DOF: 04/04/2003

CONVOCATORIA para las personas morales interesadas en obtener su acreditación y aprobación como Unidad de Verificación tipo A de la Norma NMX-F-605-NORMEX-2000, Alimentos-Manejo higiénico en el servicio de alimentos preparados para la obtención del distintivo H.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Turismo.

ANTECEDENTES

  El programa Manejo Higiénico de los Alimentos Distintivo H es un elemento estratégico de la Secretaría de Turismo, que favorece la promoción turística de México. Es un instrumento diseñado para impulsar la calidad de los servicios y de los alimentos, con el propósito de disminuir la incidencia de enfermedades trasmitidas por los alimentos.

  El Programa Manejo Higiénico de los Alimentos, Distintivo H , surge en 1988 e inicia sus actividades operativas en 1990.

  El Distintivo H es el reconocimiento que otorga la Secretaría de Turismo a los establecimientos que cumplen con los estándares de higiene del programa.

  El Distintivo H se encuentra registrado en la clase 42 de la Clasificación de Productos y Servicios previstos por el artículo 59 del Reglamento de la Ley de la Propiedad Industrial según consta en el Título de Registro de Marca número 746970 de fecha 16 de mayo de 2002, ante el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial.

  La Secretaría de Turismo por conducto de la Dirección General de Desarrollo de la Cultura Turística en coordinación con la Dirección General de Mejora Regulatoria y la Entidad Mexicana de Acreditación, A.C. (EMA), con fundamento en lo dispuesto por los artículos 42 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 18 y 19 del Reglamento Interior de la Secretaría de Turismo; 1o., 2o. fracción II incisos e) y f), 3o. fracciones l, IV, IV-A, X, XV-A, XVII, XVIII, 51-A, 54, 68 al 71, 76, 85, 87, 94 fracción I, 118 y 119 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 75, 76, 78, 79, 87, 88 y tercero transitorio de su Reglamento y con base en lo dispuesto en la Norma Mexicana NMX-EC-17020-IMNC-2000, Criterios generales para la operación de varios tipos de unidades (organismos) que desarrollan la verificación (inspección), tienen a bien expedir la siguiente:

CONVOCATORIA

  Las personas morales interesadas en obtener su acreditación y aprobación como unidad de verificación tipo A con objeto de poder verificar la norma NMX-F-605-NORMEX-2000, Alimentos-Manejo higiénico en el servicio de alimentos preparados para la obtención del distintivo H , deberán cumplir los siguientes:

REQUISITOS

  PRIMERO.- Los interesados deberán solicitar a la Entidad Mexicana de Acreditación, A.C. el formato de solicitud de acreditación como unidades de verificación, mismo que podrá recogerse en las oficinas, ubicadas en Manuel María Contreras número 133, 2o. piso, colonia Cuauhtémoc, código postal 06597, México, D.F. dicho formato de solicitud estará disponible a partir de la fecha de publicación de la presente Convocatoria.

  Los interesados que residen en el interior de la República Mexicana podrán solicitar el formato de solicitud de acreditación a través de correo electrónico: ema@ema.org.mx o en la página electrónica: www.ema.org.mx.

  Los interesados deberán entregar a la Entidad Mexicana de Acreditación, A.C. la solicitud debidamente integrada, previo el pago correspondiente de 100% (cien por ciento) del monto a cubrir para la acreditación (estos costos son los que se incluyen en los listados de acreditación de la entidad vigente).

  SEGUNDO.- Al entregar a la Entidad Mexicana de Acreditación, A.C. el formato de solicitud a que se refiere el punto primero de esta Convocatoria, los interesados deberán acompañarla con la documentación que acredite que cumplen con los requisitos establecidos en la Norma Mexicana NMX-EC-17020-IMNC-2000, Criterios generales para la operación de varios tipos de unidades (organismos) que desarrollan la verificación (inspección).

  TERCERO.- La solicitud y documentación será analizada por personal designado por la Entidad Mexicana de Acreditación, A.C., en coordinación con la Dirección General de Desarrollo de la Cultura Turística y la Dirección General de Mejora Regulatoria de la Secretaría de Turismo.

  CUARTO.- Los solicitantes que cumplan con todos los requisitos que señala la Norma Mexicana NMX-EC-17020-IMNC-2000, y el procedimiento de evaluación y acreditación de unidades de verificación de la Entidad Mexicana de Acreditación, A.C., serán evaluados y recibirán la visita, en hora y fecha que establezca ésta.

  El personal verificador de la unidad deberá demostrar que cuenta con:

  Carrera concluida en el área químico-médico-biológica, con conocimientos de microbiología o carrera a fin.

  Experiencia en alimentos y bebidas (servicio, operación o proceso) mínimo seis meses comprobables.

  Conocimientos de la NMX-F-605-NORMEX-2000, así como en otras normas internacionales referentes al manejo y procesamiento de alimentos, así como los componentes de la lista de verificación.

  Constancia de que acreditó el curso de Actualización de Instructores del programa H con el 90% de aciertos, impartido por SECTUR.

