CIRCULAR S-16.1.9, mediante la cual se da a conocer a las instituciones y sociedades mutualistas de seguros, la sustitución de diversas hojas del Catálogo de Cuentas Unificado.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Comisión Nacional de Seguros y Fianzas.
CIRCULAR S-16.1.9
Asunto: CATALOGO DE CUENTAS UNIFICADO.- Sustitución de diversas hojas que se indican.
A las instituciones y sociedades mutualistas de seguros.
Esta Comisión con fundamento en el artículo 101 de la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros, ha tenido a bien actualizar el Catálogo de Cuentas Unificado aplicable a esas Instituciones y Sociedades, dado a conocer mediante la Circular S-16.1 del 8 de agosto de 2002, y sus actualizaciones contenidas en las circulares S-16.1.5 del 22 de octubre de 2002, y S-16.1.7 del 8 de diciembre de 2003, publicadas en el Diario Oficial de la Federación del 16 de agosto y 5 de noviembre de 2002 y 31 de diciembre de 2003 respectivamente.
En esa virtud, se remiten las hojas números 5 a 7, 16, 22, 23, 26, 38, 39, 51, 52, 54, 72, 73, 90 y 91 que se sustituyen para actualizar las equivalentes del citado Catálogo de Cuentas, cuyas modificaciones deberán considerarse a partir del segundo trimestre de 2004, por lo que esas instituciones y sociedades deberán desarrollar las tareas necesarias para su adecuación.
Los cambios realizados consisten en la incorporación de las cuentas y subcuentas para el registro de los ajustes derivados por las modificaciones a las disposiciones sobre los métodos de valuación de las reservas de riesgos en curso, los siniestros reportados respecto de los cuales los asegurados no comunicaron valuación, así como el registro de inversiones en valores extranjeros y la adecuación de algunos textos.
Para una mejor identificación de las modificaciones contenidas, se adjunta cuadro resumen de los cambios realizados al mencionado Catálogo.
La presente Circular entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Lo anterior se hace de su conocimiento con fundamento en el artículo 108 fracción IV de la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros y de conformidad con el Acuerdo por el que la Junta de Gobierno de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas delega en el presidente la facultad de emitir las disposiciones necesarias para el ejercicio de las facultades que la Ley le otorga a dicha Comisión y para el eficaz cumplimiento de la misma y de las reglas y reglamentos, emitido el 2 de diciembre de 1998 y publicado en el Diario Oficial de la Federación el 4 de enero de 1999.
Atentamente
Sufragio Efectivo. No Reelección.
México, D.F., a 21 de mayo de 2004.- El Presidente de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, Manuel S. Aguilera Verduzco.- Rúbrica.
ANEXOS
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Catálogo de Cuentas Unificado. |
MODIFICACIONES APLICABLES A PARTIR DEL 2o. TRIMESTRE DE 2004. |
RUBRO | CONCEPTO |
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1101.- INVERSIONES EN VALORES GUBERNAMENTALES | |
Se modifica texto | |
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1102.- INVERSIONES EN VALORES DE EMPRESAS PRIVADAS, CON TASA | |
CONOCIDA | |
Se modifica texto | |
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1103.- INVERSIONES EN VALORES DE EMPRESAS PRIVADAS, DE RENTA | |
VARIABLE | |
Se modifica texto | |
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1104.- INCREMENTO POR VALUACION DE VALORES | |
19.- De Valores Extranjeros, de Títulos de Deuda, para Financiar la Operación | Se adiciona |
20.- De Valores Extranjeros, de Títulos de Deuda, para Conservar a Vencimiento | Se adiciona |
21.- De Valores Extranjeros, de Títulos de Capital, para Financiar la Operación | Se adiciona |
22.- De Valores Extranjeros, de Títulos de Capital, para Conservar a Vencimiento | Se adiciona |
| |
1105.- DEUDORES POR INTERESES DE VALORES | |
10.- De Valores Extranjeros, de Títulos de Deuda, para Financiar la Operación | Se adiciona |
11.- De Valores Extranjeros, de Títulos de Deuda, para Conservar a Vencimiento | Se adiciona |
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1106.- INVERSIONES EN VALORES EXTRANJEROS | Se adiciona |
01.- De Títulos de Deuda, para Financiar la Operación | Se adiciona |
02.- De Títulos de Deuda, para Conservar a Vencimiento | Se adiciona |
03.- De Títulos de Capital, para Financiar la Operación | Se adiciona |
04.- De Títulos de Capital, para Conservar a Vencimiento | Se adiciona |
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1706.- PARTICIPACION DE REASEGURADORES POR SINIESTROS PENDIENTES | |
09.- Por Siniestros Pendientes de Valuación, por Seguro Directo | Se adiciona |
10.- Por Siniestros Pendientes de Valuación, por Reaseguro Tomado | Se adiciona |
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2101.- RESERVA MATEMATICA | |
05.- Ajuste por Insuficiencia de Reserva, por Seguro Directo | Se adiciona |
06.- Ajuste por Insuficiencia de Reserva, por Seguro Flexible | Se adiciona |
07.- Provisión para Gastos de Administración, por Seguro Directo | Se adiciona |
08.- Provisión para Gastos de Administración, por Seguro Flexible | Se adiciona |
09.- Provisión para Gastos de Administración, por Pensiones Privadas | Se adiciona |
| |
2102.- RESERVA PARA BENEFICIOS ADICIONALES | Cambia Nombre |
02.- Extra Primas Seguro Directo | Se elimina |
04.- Extra Primas Reaseguro Tomado | Se elimina |
08.- Ajuste por Insuficiencia de Reserva, por Seguro Directo | Se adiciona |
09.- Ajuste por Insuficiencia de Reserva, por Seguro Flexible | Se adiciona |
10.- Ajuste por Insuficiencia de Reserva, por Otros Seguros | Se adiciona |
11.- Provisión para Gastos de Administración, por Seguro Directo | Se adiciona |
12.- Provisión para Gastos de Administración, por Seguro Flexible | Se adiciona |
13.- Provisión para Gastos de Administración, por Otros Seguros | Se adiciona |
14.- Provisión para Gastos de Administración, por Pensiones Privadas | Se adiciona |
| |
2103.- RESERVA PARA SEGUROS DE VIDA CON TEMPORALIDAD MENOR O | |
IGUAL A UN AÑO | Cambia Nombre |
04.- Ajuste por Insuficiencia de Reserva, por Seguro Directo | Se adiciona |
05.- Ajuste por Insuficiencia de Reserva, por Seguro Flexible | Se adiciona |
06.- Provisión para Gastos de Administración, por Seguro Directo | Se adiciona |
07.- Provisión para Gastos de Administración, por Seguro Flexible | Se adiciona |
| |
2104.- RESERVA PARA RIESGOS EN CURSO DE ACCIDENTES Y ENFERMEDADES | |
Y DAÑOS | Se elimina |
01.- a 04.- | Se elimina |
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2106.- RESERVA PARA RIESGOS EN CURSO DE ACCIDENTES Y ENFERMEDADES | |
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03.- Ajuste por Insuficiencia de Reserva, por Seguro Directo | Se adiciona |
04.- Provisión para Gastos de Administración, por Seguro Directo | Se adiciona |
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2107.- RESERVA PARA RIESGOS EN CURSO DE DAÑOS | |
03.- Ajuste por Insuficiencia de Reserva, por Seguro Directo | Se adiciona |
04.- Provisión para Gastos de Administración, por Seguro Directo | Se adiciona |
| |
2135.- RESERVA DE SINIESTROS PENDIENTES DE VALUACION | Se adiciona |
01.- Constituidas por la Institución, del Seguro Directo | Se adiciona |
02.- Constituidas por la Institución, del Reaseguro Tomado | Se adiciona |
| |
3101.- DECREMENTO POR VALUACION DE VALORES | |
19.- De Valores Extranjeros, de Títulos de Deuda, para Financiar la Operación | Se adiciona |
20.- De Valores Extranjeros, de Títulos de Deuda, para Conservar a Vencimiento | Se adiciona |
21.- De Valores Extranjeros, de Títulos de Capital, para Financiar la Operación | Se adiciona |
22.- De Valores Extranjeros, de Títulos de Capital, para Conservar a Vencimiento | Se adiciona |
| |
5201.- AJUSTE A LAS RESERVAS DE RIESGOS EN CURSO | |
07.- Ajuste por Insuficiencia, por Seguro Directo | Se adiciona |
08.- Ajuste por Insuficiencia, por Seguro Flexible | Se adiciona |
09.- Ajuste por Insuficiencia, por Otros Seguros | Se adiciona |
10.- Provisión para Gastos de Administración, por Seguro Directo | Se adiciona |
11.- Provisión para Gastos de Administración, por Seguro Flexible | Se adiciona |
12.- Provisión para Gastos de Administración, por Otros Seguros | Se adiciona |
13.- Provisión para Gastos de Administración, por Pensiones Privadas | Se adiciona |
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5215.- AJUSTE A LA RESERVA DE SINIESTROS PENDIENTES DE VALUACION | Se adiciona |
01.- Del Seguro Directo | Se adiciona |
02.- Del Reaseguro Tomado | Se adiciona |
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5603.- PERDIDA EN VENTA DE INVERSIONES | |
05.- De Valores Extranjeros | Se adiciona |
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5604.- PERDIDA POR VALUACION DE INVERSIONES | |
10.- De Valores Extranjeros, de Títulos de Deuda | Se adiciona |
11.- De Valores Extranjeros, de Títulos de Capital | Se adiciona |
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6616.- UTILIDAD POR VALUACION DE INVERSIONES | |
07.- De Valores Extranjeros, de Títulos de Deuda | Se adiciona |
08.- De Valores Extranjeros, de Títulos de Capital | Se adiciona |
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6617.- UTILIDAD EN VENTA O AMORTIZACION | |
04.- De Valores Extranjeros | Se adiciona |
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6623.- INTERESES SOBRE VALORES EXTRANJEROS | Se adiciona |
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5
5
CATALOGO DE CUENTAS
ACTIVO
Grupo: VALORES.
