ACUERDO por el que se da a conocer la actualización de los anexos "A", "B", "C", "D", "E", "F", "G", "H", "I", "J" y "K", de las Disposiciones de Carácter General que establecen el Régimen de Inversión al que deberán sujetarse las Sociedades de Inversión Especializadas de Fondos para el Retiro, publicadas el 31 de mayo de 2019, con sus modificaciones y adiciones publicadas el 6 de mayo de 2021, 21 de junio de 2022 y 11 de agosto de 2023.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- HACIENDA.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro.
ACUERDO POR EL QUE SE DA A CONOCER LA ACTUALIZACIÓN DE LOS ANEXOS "A", "B", "C", "D", "E", "F", "G", "H", "I", "J" y "K", DE LAS DISPOSICIONES DE CARÁCTER GENERAL QUE ESTABLECEN EL RÉGIMEN DE INVERSIÓN AL QUE DEBERÁN SUJETARSE LAS SOCIEDADES DE INVERSIÓN ESPECIALIZADAS DE FONDOS PARA EL RETIRO, PUBLICADAS EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 31 DE MAYO DE 2019, CON SUS MODIFICACIONES Y ADICIONES PUBLICADAS EL 6 DE MAYO DE 2021, 21 DE JUNIO DE 2022 Y 11 DE AGOSTO DE 2023.
El Presidente de la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 5o. fracción II, 12 fracciones I, VIII y XVI, 43, párrafos tercero y cuarto, así como 45 de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro; 2 fracción III, 4, tercer y cuarto párrafos y 8 primer párrafo del Reglamento Interior de la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro; las disposiciones Cuarta y Sexta de las Disposiciones de carácter general que establecen el régimen de inversión al que deberán sujetarse las sociedades de inversión especializadas de fondos para el retiro, publicadas en el diario oficial de la federación el 31 de mayo de 2019, con sus modificaciones y adiciones publicadas el 6 de mayo de 2021, y 21 de junio de 2022 y 11 de agosto de 2023.
CONSIDERANDO
Que las Disposiciones de carácter general que establecen el régimen de inversión al que deberán sujetarse las sociedades de inversión especializadas de fondos para el retiro, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 31 de mayo de 2019, con sus modificaciones y adiciones publicadas el 6 de mayo de 2021, 21 de junio de 2022 y 11 de agosto de 2023, establecen las escalas de calificación crediticia de cada una de las empresas calificadoras autorizadas para operar con tal carácter por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores en sus Anexos "A", "B", "C", "D", "E", "F", "G", "H", "I", "J" y "K";
Que el pasado 12 de marzo de 2024 Morningstar confirmó que DBRS México ha sido liquidada y que todas las calificaciones existentes realizadas previamente en México por DBRS han sido eliminadas y que toda la actividad relacionada con calificaciones locales en México ha sido referido a HR Ratings;
Que debido a que DBRS México suspendió operaciones en México y quedó sin efectos su autorización como institución calificadora ante la CNBV, se propone la modificación de los Anexos "A", "B", "C", "D", "E", "F", "G", "H", "I", "J" y "K"; de dichas Disposiciones, los cuales están relacionados con las calificaciones mínimas requeridas para los instrumentos de deuda adquiridos por las SIEFORE, para eliminar las calificaciones de DBRS México;
Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, así como las disposiciones cuarta y sexta de las Disposiciones de carácter general que establecen el régimen de inversión al que deberán sujetarse las sociedades de inversión especializadas de fondos para el retiro, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 31 de mayo de 2019, con sus modificaciones y adiciones publicadas el 6 de mayo de 2021, 21 de junio de 2022 y 11 de agosto de 2023, el Comité de Análisis de Riesgos mediante el acuerdo CAR/51/01/2024, aprobó las Modificaciones a los Anexos A, B, C, D, E, F, G, H, I, J y K de las Disposiciones carácter general que establecen el régimen de inversión al que deberán sujetarse las sociedades de inversión especializadas de fondos para el retiro, y
Que en términos del artículo 71 párrafo cuarto de la Ley General de Mejora Regulatoria, y conforme a lo determinado por la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria mediante oficio CONAMER/24/2143 de fecha 13 de mayo de 2024, las presentes actualizaciones no implican costos de cumplimiento para los particulares, por lo que ha tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE DA A CONOCER LA ACTUALIZACIÓN DE LOS ANEXOS "A", "B", "C", "D", "E", "F", "G", "H", "I", "J" y "K", DE LAS DISPOSICIONES DE CARÁCTER GENERAL QUE ESTABLECEN EL RÉGIMEN DE INVERSIÓN AL QUE DEBERÁN SUJETARSE LAS SOCIEDADES DE INVERSIÓN ESPECIALIZADAS DE FONDOS PARA EL RETIRO, PUBLICADAS EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 31 DE MAYO DE 2019, CON SUS MODIFICACIONES Y ADICIONES PUBLICADAS EL 6 DE MAYO DE 2021, 21 DE JUNIO DE 2022 Y 11 DE AGOSTO DE 2023.
