DOF: 04/02/2004

ACUERDO mediante el cual se destinan al servicio de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, dos inmuebles con superficies de 308.00 y 197.50 metros cuadrados, ubicados en la ciudad de Irapuato, Estado de Guanajuato, y en Ciudad Hidalgo, Estado de Michoacán, respectivamente, a efecto de que los continúe utilizando con oficinas de su órgano desconcentrado Servicio de Administración Tributaria.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de la Función Pública.

  EDUARDO ROMERO RAMOS, Secretario de la Función Pública, con fundamento en los artículos 2o. fracción V, 8o. fracción I, 9o. párrafo primero, 10 párrafo primero, 37, 39, 41 y 44 de la Ley General de Bienes Nacionales; 37 fracciones VI, XX, XXII y XXIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, y

CONSIDERANDO

  Que dentro de los bienes de dominio público de la Federación se encuentran los siguientes:

- Inmueble con superficie de 308.00 metros cuadrados, ubicado en la calle Juan de Arreola número 568, identificado como lote número 14 de la manzana F del fraccionamiento Prolongación Colonia Moderna, de la ciudad de Irapuato, Estado de Guanajuato, cuya propiedad se acredita mediante escritura pública número 68 de fecha 27 de septiembre de 1994, otorgada por el Notario Público número 44 del Estado de Guanajuato, en la que consta la dación en pago a favor del Gobierno Federal del bien señalado, documento inscrito en el Registro Público de la Propiedad Federal bajo el folio real número 37618 el 6 de mayo de 1997.

- Inmueble con superficie de 197.50 metros cuadrados, ubicado en la calle Carlos Salazar número 18, identificado como lote número 18 de la manzana B del fraccionamiento Rosa de Castilla, en Ciudad Hidalgo, Estado de Michoacán, cuya propiedad se acredita mediante escritura pública número 20 de fecha 3 de julio de 1997, otorgada por el Notario Público número 93 del Estado de Michoacán, en la que consta la adjudicación a favor del Gobierno Federal del bien señalado, documento inscrito en el Registro Público de la Propiedad Federal bajo el folio real número 54767 el 11 de mayo de 2000.

  Los inmuebles antes descritos tienen las medidas y colindancias que se consignan en los títulos de propiedad correspondientes, los cuales obran en el expediente respectivo;

  Que la Tesorería de la Federación, mediante oficios números 401-DGACM-013 y 401-DGACM-059 de fechas 26 de enero y 14 de febrero de 2000, respectivamente, puso a disposición de la entonces Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo, actualmente Secretaría de la Función Pública, los inmuebles objeto de este Acuerdo, a fin de ser incorporados al patrimonio inmobiliario federal;

  Que el Servicio de Administración Tributaria, órgano desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, por oficios números 327-SAT-III-B3-000221 y 327-SAT-III-B3-000265 de fechas 22 de agosto y 5 de septiembre de 2002, respectivamente, ha manifestado su interés a fin de que se destinen para su uso los inmuebles descritos en el primer párrafo de estos considerandos, a efecto de continuar utilizándolos con oficinas;

  Que la Dirección de Desarrollo Urbano del H. Ayuntamiento Constitucional de Irapuato, Estado de Guanajuato, mediante licencia de uso de suelo número D.D.U.2968/2003 de fecha 25 de marzo de 2003 y la Delegación de la Secretaría de Desarrollo Social en el Estado de Michoacán, por oficio número 129.2.1-075 de fecha 16 de agosto de 2001, determinaron procedente el uso que se le viene dando a los inmuebles materia del presente ordenamiento, ya que resulta compatible con los Programas de Desarrollo Urbano de las localidades en que cada uno se ubica, y

  Que toda vez que se han integrado los expedientes respectivos con base en las disposiciones de la Ley General de Bienes Nacionales y siendo propósito del Ejecutivo Federal dar al patrimonio inmobiliario federal el óptimo aprovechamiento, dotando en la medida de lo posible a las dependencias de la Administración Pública Federal con los elementos que les permitan el mejor desempeño de sus funciones, he tenido a bien expedir el siguiente:

ACUERDO

  PRIMERO.- Se destinan al servicio de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público los inmuebles descritos en el párrafo primero de los considerandos del presente Acuerdo, a efecto de que los continúe utilizando con oficinas de su órgano desconcentrado Servicio de Administración Tributaria.

  SEGUNDO.- Si la Secretaría de Hacienda y Crédito Público diere a los inmuebles que se le destinan un uso distinto al establecido en el presente Acuerdo, sin la previa autorización de la Secretaría de la Función Pública, o bien los dejare de utilizar o necesitar, dichos bienes con todas sus mejoras y accesiones se retirarán de su servicio para ser administrados por esta dependencia.

  TERCERO.- La Secretaría de la Función Pública, en el ámbito de sus atribuciones, vigilará el estricto cumplimiento del presente ordenamiento.

TRANSITORIO

  UNICO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

  Sufragio Efectivo. No Reelección.

  México, Distrito Federal, a los veintiséis días del mes de enero de dos mil cuatro.- El Secretario de la Función Pública, Eduardo Romero Ramos.- Rúbrica.


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