  QUINTO.- En caso de que los interesados no cumplan con los requisitos establecidos en la Norma Mexicana NMX-EC-17020-IMNC-2000, en la presente Convocatoria y en el Procedimiento de Evaluación y Acreditación de Unidades de Verificación de la Entidad Mexicana de Acreditación, A.C. se notificará, por escrito, cuáles son los requisitos faltantes a efecto de que los presenten para continuar con el proceso de acreditación.

  SEXTO.- Las personas que cumplan con los términos establecidos en la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, en su Reglamento y en la Norma Mexicana NMX-EC-17020-IMNC-2000, Criterios generales para la operación de varios tipos de unidades (organismos) que desarrollan la verificación (inspección), previo dictamen favorable emitido por el Comité de Evaluación correspondiente, obtendrán de la Entidad Mexicana de Acreditación, A.C. la acreditación como unidades de verificación para la norma antes citada.

  Cualquier criterio de acreditación que no esté comprendido dentro de estos requisitos, será definido por el Comité de Evaluación de unidades de verificación de la Entidad Mexicana de Acreditación, A.C.

  SEPTIMO.- Las personas que hayan obtenido la acreditación correspondiente, deben previamente tramitar su registro ante la Dirección General del Desarrollo de la Cultura Turística para poder obtener su aprobación como unidad de verificación por parte de la Dirección General de Mejora Regulatoria de la Secretaría de Turismo. Para este efecto, deben presentarse con su escrito de acreditación expedido por la Entidad Mexicana de Acreditación dentro de los 15 (quince) días hábiles siguientes a la fecha de su expedición.

  OCTAVO.- Los criterios para el otorgamiento del registro ante la Dirección General de Desarrollo de la Cultura Turística serán los siguientes:

a) La Unidad de verificación y/o el personal verificador deben mantener su carácter exclusivo de proveedor de servicios de tercera parte, por lo que no estarán autorizados para, ofrecer ni otorgar asesoría y/o capacitación en la implantación de la NMX-F-605-NORMEX-2000 Alimentos-Manejo higiénico en el servicio de alimentos preparados para la obtención del distintivo H .

b) La Unidad de verificación en el desempeño de sus funciones está obligada a entregar en original el dictamen técnico y copia autógrafa de la lista de verificación de la Norma Mexicana NMX-F-605-NORMEX-2000 Alimentos-Manejo higiénico en el servicio de alimentos preparados para la obtención del distintivo H a la SECTUR, el dictamen técnico habrá de incluir el nombre del verificador y del instructor reconocido por SECTUR o de la persona que haya implantado el contenido de la norma antes citada.

c) Las unidades de verificación no podrán hacer uso o referencia publicitaria con respecto al distintivo H por ser marca registrada de la Secretaría.

d) Quienes actualmente se desempeñan como organismos de certificación, y que realizan visitas a establecimientos de alimentos y bebidas para el posterior otorgamiento del distintivo H , deberán acreditarse como unidades de verificación de la Norma NMX-F-605-NORMEX-2000, Alimentos-Manejo higiénico en el servicio de alimentos preparados para la obtención del distintivo H . sin excepción alguna dentro de un periodo perentorio de 120 días hábiles a partir de la publicación de la presente Convocatoria.

e) La Secretaría podrá retirar la aprobación y registro en cualquier momento en que se evidencien faltas graves por parte la unidad de verificación o de su personal, entre otras:

  Falsedad de datos

  Evidencia de no cumplimiento.

  Incumplimiento hasta en tres ocasiones en la entrega de la documentación ante la Secretaría o entrega incompleta de la misma.

  Cualquier criterio de registro y aprobación que no esté comprendido dentro de esta convocatoria será resuelto por la Dirección General del Desarrollo de la Cultura Turística de la Secretaría de Turismo.

  El oficio de aprobación correspondiente será entregado por la Dirección General de Mejora Regulatoria de la Secretaría de Turismo, en las oficinas, ubicadas en avenida Presidente Masaryk número 172, piso 1o., colonia Chapultepec Morales, código postal 11587, de 9:00 a 14:00 horas, en días hábiles. La aprobación de las unidades de verificación tendrá la misma vigencia que se haya determinado en la acreditación.

  Las unidades de verificación deberán comunicar de manera expresa a la Dirección General de Desarrollo de la Cultura Turística, a la Dirección General de Mejora Regulatoria de la Secretaría de Turismo y a la Entidad Mexicana de Acreditación, A.C., cualquier cambio que realicen sobre la información, personal o condiciones bajo los cuales fueron acreditadas y aprobadas, dentro de los 15 días naturales siguientes a la fecha de dichos cambios.

TRANSITORIOS

  PRIMERO: La acreditación tendrá una vigencia de 4 años.

  SEGUNDO: La Dirección General de Desarrollo de la Cultura Turística en coordinación con la Dirección General de Mejora Regulatoria de la Secretaría de Turismo informará por conducto del Diario Oficial de la Federación la cancelación de la presente Convocatoria.

  México, D.F., a 10 de marzo de 2003.- La Directora General de Mejora Regulatoria de la Secretaría de Turismo, Rosario Graham Zapata.- Rúbrica.- La Directora Ejecutiva de la Entidad Mexicana de Acreditación, Maribel López Martínez.- Rúbrica.- El Director General del Desarrollo de la Cultura Turística de la Secretaría de Turismo, Felipe I. Carreón Castillo.- Rúbrica.


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