DOF: 04/02/2004

ACUERDO mediante el cual se modifica, para su aplicación, el Dispositivo Nacional de Emergencia en los términos del artículo 46 de la Ley Federal de Sanidad Vegetal, con el objeto de erradicar los brotes de Mosca del Mediterráneo en los municipios de Angel Albino Corzo, Frontera Comalapa, Chicomuselo y La Concordia en el Estado de Chiapas.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación.

  JAVIER BERNARDO USABIAGA ARROYO, Secretario de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 26, 35 fracción IV de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1o., 2o., 3o., 6o., 7o. fracciones I, XIII, XIX, XX, XXI y XXV, 19 fracción I incisos e), g) y l); 22, 23, 24, 29, 30 y 46 de la Ley Federal de Sanidad Vegetal; 1o., 2o., 6o. y 49 del Reglamento Interior vigente de esta Secretaría, y

CONSIDERANDO

  Que con fecha 26 de octubre de 2000 se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Acuerdo por el que se instrumenta el Dispositivo Nacional de Emergencia en los términos del artículo 46 de la Ley Federal de Sanidad Vegetal, con el objeto de erradicar los brotes de la Mosca del Mediterráneo en algunos municipios del Estado de Chiapas.

  Que ante la aplicación de medidas fitosanitarias contra la Mosca del Mediterráneo en el Estado de Chiapas, se logró erradicar dicha plaga de cinco municipios completos y dos en forma parcial de esa entidad federativa; por lo que en virtud de lo anterior, con fecha 29 de julio de 2002, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por que se modifican diversos puntos del similar por el que se instrumenta el Dispositivo Nacional de Emergencia en los términos del artículo 46 de la Ley Federal de Sanidad Vegetal, con el objeto de erradicar los brotes de la Mosca del Mediterráneo en algunos municipios del Estado de Chiapas.

  Que ante los brotes detectados en los municipios de Ocosingo, Chiapas y Tenosique, Tabasco, se publicó, con fecha 26 de septiembre de 2002, en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que se modifica para su ampliación el similar por el que se instrumenta el Dispositivo Nacional de Emergencia en los términos del artículo 46 de la Ley Federal de Sanidad Vegetal, con el objeto de erradicar los brotes de la Mosca del Mediterráneo en los municipios precitados.

  Que recientemente el sistema preventivo ha detectado algunos especímenes adultos de la Mosca del Mediterráneo en los municipios de Angel Albino Corzo, Frontera Comalapa, Chicomuselo y La Concordia, Chiapas, mismos que requieren ser sometidos a un programa de erradicación mediante la aplicación de un manejo integrado de la plaga.

  Que en cumplimiento a lo previsto en el punto 4.6 de la Norma Oficial Mexicana NOM-076-FITO-1999, Sistema Preventivo y Dispositivo Nacional de Emergencia contra las moscas exóticas de la fruta y que con el objeto de erradicar la plaga en los municipios antes señalados, he tenido a bien expedir el siguiente:

ACUERDO

  ARTICULO PRIMERO.- Se aplican las acciones del Dispositivo Nacional de Emergencia contra la Mosca del Mediterráneo en los municipios de Angel Albino Corzo, Frontera Comalapa, Chicomuselo y La Concordia, en el Estado de Chiapas.

  ARTICULO SEGUNDO.- Las medidas de control y erradicación se aplicarán en los términos de las disposiciones legales vigentes.

TRANSITORIO

  UNICO.- El presente Acuerdo entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación y tendrá una vigencia de seis meses a partir de la fecha de su publicación.

  Ciudad de México, Distrito Federal, a veintiséis de enero de dos mil cuatro.- El Secretario de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, Javier Bernardo Usabiaga Arroyo.- Rúbrica.



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