ACUERDO mediante el cual el Presidente de la Comisión Federal de Telecomunicaciones delega facultades en la titular de la Coordinación de Administración, para la Representación de la Comisión Federal de Telecomunicaciones, en toda clase de contratos o convenios derivados de adquisiciones, arrendamientos y servicios del Sector Público relacionados con su operación.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Comisión Federal de Telecomunicaciones.
ACUERDO POR EL CUAL EL PRESIDENTE DE LA COMISION FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES DELEGA FACULTADES EN LA TITULAR DE LA COORDINACION DE ADMINISTRACION, PARA LA REPRESENTACION DE LA COMISION FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES, EN TODA CLASE DE CONTRATOS O CONVENIOS DERIVADOS DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PUBLICO RELACIONADOS CON SU OPERACION.
Con fundamento en los artículos 17 y 36 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; primero, tercero, quinto fracción III del Decreto por el que se crea la Comisión Federal de Telecomunicaciones; 13 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, 37 Bis fracción XXIX del Reglamento Interior de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes; 1, 3, 6, 16, 17 y 29 del Reglamento Interno de la Comisión Federal de Telecomunicaciones, y
CONSIDERANDO
1.- Que el artículo quinto fracción III del Decreto de creación de la Comisión Federal de Telecomunicaciones, establece que corresponde al Presidente de la Comisión, Actuar como representante legal de la Comisión y celebrar los actos y convenios inherentes al objeto de la misma, o designar representantes para tal efecto.
2.- Que el artículo 16 del Reglamento Interno de la Comisión Federal de Telecomunicaciones, establece que Corresponde originalmente al Presidente la representación legal de la Comisión, y celebrar los actos y convenios inherentes al objeto de la misma, o designar representantes para tal efecto.
El Presidente ejercerá sus facultades directamente o a través de los titulares de las unidades administrativas y demás funcionarios de la Comisión, a cuyo efecto expedirá los acuerdos delegatorios respectivos.
3.- Que la celebración de los contratos o convenios en materia de adquisiciones, arrendamientos y servicios del Sector Público, están sujetos a los términos y condiciones que establece la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
4.- Que en términos del artículo 29 fracción XI del Reglamento Interno de la Comisión Federal de Telecomunicaciones, corresponde a la Coordinación de Administración la autorización en coordinación con el Area General de Asuntos Jurídicos, de los contratos de arrendamiento, adquisiciones, prestación de servicios o cualquier otro que implique acto de administración que celebre la Comisión, conforme a las disposiciones aplicables y, en su caso, coordinar los procedimientos de licitación pública.
5.- Que a efecto que dichos procedimientos se desarrollen acorde a los principios de economía, celeridad, eficacia y legalidad, es conveniente delegar en la titular de la Coordinación de Administración la facultad de representación de la Comisión Federal de Telecomunicaciones a cargo del Presidente, exclusivamente para la firma de contratos o convenios derivados de las adquisiciones, arrendamientos y servicios que requiera celebrar la Comisión, en términos de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
6.- Que en base a las facultades delegatorias de representación que tiene el Presidente de la Comisión, ha tenido a bien dictar el siguiente:
ACUERDO
UNICO.- Se delega en la titular de la Coordinación de Administración de la Comisión Federal de Telecomunicaciones, la facultad de representación prevista en el artículo quinto fracción III del Decreto de creación de dicho órgano desconcentrado, exclusivamente para la firma de toda clase de contratos o convenios derivados de adquisiciones, arrendamientos y servicios del Sector Público en los términos y condiciones que establece la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
TRANSITORIO
UNICO.- El presente Acuerdo surtirá efectos al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Atentamente
México, D.F., a 14 de enero de 2003.- El Presidente de la Comisión Federal de Telecomunicaciones, Jorge Arredondo Martínez.- Rúbrica.
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