1101 INVERSIONES EN VALORES GUBERNAMENTALES.
CFHPS--01--Para Financiar la Operación.- -NEO
CFHPS--02--Para Conservar a Vencimiento.--NEO
Afecto a: (001, 002, 003)
Registrará las inversiones efectuadas en valores emitidos por el Gobierno Federal, a que se refieren los artículos 56, 57, 61 y 92 de la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros; 40 y 59 de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, las Reglas para la Inversión de las Reservas Técnicas, Capital Mínimo de Garantía y Requerimiento Mínimo de Capital Base de Operaciones correspondientes; y las disposiciones vigentes aplicables.
====> CAPTURADO EN: Relación de Inversiones
1102 INVERSIONES EN VALORES DE EMPRESAS PRIVADAS, CON TASA CONOCIDA.
CFHPS--03--Del Sector Financiero, para Financiar la Operación.--NEO
CFHPS--04--Del Sector Financiero, para Conservar a Vencimiento.--NEO
CFHPS--05--Del Sector No Financiero, para Financiar la Operación.--NEO
CFHPS--06--Del Sector No Financiero, para Conservar a Vencimiento.--NEO
Afecto a: (001, 002, 003)
Registrará las inversiones efectuadas en valores con tasa conocida, emitidos por empresas privadas, a que se refieren los artículos 56, 57, 61 y 92 de la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros; 40 y 59 de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, las Reglas para la Inversión de las Reservas Técnicas, Capital Mínimo de Garantía y Requerimiento Mínimo de Capital Base de Operaciones correspondientes; y las disposiciones vigentes aplicables.
====> CAPTURADO EN: Relación de Inversiones
1103 INVERSIONES EN VALORES DE EMPRESAS PRIVADAS, DE RENTA VARIABLE.
CFHPS--03--Del Sector Financiero, para Financiar la Operación.--NEO
CFHPS--04--Del Sector Financiero, Disponibles para la Venta, Temporales.--NEO
CFHPS--05--Del Sector Financiero, Disponibles para la Venta, Permanentes.--NEO
CFHPS--06--Del Sector No Financiero, para Financiar la Operación.--NEO
CFHPS--07--Del Sector No Financiero, Disponibles para la Venta, Temporales.--NEO
CFHPS--08--Del Sector No Financiero, Disponibles para la Venta, Permanentes.--NEO
Afecto a: (001, 002, 003)
Registrará las inversiones efectuadas en valores de renta variable, emitidos por empresas privadas, a que se refieren los artículos 56, 57, 61 y 92 de la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros; 40 y 59 de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas; las Reglas para la Inversión de las Reservas Técnicas, Capital Mínimo de Garantía y Requerimiento Mínimo de Capital Base de Operaciones correspondientes; y las disposiciones vigentes aplicables.
====> CAPTURADO EN: Relación de Inversiones
1104 INCREMENTO POR VALUACION DE VALORES.
CFHPS--04--De Títulos Gubernamentales, para Financiar la Operación.--NEO
CFHPS--05--De Títulos Gubernamentales, para Conservar a Vencimiento.--NEO
CFHPS--06--De Empresas Privadas, del Sector Financiero, para Financiar la Operación.--NEO
CFHPS--07--De Empresas Privadas, del Sector Financiero, para Conservar a Vencimiento.--NEO
CFHPS--08--De Empresas Privadas, del Sector Financiero, Disponibles para la Venta,
6
CATALOGO DE CUENTAS
Temporales.--NEO
CFHPS--09--De Empresas Privadas, del Sector Financiero, Disponibles para la Venta,
Permanentes.--NEO
CFHPS--10--De Empresas Privadas, del Sector No Financiero, para Financiar la Operación.--NEO
CFHPS--11--De Empresas Privadas, del Sector No Financiero, para Conservar a Vencimiento.--NEO
CFHPS--12--De Empresas Privadas, del Sector No Financiero, Disponibles para la Venta,
Temporales.--NEO
CFHPS--13--De Empresas Privadas, del Sector No Financiero, Disponibles para la Venta,
Permanentes.--NEO
CFHPS--14--De Títulos Opcionales y/o Warrants.--NEO
CFHPS--15--De Contratos de Opciones.--NEO
CFHPS--16--De Futuros, para Financiar la Operación.--NEO
CFHPS--17--De Futuros, para Conservar a Vencimiento.--NEO
CFHPS--18--De Futuros, Disponibles para su Venta.--NEO
CFHPS--19--De Valores Extranjeros, de Títulos de Deuda, para Financiar la Operación.--NEO
CFHPS--20--De Valores Extranjeros, de Títulos de Deuda, para Conservar a Vencimiento.-NEO
CFHPS--21--De Valores Extranjeros, de Títulos de Capital, para Financiar la Operación.--NEO
CFHPS--22--De Valores Extranjeros, de Títulos de Capital, para Conservar a Vencimiento.NEO
Afecto a: (001, 002, 003)
Registrará el aumento de valor de las inversiones que se originen entre su valor de costo o de adquisición y el determinado en la valuación que se efectúe conforme a lo dispuesto por los artículos 99 fracción III, de la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros; 62 fracción III de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas; las Reglas para la Inversión de las Reservas Técnicas, Capital Mínimo de Garantía y Requerimiento Mínimo de Capital Base de Operaciones correspondientes; y las disposiciones vigentes aplicables.
====> CAPTURADO EN: Relación de Inversiones
1105 DEUDORES POR INTERESES DE VALORES.
CFHPS--04--De Títulos Gubernamentales, para Financiar la Operación.--NEO
CFHPS--05--De Títulos Gubernamentales, para Conservar a Vencimiento.--NEO
CFHPS--06--De Empresas Privadas, del Sector Financiero, para Financiar la Operación.--NEO
CFHPS--07--De Empresas Privadas, del Sector Financiero, para Conservar a Vencimiento.--NEO
CFHPS--08--De Empresas Privadas, del Sector No Financiero, para Financiar la Operación.--NEO
CFHPS--09--De Empresas Privadas, del Sector No Financiero, para Conservar a Vencimiento.-NEO
CFHPS--10--De Valores Extranjeros, de Títulos de Deuda, para Financiar la Operación.--NEO
CFHPS--11--De Valores Extranjeros, de Títulos de Deuda, para Conservar a Vencimiento.-NEO
Afecto a: (001,002, 003)
Registrará el importe de los intereses devengados pendientes de cobro de las inversiones con tasa conocida, que se determinen conforme a lo dispuesto por el artículo 99 fracciones I y II, de la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros, 62 fracción I y II de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas; las Reglas para la Inversión de las Reservas Técnicas, Capital Mínimo de Garantía y Requerimiento Mínimo de Capital Base de Operaciones correspondientes; y las disposiciones vigentes aplicables.
====> GENERADO EN: Relación de Inversiones
1106 INVERSIONES EN VALORES EXTRANJEROS
CFHPS01De Títulos de Deuda, para Financiar la Operación.NEO
CFHPS02De Títulos de Deuda, para Conservar a Vencimiento.NEO
CFHPS03De Títulos de Capital, para Financiar la Operación.NEO
CFHPS04De Títulos de Capital, para Conservar a Vencimiento.NEO
Afecto a: (001,002, 003)
Registrará las inversiones efectuadas en valores extranjeros a que se refieren los artículos 56, 57, 61 y 92 de la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros; 40 y 59 de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas; las Reglas para la Inversión de las Reservas Técnicas, Capital Mínimo de Garantía y Requerimiento Mínimo Capital Base de Operaciones correspondientes; y las disposiciones vigentes aplicables.
====> CAPTURADO EN: Relación de Inversiones
7
CATALOGO DE CUENTAS
Grupo: PRESTAMOS.
1201 PRESTAMOS SOBRE POLIZAS.
CS--01--Automáticos--NEO
CS--02--Ordinarios.NEO
Afecto a: (001, 002, 003)
Registrará el importe de los préstamos otorgados con garantía de las reservas medias de primas, siempre que el mismo no exceda de la reserva terminal correspondiente, conforme a lo dispuesto en los artículos 35 fracción XII y 82 fracción IX de la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros.
====> CAPTURADO EN: Relación de Inversiones
1202 PRESTAMOS CON GARANTIA PRENDARIA.
CFHPS--NEO
Afecto a: (001, 002, 003)
Registrará el importe de los préstamos a que se refieren los artículos 35 fracciones VIII y XI, 56, 57, 61 fracción V y 92 de la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros; las reglas para la inversión de las Reservas Técnicas, Capital Mínimo de Garantía y Requerimiento Mínimo de Capital Base de Operaciones; y las disposiciones vigentes.
