REGLAS de Operación del Programa Nacional de Fortalecimiento de la Educación Especial y de la Integración Educativa, 2003.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Educación Pública.- Subsecretaría de Educación Básica y Normal.- Dirección General de Investigación Educativa.
REGLAS DE OPERACION DEL PROGRAMA NACIONAL DE FORTALECIMIENTO DE LA EDUCACION ESPECIAL Y DE LA INTEGRACION EDUCATIVA, 2003
INDICE
1. Presentación
2. Antecedentes
3. Objetivos del programa
3.1. Objetivo general
3.2. Objetivos específicos
4. Lineamientos generales
4.1 Cobertura
4.2 Población Objetivo
4.3 Características de los apoyos
4.3.1 Tipo de apoyo
4.3.2 Monto del apoyo
4.4 Beneficiarios
4.4.1.1 Criterios de selección
4.4.1.2 Elegibilidad (Requisitos y restricciones)
4.4.1.3 Transparencia (Métodos y procesos)
4.4.2 Derechos y obligaciones
4.4.3 Causas de incumplimiento, retención, suspensión de recursos y, en su caso, reducción en la ministración de recursos
5. Lineamientos específicos
5.1 Coordinación Institucional
5.1.1. Instancia ejecutora
5.1.2 Instancia normativa
5.1.3 Instancia de control y vigilancia
5.1.4 Otras instancias
6. Mecánica de operación
6.1 Difusión
6.2 Promoción
6.3 Ejecución
6.3.1 Contraloría social (participación social)
6.3.2 Acta de entrega-recepción
7. Informes programático-presupuestarios
7.1 Avance físico-financiero
7.2 Cierre del ejercicio
8. Evaluación
8.1 Evaluación interna
8.2 Evaluación externa
9. Indicadores de resultados
10. Seguimiento, control y auditoría
10.1 Atribuciones
10.2 Resultados y seguimiento
11. Quejas y Denuncias
11.1 Mecanismo, instancias y seguimiento
Transitoria
Base legal
Conforme en lo dispuesto en el artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; los artículos 8, 12, 14, 22, 32, 33, 38 y 41 de la Ley General de Educación; el Programa Nacional de Educación 2001-2006; los artículos 54 y 55 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2003; los artículos 7 y 12 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental; el Acuerdo por el que se expiden los Criterios Generales para Modificaciones a las Reglas de Operación de los Programas Gubernamentales ya existentes y para la elaboración de las Reglas de Operación para el Ejercicio Fiscal 2002, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 16 de enero de 2002.
En tal virtud, y para dar cumplimiento a lo anterior, se tiene a bien expedir las siguientes
REGLAS DE OPERACION DEL PROGRAMA NACIONAL DE FORTALECIMIENTO DE LA EDUCACION ESPECIAL Y DE LA INTEGRACION EDUCATIVA
1. Presentación
La atención de las personas con discapacidad ha sido, desde hace varios años, una preocupación del gobierno de nuestro país. En el Plan Nacional de Desarrollo 2001-2006, como parte de las acciones encaminadas a lograr la equidad y la igualdad, se establece que se promoverá y fortalecerá el desarrollo de las personas con discapacidad para equiparar y facilitar su integración plena en todos los ámbitos de la vida nacional.
En el Programa Nacional de Educación 2001-2006 se reconoce la necesidad de poner en marcha acciones decididas por parte de las autoridades educativas para atender a la población con discapacidad. Asimismo, se establece como uno de los objetivos estratégicos de la política educativa alcanzar la justicia y equidad educativas. Entre las líneas de acción destacan las siguientes: establecer el marco regulatorio -así como los mecanismos de seguimiento y evaluación- que habrá de normar los procesos de integración educativa en todas las escuelas de educación básica del país; garantizar la disponibilidad, para los maestros de educación básica, de los recursos de actualización y apoyos necesarios para asegurar la mejor atención de los niños y jóvenes que requieren de educación especial, y establecer lineamientos para la atención a niños y jóvenes con aptitudes sobresalientes. Lo anterior se pretende lograr mediante el Programa Nacional de Fortalecimiento de la Educación Especial y de la Integración Educativa.
Estas acciones tienen como antecedente los cambios promovidos en la orientación de los servicios de educación especial durante la década pasada, entre los cuales destaca el tránsito de la atención casi exclusivamente clínica y terapéutica, hacia una atención educativa cada vez más incluyente. En este proceso los servicios de educación especial han experimentado un proceso de transformación para conformarse, principalmente, como un servicio de apoyo a las escuelas de educación inicial y básica, en lugar de constituir un sistema paralelo.
Este proceso se impulsó de manera más precisa a partir de 1993, con la Ley General de Educación que en su artículo 41 señala que la educación especial propiciará la integración de los alumnos con discapacidad a los planteles de educación regular mediante la aplicación de métodos, técnicas y materiales específicos. Además establece que la educación especial procurará la satisfacción de las necesidades básicas de aprendizaje para la autónoma convivencia social y productiva, a través de programas y materiales de apoyo específicos, de aquellos alumnos con discapacidad que no se integren a las escuelas de educación regular.
