respondan a los problemas sociales del país para regiones remotas.
·  Impulsar la coparticipación entre operadores terrestres y satelitales para su complemento con la finalidad de enlazar a comunidades remotas de manera terrestre-satelital.
·  Incentivar modelos de negocio que hagan factible la implantación de programas satelitales de cobertura social.
·  Hacer partícipe a las comunidades en el desarrollo de programas satelitales en materia de conectividad.
·  Promover la alfabetización digital a través del uso de las tecnologías satelitales.
3. Servicios satelitales para el desarrollo económico
El desarrollo económico se puede definir como la capacidad de los ingresos de los países o regiones para crear riqueza a fin de mantener la prosperidad o bienestar económico y social de sus habitantes.
El sector telecomunicaciones ha mostrado un gran dinamismo en los últimos años. y ha sido un pilar importante en el desarrollo económico del país. El impacto de las telecomunicaciones no se limita al sector, tiene un efecto multiplicador en todos los sectores. De acuerdo con estudios recientes(18) /, el crecimiento de la penetración de usuarios se encuentra estrechamente vinculada con incrementos en el Producto Interno Bruto (PIB) de los países.
Para América Latina, por ejemplo, un incremento de 10% en la penetración de servicios de banda ancha fija se traduce en un aumento de 1.57% en el PIB per cápita, mientras el mismo incremento en la penetración de banda ancha móvil se traduce en 1.73%.
En la actualidad, los servicios satelitales y el uso de recursos orbitales contribuyen a la prestación de prácticamente la totalidad de los servicios de telecomunicaciones y radiodifusión, así como a diversas aplicaciones utilizadas diariamente por el Gobierno, la iniciativa privada, academia e investigación y la sociedad en general. En este sentido, el crecimiento del sector satelital aporta beneficios para el desarrollo económico, tanto por la renta de capacidades como por la provisión de servicios.
Para que los servicios satelitales generen oportunidades para el desarrollo económico del país, se plantean las siguientes Líneas Estratégicas:
Líneas Estratégicas
·  Promover la inversión, ejerciendo la rectoría del estado para fortalecer la competencia en materia satelital.
·  Definir e implementar, en cooperación con actores privados, modelos de negocio que aseguren la viabilidad y eficiencia a largo plazo de los programas satelitales.
·  Planificar los recursos orbitales a largo plazo y el espectro asociado a los servicios satelitales nacionales, incluyendo la preservación y el aumento de estos recursos esenciales, para incentivar la inversión en el sector satelital.
·  Promover la introducción y uso de nuevos servicios y aplicaciones comerciales para otros sectores como: agua, pesca, medio ambiente, generación de energía, entre otros.
·  Promover iniciativas para el desarrollo de infraestructura satelital y soluciones que requieran financiamiento y experiencia del sector privado.
·  Revisar las cargas de capacidad satelital establecida como reserva del Estado.
·  Identificar las necesidades tanto del sector público como del sector privado en materia del recurso órbita-espectro para definir un plan a largo plazo sobre la asignación y explotación y preservación de este recurso.
·  Fomentar la creación de empresas satelitales locales mediante mecanismos de política pública, económica o de carácter fiscal para incentivar el desarrollo nacional de tecnologías y para el despliegue de infraestructura satelital.
4. Servicios satelitales para la Seguridad Nacional
Seguridad Nacional se entiende como el conjunto de acciones, destinadas de manera inmediata y directa a mantener la integridad, estabilidad y permanencia del Estado mexicano, respetando la soberanía e independencia nacional y la defensa del territorio; de acuerdo a los principios de legalidad, responsabilidad, respeto a los derechos fundamentales de protección a la persona humana y garantías individuales y sociales, confidencialidad, lealtad, transparencia, eficiencia, coordinación y cooperación.(19)
Dentro de este orden de ideas las instituciones y autoridades deben preservar la Seguridad Nacional, en sus respectivos ámbitos de competencia, para lo cual fue creado el Consejo de Seguridad Nacional que tiene como función principal el coordinar las acciones para preservar la Seguridad Nacional y del cual forma parte la persona Titular de la Secretaría de Infraestructura Comunicaciones y Transportes.
