DECRETO por el que se autoriza la emisión de una Quinta Moneda de Plata Conmemorativa del Quinto Centenario del Encuentro de Dos Mundos, de conformidad con lo dispuesto por el inciso c) del artículo 2o. de la Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.
VICENTE FOX QUESADA, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes sabed:
Que el Honorable Congreso de la Unión, se ha servido dirigirme el siguiente
DECRETO
EL CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, DECRETA:
SE AUTORIZA LA EMISIÓN DE UNA QUINTA MONEDA DE PLATA CONMEMORATIVA DEL QUINTO CENTENARIO DEL ENCUENTRO DE DOS MUNDOS, DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO POR EL INCISO C), DEL ARTÍCULO 2o., DE LA LEY MONETARIA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.
Artículo Único. Se autoriza la emisión de una quinta moneda de plata conmemorativa del Quinto Centenario del Encuentro de Dos Mundos, de conformidad con lo dispuesto por el inciso c) del artículo 2o. de la Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos y se fijan sus características, para quedar como sigue:
Moneda con contenido de veinticuatro gramos novecientos setenta y cinco miligramos de plata pura por pieza:
a) Valor Nominal: Cinco pesos.
b) Diámetro: 40.0 mm. (cuarenta milímetros).
c) Ley: 0.925 (novecientos veinticinco milésimos) de plata.
d) Metal de Liga: 0.075 (setenta y cinco milésimos) de cobre.
e) Peso: 27.0 g. (veintisiete gramos).
f) Contenido: 24.975 g. (veinticuatro gramos novecientos setenta y cinco miligramos) de plata pura.
g) Tolerancia en Ley: 0.005 (cinco milésimos) en más.
h) Tolerancia en Peso: Por unidad: 0.216 g. (doscientos dieciséis miligramos); por conjunto de mil piezas: 6.831 g. (seis gramos ochocientos treinta y un miligramos), ambas en más o en menos.
i) Canto: Estriado.
j) Cuños:
Anverso: Al centro, el Escudo Nacional en relieve escultórico con la leyenda ESTADOS UNIDOS MEXICANOS . Rodeando a éste y siguiendo el contorno del marco, los escudos nacionales de los otros países participantes en la quinta emisión de monedas conmemorativas del Quinto Centenario del Encuentro de Dos Mundos. El marco liso.
Reverso: Una escena que muestra al centro el Galeón de Acapulco sobre el mar, con nubes, en el campo derecho un fragmento del Continente Americano señalando la Bahía de Acapulco con el texto ACAPULCO ; en el campo izquierdo un fragmento del Continente Asiático, donde se encuentran las islas Filipinas, señaladas con el texto FILIPINAS ; en la parte inferior la representación de dos hombres efectuando el intercambio de sus mercancías que, además, simboliza el enlace cultural de los dos continentes; en el campo derecho el signo de pesos $ y a continuación el número 5 y debajo de este conjunto el año de acuñación y el símbolo de la Casa de Moneda de México; siguiendo el contorno del marco superior la leyenda ENCUENTRO DE DOS MUNDOS ; en el exergo el nombre GALEÓN DE ACAPULCO ; a los costados, paralelos al marco, dos segmentos de cuerda. El marco liso.
TRANSITORIO
ÚNICO. El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
México, D.F., a 14 de noviembre de 2002.- Dip. Beatriz Elena Paredes Rangel, Presidente.- Sen. Enrique Jackson Ramírez, Presidente.- Dip. Adrián Rivera Pérez, Secretario.- Sen. Lydia Madero García, Secretaria.- Rúbricas.
En cumplimiento de lo dispuesto por la fracción I del Artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y para su debida publicación y observancia, expido el presente Decreto en la Residencia del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los once días del mes de diciembre de dos mil dos.- Vicente Fox Quesada.- Rúbrica.- El Secretario de Gobernación, Santiago Creel Miranda.- Rúbrica.
En el documento que usted está visualizando puede haber texto, caracteres u objetos que no se muestren correctamente debido a la conversión a formato HTML, por lo que le recomendamos tomar siempre como referencia la imagen digitalizada del DOF o el archivo PDF de la edición.
|