DOF: 13/08/2024
ACUERDO por el que se destina a la Secretaría de Gobernación, el inmueble federal denominado Pagés Llergo 202, con superficie de 421

ACUERDO por el que se destina a la Secretaría de Gobernación, el inmueble federal denominado Pagés Llergo 202, con superficie de 421.26 metros cuadrados, ubicado en Avenida José Pagés Llergo número 202, Colonia Nueva Villahermosa, Código Postal 86070, Municipio de Centro, Estado de Tabasco, con Registro Federal Inmobiliario 27-4234-0.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- HACIENDA.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales.- DST.-09 /2024.

ACUERDO por el que se destina a la Secretaría de Gobernación, el inmueble federal denominado "Pagés Llergo 202", con superficie de 421.26 metros cuadrados, ubicado en Avenida José Pagés Llergo número 202, Colonia Nueva Villahermosa, Código Postal 86070, Municipio de Centro, Estado de Tabasco, con Registro Federal Inmobiliario 27-4234-0.
VÍCTOR JULIÁN MARTÍNEZ BOLAÑOS, Presidente del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, Órgano Administrativo Desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 2 fracción I, 17, 26, 31 fracciones XXIX y XXX de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 2 fracciones II, IV, V, VI y VII, 3 fracción III, 4 párrafos primero y segundo, 6 fracción XXI, 11 fracción I, 13, 28 fracciones I, III y VII, 29 fracciones I y V, 61, 62, 66, 70 y 101 fracción V de la Ley General de Bienes Nacionales; 4, apartado G, fracción V, 48 y 49 del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público; y 3 fracciones VIII, IX y X, 4 fracción I, inciso a) y 6 fracciones XXVI y XXXIII del Reglamento del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales; y tomando en cuenta los siguientes:
C O N S I D E R A N D O S
PRIMERO. - Que dentro de los bienes sujetos al régimen de dominio público de la Federación, se encuentra el inmueble federal denominado "Pagés Llergo 202", con superficie de 421.26 metros cuadrados, con Registro Federal Inmobiliario 27-4234-0, ubicado en Avenida José Pagés Llergo número 202, Colonia Nueva Villahermosa, Código Postal 86070, Municipio de Centro, Estado de Tabasco.
SEGUNDO. - Que la propiedad del inmueble federal descrito en el Considerando que antecede, se acredita mediante escritura pública número 925 de fecha 7 de julio de 1956, otorgada por el Licenciado Florizel Pereznieto Priego, Notario Público número tres del Estado de Tabasco, en la que se consigna la compraventa de una superficie de 450 metros cuadrados por parte de la entonces Secretaría de Recursos Hidráulicos, la cual obra inscrita en el Registro Público de la Propiedad Federal bajo el Folio Real número 10239 de fecha 25 de marzo de 1982, misma que corresponde a una fracción del inmueble de mérito por una superficie de 408.58 metros cuadrados; respecto de la fracción con una superficie de 12.68 metros cuadrados, la federación ejerce la posesión.
Que la escritura pública número 925 de fecha 7 de julio de 1956, fue ratificada y convalidada mediante Acuerdo con Folio número 097/2014 de fecha 3 de septiembre de 2014, inscrito en el Registro Público de la Propiedad Federal, bajo el Folio Real número 10239/1 de fecha 9 de septiembre de 2014.
TERCERO. - Que el Plano Topográfico número 27-4234-0/2013, elaborado a escala 1:100, aprobado, registrado y certificado el 31 de julio de 2014, por la Dirección de Registro Público y Control Inmobiliario del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales bajo el número DRPCI/27-4234-0/5342/2014/T, consigna la superficie, medidas y colindancias del inmueble de mérito, con una superficie de 421.26 metros cuadrados; señalado en su cuadro de notas que,
"El resultado del levantamiento topográfico arrojó una superficie de 421.26 m2 y el antecedente de propiedad señala 450.00 m2, lo que da como resultado una diferencia (Déficit) de 28.74 m2, misma que se justifica conforme el siguiente cuadro resumen de áreas:
Superficie a regularizar:                                        +  421.26 M2
Superficie de afectación 1 (Av. Pagés Llergo):            +    30.37 M2
Superficie de Afectación 2 (lote 76):                         +   11.05 M2:
Superficie excedente (calle Alfonso Tarecena):           -    12.68 M2:
Superficie de antecedente (suma):                              450.00 M2:
CUARTO.- Que por oficio número UAF/DGRMSG/339/2019 de fecha 26 de marzo de 2019, el Director General de Recursos Materiales y Servicios Generales y Responsable Inmobiliario de la Secretaría de Gobernación, solicitó se otorgue el destino del inmueble federal descrito en el Considerando Primero de este Acuerdo, para continuar utilizándolo como oficinas de la Delegación Federal en Tabasco.