A través de los servicios satelitales se realizan acciones para salvaguardar a la población, sus bienes y a su entorno ante un desastre de origen natural o humano. Las entidades de seguridad nacional y protección civil utilizan los servicios de comunicación del Sistema Satelital Mexicano (Mexsat) y de satélites comerciales, así como de información derivada de imágenes satelitales de la información para el geoposicionamiento, navegación y geolocalización.
De igual manera, los servicios satelitales coadyuvan en actividades clave como la observación de la tierra, el monitoreo de las condiciones en diversas regiones del país, lo cual resulta vital l para áreas como la seguridad nacional.
Para fortalecer el uso de las capacidades satelitales con fines de seguridad nacional se plantean las siguientes Líneas Estratégicas:
Líneas Estratégicas
·  Garantizar el acceso de capacidad satelital a las instancias de seguridad nacional y de protección civil en caso de emergencia.
·  Garantizar el uso eficiente de los satélites, para entidades de seguridad nacional, manteniendo en óptimas condiciones la infraestructura a utilizar.
·  Dar continuidad operativa y financiera a largo plazo del Sistema Mexsat, así como mantener la infraestructura crítica para su operación en óptimas condiciones.
·  Fomentar el desarrollo de nuevas capacidades satelitales propias con el fin de apoyar las tareas críticas de protección civil y seguridad nacional, incluyendo, entre otras, imágenes satelitales.
·  Promover el efectivo desarrollo de actividades espaciales para ampliar las capacidades del país en las ramas educativa, industrial, científica y tecnológica en materia espacial y coadyuvar en la protección de la población.
5. Desarrollo Tecnológico y Ecosistema Satelital
Cuando se piensa cómo será la tecnología en los próximos años se suele partir de los últimos avances en materia de desarrollo e investigación y sus tendencias en las comunicaciones satelitales. El marco del desarrollo tecnológico actual se está enfocando en los satélites definidos por software, inteligencia artificial, enlaces ópticos, bandas superiores de frecuencia y los satélites de órbita baja, siendo estos aspectos una parte fundamental que dará origen a las comunicaciones por satélite del futuro. Actualmente estamos a la puerta de los lanzamientos de los primeros satélites de muy alto rendimiento (Very High Throughput Satellites VHTS) que entregarán más de 500 gigabytes por segundo.
En este sentido, los satélites Geoestacionarios y los no Geoestacionarios son capaces de enlazarse sin problemas con las redes de comunicaciones terrestres e incluso entre satélites, así como, con los sistemas de plataforma de gran altitud. Sin embargo, la tendencia actual de la industria satelital está más enfocada en los satélites de órbita baja tales como las constelaciones O3B, Starlink, One Web, etc., incrementando el ancho de banda de este tipo de sistemas en favor de sus principales aplicaciones como la conectividad a Internet y monitoreo remoto. No obstante, se cree que los satélites Geoestacionarios de VHTS/UHTS (Ultra High Throughput Satellites o Satélites de Rendimiento Ultra Alto) jugarán un papel crucial en el futuro de la conectividad satelital. Dichos satélites están pensados para usar una configuración mixta de frecuencia en sus enlaces, las bandas Q/V para los enlaces de alimentación, y la banda Ka para los enlaces de usuario. Esta configuración tiene la ventaja de incrementar la capacidad, mejorando así la experiencia del usuario.
Se piensa que en los próximos años las terminales de usuario dejarán de ser las tradicionales antenas parabólicas siendo éstas reemplazadas por arreglos de antenas. Dichas antenas serán multibandas, con acceso a varias tecnologías, permitiendo enlazarse no solo con satélites Geoestacionarios sino con satélites de órbita media y órbita baja de manera simultánea, además de poder conectarse con redes celulares.
