Resolución mediante la cual se revoca la autorización otorgada a Credit Lyonnais, para establecer una oficina de representación en México.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Subsecretaría de Hacienda y Crédito Público.- Unidad de Banca y Ahorro.
RESOLUCION UBA/042/2004
La Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a través de la Unidad de Banca y Ahorro, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 31 fracciones VII y XXV de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 7o. de la Ley de Instituciones de Crédito; novena fracción V inciso (i) y décima tercera fracción VI de las Reglas Aplicables al Establecimiento y Operación de Oficinas de Representación de Entidades Financieras del Exterior, a que se refiere el artículo 7o. de la Ley de Instituciones de Crédito, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 30 de mayo de 2000 y en ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 27 fracción XII del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, y en atención a los siguientes:
ANTECEDENTES
1. Esta Secretaría mediante oficio 305-I-A-28017 de fecha 4 de agosto de 1972 autorizó a Credit Lyonnais, a establecer una oficina de representación conjunta en México con Banco di Roma (Italia) y Commerzbank, A.G. (Alemania);
2. Derivado de la desintegración de la representación conjunta señalada en el antecedente número 1 previo, con oficio 356-I-BE-13324 de fecha 27 de diciembre de 1979, se autorizó a Credit Lyonnais a establecer una oficina de representación independiente en territorio nacional.
3. Mediante comunicados de fecha 18 de febrero de 2004, el señor Bernard Mignucci, en su carácter de Director del Polo Internacional del Area de Banca de Financiamiento e Inversión de Credit Lyonnais, S.A., resolvió (i) cerrar su oficina de representación en México, y (ii) transferir al personal, los activos y las obligaciones de la oficina de representación en México de Credit Lyonnais a la oficina de representación de Crédit Agricole Indosuez en México;
4. Por escrito de fecha 24 de marzo de 2004, el Representante General de Credit Lyonnais, solicitó a esta Secretaría, revoque con efectos a partir del 23 de abril de 2004, la autorización que concedió a esa Institución Financiera del Exterior para establecer una oficina de representación en México y transferir al personal, los activos y las obligaciones de la referida, a la oficina de representación de Crédit Agricole Indosuez en México;
5. Mediante oficios UBA/DGABM/448/2004 y UBA/DGABM/449/2004 de fecha 12 de abril de 2004, se solicitó la opinión de Banco de México y de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, respectivamente, en relación con la solicitud de que se hace referencia en el antecedente número 4 previo, y
CONSIDERANDO
1. Que Banco de México, mediante oficio Ref.: S53/25-04 de fecha 16 de abril de 2004, y la Comisión Nacional Bancaria y de Valores mediante oficio DGA-476-37296 de fecha 3 de mayo de 2004, respectivamente, emitieron opinión favorable para que se revoque la autorización para establecer y operar una oficina de representación en México otorgada a Credit Lyonnais, y se transfiera al personal, los activos y las obligaciones de la referida, a la oficina de representación en México de Crédit Agricole Indosuez;
2. Que el cierre de Credit Lyonnais, París, Francia; representación en México, obedece a que Crédit Agricole adquirió la mayoría de las acciones representativas del capital social de Credit Lyonnais; asimismo, derivado del proceso de integración de ambas instituciones, se decidió que las operaciones internacionales de Credit Lyonnais sean asumidas por Crédit Agricole Indosuez, en virtud de que es una filial al 100% de Crédit Agricole.
3. Que la solicitud de Credit Lyonnais, cumple con el procedimiento de revocación a que se refiere la fracción VI de la décima tercera de las Reglas Aplicables al Establecimiento y Operación de Oficinas de Representación de Entidades Financieras del Exterior, a que se refiere el artículo 7o. de la Ley de Instituciones de Crédito, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 30 de mayo de 2000, y
4. Que una vez analizada la información y documentación presentada, así como después de haber determinado la procedencia de la revocación en cuestión, emite la siguiente:
RESOLUCION
PRIMERO.- Se revoca la autorización que se otorgó mediante oficio 356-I-BE-13324 de fecha 27 de diciembre de 1979 a Credit Lyonnais, para establecer una oficina de representación en México.
SEGUNDO.- Se autoriza a Credit Lyonnais, París, Francia, representación en México, para que transfiera a su personal, los activos y las obligaciones de la referida, a la oficina de representación en México de Crédit Agricole Indosuez. Asimismo, la presente Revocación se expide sin perjuicio de las responsabilidades en que incurra la oficina de representación frente a cualquier persona, en razón de sus actividades.
TERCERO.- La presente Resolución se publicará en el Diario Oficial de la Federación, de conformidad con lo dispuesto por la décima tercera último párrafo de las Reglas Aplicables al Establecimiento y Operación de Oficinas de Representación de Entidades Financieras del Exterior, a que se refiere el artículo 7o. de la Ley de Instituciones de Crédito, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 30 de mayo de 2000, para los efectos legales que correspondan.
CUARTO.- La presente Resolución surtirá efectos al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Atentamente
Sufragio Efectivo. No Reelección.
México, D.F., a 6 de mayo de 2004.- En términos de lo establecido por el artículo 27 último párrafo del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, el Director General Adjunto de Banca Múltiple, Armando David Palacios Hernández.- Rúbrica.- El Director General Adjunto de Análisis Financiero y Vinculación Internacional, Sadi Lara Reyes.- Rúbrica.
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