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DOF: 29/06/2004 |
ACUERDO por el que se da a conocer la resolución respecto al proyecto de modificación de las regiones comerciales que se indican (Hidalgo). Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía. FERNANDO CANALES CLARIOND, Secretario de Economía, con fundamento en los artículos 34 fracción XXX de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 6o. fracciones III y IX, 7o. y 9o. de la Ley de Cámaras Empresariales y sus Confederaciones, y 5 fracción XVI del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía, y CONSIDERANDO Que el 30 de junio de 1998, esta dependencia publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que se dan a conocer las listas de actividades, giros y regiones comerciales e industriales, conforme a las cuales la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial autorizará la constitución de cámaras empresariales; Que esta Secretaría determinó integrar la lista de regiones comerciales contenidas en el Acuerdo en mención, en atención a la circunscripción que ocupaban las cámaras empresariales de comercio y de comercio en pequeño que a la fecha de su publicación se encontraban operando; Que el 9 de mayo de 2001, mediante la publicación en el Diario Oficial de la Federación del Acuerdo por el que se modifica el diverso por el que se dan a conocer las listas de actividades, giros y regiones comerciales e industriales, conforme a las cuales la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial autorizará la constitución de cámaras empresariales; se modificó el nombre del Acuerdo indicado, denominándolo Acuerdo por el que se dan a conocer las listas de actividades, giros y regiones comerciales e industriales, conforme a las cuales la Secretaría de Economía autorizará la constitución de cámaras empresariales; Que la Cámara de Comercio de Pachuca solicitó la modificación de la lista de regiones comerciales, contenida en el Acuerdo indicado, mediante la adecuación de las regiones que actualmente tienen los números 82, 83 y 84, correspondientes al Estado de Hidalgo; Que conforme al procedimiento establecido en el artículo 9o. de la Ley de Cámaras Empresariales y sus Confederaciones, esta dependencia del Ejecutivo Federal tramitó la petición de la interesada, con la publicación en el Diario Oficial de la Federación, el pasado 7 de enero, de un Acuerdo por el que dio a conocer el proyecto de modificación y mediante el cual se convocó a los interesados en emitir comentarios al respecto; Que durante el plazo de sesenta días naturales previsto en el artículo 9o. de la Ley de Cámaras Empresariales y sus Confederaciones, y en el transcurso del mismo lapso, respecto al proyecto difundido, esta Secretaría solicitó la opinión del Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática, y Que concluido el plazo, y una vez analizadas y estudiadas las opiniones recabadas, incluida la propia de esta dependencia por ser competente en materia comercial, he tenido a bien expedir el siguiente: ACUERDO POR EL QUE SE DA A CONOCER LA RESOLUCION RESPECTO AL PROYECTO DE MODIFICACION DE LAS REGIONES COMERCIALES QUE SE INDICAN PRIMERO. Con relación a la solicitud de la Cámara de Comercio de Pachuca, contenida en el Acuerdo de esta dependencia publicado en el Diario Oficial de la Federación el 7 de enero de 2004, se indica: 1. Durante el plazo de sesenta días naturales establecido en el artículo 9o. de la Ley de Cámaras Empresariales y sus Confederaciones, no se recibieron comentarios. 