Es por ello que en zonas en las que el despliegue de la infraestructura terrenal es costoso y requiere mucho tiempo, la nueva generación de satélites Geoestacionarios VHTS, mediante el empleo de la reutilización de frecuencias y soluciones de haz puntual, ofrece un potencial de salida de orden de magnitud superior al de las generaciones anteriores de satélites de Órbita geoestacionaria (GEO). La propulsión eléctrica y la flexibilidad definida por software amplían los ciclos de vida y la capacidad de respuesta a las necesidades cambiantes de los clientes. En los últimos años, los proveedores tradicionales de satélites GEO se han asociado cada vez más con nuevos participantes en Órbita terrestre baja (LEO) y Órbita terrestre media (MEO), así como con proveedores tradicionales de telecomunicaciones terrestres, para combinar tecnologías con el fin de servir a los clientes en diferentes áreas de cobertura. Sin embargo, se estima que la infraestructura mundial tradicional de telecomunicaciones seguirá teniendo mucha más capacidad (2,000 terabits por segundo (Tbit/s) que la capacidad de la infraestructura espacial proyectada (estimada en 50 Tbit/s para 2026)(20) /.
Las redes satelitales tienen la capacidad de proporcionar redundancia a las redes terrestres, asegurando que los usuarios permanezcan conectados incluso si las redes terrestres se sobrecargan, actuando como refuerzo y complemento de las estas, así como facilitando su expansión por medio de la red de transporte satelital. Además, la red de transporte por satélite permite llevar la conectividad a zonas rurales y también a servicios de movilidad aérea y marítima(21) /.
Líneas Estratégicas
·  Identificar las necesidades de los operadores satelitales para fomentar la integración de redes híbridas.
·  Favorecer la innovación a fin de generar conectividad en localidades remotas a precios accesibles para la población.
·  Fomentar a partir de las actualizaciones del Reglamento de Radiocomunicaciones de la Unión Internacional de Telecomunicaciones, la creación de nuevas aplicaciones y servicios satelitales para redes hibridas.
·  Promover la adopción y desarrollo de aplicaciones de consumo masivo e industrial del Internet de las Cosas como elemento detonador del consumo de servicios satelitales.
·  Adoptar, bajo la coordinación de la AEM, un plan nacional sólido para la creación de capacidades satelitales propias, identificando las tecnologías clave para el país y la estrategia para su desarrollo.
·  Identificar áreas de oportunidad en investigación y desarrollo de componentes satelitales con miras al desarrollo de una industria de manufactura satelital nacional que partícipe en programas satelitales futuros.
·  Promover la colaboración en materia satelital entre las organizaciones mexicanas de investigación y desarrollo, de la industria y de las entidades de gobierno.
·  Emprender iniciativas para impulsar programas académicos nacionales, la investigación científica, la ingeniería y el desarrollo de negocios en materia satelital.
·  Definir acciones que permitan identificar atribuciones adicionales a servicios satelitales, la compartición entre servicios, así como fomentar configuraciones flexibles de redes satelitales que permitan la compatibilidad, interconexión y complementariedad con otras redes, incluso terrestres.
·  Promover la utilización de las nuevas tecnologías de modulación y compresión de señales para permitir el uso eficiente de la capacidad disponible.
·  Fomentar modelos de negocio y de financiamiento innovadores para promover los servicios satelitales.
·  Promover la utilización de servicios de radio amateur y proyectos científicos satelitales con fines de incorporar nuevas tecnologías a la experimentación y en la innovación del servicio de radiocomunicaciones.
6. Cooperación Internacional
De conformidad con el artículo 1º de Ley de Cooperación Internacional para el Desarrollo(22), se define como la transferencia, recepción e intercambio de recursos, bienes, conocimientos y experiencias educativas, culturales, técnicas, científicas, económicas y financieras con otros países, así como con organismos internacionales. El mismo artículo indica que el propósito de las acciones de cooperación internacional para el desarrollo que lleve a cabo el Estado mexicano, tanto en su carácter de oferente como de receptor, es la promoción del desarrollo humano sustentable, mediante acciones que contribuyan a la erradicación de la pobreza, el desempleo, la desigualdad y la exclusión social.
México es y ha sido un actor internacional reconocido que tiene peso, prestigio y autoridad moral y cuya política exterior se ha caracterizado por priorizar la cooperación y el diálogo entre los diferentes actores internacionales con el objetivo de hacer frente a los retos comunes.