====> CAPTURADO EN: Relación de Inversiones
1203 PRESTAMOS CON GARANTIA DE FIDEICOMISOS.
CFHS--NEO
Afecto a: (001, 002, 003)
Registrará el importe de los préstamos con garantía de fideicomisos a que se refieren los artículos 35 fracciones VIII y X, 56, 57, 61 fracción V, 64, 82 fracción VII, 92 y 96 de la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros; las reglas para la inversión de las Reservas Técnicas, Capital Mínimo de Garantía y Requerimiento Mínimo de Capital Base de Operaciones; y las disposiciones vigentes.
====> CAPTURADO EN: Relación de Inversiones
1204 PRESTAMOS HIPOTECARIOS.
CFHPS--NEO
Afecto a: (001, 002, 003)
Registrará el importe de los préstamos a que se refieren los artículos 35 fracciones VIII y X, 56, 57, 61 fracción V, 64, 82 fracción VII, 92 y 96 de la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros; las reglas para la inversión de las Reservas Técnicas, Capital Mínimo de Garantía y Requerimiento Mínimo de Capital Base de Operaciones; y las disposiciones vigentes.
====> CAPTURADO EN: Relación de Inversiones
1205 PRESTAMOS QUIROGRAFARIOS.
CFHPS--NEO
Afecto a: (002, 003)
Registrará el importe de los préstamos a que se refieren los artículos 35 fracciones VIII y XI, 56, 57, 61 fracción V y 92 de la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros; las reglas para la inversión del Capital Mínimo de Garantía y Requerimiento Mínimo de Capital Base de Operaciones; y las disposiciones vigentes.
====> CAPTURADO EN: Relación de Inversiones
1206 DESCUENTOS Y REDESCUENTOS.
CFHPS--NEO
Afecto a: (001, 002, 003)
Registrará el importe de las inversiones a que se refieren los artículos 34 fracción IX, 35 fracciones VIII y IX, 56, 57, 61 fracción V, 81 fracción VI, 82 fracciones V y VI y 92 de la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros; las reglas para la inversión de las Reservas Técnicas, Capital Mínimo de Garantía y Requerimiento Mínimo de Capital Base de Operaciones; y las disposiciones vigentes.
====> CAPTURADO EN: Relación de Inversiones
1207 CARTERA VENCIDA.
CFHPS--NEO
Afecto a: (003)
A esta cuenta se traspasará el importe de los préstamos y créditos y sus respectivos intereses que no hayan sido cobrados y que tengan más de 90 días de vencidos.
====> CAPTURADO EN: Captura General
16
CATALOGO DE CUENTAS
1704 PRIMAS RETENIDAS POR REASEGURO Y REAFIANZAMIENTO TOMADO.
CFHPS--01--Del País.--NEO
CFHPS--02--Del Extranjero.--NEO
Afecto a: (001, 002, 003)
En esta cuenta, la institución que haya tomado el reaseguro registrará el importe de las reservas por primas que le hayan retenido las cedentes, de conformidad con los artículos 34 fracción VI, 35 fracción VI y 58 de la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros; así como las primas retenidas por instituciones del extranjero en operaciones de reafianzamiento tomado. Artículo 49 de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas.
====> CAPTURADO EN: Captura General
1705 SINIESTROS RETENIDOS POR REASEGURO TOMADO.
CHPS--01--Del País.--NEO
CHPS--02--Del Extranjero.--NEO
Afecto a: (001, 002, 003)
En esta cuenta, la institución que haya tomado el reaseguro registrará el importe de la reserva por siniestros que le hayan retenido las cedentes, en los términos de los contratos respectivos.
====> CAPTURADO EN: Captura General
1706 PARTICIPACION DE REASEGURADORES POR SINIESTROS PENDIENTES.
CHPS--01--Del País, por Seguro Directo.--NEO
CHPS--02--Del País, por Reaseguro Tomado.--NEO
CHPS--03--Del Extranjero, por Seguro Directo.--NEO
CHPS--04--Del Extranjero, por Reaseguro Tomado.--NEO
CHS--05--Por Siniestros Ocurridos y No Reportados, por Seguro Directo.--NEO
CHS--06--Por Siniestros Ocurridos y No Reportados, por Reaseguro Tomado.--NEO
CHS--07--Por Gastos de Ajuste Asignados al Siniestro Ocurrido y No Reportado, Por Seguro
Directo.--NEO
CHS--08--Por Gastos de Ajuste Asignados al Siniestro Ocurrido y No Reportado, por Reaseguro
Tomado.NEO
CHS--09--Por Siniestros Pendientes de Valuación, por Seguro Directo.--NEO
CHS--10--Por Siniestros Pendientes de Valuación, por Reaseguro Tomado.--NEO
Afecto a: (001, 002, 003)
En esta cuenta, la institución que haya cedido el reaseguro registrará el importe de lo recuperable por siniestros estimados, pendientes de ajuste o liquidación. Artículo 58 de la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros. Así como el importe estimado para las operaciones de reaseguro correspondiente a la Reserva para Obligaciones Pendientes de Cumplir por Siniestros Ocurridos y No Reportados y de la Reserva de Gastos de Ajuste Asignados al Siniestro. En las subcuentas 09 y 10 registrará el importe esperado de las obligaciones futuras derivadas de siniestros reportados respecto de los cuales los asegurados no hayan comunicado valuación alguna.
====> CAPTURADO EN: Captura General
1707 PARTICIPACION DE REASEGURADORES POR RIESGOS EN CURSO.
CHPS--01--Del País, por Seguro Directo.--NEO
CHPS--02--Del País, por Reaseguro Tomado.--NEO
CHPS--03--Del Extranjero, por Seguro Directo.--NEO
CHPS--04--Del Extranjero, por Reaseguro Tomado.--NEO
Afecto a: (003)
En esta cuenta, la institución registrará el importe de las Reservas por Riesgos en Curso constituidas a la fecha del balance o valuación, por los reaseguros cedidos. Artículo 47 de la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros.
====> CAPTURADO EN: Captura General
1708 PARTICIPACION DE REASEGURADORES POR SALVAMENTOS PENDIENTES DE VENTA POR REASEGURO TOMADO.
CS--01--Del País.--NEO
CS--02--Del Extranjero.--NEO
Afecto a: (003)
En esta cuenta la institución que haya tomado el reaseguro registrará el importe de los salvamentos pendientes de venta a la fecha del balance o valuación.
====> CAPTURADO EN: Captura General
22
CATALOGO DE CUENTAS
PASIVO
Grupo: RESERVAS TECNICAS.
2101 RESERVA MATEMATICA.
CPS--01--Seguro Directo.--NEO
CPS--02--Reaseguro Tomado.--NEO
Afecto a: (011, 012, 013, 021, 022, 023, 024, 025)
CS--03--Seguro Flexible.--NEO
Afecto a: (011, 012, 013)
CS--04--Por Pensiones Privadas.--NEO
Afecto a: (011, 013)
CS--05--Ajuste por Insuficiencia de Reserva, por Seguro Directo.--NEO
CS--06--Ajuste por Insuficiencia de Reserva, Por Seguro Flexible.--NEO
CS--07--Provisión para Gastos de Administración, Por Seguro Directo.--NEO
CS--08--Provisión para Gastos de Administración, por Seguro Flexible.--NEO
Afecto a: (011, 012, 013)
CS--09--Provisión para Gastos de Administración, por Pensiones Privadas.--NEO
Afecto: (011, 013)
Registrará el importe de las reservas constituidas en los términos de los artículos 46 fracción I y 47 fracciones I y II de la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros. Para pensiones el registro se hará de acuerdo a las disposiciones administrativas aplicables. En las subcuentas 05 a 09 registrarán los ajustes derivados por las modificaciones a las disposiciones sobre los métodos de valuación de reservas de riesgos en curso aplicables a partir de abril de 2004.
====> CAPTURADO EN: Información Complementaria
2102 RESERVA PARA BENEFICIOS ADICIONALES Y EXTRA PRIMAS.
CPS--01--Beneficios Adicionales Seguro Directo.--NEO
Afecto a: (011, 012, 013, 021, 022, 023, 024, 025)
CPS--03--Beneficios Adicionales Reaseguro Tomado.--NEO
Afecto a: (011, 012, 013, 021, 022, 023, 024, 025)
CS--05--Seguro Flexible.--NEO
CS--06--Otros.--NEO
Afecto a: (011, 012, 013)
CS--07--Por Pensiones Privadas.--NEO
Afecto a: (011, 013)
CS--08--Ajuste por Insuficiencia de Reserva, por Seguro Directo.--NEO
CS--09--Ajuste por Insuficiencia de Reserva, por Seguro Flexible.--NEO
CS--10--Ajuste por Insuficiencia de Reserva, por Otros Seguros.--NEO
CS--11--Provisión para Gastos de Administración, por Seguro Directo--NEO
CS--12--Provisión para Gastos de Administración, por Seguro Flexible.--NEO
CS--13--Provisión para Gastos de Administración, por Otros Seguros.--NEO
Afecto a: (011, 012, 013)
CS--14--Provisión para Gastos de Administración, por Pensiones Privadas.--NEO
Afecto a: (011, 013)
Registrará el importe de las reservas constituidas en los términos del artículo 47 fracción V, de la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros. Para pensiones el registro se hará de acuerdo a las disposiciones administrativas aplicables. En las subcuentas 08 a 14 registrarán los ajustes derivados por las modificaciones a las disposiciones sobre los métodos de valuación de reservas de riesgos en curso aplicables a partir de abril de 2004.