El Programa Nacional de Fortalecimiento de la Educación Especial y de la Integración Educativa (Programa) constituye una respuesta del gobierno federal a las demandas y propuestas ciudadanas en materia educativa; establece la ruta que habremos de seguir para consolidar una cultura de integración que contribuya a la constitución de una sociedad incluyente donde todos los hombres y mujeres tengan las mismas oportunidades de acceder a una vida digna. Este programa constituye -según los acuerdos establecidos en el Compromiso Social por la Calidad de la Educación- un reto que involucra al magisterio nacional, a las madres y a los padres de familia, a las autoridades educativas estatales, a los medios de comunicación masiva, a las organizaciones civiles y a la sociedad en su conjunto.
En el Programa se establece que la misión de los servicios de educación especial es la de favorecer el acceso y la permanencia en el sistema educativo de niños, niñas y jóvenes que presentan necesidades educativas especiales, otorgando prioridad a aquellos con discapacidad, proporcionando los apoyos indispensables dentro de un marco de equidad, pertinencia y calidad, que les permita desarrollar sus capacidades al máximo e integrarse educativa, social y laboralmente.
Uno de los dos ejes del Programa es el fortalecimiento de la educación especial, a través, principalmente, de los siguientes aspectos: 1) la definición de la orientación y funcionamiento de los servicios que la conforman (de apoyo, escolarizados y de orientación), que deben partir del reconocimiento de la misión de la educación especial y de la población a la que deben ir dirigidos, con el propósito de aprovechar los recursos humanos, técnicos y materiales para ofrecer una atención educativa con calidad a los niños, las niñas y los jóvenes con necesidades educativas especiales; 2) la actualización del personal con la finalidad de proporcionarle las herramientas que le permitan dar una respuesta educativa adecuada a las necesidades específicas que presentan los niños, las niñas y los jóvenes con necesidades educativas especiales asociadas con discapacidad con otros factores como las aptitudes sobresalientes y los problemas de comunicación, entre otros, y 3) la ampliación de su cobertura para atender a los alumnos y las alumnas con necesidades educativas especiales ubicados en zonas urbano-marginadas y en zonas rurales, así como a un mayor número de alumnos con este tipo de necesidades derivadas de la presencia de alguna discapacidad.
El otro eje es el relacionado con el fortalecimiento del proceso de integración educativa, el cual implica que los niños, las niñas y los jóvenes con necesidades educativas especiales asociadas con alguna discapacidad, con aptitudes sobresalientes o con otros factores estudien en aulas y escuelas regulares, recibiendo los apoyos necesarios para que tengan acceso a los propósitos generales de la educación. Considera principalmente cuatro aspectos: 1) la posibilidad de que los niños y las niñas con necesidades educativas especiales aprendan en la misma escuela y aula que los demás alumnos, 2) ofrecer a los niños y a las niñas con necesidades educativas especiales todo el apoyo que requieran, lo cual implica realizar adecuaciones curriculares, 3) la importancia de que el niño o la niña, los padres y/o el maestro de grupo reciban el apoyo y la orientación necesaria por parte del personal de educación especial y 4) que la escuela regular en su conjunto asuma el compromiso de ofrecer una respuesta adecuada a las necesidades educativas especiales de los alumnos.
Las condiciones básicas para que la integración de los niños, las niñas y los jóvenes con necesidades educativas especiales pueda ocurrir de manera efectiva son las siguientes: sensibilizar y ofrecer información clara a la comunidad educativa en general; actualizar al personal de las escuelas de educación inicial y básica, ofrecer una respuesta educativa adecuada a las necesidades específicas de los alumnos y brindar a los alumnos y a las alumnas con discapacidad los apoyos técnicos y materiales necesarios.
El fortalecimiento del proceso de integración educativa implica la participación decidida de todas las autoridades educativas, especialmente de los responsables de educación inicial, preescolar, primaria, secundaria y especial, así como de los supervisores y directores de las escuelas, los maestros de grupo, el personal de apoyo de las escuelas, los padres y las madres de familia y el personal de educación especial.
La integración educativa es de gran beneficio para los niños, las niñas y los jóvenes con necesidades educativas especiales, ya que constituye una experiencia educativa y social valiosa que les permitirá desarrollarse en mejores condiciones. Sin embargo, también es una oportunidad para la comunidad educativa de crecer como personas y de fortalecerse como equipo de trabajo, además de generar cambios en la organización de la escuela y en las prácticas del personal docente que, sin duda, impactarán favorablemente al resto de las alumnas y los alumnos.
2. Antecedentes
El proceso de integración educativa se impulsó de manera decidida a partir de 1993. Entre 1996 y el 2001, la Subsecretaría de Educación Básica y Normal, a través de la Dirección General de Investigación Educativa, desarrolló el proyecto de investigación e innovación Integración Educativa en 28 entidades federativas del país, con la finalidad de apoyar el proceso de integración educativa y, principalmente, sensibilizar a los padres y madres de familia, actualizar al personal directivo y docente de las escuelas regulares y de los servicios de educación especial, evaluar a niños, niñas y jóvenes con necesidades educativas especiales, y planear y dar seguimiento de las adecuaciones curriculares de los alumnos integrados a las escuelas y aulas regulares.
Con la entrada en vigor del Programa de Integración Educativa, con reglas de operación en el 2002, se recuperaron las ricas experiencias estatales. En ese lapso, participaron en el Programa alrededor de 700 escuelas de educación inicial y básica y de 400 servicios de educación especial, se dio seguimiento a aproximadamente 4,000 alumnos y alumnas con necesidades educativas especiales, y se actualizó a cerca de 18,000 profesionales de la educación (6,000 de educación especial y 12,000 de educación regular).