Las actividades satelitales requieren de la cooperación internacional en diversos ámbitos, como son la coordinación regulatoria y satelital, la colaboración científica e industrial, el intercambio de información y servicios.
En este sentido, para fortalecer las alianzas existentes, extender el alcance de cooperación a escala mundial y resguardar los intereses nacionales, se plantean las siguientes Líneas Estratégicas:
Líneas Estratégicas
·  Participar en foros y organismos internacionales relacionados con las telecomunicaciones para fijar la posición del Estado mexicano y defenderla ante los mismos.
·  Fortalecer las alianzas de cooperación en la propia región y extenderlas a escala mundial estableciendo mecanismos para formalizar dichas alianzas.
·  Fomentar la colaboración internacional en ciencia y tecnología, en particular, con la participación de instituciones académicas, de investigación e industria en proyectos y foros internacionales.
·  Fomentar acuerdos con otros países, instituciones y organizaciones internacionales para la formación de estudiantes en materia satelital.
·  Mantener el derecho y reconocimiento internacional para ocupar los recursos orbitales a favor del Estado Mexicano conforme al Reglamento de Radiocomunicaciones de la UIT.
Consejo Consultivo Satelital
Para el cumplimiento y aplicación de la Política Satelital del Gobierno Federal, de conformidad con la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, se contemplan dos responsables directos de acuerdo a sus atribuciones, el Instituto Federal de Telecomunicaciones como regulador del mercado de servicios satelitales y la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes como rector y coordinador de las políticas en materia de telecomunicaciones y radiodifusión, auxiliándose de la Agencia Espacial Mexicana, organismo descentralizado de la SICT.
En este sentido y con la finalidad de coordinar la implementación de las Líneas de Acción, la SICT impulsará la creación de un Consejo Consultivo Satelital (CCS), no vinculante, conformado por el sector público y privado, instituciones académicas y de investigación y tendrá la misión de concentrar los esfuerzos de las diversas dependencias y de la industria para el desarrollo satelital mexicano.
El Consejo podrá coordinarse con otras instancias relacionadas en la materia satelital, así como asesorar a la SICT para llevar a cabo las funciones encomendadas de esta.
El Consejo estará conformado por:
·  La persona titular de la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Trasportes, quien lo presidirá;
·  La persona titular de la Agencia Espacial Mexicana;
·  Una persona que represente al Operador de sistema satelital MEXSAT;
·  Una persona representante del Instituto Federal de Telecomunicaciones;
·  Una persona representante de los Concesionarios satelitales;
·  Una persona representante de los Autorizados satelitales;
·  Dos personas representantes del sector académico y/o investigación de las Universidades públicas más importantes a nivel nacional, que serán convocados por la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes;
·  Todas las personas miembros del Consejo ejercerán el cargo en forma honorífica y por tanto no recibirán emolumento alguno o contraprestación por su participación.
Los miembros mencionados con anterioridad se encargarán de cumplir con:
·  Asesoría en la implementación y seguimiento de las acciones que propone la Política Satelital del Gobierno Federal;
·  Asesorar en el cumplimiento de las líneas estratégicas y acciones establecidas en la Política Satelital;
·  Asesorar al Gobierno Federal sobre temas en materia satelital.
El Consejo Consultivo Satelital impulsará las acciones que faciliten la participación ciudadana en el sector, fomentará la incorporación de los actores sociales en el marco de la planeación y conducción de la Política Satelital.
6- Glosario
Comunicación vía
satélite
La emisión, transmisión o recepción de ondas radioeléctricas, a través de un sistema satelital
Ecosistema Satelital
Se entiende por ecosistema satelital
Ejecutivo Federal
Comprende a la Administración Pública Federal, sus dependencias y entidades, según corresponda.
Estación Terrena
La antena y el equipo asociado a ésta que se utiliza para transmitir o recibir señales de comunicación vía satélite.