====> CAPTURADO EN: Captura General
2103 RESERVA PARA SEGUROS DE VIDA TEMPORALES A UN AÑO.
CS--01--Seguro Directo.--NEO
CS--02--Reaseguro Tomado.--NEO
CS--03--Seguro Flexible.--NEO
CS--04--Ajuste por Insuficiencia de Reserva, por Seguro Directo.--NEO
23
CATALOGO DE CUENTAS
CS--05--Ajuste por Insuficiencia de Reserva, por Seguro Flexible.--NEO
CS--06--Provisión para Gastos de Administración, por Seguro Directo.--NEO
CS--07--Provisión para Gastos de Administración, por Seguro Flexible.--NEO
Afecto a: (011, 012, 013)
Registrará el importe de las reservas constituidas en los términos de los artículos 46 fracción I y 47 fracción II, de la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros. En las subcuentas 04 a 07 registrarán los ajustes derivados por las modificaciones a las disposiciones sobre los métodos de valuación de reservas de riesgos en curso aplicables a partir de abril de 2004.
====> CAPTURADO EN: Captura General
2105 RESERVA DE FIANZAS EN VIGOR.
F--01--Por Primas de Emisión.--NEO
CFS--02--Por Primas de Reafianzamiento Tomado, del País.--NEO
CFS--03--Por Primas de Reafianzamiento Tomado, del Extranjero.--NEO
F--04--Por Primas de Ejercicios Futuros de Emisión.--NEO
CFS--05--Por Primas de Ejercicios Futuros del Reafianzamiento Tomado.--NEO
Afecto a: (131, 132, 133, 134)
F--06--Por Afianzamiento Directo.--NEO
CFS--07--Sobre Reafianzamiento Tomado.--NEO
Afecto a: (141, 142, 151, 152, 153, 161, 162, 163, 164, 165, 171, 172, 173, 174)
Registrará el importe de las reservas constituidas por fianzas directas así como por reafianzamiento tomado en los términos de los artículos 46 y 49 de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas; en las subcuentas 06 y 07, registrarán los incrementos por las operaciones efectuadas a partir del 1 de enero de 1999.
====> CAPTURADO EN: Captura General
2106 RESERVA PARA RIESGOS EN CURSO DE ACCIDENTES Y ENFERMEDADES.
CHS--01--Accidentes y Enfermedades del Seguro Directo.--NEO
CHS--02--Accidentes y Enfermedades del Reaseguro Tomado.--NEO
CHS--03--Ajuste por Insuficiencia de Reserva, por Seguro Directo.--NEO
CHS--04--Provisión de Gastos de Administración, por Seguro Directo.--NEO
Afecto a: (031, 032, 033, 034, 035, 036, 037, 038, 039)
Registrará el importe de las reservas constituidas en los términos de los artículos 46 fracción I y 47 fracción III, de la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros, a partir del ejercicio de 2002. En las subcuentas 03 y 04 registrará los ajustes derivados por las modificaciones a las disposiciones sobre los métodos de valuación de reservas de riesgos en curso aplicables a partir de abril de 2004.
====> CAPTURADO EN: Captura General
2107 RESERVA PARA RIESGOS EN CURSO DE DAÑOS.
CS--01--Daños del Seguro Directo.--NEO
CS--02--Daños del Reaseguro Tomado.--NEO
CS--03--Ajuste por Insuficiencia de Reserva, por Seguro Directo.--NEO
CS--04--Provisión de Gastos de Administración, por Seguro Directo.--NEO
Afecto a: (041, 042, 043, 044, 051, 052, 060, 071, 072, 073, 074, 075, 081, 082, 083, 091, 092, 093, 094, 095, 100, 111, 112)
Registrará el importe de las reservas constituidas en los términos de los artículos 46 fracción I y 47 fracciones III y IV, de la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros, a partir del ejercicio de 2002. En las subcuentas 03 y 04 registrará los ajustes derivados por las modificaciones a las disposiciones sobre los métodos de valuación de reservas de riesgos en curso aplicables a partir de abril de 2004.
====> CAPTURADO EN: Captura General
2121 RESERVA PARA OBLIGACIONES PENDIENTES DE CUMPLIR POR SINIESTROS OCURRIDOS.
CHPS--01--Constituidas por la Institución, del Seguro Directo.--NEO
CHPS--02--Ordenadas por la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, del Seguro Directo.--NEO
CHPS--03--Constituidas por la Institución, del Reaseguro Tomado.--NEO
CHPS--04--Ordenadas por la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, del Reaseguro Tomado.--NEO
26
CATALOGO DE CUENTAS
2131 FONDOS EN ADMINISTRACION DEL SEGURO FLEXIBLE.
CS--NEO
Afecto a: (011, 012, 013)
Registrará el importe que por estos conceptos administre la aseguradora así como los intereses acumulados. Artículos 34 fracción III y 50 fracción III, de la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros. Independientemente de estos registros, deberán de realizar los necesarios para controlar este tipo de operaciones por contratante y tipo de inversión.
====> CAPTURADO EN: Captura General
2132 PRODUCTOS DE LAS INVERSIONES DE FONDOS EN ADMINISTRACION DE SEGUROS FLEXIBLES POR APLICAR.
CS--NEO
Afecto a: (011, 012, 013)
Registrará el importe de los productos del Seguro Vida Inversión pendientes de aplicar. Esta cuenta se saldará por la aplicación de dichos productos a cada uno de los asegurados, según corresponda de acuerdo a los vencimientos consignados en las condiciones contractuales de los diversos planes de seguro de vida flexible, mediante débito a la cuenta 2131.- FONDOS EN ADMINISTRACION DEL SEGURO FLEXIBLE.
====> CAPTURADO EN: Captura General
2133 PRIMAS EN DEPOSITO.
CHPS--01--Anticipos.--NEO
CHPS--02--Pendientes de Aplicación.--NEO
Afecto a: (011, 012, 013, 021, 022, 023, 024, 025, 031, 032, 033, 034, 035, 036, 037, 038, 039, 041, 042, 043, 044, 051, 052, 060, 071, 072, 073, 074, 075, 081, 082, 083, 091, 092, 093, 094, 095, 100, 111, 112)
Registrará el importe que por concepto de pago de primas de seguros se reciban anticipadamente o se encuentren pendientes de aplicación.
====> CAPTURADO EN: Captura General
2134 PRIMAS EN DEPOSITO POR SUBSIDIO.
CS--NEO
Afecto a: (081, 082, 083)
Registrará el importe del subsidio recibido del Gobierno Federal para apoyo del seguro agrícola pendiente de aplicar.
====> CAPTURADO EN: Captura General
2135 RESERVA DE SINIESTROS PENDIENTES DE VALUACION.
CHS--01--Constituidas por la Institución, del Seguro Directo.--NEO
CHS--02--Constituidas por la Institución, del Reaseguro Tomado.--NEO
Afecto a: (031, 032, 033, 034, 035, 036, 037, 038, 039, 041, 042, 043, 044, 051, 052, 060, 071, 072, 073, 074, 075, 081, 082, 083, 091, 092, 093, 094, 095, 100, 111, 112)
Registrará el importe esperado de las obligaciones futuras derivadas de siniestros reportados respecto de los cuales los asegurados no hayan comunicado valuación alguna, de acuerdo con los artículos 46 fracción II y 50 fracción I inciso b) numeral 3, e inciso c), 53 de la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros y reglas de carácter general vigentes.
====> CAPTURADO EN: Captura General
2141 RESERVA DE PREVISION.
CHS--01--De emisión.--NEO
Afecto a: (011, 012, 013, 031, 032, 033, 034, 035, 036, 037, 038, 039, 041, 042, 043, 044, 051,052, 060, 072, 073, 074, 075, 081, 082, 083, 091, 092, 093, 094, 095, 100, 111, 112)
Registrará el saldo no traspasado a la reserva de riesgos catastróficos en los términos del artículo noveno transitorio del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros y de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, publicado en el Diario Oficial del 16 de enero de 2002, debiendo observarse lo establecido en el artículo décimo transitorio del mencionado decreto.
====> CAPTURADO EN: Información Complementaria
2142 RESERVA ESPECIAL DE PREVISION PARA SINIESTROS.
CHS--NEO
Afecto a: (011, 012, 013, 031, 032, 033, 034, 035, 036, 037, 038, 039, 052, 060)
Las Sociedades Mutualistas registrarán en esta cuenta el importe de la reserva a que se refiere el artículo 88 de la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros.
====> CAPTURADO EN: Captura General
38
CATALOGO DE CUENTAS
2802 OTROS TITULOS DE CREDITO, EN CIRCULACION.
CFHS--NEO
Afecto a: (0)
Registrará el importe a pagar por otros títulos de crédito emitidos por la institución de acuerdo a su valor nominal. En el caso de títulos de crédito redimidos deberán registrar una disminución al pasivo.
