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DOF: 01/04/2003

Recomendaciónes para la identificación de información reservada o confidencial por parte de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Instituto Federal de Acceso a la Información Pública.

RECOMENDACIONES PARA LA IDENTIFICACION DE INFORMACION RESERVADA O CONFIDENCIAL POR PARTE DE LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL.

El Pleno del Instituto Federal de Acceso a la Información Pública, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 16 y 37 fracción III de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental entró en vigor el 12 de junio de 2002 y que en su artículo octavo transitorio establece que los particulares podrán presentar las solicitudes de acceso a la información o de acceso y corrección de datos personales un año después;

Que el Poder Ejecutivo Federal es un sujeto obligado por la misma y que la obligación de clasificar la información, notificar sobre la posesión de sistemas de datos personales y elaborar y publicar el índice de información reservada corresponde a los titulares de las unidades administrativas de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal y la Procuraduría General de la República, de conformidad con la ley y los lineamientos y criterios que al efecto expida el Instituto Federal de Acceso a la Información Pública;

Que toda la información que las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal y la Procuraduría General de la República generen, obtengan, adquieran, transformen o conserven por cualquier título, es pública y la reserva de la misma se justifica estrictamente por excepción, por lo que en caso de clasificarse como reservada o confidencial requerirá fundarse y motivarse y estará sujeta a un término para su desclasificación;

Que toda vez que corresponde al Instituto asesorar y proporcionar apoyo técnico a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal y la Procuraduría General de la República y con el objeto de orientar la clasificación de la información reservada o confidencial en apoyo a los titulares de las unidades administrativas para que den cumplimiento a dicha obligación, se expiden las presentes recomendaciones cuya finalidad es llevar a cabo un ejercicio de identificación de rubros temáticos reservados o confidenciales sobre los que verse la información que generen, obtengan, adquieran, transformen o conserven por cualquier título, y

Que una vez que los titulares de las unidades administrativas de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal y la Procuraduría General de la República completen el formato de identificación de rubros temáticos anexo a las presentes recomendaciones y lo hagan público a través de los sitios de Internet que al efecto se señalan, el Instituto Federal de Acceso a la Información Pública expedirá con posterioridad los lineamientos generales de clasificación a que se refiere el artículo 16 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, ha tenido a bien expedir las siguientes:

RECOMENDACIONES PARA LA IDENTIFICACION DE INFORMACION RESERVADA O CONFIDENCIAL POR PARTE DE LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL

Capítulo I

Disposiciones generales

Artículo 1. Las presentes Recomendaciones tienen por objeto que los titulares de las unidades administrativas de las dependencias y entidades, identifiquen como reservados o confidenciales los rubros temáticos sobre los que versa la información que generen, obtengan, adquieran, transformen o conserven de conformidad con sus respectivas atribuciones, como un acto que oriente la clasificación de los documentos administrativos.

Lo anterior sin perjuicio de que, en su oportunidad, el Instituto Federal de Acceso a la Información Pública, expida los lineamientos generales de clasificación a que se refiere el artículo 16 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental.

Artículo 2. Para los efectos de las presentes Recomendaciones se emplearán las definiciones contenidas en el artículo 3 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental.

Artículo 3. Los titulares de cada unidad administrativa llevarán a cabo la identificación de rubros temáticos de acuerdo a lo dispuesto por los artículos 13, 14, 18 y demás disposiciones relativas y aplicables de la ley y las presentes Recomendaciones.

Artículo 4. El titular de la unidad administrativa, deberá fundar la identificación de un rubro temático como reservado o confidencial, así como proponer su periodo de reserva temporal con fundamento en la ley o en las disposiciones legales aplicables.

Artículo 5. Los capítulos posteriores establecen listados para la identificación de rubros temáticos, los titulares de las unidades administrativas deberán revisarlos de manera exhaustiva, para posteriormente proceder a completar el formato de identificación que se anexa a las presentes Recomendaciones.

Capítulo II

Identificación de información reservada

Artículo 6. Los titulares de las unidades administrativas identificarán los rubros temáticos considerados como información reservada, utilizando como guía las listas previstas en los artículos 7 y 8 de las presentes Recomendaciones.

