DOF: 04/02/2004

CALENDARIO anual de suspensión de labores de la Comisión Federal de Telecomunicaciones para el año dos mil cuatro.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Comisión Federal de Telecomunicaciones.- Pleno de la Comisión Federal de Telecomunicaciones.

  CALENDARIO ANUAL DE SUSPENSION DE LABORES DE LA COMISION FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES PARA EL AÑO DOS MIL CUATRO.

  Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 4, 28 y 30 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 30 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado; primero, segundo fracción XVI y quinto fracción IV del Decreto por el que se crea la Comisión Federal de Telecomunicaciones; 37 Bis fracción XXX del Decreto por el que se reforma, adiciona y deroga el Reglamento Interior de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, 1, 15 fracciones XVIII y XXI, 17 fracciones I, II y IV del Reglamento Interno de la Comisión Federal de Telecomunicaciones, el Pleno de la Comisión Federal de Telecomunicaciones, resolvió lo siguiente:

RESOLUTIVOS

  PRIMERO.- Se aprueba el Calendario Anual de la Comisión Federal de Telecomunicaciones para el año dos mil cuatro, que contempla la suspensión de labores para efectos de recepción de documentos en la Oficialía de Partes de la Comisión, además de los sábados y domingos, en los siguientes días los cuales se considerarán como inhábiles para efecto del cómputo de plazos:

  • 5 y 6 de febrero;
  • 7, 8 y 9 de abril;
  • 5 de mayo;
  • 26 al 30 de julio;
  • 1, 16 y 17 de septiembre;
  • 20 al 31 de diciembre.

  El horario para la recepción de documentos en la Oficialía de Partes de la Comisión en los días hábiles será de 9:00 a 18:00 horas.

  Lo anterior, sin perjuicio de que el Pleno de la Comisión Federal de Telecomunicaciones, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 28 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, pueda de oficio o a petición de parte interesada, habilitar días y horas inhábiles, cuando así lo requiera el asunto de que se trate.

  SEGUNDO.- La Comisión Federal de Telecomunicaciones podrá modificar en todo tiempo el presente Calendario, previa publicación en el Diario Oficial de la Federación.

  TERCERO.- Publíquese en el Diario Oficial de la Federación.

  La presente Resolución fue aprobada, en todos y cada uno de sus términos, por el Pleno de la Comisión Federal de Telecomunicaciones en su I sesión ordinaria mediante Acuerdo P/130104/1 de fecha 13 de enero de 2004.

  México, D.F., a 13 de enero de 2004.- El Presidente, Jorge Arredondo Martínez.- Rúbrica.- El Comisionado, Abel Mauro Hibert Sánchez.- Rúbrica.- La Comisionada, Clara Luz Alvarez González de Castilla.- Rúbrica.

  (R.- 190875)


(Primera Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 4 de febrero de 2004


Miércoles 4 de febrero de 2004 DIARIO OFICIAL 



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