====> CAPTURADO EN: Captura General
2803 ACREEDORES POR INTERESES DE LA EMISION DE INSTRUMENTOS DE DEUDA.
CFHPS01Por Obligaciones Subordinadas No Susceptibles de Convertirse en Acciones.NEO
CFHPS02Por Otros Títulos de Crédito.NEO
Afecto a: (0)
Registrará el importe de los intereses devengados por pagar derivados de los instrumentos de deuda emitidos por la institución.
====> CAPTURADO EN: Captura General
2804 ACREEDORES POR CONTRATOS DE REASEGURO FINANCIERO.
CFHPS01Instituciones del País.NEO
CFHPS02Instituciones del Extranjero.NEO
Afecto a: (0)
Registrará el importe de los financiamientos recibidos derivados de las operaciones de reaseguro financiero.
====> CAPTURADO EN: Captura General
2805 ACREEDORES POR INTERESES DE CONTRATOS DE REASEGURO FINANCIERO.
CFHPS01Instituciones del País.NEO
CFHPS02Instituciones del Extranjero.NEO
Afecto a: (0)
Registrará el importe de los intereses devengados por pagar derivados de los contratos de reaseguro financiero.
====> CAPTURADO EN: Captura General
COMPLEMENTARIAS DE ACTIVO
Grupo: ESTIMACION POR BAJA DE BIENES.
3101 DECREMENTO POR VALUACION DE VALORES.
CFHPS--04--De Títulos Gubernamentales, para Financiar la Operación--NEO
CFHPS--05--De Títulos Gubernamentales, para Conservar a Vencimiento--NEO
CFHPS--06--De Empresas Privadas, del Sector Financiero, para Financiar la Operación--NEO
CFHPS--07--De Empresas Privadas, del Sector Financiero, para Conservar a Vencimiento--NEO
CFHPS--08--De Empresas Privadas, del Sector Financiero, Disponibles para la Venta, Temporales-NEO
CFHPS--09--De Empresas Privadas, del Sector Financiero, Disponibles para la Venta,
Permanentes.--NEO
CFHPS--10--De Empresas Privadas, del Sector No Financiero, para Financiar la Operación.--NEO
CFHPS--11--De Empresas Privadas, del Sector No Financiero, para Conservar a Vencimiento-NEO
CFHPS--12--De Empresas Privadas, del Sector No Financiero, Disponibles para la Venta,
Temporales--NEO
CFHPS--13--De Empresas Privadas, del Sector No Financiero, Disponibles para la Venta,
Permanentes--NEO
CFHPS--14--De Títulos Opcionales y/o Warrants.--NEO
CFHPS--15--De Contratos de Opciones--NEO
CFHPS--16--De Futuros, Para Financiar la Operación--NEO
CFHPS--17--De Futuros, Para Conservar a Vencimiento--NEO
CFHPS--18--De Futuros, Disponibles para su VentaNEO
CFHPS--19--De Valores Extranjeros, de Títulos de Deuda, para Financiar la Operación.--NEO
CFHPS--20--De Valores Extranjeros, de Títulos de Deuda, para Conservar a Vencimiento.-NEO
CFHPS--21--De Valores Extranjeros, de Títulos de Capital, para Financiar la Operación.--NEO
CFHPS--22--De Valores Extranjeros, de Títulos de Capital, para Conservar a Vencimiento-NEO
39
CATALOGO DE CUENTAS
Afecto a: (001, 002, 003)
Registrará la estimación por baja de valor de estas inversiones, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 99 fracción III y IV, de la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros y 62 fracción III de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas.
====> CAPTURADO EN: Relación de Inversiones
3102 ESTIMACION POR BAJA DE INMUEBLES.
CFHPS--01--Destinados a Oficinas.--NEO
Afecto a: (002, 003)
CFHPS--02--Destinados a Oficinas con Rentas Imputadas.--NEO
CFHPS--03--De Productos Regulares.--NEO
Afecto a: (001, 002, 003)
Registrará la estimación por baja de valor de estas inversiones, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 99 fracción VI, inciso b), párrafo quinto, de la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros; 62 fracción VI, de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, determinándose la diferencia entre el costo de adquisición y el avalúo realizado, debiendo llevarse en forma específica.
====> CAPTURADO EN: Captura General
Grupo: DEPRECIACIONES.
3201 DEPRECIACION ACUMULADA DE INMUEBLES.
CFHPS--01--Destinados a Oficinas.--NEO
Afecto a: (002, 003)
CFHPS--02--Destinados a Oficinas con Rentas Imputadas.--NEO
CFHPS--03--De Productos Regulares.--NEO
Afecto a: (001, 002, 003)
Registrará el importe de la depreciación acumulada sobre el valor destructible de los inmuebles, debiéndose llevar en forma específica.
====> GENERADO EN: Relación de Inmuebles
3202 DEPRECIACION ACUMULADA DE INMUEBLES ADQUIRIDOS EN ARRENDAMIENTO FINANCIERO.
CFHPS--NEO
Afecto a: (002, 003)
Registrará el importe de la depreciación acumulada sobre el valor de adquisición de los inmuebles adquiridos a través de contratos de arrendamiento financiero.
====> GENERADO EN: Relación de Inmuebles
3203 DEPRECIACION ACUMULADA DEL INCREMENTO POR VALUACION DE INMUEBLES.
CFHPS--01--Destinados a Oficinas.--NEO
Afecto a: (002, 003)
CFHPS--02--Destinados a Oficinas con Rentas Imputadas.--NEO
CFHPS--03--De Productos Regulares.--NEO
Afecto a: (001, 002, 003)
Registrará el importe de la depreciación acumulada sobre el valor incrementado de los inmuebles, debiéndose llevar en forma específica.
====> GENERADO EN: Relación de Inmuebles
3204 DEPRECIACION ACUMULADA DE MOBILIARIO Y EQUIPO.
CFHPS--01--De Oficina.--NEO
CFHPS--02--De Cómputo Electrónico.--NEO
CFHPS--03--Periférico de Cómputo Electrónico.--NEO
CFHPS--04--De Transporte.--NEO
CFHPS--05--Diversos.--NEO
CFHPS--06--De Equipo Médico.--NEO
Afecto a: (002, 003)
Registrará el importe de la depreciación acumulada sobre el valor de costo o adquisición del mobiliario y equipo, debiéndose llevar en forma específica.
====> CAPTURADO EN: Captura General
51
CATALOGO DE CUENTAS
Registrará el importe de las primas cubiertas a instituciones reafianzadoras del país y del extranjero por reafianzamiento cedido, así como los futuros aplicados; en las subcuentas 09 y 10, registrarán los incrementos por las operaciones efectuadas a partir del 1 de enero de 1999.
====> CAPTURADO EN: Captura General
5111 PRIMAS RETROCEDIDAS EN REAFIANZAMIENTO.
CFS--01--De Emisión. A Instituciones del País.--N
CFS--02--De Prórroga. A Instituciones del País.--N
CFS--03--De Aumento. A Instituciones del País.--N
CFS--04--De Ejercicios Futuros Aplicados. A Instituciones del País.--N
CFS--05--De Emisión. A Instituciones del Extranjero.--N
CFS--06--De Prórroga. A Instituciones del Extranjero.--N
CFS--07--De Aumento. A Instituciones del Extranjero.--N
CFS--08--De Ejercicios Futuros Aplicados. A Instituciones del Extranjero.--N
Afecto a: (131, 132, 133, 134)
CFS--09--Del País. A Instituciones del País.--N
CFS--10--Del País. A Instituciones del Extranjero.--N
CFS--11--Del Extranjero. A Instituciones del País.--N
CFS--12--Del Extranjero. A Instituciones del Extranjero.--N
Afecto a: (141, 142, 151, 152, 153, 161, 162, 163, 164, 165, 171, 172, 173, 174)
Registrará el importe de las primas del reafianzamiento tomado retrocedidas en reafianzamiento; en las subcuentas 09, 10, 11 y 12, registrarán los incrementos por las operaciones efectuadas a partir del 1 de enero de 1999.
====> CAPTURADO EN: Captura General
5112 PRIMAS UNICAS DEVUELTAS DEL SEGURO DIRECTO.
CP--N
Afecto a: (021, 022, 023, 024, 025)
Registrará la devolución de primas por casos improcedentes correspondientes a las pensiones que se cancelen como consecuencia de una rectificación del IMSS en cuanto a los requisitos que originaron los derechos a la pensión descritos en la Circular S-22.7.3 vigente.
====> CAPTURADO EN: Captura General
Grupo: CONSTITUCION E INCREMENTOS DE RESERVAS Y OTROS ELEMENTOS TECNICOS.