Artículo 7. La información tendrá el carácter de reservada cuando su difusión:

a) Comprometa la seguridad nacional;

b) Comprometa la seguridad pública;

c) Comprometa la defensa nacional;

d) Menoscabe la conducción de negociaciones internacionales;

e) Menoscabe la conducción de las relaciones internacionales;

f) Dañe la estabilidad financiera del país;

g) Dañe la estabilidad económica del país;

h) Dañe la estabilidad monetaria del país;

i) Ponga en riesgo la vida de cualquier persona;

j) Ponga en riesgo la seguridad de cualquier persona;

k) Ponga en riesgo la salud de cualquier persona;

l) Cause serio perjuicio a las actividades de verificación del cumplimiento de las leyes;

m) Cause serio perjuicio a las actividades de prevención de los delitos;

n) Cause serio perjuicio a las actividades de persecución de los delitos;

o) Cause serio perjuicio a la impartición de la justicia;

p) Cause serio perjuicio a la recaudación de las contribuciones;

q) Cause serio perjuicio a las operaciones de control migratorio;

r) Cause serio perjuicio a las estrategias procesales en procesos judiciales que no hayan causado estado, y

s) Cause serio perjuicio a las estrategias procesales en procesos administrativos mientras las resoluciones no hayan causado estado.

Artículo 8. También se considerará como información reservada1:

a) La que por disposición expresa de una ley sea considerada confidencial;

b) La que por disposición expresa de una ley sea considerada reservada;

c) La que por disposición expresa de una ley sea considerada comercial reservada;

d) La que por disposición expresa de una ley sea considerada gubernamental confidencial;

e) La que por disposición expresa de una ley sea considerada como secreto (comercial, industrial, fiscal, bancario, fiduciario, bursátil o cualquier otro);

f) La entregada con carácter confidencial por otros estados;

g) La entregada con carácter confidencial por organismos internacionales;

h) Las averiguaciones previas;

i) Los expedientes judiciales en tanto no hayan causado estado;

j) Los expedientes de los procedimientos administrativos seguidos en forma de juicio en tanto no hayan causado estado;

k) Los procedimientos de responsabilidad de los servidores públicos, en tanto no se haya dictado la resolución administrativa o la jurisdiccional definitiva;

l) La que contenga opiniones que formen parte del proceso deliberativo de los servidores públicos, en tanto no sea adoptada la decisión definitiva, y

m) La que contenga recomendaciones o puntos de vista que formen parte del proceso deliberativo de los servidores públicos, en tanto no sea adoptada la decisión definitiva.

Artículo 9. De contar con información que se encuentre ubicada en cualquiera de los artículos 7 y 8 anteriores, los rubros temáticos deberán identificarse como reservados temporalmente completando el formato que se anexa.

Artículo 10. De acuerdo a lo dispuesto por la ley, el periodo de reserva de la información no podrá exceder de 12 años; a efecto de sugerir dicho periodo, los titulares de cada unidad administrativa tomarán en cuenta el tiempo durante el cual la divulgación de dicha información pudiera causar un daño, o bien se sujetarán al periodo que establezcan las disposiciones legales aplicables.

Capítulo III

Identificación de la información confidencial

Artículo 11. Los titulares de las unidades administrativas identificarán los rubros temáticos considerados como confidenciales, utilizando como guía las listas previstas en el artículo 12 de las presentes Recomendaciones.

Artículo 12. La información tendrá el carácter de confidencial en los siguientes casos:

a) La entregada con tal carácter por los particulares;

b) Los datos personales de una persona física identificada o identificable relativos a:

1. Origen étnico o racial;

2. Características físicas;

3. Características morales;

4. Características emocionales;

5. Vida afectiva;

6. Vida familiar;

7. Domicilio;

8. Número telefónico;

9. Patrimonio;

10. Ideología;

11. Opinión política;

12. Creencia o convicción religiosa;

13. Creencia o convicción filosófica;

14. Estado de salud física;

15. Estado de salud mental;

16. Preferencia sexual, y

17. Otras análogas que afecten su intimidad.

Artículo 13. No se considerará información confidencial la información:

a) Que se encuentra en registros públicos o en fuentes de acceso al público;

b) Que cuente con el consentimiento expreso, por escrito o medio de autentificación similar, de los individuos a que haga referencia la información que contenga datos personales;

c) Necesaria para fines estadísticos, científicos o de interés general prevista en la ley, en donde no pueda asociarse con individuos en lo específico;