Con base en la experiencia generada en ese Programa y en las estrategias implementadas en las distintas entidades para promover y apoyar el proceso de integración educativa y la atención de los alumnos con discapacidad, en el año 2002 fue presentado a la opinión pública nacional el Programa Nacional de Fortalecimiento de la Educación Especial y de la Integración Educativa con el objetivo de fortalecer los servicios de educación especial y el proceso de integración educativa para que los alumnos con necesidades educativas especiales, particularmente los que presentan discapacidad, reciban la atención que requieren y puedan tener acceso a una mejor calidad de vida. Con la puesta en marcha del Programa, además de que se reconoce que la situación del proceso de integración educativa y de los servicios de educación especial es variable según las condiciones de cada entidad, de hecho, se abroga el Programa de Integración Educativa 2002, asumiendo el Programa Nacional de Fortalecimiento de la Educación Especial y de la Integración Educativa, objetivos, estrategias y resultados sobre la educación especial y la integración educativa. Aunque no se debe soslayar los logros del 2002: se llevó un seguimiento cercano en alrededor de 1,200 escuelas de educación inicial y básica y de 800 servicios de apoyo de educación especial: Unidad de Servicios de Apoyo a la Educación Regular (USAER) y Centro de Atención Psicopedagógica de Educación Preescolar (CAPEP) o similar; se atendió a aproximadamente 6,000 alumnos y alumnas con necesidades educativas especiales, y se actualizó a cerca de 9,000 profesionales de la educación especial y regular.
3. Objetivos del programa
3.1 Objetivo general
Garantizar una atención educativa de calidad para los niños, las niñas y los jóvenes con necesidades educativas especiales, otorgando prioridad a los que presentan discapacidad, mediante el fortalecimiento del proceso de integración educativa y de los servicios de educación especial.
3.2 Objetivos específicos
a) Establecer el marco regulatorio nacional de la educación especial y del proceso de integración educativa para asegurar el logro educativo de los niños, las niñas y los jóvenes con necesidades educativas especiales, otorgando prioridad a los que presentan discapacidad, tomando en cuenta las necesidades de cada región, estado y municipio.
b) Proporcionar a los maestros de educación especial, de educación inicial y de educación básica los recursos de actualización y los apoyos necesarios para mejorar la atención de los alumnos y alumnas con necesidades educativas especiales, dando prioridad a los que presentan discapacidad.
c) Atender a un mayor número de alumnos y alumnas con necesidades educativas especiales asociadas con alguna discapacidad en el sistema educativo.
d) Ampliar la cobertura de los servicios de educación especial a un mayor número de escuelas de educación inicial y básica, garantizando su mejor distribución entre regiones e incluyendo zonas urbano-marginadas y rurales, así como comunidades indígenas.
e) Promover la participación comprometida de las madres y los padres de familia en la atención educativa de los niños, las niñas y los jóvenes con necesidades educativas especiales, con y sin discapacidad, mediante acciones de sensibilización y asesoría técnica.
f) Establecer una coordinación interinstitucional y con otros sectores que garantice y/o apoye la satisfacción de las necesidades específicas de los alumnos y las alumnas con discapacidad que asisten a escuelas de educación regular o a servicios escolarizados de educación especial, así como la integración al campo laboral de esta población.
4. Lineamientos generales
Los recursos del Programa son adicionales y complementarios a los programas federales y estatales vigentes para la operación de los servicios de educación especial y del proceso de integración educativa; en ningún caso sustituirán los recursos regulares destinados para esos fines. El uso de los recursos se sujetará a las disposiciones legales relativas al ejercicio del gasto público contenidas en el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2003 y demás disposiciones aplicables, y por las contralorías estatales y federal, o bien los órganos de supervisión y vigilancia con jurisdicción en la materia.
4.1 Cobertura
Las 32 entidades federativas del país.1
4.2 Población objetivo
Con los recursos asignados al Programa para el año 2003, se realizarán acciones relacionadas con los servicios de educación especial (Unidad de Servicios de Apoyo a la Educación Regular, Centro de Atención Psicopedagógica de Educación Preescolar, Centro de Atención Múltiple y Centro de Recursos e Información para la Integración Educativa). Igualmente, se realizará un seguimiento cercano de las experiencias de integración de niños, niñas y jóvenes con necesidades educativas especiales, otorgando prioridad a los que presentan discapacidad, en algunas escuelas de educación inicial, preescolar, primaria, secundaria en las distintas modalidades.
4.3 Características de los apoyos
La operación del Programa se apoyará con recursos federales a través de la Secretaría de Educación Pública y, concurrentemente, ejecutado por los gobiernos estatales y federal.
4.3.1. Tipo de apoyo
Apoyo técnico. La Secretaría de Educación Pública, a través de la Subsecretaría de Educación Básica y Normal, integrará un equipo de especialistas, maestros y profesionales de la educación, con objeto de que dicho órgano colegiado brinde asesoría técnica y pedagógica a 32 equipos técnicos estatales.
Apoyo económico. El gobierno federal, a través de la Secretaría de Educación Pública aportará $14 999,995.00 (catorce millones novecientos noventa y nueve mil novecientos noventa y cinco pesos 00/100 M.N.) del presupuesto asignado a la Dirección General de Investigación Educativa que serán empleados única y exclusivamente para el desarrollo del Programa.