5201 AJUSTE A LAS RESERVAS DE RIESGOS EN CURSO.
CHPS--01--Por Seguro Directo.--N
CHPS--02--Por Reaseguro Tomado.--N
Afecto a: (011, 012, 013, 021, 022, 023, 024, 025, 031, 032, 033, 034, 035, 036, 037, 038, 039, 041, 042, 043, 044, 051, 052, 060, 071, 072, 073, 074, 075, 081, 082, 083, 091, 092, 093, 094, 095, 100, 111, 112)
CS--03--Por Seguros Flexibles.--N
Afecto a: (011, 012, 013, 031, 032, 033, 034, 035, 036, 037, 038, 039, 041, 042, 043, 044, 051, 052, 060, 071, 072, 073, 074, 075, 081, 082, 083, 091, 092, 093, 094, 095, 100, 111, 112)
CP--04--Por Beneficios Adicionales del Seguro Directo.--N
CP--05--Por Beneficios Adicionales del Reaseguro Tomado.--N
Afecto a: (021, 022, 023, 024, 025)
CS--06--Por Pensiones Privadas.--N
Afecto a: (011, 013)
CHS--07--Ajuste por Insuficiencia, por Seguro Directo.--N
Afecto a: (011, 012, 013, 031, 032, 033, 034, 035, 036, 037, 038, 039, 041, 042, 043, 044, 051, 052, 060, 071, 072, 073, 074, 075, 081, 082, 083, 091, 092, 093, 094, 095, 100, 111, 112)
CHS--08--Ajuste por Insuficiencia, por Seguro Flexible.--N
CHS--09--Ajuste por Insuficiencia, por Otros Seguros.--N
Afecto a: (011, 012, 013)
CHS--10--Provisión para Gastos de Administración, por Seguro Directo.--N
Afecto a: (011, 012, 013, 031, 032, 033, 034, 035, 036, 037, 038, 039, 041, 042, 043, 044, 051, 052, 060, 071, 072, 073, 074, 075, 081, 082, 083, 091, 092, 093, 094, 095, 100, 111, 112)
CHS--11--Provisión para Gastos de Administración, por Seguro Flexible.--N
CHS--12--Provisión para Gastos de Administración, por Otros Seguros.--N
52
CATALOGO DE CUENTAS
Afecto a: (011, 012, 013)
CHS--13--Provisión para Gastos de Administración, por Pensiones Privadas.--N
Afecto a: (011, 013)
Registrará el incremento por retención de la Reserva Matemática y, en su caso, la totalidad de la Reserva de Riesgos en Curso constituidas por retención en las operaciones de Accidentes y Enfermedades y Daños. Artículo 47 de la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros. Para pensiones el registro se hará de acuerdo a las disposiciones administrativas aplicables. En las subcuentas 07 a 13 registrará los ajustes derivados por las modificaciones a las disposiciones sobre los métodos de valuación de reservas de riesgos en curso aplicables a partir de abril de 2004.
====> CAPTURADO EN: Captura General
5202 INCREMENTO A LAS RESERVAS ADICIONALES PARA SEGUROS ESPECIALIZADOS
CS--01--Agricultura y Ganadería.--N
Afecto a: (081, 082, 083)
CS--02--Seguro de Trabajadores al Servicio del Estado. Vida.--N
CS--03--Seguro de Trabajadores al Servicio del Estado. Retiro.--N
CS--04--Seguro de Trabajadores Sindicalizados.--N
CS--05--Seguro de Potenciación.--N
Afecto a: (012, 013)
CS--06--De Contingencia del Seguro Obligatorio del Viajero.--N
Afecto a: (091, 092, 093, 094, 095)
CHS--07--Otros Seguros.--N
Afecto a: (011, 012, 013, 031, 032, 033, 034, 035, 036, 037, 038, 039, 042, 043, 051, 052, 060, 091, 092, 093, 095, 100, 111, 112)
Registrará los aumentos a esta reserva, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 52 de la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros y disposiciones administrativas aplicables.
====> CAPTURADO EN: Captura General
5203 INCREMENTO A LA RESERVA PARA DIVIDENDOS Y BONIFICACIONES SOBRE POLIZAS.
CHS--01--Por Seguro Directo.--N
Afecto a: (011, 012, 013, 032, 033, 034, 035, 036, 037, 038, 039, 051, 052, 081, 082, 083, 091, 092)
CS--02--Por Seguros Flexibles.--N
Afecto a: (011, 012, 013, 032, 033, 034, 035, 036, 037, 038, 039)
Registrará los aumentos de acuerdo con los procedimientos actuariales que para efectos de su cálculo autorice la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas; artículo 50 fracción III, de la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros.
====> CAPTURADO EN: Captura General
5204 INCREMENTO A LA RESERVA DE PREVISION.
CHS--01--De Emisión.--N
Afecto a: (011, 012, 013, 031, 032, 033, 034, 035, 036, 037, 038, 039, 041, 042, 043, 044, 051, 052, 060, 072, 073, 074, 075, 081, 082, 083, 091, 092, 093, 094, 095, 100, 111, 112)
Registrará los aumentos de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 51 de la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros y disposiciones administrativas aplicables. Para pensiones el registro se hará de acuerdo a las disposiciones administrativas aplicables.
====> CAPTURADO EN: Captura General
5205 INCREMENTO A LA RESERVA ESPECIAL DE PREVISION PARA SINIESTROS.
CHS--N
Afecto a: (011, 012, 013, 031, 032, 033, 034, 035, 036, 037, 038, 039, 052, 060)
Las mutualistas registrarán los aumentos a esta reserva, en los términos del artículo 88 de la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros.
====> CAPTURADO EN: Captura General
5206 INCREMENTO A LA RESERVA DE RIESGOS CATASTROFICOS.
CS--01--Por Seguro Directo.--N
CS--02--Por Reaseguro Tomado.--N
Afecto a: (071, 072, 073, 074, 075)
Registrará los aumentos de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 51 de la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros y disposiciones administrativas aplicables.
====> CAPTURADO EN: Captura General
54
CATALOGO DE CUENTAS
5210 AJUSTE A LA RESERVA DE GASTOS DE AJUSTE ASIGNADOS A LOS SINIESTROS OCURRIDOS Y NO REPORTADOS.
CHS--01--Del Seguro Directo.--N
CHS--02--Del Reaseguro Tomado.--N
Afecto a: (011, 012, 013, 031, 032, 033, 034, 035, 036, 037, 038, 039, 041, 042, 043, 044, 051, 052, 060, 071, 072, 073, 074, 075, 081, 082, 083, 091, 092, 093, 094, 095, 100, 111, 112)
Registrará el incremento gradual de la reserva inicial y el ajuste del ejercicio conforme a la estimación de los gastos de ajuste asignados al siniestro a la fecha de cierre de balance, de acuerdo con los artículos 46 fracción II y 50 fracción II, de la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros y reglas de carácter general vigentes.
====> CAPTURADO EN: Captura General
5211 AJUSTE A LA RESERVA COMPLEMENTARIA POR CALIDAD DE REASEGURADORAS EXTRANJERAS.
CFHPS--01--Del Directo.--N
CFHPS--02--Del Tomado.--N
Afecto a: (011, 012, 013, 021, 022, 023, 024, 025, 031, 032, 033, 034, 035, 036, 037, 038, 039, 041, 042, 043, 044, 051, 050, 060, 071, 072, 073, 074, 075, 081, 082, 083, 091, 092, 093, 094, 095, 100, 111, 112, 131, 132, 133, 134, 141, 142, 151, 152, 153, 161, 162, 163, 164, 165, 171, 172, 173, 174)
Registrará la constitución e incremento gradual de la Reserva tanto de Riesgos en Curso Complementaria por Calidad de Reaseguradoras Extranjeras como de Fianzas en Vigor Complementaria por Calidad de Reaseguradoras Extranjeras, en los términos de los artículos 46 y 52 de la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros; 46 de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas y en las reglas de carácter general. Para pensiones el registro se hará de acuerdo a las disposiciones administrativas aplicables.
====> CAPTURADO EN: Captura General
5212 INCREMENTO A LA RESERVA MATEMATICA ESPECIAL.
CP--N
Afecto a: (021, 022, 023, 024, 025)
El registro de esta cuenta se efectuará conforme a las disposiciones administrativas aplicables.
====> CAPTURADO EN: Captura General
5213 INCREMENTO A LA RESERVA PARA FLUCTUACION DE INVERSIONES.
CP--01--Básica por Beneficios Básicos.--N
CP--02--Básica por Beneficios Adicionales.--N
CP--03--Adicional por Beneficios Básicos.--N
CP--04--Adicional por Beneficios Adicionales.--N
Afecto a: (021, 022, 023, 024, 025)
El registro de esta cuenta se efectuará conforme a las disposiciones administrativas aplicables.
====> CAPTURADO EN: Captura General
5214 APORTACIONES AL FIDEICOMISO DE PENSIONES.
CP--01--Reserva de Contingencia.--N
CP--02--Reserva para Fluctuación de Inversiones.--N
Afecto a: (021, 022, 023, 024, 025)
El registro de esta cuenta se efectuará conforme a las disposiciones administrativas aplicables.
====> CAPTURADO EN: Captura General
5215 AJUSTE A LA RESERVA DE SINIESTROS PENDIENTES DE VALUACION
CHS--01--Del Seguro Directo.--N
CHS--02--Del Reaseguro Tomado.--N
Afecto a: (031, 032, 033, 034, 035, 036, 037, 038, 039, 041, 042, 043, 044, 051, 052, 060, 071, 072, 073, 074, 075, 081, 082, 083, 091, 092, 093, 094, 095, 100, 111, 112)
Registrará el importe esperado de las obligaciones futuras, derivadas de siniestros reportados respecto de los cuales los asegurados no hayan comunicado valuación alguna, de acuerdo con los artículos 46 fracción II y 50 fracción I inciso b) numeral 3, e inciso c, 53 de la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros y reglas de carácter general vigentes.