QUINTO.- Que mediante oficio número DOOTSM/SRYGU/1784/2023 de fecha 31 de marzo de 2023, la Dirección de Obras, Ordenamiento Territorial y Servicios Municipales del H. Ayuntamiento Constitucional de Centro, Estado de Tabasco, emite las Constancias de Uso de Suelo: de Corredor Comercial y de Servicio Central (CC) y con base en el Reglamento de Zonificación del Municipio de Centro, Estado de Tabasco, es compatible el uso de suelo solicitado para oficinas del Gobierno; y Constancia de Alineamiento y Asignación de Número Oficial: Avenida José Pagés Llergo número 202, Colonia Nueva Villahermosa, Villahermosa, Código Postal 86070, Municipio de Centro, Estado de Tabasco.
SEXTO.- Que mediante oficio número UAF/DGRMySG/0515/2023 de fecha 03 de mayo de 2023, la Directora General de Recursos Materiales y Servicios Generales y Responsable Inmobiliario de la Secretaría de Gobernación, manifestó bajo protesta de decir verdad, que atendiendo a los antecedentes documentales del expediente con que se cuenta, a la antigüedad del inmueble materia de este Acuerdo, y a su conformación arquitectónica, se considera que no cuenta con las características establecidas en la Ley de la Materia, para ser considerado Monumento Histórico o Artístico, con apego al Criterio número 2/2011, del Comité del Patrimonio Inmobiliario Federal y Paraestatal, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 19 de enero de 2012.
SÉPTIMO.- Que la Dirección General de Administración del Patrimonio Inmobiliario Federal del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, de conformidad con lo previsto por el artículo 11 fracción V, del Reglamento de este Instituto, conoció y revisó desde el punto de vista técnico jurídico, la operación que se autoriza. La documentación legal y técnica que sustenta la situación jurídica y administrativa del inmueble, así como de este Acuerdo, obra en el expedientillo de trámite integrado por dicha Dirección General y fue debidamente cotejada con la que obra en el Sistema de Información Inmobiliaria Federal y Paraestatal.
Asimismo, con fundamento en el artículo 9 fracción XIV en relación con el artículo 11, fracción V del Reglamento del Instituto, la Unidad Jurídica emitió opinión procedente respecto del presente Acuerdo.
Por lo anterior y de conformidad a las disposiciones que establecen los artículos 61, 62, 66 y 70 de la Ley General de Bienes Nacionales, y siendo propósito del Ejecutivo Federal el óptimo aprovechamiento del patrimonio inmobiliario federal, privilegiando a las instituciones públicas de los distintos órdenes de Gobierno con inmuebles federales para la prestación de los servicios públicos a su cargo, he tenido a bien expedir el siguiente:
A C U E R D O
PRIMERO.- Se destina el inmueble federal denominado "Pagés Llergo 202" ubicado en Avenida José Pagés Llergo número 202, Colonia Nueva Villahermosa, Código Postal 86070, Municipio de Centro, Estado de Tabasco, con Registro Federal Inmobiliario 27-4234-0, a la Secretaría de Gobernación para que lo continúe utilizando como oficinas de su Delegación Federal en Tabasco.
SEGUNDO.- Si la Secretaría de Gobernación, diera al inmueble federal que se le destina, un uso distinto al establecido por el presente Acuerdo, sin la previa autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a través del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales; o bien, lo dejare de utilizar o necesitar, dicho bien con todas sus mejoras y accesiones se retirará de su servicio para ser administrado directamente por este Instituto, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 68 de la Ley General de Bienes Nacionales.
TERCERO.- En caso que se tengan proyectadas obras de construcción, reconstrucción, modificación, adaptación, conservación, mantenimiento, reparación y demolición en el inmueble destinado, previo a su realización, la Secretaría de Gobernación, deberá gestionar ante las autoridades locales y federales, la obtención de licencias, permisos, autorizaciones o cualquier otra similar que se requiera.
CUARTO.- La Secretaría de Gobernación, deberá custodiar y vigilar el inmueble, quedando obligado a cubrir los gastos necesarios para su conservación y mantenimiento, y demás servicios inherentes que, en su caso, se generen, así como el correspondiente aseguramiento contra daños del inmueble, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 32 fracción IV y 66 de la Ley General de Bienes Nacionales.
QUINTO.- El destino únicamente confiere a la Secretaría de Gobernación, el derecho de aprovechar el inmueble destinado para el uso autorizado, pero no transmite la propiedad del mismo, ni otorga derecho real alguno sobre él, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 70 de la Ley General de Bienes Nacionales.
SEXTO.- El Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales en el ámbito de sus atribuciones, por conducto de la Dirección General de Administración del Patrimonio Inmobiliario Federal, vigilará el estricto cumplimiento de este Acuerdo.
Este Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Ciudad de México, a 31 de julio de 2024.- Presidente del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, Víctor Julián Martínez Bolaños.- Rúbrica.
 

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