Espacio ultraterrestre
Franja del espacio exterior en la que los satélites artificiales orbitan alrededor de la Tierra y es más lejana que el espacio aéreo de cada Estado
Espectro radioeléctrico
Espacio que permite la propagación, sin guía artificial, de ondas electromagnéticas cuyas bandas de frecuencias se fijan convencionalmente por debajo de los 3,000 gigahertz.
Expediente Satelital
Expediente con las características técnicas de una POG u órbitas satelitales y sus respectivas Bandas de Frecuencias asociadas, que se tramita y gestiona ante la UIT.
Femtosatélite
Es un satélite cuya masa menor a 100 mg por lo que suelen operar en órbitas bajas de aproximadamente 400 km de altitud.
Interferencia perjudicial
Efecto de una energía no deseada debida a una o varias emisiones, radiaciones, inducciones o sus combinaciones sobre la recepción en un sistema de telecomunicaciones o radiodifusión, que puede manifestarse como degradación de la calidad, falseamiento o pérdida de información, que compromete, interrumpe repetidamente o impide el funcionamiento de cualquier servicio de radiocomunicación.
Internet de las Cosas
(IoT)
Internet of Things. Internet de las cosas describe la red de objetos físicos "cosas" que llevan incorporados sensores, software y otras tecnologías con el fin de conectarse e intercambiar datos con otros dispositivos y sistemas a través de Internet.
Nanosatélite
Es un satélite cuya masa oscila entre 1 kg y 10 kg por lo que suelen operar en órbitas bajas de aproximadamente 400 km de altitud.
Orbita satelital
Trayectoria que recorre una estación espacial alrededor de la Tierra
Recursos No
Planificados
Estos se basan en el principio de prioridad temporal. La coordinación exitosa de redes/sistemas espaciales o estaciones terrenas permite el reconocimiento internacional de la utilización de frecuencias por parte de estas, así como la inscripción de las frecuencias en el Registro Internacional de Frecuencias de la UIT, y se componen de 1) Publicación anticipada; 2) Coordinación; y 3) Notificación.
Recursos Planificados
Son aquellos que garantizan el acceso equitativo a los recursos órbita/espectro para uso futuro y que incluyen, el Plan de adjudicaciones para el servicio fijo por satélite, contenido en el Apéndice 30B del RR de la UIT; y el Plan para el servicio de radiodifusión por satélite, contenido en el Apéndice 30/30A del RR de la UIT.
Recursos orbitales
Posiciones orbitales geoestacionarias u órbitas satelitales con sus respectivas bandas de frecuencias asociadas que: pueden ser objeto de concesión.
Reglamento de
Radiocomunicaciones
Tratado internacional por el cual se rige la utilización del espectro de frecuencias radioeléctricas y de las órbitas de los satélites geoestacionarios y no geoestacionarios
Satélite
Objeto colocado en una órbita satelital, provisto de una estación espacial con sus frecuencias asociadas que le permite recibir, transmitir o retransmitir señales de radiocomunicación desde o hacia estaciones terrenas u otros satélites.
Satélite Extranjero
El que está situado en una posición orbital geoestacionaria u órbita satelital, con sus respectivas bandas de frecuencias asociadas, asignadas a un gobierno extranjero por la Unión Internacional de Telecomunicaciones
Satélite nacional
El que está situado en una posición orbital geoestacionaria u órbita satelital, con sus respectivas, bandas de frecuencias asociadas, concesionada o asignada por el Gobierno Mexicano a un operador satelital, y asignada a México por la Unión Internacional de Telecomunicaciones
Servicio fijo por satélite
Servicio de radiocomunicación entre estaciones terrenas situadas en emplazamientos dados cuando se utilizan uno o más satélites; el emplazamiento dado puede ser en un punto fijo determinado o cualquier punto fijo situado en una zona determinada; en algunos casos, este servicio incluye enlaces entre satélites que pueden realizase también dentro del servicio entre satélites; el servicio fijo por satélite puede también incluir enlaces de conexión para otros servicios de radiocomunicación espacial.
Servicio entre satélites
Servicio de radiocomunicación que establece enlaces entre satélites artificiales.
