DOF: 26/01/2004

DECRETO por el que se incorpora al régimen de dominio público de la Federación, el inmueble con superficie de 4,321.68 metros cuadrados, ubicado en la avenida Universidad número 890, identificado como lote número 1, de la manzana 148, del Fraccionamiento Rincón de la Merced, de la ciudad de Torreón, Estado de Coahuila, y se destina al servicio de la Procuraduría General de la República, a efecto de que lo utilice con las oficinas administrativas de la sede de su Delegación en el Estado de Coahuila.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.

  VICENTE FOX QUESADA, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio de la facultad que me confiere la fracción I del artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con fundamento en los artículos 3o., fracción VI; 4o.; 8o., fracción I; 9o., párrafo primero; 10, párrafo primero; 17, fracción II y último párrafo; 37; 38; 39; 41; 44, y 57 de la Ley General de Bienes Nacionales; 37 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, y

CONSIDERANDO

  Que dentro de los bienes de dominio privado de la Federación se encuentra el inmueble con superficie de 4,321.68 metros cuadrados, ubicado en la Avenida Universidad número 890, identificado como lote número 1, de la manzana 148, del Fraccionamiento Rincón de la Merced , de la ciudad de Torreón, Estado de Coahuila, cuya propiedad se acredita con el contrato de donación de fecha 27 de noviembre de 2002, protocolizado mediante escritura pública número 1 de la misma fecha, otorgada por el Notario Público número 14 de la ciudad de Torreón, Estado de Coahuila, inscrita en el Registro Público de la Propiedad Federal bajo el folio real número 68789 el 21 de febrero de 2003, con las medidas y colindancias que se consignan en el propio título de propiedad, que obra en el expediente respectivo;

  Que la Procuraduría General de la República ha solicitado se destine a su servicio el inmueble descrito en el considerando precedente, a efecto de utilizarlo con las oficinas administrativas de la sede de su Delegación en el Estado de Coahuila;

  Que la Dirección General de Desarrollo Urbano del H. Ayuntamiento Constitucional de Torreón, Estado de Coahuila, mediante oficio número DU-01313-2003 de fecha 29 de abril de 2003, hizo constar que el uso que se le pretende dar al inmueble a que alude el considerando primero de este Decreto es permitido, conforme al Plan Director de Desarrollo Urbano de la localidad en que se ubica;

  Que la Secretaría de la Función Pública, en su carácter de autoridad encargada de conducir la política inmobiliaria de la Administración Pública Federal, ha considerado conveniente destinar a la Procuraduría General de la República el inmueble materia del presente ordenamiento, ya que ello contribuirá a que ésta cuente con los elementos que le permitan el mejor desempeño de las funciones de procuración de justicia a su cargo, y

  Que siendo propósito del Ejecutivo Federal a mi cargo dar al patrimonio inmobiliario federal el óptimo aprovechamiento, propiciando que a los bienes que lo constituyen se les dé el uso que mejor convenga, he tenido a bien expedir el siguiente

DECRETO

  ARTÍCULO PRIMERO.- Se incorpora al régimen de dominio público de la Federación, el inmueble descrito en el considerando primero del presente ordenamiento.

  Se destina dicho inmueble al servicio de la Procuraduría General de la República, a efecto de que lo utilice con las oficinas administrativas de la sede de su Delegación en el Estado de Coahuila, sin perjuicio de que la Secretaría de la Función Pública pueda, en su caso, modificar este destino mediante Acuerdo.

  ARTÍCULO SEGUNDO.- Si la Procuraduría General de la República diere al inmueble que se le destina, un uso distinto al establecido, sin la previa autorización de la Secretaría de la Función Pública, o bien lo dejare de utilizar o necesitar, dicho bien con todas sus mejoras y accesiones se retirará de su servicio para ser administrado por esta última dependencia.

  ARTÍCULO TERCERO.- La Secretaría de la Función Pública vigilará el estricto cumplimiento de este Decreto.

TRANSITORIO

  ÚNICO.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

  Dado en la Residencia del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los dieciséis días del mes de enero de dos mil cuatro.- Vicente Fox Quesada.- Rúbrica.- El Secretario de la Función Pública, Eduardo Romero Ramos.- Rúbrica.


(Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 26 de enero de 2004


Lunes 26 de enero de 2004 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 



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