d) Que se transmita entre las dependencias y entidades, siempre y cuando los datos se utilicen para el ejercicio de sus atribuciones;

e) Sujeta a una orden judicial;

f) Que las dependencias o entidades transmitan a un tercero contratado para la realización de un servicio, sin que pueda utilizarse para otro fin distinto, o que obtengan para evaluar las propuestas técnicas y económicas con motivo de la celebración de un contrato otorgado a través de un procedimiento de licitación pública, invitación a cuando menos tres personas o adjudicación directa;

g) Relacionada con el otorgamiento de estímulos, apoyos, subsidios y recursos públicos;

h) Necesaria para el otorgamiento de concesiones, autorizaciones y permisos, e

i) Excluida del carácter de confidencial por disposición legal.

Artículo 14. De contar con información a que se refiere el artículo 12, los rubros temáticos deberán identificarse como confidenciales, completando el formato anexo.

Capítulo IV

Obligaciones de transparencia

Artículo 15. En caso de que los titulares de las unidades administrativas no ubiquen los rubros temáticos en alguno de los supuestos señalados en los capítulos II y III anteriores, éstos tendrán el carácter de públicos.

Artículo 16. Los titulares de las unidades administrativas no podrán identificar como reservados o confidenciales los rubros temáticos a que se refiere el artículo 7 de la ley.

Capítulo V

Formato para la identificación de información reservada o confidencial

Artículo 17. A efecto de llevar a cabo la identificación de los rubros temáticos, los titulares de cada unidad administrativa, completarán un formato anexo y el cual contiene:

a) El nombre del responsable de la Unidad de Enlace;

b) El nombre del titular de la Unidad Administrativa;

c) El rubro temático sobre el cual versa la información;

d) La clave de identificación;

e) El fundamento legal (artículo, fracción y párrafo);

f) El número de la ley de acuerdo con la lista del anexo II de las presentes Recomendaciones, y

g) Las sugerencias y observaciones.

Artículo 18. Para los efectos de las presentes Recomendaciones y para completar el formato de identificación anexo, los titulares de cada Unidad Administrativa utilizarán en cada casilla las siguientes definiciones y claves:

a) Rubro temático: Materia o asunto general o específico sobre los que la unidad administrativa ejerce sus atribuciones.

b) Clave de identificación: Se refiere a la clave alfa-numérica o alfabética de identificación de rubros temáticos que los titulares de las unidades administrativas utilizarán en cada caso concreto.

1.  RET-01 = Reservado temporal por un año;

      RET-02 = Reservado temporal por dos años;

      RET-03 = Reservado temporal por tres años;

      RET-04 = Reservado temporal por cuatro años;

      RET-05 = Reservado temporal por cinco años;

      RET-06 = Reservado temporal por seis años;

      RET-07 = Reservado temporal por siete años;

      RET-08 = Reservado temporal por ocho años;

      RET-09 = Reservado temporal por nueve años;

      RET-10 = Reservado temporal por diez años;

      RET-11 = Reservado temporal por once años, y

      RET-12 = Reservado temporal por doce años,

2. REE = Reservado por evento, ya sea en trámite o en proceso deliberativo.

3. CON = Confidencial.

c) Fundamento legal: Número de la ley aplicable al caso concreto de acuerdo con la lista del anexo II.

d) Observaciones y sugerencias: Aclaraciones, consultas y comentarios con relación a la identificación de un rubro temático.

Artículos transitorios

PRIMERO.- Las presentes Recomendaciones entrarán en vigor al día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

SEGUNDO.- A más tardar el día 30 de mayo de 2003, los titulares de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal y la Procuraduría General de la República podrán publicar sus formatos de identificación a través del sitio de Internet de la dependencia o entidad de que se trate.

TERCERO.- En caso de tener dudas específicas sobre la identificación de rubros temáticos, los titulares de las unidades administrativas podrán enviarlas al Instituto a través de los titulares de las Unidades de Enlace correspondientes, en el sitio de Internet www.secodam.gob.mx/forla/foro.html creado por la Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo denominado Foro de Consulta y Opinión de las Unidades de Enlace de la Administración Pública Federal en el marco de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, dentro del mismo plazo que señala el artículo anterior.