Servicio móvil por
satélite
Servicio de radiocomunicación:
Ø   entre estaciones terrenas móviles y una o varias estaciones espaciales o entre estaciones espaciales utilizadas por este servicio; o
Ø   entre estaciones terrenas móviles por intermedio de una o varias estaciones espaciales.
También pueden considerarse incluidos en este servicio los enlaces de conexión necesarios para su explotación.
Sistema de
comunicación por
satélite
Conjunto de unidades que permite el envío de señales de radiocomunicación a través de una estación terrena transmisora a un satélite que las recibe, amplifica, procesa y envía de regreso a la Tierra para ser captada por una o varias estaciones terrenas receptoras
 
7.- Siglas y abreviaturas
AEM
Agencia Espacial Mexicana
ANE
Agencia Nacional del Espectro
ANATEL
Agencia Nacional de Telecomunicaciones
CCS
Consejo Consultivo Satelital
CNC
Comisión Nacional de Comunicaciones
CNEE
Comisión Nacional del Espacio Exterior
CSRE
Capacidad Satelital establecida como Reserva del Estado
CPEUM
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
ENDUTIH
Encuesta Nacional sobre Disponibilidad y Uso de Tecnologías de la Información en Hogares.
ENACOM
Ente Nacional de Comunicaciones
DOF
Diario Oficial de la Federación
DTH
Direct To Home (Televisión Directa al Hogar)
FINABIEN
Financiera para el Bienestar
FCC
Federal Comunication Commission (Comisión Federal de Comunicaciones)
GEO
Geostationary Equatorial Orbit (Órbita Ecuatorial Geoestacionaria)
HEO
High Earth Orbit (Órbita Terrestre Alta)
IFIC
International Frequency Information Circular (Circular Internacional de Información sobre Frecuencias)
IFT
Instituto Federal de Telecomunicaciones
INTELSAT
International Telecommunications Satellite Organization (Organización Internacional de Telecomunicaciones Satelitales)
ISED
Innovation, science and Economic Development Canada (Innovación, Ciencia y desarrollo Económico)
LEO
Low Earth Orbit (Órbita Terrestre Baja)
LFTR
Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión
LOAPF
Ley Orgánica de la Administración Pública Federal
MERCOSUR
Mercado Común del Sur
MEO
Medium Earth Orbit (Órbita Terrestre Media)
MEXSAT
Sistema Satelital Mexicano
MXSPACE
Asociación Civil Iniciativa Espacial Mexicana
MAETD
Ministerio de Asuntos Económicos y de Transformación Digital
MINTIC
Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones
NASA
National Aeronautics and Space Administration (Administración Nacional de Aeronáutica y del Espacio)
NO GEO
No Geostationary Equatorial Orbit (Órbita Ecuatorial No Geoestacionaria)
PIB
Producto Interno Bruto
PSCT
Programa Sectorial de comunicaciones
PSGF
Política Satelital del Gobierno Federal
PND
Plan Nacional de Desarrollo
PNRH
Plan Estándar de Red Radioeléctrica
RR
Radio Regulations (Reglamento de Radiocomunicaciones de la UIT)
SCT
Secretaria de Comunicaciones y Transportes
SICT
Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes
SFS
Servicio Fijo por Satélite
SMA
Servicios Móviles por Satélite
SRS
Servicio de Radiodifusión por Satélite
SATMEX
Satélites Mexicanos S,.A de C.V
TELECOMM
Telecomunicaciones de México
UIT
International Telecommunication Union (Unión Internacional de Telecomunicaciones)
UPAEP
Universidad Popular Autónoma del Estado de Puebla A.C.
UNOOSA
United Nations Office for Outer Spaces Affaires (Oficina de Asuntos del Espacio Ultraterrestre de las Naciones Unidas)
WISP
Wireless Internet Service Provider (Proveedor de Servicios de Internet Inalámbrico)
________________________________
 
1     / DECRETO por el que se modifica la denominación del organismo descentralizado Telecomunicaciones de México, Telecomm, para quedar como "Financiera para el Bienestar", (DOF del 21 de octubre de 2022)
2     / Consultado en el sitio de internet de la empresa Eutelsat Américas: https://www.eutelsatamericas.com/es/grupo/eutelsat-americas.html
3     / Recuperado de internet del diario mexicano Excelsior, publicado el 1 de octubre de 2011, consultado el 5 de octubre de 2023 en: https://www.excelsior.com.mx/2011/10/01/dinero/771910
4     / D.O.F. 30 de junio de 2010, consultado en Internet el 5 de octubre de 2023: https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LAEM.pdf
5     / Un nanosatélite es un satélite cuya masa oscila entre 1 kg y 10 kg, por lo que suelen operar en órbitas bajas de aproximadamente 400 km de altitud.
