|
DOF: 11/05/2004 |
Resolución que adiciona, modifica y deroga a la resolución por la que se da a conocer el anexo de la diversa que establece el mecanismo para garantizar el pago de contribuciones en mercancías sujetas a precios estimados por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, publicada el 29 de marzo de 2002. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público. Con fundamento en los artículos 16 y 31 fracción XXV de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 42 fracción VI del Código Fiscal de la Federación; 36 fracción I inciso e), 43, 86-A fracción I, 144 fracción XIII y 158 de la Ley Aduanera, y 1o., 4o. y 6o. fracción XXXIV del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, esta Secretaría resuelve expedir la siguiente: RESOLUCION QUE ADICIONA, MODIFICA Y DEROGA A LA RESOLUCION POR LA QUE SE DA A CONOCER EL ANEXO DE LA DIVERSA QUE ESTABLECE EL MECANISMO PARA GARANTIZAR EL PAGO DE CONTRIBUCIONES EN MERCANCIAS SUJETAS A PRECIOS ESTIMADOS POR LA SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO, PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 29 DE MARZO DE 2002 PRIMERO.- Se adicionan las siguientes fracciones arancelarias al Anexo de la diversa que establece el mecanismo para garantizar el pago de contribuciones en mercancías sujetas a precios estimados por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 29 de marzo de 2002 y sus posteriores modificaciones publicadas en ese mismo órgano de difusión. FRACCION ARANCELARIA | DESCRIPCION | UNIDAD COMERCIAL | PRECIO ESTIMADO (DOLARES E.U.A. POR UNIDAD COMERCIAL) | 7304.10.02 | Tubos laminados en caliente, sin recubrimiento u otros trabajos de superficie, incluidos los tubos laminados en caliente barnizados o laqueados: de diámetro exterior superior a 114.3 mm sin exceder de 406.4 mm y espesor de pared igual o superior a 6.35 mm sin exceder de 38.1 mm. | Kg | 0.704 | 7304.10.03 | Tubos laminados en caliente, sin recubrimiento u otros trabajos de superficie, incluidos los tubos laminados en caliente barnizados o laqueados: de diámetro exterior igual o superior a 406.4 mm y espesor de pared igual o superior a 9.52 mm sin exceder de 31.75 mm. | Kg | 1.027 | 7304.10.04 | Tubos laminados en frío, sin recubrimiento u otros trabajos de superficie, incluidos los tubos laminados en frío barnizados o laqueados: de diámetro exterior inferior o igual a 114.3 mm y espesor de pared igual o superior a 1.27 mm sin exceder de 9.5 mm. | | | | a) Diámetro exterior menor a 1 . | Kg | 1.082 | | b) Diámetro exterior de 1 a 4 ½ . | Kg | 0.689 | 7304.29.01 | Tubos de entubación ( Casing ), laminados en caliente, con extremos roscados, de diámetro exterior igual o superior a 114.3 mm sin exceder de 346.1 mm. | | | | a) Tubería de revestimiento ( Casing ) en acero al carbono. | Kg | 0.841 | | b) Tubería de revestimiento ( Casing ) en acero aleado. | Kg | 0.934 | 7304.29.02 | Tubos de entubación ( Casing ), laminados en caliente, con extremos roscados, de diámetro exterior igual o superior a 460.4 mm sin exceder de 508 mm. | | | | a) Tubería de revestimiento ( Casing ) en acero al carbono. | Kg | 0.917 | | b) Tubería de revestimiento ( Casing ) en acero aleado. | Kg | 1.018 | 7304.29.05 | Tubos de producción ( Tubing ), laminados en caliente, roscados, de diámetro exterior inferior o igual a 114.3 mm. | | | | a) Tubería de producción ( Tubing ) en acero al carbono. | Kg | 1.052 | | b) Tubería de producción ( Tubing ) en acero aleado. | Kg | 1.228 | 7304.39.01 | Tubos llamados mecánicos o estructurales , laminados en caliente, sin recubrimiento o trabajos de superficie, incluidos los tubos llamados mecánicos o estructurales laminados en caliente, laqueados o barnizados: de diámetro exterior inferior o igual a 114.3 mm, y espesor de pared igual o superior a 4 mm sin exceder de 19.5 mm. | Kg | 0.754 | 7304.39.02 | Tubos llamados mecánicos o estructurales , laminados en caliente, sin recubrimiento u otros trabajos de superficie, incluidos los tubos llamados mecánicos o estructurales laminados en caliente, laqueados o barnizados: de diámetro exterior superior a 114.3 mm sin exceder de 355.6 mm y espesor de pared igual o superior a 6.35 mm sin exceder de 38.1 mm. | Kg | 0.754 | 7304.39.05 | Tubos llamados térmicos o de conducción , sin recubrimiento o trabajos de superficie, incluidos los tubos llamados térmicos o de conducción laqueados o barnizados: de diámetro exterior inferior o igual a 114.3 mm y espesor de pared igual o superior a 4 mm, sin exceder 19.5 mm. | | | | a) Térmico carbono. | Kg | 1.090 | | b) Conducción. | | | | b.1) Diámetro exterior menor a 1 . | Kg | 1.082 | | b.2) Diámetro exterior de 1 a 4 ½ . | Kg | 0.689 | 7304.39.06 | Tubos llamados térmicos o de conducción , sin recubrimientos u otros trabajos de superficie, incluidos los tubos llamados térmicos o de conducción laqueados o barnizados: de diámetro exterior superior a 114.3 mm sin exceder de 406.4 mm y espesor de pared igual o superior a 6.35 mm sin exceder 38.1 mm. | | | | a) Térmico carbono. | Kg | 1.090 | | b) Conducción. | Kg | 0.704 | 7304.39.07 | Tubos llamados térmicos o de conducción , sin recubrimiento u otros trabajos de superficie, incluidos los tubos llamados térmicos o de conducción laqueados o barnizados: de diámetro exterior superior o igual a 406.4 mm y espesor de pared igual o superior a 9.52 mm sin exceder 31.75 mm. | | | | a) Térmico carbono. | Kg | 1.090 | | b) Conducción. | Kg | 1.027 | SEGUNDO.