Así lo acordó el Pleno del Instituto Federal de Acceso a la Información Pública, en sesión celebrada el día veintisiete de marzo de dos mil tres, ante el Secretario de Acuerdos.- La Comisionada Presidente, María Marván Laborde.- Rúbrica.- Los Comisionados: Horacio Aguilar Alvarez de Alba, Alonso Gómez Robledo Verduzco, Juan Pablo Guerrero Amparán, José Octavio López Presa.- Rúbricas.- El Secretario de Acuerdos, Francisco Ciscomani Freaner.- Rúbrica.

 

ANEXO I. FORMATO DE IDENTIFICACION

Formato de identificación de información reservada o confidencial
Nombre de la Unidad Administrativa y de su titular: Nombre del responsable de la Unidad de Enlace:
    Fundamento legal  
Rubro temático Clave de Identificación Número de la ley (ver anexo II) Artículo, fracción y párrafo Sugerencias y observaciones
         
         
         
         
         
         
         
         
         

Notas:

1. Deberá utilizarse sólo una casilla por ley aplicable. El anexo II contiene el número asignado a cada uno de los ordenamientos legales aplicables, incluyendo a la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental.

2. Asimismo, deberá especificarse el artículo, fracción y párrafo aplicable.

 

ANEXO II CATALOGO DE LEYES APLICABLES

LEGISLACION FEDERAL1

1. CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

2. CODIGO CIVIL FEDERAL

3. CODIGO DE COMERCIO

4. CODIGO DE JUSTICIA MILITAR

5. CODIGO FEDERAL DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS ELECTORALES

6. CODIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS CIVILES

7. CODIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES

8. CODIGO FISCAL DE LA FEDERACION

9. CODIGO PENAL FEDERAL

10. ESTATUTO DE GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL

11. ESTATUTO DE LAS ISLAS MARIAS

12. LEY ADUANERA

13. LEY AGRARIA

14. LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PUBLICO

15. LEY DE AEROPUERTOS

16. LEY DE AGUAS NACIONALES

17. LEY DE AHORRO Y CREDITO POPULAR

18. LEY DE AMNISTIA (CHIAPAS)

19. LEY DE AMPARO, REGLAMENTARIA DE LOS ARTICULOS 103 Y 107 DE LA CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

20. LEY DE ASCENSOS DE LA ARMADA DE MEXICO

21. LEY DE ASCENSOS Y RECOMPENSAS DEL EJERCITO Y FUERZA AEREA NACIONALES

22. LEY DE ASOCIACIONES AGRICOLAS

23. LEY DE ASOCIACIONES RELIGIOSAS Y CULTO PUBLICO

24. LEY DE AVIACION CIVIL

25. LEY DE CAMARAS EMPRESARIALES Y SUS CONFEDERACIONES

26. LEY DE CAMINOS, PUENTES Y AUTOTRANSPORTE FEDERAL

27. LEY DE CAPITALIZACION DEL PROCAMPO

28. LEY DE CIENCIA Y TECNOLOGIA

29. LEY DE COMERCIO EXTERIOR

30. LEY DE CONCURSOS MERCANTILES

31. LEY DE CONTRIBUCION DE MEJORAS POR OBRAS PUBLICAS FEDERALES DE INFRAESTRUCTURA HIDRAULICA

32. LEY DE COORDINACION FISCAL

33. LEY DE DESARROLLO RURAL SUSTENTABLE

34. LEY DE DISCIPLINA DEL EJERCITO Y FUERZA AEREA MEXICANOS

35. LEY DE DISCIPLINA PARA EL PERSONAL DE LA ARMADA DE MEXICO

36. LEY DE ENERGIA PARA EL CAMPO

37. LEY DE EXPROPIACION

38. LEY DE EXTRADICION INTERNACIONAL

39. LEY DE FISCALIZACION SUPERIOR DE LA FEDERACION

40. LEY DE FOMENTO PARA LA LECTURA Y EL LIBRO

41. LEY DE IMPRENTA

42. LEY DE INFORMACION ESTADISTICA Y GEOGRAFICA

43. LEY DE INGRESOS DE LA FEDERACION PARA EL EJERCICIO FISCAL DE 2003

44. LEY DE INSTITUCIONES DE CREDITO

45. LEY DE INVERSION EXTRANJERA

46. LEY DE LA CASA DE MONEDA DE MEXICO

47. LEY DE LA COMISION NACIONAL BANCARIA Y DE VALORES

