ACUERDO que autoriza el ajuste a las tarifas para suministro y venta de energía eléctrica.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
JOSE FRANCISCO GIL DIAZ, Secretario de Hacienda y Crédito Público, con fundamento en los artículos 26 y 31 fracción X de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 15 fracción V de la Ley de Planeación, y 12 fracción VII, 30, 31 y 32 de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica, y
CONSIDERANDO
Que el Secretario de Energía, a instancia de la Comisión Federal de Electricidad, solicitó a esta Secretaría el ajuste a las tarifas que rigen la venta de energía eléctrica en el país;
Que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 31 de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica, compete a esta Secretaría, con la participación de las de Economía y de Energía y a propuesta de la Comisión Federal de Electricidad, fijar las tarifas eléctricas, así como su ajuste;
Que se debe continuar con el esfuerzo del Gobierno Federal por obtener mayores recursos para que los organismos descentralizados del sector de energía eléctrica puedan otorgar este servicio de manera suficiente y con calidad, mediante la aplicación de las tarifas de energía eléctrica destinada a la producción y provisión de bienes y servicios públicos federales, y
Que habiendo recabado la opinión de las secretarías de Energía y de Economía, esta Secretaría ha tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO QUE AUTORIZA EL AJUSTE A LAS TARIFAS PARA SUMINISTRO Y VENTA DE ENERGIA ELECTRICA
ARTICULO PRIMERO.- Se autoriza a los organismos descentralizados Comisión Federal de Electricidad y Luz y Fuerza del Centro, a quienes en lo sucesivo se les denominará el suministrador , el ajuste a las tarifas para suministro y venta de energía eléctrica, conforme a lo dispuesto en el presente Acuerdo.
ARTICULO SEGUNDO.- El suministrador continuará aplicando lo establecido en el artículo sexto del Acuerdo que autoriza el ajuste y modificación a las tarifas para suministro y venta de energía eléctrica y que modifica las disposiciones complementarias a las tarifas para suministro y venta de energía eléctrica, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 17 de enero de 2003.
TRANSITORIOS
PRIMERO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente a su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
SEGUNDO.- El presente Acuerdo deberá publicarse en dos periódicos de circulación nacional.
TERCERO.- Se derogan las disposiciones administrativas en materia tarifaria que se opongan a lo establecido en este Acuerdo.
Sufragio Efectivo. No Reelección.
México, D.F., a 20 de enero de 2004.- El Secretario de Hacienda y Crédito Público, José Francisco Gil Díaz.- Rúbrica.
(Primera Sección) DIARIO OFICIAL Viernes 23 de enero de 2004
Viernes 23 de enero de 2004 DIARIO OFICIAL (Primera Sección)
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