ACUERDO por el que se adscriben orgánicamente las unidades administrativas y órganos desconcentrados de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales.
VICTOR LICHTINGER WAISMAN, Secretario de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con fundamento en los artículos 14, 16 y 32 bis de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, y 1, 2 y 5 fracción XI del Reglamento Interior de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, y
CONSIDERANDO
Que con fecha 17 de enero de 2003, el Ejecutivo Federal expidió el Reglamento Interior de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, el cual se publicó en el Diario Oficial de la Federación el día 21 del mismo mes y año.
Que en la fracción XI del artículo 5 de dicho Reglamento Interior se establece la facultad del suscrito para adscribir orgánicamente las unidades administrativas previstas en el propio instrumento jurídico.
Que el artículo 16 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, establece la facultad de los titulares de las secretarías de estado para adscribir orgánicamente las unidades administrativas establecidas en el reglamento interior respectivo, a las subsecretarías, oficialía mayor y demás unidades administrativas de nivel equivalente, he tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE ADSCRIBEN ORGANICAMENTE LAS UNIDADES ADMINISTRATIVAS Y ORGANOS DESCONCENTRADOS DE LA SECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES
ARTICULO UNICO.- Se adscriben orgánicamente las unidades administrativas de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, en los siguientes términos:
I. Al Secretario:
a. Unidad Coordinadora de Participación Social y Transparencia;
b. Unidad Coordinadora de Asuntos Internacionales;
c. Coordinación General Jurídica;
d. Coordinación General de Comunicación Social;
e. Coordinación General de Delegaciones y Coordinaciones Regionales;
f. Centro de Educación y Capacitación para el Desarrollo Sustentable;
g. Delegaciones Federales;
h. Coordinaciones Regionales, y
i. Los órganos desconcentrados siguientes:
1. Comisión Nacional del Agua;
2. Instituto Nacional de Ecología;
3. Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, y
4. Comisión Nacional de Areas Naturales Protegidas;
II. A la Subsecretaría de Planeación y Política Ambiental:
a. Dirección General de Planeación y Evaluación;
b. Dirección General de Estadística e Información Ambiental;
c. Dirección General de Política Ambiental e Integración Regional y Sectorial, y
d. Dirección General de Informática y Telecomunicaciones;
III. A la Subsecretaría de Fomento y Normatividad Ambiental:
a. Dirección General del Sector Primario y Recursos Naturales Renovables;
b. Dirección General de Industria;
c. Dirección General de Fomento Ambiental, Urbano y Turístico, y
d. Dirección General de Energía y Actividades Extractivas;
IV. A la Subsecretaría de Gestión para la Protección Ambiental:
a. Dirección General de Impacto y Riesgo Ambiental;
b. Dirección General de Gestión Integral de Materiales y Actividades Riesgosas;
c. Dirección General de Gestión de la Calidad del Aire y Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes;
d. Dirección General de Zona Federal Marítimo Terrestre y Ambientes Costeros;
e. Dirección General de Vida Silvestre, y
f. Dirección General de Gestión Forestal y de Suelos, y
V. A la Oficialía Mayor:
a. Dirección General de Desarrollo Humano y Organización;
b. Dirección General de Programación y Presupuesto, y
c. Dirección General de Recursos Materiales, Inmuebles y Servicios.
TRANSITORIOS
PRIMERO.- El presente Acuerdo entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
SEGUNDO.- Se abroga el Acuerdo por el que se Adscriben Orgánicamente las Unidades Administrativas de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 25 de junio de 2001.
Dado en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los veintidós días del mes de enero de dos mil tres.- El Secretario de Medio Ambiente y Recursos Naturales, Víctor Lichtinger Waisman.- Rúbrica.
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