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DOF: 04/02/2004

AVISO sobre eliminación de cuotas compensatorias.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía.

AVISO SOBRE ELIMINACION DE CUOTAS COMPENSATORIAS

  Con fundamento en los artículos 70-A y 70-B de la Ley de Comercio Exterior; 109 de su Reglamento; 11.3 del Acuerdo relativo a la Aplicación del Artículo VI del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio de 1994, y 16 fracción I del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía, se comunica a los productores nacionales y a cualquier otra persona que tenga interés jurídico, que las cuotas definitivas impuestas a los productos que a continuación se enumeran, se eliminarán a la fecha del vencimiento que respectivamente se señala en el presente Aviso, vía un Acuerdo declaratorio de eliminación de cuotas compensatorias que publicaría esta Secretaría en el Diario Oficial de la Federación.

  Lo anterior, salvo que el productor nacional interesado presente por escrito en los términos de la legislación de la materia, su interés de que se inicie un procedimiento de examen para determinar las consecuencias de la supresión de la cuota compensatoria y una propuesta de periodo de examen de 6 meses a un año comprendido en el tiempo de vigencia de la cuota compensatoria, al menos 25 días antes del término de la vigencia de la misma.

PRODUCTO PARTIDA O FRACCION ARANCELARIA* PAIS DE ORIGEN FECHA DE VENCIMIENTO
Fluorita grado ácido 2529.22.01 República Popular China 11 de mayo de 2004
Encendedores de gas no recargables, de bolsillo 9613.10.01 República Popular China 15 de mayo de 2004
Carne de bovino congelada en canales o medias canales, deshuesadas y sin deshuesar 0202.10.01

0202.20.99

0202.30.01

Comunidad Europea 4 de junio de 2004
Lámina rolada en frío 7209.16.01

7209.17.01

Federación de Rusia

República de Kazajstán

República de Bulgaria

30 de junio de 2004
Bicicletas, llantas y cámaras para bicicletas 4011.50.01

4013.20.01

8712.00.01

8712.00.02

8712.00.03

8712.00.04

8712.00.99

República Popular China 23 de septiembre de 2004
Candados de latón y de bronce 8301.10.01 República Popular China 23 de septiembre de 2004
Poliestireno Cristal 3903.19.02

3903.19.99

Comunidad Europea 24 de septiembre de 2004
Hilados y tejidos de fibras sintéticas y artificiales Diversas fracciones arancelarias de las partidas 3005, 5204 a la 5212, 5307 a la 5311, 5401, 5402, 5404, 5407, 5408, 5501, 5506, 5508, 5509, 5510, 5511, 5512, 5513, 5514, 5515, 5516, 5803, 5911 República Popular China 19 de octubre de 2004
Lápices 9609.10.01 República Popular China 19 de octubre de 2004
Prendas de vestir y otras confecciones textiles Diversas fracciones arancelarias de las partidas 6101 a la 6117, 6201 a la 6217 y de la 6301 a la 6310 República Popular China 19 de octubre de 2004
Juguetes Diversas fracciones arancelarias de las partidas 9501, 9502, 9503, 9504, 9505, 9506, 9507 y 9508 República Popular China 26 de noviembre de 2004

  * Nota: Toda vez que la cuota compensatoria se impone al producto independientemente de su clasificación arancelaria, dicha clasificación corresponderá a la prevista en la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación vigente al momento de la presentación de la manifestación de interés.

  Para mayor información dirigirse a la Unidad de Prácticas Comerciales Internacionales de la Secretaría de Economía, sita en Insurgentes Sur 1940, planta baja, colonia Florida, código postal 01030, en México, D.F., o bien al teléfono 52 29 61 00, extensiones 3105 y 3106.

  México, D.F., a 22 de enero de 2004.- El Jefe de la Unidad de Prácticas Comerciales Internacionales, Alejandro N. Gómez Strozzi.- Rúbrica.


(Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 4 de febrero de 2004


Miércoles 4 de febrero de 2004 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 



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