6     / Pueden ser consultadas en la siguiente liga https://mapasatelital.ift.org.mx/
7     / Información generada por la SICT, a septiembre de 2023, conforme a lo establecido en el Artículo 9 fracción XII de la LFTR.
8     / https://www.economia.gob.mx/datamexico/es/profile/industry/satellite-telecommunications
9     / https://www.ucsusa.org/resources/satellite-database
10    / Conexión Global, Regulación de las Redes Satelitales: Principios y Proceso, 1998, sitio Web https://transition.fcc.gov/ib/initiative/files/cg/spanish/11.pdf
11    / Spectrum Management and Telecomunications, Radio Systems Policy, Innovation, Science and Economic Development Canada, June 2017, sitio web https://ised-isde.canada.ca/site/spectrum-management-telecommunications/sites/default/files/attachments/2022/rp-008-v4-eng.pdf
12    / https://www.mintic.gov.co/portal/715/articles-198598_resolucion_00376_2022_v20220204.pdf
13    / Propuesta para actualizar el régimen satelital y los parámetros de valoración para la contraprestación por utilización del espectro asociado al servicio satelital, Agencia Nacional Espectro, Bogotá D.C., Mayo 2018, página. 20
14    / Los antecedentes para considerar a la contraprestación como un precio y no un tributo pueden encontrarse en la Corte Constitucional que ha dicho las contraprestaciones que surgen por el permiso para el uso del espectro, por la autorización para la instalación de redes de telecomunicaciones y por las concesiones de los servicios de transmisión de datos, tienen la naturaleza de ingresos no tributarios del Estado, cuyo origen es la expedición del título habilitante de raigambre voluntario o contractual, sujeto a previa y expresa aprobación del Estado. No se trata de obligaciones tributarias pues lejos de tener su fuente en un acto legal impositivo, proceden de la libre iniciativa de un particular que pretende beneficiarse o lograr un margen de utilidad por el uso o la explotación de un bien de propiedad exclusiva del Estado, el cual, en este caso, son los canales radioeléctricos y demás medios de transmisión. De tal manera que los ingresos percibidos por concepto de contraprestaciones se denominan ingresos no tributarios del Estado, los cuales se clasifican como precios o recursos de derecho público. Sentencia C-927 de 2006 respecto de la demanda de inconstitucionalidad de los artículos 7 de la Ley 72 de 1989 y 59 del Decreto 1900 de 1990.
15    / Ley 11/2022 de 28 de junio, General de Telecomunicaciones, artículo 1, Disposiciones generales.
16    / https://www.teleco.com.br/es/es_legis.asp
17    / https://www.teleco.com.br/es/es_legis.asp
18    / How broadband, digitization and ICT regulation impact the global economy, ITU. November 2020. Página 20.
19    Ley de Seguridad Nacional publicada en el Diario Oficial de la Federación 31 de enero de 2005, con su última 20 de mayo de 2021, en su artículo 3º, determina que es considerado seguridad nacional y los alcances de esta.
20    / The State of Broandband 2022, Broadband Commission for Sustainable Development, ITU, UNESCO, 2022.
21    / CET.LA El Rol del Satélite en el Ecosistema Digital de América Latina, mayo 2023. https://cet.la/estudios/cet-la/documento-de-posicion-el-rol-del-satelite-en-el-ecosistema-digital-de-america-latina/
22    Ley de Cooperación Internacional para el Desarrollo de fecha 6 de abril de 2011 con su última reforma 6 de noviembre de 2020, en su artículo 1º establece la finalidad. https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LCID_061120.pdf

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