- Se modifica la descripción que corresponde a las fracciones arancelarias, así como el precio estimado y el texto de la subclasificación de las fracciones arancelarias que a continuación se indican contenidas en el Anexo de la diversa que establece el mecanismo para garantizar el pago de contribuciones en mercancías sujetas a precios estimados por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 29 de marzo de 2002 y sus posteriores modificaciones publicadas en ese mismo órgano de difusión. FRACCION ARANCELARIA | DESCRIPCION | UNIDAD COMERCIAL | PRECIO ESTIMADO (DOLARES E.U.A. POR UNIDAD COMERCIAL) | 7304.10.01 | Tubos laminados en caliente, sin recubrimiento u otros trabajos de superficie, incluidos los tubos laminados en caliente barnizados o laqueados: de diámetro exterior inferior o igual a 114.3 mm y espesor de pared igual o superior a 4 mm sin exceder de 19.5 mm. | | | | a) Diámetro exterior menor a 1 . | Kg | 1.082 | | b) Diámetro exterior de 1 a 4 ½ . | Kg | 0.689 | 7304.31.01 | Tubos llamados mecánicos o estructurales , sin recubrimientos u otros trabajos de superficie, de diámetro exterior inferior o igual a 114.3 mm y espesor de pared igual o superior a 1.27 mm sin exceder de 9.5 mm. | Kg | 1.518 | TERCERO.- Se modifica el precio estimado, así como el texto de la subclasificación de las fracciones arancelarias que a continuación se indican contenidas en el Anexo de la diversa que establece el mecanismo para garantizar el pago de contribuciones en mercancías sujetas a precios estimados por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 29 de marzo de 2002 y sus posteriores modificaciones publicadas en ese mismo órgano de difusión: FRACCION ARANCELARIA | DESCRIPCION | UNIDAD COMERCIAL | PRECIO ESTIMADO (DOLARES E.U.A. POR UNIDAD COMERCIAL) | 7304.10.99 | Los demás. | | | | a) Diámetro exterior menor a 1 . | Kg | 1.082 | | b) Diámetro exterior de 1 a 4 ½ . | Kg | 0.689 | | c) Diámetro exterior de 5 a 16 . | Kg | 0.704 | | d) Diámetro exterior mayor a 16 . | Kg | 1.027 | 7304.29.99 | Los demás. | | | | a) De diámetro exterior igual o superior a 406 mm sin exceder de 460.4 mm. | | | | a.1) Tubería de revestimiento ( Casing ) en acero al carbono. | Kg | 0.917 | | a.2) Tubería de revestimiento ( Casing ) en acero aleado. | Kg | 1.018 | CUARTO.- Se modifica la descripción que corresponde a la fracción arancelaria que a continuación se indica contenida en el Anexo de la diversa que establece el mecanismo para garantizar el pago de contribuciones en mercancías sujetas a precios estimados por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 29 de marzo de 2002 y sus posteriores modificaciones publicadas en ese mismo órgano de difusión: FRACCION ARANCELARIA | DESCRIPCION | UNIDAD COMERCIAL | PRECIO ESTIMADO (DOLARES E.U.A. POR UNIDAD COMERCIAL) | 7005.29.02 | De vidrio flotado claro, con espesor inferior o igual a 6 mm, excepto lo comprendido en las fracciones 7005.29.01 y 7005.29.04. | . | . | QUINTO.- Se deroga la mención a la fracción arancelaria 7304.39.04, que se hace en el Anexo de la diversa que establece el mecanismo para garantizar el pago de contribuciones en mercancías sujetas a precios estimados por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 29 de marzo de 2002 y sus posteriores modificaciones publicadas en ese mismo órgano de difusión. DISPOSICION TRANSITORIA UNICA.- La presente Resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. Atentamente Sufragio Efectivo. No Reelección. México, D.F., a 29 de marzo de 2004.- En ausencia del C. Secretario de Hacienda y Crédito Público y del C. Subsecretario del Ramo, y con fundamento en el artículo 105 del Reglamento Interior de esta Secretaría, el Subsecretario de Ingresos, Rubén Aguirre Pangburn.- Rúbrica.
En el documento que usted está visualizando puede haber texto, caracteres u objetos que no se muestren correctamente debido a la conversión a formato HTML, por lo que le recomendamos tomar siempre como referencia la imagen digitalizada del DOF o el archivo PDF de la edición.
|
|
|
|
|
|
|
| |
|