4.3.2. Monto del apoyo
Para dar cumplimiento a la política y programas educativos del Programa Nacional de Educación 2001-2006 (PRONAE), durante el año 2003, los recursos del Programa serán transferidos a cada entidad federativa en una sola ministración, conforme a los montos que se señalan:
Entidad Federativa | Recursos |
Aguascalientes | $ 532,645.00 |
Baja California | $ 460,645.00 |
Baja California Sur | $ 460,645.00 |
Campeche | $ 460,645.00 |
Coahuila | $ 532,645.00 |
Colima | $ 460,645.00 |
Chiapas | $ 532,645.00 |
Chihuahua | $ 460,645.00 |
Durango | $ 460,645.00 |
Estado de México | $ 460,645.00 |
Guanajuato | $ 532,645.00 |
Guerrero | $ 460,645.00 |
Hidalgo | $ 460,645.00 |
Jalisco | $ 460,645.00 |
Michoacán | $ 532,645.00 |
Morelos | $ 460,645.00 |
Nayarit | $ 532,645.00 |
Nuevo León | $ 532,645.00 |
Oaxaca | $ 532,645.00 |
Puebla | $ 460,645.00 |
Querétaro | $ 460,645.00 |
Quintana Roo | $ 460,645.00 |
San Luis Potosí | $ 460,645.00 |
Sinaloa | $ 460,645.00 |
Sonora | $ 532,645.00 |
Tabasco | $ 460,645.00 |
Tamaulipas | $ 532,645.00 |
Tlaxcala | $ 460,645.00 |
Veracruz | $ 460,645.00 |
Yucatán | $ 460,645.00 |
Zacatecas | $ 460,645.00 |
TOTAL | $ 14 999,995.00 |
El apoyo económico para 21 entidades federativas será de $460,645.00 (cuatrocientos sesenta mil seiscientos cuarenta y cinco pesos 00/100 M.N.), debido a que esos estados ya participaron en el proyecto de investigación e innovación denominado Integración Educativa desarrollado durante los ciclos escolares comprendidos de 1996 al 2002 y tienen mayor experiencia en la atención de los niños y jóvenes con necesidades educativas especiales; asimismo, tienen integrados equipos técnico-estatales responsables de la operación del Programa, están actualizados a través de cursos-taller y reuniones técnicas nacionales y, sobre todo, las autoridades educativas estatales han puesto a la disposición de los equipos estatales, directivos, especialistas en educación especial y docentes de educación básica diversos tipos de apoyo, a saber: académico y logístico.
Diez estados recibirán $532,645.00 (quinientos treinta y dos mil seiscientos cuarenta y cinco pesos 00/100 M.N.) debido a que inician este trabajo y requieren de mayores apoyos. A esa decena de estados se le está compensando con recursos financieros porque su alistamiento al Programa ha sido tardío y están rezagados en relación con las acciones realizadas por los 21 estados, pues algunos se incorporaron en el último trimestre de 2002 y, otros, lo harán en el presente año. En consecuencia, es necesario que pongan en marcha la fase de sensibilización que establece el Programa, es decir, integrar equipos estatales para la conducción del Programa en el estado; actualizar a especialistas en educación especial, personal docente y directivo de educación básica y padres de familia en relación con la integración de niñas y niños con y sin discapacidad a la escuela y aula regular, mediante cursos-taller y reuniones técnicas; editar o reimprimir materiales didácticos de apoyo para todos los involucrados en el Programa. Por tanto, la diferenciación de los montos económicos ministrados a los dos grupos de estados obedece básicamente a un principio de equidad.
Los recursos ministrados se podrán utilizar en los siguientes rubros: a) reuniones de capacitación de los integrantes del equipo estatal y del personal de las escuelas de educación inicial y básica y de los servicios de educación especial que tendrán un seguimiento cercano. b) adquisición de material bibliográfico y reproducción de materiales para apoyar la capacitación del personal involucrado, c) visitas de seguimiento a las escuelas de educación inicial y básica y a los servicios de educación especial que tendrán un seguimiento cercano y d) adquisición de material didáctico para los Centros de Recursos e Información para la Integración Educativa. Por otro lado, los recursos financieros ministrados a través de este Programa no cubrirá los rubros siguientes: a) adquisición o mantenimiento de vehículos, b) adquisición o mantenimiento de inmuebles, c) adquisición o mantenimiento de equipo (Laptop, Palm, teléfonos móviles, radiolocalizadores) y d) sobresueldos para el personal técnico del equipo estatal.
4.4. Beneficiarios
Se atenderá a 1,200 servicios de apoyo (USAER, CAPEP o similar), a 3,000 escuelas de los niveles inicial, preescolar, primaria y secundaria en las distintas modalidades, a 10,000 niñas y niños con necesidades educativas especiales. El beneficio de las acciones del Programa, sin embargo, abarcará potencialmente a todo el alumnado de los centros escolares participantes, que se calcula en 600,000. Igualmente, se beneficiará a los Centros de Atención Múltiple.