48. LEY DE LA COMISION NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS

49. LEY DE LA COMISION REGULADORA DE ENERGIA

50. LEY DE LA POLICIA FEDERAL PREVENTIVA

51. LEY DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL

52. LEY DE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS ADULTAS MAYORES

53. LEY DE LOS IMPUESTOS GENERALES DE IMPORTACION Y DE EXPORTACION

54. LEY DE LOS INSTITUTOS NACIONALES DE SALUD

55. LEY DE LOS SISTEMAS DE AHORRO PARA EL RETIRO

56. LEY DE NACIONALIDAD

57. LEY DE NAVEGACION

58. LEY DE NAVEGACION Y COMERCIO MARITIMO

59. LEY DE OBRAS PUBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS

60. LEY DE ORGANIZACIONES GANADERAS

61. LEY DE PESCA

62. LEY DE PLANEACION

63. LEY DE PREMIOS, ESTIMULOS Y RECOMPENSAS CIVILES

64. LEY DE PRESUPUESTO, CONTABILIDAD Y GASTO PUBLICO FEDERAL

65. LEY DE PROTECCION AL AHORRO BANCARIO

66. LEY DE PROTECCION AL COMERCIO Y LA INVERSION DE NORMAS EXTRANJERAS QUE CONTRAVENGAN EL DERECHO INTERNACIONAL

67. LEY DE PROTECCION Y DEFENSA AL USUARIO DE SERVICIOS FINANCIEROS

68. LEY DE PUERTOS

69. LEY DE RECOMPENSAS DE LA ARMADA DE MEXICO

70. LEY DE RESPONSABILIDAD CIVIL POR DAÑOS NUCLEARES

71. LEY DE SISTEMAS DE PAGOS

72. LEY DE SOCIEDADES DE INVERSION

73. LEY DE SOCIEDADES DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE INTERES PUBLICO

74. LEY DE SOCIEDADES DE SOLIDARIDAD SOCIAL

75. LEY DE SUBSIDIOS PARA EMPRESAS DE AVIACION

76. LEY DE TRANSPARENCIA Y DE FOMENTO A LA COMPETENCIA EN EL CREDITO GARANTIZADO

77. LEY DE VIAS GENERALES DE COMUNICACION

78. LEY DEL BANCO DE MEXICO

79. LEY DEL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION Y GACETAS GUBERNAMENTALES

80. LEY DEL IMPUESTO AL ACTIVO

81. LEY DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO

82. LEY DEL IMPUESTO ESPECIAL SOBRE PRODUCCION Y SERVICIOS

83. LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA

84. LEY DEL IMPUESTO SOBRE TENENCIA O USO DE VEHICULOS

85. LEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD SOCIAL PARA LAS FUERZAS ARMADAS MEXICANAS

86. LEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO

87. LEY DEL INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES

88. LEY DEL INSTITUTO MEXICANO DE LA JUVENTUD

89. LEY DEL INSTITUTO NACIONAL DE LAS MUJERES

90. LEY DEL MERCADO DE VALORES

91. LEY DEL REGISTRO NACIONAL DE VEHICULOS

92. LEY DEL SEGURO SOCIAL

93. LEY DEL SERVICIO DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA

94. LEY DEL SERVICIO DE INSPECCION FISCAL

95. LEY DEL SERVICIO DE LA TESORERIA DE LA FEDERACION

96. LEY DEL SERVICIO EXTERIOR MEXICANO

97. LEY DEL SERVICIO MILITAR

98. LEY DEL SERVICIO POSTAL MEXICANO

99. LEY DEL SERVICIO PUBLICO DE ENERGIA ELECTRICA

100. LEY DEL SISTEMA DE HORARIO EN LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

101. LEY EN FAVOR DE LOS VETERANOS DE LA REVOLUCION COMO SERVIDORES DEL ESTADO

102. LEY FEDERAL CONTRA LA DELINCUENCIA ORGANIZADA

103. LEY FEDERAL DE ARMAS DE FUEGO Y EXPLOSIVOS

104. LEY FEDERAL DE CINEMATOGRAFIA

105. LEY FEDERAL DE COMPETENCIA ECONOMICA

106. LEY FEDERAL DE CORREDURIA PUBLICA

107. LEY FEDERAL DE DEFENSORIA PUBLICA

108. LEY FEDERAL DE DERECHOS

109. LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS

110. LEY FEDERAL DE JUEGOS Y SORTEOS

111. LEY FEDERAL DE LAS ENTIDADES PARAESTATALES

112. LEY FEDERAL DE LOS TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO, REGLAMENTARIA DEL APARTADO B) DEL ARTICULO 123 CONSTITUCIONAL

113. LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO

114. LEY DEL INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES

115. LEY FEDERAL DE PROTECCION AL CONSUMIDOR

116. LEY FEDERAL DE RADIO Y TELEVISION

117. LEY FEDERAL DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS DE LOS SERVIDORES PUBLICOS

118. LEY FEDERAL DE RESPONSABILIDADES DE LOS SERVIDORES PUBLICOS

119. LEY FEDERAL DE SANIDAD ANIMAL

120. LEY FEDERAL DE SANIDAD VEGETAL

121. LEY FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES

122. LEY FEDERAL DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACION PUBLICA GUBERNAMENTAL

123. LEY FEDERAL DE TURISMO

124. LEY FEDERAL DE VARIEDADES VEGETALES

125. LEY FEDERAL DE VIVIENDA

126. LEY FEDERAL DEL DERECHO DE AUTOR

127. LEY FEDERAL DEL IMPUESTO SOBRE AUTOMOVILES NUEVOS

128. LEY FEDERAL DEL MAR

129. LEY FEDERAL DEL TRABAJO

130. LEY FEDERAL PARA EL CONTROL DE PRECURSORES QUIMICOS, PRODUCTOS QUIMICOS ESENCIALES Y MAQUINAS PARA ELABORAR CAPSULAS, TABLETAS Y/O COMPRIMIDOS