ÚNICO.- Se da a conocer la actualización de los Anexos "A", "B", "C", "D", "E", "F", "G", "H", "I", "J" y "K", de las Disposiciones de carácter general que establecen el régimen de inversión al que deberán sujetarse las sociedades de inversión especializadas de fondos para el retiro, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 31 de mayo de 2019, con sus modificaciones y adiciones publicadas el 6 de mayo de 2021, 21 de junio de 2022 y 11 de agosto de 2023, para quedar en los términos de los Anexos "A", "B", "C", "D", "E", "F", "G", "H", "I", "J" y "K", del presente Acuerdo.
TRANSITORIOS
PRIMERO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
SEGUNDO.- Se derogan los Anexos "A", "B", "C", "D", y "E", "F", "G", "H", "I", "J" y "K", de las Disposiciones de carácter general que establecen el régimen de inversión al que deberán sujetarse las sociedades de inversión especializadas de fondos para el retiro, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 31 de mayo de 2019, con sus modificaciones y adiciones publicadas el 6 de mayo de 2021, 21 de junio de 2022 y 11 de agosto de 2023.
Ciudad de México, 16 de mayo de 2024.- El Presidente de la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro, Mtro. Julio César Cervantes Parra.- Rúbrica.
ANEXO A1
Calificaciones para Instrumentos denominados en Moneda Nacional y Unidades de Inversión,
Instrumentos de Deuda denominados en Divisas colocados en mercados nacionales, así como para
Contrapartes Nacionales.
Emisiones de Corto Plazo
(Con vencimiento hasta de un año)
FITCH MEXICO | | MOODY'S Local México | | VERUM |
F1+(mex) | | ML A-1.mx | | 1+/M |
STANDARD & POOR'S | | HR RATINGS DE MEXICO | | |
mxA-1+ | | HR+1 | | |
Emisiones de Mediano y Largo Plazo
(Con vencimiento mayor a un año)
FITCH MEXICO | | MOODY'S Local México | | VERUM |
AAA(mex) | | AAA.mx | | AAA/M |
STANDARD & POOR'S | | HR RATINGS DE MEXICO | | |
mxAAA | | HR AAA | | |
1 Para dar cumplimiento a lo dispuesto en la disposición Cuarta de las presentes disposiciones, las Administradoras deberán verificar que al menos una de las instituciones calificadoras de valores que emita opinión sobre el Activo Objeto de Inversión tenga cuando menos diez años de experiencia contados a partir de su autorización para organizarse y operar en el mercado mexicano o en alguno de los otros Países Elegibles para Inversiones.
ANEXO B2
Calificaciones para Instrumentos denominados en Moneda Nacional y Unidades de Inversión,
Instrumentos de Deuda denominados en Divisas colocados en mercados nacionales, así como para
Contrapartes Nacionales.
Emisiones de Corto Plazo
(Con vencimiento hasta de un año)
FITCH MEXICO | | MOODY'S Local México | | VERUM |
F1(mex) | | ML A-2.mx | | 1/M |
STANDARD & POOR'S | | HR RATINGS DE MEXICO | | |
mxA-1 | | HR1 | | |
Emisiones de Mediano y Largo Plazo
(Con vencimiento mayor a un año)
FITCH MEXICO | | MOODY'S Local México | | VERUM |
AA+(mex) / AA(mex) / AA-(mex) | | AA+.mx / AA.mx / AA-.mx | | AA+/M / AA/M / AA-/M |
STANDARD & POOR'S | | HR RATINGS DE MEXICO | | |
mxAA+ / mxAA / mxAA- | | HR AA+ / HR AA / HR AA- | | |
2 Para dar cumplimiento a lo dispuesto en la disposición Cuarta de las presentes disposiciones, las Administradoras deberán verificar que al menos una de las instituciones calificadoras de valores que emita opinión sobre el Activo Objeto de Inversión tenga cuando menos diez años de experiencia contados a partir de su autorización para organizarse y operar en el mercado mexicano o en alguno de los otros Países Elegibles para Inversiones.