4.4.1 Criterios de selección
En tanto que en todas las entidades federativas del país hay demanda de servicios educativos para la atención de niñas y niños con necesidades educativas especiales, con y sin discapacidad, así como se hace necesario poner en común la estrategia de implantación del Programa entre autoridades educativas estatales, especialistas en educación especial, personal docente y directivo de educación básica y padres de familia, ninguna entidad federativa está excluida de participar en el Programa; por eso, todas, cuando menos, recibirán asesoría técnico-pedagógica y materiales.
4.4.1.1. Elegibilidad (Requisitos y Restricciones)
En efecto, todas las entidades federativas a través de las secretarías estatales de educación estarán incorporadas al Programa, pero para garantizar tanto el eficiente ejercicio de los recursos ministrados, así como el cumplimiento de objetivos y metas del mismo, éstas además de suscribir un convenio de coordinación con la Secretaría de Educación Pública, deberán:
Garantizar que el personal de educación especial, educación inicial y básica cuente con las competencias necesarias y el compromiso ético para atender eficazmente a los alumnos y las alumnas con necesidades educativas especiales, prioritariamente a los que presentan discapacidad.
Garantizar la dotación de los recursos y apoyos técnicos necesarios para asegurar la mejor atención de los alumnos con discapacidad, tanto en las escuelas de educación inicial y básico como en los Centros de Atención Múltiple.
Informar y sensibilizar a la comunidad acerca de temas relacionados con la discapacidad y las necesidades educativas especiales.
Fortalecer la colaboración entre los distintos sectores, instituciones y asociaciones civiles para apoyar la atención integral de los alumnos y las alumnas con necesidades educativas especiales, otorgando prioridad a los que presentan alguna discapacidad.
Desarrollar proyectos de investigación e innovación que aporten información que permita una mejor atención de los alumnos y las alumnas con discapacidad o con aptitudes sobresalientes.
4.4.1.2 Transparencia (Métodos y Procesos)
Con objeto de garantizar el desarrollo del Programa y el uso transparente y eficaz de los recursos, la Secretaría de Educación Pública podrá suspender o cancelar el apoyo financiero y técnico cuando las secretarías de Educación estatales o autoridades educativas locales incumplan las cláusulas establecidas en un convenio de coordinación, como se establece en los puntos 4.4.2 y 4.4.3.
La Secretaría estatal de educación abrirá una cuenta bancaria en la que se depositarán los recursos asignados al Programa; estos recursos serán de uso exclusivo para el desarrollo de las actividades del Programa. La cuenta bancaria será supervisada por el área de recursos financieros de la Secretaría de Educación local y por la Dirección General de Investigación Educativa de la Subsecretaría de Educación Básica y Normal.
4.4.2 Derechos y obligaciones
La Secretaría de Educación Pública y la Secretaría de Educación estatal u organismo equivalente establecerán un convenio de coordinación en el que se estipulen derechos y las obligaciones de ambas partes. En el convenio cuando menos se establecerá lo siguiente:
Los recursos del Programa, son de origen federal, pero la administración de los mismos es responsabilidad de la Secretaría o instituto estatal de educación.
Los recursos de Programa cubren los siguientes conceptos: a) reuniones de capacitación para el personal docente y directivo, mediante el desarrollo de talleres, cursos, seminarios, encuentros académicos, b) elaboración y reproducción de materiales impresos, c) pasajes y viáticos para los responsables de educación especial, los coordinadores y los asesores de los equipos estatales, para asistir a reuniones regionales o nacionales del Programa, d) adquisición de bibliografía especializada, e) adquisición de equipo y materiales para los Centros de Recursos e Información para la Integración Educativa, a saber, impresoras y máquina en sistema Braille, alarmas para niños y niñas con disminución visual, semáforos para niños hipoacústicos.
Los recursos del Programa no cubren los siguientes conceptos: a) adquisición o mantenimiento de vehículos, b) adquisición o mantenimiento de inmuebles y c) sobresueldos para el personal técnico coordinador estatal del Programa.
Las secretarías de Educación estatales informarán trimestralmente acerca de los avances técnico-pedagógicos y financieros, con el fin de verificar su correcta aplicación.
En cumplimiento del artículo 51 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2003, las secretarías estatales de educación deberán reintegrar a la Tesorería de la Federación los recursos que no sean utilizados para los fines autorizados y aquellos que al cierre del ejercicio no se hayan devengado.
La Secretaría de Educación Pública podrá suspender los apoyos asignados al Programa en los términos establecidos en el punto 4.4.3 de las Reglas de Operación.
4.4.3 Causas de incumplimiento, retención, suspensión de recursos y, en su caso, reducción en la ministración de recursos.
El apoyo financiero será suspendido por los siguientes motivos: a) los recursos económicos sean destinados para un fin distinto al estipulado en estas Reglas de Operación, b) el retraso mayor a un mes en la entrega de los informes técnicos y financieros, c) el retraso mayor a dos semanas ante cualquier requerimiento de información por parte del de la Secretaría de Educación Pública, d) cuando la Secretaría de Educación estatal opere unilateralmente el Programa y e) cuando incumpla con las obligaciones establecidas en el convenio de coordinación. Así pues, el incumplimiento de cualquiera de las situaciones descritas, dará lugar al reintegro total correspondiente en que se presente el incumplimiento.
5. Lineamientos específicos
La Secretaría de Educación Pública y las entidades federativas deberán realizar acciones de coordinación con otras dependencias y organismos públicos con el fin de evitar la duplicación de acciones similares.