131. LEY FEDERAL PARA EL FOMENTO DE LA MICROINDUSTRIA Y LA ACTIVIDAD ARTESANAL

132. LEY FEDERAL PARA LA ADMINISTRACION DE BIENES ASEGURADOS, DECOMISADOS Y ABANDONADOS

133. LEY FEDERAL PARA LA ADMINISTRACION Y ENAJENACION DE BIENES DEL SECTOR PUBLICO

134. LEY FEDERAL PARA PREVENIR Y SANCIONAR LA TORTURA

135. LEY FEDERAL SOBRE METROLOGIA Y NORMALIZACION

136. LEY FEDERAL SOBRE MONUMENTOS Y ZONAS ARQUEOLOGICOS, ARTISTICOS E HISTORICOS

137. LEY FORESTAL

138. LEY GENERAL DE ASENTAMIENTOS HUMANOS

139. LEY GENERAL DE BIBLIOTECAS

140. LEY GENERAL DE BIENES NACIONALES

141. LEY GENERAL DE DERECHOS LINGUISTICOS DE LOS PUEBLOS INDIGENAS

142. LEY GENERAL DE DEUDA PUBLICA

143. LEY GENERAL DE EDUCACION

144. LEY GENERAL DE INSTITUCIONES Y SOCIEDADES MUTUALISTAS DE SEGUROS

145. LEY GENERAL DE ORGANIZACIONES Y ACTIVIDADES AUXILIARES DEL CREDITO

146. LEY GENERAL DE POBLACION

147. LEY GENERAL DE PROTECCION CIVIL

148. LEY GENERAL DE SALUD

149. LEY GENERAL DE SOCIEDADES COOPERATIVAS

150. LEY GENERAL DE SOCIEDADES MERCANTILES

151. LEY GENERAL DE TITULOS Y OPERACIONES DE CREDITO

152. LEY GENERAL DE VIDA SILVESTRE

153. LEY GENERAL DEL DEPORTE

154. LEY GENERAL DEL EQUILIBRIO ECOLOGICO Y LA PROTECCION AL AMBIENTE

155. LEY GENERAL DEL SISTEMA DE MEDIOS DE IMPUGNACION EN MATERIA ELECTORAL

156. LEY GENERAL QUE ESTABLECE LAS BASES DE COORDINACION DEL SISTEMA NACIONAL DE SEGURIDAD PUBLICA

157. LEY MINERA

158. LEY MONETARIA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

159. LEY ORGANICA DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL

160. LEY ORGANICA DE LA ARMADA DE MEXICO

161. LEY ORGANICA DE LA FINANCIERA RURAL

162. LEY ORGANICA DE LA LOTERIA NACIONAL PARA LA ASISTENCIA PUBLICA

163. LEY ORGANICA DE LA PROCURADURIA GENERAL DE LA REPUBLICA

164. LEY ORGANICA DE LA UNIVERSIDAD AUTONOMA METROPOLITANA

165. LEY ORGANICA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL AUTONOMA DE MEXICO

166. LEY ORGANICA DE LOS TRIBUNALES AGRARIOS

167. LEY ORGANICA DE LOS TRIBUNALES MILITARES

168. LEY ORGANICA DE NACIONAL FINANCIERA

169. LEY ORGANICA DE PETROLEOS MEXICANOS Y ORGANISMOS SUBSIDIARIOS

170. LEY ORGANICA DE SOCIEDAD HIPOTECARIA FEDERAL

171. LEY ORGANICA DEL BANCO DEL AHORRO NACIONAL Y SERVICIOS FINANCIEROS

172. LEY ORGANICA DEL BANCO NACIONAL DE COMERCIO EXTERIOR

173. LEY ORGANICA DEL BANCO NACIONAL DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS

174. LEY ORGANICA DEL BANCO NACIONAL DEL EJERCITO, FUERZA AEREA Y ARMADA

175. LEY ORGANICA DEL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

176. LEY ORGANICA DEL CONSEJO NACIONAL DE CIENCIA Y TECNOLOGIA

177. LEY ORGANICA DEL EJERCITO Y FUERZA AEREA MEXICANOS

178. LEY ORGANICA DEL INSTITUTO NACIONAL DE ANTROPOLOGIA E HISTORIA

179. LEY ORGANICA DEL INSTITUTO POLITECNICO NACIONAL

180. LEY ORGANICA DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACION

181. LEY ORGANICA DEL SEMINARIO DE CULTURA MEXICANA

182. LEY ORGANICA DEL SISTEMA BANRURAL

183. LEY ORGANICA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA

184. LEY PARA CONSERVAR LA NEUTRALIDAD DEL PAIS

185. LEY PARA EL DESARROLLO DE LA COMPETITIVIDAD DE LA MICRO, PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA

186. LEY PARA EL DIALOGO, LA CONCILIACION Y LA PAZ DIGNA EN CHIAPAS

187. LEY PARA EL TRATAMIENTO DE MENORES INFRACTORES, PARA EL DISTRITO FEDERAL EN MATERIA COMUN Y PARA TODA LA REPUBLICA EN MATERIA FEDERAL

188. LEY PARA LA COMPROBACION, AJUSTE Y COMPUTO DE SERVICIOS DE LA ARMADA DE MEXICO

189. LEY PARA LA COMPROBACION, AJUSTE Y COMPUTO DE SERVICIOS EN EL EJERCITO Y FUERZA AEREA MEXICANOS

190. LEY PARA LA COORDINACION DE LA EDUCACION SUPERIOR

191. LEY PARA LA DEPURACION Y LIQUIDACION DE CUENTAS DE LA HACIENDA PUBLICA FEDERAL

192. LEY PARA LA PROTECCION DE LOS DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES

193. LEY PARA LA PROTECCION Y DEFENSA DE LOS USUARIOS DE SERVICIOS FINANCIEROS

194. LEY PARA REGULAR LAS AGRUPACIONES FINANCIERAS

195. LEY PARA REGULAR LAS SOCIEDADES DE INFORMACION CREDITICIA

196. LEY QUE APRUEBA LA ADHESION DE MEXICO AL CONVENIO CONSTITUTIVO DEL BANCO DE DESARROLLO DEL CARIBE Y SU EJECUCION

197. LEY QUE CREA EL COMITE ADMINISTRADOR DEL PROGRAMA FEDERAL DE CONSTRUCCION DE ESCUELAS

198. LEY QUE CREA EL FIDEICOMISO QUE ADMINISTRARA EL FONDO PARA EL FORTALECIMIENTO DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS DE AHORRO Y PRESTAMO Y DE APOYO A SUS AHORRADORES