ANEXO C3
Calificaciones para Instrumentos denominados en Moneda Nacional y Unidades de Inversión,
Instrumentos de Deuda denominados en Divisas colocados en mercados nacionales, así como para
Contrapartes Nacionales.
Emisiones de Corto Plazo
(Con vencimiento hasta de un año)
FITCH MEXICO | | MOODY'S Local México | | VERUM |
F2(mex) | | ML A-3.mx | | 2/M |
STANDARD & POOR'S | | HR RATINGS DE MEXICO | | |
mxA-2 | | HR2 | | |
Emisiones de Mediano y Largo Plazo
(Con vencimiento mayor a un año)
FITCH MEXICO | MOODY'S Local México | VERUM |
A+(mex) | | A+.mx | | A+/M |
A(mex) | A.mx | A/M |
A-(mex) | A-.mx | A-/M |
STANDARD & POOR'S | | HR RATINGS DE MEXICO | | |
mxA+ | | HR A+ | | |
mxA | HR A | |
mxA- | HR A- | |
3 Para dar cumplimiento a lo dispuesto en la disposición Cuarta de las presentes disposiciones, las Administradoras deberán verificar que al menos una de las instituciones calificadoras de valores que emita opinión sobre el Activo Objeto de Inversión tenga cuando menos diez años de experiencia contados a partir de su autorización para organizarse y operar en el mercado mexicano o en alguno de los otros Países Elegibles para Inversiones.
ANEXO D4
Calificaciones para Instrumentos denominados en Moneda Nacional y Unidades de Inversión,
Instrumentos de Deuda denominados en Divisas colocados en mercados nacionales, así como para
Contrapartes Nacionales.
Emisiones de Corto Plazo
(Con vencimiento hasta de un año)
FITCH MEXICO | | MOODY'S Local México | | VERUM |
F3(mex) | | No aplica | | 3/M |
STANDARD & POOR'S | | HR RATINGS DE MEXICO | | |
mxA-3 | | HR3 | | |
Emisiones de Mediano y Largo Plazo
(Con vencimiento mayor a un año)
FITCH MEXICO | | MOODY'S Local México | | VERUM |
BBB+(mex) | | BBB+.mx | | BBB+/M |
BBB(mex) | | BBB.mx | | BBB/M |
STANDARD & POOR'S | HR RATINGS DE MEXICO | |
mxBBB+ | | HR BBB+ | | |
mxBBB | | HR BBB | | |
4 Para dar cumplimiento a lo dispuesto en la disposición Cuarta de las presentes disposiciones, las Administradoras deberán verificar que al menos una de las instituciones calificadoras de valores que emita opinión sobre el Activo Objeto de Inversión tenga cuando menos diez años de experiencia contados a partir de su autorización para organizarse y operar en el mercado mexicano o en alguno de los otros Países Elegibles para Inversiones.
ANEXO E5
Calificaciones para Obligaciones Subordinadas denominados en Moneda Nacional y Unidades de
Inversión.6
Emisiones de Corto Plazo
(Con vencimiento hasta de un año)
FITCH MEXICO | | MOODY'S Local México | | VERUM |
F3(mex) | | ML A-3.mx | | 3/M |
STANDARD & POOR'S | | HR RATINGS DE MEXICO | | |
mxA-3 | | HR3 | | |
Emisiones de Mediano y Largo Plazo
(Con vencimiento mayor a un año)
FITCH MEXICO | | MOODY'S Local Mx | | VERUM |
BBB-(mex) | | BBB-.mx | | BBB-/M |
BB+(mex) | | BB+.mx | | BB+/M |
STANDARD & POOR'S | | HR RATINGS DE MEXICO | | |
mxBBB- | | HR BBB- | | |
mxBB+ | | HR BB+ | | |
5 Para dar cumplimiento a lo dispuesto en la disposición Cuarta de las presentes disposiciones, las Administradoras deberán verificar que al menos una de las instituciones calificadoras de valores que emita opinión sobre el Activo Objeto de Inversión tenga cuando menos diez años de experiencia
ANEXO F7
Calificaciones para Instrumentos denominados en Divisas.