5.1 Coordinación institucional
5.1.1. Instancia ejecutora
La autoridad educativa estatal es la instancia ejecutora, con la concurrencia de la Secretaría de Educación Pública; y tendrá por funciones:
a) Firmar un convenio de colaboración con la Secretaría de Educación Pública
b) Comisionar a un equipo constituido por asesores de los niveles de educación inicial, preescolar, primaria, secundaria en sus distintas modalidades y de educación especial para operar el Programa en sus entidades. Los integrantes de este equipo se dedicarán exclusivamente y de tiempo completo a realizar las acciones del Programa. La Subsecretaría o Dirección de Educación Básica en la entidad es el área responsable de coordinar y dar seguimiento a las acciones del Programa; sin embargo, es responsable de educación especial es el coordinador del equipo.
c) Proporcionar las condiciones materiales para que los integrantes del equipo estatal puedan desarrollar sus funciones (oficina con escritorios, sillas, línea telefónica, papelería, equipo de cómputo, etc.)
d) Facilitar la labor de los integrantes del equipo estatal, informando oportunamente sus necesidades de apoyo por parte de las autoridades educativas estatales.
e) Revisar, aprobar y apoyar el Plan de Trabajo elaborado por el equipo estatal.
5.1.2. Instancia normativa
La Secretaría de Educación Pública por conducto de la Subsecretaría de Educación Básica y Normal, a través de la Dirección General de Investigación Educativa, es la instancia responsable de normar el desarrollo del Programa. Sus funciones son las siguientes:
a) Coordinar el cumplimiento de las líneas generales de acción y metas del Programa Nacional de Fortalecimiento de la Educación Especial y de la Integración Educativa.
b) Asignar los recursos a las entidades federativas conforme a la distribución que se muestra en el cuadro inserto en el punto 4.3.2 de las presentes Reglas.
c) Establecer las estrategias de evaluación que aplicarán los integrantes de los equipos estatales.
d) Proporcionar los materiales elaborados por el Programa a las escuelas o a los profesores y servicios de educación especial que participen en el Programa.
e) Elaborar y firmar un convenio de colaboración con las secretarías de Educación estatales.
5.1.3 Instancia de control y vigilancia
La Representación de la Secretaría de Educación Pública en el estado realizará las siguientes funciones:
a) Apoyar a la autoridad educativa estatal para el buen funcionamiento del Programa.
b) Facilitar la comunicación entre la SEP y las secretarías de Educación estatales.
5.1.4. Otras instancias, cuya misión será:
Equipo técnico estatal
a) Establecer vínculos con las autoridades educativas estatales y federales, con los responsables de los distintos niveles de la educación inicial y básica en sus distintas modalidades y de otros como el tecnológico o el superior, así como con organizaciones de la sociedad civil a fin de promover que el proceso de integración educativa se implemente adecuadamente y los servicios de educación especial ofrezcan una atención educativa que responda las necesidades específicas de los alumnos y las alumnas.
b) Asesorar al personal de la escuela regular y a los profesionales de educación especial que atienden alumnos con necesidades educativas especiales, principalmente a los que atienden alumnos cuyas necesidades se asocian con alguna discapacidad.
c) Participar en las acciones de evaluación de los servicios de educación especial que se emprenden a nivel nacional.
d) Informar al equipo técnico federal de las acciones realizadas.
6. Mecánica de operación
6.1 Difusión
De acuerdo con lo estipulado en los artículos 7 y 12 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental estas Reglas de Operación estarán disponibles en el sitio web de la Secretaría de Educación Pública (http://www.sep.gob.mx), con la finalidad de hacer público el Programa y convenios de coordinación; asimismo, en cumplimiento del artículo 55, fracción I, del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2003, a toda la documentación que se expida a propósito del Programa se le incluirá la leyenda siguiente: Este programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recursos provienen de los impuestos que pagan todos los contribuyentes. Está prohibido el uso de este programa con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de este Programa deberá ser denunciado y sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente .
La Subsecretaría de Educación Básica y Normal por conducto de la Dirección General de Investigación Educativa difundirán periódicamente entre la población en general, a través de las páginas electrónicas http://www.sepiensa.org.mx información relativa al avance y cumplimiento de objetivos y metas, a más tardar a los 15 días hábiles posteriores a la fecha en que se haya generado dicha información.
La Secretaría de Educación Pública y las secretarías de Educación en los estados podrán difundir los resultados locales por los medios que considere pertinentes.
6.2 Promoción
La Secretaría de Educación Pública y las secretarías de Educación de las entidades federativas podrán realizar todo tipo de promoción tendiente a contribuir al proceso de la integración educativa de los alumnos a las escuelas y aulas regulares, por ejemplo, a través de la Red Edusat, los Centros de Maestros y otros medios: videos educativos y publicaciones periódicas impresas.
6.3. Ejecución
6.3.1 Contraloría social
Los interesados y la población en general pueden recurrir a la Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo Federal, a las contralorías estatales o equivalentes, o a las representaciones de la Secretaría de Educación Pública, a presentar sus quejas, denuncias o sugerencias respecto al Programa.