====> CAPTURADO EN: Captura General
72
CATALOGO DE CUENTAS
Afecto a: (011, 012, 013, 021, 022, 023, 024, 025, 031, 032, 033, 034, 035, 036, 037, 038, 039, 041, 042, 043, 044, 051, 052, 060, 071, 072, 073, 074, 075, 081, 082, 083, 091, 092, 093, 094, 095, 100, 111, 112, 131, 132, 133, 134, 141, 142, 151, 152, 153, 161, 162, 163, 164, 165, 171, 172, 173, 174)
Registrará el importe de los pagos originados por la explotación de estos inmuebles. Para pensiones el registro se hará de acuerdo a las disposiciones administrativas aplicables.
====> CAPTURADO EN: Captura General
5603 PERDIDA EN VENTA DE INVERSIONES.
CFHPS--01--Inmobiliarias.--N
CFHPS--02--Acciones.--N
CFHPS--03--Otros Valores.--N
CFHPS--04--De FuturosN
CFHPS--05--De Valores Extranjeros.--N
Afecto a: (011, 012, 013, 021, 022, 023, 024, 025, 031, 032, 033, 034, 035, 036, 037, 038, 039, 041, 042, 043, 044, 051, 052, 060, 071, 072, 073, 074, 075, 081, 082, 083, 091, 092, 093, 094, 095, 100, 111, 112, 131, 132, 133, 134, 141, 142, 151, 152, 153, 161, 162, 163, 164, 165, 171, 172, 173, 174)
Registrará el importe de las pérdidas en la venta de estas inversiones, comparando el costo de adquisición contra el costo de venta que se haya efectuado. Para pensiones el registro se hará de acuerdo a las disposiciones administrativas aplicables.
====> CAPTURADO EN: Captura General
5604 PERDIDA POR VALUACION DE INVERSIONES.
CFHPS--01--Inmuebles Destinados a Oficinas.--N
CFHPS--02--Inmuebles Destinados a Oficinas con Rentas Imputadas.--N
CFHPS--03--Inmuebles de Productos Regulares.--N
CFHPS--06--Títulos de Deuda.--N
CFHPS--07--Títulos de Capital.--N
CFHPS--08--De Títulos Opcionales y/o Warrants.--N
CFHPS--09--De Futuros.N
CFHPS--10--De Valores Extranjeros, de Títulos de Deuda.--N
CFHPS--11--De Valores Extranjeros, de Títulos de Capital.--N
Afecto a: (011, 012, 013, 021, 022, 023, 024, 025, 031, 032, 033, 034, 035, 036, 037, 038, 039, 041, 042, 043, 044, 051, 052, 060, 071, 072, 073, 074, 075, 081, 082, 083, 091, 092, 093, 094, 095, 100, 111, 112, 131, 132, 133, 134, 141, 142, 151, 152, 153, 161, 162, 163, 164, 165, 171, 172, 173, 174)
Registrará la pérdida derivada de la estimación de estos activos. Para pensiones el registro se hará de acuerdo a las disposiciones administrativas aplicables.
====> CAPTURADO EN: Captura General
5605 COSTO DE TITULOS OPCIONALES Y/O WARRANTS.
CFHPS--N
Afecto a: (011, 012, 013, 021, 022, 023, 024, 025, 031, 032, 033, 034, 035, 036, 037, 038, 039, 041, 042, 043, 044, 051, 052, 060, 071, 072, 073, 074, 075, 081, 082, 083, 091, 092, 093, 094, 095, 100, 111, 112, 131, 132, 133, 134, 141, 142, 151, 152, 153, 161, 162, 163, 164, 165, 171, 172, 173, 174)
El registro de esta cuenta se efectuará conforme a las disposiciones administrativas aplicables.
====> CAPTURADO EN: Captura General
5606 INTERESES POR RESERVAS RETENIDAS DEL REASEGURO O REAFIANZAMIENTO CEDIDO.
CFHPS--01--A Instituciones del País.--N
CFHPS--02--A Instituciones del Extranjero.--N
Afecto a: (011, 012, 013, 021, 022, 023, 024, 025, 031, 032, 033, 034, 035, 036, 037, 038, 039, 041, 042, 043, 044, 051, 052, 060, 071, 072, 073, 074, 075, 081, 082, 083, 091, 092, 093, 094, 095, 100, 111, 112, 131, 132, 133, 134, 141, 142, 151, 152, 153, 161, 162, 163, 164, 165, 171, 172, 173, 174)
Registrará los intereses devengados, calculados sobre las reservas que la aseguradora o afianzadora haya retenido del seguro o afianzamiento directo, cedido en reaseguro o reafianzamiento. Para pensiones el registro se hará de acuerdo a las disposiciones administrativas aplicables.
====> CAPTURADO EN: Captura General
5607 INTERESES POR RESERVAS RETENIDAS DEL REASEGURO Y REAFIANZAMIENTO RETROCEDIDO.
CFHPS--01--A Instituciones del País.--N
73
CATALOGO DE CUENTAS
CFHPS--02--A Instituciones del Extranjero.--N
Afecto a: (011, 012, 013, 021, 022, 023, 024, 025, 031, 032, 033, 034, 035, 036, 037, 038, 039, 041, 042, 043, 044, 051, 052, 060, 071, 072, 073, 074, 075, 081, 082, 083, 091, 092, 093, 094, 095, 100, 111, 112, 131, 132, 133, 134, 141, 142, 151, 152, 153, 161, 162, 163, 164, 165, 171, 172, 173, 174)
Registrará los intereses devengados, calculados sobre las reservas que la aseguradora o afianzadora haya retenido del reaseguro o reafianzamiento tomado, retrocedido. Para pensiones el registro se hará de acuerdo a las disposiciones administrativas aplicables.
====> CAPTURADO EN: Captura General
5608 INTERESES POR DIVIDENDOS EN ADMINISTRACION.
CHS--N
Afecto a: (011, 012, 013, 031, 032, 033, 034, 035, 036, 037, 038, 039, 041, 042, 043, 044, 051, 052, 060, 071, 072, 073, 074, 075, 081, 082, 083, 091, 092, 093, 094, 095, 100, 111, 112)
Registrará el importe de los intereses devengados a cargo de la Institución, por dividendos en administración.
====> CAPTURADO EN: Captura General
5609 INCREMENTO A LA RESERVA PARA RIESGOS EN CURSO POR RENDIMIENTO DE POLIZAS DE MAS DE UN AÑO.
CHS--N
Afecto a: (011, 012, 013, 031, 032, 033, 034, 035, 036, 037, 038, 039, 041, 042, 043, 044, 051, 052, 060, 071, 072, 073, 074, 075, 081, 082, 083, 091, 092, 093, 094, 095, 100, 111, 112)
Registrará los traspasos que se realicen a la Reserva para Riesgos en Curso.
====> CAPTURADO EN: Captura General
5701 COMISIONES POR INTERMEDIACION EN OTROS SERVICIOS.
CS--01--Por Fianzas.--N
CS--02--Por Asistencia Legal.--N
CS--03--Por Servicios Automovilísticos.--N
CS--04--Otros--N
Afecto a: (091, 092, 093, 094, 095)
Registrará las comisiones pagadas a terceros corresponsables en la emisión de pólizas con fianza garantizada, siempre que no se opongan a lo establecido en la fracción III del artículo 8o. de la Ley para Regular las Agrupaciones Financieras del 16 de julio de 1990 y de la fracción IV de la Tercera de las Reglas Generales para la Constitución y Funcionamiento de Grupos Financieros del 15 de enero de 1991.
====> CAPTURADO EN: Captura General
5702 COMISIONES A AGENTES SOBRE RECARGOS.
CHS--01--Personas Físicas.--N
CHS--02--Personas Morales.--N
CHS--03--Empleados.--N
Afecto a: (011, 012, 013, 031, 032, 033, 034, 035, 036, 037, 038, 039, 041, 042, 043, 044, 051, 052, 060, 071, 072, 073, 074, 075, 081, 082, 083, 091, 092, 093, 094, 095, 100, 111, 112)
Registrará el importe correspondiente de la participación a los agentes de seguros en los recargos por pago fraccionado de primas. Esta cuenta se afectará sólo hasta el momento de hacer efectivo el cobro del recargo.
====> CAPTURADO EN: Captura General
5703 PERDIDA DE SUBSIDIARIAS SOBRE EL METODO DE PARTICIPACION.
CFHPS--N
Afecto a: (011, 012, 013, 021, 022, 023, 024, 025, 031, 032, 033, 034, 035, 036, 037, 038, 039, 041, 042, 043, 044, 051, 052, 060, 071, 072, 073, 074, 075, 081, 082, 083, 091, 092, 093, 094, 095, 100, 111, 112, 131, 132, 133, 134, 141, 142, 151, 152, 153, 161, 162, 163, 164, 165, 171, 172, 173, 174)
Registrará las pérdidas por valuación con el método de participación. Para pensiones el registro se hará de acuerdo a las disposiciones administrativas aplicables.