2. Asimismo, la Secretaría de Economía, solicitó al Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática, emitiera opinión respecto al proyecto. Esta solicitud tuvo como base los criterios económicos establecidos en el artículo 7o. de la Ley de Cámaras Empresariales y sus Confederaciones, de cuyo contenido se desprende que las regiones comerciales serán áreas geográficas conformadas por uno o varios municipios adyacentes de una entidad federativa, para lo cual, la Secretaría de Economía procurará la integración de la actividad comercial en las zonas geográficas de que se trate, que la población existente en las mismas sea preferentemente superior a doscientos mil habitantes y que cuenten por lo menos con mil quinientas empresas comerciales. 3. Por oficio número 1.7.0.4/02, del 29 de marzo de 2004, el Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática, emitió su opinión en la forma siguiente: [...] Sobre el particular, y con base en lo dispuesto por el artículo 7o. de la LCEC que señala que las Regiones Comerciales serán áreas geográficas conformadas por i) uno o varios municipios adyacentes de una entidad federativa y que procurará definir una Región Comercial, preferentemente cuando ii) su población sea superior a doscientos mil habitantes y iii) dentro de la circunscripción existan por lo menos un mil quinientas empresas comerciales, me permito -con información de los Censos Nacional de Población y Vivienda del año 2000 y Económicos de 1998- hacer de su conocimiento lo siguiente: [...] 3.- Municipios de Hidalgo Región 82 | Población 2000 | Unidades comerciales 1998 | Actopan | 46,010 | 1,036 | Almoloya | 10,290 | 73 | Apan | 39,513 | 743 | Atlapexco | 18,029 | 65 | Atotonilco El Grande | 25,423 | 350 | Calnali | 16,381 | 108 | Cardonal | 16,943 | 24 | Chapulhuacán | 20,362 | 96 | Chilcuautla | 15,069 | 40 | El Arenal | 14,223 | 109 | Eloxochitlán | 3,044 | 11 | Emiliano Zapata | 12,281 | 220 | Epazoyucan | 11,054 | 55 | Francisco I. Madero | 28,492 | 416 | Huasca de Ocampo | 15,308 | 54 | Huautla | 23,339 | 63 | Huazalingo | 11,130 | 15 | Huehuetla | 25,098 | 75 | Huejutla de Reyes | 108,239 | 1,147 | Ixmiquilpan | 75,833 | 1,264 | Jacala de Ledezma | 12,895 | 122 | Jaltocán | 10,100 | 49 | Juárez Hidalgo | 3,207 | 16 | La Misión | 11,051 | 20 | Lolotla | 9,867 | 13 | Metztitlán | 20,599 | 95 | Mineral de la Reforma | 42,223 | 498 | Mineral del Chico | 7,013 | 13 | Mineral del Monte | 12,885 | 258 | Molango de Escamilla | 10,769 | 94 | Nicolás Flores | 6,838 | 21 | Omitlán de Juárez | 8,022 | 42 | Pacula | 5,583 | 10 | Pachuca de Soto | 245,208 | 6,168 | Pisaflores | 16,530 | 46 | San Agustín Metzquititlán | 8,803 | 56 | San Agustín Tlaxiaca | 24,248 | 217 | San Bartolo Tutotepec | 18,650 | 84 | San Felipe Orizatlán | 37,685 | 173 | San Salvador | 28,980 | 37 | Santiago de Anaya | 13,582 | 34 | Tasquillo | 16,648 | 121 | Tenango de Doria | 17,175 | 61 | Tepeapulco | 49,539 | 970 | Tepehuacán de Guerrero | 25,880 | 14 | Tianguistengo | 13,590 | 33 | Tizayuca | 46,344 | 914 | Tlahuiltepa | 10,425 | 4 | Tlanalapa | 9,839 | 140 | Tlanchinol | 32,265 | 93 | Tolcayuca | 11,317 | 129 | Villa de Tezontepec | 8,982 | 131 | Xochiatipan | 16,977 | 26 | Xochicoatlán | 7,519 | 17 | Yahualica | 20,727 | 44 | Zacualtipán de Angeles | 24,933 | 407 | Zapotlán de Juárez | 14,888 | 290 | Zempoala | 24,516 | 121 | Zimapán | 37,435 | 466 | Total | 1,479,798 | 18,011 | Corresponde mencionar que para la Región 82 los municipios Huehuetla, San Bartolo Tutotepec y Tenango de Doria, colindan entre sí pero no con el resto de los municipios de dicha Región. Municipios de Hidalgo Región 83 | Población 2000 | Unidades comerciales 1998 | Ajacuba | 14,507 | 281 | Atitalaquia | 21,636 | 189 | Atotonilco de Tula | 24,848 | 356 | Tepeji del Río de Ocampo | 67,858 | 975 | Tepetitlán | 8,498 | 30 | Tetepango | 8,935 | 128 | Tezontepec de Aldama | 38,718 | 694 | Tlahuelipan | 13,936 | 327 | Tlaxcoapan | 22,641 | 475 | Tula de