199. LEY QUE CREA EL FONDO DE FOMENTO A LA INDUSTRIA Y GARANTIAS DE VALORES MOBILIARIOS

200. LEY QUE CREA EL FONDO DE GARANTIA Y FOMENTO A LA AGRICULTURA, GANADERIA Y AVICULTURA

201. LEY QUE CREA EL INSTITUTO NACIONAL DE BELLAS ARTES Y LITERATURA

202. LEY QUE CREA EL INSTITUTO NACIONAL INDIGENISTA

203. LEY QUE CREA LA UNIVERSIDAD AUTONOMA CHAPINGO

204. LEY QUE CREA LA UNIVERSIDAD DEL EJERCITO Y FUERZA AEREA

205. LEY QUE DECLARA RESERVAS MINERAS NACIONALES LOS YACIMIENTOS DE URANIO, TORIO Y LAS DEMAS SUBSTANCIAS DE LAS CUALES SE OBTENGAN ISOTOPOS HENDIBLES QUE PUEDAN PRODUCIR ENERGIA NUCLEAR

206. LEY QUE DETERMINA QUE RESPECTO DE LOS IMPUESTOS DE IMPORTACION Y EXPORTACION SOLO SON PROCEDENTES LAS EXENCIONES CONSIGNADAS EN LA LEY ADUANAL

207. LEY QUE ESTABLECE BASES PARA LA EJECUCION EN MEXICO, POR EL PODER EJECUTIVO FEDERAL, DEL CONVENIO CONSTITUTIVO DE LA ASOCIACION INTERNACIONAL DE FOMENTO

208. LEY QUE ESTABLECE BASES PARA LA EJECUCION EN MEXICO, POR EL PODER EJECUTIVO FEDERAL, DEL CONVENIO CONSTITUTIVO DEL BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO

209. LEY QUE ESTABLECE LAS NORMAS MINIMAS SOBRE READAPTACION SOCIAL DE SENTENCIADOS

210. LEY REGLAMENTARIA DE LA FRACCION V DEL ARTICULO 76 DE LA CONSTITUCION GENERAL DE LA REPUBLICA

211. LEY REGLAMENTARIA DE LA FRACCION XIII BIS DEL APARTADO B DEL ARTICULO 123 DE LA CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

212. LEY REGLAMENTARIA DE LA FRACCION XVIII DEL ARTICULO 73 CONSTITUCIONAL, EN LO QUE SE REFIERE A LA FACULTAD DEL CONGRESO PARA DICTAR REGLAS PARA DETERMINAR EL VALOR RELATIVO DE LA MONEDA EXTRANJERA

213. LEY REGLAMENTARIA DE LAS FRACCIONES I Y II DEL ARTICULO 105 DE LA CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

214. LEY REGLAMENTARIA DEL ARTICULO 27 CONSTITUCIONAL EN EL RAMO DEL PETROLEO

215. LEY REGLAMENTARIA DEL ARTICULO 27 CONSTITUCIONAL EN MATERIA NUCLEAR

216. LEY REGLAMENTARIA DEL ARTICULO 5o. CONSTITUCIONAL, RELATIVO AL EJERCICIO DE LAS PROFESIONES EN EL DISTRITO FEDERAL

217. LEY REGLAMENTARIA DEL SERVICIO FERROVIARIO

218. LEY SOBRE CONSTRUCCION DE CERCAS EN PREDIOS NO EDIFICADOS

219. LEY SOBRE EL CONTRATO DE SEGURO

220. LEY SOBRE EL DESTINO DE LOS BONOS DEL ENEMIGO

221. LEY SOBRE EL ESCUDO, LA BANDERA Y EL HIMNO NACIONALES

222. LEY SOBRE EL SISTEMA NACIONAL DE ASISTENCIA SOCIAL

223. LEY SOBRE ELABORACION Y VENTA DE CAFE TOSTADO

224. LEY SOBRE LA CELEBRACION DE TRATADOS

225. LEY SOBRE PRODUCCION, CERTIFICACION Y COMERCIO DE SEMILLAS

226. ORDENANZA GENERAL DE LA ARMADA

227. PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA FEDERACION PARA EL EJERCICIO FISCAL DEL AÑO 2003

228. REGLAMENTO PARA EL GOBIERNO INTERIOR DEL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

(R.- 176431)


1 Las entidades paraestatales no podrán invocar el carácter de información reservada a que se refieren los incisos c), d), e) y f) del artículo 7 de las presentes Recomendaciones, a menos que dicha entidad enfrente competencia en los productos que fabrica, en los servicios que presta, o en las operaciones, actividades o funciones que lleva a cabo.


1 La presente lista no es exhaustiva.



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