6.3.2 Acta de entrega-recepción
La Secretaría de Educación Pública por conducto de la Subsecretaría de Educación Básica y Normal y la Dirección General de Investigación Educativa firmará un convenio de coordinación con el titular de la Secretaría de Educación Estatal u organismo equivalente, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 6 fracción XI, y 7, fracción VI, del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública, en este convenio se establecerán los compromisos y las responsabilidades adquiridas por ambas partes
7. Informes programático-presupuestarios
7.1 Avances físico-financieros
De acuerdo al artículo 54 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2003, en su fracción IV, inciso a), a través de la coordinadora sectorial de la Secretaría de Educación Pública se remitirán a la Cámara de Diputados por conducto de las comisiones correspondientes y a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y a la Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo informes trimestrales sobre el presupuesto ejercido, en el ámbito de capítulo y concepto de gasto, así como el cumplimiento de las metas y objetivos, con base en los indicadores de resultados previstos en estas Reglas de Operación. Dichos informes se deberán presentar a más tardar a los 15 días hábiles posteriores a la terminación de cada trimestre.
7.2 Cierre de ejercicio
El Programa tendrá una duración de un año, que abarcará el periodo comprendido del 1 de enero al 31 de diciembre de 2003.
8. Evaluación
En el programa se diseñarán instrumentos de evaluación, consistentes en entrevistas a maestros, especialistas, padres y madres de familia y directivos de educación especial y regular; observaciones directas en el aula regular y en el aula de apoyo; encuestas para evaluar las fases intensiva y permanente de actualización; y se habrán de considerar los indicadores relativos a avances académicos, conductuales, actitudinales y socialización de los alumnos con necesidades educativas especiales.
8.1 Evaluación interna
La Dirección General de Investigación Educativa, realizará un seguimiento puntual de las actividades desarrolladas y analizará los informes técnicos y financieros elaborados por los equipos estatales a fin de comprobar el uso eficaz de los recursos y de contar con información suficiente y confiable sobre los indicadores de resultados establecidos en el punto 9 de estas Reglas de operación.
8.2 Evaluación externa
En cumplimiento con lo establecido en la fracción IV del artículo 54 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2003, la Secretaría de Educación Pública designará a más tardar el 30 de abril a la institución académica y de investigación que evaluará este Programa; la institución que realice la evaluación reunirá los requisitos que para el efecto establecieron de manera conjunta el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y la Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo. La evaluación de resultados del Programa se realizará a más tardar el 15 de octubre, para que los resultados sean considerados en el proceso de análisis y aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación para el siguiente ejercicio fiscal. Dicha evaluación se cubrirá con cargo al presupuesto autorizado para el año 2003 de la Dirección General de Investigación Educativa, y ha de realizarse por instituciones académicas y de investigación u organismos especializados, de carácter nacional o internacional, que cuenten con reconocimiento y experiencia en la materia del Programa.
9. Indicadores de resultados
Conforme a lo dispuesto por el artículo 54 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2003, a continuación se presentan los indicadores de resultados del Programa Nacional de Fortalecimiento de la Educación Especial y de la Integración Educativa. Dichos indicadores se han realizado estimando la población femenina beneficiada.
Organismos internacionales -la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) y la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO)-, así como la Secretaría de Educación Pública, han aceptado como metodología la generación de indicadores, con la finalidad de evaluar sistemas, políticas, programas y proyectos educativos.
Para los efectos de este Programa concebimos al término indicador como una medición o estimación de una característica relativa a una determinada calidad, proceso, producto o impacto educativos, con la intención de aportar una información significativa y relevante sobre su estado o situación. Desde el punto de vista funcional, se trata de un índice estadístico, obtenido a partir de una serie de operaciones matemáticas a las que ha sido sometido un conjunto de datos, generalmente cuantitativos.
El sistema de indicadores que se propone para evaluar el presente Programa permitirá, al observar sus oscilaciones y por referencia con los objetivos generales, particulares y metas, interpretar ámbitos concretos de la realidad de la educación especial y sus tendencias.