====> CAPTURADO EN: Captura General
5704 PERDIDA EN VENTA DE MOBILIARIO Y EQUIPO.
CFHPS--01--De Oficina.--N
CFHPS--02--De Cómputo Electrónico.--N
CFHPS--03--Periférico de Cómputo Electrónico.--N
CFHPS--04--De Transporte.--N
CFHPS--05--Diversos.--N
90
CATALOGO DE CUENTAS
6614 OTROS PRODUCTOS E INTERESES.
CFHPS--01--Por Aportación Inicial Mínima de Futuros.--N
CFHPS--02--Liquidaciones Diarias por Futuros.--N
CFHPS--03--Otros.--N
Afecto a: (011, 012, 013, 021, 022, 023, 024, 025, 031, 032, 033, 034, 035, 036, 037, 038, 039, 041, 042, 043, 044, 051, 052, 060, 071, 072, 073, 074, 075, 081, 082, 083, 091, 092, 093, 094, 095, 100, 111, 112, 131, 132, 133, 134, 141, 142, 151, 152, 153, 161, 162, 163, 164, 165, 171, 172, 173, 174)
Registrará el importe de los intereses devengados por los depósitos referidos y por conceptos que carezcan de cuenta específica. Para pensiones el registro se hará de acuerdo a las disposiciones administrativas aplicables.
====> CAPTURADO EN: Captura General
6615 DIVIDENDOS SOBRE ACCIONES.
CFHPS--01--Del Sector Financiero.--N
CFHPS--02--Del Sector no Financiero.--N
Afecto a: (011, 012, 013, 021, 022, 023, 024, 025, 031, 032, 033, 034, 035, 036, 037, 038, 039, 041, 042, 043, 044, 051, 052, 060, 071, 072, 073, 074, 075, 081, 082, 083, 091, 092, 093, 094, 095, 100, 111, 112, 131, 132, 133, 134, 141, 142, 151, 152, 153, 161, 162, 163, 164, 165, 171, 172, 173, 174)
Registrará el importe de los dividendos decretados en efectivo a favor de la institución. Para pensiones el registro se hará de acuerdo a las disposiciones administrativas aplicables.
====> CAPTURADO EN: Captura General
6616 UTILIDAD POR VALUACION DE INVERSIONES.
CFHPS--03--De Títulos de Deuda.--N
CFHPS--04--De Títulos de Capital.--N
CFHPS--05--De Títulos Opcionales y/o Warrants.--N
CFHPS--06--De Futuros.N
CFHPS--07--De Valores Extranjeros, de Títulos de Deuda.--N
CFHPS--08--De Valores Extranjeros, de Títulos de Capital.--N
Afecto a: (011, 012, 013, 021, 022, 023, 024, 025, 031, 032, 033, 034, 035, 036, 037, 038, 039, 041, 042, 043, 044, 051, 052, 060, 071, 072, 073, 074, 075, 081, 082, 083, 091, 092, 093, 094, 095, 100, 111, 112, 131, 132, 133, 134, 141, 142, 151, 152, 153, 161, 162, 163, 164, 165, 171, 172, 173, 174)
Registrará el importe de la utilidad por la estimación de inversiones tanto de tasa conocida como de renta variable. Para pensiones el registro se hará de acuerdo a las disposiciones administrativas aplicables.
====> CAPTURADO EN: Captura General
6617 UTILIDAD EN VENTA O AMORTIZACION.
CFHPS--01--De Valores.--N
CFHPS--02--De Títulos Opcionales y/o Warrants.--N
CFHPS--03--De Futuros.N
CFHPS--04--De Valores Extranjeros.--N
Afecto a: (011, 012, 013, 021, 022, 023, 024, 025, 031, 032, 033, 034, 035, 036, 037, 038, 039, 041, 042, 043, 044, 051, 052, 060, 071, 072, 073, 074, 075, 081, 082, 083, 091, 092, 093, 094, 095, 100, 111, 112, 131, 132, 133, 134, 141, 142, 151, 152, 153, 161, 162, 163, 164, 165, 171, 172, 173, 174)
Registrará el importe de las utilidades al realizar sus inversiones, respecto al costo de adquisición. Para pensiones el registro se hará de acuerdo a las disposiciones administrativas aplicables.
====> CAPTURADO EN: Captura General
6618 UTILIDAD EN VENTA DE INMUEBLES.
CFHPS--N
Afecto a: (011, 012, 013, 021, 022, 023, 024, 025, 031, 032, 033, 034, 035, 036, 037, 038, 039, 041, 042, 043, 044, 051, 052, 060, 071, 072, 073, 074, 075, 081, 082, 083, 091, 092, 093, 094, 095, 100, 111, 112, 131, 132, 133, 134, 141, 142, 151, 152, 153, 161, 162, 163, 164, 165, 171, 172, 173, 174)
Registrará la utilidad que la institución obtenga en la venta de sus inmuebles, respecto del valor neto de estos activos. Para pensiones el registro se hará de acuerdo a las disposiciones administrativas aplicables.
====> CAPTURADO EN: Captura General
91
CATALOGO DE CUENTAS
6619 PRODUCTOS DE INMUEBLES.
CFHPS--01--De Productos Regulares.--N
CFHPS--02--Adjudicados.--N
Afecto a: (011, 012, 013, 021, 022, 023, 024, 025, 031, 032, 033, 034, 035, 036, 037, 038, 039, 041, 042, 043, 044, 051, 052, 060, 071, 072, 073, 074, 075, 081, 082, 083, 091, 092, 093, 094, 095, 100, 111, 112, 131, 132, 133, 134, 141, 142, 151, 152, 153, 161, 162, 163, 164, 165, 171, 172, 173, 174)
Registrará el importe de las rentas cobradas por la institución, de los inmuebles que sean de su propiedad así como de aquellos que hayan sido adjudicados en pago y que no excedan el plazo legal para su enajenación, los cuales se encuentren arrendados. Para pensiones el registro se hará de acuerdo a las disposiciones administrativas aplicables.
====> CAPTURADO EN: Captura General
6620 RECARGOS SOBRE PRIMAS.
CHS--N
Afecto a: (011, 012, 013, 031, 032, 033, 034, 035, 036, 037, 038, 039, 041, 042, 043, 044, 051, 052, 060, 071, 072, 073, 074, 075, 081, 082, 083, 091, 092, 093, 094, 095, 100, 111, 112)
Registrará los recargos autorizados para el pago de prima de seguros fraccionada en parcialidades, que correspondan a periodos de igual duración.
====> CAPTURADO EN: Captura General
6621 CAMBIOS.
CFHPS--01--Por Posición Monetaria.--N
CFHPS--02--Por Operaciones Realizadas.--N
Afecto a: (011, 012, 013, 021, 022, 023, 024, 025, 031, 032, 033, 034, 035, 036, 037, 038, 039, 041, 042, 043, 044, 051, 052, 060, 071, 072, 073, 074, 075, 081, 082, 083, 091, 092, 093, 094, 095, 100, 111, 112, 131, 132, 133, 134, 141, 142, 151, 152, 153, 161, 162, 163, 164, 165, 171, 172, 173, 174)
Registrará en la subcuenta 01 el importe de las diferencias a favor o a cargo con motivo de la actualización al final del mes de los activos y pasivos en moneda extranjera que mantenga la institución, conforme a las disposiciones emitidas por la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas. En la subcuenta 02 se registrarán los importes a favor o a cargo derivados de operaciones realizadas en las que se haya obtenido utilidad o pérdida respecto al tipo de cambio vigente al día en que se celebró la operación y el equivalente con que se haya contabilizado. Para pensiones el registro se hará de acuerdo a las disposiciones administrativas aplicables.
====> CAPTURADO EN: Captura General
6622 UTILIDAD DE SUBSIDIARIAS SOBRE EL METODO DE PARTICIPACION.
CFHPS--N
Afecto a: (011, 012, 013, 021, 022, 023, 024, 025, 031, 032, 033, 034, 035, 036, 037, 038, 039, 041, 042, 043, 044, 051, 052, 060, 071, 072, 073, 074, 075, 081, 082, 083, 091, 092, 093, 094, 095, 100, 111, 112, 131, 132, 133, 134, 141, 142, 151, 152, 153, 161, 162, 163, 164, 165, 171, 172, 173, 174)
Registrará las utilidades por valuación con el método de participación. Para pensiones el registro se hará de acuerdo a las disposiciones administrativas aplicables.
====> CAPTURADO EN: Captura General
6623 INTERESES SOBRE VALORES EXTRANJEROS
CFHPSN
Afecto a: (011, 012, 013, 021, 022, 023, 024, 025, 031, 032, 033, 034, 035, 036, 037, 038, 039, 041, 042, 043, 044, 051, 052, 060, 071, 072, 073, 074, 075, 081, 082, 083, 091, 092, 093, 094, 095, 100, 111, 112, 131, 132, 133, 134, 141, 142, 151, 152, 153, 161, 162, 163, 164, 165, 171, 172, 173, 174)
Registrará el importe de los intereses devengados por la inversión en estos valores. Para pensiones el registro se hará de acuerdo a las disposiciones administrativas aplicables.
====> CAPTURADO EN: Captura General
6701 INGRESOS POR ADMINISTRACION.
CS--01--De Seguros Flexibles.--N
CS--02--De Pensiones.--N
CHS--03--Otros.--N
Afecto a: (011, 012, 013, 031, 032, 033, 034, 035, 036, 037, 038, 039, 041, 042, 043, 044, 051, 052, 060, 071, 072, 073, 074, 075, 081, 082, 083, 091, 092, 093, 094, 095, 100, 111, 112)
Registrará el importe de los ingresos que obtengan las instituciones de seguros por concepto de la administración ejercida por cuenta de sus asegurados, sobre los fondos en administración correspondiente a los planes de seguros de inversión.
====> CAPTURADO EN: Captura General
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