Allende | 86,840 | 1,610 | Total | 308,417 | 5,065 | Municipios de Hidalgo Región 84 | Población 2000 | Unidades comerciales 1998 | Acatlán | 18,619 | 76 | Acaxochitlán | 36,978 | 228 | Agua Blanca de Iturbide | 8,515 | 66 | Cuautepec de Hinojosa | 45,110 | 430 | Metepec | 10,200 | 50 | Santiago Tulantepec de Lugo Guerrero | 26,254 | 231 | Singuilucan | 13,269 | 94 | Tulancingo de Bravo | 122,274 | 3,043 | Total | 281,219 | 4,218 | Adicionalmente, salvo lo señalado en el numeral 3 de esta respuesta, los municipios de las Regiones Comerciales tienen colindancia entre sí. 4. Al mismo tiempo, esta dependencia, previo estudio de su Dirección General de Comercio Interior y Economía Digital, adscrita a la Subsecretaría de Industria y Comercio, consideró: [...] Conforme a la información consultada en el Censo Nacional de Población y Vivienda 2000 (CONAPO) y en los Censos Económicos 1999 (INEGI), la modificación de las regiones comerciales cumple con los dos requisitos que marca la ley con respecto a la población y al número de establecimientos comerciales.[...] 5. De acuerdo con estas opiniones, lo establecido en la lista de regiones comerciales dada a conocer a través del Acuerdo publicado el 30 de junio de 1998, los expedientes de las cámaras de comercio del Estado de Hidalgo que obran en esta dependencia, y los criterios previstos en el artículo 7o. de la Ley de Cámaras Empresariales y sus Confederaciones, se llevó a cabo el análisis correspondiente, cuyo resultado fue el siguiente: A. En 1998, la conformación de las regiones comerciales fue determinada en atención a la circunscripción que ocupaban las cámaras de comercio, constituidas con anterioridad a la entrada en vigor de la Ley de Cámaras Empresariales y sus Confederaciones. B. Se establecieron cuatro regiones comerciales para el Estado de Hidalgo, identificadas con los números 82 a 85, e integradas, respectivamente, con los municipios de: Actopan, Agua Blanca de Iturbide, Alfajayucan, Almoloya, Apan, Atlapexco, Atotonilco, Calnali, Ciudad Sahagún, Chapantongo, Chilcuautla, El Arenal, El Cardonal, El Grande, Eloxochitlán, Emiliano Zapata, Epazoyucan, Francisco I. Madero, Huasca de Ocampo, Huautla, Huazalingo, Huehuetla, Huejutla, Huichapan, Ixmiquilpan, Jacala de Ledezma, Jaltocán, Juárez, Metztitlán, Mineral de la Reforma, Mineral del Chico, Mineral del Monte, Molango, Omitlán de Juárez, San Felipe Orizatlán, Pacula, Pachuca de Soto, Pisaflores, San Agustín Tlaxiaca, San Bartolo Tutotepec, San Salvador, Santiago de Anaya, Santa María, Tasquillo, Tecozautla, Tepeapulco, Tepehuacán de Guerrero, Tepeji del Río, Tezonotepec de Aldama, Tianguistengo, Tlahuelilpan, Tlanalapa, Tlanchinol, Tizayuca, Tolcayuca, Xochiatipan, Xochicoatlán, Yahualica, Zapotlán de Juárez, Zacualtipán y Zempoala; Mixquiahula de Juárez, Tula de Allende y Tepeji del Río Ocampo; Acatlán, Acaxochitlán, Agua Blanca, Cuautepec, Metepec, Santiago Tulantepec, Singuilucan y Tulancingo, y Chapulhuacán, Lolotla, Metztitlán, La Misión, Nicolás Flores y Zimapán. C. Mediante la resolución administrativa número 110-25-26-12737/02 011/18740-1 de fecha 29 de octubre de 2002, se delimitó la circunscripción de las cámaras de comercio de Pachuca, Tula y Tulancingo. D. La Cámara de Comercio de Pachuca, solicitó la adecuación de las regiones comerciales identificadas con los números 82, 83 y 84, en los términos de la resolución mencionada en el inciso anterior. E. De acuerdo con lo establecido en el artículo 7o. de la Ley de Cámaras Empresariales y sus Confederaciones, se analizó la situación geográfica de los municipios que conforman el proyecto de modificación, observando el parámetro que señala la disposición: [...] Las regiones comerciales serán áreas geográficas conformadas por uno