Tipo de indicador | Descripción del indicador | Fórmula del indicador | Meta (anual) |
Calidad | Actualmente no existe una normativa nacional para la operación de los servicios de educación especial (CAM, USAER, CAPEP, CRIE, UOP) y del proceso de integración educativa. La meta al 2006 es contar con seis manuales que apoyen su funcionamiento | Manuales de CRIE, USAER e integración educativa/Manuales de CAM, USAER, CAPEP, CRIE, UOP e integración educativa X 100 | 3/6 x 100= 50% | Elaborar tres manuales sobre la operación y funcionamiento de los servicios de educación especial y del proceso de integración educativa |
Desde el año 2000 se ofrece un Curso Nacional sobre Integración Educativa a personal de educación especial, pero no existe una propuesta nacional de actualización para personal de educación regular. La meta al 2006 es ofrecer: un Curso Nacional de Integración Educativa para personal de educación inicial y preescolar; uno para personal de educación primaria y otro para personal de educación secundaria; y cursos más para personal de educación especial | Cuatro Cursos Nacionales sobre Integración Educativa para personal de educación inicial y preescolar, de primaria, secundaria y educación especial /Cinco Cursos Nacionales sobre Integración Educativa: tres para educación regular y dos para educación especial x 100 | 4/5 x 100= 80% | Elaboración de cuatro Cursos Nacionales sobre Integración Educativa |
Cobertura | En el 2002 se capacitó al personal de 1,200 escuelas y de 800 servicios de apoyo de educación especial (alrededor de 20,000); por lo que queda por capacitar a aproximadamente 206,000 maestros. En el 2003 se capacitará al personal de 1,800 escuelas y de 400 servicios de apoyo de educación especial, que se calcula en alrededor de 22,000 directivos y docentes. Alrededor del 60% del personal de educación especial y regular que atiende el Programa son mujeres y del 40% son hombres | Personal de educación especial y regular capacitado/Personal de educación especial y regular de las escuelas y de los servicios de educación especial que se capacitará x 100 | 22000/206000 x 100= 10.6% | Actualizar al personal directivo y docente de 1,800 escuelas y de 400 servicios de apoyo de educación especial, es decir a 22,000 maestros: 8800 maestras y 13200 maestros |
En el 2006, se estima que 20000 escuelas de educación inicial y básica atiendan a 47000 alumnos con necesidades educativas especiales con discapacidad. En 2003 se atenderá a 7,000 alumnos con discapacidad de 3,000 escuelas incorporadas al Programa | Número de alumnos con necesidades educativas especiales con discapacidad que asisten a 3,000 escuelas que serán atendidas en el 2003/Número de alumnos con necesidades educativas especiales con discapacidad que asisten en las 20,000 escuelas x 100 | 7000/47000 X 100= 15% | Atender a través del Programa a 7,000 alumnos con necesidades educativas especiales con discapacidad |
Eficiencia | Al 2006 se espera que 20,000 escuelas de educación inicial y básica cuenten con el apoyo de los servicios de educación especial para integrar alumnos con necesidades educativas. En el 2003 la meta es ofrecer actualización y apoyos a 3,000 escuelas, así como realizar un seguimiento cercano de las mismas | Número de escuelas de educación inicial y básica que contarán con un seguimiento cercano en el 2003/Número de escuelas de educación inicial y básica que contarán con un seguimiento cercano en el 2006 x 100 | 3000/20000 x 100= 15.7% | Dar seguimiento cercano de 3,000 escuelas de educación inicial y básica de todo el país |
En el año 2002 existen alrededor de 2589 servicios de apoyo a la educación especial y, para el 2006, se incrementarán a 2800. Se entiende por servicios que ofrecen los centros: capacitación específica y continua adecuada a las necesidades específicas de alumnos con necesidades educativas especiales. En el 2003, la meta es que 1,200 de estos servicios tengan acceso a los recursos mencionados | Número de servicios de apoyo de educación especial que contarán con un seguimiento cercano en el 2003 / Número de servicios de apoyo de educación especial que contarán con un seguimiento cercano en el 2006 x 100 | 1200/2800x 100= 43% | Seguimiento cercano de 1,200 servicios de apoyo de educación especial de todo el país 1,200 servicios de apoyo de educación especial con seguimiento cercano |
Eficiencia | Al 2006 instalar 160 Centros de Recursos e Información para la Integración Educativa (CRIE) en todo el país | Número de CRIE creados en el 2003 / Número de CRIE que existirán en el 2006 x 100 | 93/160 x 100=58% | Crear 93 Centros de Recursos e Información para la Integración Educativa del país |
CAM: Centro de Atención Múltiple; USAER: Unidad de Servicios de Apoyo a la Educación Regular; CAPEP: Centro de Atención Psicopedagógica de Educación Preescolar; CRIE: Centro de Recursos e Información para la Integración Educativa; UOP: Unidad de Orientación al Público.
10. Seguimiento, control y auditoría
10.1. Atribuciones
Son atribuciones de la Secretaría de Educación Pública a través de la Subsecretaría de Educación Básica y Normal y de la Dirección General de Investigación Educativa dar el seguimiento y evaluación del Programa. De igual forma, la Secretaría de Educación de cada Estado llevará a cabo todas las acciones relacionadas con el desarrollo y operación del Programa.
10.2. Resultados y seguimiento.
Para abril de 2003, la totalidad de los estados participantes habrá realizado las siguientes acciones o debe estar a punto de completarlas: a) preselección de escuelas nuevas, b) reunión de información con autoridades educativas de cada estado, c) reunión con el personal de las escuelas regulares para su incorporación al Programa, d) selección definitiva de las escuelas, e) preselección de los alumnos integrados, f) organización y realización de una fase intensiva de actualización, g) aplicación de una evaluación psicopedagógica, h) elaboración de la Propuesta Curricular Adaptada.
11. Quejas y denuncias
11.1. Mecanismo, instancias y seguimiento
Los interesados y la población en general pueden recurrir a la Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo federal, a las contralorías estatales o equivalentes, o a las representaciones de la Secretaría de Educación Pública, a presentar sus quejas, denuncias o sugerencias respecto al Programa.
Cualquier irregularidad, queja, denuncia o sugerencia puede ser presentada en los sitios web de la Secretaría de Educación Pública (http://www.sep.gob.mx) y de la Subsecretaría de Educación Básica y Normal (http://www.sepiensa.org.mx), o a los teléfonos de Telsep: 01(55) 5723-66-88 o 01-800-723-66-88 (Lada sin costo).
TRANSITORIA
Unica. Las presentes Reglas de Operación entrarán en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Atentamente
Sufragio Efectivo. No Reelección.
Dado en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los veintisiete días del mes de marzo de dos mil tres.- El Subsecretario de Educación Básica y Normal, Lorenzo Gómez-Morin Fuentes.- Rúbrica.
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