Emisiones de corto plazo
(Con vencimiento hasta de un año)
MOODY'S | | FITCH IBCA |
P-1 | | F1+ / F1 |
P-2 | | F2 |
| | |
STANDARD & POOR'S | | HR RATINGS DE MEXICO |
A-1+ /A-1 | | HR + 1(G)/ HR1(G) |
A-2 | | HR2(G) |
Emisiones de mediano y largo plazo
(Con vencimiento mayor a un año)
MOODY'S | | FITCH IBCA |
Aaa | | AAA |
Aa1/ Aa2 / Aa3 | | AA+/ AA / AA- |
A1/ A2 / A3 | | A+/ A/ A- |
Baa1 | | BBB+ |
| | |
STANDARD & POOR'S | | HR RATINGS DE MEXICO |
AAA | | HR AAA(G) |
AA+/ AA/ AA- | HR AA+(G)/ HR AA(G)/ HR AA-(G) |
A+/ A /A- | HR A+(G)/ HR A(G)/ HR A-(G) |
BBB+ | HR BBB+(G) |
7 Para dar cumplimiento a lo dispuesto en la disposición Cuarta de las presentes disposiciones, las Administradoras deberán verificar que al menos una de las agencias calificadoras crediticias que emita opinión a este respecto sobre el Activo Objeto de Inversión tenga cuando menos diez años de experiencia contados a partir de su autorización para organizarse y operar en el mercado mexicano o en alguno de los otros Países Elegibles para Inversiones.
ANEXO G8
Calificaciones para Instrumentos denominados en Divisas.
Emisiones de corto plazo
(Con vencimiento hasta de un año)
MOODY'S | | FITCH IBCA |
P-3 | | F3 |
| | |
STANDARD & POOR'S | | HR RATINGS DE MEXICO |
A-3 | | HR3(G) |
Emisiones de mediano y largo plazo
(Con vencimiento mayor a un año)
MOODY'S | | FITCH IBCA |
Baa2/ Baa3 | | BBB/ BBB- |
| | |
STANDARD & POOR'S | | HR RATINGS DE MEXICO |
BBB/ BBB- | | HR BBB (G)/ HR BBB-(G) |
8 Para dar cumplimiento a lo dispuesto en la disposición Cuarta de las presentes disposiciones, las Administradoras deberán verificar que al menos una de las agencias calificadoras crediticias que emita opinión a este respecto sobre el Activo Objeto de Inversión tenga cuando menos diez años de experiencia contados a partir de su autorización para organizarse y operar en el mercado mexicano o en alguno de los otros Países Elegibles para Inversiones.
ANEXO H9
Calificaciones para Instrumentos denominados en Divisas.
Emisiones de mediano y largo plazo
(Con vencimiento mayor a un año)
MOODY'S | | FITCH IBCA |
Ba1/ Ba2 | | BB+/ BB |
| | |
STANDARD & POOR'S | | HR RATINGS DE MEXICO |
BB+/ BB | | HR BB+ (G)/ HR BB(G) |
9 Para dar cumplimiento a lo dispuesto en la disposición Cuarta de las presentes disposiciones, las Administradoras deberán verificar que al menos una de las agencias calificadoras crediticias que emita opinión a este respecto sobre el Activo Objeto de Inversión tenga cuando menos diez años de experiencia contados a partir de su autorización para organizarse y operar en el mercado mexicano o en alguno de los otros Países Elegibles para Inversiones.
ANEXO I10
Calificaciones para Obligaciones Subordinadas denominados en Divisas.11
Emisiones de corto plazo
(Con vencimiento hasta de un año)
MOODY'S | | FITCH IBCA |
P-3 | | F3 |
STANDARD & POOR'S | | HR RATINGS DE MEXICO |
A-3 | | HR3(G) |
Emisiones de mediano y largo plazo
(Con vencimiento mayor a un año)
MOODY'S | | FITCH IBCA |
Ba3/ B1 | | BB-/ B+ |
| | |
STANDARD & POOR'S | | HR RATINGS DE MEXICO |
BB-/ B+ | | HR BB-(G)/ HR B+(G) |
10 Para dar cumplimiento a lo dispuesto en la disposición Cuarta de las presentes disposiciones, las Administradoras deberán verificar que al menos una de las agencias calificadoras crediticias que emita opinión a este respecto sobre el Activo Objeto de Inversión tenga cuando menos diez años de experiencia contados a partir de su autorización para organizarse y operar en el mercado mexicano o en alguno de los otros Países Elegibles para Inversiones.
11 Obligaciones subordinadas a las definidas en la fracción XLIX incisos c), d) y e) de la disposición Segunda de las presentes disposiciones.
ANEXO J12
Calificaciones para Valores Extranjeros y para Contrapartes Extranjeras.
Emisiones de corto plazo