o varios municipios adyacentes de una entidad federativa [...] ; concluyéndose que los municipios de las regiones 82, 83 y 84 sí cumplieron con el parámetro, salvo los municipios de Huehuetla, San Bartolo Tutotepec y Tenango de Doria. Asimismo, esta dependencia verificó la integración de la actividad comercial en esas zonas geográficas, y si las mismas presentaban una población superior a los doscientos mil habitantes y si en ellas existían, por lo menos, mil quinientas empresas comerciales. Conforme a la información proporcionada a esta dependencia, los municipios objeto de estudio sí cumplieron con estos requisitos. F. Como fuera observado por el Instituto Nacional de Estadísticas, Geografía e Informática, los municipios de Huehuetla, San Bartolo Tutotepec y Tenango de Doria, al no ser adyacentes al conjunto de la región comercial 82, en términos de lo dispuesto por el artículo 7o. de la Ley de Cámaras Empresariales y sus Confederaciones, no pueden formar parte de dicha territorialidad; sin embargo, de acuerdo con el análisis de la resolución administrativa indicada anteriormente, se desprende que los municipios en cuestión están integrados comercialmente a la circunscripción de la Cámara de Comercio de Pachuca desde el momento de su constitución, en el año de 1950, por lo que seguirán formando parte de la región 82. G. Tomando en consideración lo anterior, es procedente que mediante este Acuerdo se modifiquen las regiones comerciales números 82, 83 y 84, en los términos señalados en el Proyecto de Regiones Comerciales publicado el 7 de enero de 2004. SEGUNDO. Considerando las opiniones y conclusiones señaladas, en cumplimiento de lo establecido en los artículos 7o. y 9o. de la Ley de Cámaras Empresariales y sus Confederaciones, y por tratarse de un asunto de interés público, la Secretaría de Economía determina modificar las regiones comerciales números 82, 83 y 84, con los municipios que se indican en el presente. En este sentido, se declara que es procedente llevar a cabo las adecuaciones del caso en la lista de regiones comerciales dada a conocer mediante el Acuerdo de esta dependencia, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de junio de 1998. Los municipios que conforman las regiones comerciales números 82, 83 y 84, son: Región | Municipio | Hidalgo | 82. | Actopan, Almoloya, Apan, Atlapexco, Atotonilco El Grande, Calnali, Cardonal, Chapulhuacán, Chilcuautla, El Arenal, Eloxochitlán, Emiliano Zapata, Epazoyucan, Francisco I. Madero, Huasca de Ocampo, Huautla, Huazalingo, Huehuetla, Huejutla de Reyes, Ixmiquilpan, Jacala de Ledezma, Jaltocán, Juárez Hidalgo, La Misión, Lolotla, Metztitlán, Mineral de la Reforma, Mineral del Chico, Mineral del Monte, Molango de Escamilla, Nicolás Flores, Omitlán de Juárez, Pacula, Pachuca de Soto, Pisaflores, San Agustín Metzquititlán, San Agustín Tlaxiaca, San Bartolo Tutotepec, San Felipe Orizatlán, San Salvador, Santiago de Anaya, Tasquillo, Tenango de Doria, Tepeapulco, Tepehuacán de Guerrero, Tianguistengo, Tizayuca, Tlahuiltepa, Tlanalapa, Tlanchinol, Tolcayuca, Villa de Tezontepec, Xochiatipan, Xochicoatlán, Yahualica, Zacualtipán de Angeles, Zapotlán de Juárez, Zempoala y Zimapán. | 83. | Ajacuba, Atitalaquia, Atotonilco de Tula, Tepeji del Río de Ocampo, Tepetitlán, Tetepango, Tezontepec de Aldama, Tlahuelilpan, Tlaxcoapan y Tula de Allende. | 84. | Acatlán, Acaxochitlán, Agua Blanca de Iturbide, Cuautepec de Hinojosa, Metepec, Santiago Tulantepec de Lugo Guerrero, Singuilucan y Tulancingo de Bravo. | TRANSITORIO UNICO. El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. México, D.F., a 21 de junio de 2004.- El Secretario de Economía, Fernando Canales Clariond.- Rúbrica.
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